Ficha_3

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propuesta, adquiere si quiere sacar avante sus pretensiones doble compromiso procesal. El primero, tendiente a la alegación de la normatividad infringida; y el segundo relacionado con la demostración de los supuestos fácticos para establecer que la propuesta hecha era la mejor desde el punto de vista del servicio público para la administración. En otros términos, no le basta al actor alegar y poner en evidencia la ilegalidad del acto, sino que tiene que demostrar, por los medios probatorios adecuados, que su propuesta fue la mejor y más conveniente para la administración.” 13. DECISIÓN

PRIMERO: CONFIRMASE la Sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 5 de marzo de 1998. SEGUNDO: Sin costas. TERCERO: Una vez ejecutoriada la presente sentencia, devuélvase el expediente al Tribunal Administrativo de origen.

14. ARGUMENTOS PARA EL SALVAMENTO DE VOTO. Ningún Magistrado salvó voto 15. ARGUMENTOS PARA LA ACLARACION DE VOTO.

Ningún Magistrado aclaró voto

DESCRIPTORES: Acto administrativo, comité de adjudicaciones.


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