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LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LAS PESQUERÍAS DE ARRASTRE Y DE SARDINA BAJO EL ENFOQUE ECOSISTEMICO
by FUNDATUN
Juan Nicolás Alvarado - 17 de Marzo 2020
El presente artículo constituye una continuación del análisis iniciado en el artículo “Gestión de la pesca de arrastre artesanal camaronera en las Ecorregiones Venezolanas bajo Enfoque Ecosistémico” del mismo autor y publicado en el Boletín COFA convivencia pesquera (Noviembre 2019); el cual está basado en su trabajo de grado para la Maestría en Desarrollo Sustentable de Territorios (Alvarado, 2018).
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La sistémica en la pesca y/o en la acuicultura es el resultado del marco de planificación que describe los objetivos integrados para el manejo u ordenación, que genere resultados comunitarios más aceptados, sostenibles y benéficos (Defeo, 2015). En otras palabras, es una disciplina para administrar los recursos agotables partiendo de la observación, la sensibilidad, el conocimiento, el empeño y la voluntad de los administradores para hacer y aplicar el ordenamiento pesquero o acuícola con el objeto de equilibrar lo ecológico y lo social dirigido a la sostenibilidad de esos recursos.
Conocer sobre pesquería exige acopiar una serie de informaciones sobre las características de la especie que es el objetivo de la captura, su zona de captura y distribución, las especies que acompañan la captura de esa especie, la composición de esas especies acompañantes de la captura (especies no objetivo aprovechables comercialmente, inmaduros comerciales no aprovechables <juveniles> y especies no comerciales <fauna acompañante>), las potencialidades de los recursos pesqueros y los impactos ocasionados por el efecto de la pesca, el análisis sobre la selectividad de artes y métodos de pesca empleados para la captura; adicional a considerar todos los aspectos biológicos-sociales-económicos en la cadena comercial que inicia en el pescadory termina en el consumidor, entre otros. Estos representan buena parte de los conocimientos que los administradores de pesquerías deberían manejar, a los efectos de establecer un ordenamiento responsable de los recursos pesqueros (Giménez y col., 1993).

Sin ninguna duda, la pesca es una actividad necesaria en términos de su carácter de productora de bienes de consumo directo, de materia base para la agregación de valor y de alimento estratégico para la seguridad y soberanía alimentaria. Se sabe también que la pesca significa también una intervención en el medio natural y una alteración del ecosistema qué, en los casos registrados de mala práctica, han significado daños ambientales permanentes, colapso de la pesquería y ruina social (Cárdenas, 2014). Venezuela no ha escapado a esa realidad, experimentando la merma en el aprovechamiento de importantes recursos hidrobiológicos; no solo producto de un “cambio climático” como responsable, sino también debido a factores asociados al ineficaz manejo pesquero y acuícola en su gestión administrativa, a la falta de profesionales y técnicos especializados para desarrollar políticas dirigidas a garantizar la seguridad y soberanía alimentaria en la materia y a la dificultad para cumplir con las leyes vigentes, los planes estratégicos o con los objetivos históricos contemplados en los mismos (quinto objetivo del Plan de la Patria: “Contribuir con la preservación de la vida en el planeta y la preservación de la especie humana”).
El análisis del sistema pesquero, basado en el concepto ecosistémico dirigido al desarrollo sustentable (Figura 1), constituye una herramienta útil para identificar las dimensiones críticas de la problemática pesquera y su impacto al medio. Desde esta perspectiva, la política y la gestión administrativa pesquera son parte fundamental en el alcance de la soberanía y seguridad alimentaria; por lo que recae la responsabilidad al sector oficial, el proteger la biodiversidad, los ciclos naturales y los ecosistemas.

Figura 1.- Esquema de interrelaciones bajo enfoque ecosistémico (Alvarado, 2018).
EL CASO DE LA PESCA DE ARRASTRE
En referencia a la específica prohibición de la pesca de arrastre industrial, la redacción del articulado de la Ley de Pesca y Acuicultura referente a la ordenación de la pesca de arrastre a objeto de “garantizar el desarrollo sustentable de los recursos hidrobiológicos y del ambiente”, tanto en el artículo 23 de la Ley del 2008 como su posterior modificación en el artículo 34 de la Ley de 2014, se considera presentan inconsistencias en partes de su redacción (Figura 2). El fundamento de la prohibición se basa en la coincidencia de opinión de “expertos”, sobre el análisis documental de investigaciones realizadas, de los múltiples efectos negativos de la pesca de arrastre, dada la baja selectividad de las redes a la especie objetivo y las otras presentes en el área barrida, que provocan cambios en la estructura poblacional, alteraciones en el ecosistema y, generalmente, una pérdida de biodiversidad en las ecorregiones marinos-pesqueras. Criterio que, como se evidencia, solo aplica para la pesca industrial de arrastre y no para el arrastre artesanal.

Figura 2.- Planteamiento del problema de la pesca de arrastre (Alvarado, 2018).
ARRASTRE INDUSTRIAL. - Ésta inconsistente redacción expresa un desconocimiento de la pesquería, pues limita la posibilidad de la pesca industrial para poder faenar en la zona económica exclusiva; así como en áreas donde no se interfieren otras pesquerías artesanales e industriales. En la actualidad, es necesario que una flota industrial haga presencia en estas áreas; no sólo aprovechar los recursos acuáticos de fondo (demersales), en pro de elevar la menguada producción de alimento, sino también a los efectos de ejercer una efectiva soberanía sobre espacios de interés geopolítico, como lo son las ecorregiones Oceánica y Delta Amacuro, que incluye la fachada atlántica Esequiba. En este contexto, es necesaria la revisión de todos aquellos instrumentos internacionales de pesca, donde Venezuela es parte, que coadyuven a posicionar esta pesquería y su importancia en las zonas antes mencionadas.
ARRASTRE ARTESANAL.- Por otra parte, a raíz de la promulgación de la Ley del 2008, proliferaron un gran número de implementos pesqueros de arrastre camaronero y multiespecíficos, de origen artesanal, denominados: “red chica”, “red jala pa’ tierra” y la “mandinga” zuliana (Tabla 1). Todas éstas son redes de fondo de poca selectividad, utilizadas en la orilla y en ocasiones remolcadas por embarcaciones (dos o cuatro) con motores centrales de fuerza (>130 Hp por embarcación) que arrastran la red desde profundidades de 30 metros hacia la orilla, en zonas de reproducción y crecimiento de algunas especies de invertebrados y peces de importancia ecológica (González y col., 2012). Todo lo anterior resulta de una decisión política sin seguimiento de su alcance, ni control del principio ecosistémico; de tal manera que la normativa se hace precaria e ineficaz para el real aprovechamiento sustentable de los recursos, en las ecorregiones costeras donde se practican estas modalidades pesqueras.

Tabla 1.- Descripción y detalles de los artes de pesca artesanales de arrastre camaronero y multiespecíficos empleados en las diferentes localidades del país (Alvarado, 2018)
La inconsistencia reflejada en la ley, en referencia al ordenamiento de la pesca de arrastre “artesanal”, a la que se suma una vigilancia y control sin políticas eficaces para la aplicación administrativa y el cumplimiento del objeto de la ley, adicional a un desconocimiento de la dinámica pesquera y de la cadena de valor en todas las ecorregiones donde va dirigida la medida, generan circunstancias anárquicas en el contexto de la pesca de arrastre camaronera que permiten malas prácticas en esta pesca y ponen en evidente riesgo la alteración de los ecosistemas; derrumbando la sostenibilidad de esta actividad.
EL CASO DE LA PESCA ARTESANAL DE LA SARDINA.- La pesca “artesanal” de la sardina, desde la perspectiva arte empleado, se fundamenta en el empleo de una red de 1,5 pulgadas de apertura de malla para el encierro de un cardumen de estos peces; la cual es operada bajo dos métodos distintos que le exigen particularidades en su estructura (Figura 3). Desde la perspectiva del método de operación tenemos: 1) el “chinchorro de playa”, el cual es una red de encierro de diferentes dimensiones que apoya su relinga inferior en el fondo, siendo operada en zonas costeras de menos de 20 m de profundidad; y 2) la “máquina de argolla”, que es un arte similar al anterior, con la variante que la relinga inferior de la red esta provista con una guía de aros (argollas) y una línea (mecate) que permite cerrar el fondo de la red una vez desplegada, formando un bolsón o saco que le posibilita ser empleada en mar abierto a mayor profundidad (> 20 m). El primero de ellos se caracteriza por ser un método de pesca menos nocivo para el cardumen que el segundo; pues permite una rápida liberación del cardumen en caso de ser requerido. Para el segundo caso, su utilización está restringida por Ley, sin embargo el método prolifera sin mayor vigilancia ni control (Tabla 2).

Figura 3.- Métodos de encierro para la pesca de sardina

Tabla 2.- Información de la evolución histórica de la pesca obtenida de la oficina de políticas públicas del Ministerio del Poder Popular para la Pesca y Acuicultura.- Observaciones: (*) Embarcaciones estimadas 40.000 vs embarcaciones registradas en INSOPESCA 13.432. En el 2016, se reportaron dos cifras aproximadas de producción total de sardina
Está demostrado que la pesquería de la sardina ha colapsado por el desconocimiento de la biomasa pescable y de las condiciones ambientales para diseñar un mejor aprovechamiento (Tabla 2); así como por el incumplimiento de las medidas de ordenamiento, que ha permitido una sobrepesca sostenida del recurso y colocado más allá de los límites de la sostenibilidad del recurso y para la actividad (Figura 4).

Figura 4.- Histórico de la producción total marina discriminando sardina del resto de la producción.- Observación: A medida que aumenta la pesca de la sardina (Sardinella aurita) disminuye el aprovechamiento de la pesca marítima.
CONOCIMIENTO DE AUTORIDADES Y ACTORES DE LA PESCA .- Al entendimiento de las aspectos técnicos, políticos y administrativos anteriormente realizados a esas pesquerías, los cuales deben ser considerados por los funcionarios para el ordenamiento pesquero, debemos agregarle: ¿Cómo hacer comprender a las autoridades, encargadas de designar gerentes de la administración de recursos pesqueros y acuícolas, que:
1. la mejor política para la pesca y acuicultura es la fundamentada en el conocimiento?,
2. La mejor herramienta es tener personal formado y preparado en el área específica?,
3. la mejor estrategia es la evaluación continua de la misma?, y
4. el mejor resultado es la satisfacción de haber contribuido en forma eficiente con el desarrollo del sector pesca y acuicultura?

Los resultados obtenidos a partir del uso de un instrumento de recolección de información, aplicado a los expertos administradores y técnicos de la pesca y acuicultura, evidencian que el conocimiento pesquero de las autoridades que generan las políticas para la administración oficial, es bajo en general y muy escaso en el tema específico del manejo pesquero; lo que limita la gerencia necesaria para procurar garantizar la perdurabilidad de los recursos, así como el desarrollo de estrategias, planes y programas dirigidos a mitigar el impacto de la pesca sobre los ecosistemas o simplemente procurar dirigir con sensibilidad y responsabilidad la administración de los recursos acuáticos.
Adicionalmente, la condición social del pescador es precaria, por lo que aún no está capacitado para el co-manejo del recurso pesquero; la asistencia social no es permanente, lo que dificultad la interpretación de las diversas situaciones de las comunidades pesqueras orientadas al mejoramiento de la calidad de vida y al desarrollo sustentable de los territorios marinos-costeros y fluvial continental.
RECOMENDACIONES
En el desarrollo de los apartados aquí señalados en la investigación del estudio, surgen una amplia variedad de recomendaciones que deberían ser consideradas y que allí son detalladas. A continuación se sintetizan las recomendaciones evidenciadas para cada uno de los apartados tratados en el presente artículo. Para la actividad pesquera de arrastre se recomienda:
1. la revisión de todos los instrumentos legales para adecuarlos al principio ecosistémico, de forma que los objetivos integrados para el manejo u ordenación permitan que la normativa se haga efectiva y eficaz en sus labores de vigilancia y control para el real aprovechamiento sostenible de los recursos.
2. uniformidad y consistencia en la aplicación del fundamento de los impactos por la pesca de arrastre, sea industrial o artesanal; para lo cual se deben desarrollar estrategias con bases científicas y tecnológicas apropiadas para poder realizarla, considerando el adecuado equipamiento para disminuir y/o mitigar el impacto sobre los ecosistemas.
3. reglamentar de forma diferencial y en áreas excluyentes las actividades de pesca industrial y artesanal; ambas condicionadas a una estricta evaluación y una supervisión científica constante de la actividad en las áreas que les sean asignadas.
4. rehabilitar una flota industrial de arrastre con el uso de buques polivalentes de gran escala diseñados y/o adaptados para la actividad en la zona externa a la artesanal, con equipamiento adecuado para su monitoreo y condicionado a observación técnica-científica a bordo; ya sea de forma directa (observador a bordo) o indirecta (equipos electrónicos de observación).
5. restringir la pesca de arrastre artesanal camaronero con sistema de red chica a áreas específicas de la geografía con potencial de mitigar los impactos de esa actividad (bocas de aquellos caños autorizados del Delta Amacuro).
6. que cualquier sistemas de pesca de arrastre no solo deba cumplir con todas las normativas legales establecida y concretadas en los Comités Locales y/o Ecorregionales de seguimiento, coordinados por la administración pesquera, sino que debe ser sometido a una evaluación, control y seguimiento adecuado a fin de aprobar o no la factibilidad o continuidad de la actividad para la ecorregión.
Las recomendaciones sugeridas para la pesquería artesanal de la sardina son básicamente:
1. cumplir con las prohibiciones establecidas en la resolución correspondiente, partiendo de la voluntad política de las autoridades ; y
2. que haya la suficiente voluntad política de las autoridades para promover, dentro de las comunidades que realizan la actividad, las buenas prácticas pesqueras y el cumplimiento de los acuerdos consensuados con los todos los actores que interviene en su cadena de valor.
Las recomendaciones que apuntan hacia el mayor conocimiento de autoridades y actores de la pesca, de cara a una más efectiva y eficaz ordenación y administración de los recursos pasan por:
1. avanzar hacia una efectiva y rápida capacitación del personal activo en conocimientos dirigidos a la gerencia, planificación y administración de los recursos pesqueros; en intrínseca coordinación con las universidades y centros tecnológicos que imparten la especialidad y afines.
2. que la incorporación de técnicos y profesional este basada en la selección de personal con probados conocimientos y formación en materia de gerencia, planificación y administración de los recursos pesqueros.
3. que reserve y condicione, en la Ley de Pesca y Acuicultura, los cargos en la administración pesquera de las especialidades: direcciones de ordenamientos, gerencias de pesca artesanal e industrial, y acuicultura; así como el viceministerio de producción primaria, a profesionales afines al sector con estudios de tercer nivel.
4. planificar y ejecutar medidas de asistencia y capacitación a los pescadores y pescadoras, dirigidas al desarrollo sustentable de los territorios marinos-costeros.
5. avanzar planificadamente hacia la eco-regionalización de la administración pesquera, mediante la articulación del poder popular y los gobiernos regionales con los lineamientos de la autoridad nacional orientados con la seguridad alimentaria y con el aprovechamiento sostenible de los recursos acuáticos de los espacios marinos y fluviales; lo cual también incluye crear los enlaces y coordinaciones necesarias con personal técnico y científico especializado de la academia en las áreas del desarrollo sustentable de la pesca y acuicultura.
Todas estas recomendaciones deben estar basadas en la mejor evidencia científica disponible y el principio de precaución; de tal manera que garanticen la perdurabilidad y sostenibilidad, tanto de los recursos hidrobiológicos como del ecosistema.
Incorporar todas las recomendaciones del estudio pasan por realizar un revisión exhaustiva y profunda del marco jurídico actual, de tal forma que se permita la elaboración de una Ley de Pesca y Acuicultura que brinde el marco legal para adecuar los organismos competentes en materia pesquera, acuícola y de actividades conexas a las realidades presentes en el sector; para administrar el recurso pesquero y acuícola mediante una ordenación y reglamentación más actualizada y dinámica de las actividades con basamento científico; para desarrollar la logística necesaria para su implementación y para la adquisición del personal idóneo que desarrolle las actividades necesarias para la sostenibilidad de las actividades involucradas.
CONCLUSIONES
El estudio deja en evidencia que las actividades de pesca de arrastre industrial, de pesca de arrastre camaronera y multiespecífica artesanal, inclusive la pesca artesanal sardinera, requieren de medidas de regulación fundamentadas en el conocimiento científico general y de políticas eficaces para el ordenamiento de las actividades pesqueras dirigidas al cumplimento de los objetivos de la Ley de Pesca y Acuicultura; orientadas a coadyuvar en la soberanía, la seguridad alimentaria, y la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos.
Adicionalmente evidencia que la gestión administrativa aplicada es deficiente, carece de fundamento, de logística y de desarrollo para servir al sector pesca, en procura de cumplir con los objetivos y finalidades de la ley de pesca y acuicultura; principalmente porque las políticas pesqueras están alejadas de la ciencia y existe una falta de comunicación eficaz entre actores, que hace de esto un paradigma sin resolver.
FUENTES CONSULTADAS: Alvarado, Juan N. (2018) “La gestión de la pesca de arrastre artesanal camaronera en las ecorregiones pesqueras bajo el enfoque ecosistémico caso Golfo de Paria y Venezuela” Trabajo de grado. INIA Lara-Venezuela.
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