continuación: PROPIEDAD A --- forma rectangular midiendo doce “URBANA: Local número dos B punto treinta y siete (12.37) met(2-B) local comercial localizado ros de ancho por siete punto en el edificio “B” del Centro ochenta (7.80) metros de fondo, Comercial La Cumbre, que rad- teniendo un área de noventa ica en la Avenida Santa Rosa de punto cincuenta (90.50) metros la Urbanización La Cumbre, Rio cuadrados. Su puerta principal Piedras, Puerto Rico. Tiene mira hacia el SUR y se comuForma rectangular midiendo nica con la acera comunal que veintitrés punto cero cuatro da salida al local y a su vez metro (23.04) de ancho por comunica todos los locales, este veinticuatro punto setenta y local contiene un servicio sanitcinco metros (24.75) de fondo, ario. Colinda por el NORTE, en teniendo un área de cuatrocien- una extensión de doce punto tretos cincuenta y dos punto ses- inta y siete (12.37) metro de anenta y cinco metros cuadrados cho por siete punto ochenta (452.65). Este apartamento con- (7.80) metros de fondo, teniendo tiene un servicio sanitario. Su un área de noventa punto cinpuerta principal mira hacia el cuenta (90.50) metros cuadraKV-4014 ESTADO LIBRE ASO- ESTE y se comunica con acera dos. Su puerta principal mira CIADO DE PUERTO RIC O comunal que da salida al local y hacia el SUR, y se comunica TRIBUNAL DE PRIMERA INS- a su vez comunica todos los loc- con acera comunal que da TANCIA SALA SUPERIOR DE ales, colinda por el NORTE, en salida al local y a su vez comuuna extensión de veinticuatro nica todos los locales, este local SAN JUAN punto setenta y cinco metros contiene un servicio sanitario. (24.75), con pared comunal que Colinda por el NORTE, en una lo divide del patio lateral derecho extensión de doce punto treinta del edificio; por el SUR, en una y siete (12.37) metros, con extensión de veinticuatro punto pared comunal que lo divide de setenta y cinco metros (24.75), los locales uno b (1-B) y dos B Demandante con pared comunal que lo di- (2-B); por el SUR, en una v. vide de los locales uno B (1-B) y extensión de doce punto treinta tres B (3B), Por el ESTE, en una y siete (12.37) metros, con extensión de quince punto cuar- pared comunal que lo divide en enta y dos metros (15.42) con la acera comunal que da el área Demandada CASO NÚM. : KCD2008-1753 pared comunal que lo divide de de siembra; por el ESTE, en una la acera comunal que da al esta- e x t e n s i ó n d e s i e t e p u n t o SALON NÚM.: 607 SOBRE: C O B R O D E D I N E R O Y cionamiento en frente del edifi- ochenta (7.80) metros, con cio y por el OESTE, en una pared comunal que lo divide del EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR VÍA ORDINARIA AVISO extensión de veintitrés punto local uno B (1-B); y por el cuatro metros (23.04), con pared OESTE, en una extensión de siDE SUBASTA Estados Unidos de América, ) El Presidente de comunal que lo divide de la ete punto ochenta (7.80) metros, acera de carga que da al patio con pared comunal que lo dilos Estados Unidos de América ) S.S. El Pueblo de Puerto Rico, ) posterior del edificio, este vide de la acera de cargas que apartamento es de forma rectanYO, DIANA I. NAVARRO CRUZ, da al patio posterior del edificio.Alguacil Auxiliar, el Alguacil que gular irregular. En los elemen- -En los elementos comunes gentos comunes generales corressuscribe, por la presente anunerales corresponde a este local cia y hace constar, que en p o n d e a e s t e l o c a l u n a una participación de cero punto cumplimiento de un Mandami- participación de veintitrés punto cinco seis ocho dos cinco por ento de Ejecución de Sentencia setecientos setenta y siete mil ciento (0.56825%).--- --Consta expedido el 23 de enero de doscientos noventa y seis por inscrito al folio cuarenta y tres 2009, procederé a vender en ciento (23.777296%).----- Con- (43) del tomo ciento cuarenta y pública subasta y al mejor post- sta inscrito al folio 140, del tomo ocho (148) de monacillos este y or, quien pagará el importe de la 148 de monacillo este y el cinco, el cinco, finca número cuatro mil venta en dinero efectivo o en finca número 4,547 del registro quinientos treinta y siete (4,537) cheque certificado o en cheque de la propiedad de San Juan, del registro de la propiedad de de gerente a la orden del algua- sección quinta. --- La dirección San Juan sección quinta.-- La cil suscribiente en moneda de física de esta propiedad es la curso legal de los Estados siguiente: Centro Comercial La d i r e c c i ó n f í s i c a d e e s t a Unidos de América el 21 de mar- Cumbre Edif. B Lot. 2-B Río p r o p i e d a d e s l a s i g u i e n t e : zo del 2018, a las 9:30 de la Piedras, Puerto Rico 00925 Centro Comercial La Cumbre mañana, para la propiedad A y PROPIEDAD B URBANA: Local Edif. B Lot. 3-B Río Piedras, Pupara la propiedad B a las 9:35 Número tres B (3-B), Local erto Rico 00925 PROPIEDAD A de la mañana en mi oficina local- Comercial Localizado en el edifi- El gravamen objeto de ejecución izada en el Centro Judicial de cio “B” Del Centro Comercial La en este procedimiento es el que San Juan, todo título, derecho o Cumbre, que radica en la aven- surge de la inscripción arriba interés que corresponda a la i d a S a n t a R o s a d e l a descrita y según pactado en la parte demandada sobre los in- urbanización La Cumbre, Río escritura constitutiva de la hipomuebles que se describen a Piedras, Puerto Rico.--- Tiene teca se establece como precio continuación: PROPIEDAD A --- forma rectangular midiendo doce mínimo de la primera subasta la “URBANA: Local número dos B punto treinta y siete (12.37) met- suma de $330,000.00. De no ad(2-B) local comercial localizado ros de ancho por siete punto judicarse la propiedad en la en el edificio “B” del Centro ochenta (7.80) metros de fondo, primera subasta, se celebrará Comercial La Cumbre, que rad- teniendo un área de noventa una segunda subasta, en las ica en la Avenida Santa Rosa de punto cincuenta (90.50) metros mismas oficinas de este Alguala Urbanización La Cumbre, Rio cuadrados. Su puerta principal cil, el día 02 de abril del 2018, a Piedras, Puerto Rico. Tiene mira hacia el SUR y se comu- las 9:30 de la mañana. El precio Forma rectangular midiendo nica con la acera comunal que mínimo para la segunda subasta veintitrés punto cero cuatro da salida al local y a su vez serán dos terceras partes (2/3) metro (23.04) de ancho por comunica todos los locales, este del tipo mínimo de la primera veinticuatro punto setenta y local contiene un servicio sanit- subasta, o sea, $220,000.000. cinco metros (24.75) de fondo, ario. Colinda por el NORTE, en De no adjudicarse la propiedad teniendo un área de cuatrocien- una extensión de doce punto tre- en la segunda subasta, se celtos cincuenta y dos punto ses- inta y siete (12.37) metro de an- brará una tercera subasta, en enta y cinco metros cuadrados cho por siete punto ochenta las mismas oficinas de este Al(452.65). Este apartamento con- (7.80) metros de fondo, teniendo guacil, el día 09 de abril de tiene un servicio sanitario. Su un área de noventa punto cin- 2018, a las 9:30 de la mañana. puerta principal mira hacia el cuenta (90.50) metros cuadra- El precio mínimo para la tercera ESTE y se comunica con acera dos. Su puerta principal mira subasta será la mitad (1/2) del comunalPara queconocimiento da salida aldellocal y en hacia el ySUR, y se comunica público general de conformidad con las disposiciones de laque Ley 161-2009, tipo mínimo se pactara para a su vezsegún comunica todos conocida los loc- como con “Ley acera da delaPermisos primera subasta, enmendada, para lacomunal Reforma delque Proceso de Puerto Rico’, el o sea, ales, colinda por el NORTE, en salida al local y a su vez comu- $165,000.00. Esta subasta se Reglamento de Permisos Obras Construcción y Usos de Terrenos. vigente al 29 de una extensión de Conjunto veinticuatro nicapara todos los de locales, este local hará para satisfacer al demandpunto setenta cinco noviembrey de 2010 metros conocido como “Reglamento Conjunto”,sanitario. el Reglamente de Zonificación Especial de contiene un servicio ante, hasta donde alcance, el (24.75), Santurce, con pared por yelcualquier NORTE, una importe adeudado a la parte Deconcomunal vigencia delque 17 deColinda mayo de 2003 otraen disposición de la ley aplicable, se informa lo divide del patio lateral derecho extensión de doce punto treinta mandante, según la sentencia que la Oficina de Gerencia de Permisos celebrará vista pública para el caso que se describe a continuación: del edificio; por el SUR, en una y siete (12.37) metros, con dictada, a su favor en este caso extensión de veinticuatro punto pared comunal que lo divide de ascendente a la suma de la setenta Peticionario: y cinco metros (24.75), los locales unoCorp. b (1-B) dos 2017-203406-PUS-033769 B suma de $740,905.73, más los Once Dry Cleaners & Laundromat CasoyNúm.: con pared comunal que lo di- (2-B); por el SUR, en una intereses 8.95% anual acumulap/c Juan B. Rivera vide de los locales uno BBonilla (1-B) y extensión de doce punto treinta tres B (3B), Por el ESTE, en una y siete (12.37) metros, con dos hasta la fecha de esta sentencia, contribuciones, recargos extensión de quince punto cuarque lo divide Dueño de la Propiedad: Usamapared RushdicomunalLugar. Oficina deen Gerencia de Permisos enta y dos metros (15.42) con la acera comunal que da el área y prima de seguro adeudadas hasta la fecha de Vilella esta sentencia, Centro Gubernamental Roberto Sánchez pared comunal que lo divide de de siembra; por el ESTE, en una intereses legales sobre la acera comunal que da al esta- e x t e n s i ó n d eEdificio Salón de Conferencia Legalla totalids i e tNorte, e p uPiso n t o13,ad de la sentencia y la suma de cionamiento en frente del edifi- ochenta (7.80) metros, con $10,000.00 Ave. De Diego, Santurce, Puerto Rico por conceptos de cio y por el OESTE, en una pared comunal que lo divide del extensión de veintitrés punto local uno B (1-B); y por el costas, gastos y honorarios de abogado. PROPIEDAD cuatro metros conde pared Fecha: (23.04), 26 de marzo 2018 OESTE, en unaCalificación: de Uso Residencial Uno (ZU-R1) B El extensiónZona de sicomunalHora: que9:00 lo a.m. divide de la ete punto ochenta (7.80) metros, gravamen objeto de ejecución acera de carga que da al patio con pared comunal que lo di- en este procedimiento es el que de la posterior del edificio, este Se interesa discutir, pero sin limitarse unalasolicitud de permiso uso surge vía variación parainscripción operar una arriba vide de acera de cargasde que descrita y según pactado en la apartamento es de forma rectanda alobjeto patiode posterior del se edificio.lavandería automática. La propiedad esta solicitud encuentra localizada en la Calle 12 #527 escritura constitutiva de la hipogular irregular. En los elemen- -En los elementos comunes genesquinagenerales Ave. Borinquen, Bo. Obrero del Municipio de San Juan. Según los mapas de calificación vigentes tos comunes correserales corresponde a este local teca se establece como precio mínimo de la primera la p o n d e para a el e sMunicipio t e l o cde a lSanu Juan n a el predio está calificadodecomo de Uso Residencial Uno (ZU-R1).subasta La una participación ceroZona punto de $70,000.00. De no adparticipación deseveintitrés punto cinco seis ocho dos cinco6.4, por6.18suma solicitud evaluará a tenor, pero sin limitarse, a las Secciones y 34.00 del Reglamento de judicarse la propiedad en la setecientos setenta y siete mil ciento (0.56825%).--- --Consta Zonificación Especial de Santurce, vigente.alLafolio partecuarenta proponentey tendrá que justificar su solicitud para doscientos noventa y seis por inscrito tres primera subasta, se celebrará ciento (23.777296%).----Con- (43) del tomo ciento cuarenta y una segunda subasta, en las la concesión de la variación. sta inscrito al folio 140, del tomo ocho (148) de monacillos este y mismas oficinas de este AlguaSe invita a este vecinos delcinco, proyectoel ycinco, a los propietarios de terrenos que radiquen dentro de los límites 148 de monacillo y el finca número cuatro mil cil, el día 02 de abril de 2018, a finca número 4,547 del registro de alacomparecer mañana. El territoriales circundantes, a lasquinientos agencias gubernamentales al públicolas en9:35 general y precio treinta y siete y(4,537) de la propiedad San segunda subasta del registro de la propiedad participar ende dicha vista.Juan, Es mandatorio que el proponente y/o dueñode de lamínimo propiedadpara o sula representante sección quinta. --- La dirección San Juan sección quinta.-- La serán dos terceras partes (2/3) asista a la vista no asistir se procederá con el archivo de la solicitud. física deautorizado esta propiedad es pública, la d i rde e c c i ó n f í s i c a d e e s t a del tipo mínimo de la primera siguiente: Centro que Comercial La p rcomparecer sea, $46,666.67. De o p i e d a d asistidas e s l a por s iabogados, g u i e n t epero : subasta, Se advierte las partes podrán no estaráno obligadas a estar Cumbre Edif. B Lot. 2-B Río Centro Comercial La Cumbre no adjudicarse la propiedad en representadas incluyendo y sociedades. Piedras,así Puerto Rico 00925corporaciones la segunda subasta, se celebEdif. B Lot. 3-B Río Piedras, PuPROPIEDAD URBANA:que Local ará una tercera subasta, Rico 00925suspenderla PROPIEDAD El OficialBExaminador presidaerto la vista no podrá una vezAseñalada, salvo que se solicite por en las Número tres B (3-B), Local El gravamen objeto de ejecución mismas oficinas de este Alguaescrito con expresión de las causas con no menos de cinco (5) días de antelación a la fecha de Comercial Localizado en el edifi- ensometidas, este procedimiento es el que cil, el día 09 de abril de 2018, a cio “B” Del Centrode Comercial La surge celebración la vista, expresando las razones justifican la arriba suspensiónlaso posposición, 9:35 de la acompañado mañana. El precio de la que inscripción Cumbre,por que en olacheque aven- dedescrita para laLa tercera unradica giro postal gerente dey $50.00 nombre del de Hacienda. peticiónsubasta segúnapactado enSecretario la mínimo i d a S a n t a R o s a d e l a escritura constitutiva de la hipo- será la mitad (1/2) del tipo de suspensión o transferencia ser radicada ante la OGPE. El peticionario notificará copia de la urbanización La Cumbre, Río deberá teca se establece como precio mínimo que se pactara para la Piedras,solicitud Puertoa las Rico.--Tiene otras partes e interventores en ellaprocedimiento dentro la de los p rcinco i m e (5) r a días s useñalados. basta, o sea, mínimo de primera subasta forma rectangular midiendo doce suma de $330,000.00. De no ad- $35,000.00. Esta subasta se Si la ysuspensión no fuemetmotivada por el incumplimiento de un requisito legal, el solicitante se punto treinta siete (12.37) hará para satisfacer al demandjudicarse la propiedad en la ros de ancho por siete punto comprometerá a pagar los costos que conlleve la notificación de la suspensión y anunciar el nuevo ante, hasta donde alcance, el primera subasta, se celebrará ochenta señalamiento (7.80) metros de fondo, mediante la publicación de un aviso de prensa. La Regla importe 7.13, Inciso b, disponeaque el Deadeudado la parte teniendo un área de noventa una segunda subasta, en las mandante, según la sentencia mismas oficinas de este Alguaoficial examinador imponer una multa de $500.00 a toda persona que observe una conducta punto cincuenta (90.50)podrá metros dictada, a su favor en este caso cil, el día 02 de abril del 2018, a cuadrados. Su puerta principal irrespetuosa durante la vista. mira hacia el SUR y se comu- las 9:30 de la mañana. El precio ascendente a la suma de la mínimo para la segunda subasta suma de $740,905.73, más los El expediente de la solicitud está disponible para inspección en las Oficinas Regionales de la OGPe, nica con la acera comunal que serán dos terceras partes (2/3) intereses 8.95% anual acumulada salida al local a suHatillo, vez Ponce, ubicadas en Sany Juan, Aguadilla y Humacao. Cualquier persona podrá requerir copia del del tipo mínimo de la primera dos hasta la fecha de esta sencomunica todos los locales, este expediente presentando una solicitud a tales efectos a través de la página www.ogpe.pr.gov local contiene un servicio sanit- subasta, o sea, $220,000.000. tencia, contribuciones, recargos De no adjudicarse la propiedad y prima de seguro adeudadas ario. Colinda NORTE, en 1 de En Sanpor Juan,elPuerto Rico hoy, marzo de 2018. una extensión de doce punto tre- en la segunda subasta, se cel- hasta la fecha de esta sentencia, intereses inta y siete (12.37) metro de an- brará una tercera subasta, en Ing. Ian Carlolegales Serna sobre la totalidlas mismas oficinas de este Al- ad de la sentencia y la suma de cho por siete punto ochenta Director Ejecutivo guacil, el día 09 de abril de $10,000.00 por conceptos de (7.80) metros de fondo, teniendo un área de noventa punto cin- 2018, a las 9:30 de la mañana. costas, gastos y honorarios de El precio mínimo para la tercera abogado. Con el producto que cuenta (90.50) metros cuadrados. Su puerta principal mira subasta será la mitad (1/2) del se obtenga de ambas subastas, tipo mínimo que se pactara para deberá pagar a la parte Dehacia el SUR, y se comunica con acera comunal que da la primera subasta, o sea, mandante el importe de la Sen$165,000.00. Esta subasta se tencia hasta donde alcance y salida al local y a su vez comuacreedores 30 días siguientes a la publicación del último edicto para que indiquen, aportando el título justificativo de sus créditos, la cuantía actualizada de las deudas, así como indiquen si alguna de las obligaciones está vencida y no satisfecha. Este edicto se publicará una vez por semana, durante 2 meses, a partir que el Secretario firme y selle esta citación. Extendido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 12 de febrero de 2018. POR: Ruth N. Aponte Cotto Secretaria Regional II Marilyn Colón Carrasquillo Secretaria Auxiliar del Tribunal I
28< CLASIFICADOS
FARMACIA CRISTINA LMDM LLC. SAMUEL BIGIO ROMERO; et als.
AVISO VISTA PÚBLICA
mínimo de la primera subasta la suma de $330,000.00. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 02 de abril del 2018, a las 9:30 de la mañana. El precio mínimo para la segunda subasta serán dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $220,000.000. De no adjudicarse la propiedad en la segunda subasta, se celbrará una tercera subasta, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 09 de abril de 2018, a las 9:30 de la mañana. El precio mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $165,000.00. Esta subasta se hará para satisfacer al demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a la parte Demandante, según la sentencia dictada, a su favor en este caso ascendente a la suma de la suma de $740,905.73, más los intereses 8.95% anual acumulados hasta la fecha de esta sentencia, contribuciones, recargos y prima de seguro adeudadas hasta la fecha de esta sentencia, intereses legales sobre la totalidad de la sentencia y la suma de $10,000.00 por conceptos de costas, gastos y honorarios de abogado. PROPIEDAD B El gravamen objeto de ejecución en este procedimiento es el que surge de la inscripción arriba descrita y según pactado en la escritura constitutiva de la hipoteca se establece como precio mínimo de la primera subasta la suma de $70,000.00. De no adjudicarse la propiedad en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 02 de abril de 2018, a las 9:35 de la mañana. El precio mínimo para la segunda subasta serán dos terceras partes (2/3) del tipo mínimo de la primera subasta, o sea, $46,666.67. De no adjudicarse la propiedad en la segunda subasta, se celebará una tercera subasta, en las mismas oficinas de este Alguacil, el día 09 de abril de 2018, a las 9:35 de la mañana. El precio mínimo para la tercera subasta será la mitad (1/2) del tipo mínimo que se pactara para la primera subasta, o sea, $35,000.00. Esta subasta se hará para satisfacer al demandante, hasta donde alcance, el importe adeudado a la parte Demandante, según la sentencia dictada, a su favor en este caso ascendente a la suma de la suma de $740,905.73, más los intereses 8.95% anual acumulados hasta la fecha de esta sentencia, contribuciones, recargos y prima de seguro adeudadas hasta la fecha de esta sentencia, intereses legales sobre la totalidad de la sentencia y la suma de $10,000.00 por conceptos de costas, gastos y honorarios de abogado. Con el producto que se obtenga de ambas subastas, deberá pagar a la parte Demandante el importe de la Sentencia hasta donde alcance y pondrá al adjudicatario en subasta en posesión de las propiedades dentro de veinte (20) días, para lo cual queda facultado para romper candados y cerraduras que impidan el acceso. Se entiende que todo licitador que comparezca a la subasta señalada en este caso, acepta como bastante la titulación que da base a las mismas. La venta en pública subasta de las propiedades descritas anteriormente se verifiará libre de toda carga o gravamen posterior que afecte dicha propiedad. Se entiende que cualquier carga y/o gravamen anterior y/o preferente, si lo hubiera, al crédito que da base a esta ejecución, continuará subsistente, entendiéndose además, que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la secretaria del tribunal durante las horas laborables. POR LA PRESENTE, se le notifica a los titulares de créditos y/o cargas registrales posteriores, si alguno, que se celebrarán las SUBASTAS en las fechas, horas y sitio anteriormente señalados, y se les invita a que concurran a dichas subastas, si les conviniere, o se les invita a satisfacer, antes del remate, el importe del crédito, sus intereses, otros cargos las costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante, siempre y cuando reúnan los requisitos y cualificaciones de Ley para que se pueda efectuar tal subrogación. Y PARA SU PUBLICACIÓN en el tablón de edictos de este Tribunal y en dos (2) lugares públicos del Municipio donde se celebrarán las subastas señaladas. Además en un periódico de circulación general en dos ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en San Juan, Puerto Rico, a22 de febrero de 2018. DIANA I. NAVARRO CRUZ, Alguacil Auxiliar, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
nicipio donde se celebrarán las subastas señaladas. Además en un periódico de circulación general en dos ocasiones y mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. EXPEDIDO el presente EDICTO DE SUBASTA en San Juan, Puerto Rico, a22 de febrero de 2018. DIANA I. NAVARRO CRUZ, Alguacil Auxiliar, ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN KV-4030 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE MAYAGÜEZ SALA SUPERIOR
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
MUNICIPIO DE MAYAGÜEZ; LINDA DHELLANYRA VIVES MULLER; AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO
Demandados CIVIL NÚM.: ISCI201701044 (307) SOBRE: SENTENCIA DECLARATORIA, ARTÍCULO 214 DE LA LEY HIPOTECARIA, “CORRECCIÓN DE DERECHOS INSCRITOS” EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS ) SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO ) A: Linda Dhellanyra Vives Muller POR LA PRESENTE se le notifica que una demanda ha sido presentada en su contra con el propósito de que se decrete una sentencia declaratoria al amparo del Artículo 214 de la Ley Núm. 2010 del 8 de diciembre de 2015, conocida como Ley del Registro de la Propiedad Inmobiliaria del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Mediante dicha sentencia declaratoria se solicita que se establezca que: la Escritura Núm. 404 sobre Primera Hipoteca otorgada ante el notario Francisco J. Casalduc Delgado, la cual consta inscrita al folio 31 del tomo 1,516 del Registro de la Propiedad, Sección de Mayagüez, finca número 13,305, inscripción vigésima, otorgada el 30 de junio de 2005, la cual se contituyó a favor de RG Mortgage Corp, antecesor del Banco Popular de Puerto Rico, le corresponde el primer rango. Se le advierte que este Edicto se publiará una (1) sola vez en un periódico de circulación general en la isla de Puerto Rico. Mediante el presente se le emplaza y se le requiere para que conteste la demanda dentro de los sesenta (60) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su contestación ante el tribunal correspondiente y notificando con copia de la misma a la abogada de la parte demandante: Lcda. María Teresa Figueroa Colón, 252 Ave. Ponce de León Citibank Tower, Suite 1200, San Juan, Puerto Rico 00918; Tel: (787)522-2000, Fax: (787) 5222 0 1 0 ; E m a i l : mfigueroa@edgelegalpr.com. Se le apercibe que, de no hacerlo, se le podrá anotar la rebeldía y dictar Sentencia concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL, en Mayagüez Puerto Rico, hoy día 26 de febrero de 2018. LIC NORMA G. SANTANA IRIZARRY, Secretario(a) del Tribunal Por: MARITZA LEBRON ROSADO, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. KV-4065 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA MUNICIPAL DE GUAYNABO-MUNICIPAL
ASOCIACION RESIDENTES DE TORRIMAR, INC VS
MOLL ESTREMERA, NEYDA WARINA
CASO: DECM2017-0014 SALON: 0101 SOBRE: COBRO DE DINERO REGLA 60 NEYDA WARINA MOLL ESTREMERA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO EL SECRETARIO(A) QUE SUSCRIBE LE NOTIFICA A USTED QUE EL 05 DE MARZO DE 2018 , ESTE TRIBUNAL HA DICTADO SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION EN ESTE CASO, QUE HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADA Y ARCHIVADA EN AUTOS DONDE PODRA USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TERMINOS DE LA MISMA. ESTA NOTIFICACION SE PUBLICARA UNA SOLA VEZ EN UN PERIODICO DE CIRCULACION GENERAL EN LA ISLA DE PUERTO RICO, DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACION. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCEDIMIENTO SUJETA A LOS TERMINOS DE LA SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION, DE
DONDE PODRA USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TERMINOS DE LA MISMA. ESTA NOTIFICACION SE PUBLICARA UNA SOLA VEZ EN UN PERIODICO DE CIRCULACION GENERAL EN LA ISLA DE PUERTO RICO, EL VOCERO DENTRO DE LOS 10 DIAS SIGUIENTES A SU NOTIFICACION. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED UNA PARTE EN EL PROCEDIMIENTO SUJETA A LOS TERMINOS DE LA SENTENCIA, SENTENCIA PARCIAL O RESOLUCION, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE REVISION O APELACION DENTRO DEL TERMINO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLICACION POR EDICTO DE ESTA NOTIFICACION, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACION QUE SE CONSIDERARA HECHA EN LA FECHA DE LA PUBLICACION DE ESTE DICTO. COPIA DE ESTA NOTIFICACION HA SIDO ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE ESTE CASO, CON FECHA DE 06 DE MARZO DE 2018 LIC. PIOVANETTI DOHNERT, RICARDO A RPIOVANETTI @DESKTRIAL.COM EN GUAYNABO, PUERTO RICO, A 06 DE MARZO DE 2018. RUTH APONTE COTTO SECRETARIO POR: F/ MAIRENI TRINTA MALDONADO NOMBRE Y FIRMA SECRETARIO AUXILIAR OAT-686-NET Notficiacion de Sentencia por Edicto - Revisado Mayo 2011 SS-2530 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN
FIRSTBANK PUERTO RICO Parte Demandante Vs.
RICARDO RIVERA BALAGUER, SUCESIÓN DE JOHANNA LANZA PEREZ, COMPUESTA POR GIULLIANNA RIVERA LANZA, VICTOR RIVERA LANZA, AMBOS MENORES DE EDAD, REPRESENTADOS POR SU PADRE, RICARDO RIVERA BALAGUER Y FULANO DE TAL Y LA EXTINTA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA
Parte Demandada CIVIL NÚM. K CD2016-0874 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA } EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. } EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R. } A: RICARDO RIVERA BALAGUER, SUCESIÓN DE JOHANNA LANZA PEREZ, COMPUESTA POR GIULLIANNA RIVERA LANZA, VICTOR RIVERA LANZA, AMBOS MENORES DE EDAD, REPRESENTADOS POR SU PADRE, RICARDO RIVERA BALAGUER Y FULANO DE TAL Y LA EXTINTA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLOS COMPUESTA FÍSICA: C5 BROMELIA, PARQUE DE BUCARE GUAYNABO, PR 00969-5143 POSTAL: PARQUE DE BUCARE, 5 CALLE BROMELIA, GUAYNABO, PR 00969-5143 POSTAL: E-21 CALLE ROMA, VILLA CAPARRA, GUAYNABO, PR 00966 PUBLICO EN GENERAL El Alguacil del Tribunal que suscribe anuncia y hace constar: A. Que en cumplimiento del Mandamiento que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor de contado y en moneda de curso legal y corriente de los Estados Unidos de América, todo derecho, título o interés que tenga la Parte Demandada en el bien inmueble que se describe a continuación: ----URBANA: Solar marcado con e l n úme ro c i n co ( 5) d e l a urbanización Parque de Bucare localizado en el Barrio Monacillos del municipio de San Juan Puerto Rico, con un área de seiscientos setenta y nueve punto cuarenta y ocho metros cuadrados (679.48m.c.), en lindes por el Norte en treinta y dos punto treinta y seis metros (32.36) con el solar número seis (6); por el Sur, en treinta y dos punto treinta y ocho metros (32.38) con el solar número cuatro (4); por el Este, en veinticuatro punto treinta y cinco metros (21.35) con terrenos de Ramón Alonso, por el Oeste, en veinte punto sesenta y seis metros (20.66) con la calle tres (3). -- Enclava edificación. ---Inscrita al folio doscientos Cuarenta y echo (248) del tomo ochocientos diecisiete (817) de Monacillos, finca número veinticuatro mil seiscientos noventa y siete (24,697), Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera Dirección física: C5 BROMELIA, PARQUE DE BU-
cuatro (4); por el Este, en veinticuatro punto treinta y cinco metros (21.35) con terrenos de Ramón Alonso, por el Oeste, en veinte punto sesenta y seis metros (20.66) con la calle tres (3). -- Enclava edificación. ---Inscrita al folio doscientos Cuarenta y DE PUERTO RICO > JUEVES, echo (248) del tomo ochocientos diecisiete (817) de Monacillos, finca número veinticuatro mil seiscientos noventa y siete (24,697), Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera Dirección física: C5 BROMELIA, PARQUE DE BUCARE GUAYNABO, PR 009695143 B. Que los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado están de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables bajo el epígrafe de este caso. C. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titularidad y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematente los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. La propiedad a ser ejecutada se adquirirá libre de cargas y gravámenes posteriores. D. Que la Propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen anterior o posterior:NINGUNO. E. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $455,421.23 de principal al 1ro. de octubre de 2014, $39,055.13 por concepto de diecinueve (19) mensualidades en atrasos al 3% desde el 1ro. de octubre de 2015 hasta el 13 de abril de 2016, $1,217.20 por cargos por demora computados hasta el 13 de abril de 2016 y los que se venzan desde esa fecha en adelante, $0.00 por Sobregiro en Cuenta de Reserva, y tres cantidades de $41,650.00 equivalente al 10% del principal por honorarios de abogado pactados. La propiedad garantiza una cantidad igual por intereses vencidos que se acumulen hasta dicho monto. La propiedad garantiza una cantidad igual por adelanto, si algunos, que tenga que incurrir el acreedor. Se fija como tipo mínimo para la primera subasta la cantidad de $458,467.59. La primera subasta se celebrará el día 26 de marzo de 2018 a las 9:30 de la mañana en la Oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, por el tipo mínimo de $458,467.59. De declararse desierta dicha subasta se celebrará una segunda subasta el día 3 de abril de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la segunda subasta lo será 2/3 partes del precio mínimo de la primera, o sea, $305,645.06. De declararse desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera subasta el día 10 de abril de 2018 a las 9:30 de la mañana en el mismo lugar antes mencionado. El precio para la tercera subasta lo será 1/2 del precio mínimo de la primera, o sea, $229,233.80. Y PARA QUE ASÍ CONSTE, y para su publicación en un periódico de circulación general y por un término de dos (2) semanas en los sitios públicos conforme a la ley, expido la presente bajo mi firma y sello de este tribunal, hoy 22 de febrero de 2018 en San Juan, Puerto Rico. PEDRO HIEYE GONZALEZ Alguacil
8 DE MARZO DE 2018
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