Capítulo 3 DISPOSICIÓN DE ELEMENTOS Cuando se habla de disposición de elementos, en términos de esta normativa, se refiere a la división de los espacios en un portal y la ubicación de los componentes[1] que se vayan a utilizar en el mismo. Conforme a esto, este capítulo describe la estructura mínima que deben modelar los portales de los organismos que se encuentran dentro del alcance de esta normativa, incluyendo sus divisiones de transparencia, a fin de mantener una línea homogénea de identidad y que los usuarios puedan reconocer un portal perteneciente al Estado dominicano y encontrar los contenidos en un entorno adecuado y organizado, indistintamente del dispositivo por el cual se acceda.
Sección 3.01.
Directrices Generales de Disposición de Elementos
Comprende el conjunto de directrices que deben respetarse y aplicarse en todos los medios web de la administración pública, lo cual incluye todo tipo de organismo: [1] Referido a la web, son aplicaciones que agregan funcionalidades específicas a un manejador de contenidos.
NORTIC A2:2021
Norma para el Desarrollo y Gestión de los Portales Web y la Transparencia de los Organismos del Estado Dominicano
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