Manual de la Iglesia del Nazareno 2009-2013

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CAPÍTULO II LA ASAMBLEA DE DISTRITO A. Linderos y nombre 200. La Asamblea General organizará a los miembros de la iglesia en distritos. Un distrito es una entidad formada por iglesias locales interdependientes organizadas para facilitar la misión de cada iglesia local a través del apoyo mutuo, el compartir recursos y la colaboración. Los linderos y el nombre de un distrito serán los fijados por la Asamblea General, o por la asamblea del mismo distrito, con la aprobación final del (de los) superintendente(s) general(es) en jurisdicción. (30) 200.1. La Creación de Nuevos Distritos. En la Iglesia del Nazareno se pueden crear nuevos distritos por: 1. La división de un distrito en dos o más distritos (requiere el voto favorable de las dos terceras partes de la asamblea de distrito); 2. La combinación de dos o más distritos de la cual puede crearse una configuración distinta de distritos; 3. La formación de un nuevo distrito en un área que no esté incluida en un distrito existente; 4. La fusión de dos o más distritos; o 5. Una recomendación para establecer un nuevo distrito se presentará al (a los) superintendente(s) general(es) en jurisdicción. El (los) superintendente(s) de distrito y la(s) Junta(s) Consultora(s) de Distrito o junta(s) nacional(es) pueden aprobar el asunto y referirlo a la(s) asamblea(s) de distrito para someterlo a votación con la aprobación del (de los) superintendente(s) general(es) en jurisdicción y la Junta de Superintendentes Generales. (30; 200; 200.4) 200.2. La obra en la Iglesia del Nazareno puede empezar como área pionera y conducir al establecimiento de nuevos distritos y nuevos linderos de asambleas de distritos. Los distritos de Fase 3 pueden surgir tan pronto como sea posible de acuerdo con el siguiente modelo: Fase 1. Un distrito será designado como Fase 1 cuando se presente la oportunidad para entrar a una nueva área, dentro de las directrices para el desarrollo estratégico y el evangelismo. La solicitud puede ser hecha por un director regional, por un distrito por medio del Concilio Consultivo Regional o por el superintendente del distrito auspiciador y/o la Junta Consultora de Distrito para las aprobaciones finales por el (los) superintendente(s) general(es) en jurisdicción y la Junta de Superintendentes Generales. (200.1, #5) El superintendente de un distrito de Fase 1 en regiones en jurisdicción de la oficina de Misión Global será recomendado por el direc-


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