Edición impresa Esmeraldas del 13 de septiembre de 2012

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EMPLEOS

JUDICIALES

77674/RP

EXTRACTO DE CITACION A: GOMEZ DE LA TORRE JARRIN LILIAN GABRIELA Y ANDRADE LANDINEZ HUGO BYRON. LE HAGO SABER:

EMPROMOTOR REQUIERE CONTRATAR PARA ESMERALDAS

ASESORES COMERCIALES

* HOMBRE O MUJER DE 22 A 30 AÑOS. * CON EXPERIENCIA MINIMO DE 1 AÑO EN VENTA DE VEHICULOS (INDISPENSABLE). * BUENA ACTITUD, CONOCIMIENTO DE LA INDUSTRIA, HABILIDADES DE AUTOGESTION, BUENA PRESENCIA. * QUE SEA EGRESADO UNIVERSITARIO O SE ENCUENTRE CURSANDO ESTUDIOS SUPERIORES CON HORARIO FLEXIBLE. DISPONIBILIDAD DE TIEMPO COMPLETO PRESENTAR DOCUMENTOS EN REGLA EN RECEPCION DEL EDIFICIO KIA DIR.: VIA ATACAMES MZ. 200 JUNTO A GASOLINERA PRIMAX

JUDICIALES JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL AL PUBLICO SE HACE SABER Que en este Que en este Juzgado ha presentado juicio de Insolvencia No. 01282011.- Propuesto por LCDA. GLADYS RIVERA DE MARIN, en contra de KARLA SANTANA RIVAS, cuya providencia dice: JUZGADO TERCERO CIVIL Y MERCANTIL DE ESMERALDAS.Esmeraldas, miércoles 11 de Enero del 2012, las 14H11.- Por la razón de sorteos anterior avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal, la demanda anterior es clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley por lo que se la acepta al trámite que le corresponde. Agréguese a los autos los documentos adjuntos, de los que se presume la insolvencia de KARLA SANTANA RIVAS, en calidad, quienes requerido con el mandamiento de ejecución del juicio principal, no han pagado ni dimitido bienes suficientes para el embargo. En consecuencia se declara con lugar el concurso de acreedores, y se presume la insolvencia de KARLA SANTANA RIVAS, por lo que se ordena la ocupación de sus libros, correspondencia y documentos, los que se entregarán al Síndico de Quiebra nombrado por la H. Corte Superior de Justicia haciéndoles conocer sobre el particular. Comuníquese al público la formación del concurso de acreedores, por medio de publicaciones en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad. Oportunamente se señalará día y hora para que se lleve a cabo la Junta de Acreedores, se ordena la acumulación de todos los juicios seguidos en contra del deudor por obligaciones de dar o hacer, debiendo la actuaria del despacho oficiar a los juzgados civiles. Y Sr. Ministro Fiscal para el sorteo correspondiente Previniese a la demandada que durante los ocho días posteriores a la citación deberá presentar el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo. Los fallidos no podrán ausentarse de la ciudad o del país sin el correspondiente permiso de este Juzgado, por lo que quedan de hecho en estado de interdicción de poder administrar sus bienes o de ocupar cargos públicos. Ofíciese a los Notarios, Registrador de la Propiedad del Cantón, Gerentes de los Bancos locales, Jefe Provincial de Tránsito, Director Nacional y Provincial de Migración, Superintendente de Bancos, Registrador Mercantil, Jefe de Rentas Internas, Presidente del Tribunal Provincial Electoral, Delegado Nacional y Provincial de Contraloría y Director Provincial de Educación. El fallido podrá oponerse a la insolvencia pagando la deuda o dimitiendo bienes suficientes y saneados en el término de tres días posteriores a la citación. Cítese al demandado en el lugar que se indica en la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado y autorización conferida a su defensor. Notifíquese. Esmeraldas, 26 de Abril del 2012. Dra. Graciela Mora de Méndez SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DE ESMERALDAS HAY FIRMA Y SELLO. FAC-77695-RP XXXXXXXXXX JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL ESMERALDAS PUBLICACION EXTRACTO SE HACE CONOCER AL PÚBLICO QUE EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESMERALDAS, COMPARECE LA SEÑORA NARCISA CASTRO BONE, SOLICITANDO LA RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO. OBJETE DE LA DEMANDA: NARCISA CASTRO BONE.- Comparece demandando la rectificación de la partida de nacimiento de su nacimiento, ya que por un error involuntario se hace constar como hija de la señora Esilfida Bone,

siendo lo correcto, hija de la señora MARIA HINFIDA BONE JAMA.Fundamenta su demanda amparado en el Art. 89 de la Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación de Esmeraldas.PROVIDENCIA: Calificada y aceptada la demanda al trámite previsto en el Art. 89 de la Ley de Registro Civil, en consecuencia se dispone publicar un extracto de la demanda y auto recaído en ella, por una sola vez en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad.NOTIFIQUESE.Esmeraldas, 12 de Septiembre del 2012. Ab. Blanca Simbaña Ordóñez SECRETARIA HAY FIRMA Y SELLO FAC-77690-RP XXXXXXXXXX JUICIO RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO NUMERO DEL JUICIO 176-2012. ACTOR: CARLOS ENRIQUE AREAS MONTAÑO. DEMANDADO: JEFE DEL REGISTRO CIVIL DE ESMERALDAS. JUEZ DE LA CAUSA: AB. AMANDA CUSME MERCADO. OBJETO DE LA DEMANDA: El señor TEODULO CAICEDO NAZARENO, comparece a este juzgado demandando la Nulidad de la Partida de Nacimiento. “Con la inscripción de nacimiento de fecha veinte y dos de Septiembre de 1982, que se adjunta se justifica que fue inscripto en el Registro Civil de nacimiento de Tomo 02, Pag. 0172, y Acta 00573, en el Cantón San Lorenzo, Provincia de Esmeraldas, siendo mis padres el señor Manuel Prudencio Caicedo, Vernaza, con cédula de ciudadanía numero 080030061-8, y Nelsa Nazareno Vivero, con cédula de ciudadanía No. 080090720-6. En la correspondiente partida de Nacimiento consta mis nombres y apellidos completos así como la fecha de nacimiento correcta ya que yo nací en el cantón San Lorenzo, el 13 de Noviembre del año 1965, y no como consta en la inscripción de Nacimiento de fecha veintitrés de Abril del año 1972, de Tomo 1, Pag. 113, y acta 113, que indica que nací el trece de Marzo de 7972, cuando lo correcto que nací el 13 de Noviembre del 7965, tal como consta en el Acta de Nacimiento de Tomo 2, Pag. 0172, y Acta 00573, en el Cantón San Lorenzo, Provincia de Esmeraldas, Con estos antecedentes basado en lo que dispone el Art. 61 y 74 de la Ley de Registro Civil Identificación y Cedulación, solicito que en sentencia se declare la nulidad de la partida de Nacimiento de fecha veintitrés de Abril del año 1972, de Tomo 1, Pag. 113, y Acta 113 que indica que nací el Trece de Marzo de 1972, y que la edad que determina dicha Inscripción de Nacimiento no corresponde a mi porque nunca la he utilizado ya que soy discapacitado. PROVIDENCIA JUZGADO SEXTO MULTICOMPETENTE DE SAN LORENZO.- San Lorenzo, 5 de Septiembre del 2012, las 11H00.VISTOS.- En lo principal, la demanda que antecede presentada por el señor TEODULO CAICEDO NAZARENO, en contra del Jefe del Registro Civil del cantón Eloy Alfaro, se la califica de clara, precisa y completa por reunir los requisitos de ley, se admite a trámite en Juicio Especial Sumario establecido en el Art. 89 de la Ley de Registro Civil. Cítese al señor Jefe del Registro Civil del Cantón Esmeraldas. Presente demanda por un periódico de la Provincia de Esmeraldas. Notifíquese. Ab. Sonia Torres Rosero SECRETARIA HAY FIRMA Y SELLO FAC-77704-RP XXXXXXXXXX REPUBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO SUCURSAL EN ESMERALDAS

Se hace saber a los señores GOMEZ DE LA TORRE JARRIN LILIAN GABRIELA Y ANDRADE DE LANDINEZ HUGO BYRON, que dentro del juicio coactivo No. 051-2012 seguido por el Banco Nacional de Fomento Sucursal Esmeraldas. Se ha dictado con fecha mayo diez del dos mil doce, el auto de pago en contra de los señores Gomez de la Torre Jarrin Lilian Gabriela y Andrade Landinez Hugo Byron. VISTOS: La razón sentada por el actuario quien dice que le ha sedo imposible dar con el domicilio de los coactivados, se ordena citar a los señores Gomez de la Torre Jarrin Lilian Gabriela y Andrade Landinez Hugo Byron, en uno de los periódicos de amplia circulación de la Provincia de Esmeraldas por tres veces consecutivas, se le recomienda al demandado señalar domicilio dentro del perímetro urbano de la ciudad de Esmeraldas. Por lo que de conformidad con lo que dispone el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se ordena que se lo cite por tres veces en uno de los diarios de amplia circulación a los coactivados, siga dirigiendo la causa la Ab. Shirley Vásquez Menéndez y como secretario ad hoc a la señora Tec. Patricia Rodríguez S.F) Mba. Paola Rosero Montaño Juez delegada de Coactiva. Particular que pongo en conocimiento de los coactivados, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones dentro del término de veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se seguirá el juicio en rebeldía. Esmeraldas, Septiembre 10 del 2012. Tec. Patricia Rodríguez Sevillano SECRETARIA AD HOC HAY FIRMA FAC-77700-RP

AVISO DE REMATE AL PUBLICO Se pone en conocimiento del público para lo fines de legales consiguientes, que en el Juicio EJECUTIVO No. 2007172, se ha señalado para el día LUNES 15 de OCTUBRE del 2012, desde las 13H00 hasta las 17H00 en la Secretaria del Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de Esmeraldas, el remate del INMUEBLE, cuyas características se detallan a continuación.CARACTERISTICAS: Se trata de un terreno de topografía y forma regular, ubicada pocos metros sobre la margen izquierda del Rio Esmeraldas. Su estructura es arenosa, constituyendo en su una mina de arena, se encuentra en la naturaleza menuda y baja. UBICACIÓN: Parroquia SAN MATEO, cantón y provincia de Esmeraldas. LINDEROS Y DIMENSIONES: Por el NORTE: Con Río Esmeraldas, en 100,00 Mtrs. SUR: Con propiedad de Francisco Emilio Hernández, en 100,00 mtrs. ESTE: Con propiedad del Consejo Provincial, en 100,00 Mtrs. Y por el OESTE: con propiedad de Francisco Emilio Hernández, en 100,00 Mtrs. Con ÁREA TORAL de 10.000,00 Mtrs2. (100,00 Mtrs. de longitud por 100,00 Mtrs. de ancho es decir 1Ha.) AVALUO: Asciende a TREINTA MIL DÓLARES AMERICANOS ($ 30.000,00). Conforme lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil, publíquese este señalamiento en uno de los periódicos de mayor circulación en esta ciudad, debiendo mediar por lo menos ocho días entre una y otra publicación, y entre el último aviso y el día señalado para el remate.- No se aceptarán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del avalúo, debiendo acompañarse por lo menos el 10% de su valor en dinero en afectivo o cheque

JUZGADO TERCERO DE GARANTIAS PENALES DE ESMERALDAS EXTRACTO DE CITACION

SE CITA AL SEÑOR TEOFILO MAURICIO ESPAÑA MORALES, con la demanda y auto recaído en ella, de conformidad a lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. EXTRACTO DE LA DEMANDA: El señor Ab. DUVAL GUISAMANO PANTOJA, se querella civil y penalmente en contra del señor TEOFILO MAURICIO ESPAÑA MORALES, por cuanto el querellado ha incurrido en causar un delito contra su honra, esto es de injuria calumniosa, tipificada en el Art. 489 del Código Penal y reprimido en el Art. 491 de este mismo cuerpo de ley. Que de lo dicho estas acusaciones le han afectado grandemente su imagen y su vida laboral. Que solicita se lo condene al pago de una indemnización de quinientos mil dólares americanos y que el actor del delito corra con los costas judiciales, así como los honorarios de su abogado defensor.- Que al acusado se lo cite en la forma prevista en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, ya que declara bajo juramento desconocer el paradero o residencia del demandado, en consecuencia, la citación se la hará por la prensa de conformidad con lo señalado en el primer inciso del artículo indicado. EXTRACTO DEL AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA QUERELLA… Habiendo el acusador particular DUBAL GUISAMANO PANTOJA, reconociendo su querella propuesta en contra de TEOFILO MAURICIO ESPAÑA MORALES, por el delito de injurias, la misma que por ser clara, precisa y reunir los requisitos previstos en el Art. 371 del Código de Procedimiento Penal, se la acepta al trámite previsto en los delitos de acción privada. Se ordena citar al querellado en legal y debida forma con el libelo de la acusación y este auto por medio de la prensa de conformidad al Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el querellante manifiesta bajo juramento desconocer el domicilio del querellado, debiendo contestar la querella en el plazo de diez días, conforme lo dispone el Art. 372 del Código de Procedimiento Penal. Conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en uno de los periódicos que se editan en esta ciudad. Lo que comunico a Ud. para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de contestar la querella dentro del plazo de ley y señalar casilla judicial para posteriores notificaciones. Esmeraldas, a 11 de Septiembre del 2012. Dra. Olga Alcívar Zambrano SECRETARIA HAY FIRMA Y SELLO FAC-77699-RP XXXXXXXXXXXXX JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESMERALDAS

certificado a nombre del Juzgado. Fíjese los carteles de Ley.Los gastos de transferencia de dominio y tasas son de cuenta de los adjudicatarios.- Mayor información las dará el Depositario Judicial Ab. Ulbio Olivo López, en la Corte Provincial de Justicia de Esmeraldas.Lo que se pone en conocimiento del público para los fines de Ley.CERTIFICO.Esmeraldas, 31 de AGOSTO del 2012. Ab. Blanca Simbaña Ordoñez SECRETARIA HAY FIRMA Y SELLO FAC-77718-RP

QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 506 al Nro. 507 172912-1 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 503 al Nro. 503 172912-2 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 501 al Nro. 501 172912-3 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 499 al Nro. 499 172912-4 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 496 al Nro. 496 172912-5

SUCURSAL QUININDE

ANULACION

Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número de cuenta es 0510009863, perteneciente a: REVILLA TORRES ANGELA EMERITA. 03585-RP

QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 483 al Nro. 483 172912-8 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 479 al Nro. 479 172912-9 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 517 al Nro. 575 172912-10 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 511 al Nro. 512 172912-11 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000603272 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 101 al Nro. 150 172912-12 QUE DA ANU LADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000603507 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 86 al Nro. 100 172912-13 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000023077 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 869 al Nro. 900 172912-14

ANULACIONES

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO “29 DE OCTUBRE” LTDA.

Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción del Certificado de aoportación No. 4500857004 Perteneciente a.: SANCHEZ FERNANDEZ EDUARDO. 77673-RP

ANULACION

Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número de cuenta es 0830074558, perteneciente a: MAGGI GARCES VICENTE RAUL. 77689-RP

Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número de cuenta es 0090357025, perteneciente a: PALMA PIN CELINDA BIENVENIDA. 77646-RP

ANULACION

BANCO NACIONAL DE FOMENTO ANULA por PERDIDA/ SUBSTRACCION el Cheque No. 212 AL 270. de la cta. Corriente 0090105420, de la Sra: HINOZATO CIA. LTDA. 77687-RP

ANULACION PRODUBANCO ANULA por PERDIDA el Cheque # 29, 29. de la cta. Corriente 02110011593, de la Sra: BERRIO MARYORI. 77712-RP

QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 494 al Nro. 494 172912-6 QUE DA ANULADO Por orden del titular de la cuenta corriente No.6000605658 del Banco Internacional S.A., se comunica, que se está procediendo a anular el (los) siguientes(s) formulario(s) cheque(s) del No. 485 al Nro. 485 172912-7

A13

JUEVES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2012 La Hora ESMERALDAS

Se comunica al público, la Anulación por pérdida/substracción del Certificado de aoportación No. 4501448776 Perteneciente a.: MORENO ESPINOZA NEDELKA. 77658-RP

ANULACION

XXXXXXXXXXX

QUERELLA NO. 407-2012 DELITO INJURIAS ALUMNIOSA. QUERELLANTE: AB. DUVAL GUISAMANO PANTOJA. QUERELLADO. TEOFILO MAURICIO ESPAÑA MORALES. JUEZ DE LA CAUSA: DR. RAMIRO MENDOZA DEFAZ. SECRETARIA: DRA. OLGA ALCÍVAR ZAMBRANO.

AVISOS

JUDICIALES

ANULACION DE LIBRETA

Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número de cuenta es 56717-3, perteneciente a: ARROYO VALENCIA JOHAN. 77692-RP

ANULACION DE LIBRETA

Se anula por pérdida de Libreta de Ahorros cuyo número de cuenta es 801360-8, perteneciente a: SANCHEZ CARREÑO EDISON. 77648-RP

OPOSICION DE PAGO

Se comunica al público, la Suspención al Pago por pérdida/ substracción del cheque No. 77, Girado al portador presentada por el Girador Sr. PATIÑO ORTEGA LUIS FERNANDO, Cta. Cte. No. 1005021823. Se previene que cualquier reclamo deverá presentarse en el plazo de 60 días a partir de la fecha de este aviso. 00796-RP

BANCO GENERAL RUMIÑAHUI

ESMERALDAS QUEDA ANULADO Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8148219100 Nro. Cartola 17516110297 Cliente MENDOZA PENA, GIOVANNI-ALEXANDER del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/16042(4)NR

BANCO GENERAL RUMIÑAHUI

ESMERALDAS QUEDA ANULADO Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8224599200 Nro. Cartola 18172900005 Cliente PALMA ARROYO, OMAR-SEBERSAN del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/16042(3)NR

BANCO GENERAL RUMIÑAHUI

ESMERALDAS QUEDA ANULADO Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8256008100 Nro. Cartola 18329700050 Cliente GUAGUA SALAZAR, EDWIN-AGENOR del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/16042(2)NR

BANCO GENERAL RUMIÑAHUI

ESMERALDAS QUEDA ANULADO Por pérdida de la libreta de ahorros Cta. No.- 8237459000 Nro. Cartola 18256200017 Cliente MINA GUERRERO, YURI-YAMILE del Banco Rumiñahui. Quien tenga derecho deberá reclamar dentro de los 12 días posteriores a la última publicación. AC/16042(1)NR

REVOCATORIA EXTRAVIO, ROBO 1/N CHEQUE SIN MONTO BANCO DE GUAYAQUIL S.A., comunica al público que el señor(a) CRUZATIS MOREIRA LUIS ALBERTO., ha declarado que el (los) cheque (s) # DEL 173 AL 180, de su cuenta corriente # 10046335, le fue (ron) sustraído (s), robado (s), extraviado (s) en blanco y sin firma; bajo su responsabilidad civil y penal que si se presentaren al cobro los referidos cheques, estos son FALSIFICADOS, y, en consecuencia el Banco no deberá pagarlos. Por lo anotado, el Banco a partir de la presente publicación procederá a la anulación del (de los) mencionados (s) cheque (s). 77685-RP

REVOCATORIA EXTRAVIO, ROBO 1/N CHEQUE SIN MONTO BANCO DE GUAYAQUIL S.A., comunica al público que el señor(a) MUÑOZ AVEIGA CARINA CASANDRA., ha declarado que el (los) cheque (s) # 39, de su cuenta corriente # 41503777, le fue (ron) sustraído (s), robado (s), extraviado (s) en blanco y sin firma; bajo su responsabilidad civil y penal que si se presentaren al cobro los referidos cheques, estos son FALSIFICADOS, y, en consecuencia el Banco no deberá pagarlos. Por lo anotado, el Banco a partir de la presente publicación procederá a la anulación del (de los) mencionados (s) cheque (s). 03621-RP

REVOCATORIA EXTRAVIO, ROBO 1/N CHEQUE SIN MONTO BANCO DE GUAYAQUIL S.A., comunica al público que el señor(a) COSTA CUENCA ELVIA MARGARITA., ha declarado que el (los) cheque (s) # 368, de su cuenta corriente # 33203829, le fue (ron) sustraído (s), robado (s), extraviado (s) en blanco y sin firma; bajo su responsabilidad civil y penal que si se presentaren al cobro los referidos cheques, estos son FALSIFICADOS, y, en consecuencia el Banco no deberá pagarlos. Por lo anotado, el Banco a partir de la presente publicación procederá a la anulación del (de los) mencionados (s) cheque (s). 03622-RP

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