Concepto Derecho Penal.

Page 9

Derechos de sus ciudadanos en especial de aquellos que solo recurriendo a los estrados judiciales pueden lograr tal objetivo. El Dr Ferrajoli propone entonces que el Derecho Penal debe tutelar siempre al inocente y minimizar la reacción al delito, encontrándose en esta idea que ningún sistema en su defensa de los derechos del ser humano 16, cercene de forma abrupta17 derechos humanos so pretexto de una justicia pronta y cumplida, esto a todas luces no cabría en el concepto analizado en este momento. Nos induce el concepto que se lee a pensar en que el Derecho Penal no se puede encasillar en el tema de la defensa de la sociedad contra los delitos, sino a la defensa de quien se encuentre en una posición de desventaja respecto a otro (Débil Vs Fuerte), sea como victima de un delito o como quien comete la infracción, cumple para Ferrajioli un sentido bilateral de protección. Se busca con este concepto minimizar el poder y maximizar el saber judicial y la racionalidad, condicionando la validez de la decisión a la verdad, empírica y lógicamente controlable, de sus motivaciones. Se aparta o trata de apartar de los clamores populares más no racionales, oponiéndose a la arbitrariedad autoritaria, tratando de evitar que las decisiones punitivas respondan a la voluntad y potestad de un juez, más que a la estricta legalidad y a la estricta jurisdiccionalidad. Y es que si hacemos un análisis del asunto, veremos que estamos ante un concepto bastante humanista, que si bien mantiene la teoría de que mediante el Derecho Penal se puede contener y mantener en línea el poder punitivo estatal, recalca en que es este mismo Estado el que debe velar por proteger los derechos de todos sus integrantes, incluso los que han cometido faltas tipificadas.

16 "el principio fundamental del derecho punitivo es la necesidad de defender los derechos del hombre, encontrándose en la justicia el límite de este ejercicio y en la opinión pública el instrumento moderador". CARRARA, Francesco: Programa del curso de Derecho Criminal, Vols, I y II., Temis, Bogotá, Colombia, 1986 pág 63. 17 Dice Foucault: "la justicia perfecta no es de este mundo, y cualquier pretensión de haberla realizado por parte de un sistema penal no sólo es ilusoria sino signo de la más peligrosa de las imperfecciones: la vocación totalitaria". Citado por FERRAJOLI, Luigi: Derecho y razón: Teoría del garantismo penal,. Trotta, Madrid, España, 2001, página 335.

9


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.