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colaboraciones
LEGISLACIÓN
El registro de marcas En este artículo si es posible olfativas en Estados analizamos registrar como marca un y protegerlo de Unidos y la Unión olor, nuestros competidores, las distintas Europea: el problema yinterpretaciones que hace del tema la legislación de la representación estadounidense y objetiva la europea.
E
l olfato es el sentido más primitivo y también el más evocador que tienen los humanos, es decir, el que más nos trae a la memoria o recuerda algo. Esto es un hecho que no es desconocido para las empresas, las cuáles buscan desarrollan productos con olores o fragancias concretas con los que atraer a consumidores y gene-
rar en ellos sensaciones o emociones del pasado. Por supuesto, en el sector de la cosmética los olores cobran una importancia superlativa siendo su máximo exponente los perfumes, siendo reconocibles e identificables muchos de ellos por los consumidores. Teniendo esto en cuenta, ¿es posible para las empresas registrar como marca un olor y
El olfato es nuestro sentido más primitivo y el más evocador.
Alejandro Alonso Abogado y Socio del Departamento Mercantil de CECA MAGÁN Abogados
protegerse de las reproducciones de otros competidores? Las marcas olfativas se definen como un olor único que es capaz de identificar un producto concreto y su posible registro se encuentra muy condicionado por la dificultad de realizar una descripción objetiva del olor, especialmente en la Unión Europea donde directamente la EUIPO