06-08-2022

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Crónica

sábado 6 de agosto de 2022, Punta Arenas

Corte rechazó recurso de la defensa

Confirman cárcel a imputado por asalto en céntrica esquina de Punta Arenas La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la prisión preventiva impuesta contra un hombre en situación de calle que habría asaltado a una mujer de 56 años. Según el fallo, “la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”. Aeladio A mpuero Díaz es investigado por robo con violencia. El 25 de julio, habría interceptado a la víctima en la esquina de avenida España con Independencia para pedirle dinero. Asustada, la mujer detuvo un taxi para irse del lugar, pero el hombre le impidió el cierre de la puerta y tironeó su bolso marca Adidas que contenía 100 mil pesos en efectivo. Según el parte policial, ambos forcejearon hasta que el asaltante logró arrebatarle el bolso y huir del lugar. La afectada resultó con heridas en su brazo de carácter leve.

En el control de detención, el Juzgado de Garantía de Punta Arenas envió a la cárcel al imputado, quien tiene condenas anteriores por robo con violencia. Sin embargo, su defensa recurrió a la Corte de Apelaciones. Alegaron que el delito no estaba suficientemente acreditado y que la prisión preventiva debía imponerse como último recurso. E n u n a d e ci sión unánime, los ministros rechazaron los argumentos de la defensa. Resolvieron conf irmar que la prisión preventiva se justificaba por la naturaleza del delito, la pena asignada y la existencia de procesos pendientes del imputado. “No se advierte qué medidas cautelares de menor intensidad resultan idóneas para cautelar suficientemente los fines del procedimiento”, dice el fallo.

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Le habían rechazado el permiso por ser funcionario público

Acogen recurso a dueño de bar que no le renovaron patente de alcoholes ●● Corte de Apelaciones resolvió que la Municipalidad de Puerto Natales actuó de manera “ilegal y arbitraria” al rechazar el permiso al Pampa Restobar, pues no se contó con la aprobación del concejo municipal. Juan Valenzuela

L

jvalenzuela@elpinguino.com

a decisión de la Municipalidad de Puerto Natales de no renovar la patente de alcoholes del Pampa Restobar quedó sin efecto. La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de amparo del dueño del local, por lo que el permiso tendrá que resolverse a través del concejo municipal. Al Pampa –que se ubica en pleno centro de la capital provincial de Última Esperanza– le habían denegado la renovación de su patente a mediados de junio. El municipio le comunicó verbalmente a su representante legal, Miguel Abarca Abarca, que no le extenderían el permiso por infringir la Ley de Alcoholes, cuya norma establece que “no podrá concederse autorización para la venta de bebidas alcohólicas a los em-

pleados o funcionarios fiscales o municipales”. De acuerdo con los antecedentes de la causa, el dueño es funcionario del Ejército llamado a retiro. En su recurso de amparo alegó que la patente no se le otorgó a él como persona natural, sino que a Inversiones Pampa Spa, cuya existencia es jurídica. En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones acogió el recurso interpuesto por el dueño del Pampa. Resolvieron que el municipio actuó de manera arbitraria, pues debió contar con la aprobación del concejo municipal para denegar la renovación de la patente. “La decisión comunicada al recurrente, se torna en ilegal y arbitraria, ya que, sin perjuicio del conocimiento de la calidad de funcionario público del representante legal de la empresa recurrente, para rechazar la renovación solicitada de la patente de alcoholes, la

El municipio le había comunicado verbalmente al dueño del Pampa que no se renovaría su patente. recurrida debió contar con la aprobación del concejo municipal, cuestión que no se acreditó en autos”, dice el fallo. La abogada que patrocinó el recurso, Katiuska Muñoz, se mostró conforme con la decisión de la Corte. Indicó que la

municipalidad actuó de manera arbitraria “en razón a la formalidad en cómo se comunica la no renovación de la patente. Así lo estableció la Corte de Apelaciones al señalar que no se cumplieron los requisitos establecidos la ley”.


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