RESOLUCIÓN No.
180540 DE Marzo 30 de 2010
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Continuación Anexo General del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público satisfacen los requerimientos particulares del país. Igualmente estos valores se presentan para cada tipo de vías y áreas asociadas en rangos coherentes a los criterios de diseño, que ofrecen flexibilidad en el diseño y aplicación para cada caso específico, a la vez que armonizan en el contexto urbanístico. Para la adecuada identificación de cada espacio en la vía, es necesario atender los perfiles típicos de vías que tiene aprobado en el POT cada municipio. En los sistemas de alumbrado público existentes que hagan uso de la infraestructura de red eléctrica de uso general, sobre los cuales se requiera realizar ajustes para cumplir con los niveles de iluminación y coeficiente de uniformidad exigidos en el presente reglamento, se deberán modificar la luminaria y/o la potencia de la fuente, así como la forma y longitud del brazo. Cuando el Operador de red o propietario de la infraestructura de la red de uso general realice la remodelación, deberá realizar el diseño y adecuación de dichas redes considerando el cumplimiento de las exigencias del servicio de alumbrado público de conformidad con el presente reglamento. 510.2.1 REQUISITOS DE ILUMINACIÓN MANTENIDOS PARA VÍAS VEHICULARES. Conocidas las características de las vías y sus requerimientos visuales, se deberá asignar la clase de iluminación necesaria. A cada clase de iluminación se le establecen los requisitos fotométricos mínimos mantenidos a través del tiempo, los cuales se condensan en la Tabla 510.2.1 a. para luminancia, cuando este es el criterio aplicado. Los valores son para piso seco. Zona de aplicación Todas las vías
Clase de iluminación
M1 M2 M3 M4 M5
Luminancia promedio 2 Lprom (cd/m ) Mínimo mantenido 2.0
Factor de uniformidad Uo Mínimo 0,4
1,5
0,4
1,2 0,8 0,6
Vías sin o con pocas Vías con calzadas intersecciones peatonales no iluminadas Incremento de umbral TI % Máximo inicial
Factor de uniformidad longitudinal de luminancia Ul Mínimo
Relación de alrededores SR Mínimo
10
0,5
0,5
10
0,5
0,5
0,4
10
0,5
0,5
0,4 0,4
15 15
N.R N.R
N.R N.R
Tabla 510.2.1.a. Requisitos fotométricos mantenidos por clase de iluminación para tráfico motorizado con base en la luminancia de la calzada
NR: No requerido Se podrán hacer diseños con base en criterio de iluminancia para las vías consideradas en la tabla 510.2.1 b.
Clase de iluminación
M3 M4 M5
Valor promedio (mínimo mantenido) de iluminancia según tipo de superficie de la vía [Luxes] R1 R2 y R3 R4 12 17 15 8 12 10 6 9 8
Uniformidad de la Iluminancia
Emin /Eprom (%) 34% 25% 18%
Tabla 510.2.1 b. Valores mínimos mantenidos de iluminancias promedio (lx) en vías motorizadas