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CLASIFICADOS / JUEVES, 7 DE FEBRERO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
MR-6442 DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD NACIONAL (DHS) AGENCIA FEDERAL PARA MANEJO DE EMERGENCIAS (FEMA) Determinaciones Propuestas de Peligro de Inundación para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico La Agencia para Manejo de Emergencias del Departamento de Seguridad Nacional ha emitido un Mapa de Tasas de Seguro de Inundación (FIRM, por sus siglas en inglés) preliminar, y en donde sea disponible, un Estudio de Seguro de Inundación (FIS, por sus siglas en inglés), que refleja determinaciones propuestas de peligro de inundación en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Estas determinaciones de peligro de inundación pueden incluir modificaciones de Elevaciones de Inundación Base (BFE, por sus siglas en inglés), profundidad de inundación base, Límites de Areas Especiales de Peligro de Inundación o designaciones de Zonas, o del cauce mayor ("Floodway", en inglés). Se solicita información técnica o comentarios acerca de las determinaciones propuestas de peligro de inundación que se muestran en el FIRM preliminar y/o el reporte FIS para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Estas determinaciones son la base para las medidas de manejo de planicies inundables que su comunidad está requerida a adoptar, o, a mostrar evidencia de que ya están en efecto para poder cualificar o continuar estando cualificada para participación en el Programa Nacional de Seguros de Inundación. Adicional a esto, antes de que estas determinaciones sean efectivas para propósitos de manejo de planicies inundables, se le proveerá una oportunidad de apelar la información propuesta. Para información acerca del período estatutario de 90 días para apelaciones, así como una lista de las comunidades afectadas y los lugares donde puede obtener copias del FIRM, por favor visite el portal de FEMA www.fema.gov/plan/prevent/fhm/bfe, o llame al Centro de llamadas de FEMA "Map Information eXchange (FMIX)" libre de costo al 1-877-FEMA MAP (1-877336-2627).
CB-1182 GOBIERNO DE PUERTO RICO. DEPARTAMENTO DE ESTADO, SAN JUAN, PUERTO RICO. MARCA PARA REGISTRAR. AVISO. A QUIEN PUEDA INTERESAR: Conforme a la Ley Núm. 169 del 16 de diciembre de 2009, según enmendada, y al Reglamento Número 8075 del 19 de septiembre de 2011, la siguiente marca ha sido presentada ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales de Puerto Rico para su archivo y registro.
Número de Presentación: 70,131. Solicitante: Recinto Universitario de Mayagüez Dirección Postal: PO Box 9000 Mayagüez, Puerto Rico 00680 Descripción: “La marca consiste en las palabras “FORO COLEGIAL” en letras estilizadas azul y verde, respectivamente. En medio un micrófono condensador color gris. Renuncia de elementos no susceptibles de uso exclusivo: FORO COLEGIAL Clase Internacional: 041. NOTIFICACION: Conforme al Artículo 8 de la Ley Núm. 169, del 16 de diciembre de 2009, según enmendada, cualquier persona que se considere perjudicada por el registro de esta marca puede oponerse al mismo presentando ante el Registro de Marcas y Nombres Comerciales un Escrito de Oposición debidamente fundamentado dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. No obstante lo anterior, antes de vencido el término y por justa causa, el Registro podrá conceder una prórroga de hasta veinte (20) días para presentar dicha oposición. El oponente deberá notificar al solicitante copia del Escrito de Oposición mediante correo certificado con acuse de recibo, no más tarde de dos (2) días laborables a partir de la fecha de presentación del Escrito de Oposición.
MR-6441 DEPARTMENT OF HOMELAND SECURITY FEDERAL EMERGENCY MANAGEMENT AGENCY Proposed Flood Hazard Determinations for the Commonwealth of Puerto Rico The Department of Homeland Security’s Federal Emergency Management Agency has issued a preliminary Flood Insurance Rate Map (FIRM), and where applicable, Flood Insurance Study (FIS) report, reflecting proposed flood hazard determinations within the Commonwealth of Puerto Rico. These flood hazard determinations may include the addition or modification of Base Flood Elevations, base flood depths, Special Flood Hazard Area boundaries or zone designations, or the regulatory floodway. Technical information or comments are solicited on the proposed flood hazard determinations shown on the preliminary FIRM and/or FIS report for the Commonwealth of Puerto Rico. These flood hazard determinations are the basis for the floodplain management measures that your community is required to either adopt or show evidence of being already in effect in order to qualify or remain qualified for participation in the National Flood Insurance Program. However, before these determinations are effective for floodplain management purposes, you will be provided an opportunity to appeal the proposed information. For information on the statutory 90-day period provided for appeals, as well as a complete listing of the communities affected and the locations where copies of the FIRM are available for review, please visit FEMA’s website at www.fema.gov/plan/prevent/fh m/bfe, or call the FEMA Map Information eXchange (FMIX) toll free at 1-877-FEMA MAP (1-877-336-2627).
CB-1315 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
Doral Bank Demandante v.
Edward Herrera Guerrero, Magalys Reynoso Manzano y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos; Franklin José María, Yuderki Hurtado Minier y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: K CD2010-1017 (908) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 13 de febrero de 2013, a las 10:00 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 1218 Calle 30 SE, Caparra Terrace, San Juan, PR 00921 y que se describe a continuación: URBANA: Solar sitio en el Barrio Monacillos de la municipalidad de Río Piedras, hoy San Juan, Puerto Rico, marcada con el nú-
mero 9-A de la manzana KK de la urbanización Caparra Terrace, con un área superficial de 237.50 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, en 9.50 metros, con la calle número 70 de esta Urbanización; SUR, en 9.50 metros, con terrenos propiedad de Antonio Matos; ESTE, en 25.00 metros, con el solar número 10 de la manzana KK; OESTE, en 25.00 metros, con el solar 9-B de la manzana KK. Se encuentra enclavada una casa de concreto armado con techo de azotea y piso de loza del país, la cual consiste de una sola planta para residencia con tres cuartos dormitorios con sus guardaropas, sala y comedor en una sola unidad, cocina con su guardacomidas, cuarto de baño, marquesina y balcón. Consta, además, de una segunda planta de dos cuartos dormitorios, un guardaropas, un cuarto de baño, sala-comedor y cocina, balcón en forma de L con ventanas estilo francesas al frente y de aluminio, cortina de metal y terraza. Existe una servidumbre por signo aparente establecido por la corporación vendedora en la pared que divide los apartamentos A y B cuya pared continuará sirviendo a ambos apartamentos y pertenecerá en común pro-indiviso en toda su actual extensión y espesor a los propietarios de ambos apartamentos. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 116 del Tomo 455 de Monacillos, finca número 16,960, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $130,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de febrero de 2013, a las 10:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $87,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de febrero de 2013, a las 10:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $65,250.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 32, otorgada el día 27 de enero de 2005, ante el Notario Jesús A. Ledesma Amador y consta inscrita en el Folio 171 del Tomo 979 de Monacillos, finca número 16,960, en el Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera, inscripción undécima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $113,538.92 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.750% anual desde el día 1 de octubre de 2009. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $13,050.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $13,050.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $13,050.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipo-
tecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Doral Bank vs. Edward Herrera Guerrero, su esposa, Magalys Reynoso Manzano, Franklyn José María, su esposa, Yuderky Hurtado Minier y las sociedades legales de gananciales entre unos y otros, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el Caso Civil Número KCD 09-3354, por Doral Bank, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, reclamando el pago de hipoteca con un balance de $116,297.63 y otras cantidades. Anotada al folio 171 del tomo 979 (Ágora) de Monacillos. Anotación "A". Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en San Juan, Puerto Rico, hoy día 2 de enero de 2013. Fdo. MYLENE MELENDEZ COTTO ALGUACIL AUXILIAR PEDRO HIEYE GONZALEZ ALGUACIL DIVISION DE EJECUCION DE SENTENCIAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN. CB-1321 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
FELIPE GARIP DIAZ T/C/C FELIPE A. GARIP T/C/C FELIPE ALBERTO GARIP DIAZ Y SU ESPOSA DENISSE COLON CLAUDIO T/C/C DENISSE MARI COLON CLAUDIO T/C/C DENISSE M. COLON CLAUDIO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; SHADIRA MARI GARIP DIAZ T/C/C SHADIRA GARIP DIAZ Parte Demandada CIVIL NUM.: FCD2011-1698 SALON NÚM.: 407 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: FELIPE GARIP DIAZ T/C/C FELIPE A. GARIP T/C/C FELIPE ALBERTO GARIP DIAZ Y SU ESPOSA DENISSE COLON CLAUDIO T/C/C DENISSE MARI COLON CLAUDIO T/C/C DENISSE M. COLON CLAUDIO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; SHADIRA MARI GARIP DIAZ T/C/C SHADIRA GARIP DIAZ ; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 4 de septiembre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: UR-
BANA: Propiedad horizontal: Apartamento #4-L Oeste, de un dormitorio localizado en el lado Sur de la cuarta planta del edificio Oeste del condominio Villas del Mar, ubicado en un solar de 12,443.85 metros cuadrados, que da su frente por su lado Sur al kilómetro 1, hectómetro 3 de la Carretera Estatal #187 en el barrio Cangrejos Arriba del municipio de Carolina, Puerto Rico, con un área superficial de 775.00 pies cuadrados, equivalentes a 72.00 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, con el corredor central del piso y un closet, localizado por ese mismo lado del referido corredor el cual conecta el apartamento con los accesos en el piso a las dos escaleras y los cuatro elevadores del edificio, que a su vez conecta el apartamento con todas las demás plantas del edificio excepto la penúltima, teniendo el apartamento salida a través de los vestíbulos de los elevadores y de las escaleras en la primera planta al patio Sur del edificio y la Carretera Estatal contigua a dicho patio; por el SUR, colinda con el patio Sur del edificio; por el ESTE, con el apartamento #4-K Oeste y por el OESTE, con una pared que la separa del vestíbulo de los elevadores del piso y con el patio Sur del edificio. Inscrita al folio 285 del tomo 377 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera, finca número 14,404. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $219,361.86 de principal, más intereses al 6.625% anual desde el día 1ro. de abril de 2011, más la suma de $23,400.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 27 de abril de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 13 DE FEBRERO DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina , Carolina , Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $234,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 20 DE FEBRERO DE 2013 A LAS 3:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $156,000.00 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 27 DE FEBRERO DE 2013 A LAS 3:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $117,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado
de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina , Puerto Rico, hoy día 10 de octubre de 2012. Samuel González Isaac, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina. CB-1279 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
SUCESION DE JOSE D. ALVARADO MATOS T/C/C JOSE DOLORES ALVARADO MATOS T/C/C JOSE DOLORES ALVARADO COMPUESTA POR JACKELINE ALVARADO CRUZ, HECTOR ALVARADO, ENEIDA ALVARADO; JOHN DOE I Y RICHARD ROE I COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; SUCESION DE MARIANA CRUZ LINARES COMPUESTA POR JACKELINE ALVARADO CRUZ, DAVID SALDANA CRUZ, CARMEN SALDANA CRUZ; JOHN DOE II Y RICHARD ROE II COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada CIVIL NUM.: FCD2010-1684 SALON NÚM.: 608 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE SUBASTA A: SUCESION DE JOSE D. ALVARADO MATOS T/C/C JOSE DOLORES ALVARADO MATOS T/C/C JOSE DOLORES ALVARADO COMPUESTA POR JACKELINE ALVARADO CRUZ, HECTOR ALVARADO, ENEIDA ALVARADO; JOHN DOE I Y RICHARD ROE I COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; SUCESION DE MARIANA CRUZ LINARES COMPUESTA POR JACKELINE ALVARADO CRUZ, DAVID SALDANA CRUZ, CARMEN SALDANA CRUZ; JOHN DOE II Y RICHARD ROE II COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 13 de agosto de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número quince del bloque GW del plano de inscripción de la tercera extensión de la Urbanización Country Club, Quinta Etapa, situada en el Barrio Sabana Abajo, de la municipalidad de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos ochenta metros cuadrados con setenta y seis centímetros cuadrados. En lindes por el NORTE, en quince metros, con cuarenta y seis centímetros con los solares once y doce; por el SUR, en quince metros con la calle doscientos siete; por el ESTE, en veinticinco metros con el solar número catorce y por el OESTE, en veinticinco metros con el solar dieciséis. Enclava edificación. Inscrita al folio
29 del tomo 114 de Carolina, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección primera, finca número 4,114 (antes 9,134). El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $33,283.93 de principal, más intereses al 9.50% anual desde el día 1ro. de marzo de 2010, más la suma de $4,820.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 29 de febrero de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 12 DE FEBRERO DE 2013 A LA 9:15 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Carolina, Carolina, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $48,200.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE FEBRERO DE 2013 A LA 1:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $32,133.33 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 26 DE FEBRERO DE 2013 A LA 1:15 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $24,100.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 10 de octubre de 2012. Samuel González Isaac, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Carolina. ED-6938 #4743846 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO, SALA SUPERIOR.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
TERESITA DIAZ PAEZ DE LA TORRIENTE también conocida como TERESITA DIAZ PAEZ
Demandada CIVIL NUM: NSCI2011-903 (301). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 6 de agosto de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y los pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 6 de marzo de 2013, a las 9:45 de la am en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE FAJARDO. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $173,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 de marzo de 2013, a las 9:45 de la am en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $115,333.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE FAJARDO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 20 de marzo de 2013, a las 9:45 de la am en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: --”URBANA: K101. PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número CIENTO UNO (101) del bloque K de la Loma de Fajardo, localizado en el Barrio Quebrada de la Municipalidad de Fajardo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 1,250.61 pies cuadrados, en lindes por NORTE, en 34’9’ con parte exterior y en 3’11’ con las escaleras; por el SUR, en 38’8’ con parte posterior; por el ESTE, en 35’0’ con la pared exterior y por el OESTE, en 11’9’ con el apartamento 102 del bloque K y con 19’3’ con las escaleras. Dicho apartamento consta de tres dormitorios, dos baños, sala-comedor, cocina, área de laundry, balcón y área verde. Este apartamento tiene una participación de 0.30% en los elementos comunes. Le pertenece como anejos los espacios de estacionamientos marcados con el #368 y 373. La puerta de entrada principal está situada en su lindero Oeste.” Inscrita al folio 151 del tomo 493 de Fajardo, finca #18,831, inscripción 2da., del Registro de la Propiedad de Fajardo. DIRECCION: COND. LA LOMA APARTAMENTO K-101, FAJARDO, PUERTO RICO. Además, se notifica de esta Subasta a la Junta de Directores del Condominio LA LOMA, para que comparezcan a la Subasta a licitar, a fin de proteger los cargos de mantenimiento atrasados y no pagados. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $156,908.35 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.500% anual, desde el día 1 de mayo de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $17,300.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera y Segunda Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en FAJARDO, Puerto Rico, hoy día NOV. 26 2012. YOMARIS SENQUIZ CRUZ, ALGUACIL #089.