Elementos básicos de la prevención de riesgos laborales.

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FOL para E.I. Curso 2012-13

Unidad didáctica 8

ELEMENTOS BÁSICOS DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 1


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INDICE 1.- La salud laboral. 1.1.- El trabajo y la salud. 1.2.- Salud y salud laboral. 1.3.- Condiciones de trabajo. 1.4.- Peligro, riesgo y factor de riesgo. 1.5.- Los daños profesionales. 2.- La prevención de riesgos laborales. 2.1.- ¿Qué es la prevención de riesgos laborales. 2.2.- Medidas de protección 2.3.- Disciplinas o especialidades preventivas. 3.- La ley de prevención de riesgos laborales. 3.1. El contenido de la ley. Principios, derechos y obligaciones.

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1.- LA SALUD LABORAL. 1.1.- El trabajo y la salud. El trabajo supone una exposici贸n a condiciones que pueden afectar a la salud de las personas. Actualmente los retos son: Mejorar las condiciones de trabajo. Mejorar la salud de los trabajadores y trabajadoras.

La relaci贸n entre trabajo y salud es bidireccional. TRABAJO

Puede causar da帽os, estr茅s

Negativa

Influye

Positiva

Favorece el desarrollo personal.

SALUD

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1.- LA SALUD LABORAL. 1.2.- La salud y la salud laboral. Para la OMS, la salud no es solamente la ausencia de enfermedad, sino todo aquel conjunto de circunstancias que hacen de la persona un ser equilibrado de forma física, psíquica y social y se relaciona con el derecho de toda persona a tener una vida digna. Salud laboral hacemos referencia al estado completo de bienestar físico, mental y social dentro del ámbito de trabajo.

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1.- LA SALUD LABORAL. 1.3.- Condiciones de trabajo. Aquellas características de la actividad laboral que pueden tener alguna incidencia en la integridad física y la salud de quien la lleva a cabo. Incluyen: Características de los locales e instalaciones donde se trabaja, incluye los equipos, productos y otras herramientas. Aspectos del ambiente de trabajo; físicos (ruido, temperatura, iluminación), químicos o biológicos. Aspectos relacionados con la ejecución del trabajo, posturas, esfuerzos, levantamiento de cargas etc.. Características relativas a la organización de trabajo. Tienen que ver con el ritmo y carga de trabajo, calidad del trabajo, los turnos etc..

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1.- LA SALUD LABORAL. 1.4.- Peligro, riesgo y factor de riesgo. El riesgo laboral se concreta en la posibilidad que un trabajador o trabajadora sufra un daño con ocasión del trabajo. Se valora: Por la probabilidad que se produzca. Por la gravedad de sus consecuencias.

Factor de riesgo se refiere a situaciones potenciales que pueden causar un daño para la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras. Tipos de factores de riesgo: riesgo: De tipo mecánico: refiere a los locales, actividad, maquinaria, herramientas donde se desarrolla la actividad. Físicos ( temperatura, humedad, etc.). Químicos . Biológicos. Pueden causar enfermedades profesionales. Asociados a la ejecución del trabajo. Suelen provocar lesiones y daños no específicos. Asociados a la organización del trabajo. Provocan principalmente estrés y otras patologías psicosociales. 6


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1.- LA SALUD LABORAL. 1.5.- Los da帽os profesionales (I). Son los que afectan a la salud y el bienestar de la persona trabajadora y que son ocasionados con motivo del trabajo. Los mas significativos son: Accidente: Es una alteraci贸n inmediata que provoca lesiones corporales. Accidente: Enfermedad: Es una alteraci贸n que se produce de manera progresiva en el Enfermedad tiempo.

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1.- LA SALUD LABORAL. 1.5.- Los daños profesionales (II). Accidente de trabajo Las lesiones que sufre la persona trabajadora como consecuencia del trabajo que lleva a cabo por cuenta ajena. Requisitos: Originado por un trabajo por cuenta ajena. Que se haya producido una lesión Que haya sido consecuencia de la realización del trabajo.

También se consideran jurídicamente accidente de trabajo: Accidente in itínere. Los que se sufren al ir o volver del puesto de trabajo. A consecuencia de la realización de funciones de cargos electos sindicales. Ocasionados en actos de salvamento o similar en el ámbito de trabajo. Las enfermedades no consideradas profesionales porque no reúnen los requisitos legalmente establecidos.

NO son accidentes de trabajo: Lesiones por imprudencia temeraria de la persona trabajadora.. Debidas a fuerza mayor. 9


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1.- LA SALUD LABORAL. 1.5.- Los daños profesionales (III). Enfermedades profesionales. Alteración más o menos lenta de la salud del trabajador o trabajadora ocasionada por una condiciones de trabajo deficiente. Requisitos: Relación causal entre la exposición continuada a la condición de trabajo nociva y los daños que se cusen sobre la salud. Que este incluida en el cuadro legal ( RD 1299/2006 de 10 de noviembre).

Se encuadran en los siguientes grupos atendiendo a su causa: Grupo 1. Causada por agente químico. Grupo 2. Causada por agente físico. Grupo 3. Causada por agente biológico. Grupo 4. Causada por inhalación se sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados. Grupo 5. EP de la piel causadas por agente no comprendidos en otros apartados. Grupo 6. Causada por agente cancerígenos.

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1.- LA SALUD LABORAL.

Diferencias entre accidente de trabajo y enfermedad profesional Accidente de trabajo

Enfermedad profesional

Inicio

Normalmente de forma inmediata

Suele ser un proceso lento y progresivo

Causas que lo provocan

Acostumbra a ser una causa violenta e identificable

No suele ser fácil de identificar a simple vista

Tratamiento médico

Requiere PRIAU y a veces cirugía.

Tratamiento médico

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1.- LA SALUD LABORAL 1.5.- LOS DAÑOS PROFESIONALES (IV). Enfermedades derivadas del trabajo. Son patologías relacionadas con una exposición en el ámbito laboral y que no están recogidas en la lista de enfermedades profesionales. Son: fatiga laboral, insatisfacción laboral, estrés, mobbing laboral, síndrome de Burnout y envejecimiento prematuro.

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2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2.1.- ¿Qué es la prevención de riesgos laborales (I). Consiste en desarrollar actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos existentes en el ámbito laboral, para evitar o disminuir las condiciones de trabajo adversas que causan daños en la salud de las personas trabajadoras. Consecuencias de los daños:

Para el trabajador/a

Perdida de salud Perdida de la capacidad de trabajo Disminución de ingresos Afectación a la familia. Coste humano

Para la empresa Coste económico

Para la comunidad

Perdida de recursos humanos Costos indirectos. Costos directos.

Incremento de gasto en la prestaciones de la SS Coste en recursos sanitarios y asistenciales. 13


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2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 2.1.- ¿Qué es la prevención de riesgos laborales (II). Finalidad de la prevención.

Minimizar los efectos negativos del trabajo

Favorecer los aspectos positivos del trabajo

Accidente de trabajo Enfermedades profesionales Otros daños. Aumentar el bienestar en el trabajo Mejorar la organización del trabajo.

Es necesaria en el ámbito legal y beneficiosa en el ámbito económico.

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2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 2.2.- Medidas de protección (I). Prevenir es adelantarse a unos hechos. Las medidas de preventivas se adoptan para eliminar y controlar los riesgos y peligros. Cuando no podemos eliminar todos los riesgos. Medidas de protección. Actividades destinadas a reducir los riesgos al mínimo y no causen daños a la salud de los trabajadores y trabajadoras.

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2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 2.2.- Medidas de protección (II). a.

b.

Los equipos de protección individual (EPI). RD 773/1997 Son aquellos destinados a proteger a la persona trabajadora de los riesgos que puedan amenazar su salud y su seguridad. Finalidad: proteger una parte del cuerpo las personas. Deben ser proporcionados por la empresa, de forma gratuita y facilitar la formación e información sobre su uso. Características: eficaces, inocuo ergonómicos. Las medidas de protección colectivas. Dirigidas a la protección de más de una persona.

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2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 2.3.- Disciplinas o técnicas preventivas. La seguridad en el trabajo. Lleva a cabo acciones que evitan los accidentes de trabajo. El ámbito de actuación es el espacio material de las condiciones de trabajo.

La higiene industrial. Prevención de enfermedades en el ámbito profesional a través del estudio y la evaluación de agentes contaminantes que se puedan encontrar en él.

La medicina del trabajo. Mantener un buen estado de salud de las personas trabajadoras y evitar las enfermedades laborales. Previene, repara y rehabilita.

La ergonomía. Adaptar el entorno de trabajo a las exigencias anatómicas, fisiológicas y psicológicas de las personas trabajadoras, para conseguir una máxima seguridad, bienestar y confort.

La psicosociología. Estudia las condiciones organizativas y psicosociales del trabajo que pueden tener consecuencias en la salud de las personas trabajadoras. 17


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2.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. FACTORES DE RIESGO

DAÑOS

TÉCNICA PREVENTIVA

De tipo mecánico

Accidente profesional

Seguridad en el trabajo.

De tipo físico, químico o biológico.

Enfermedad profesional

Higiene industrial.

Asociados a la Fatigas y lesiones. ejecución del trabajo. Asociados a la organización del trabajo.

Estrés o insatisfacción.

Ergonomía.

Psicosociología.

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3.- LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. 3.1.- Antecedentes y contexto. Ámbito internacional: La OIT y los convenios relacionados con la salud y el trabajo. Directiva marco comunitaria sobre salud y seguridad en el trabajo. (89/391).

Ámbito estatal: La constitución española. El estatuto de los trabajadores Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995.

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3.- LPRL. 3.2.- El contenido de la ley. Es una obligación para las empresa. Debe evitar y controlar los riesgos. La falta de condiciones seguras de trabajo puede ser motivo de sanción. Es un derecho de los trabajadores y trabajadoras. Deben cumplir la normativa y medidas implementadas. Principios para la empresa de la actuación preventiva. Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que se pueden evitar. Combatir los riesgos en su origen. Adaptar el trabajo a las persona. Tener en cuenta la evolución de la técnica. Sustituir aquello que sea peligroso por lo que implique ningún o poco peligro. Planificar la prevención. Adaptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. Dar instrucciones adecuadas. 20


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3.- LPRL. Derechos de los trabajadores y trabajadoras. Recibir información sobre los riesgos y las medidas preventivas que deben adoptarse. Recibir información teórica y practica en materia preventiva de forma gratuita. Recibir información sobre el plan de emergencia. Formular propuestas para mejorar la salud y la seguridad, generalmente ay través del comité de seguridad y salud y de los delegados y delegadas de prevención. Protección de la maternidad, los menores y las personas trabajadoras vulnerables. Disponer de vigilancia periódica de su salud. Recurrir a la inspección de trabajo. Interrumpir su actividad en caso de peligro grave e inminente.

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3.- LPRL. Obligaciones de los trabajadores y trabajadoras. Utilizar correctamente las medidas y los dispositivos de seguridad. Informar de inmediato a un superior de cualquier anomalĂ­a que se produzca. Cooperar con la empresa para garantizar una condiciones de trabajo seguras.

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