Empresario Individual
Comunidad de bienes
Sociedad Limitada
Sociedad Limitada Nueva Empresa
Sociedad Anónima
Sociedad Laboral
Sociedades con un número elevado de socios, dirigidas para la constitución de grandes empresas
Sociedades que prestan en ellas servicios retribuidos cuya relación laboral sea por tiempo indefinido. Participación mayoritaria en la actividad realizada.
Ley de Sociedades de Capital, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de Julio
Ley 4/1997, de 24 de marzo, de sociedades laborales
Utilidad Para la creación de de empresas, actividades comerciales, industrial o profesional a través de una persona física
Grupo de empresarios que crea un derecho o propiedad con ánimo de obtener beneficios.
Normativa Código Civil
Código Civil, artículo 392
Conjunto de personas que forman una sociedad en la que el capital se divide en participaciones sociales.
Creación de empresas de pequeña y mediana dimensión
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio
Real Decreto 682/2003, de 7 de junio. Real Decreto Legislativo 1/2010 de 2 de julio.
Nº Socios
Una persona mayor de 18 años con disponibilidad de sus bienes, además de menores de 18 años e incapacitados a través de su tutor
Mínimo 3
Mínimo 1 Mínimo 2 personas, no tiene porque ser personas jurídicas
Mínimo 1 persona
(entre 1 y 5 personas físicas en la constitución
Mínimo de 1 o en algunos casos 2
- Ningún socio
Capital Mín.
Responsabilidad
Rég. Fiscal
- Al menos 2 deben tener contrato indefinido y poseer más del 50% del capital social.
Como mín. 3.000 € desembolsado y suscritos en el inicio
Entre 3.012€ y 120.202 € a través de aportaciones dinerarias
Como mínimo 60.000€ con un desembolso mín. de 25%
Capital mín. en 3.000€ para sociedad limitad, siendo suscrito y desembolsado desde el inicio.
Sociedad Cooperativa
Sociedad en régimen de libre adhesión y baja voluntaria para realizar actividades empresariales
Ley 27/1999, de 16 de julio, General de Cooperativas
Coop. de 1er grado(dentro de ellas personas físicas): Mínimo 3 socios trabajadores. Coop. de 2º grado: Mínimo 2 Cooperativas Dependiendo de los estatutos, aunque existe la limitación de que los socios no posean más de 1/3 capital
No hay un límite de capital
No hay un límite de capital
Ilimitada, responde con todos sus bienes
Ilimitada, responde con todos sus bienes
Limitada a la aportación de capital social
Limitada a la aportación de capital social
Limitada a la aportación de capital social
Limitada a la aportación de capital social
Limitada a la aportación de capital social
Tributan a través de IRPF
IRPF
Impuesto Sociedades
Impuesto Sociedades
Impuesto Sociedades
Impuesto Sociedades
Impuesto Sociedades
Rég. Ss Autónomos
Autónomos
Autónomos
Régimen General o Régimen Especial, Autónomos
Régimen General o Régimen Especial, Autónomos
Régimen General o Régimen Especial, Autónomos
Régimen General o Régimen Especial, Autónomos
El propio empresario
Administradores uno o varios y los comuneros.
Junta General de Socios, Administrador/es o Consejo de administración
Órgano unipersonal o pluripersonal formado por socios
Junta general de Accionistas, Consejo administración o administradores
Junta General de Socios, Consejo de administración
Asamblea General, Consejo Rector, Intervención
Órg. de gobierno