Edición #232 – Agosto 2018

Page 1

Una revista actual MAURICIO LIMÓN: “LA NUEVA LEY FORESTAL ABRE LAS PUERTAS A LA EXPLOTACIÓN DESMEDIDA” EDITORIAL

ISSN 2007-3550

EL PRÓXIMO PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE AMLO Y EL NOTARIADO

Fernando García Sais

CONDENAS PENALES SIN PRUEBAS Juan Carlos Ferré Olivé

EL PODER Bernardo Bátiz ENTREVISTA

MARÍA DE LA LUZ LIMA Apuntes sobre el Derecho victimal

LIGIA

GONZÁLEZ

UNA ABOGADA DE 360 GRADOS LAS TELECOMUNICACIONES EN EL PROYECTO DE NACIÓN 2018-2024

$40.00

Año 20, Agosto 2018, Núm. 232



EL PRÓXIMO PRESIDENTE DE LA SUPREMA CORTE

H

acía tiempo que no se advertía tanto alboroto —y tanto encono— en el interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como en estos días. Si con la llegada a la presidencia de Ricardo Anaya o de José Antonio Meade la situación habría resultado complicada, con Andrés Manuel López Obrador se antoja complicadísima. Los nervios están a flor de piel. Algunos medios de comunicación, siguiendo modelos anteriores, se empeñan en presentar el asunto como si fuera una lucha entre ministros con carrera judicial y ministros que no la tienen. Hay que recordar que, en la sucesión pasada, tras más de seis horas de debate y más de 30 rondas de votación, se eligió a Luis María Aguilar, cuya “prudencia” —así la llaman sus amigos— no permitió que en los últimos cuatro años hubiera fricciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial. Su gestión no tuvo altibajos. Se concentró en aumentar las estadísticas de casos revisados, pero no atrajo ninguno que hubiera podido marcar un rasgo significativo a su gestión. La Corte fue un tribunal de casación eficiente y nada más. Aunque algunos de sus integrantes se esmeraron en afirmar lo contrario, no dio color como tribunal constitucional. Tanta “prudencia” disgustó a muchos académicos, políticos, litigantes y hasta ministros de la Corte. Por ello, la sucesión tendrá

este punto de partida, independientemente del origen judicial o no judicial de los contendientes: ¿quién puede hacer que la Corte sea algo más que un tribunal de tercera instancia? Pero hay otro factor. El que mencionábamos al principio: López Obrador. ¿Querría el nuevo presidente una Corte que funcione como tribunal constitucional y llegue a cuestionar sus decisiones? Porque un tribunal constitucional que se respete no puede dejar pasar ningún descuido de los otros dos poderes… No hay que olvidar que el nuevo presidente tiene a las cámaras legislativas en su bolsillo. Puede hacer lo que se le antoje con la Corte. Desde despedir a los 11 ministros actuales (10, si pensamos que José Ramón Cossío sale el último día de noviembre), hasta desaparecerla, con el pretexto de crear nuevas figuras. Incluso puede, mediante un artículo transitorio, reducir las pensiones de los ministros. Con ese poder nada le costaría pedir a los actuales integrantes del pleno que votaran por A o por B, según lo que él espere del tribunal.

¿Alguno de los ministros se atreverá a rehusarse? De cara al nuevo presidente, el costo sería altísimo. De cara a la sociedad, aún más alto. Ahora bien, suponiendo que el voto de los ministros sea libre, habrá que considerar que no hay incentivos para elegir al mejor jurista sino al interlocutor más competente ante el nuevo gobierno. En este caso, el titular de la Corte será quien mejor la lleve con Zoé Robledo, Ricardo Monreal, Olga Sánchez Cordero o Julio Scherer, quienes partirán el pastel jurídico en el próximo sexenio. Una última hipótesis: que se pida el voto de los ministros para quien postule López Obrador en sustitución de Cossío. Los tiempos están cambiando y todo puede ocurrir. Lo cierto es que quien presida la Corte de 2019 a 2022 se presume que será un presidente débil, amenazado por un Poder Ejecutivo que no va a ser tolerante a la crítica, así ésta tenga su fundamento en la Constitución. El reto para quien presida es enorme. Ángel M. Junquera Sepúlveda Director

El Mundo del Abogado

1


DIRECTORIO DIRECTOR GENERAL Ángel M. Junquera Sepúlveda director@elmundodelabogado.com DIRECTOR ADMINISTRATIVO Carlos Alamán Bueno CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN F. Javier Sánchez Campuzano Gonzalo Linage Arechaga Andrés Sánchez Abbott ABOGADO GENERAL Manuel E. Forcada Warren CONSEJO EDITORIAL Fabián Aguinaco, Elisur Arteaga, Mario Becerra Pocoroba, Eber Omar Betanzos Torres, Claudia de Buen Unna, Ernesto Canales, Miguel Carbonell Sánchez, Valeria Chapa Garza, José Ramón Cossío, Óscar Cruz Barney, Jorge García de Presno, Sergio García Ramírez, José Mario de la Garza Marroquín, Ligia González Lozano, Fernando Hegewisch, Mauricio Jalife, Ana María Kudisch, Gerardo Laveaga, María de la Luz Lima Malvido, Iliana Martínez Martín del Campo, Ignacio Morales Lechuga, José Luis Nassar, Alejandro Ogarrio, Luis Ortiz Hidalgo, Alberto Pérez Dayán, Javier Quijano Baz, Luis Rodríguez Manzanera, Iliana Rodríguez Santibáñez, Jorge Enrique Roel, Andrés Roemer, Rafael Ruiz Mena, Ignacio Soto Borja, Regina Tamés Noriega, Diego Valadés, Clemente Valdés, Juan Velásquez, Claus von Wobeser, Arturo Zaldívar y Jesús Zamora Pierce DIRECTOR EDITORIAL Luis Arturo Pelayo Gutiérrez DIRECTORA DE ARTE Marcela Velázquez Aíza FOTOGRAFÍA Teresa Sánchez COLABORADORES Ernesto Corzo, Víctor Corzo y Diana Reyes CORRECCIÓN DE ESTILO Julio Ulises Gallardo Sánchez ADMINISTRACIÓN Melchor Tinoco e Hilda Castro VENTAS DE PUBLICIDAD Marimar Islas mislas@elmundodelabogado.com Pilar García Lovera pilar@elmundodelabogado.com SUSCRIPCIONES suscripciones@elmundodelabogado.com Teléfonos y Fax: 5559-2250, 5575-6321 y 5575-4935 info@elmundodelabogado.com www.elmundodelabogado.com de circulación, cobertura y perfil del lector RHY Certificado 00827-RHY, emitido por Romay Hermida y Cía., y regis-

trado en el Padrón Nacional de Medios Impresos de la SEGOB.

El Mundo del Abogado, una revista actual, año 20, núm. 232, agosto de 2018, es una publicación mensual editada por Revista El Abogado, S.A. de C.V., Santa Catalina 416, Col. Insurgentes San Borja, Del. Benito Juárez, México, D.F., C.P. 03100, Tel. (55) 5559-2250, www.elmundodelabogado.com, info@elmundodelabogado.com. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo núm. 04-2004-092013405300-102. ISSN núm. 2007-3550. Licitud de Título núm. 10899, Licitud de Contenido núm. 7548, ambos otorgados por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Permiso SEPOMEX núm. PP090601. Impresa por Grupo Infagon, Alcaicería 8, Col. Zona Norte Central de Abastos, México, D.F., C.P. 09040. Tel. 5640-9265. Este número se terminó de imprimir el 31 de julio de 2018 con un tiraje de 13,900 ejemplares. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación. Queda estrictamente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización de la editorial.

20 AÑOS DE SER LÍDERES EN LA OPINIÓN JURÍDICA EN MÉXICO


ÍNDICE AGOSTO 2018 OPINIÓN 12 La enseñanza del Derecho Eber Omar Betanzos Torres

COLEGIOS DE ABOGADOS 32 Orden de Abogados de Portugal Diana Reyes POSICIONES 36 Condenas penales sin pruebas Juan Carlos Ferré Olivé

46 El Tribunal Electoral y la justicia abierta Jorge Luis Barrera Vergara DERECHO EN EL MUNDO 50 Trump vs. Hawái: la legalidad de las restricciones de viaje Víctor Emilio Corzo 63 LIBROS LAS LEYES DEL ESTILO 70 Los fascinantes relojes concepto Martha Jauffred

60 El poder Bernardo Bátiz ENTREVISTAS 18 Ligia González Una abogada de 360 grados 40 Mauricio Limón: “La nueva Ley Forestal abre las puertas a la explotación desmedida” 54 María de la Luz Lima Apuntes sobre el Derecho victimal

REPORTAJE 26 La Suprema Corte clarifica los criterios para determinar poder sustancial de mercado Leonardo Orlanski y Esteban Russell

28 OPINIÓN

AMLO y el notariado Fernando García Sais

El Mundo del Abogado

3


Portafolio

Diana Reyes

TOJIL: una estrategia contra la impunidad

L

a inseguridad y la impunidad son dos de los grandes problemas que afectan a la sociedad. Tanto así que el World Justice Proyect (Rule of Law Index 20172018) ubicó a México como el país 92 de 113 en Estado de Derecho, siendo la justicia penal el peor rubro evaluado, como el país 105 de 113. Como una respuesta a esta crisis, el pasado 28 de junio se llevó a cabo la presentación de TOJIL, Estrategia contra la Impunidad, asociación civil integrada por un equipo de abogados especializados en materia penal, liderados por Adriana

4

El Mundo del Abogado

Rubén Quintino, Daniel Greaves, Estefanía Medina, Adriana Greaves, María Novoa y Ana Pecova

Greaves Muñoz y Estefanía Medina Ruvalcaba, dos jóvenes con amplia experiencia que buscan incidir en la transformación, mejorar las políticas públicas a nivel nacional y contribuir a la construcción del Estado de Derecho. TOJIL es un vocablo que proviene del maya y que significa lo justo o lo correcto. La asociación tiene como objetivo reducir la impunidad a través de litigio penal estratégico de casos relevantes que generen precedentes para transformar la operación de la justicia. Para lograr esa meta, desarrolló cinco estra-

tegias que consisten en identificar focos críticos que generan impunidad en la operación del sistema; analizar y brindar asesoría de todos los casos que le sean canalizados, así como difundir buenas prácticas; seleccionar y litigar los casos que podrían ayudar a revertir los focos de impunidad; documentar y denunciar todo acto de corrupción que se desarrolle en la práctica del litigio, y, finalmente, diseñar y presentar propuestas de reforma al marco normativo. El sistema acusatorio pretende erradicar las malas prácticas y la opacidad con la que se venía

desarrollando el sistema inquisitivo. La asociación sostiene que el problema de la impunidad no es culpa del nuevo sistema, sino de su mala aplicación. TOJIL detectó tres puntos críticos generadores de impunidad: altos niveles de corrupción dentro del sistema penal; ausencia de perspectiva de género en el desarrollo de los procesos, y violaciones graves al debido proceso. Por ese motivo, las cinco estrategias de la asociación se enfocan en casos de importancia y de trascendencia relacionados con los factores señalados. En la ceremonia del lanzamiento de la asociación también se realizó la presentación de los integrantes del consejo honorario, que reúne a personalidades como María Novoa, coordinadora del Programa de Justicia en México Evalúa; Daniel Greaves, ingeniero y miembro del Consejo Nutre a un Niño; Viridiana Ríos, investigadora del Mexico Institute en Washington, D.C.; Rubén Quintino,


investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales, y Ana Pecova, directora de la organización EQUIS, Justicia para las Mujeres. Al emitir su mensaje, María Novoa, presidente del consejo honorario, sostuvo que se trata de una asociación que se debe apoyar para que el sistema de justicia tenga un mejor futuro. La asociación México Evalúa está a punto de publicar su quinto reporte anual, en el que se evalúa y da seguimiento al sistema penal acusatorio en México. María Novoa indicó que el proceso de transformación está inacabado y advirtió que adviene un estancamiento, debido a que no se ha logrado amalgamar. Si bien hay avances importantes, aún no se da respuesta a la demanda de justicia exigida por la sociedad. Añadió que TOJIL es un aliado para unir fuerzas que permitan provocar cambios positivos por medio del combate a la corrupción y el impulso de la perspectiva de género. Por su parte, Ana Pecova señaló las deficiencias del acceso a la justicia para las mujeres y precisó que el género es un factor que deter-

mina el tipo de violencia. Asimismo, destacó que los problemas no sólo se limitan al género, sino que son mucho más profundos y van desde la policía hasta los jueces, personal no especializado ni capacitado, así como a la deficiencia de equipo para desarrollar las actividades de investigación. TOJIL señala la importancia de trabajar y fortalecer el sistema de justicia sin perder de vista la perspectiva de género y atendiendo las necesidades de los distintos sectores sociales. Ana Pecova felicitó la creación de esta iniciativa pues destacó que sin transparencia no hay justica; sugirió añadir en las líneas de acción problemas de discapacidad, étnicos y de identidad de género. Desde el punto de vista de la academia,

Rubén Quintino afirmó que el Derecho penal es una ciencia normativa y sostuvo que el problema en México radica en el cálculo legal, en encontrar una política criminal niveladora e integradora entre los distintos ordenamientos estatales. Exhortó a ver el Derecho penal con base en los bienes jurídicos más importantes, que desde su perspectiva inician con la dignidad. Posteriormente insistió sobre la importancia de aprender a ver con cientificidad el Derecho penal.

Finalmente, Daniel Greaves habló como ciudadano y advirtió la ausencia del Estado de Derecho y los problemas que aquejan a la justicia, en un contexto en que los derechos han sido rebasados. Agradeció a TOJIL por brindar una propuesta para tener un país mejor y para que como individuos tengamos plena certeza del respeto a los derechos humanos, e invitó a todos a contribuir a la causa. Para conocer más sobre esta iniciativa ingrese a www.tojil.org.

El Mundo del Abogado

5


Portafolio

Las telecomunicaciones en el Proyecto de Nación 2018-2024

E

l pasado 5 de junio Abel Hibert Sánchez, destacado economista egresado del Instituto Tecnológico Autónomo de México, en la sesión organizada por la Comisión de Telecomunicaciones de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, A.C., que coordinan Gonzalo Martínez Pous y David Guillén Llarena, expuso las propuestas en materia de telecomunicaciones del Proyecto de Nación 2018-2024, obra del virtual presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador. En

6

El Mundo del Abogado

Gonzalo Martínez Pous, Abel Hibert Sánchez y David Guillén Llarena

esa sesión participaron abogados y personalidades del sector público y del sector privado. Abel Hibert Sánchez hizo referencia a la importancia de ampliar la cobertura de la banda ancha en zonas marginadas mediante la creación de un Fondo de Cobertura Social, el cual será financiado gracias a la ampliación del presupuesto público en telecomunicaciones; a los ingresos provenientes de los impuestos que genera el sector telecomunicaciones, vía derechos e impuesto especial sobre producción y servicios, y a

los impuestos de los usuarios de áreas urbanas y de los ingresos de los operadores. En la propuesta de López Obrador se contempla hacer un inventario de radiofrecuencias para proporcionar servicios de acceso móvil y de banda ancha que no son utilizados por concesionarios de telefonía móvil en zonas económica y socialmente vulnerables, así como realizar un censo para identificar aquellas áreas geográficas que no tienen o poseen un acceso limitado al servicio de telecomunicaciones.


Es importante destacar que en el Proyecto de Nación, en el apartado “Agenda digital”, se tiene previsto respetar la autonomía del Instituto Federal de Telecomunicaciones. El proyecto hace referencia al fortalecimiento del marco legal para garantizar el impulso de las inversiones en el sector, lo cual generará seguridad jurídica y certidumbre en beneficio de la economía del país. También propone la eliminación de las barreras para el despliegue de infraestructura en el país, así como la revisión de los esquemas de compartición de infraestructura con el agente económico preponderante, que hasta ahora no han dado los resultados esperados.

Asimismo, plantea la revisión de los esquemas de cobro de las contraprestaciones por el uso del espectro radioeléctrico, ya que México es uno de los países del mundo donde éste es más caro tanto para telecomunicaciones como para radiodifusión. Lo anterior, debido a que en dichos sectores las tarifas han caído en términos nominales y es injusto que se quiera actualizar el costo de un insumo tan importante como el espectro en función del índice general de precios. En el Proyecto de Nación también se prevé modificar el esquema de compras gubernamentales de servicios de telecomunicaciones, para tener uno más competitivo, con el objetivo de que haya un

sector menos concentrado. Aunado a lo anterior, se propone analizar la propuesta de realizar un segundo apagón tecnológico de 2G a 3G, lo que sin duda impulsaría la innovación en nuestro país. Asimismo, se planea respetar los principios de neutralidad de la red, para mantener un ecosistema de competencia e innovación en beneficios de los usuarios. En el acto, realizado en el Salón Tajín del World Trade Center, Abel Hibert Sánchez, coordinador del grupo de telecomunicaciones del Proyecto de Nación 2018-2024, señaló que el virtual presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, tiene la mejor propuesta en materia de telecomunicaciones.

El Mundo del Abogado

7


Portafolio

El Colegio de Abogados del Estado de México, A.C., conmemora el Día del Abogado

C

Los cuatro abogados reconocidos por el Colegio de Abogados del Estado de México, A.C.

omo ha sido tradición, cada año el Colegio de Abogados del Estado de México, A.C., con sede en Toluca, Estado de México, realizó el acto con el cual se conmemoró el Día del Abogado, y lo hizo a través del reconocimiento de cuatro profesionales del Derecho que, en opinión de la Comisión de Honor, Justicia y Premios de esa asociación civil, reunieron los méritos y los requisitos estatutarios del gremio para ese objetivo. El Colegio de Abogados del Estado de México, A.C., es una de las asociaciones civiles de profesionistas más antiguas no sólo de la entidad federativa sino del país. Con 73 años, tiene en su bagaje una gran historia y

8

El Mundo del Abogado

sucesos muy relevantes que van desde la toma de sus instalaciones, y, por supuesto, momentos de crisis severas que han puesto en riesgo su existencia. Pero, asimismo, ha tenido grandes momentos gloriosos, la presencia en su sede de un presidente de la República, y la fortaleza de sus agremiados para lograr su permanencia en el colegio. El 4 de junio de 1945 se erigió legalmente como asociación civil enfocada a la dignificación del gremio de los abogados y a la búsqueda de actividades conjuntas que lo fortalecieran para la consecución de la justicia y de la ética en el ejercicio profesional. Encabezados por el licenciado Agustín González Argüelles, fundador y primer presidente del consejo directivo,

en el contexto del fin de la Segunda Guerra Mundial, le dieron vida a esta agrupación que hoy es tradición y vanguardia a nivel nacional. Tan es así que en 2015 la Lotería Nacional le dedicó el tiraje de un Sorteo de 10 para conmemorar los 70 años de su fundación, ensalzando su labor y difundiendo su imagen con tres millones de “cachitos” en todo el país. A partir de entonces ha tenido 34 presidentes y su actual dirigente, el licenciado Emilio Roberto Alpízar, quienes con gran entusiasmo han mantenido viva la esencia de este

Enrique Medina Bobadilla

Yolanda Sentíes Echeverría


Juan Carlos Vázquez Libien

Irma Leticia Cisneros Basurto

Roberto Alpízar, presidente del Consejo Directivo 2017-2019 del Colegio de Abogados del Estado de México, A.C.

Yolanda Sentíes Echeverría fue la encargada de dar un mensaje en nombre de los homenajeados

colegio de abogados y han logrado la unión de su gremio a través de diferentes acciones que siempre lo han distinguido como un ente social de ayuda para la comunidad. El pasado 11 de julio, en ocasión del Día del Abogado, como lo dispone el estatuto del Colegio de Abogados del Estado de México, A.C., se celebró una sesión solemne para llevar a cabo esta celebración, instituida por el licenciado Adolfo López Mateos por decreto presidencial desde 1960, durante la cual se realiza el reconocimiento de destacados juristas que, por su labor, se han distinguido en el ejercicio del Derecho. De ese modo, ante la presencia de los representantes de los tres poderes de la entidad, fueron entregados sendos reconocimientos a cuatro juristas cuyo ejercicio profesional en la ciencia jurídica ha sido noble: Enrique Medina Bobadilla, en reconocimiento a su labor como jurista destacado en la entidad federativa; Yolanda Sentíes Echeverría, por su incansable labor como abogada enfocada en promover la paridad de género y la injerencia de las abogadas en la política; Juan Carlos Vázquez Libien, por su encomiable labor en la investigación y la docencia jurídica, e Irma Leticia Cisneros Basurto, por su relevante labor en la administración pública al servicio del Estado. Es importante señalar que la elección de las personas

merecedoras de un reconocimiento de esta naturaleza recae en la Comisión de Honor, Justicia y Premios, encabezada por el maestro Marco Antonio Morales Gómez e integrada por varios ex presidentes y decanos de este gremio, así como por la directora de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México y por el presidente del Consejo Directivo 20172019 del Colegio de Abogados del Estado de México, órgano colegiado y de autoridad que emite un dictamen que funda y motiva la elección de los galardonados. En este importante acto destacó la presencia de los juristas Iván Barrera, subsecretario de Justicia de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos de la entidad, en representación de Alfredo del Mazo Maza, gobernador constitucional del Estado de México; de Sergio Javier Medina Peñaloza, presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura en la entidad, y de Jaime Domínguez, secretario de Asuntos Parlamentarios de la Legislatura de la entidad, en representación del presidente de la Junta de Coordinación Política. Para el Estado de México esta asociación debe ser un motivo de orgullo porque ha sido y seguirá siendo un estandarte de quienes ejercen la abogacía, que, desde luego, lucha cotidianamente por la dignificación de este gremio tan importante para la sociedad.

El Mundo del Abogado

9


Portafolio

Diana Reyes

Iniciativa para mejorar al Poder Judicial

M

éxico Justo es una iniciativa que busca mejorar el Poder Judicial; trabaja para que exista una justicia real, inmediata, transparente y accesible. Tiene como objetivos generar información para enriquecer la toma de decisiones; proponer cambios y mejoras en la impartición de justicia, así como

10

El Mundo del Abogado

lograr que la política pública responda a las necesidades y el bienestar de la ciudadanía. Su esquema se enfoca en cuatro líneas de trabajo: el sistema de justicia detonador de desarrollo, independiente, con fortaleza institucional y centrado en la ciudadanía. Para consolidar sus objetivos cuenta con tres áreas estratégicas, integradas por el Observatorio Ciudadano, Amicus

Curiae y Legisladores por un México Justo. El pasado 19 de junio la asociación civil México Justo llevó a cabo su segunda reunión en la que se analizó el presupuesto del Poder Judicial. Sobre este tema, el experto en finanzas públicas Edgar Nolasco explicó los indicadores y cómo ha evolucionado el presupuesto para fijar una ruta crítica sobre su mejor aprovechamiento.

Indicó que en el periodo comprendido entre 2013 y 2018 el gasto programable total del Ramo 03 Poder Judicial aumentó 22.1 por ciento en términos reales, descontando la inflación. Asimismo, expuso la forma en que se presupuesta, la cual se resume en dos vertientes: la primera se asocia con la impartición de justicia y la segunda con la resolución de impug-


naciones en procesos electorales. Desde la clasificación económica, 82 por ciento se va a servicios personales; 12.3 a gastos operativos y 5.1 a inversión física, edificios e infraestructura. La mayor parte del presupuesto del Poder Judicial se concentra en el Consejo de la Judicatura Federal. De esta forma se ha hecho la distribución en unidades responsables en los últimos cinco años: • Consejo de la Judicatura Federal: 2013 = 49,893.1 mdp y 2018 = 61,838.1. Aumentó 23.9 por ciento. • Suprema Corte de Justicia de la Nación: 2013 = 5,867.0 mdp y 2018 = 5,635.1. Disminuyó 4 por ciento. • Sala Superior: 2013 = 1,991.8 mdp y 2018 = 2,625.1. Aumentó 31.8 por ciento. • Salas regionales: 2013 = 715.8 mdp y 2018 = 1,268.1. Aumentó 77.2 por ciento. Edgar Nolasco detalló gráficamente la variación que ha tenido el crecimiento del gasto público en comparación con los delitos; con la ayuda de mapas demostró la variación de las tasas de resolución de la carga de trabajo del Consejo de

la Judicatura Federal por circuito judicial. Al referirse al Índice Global de Impunidad, que publica la Universidad de las Américas Puebla, Juan Carlos Pérez Góngora, presidente de México Justo, destacó que en México hay 3.9 jueces y magistrados por cada 100,000 habitantes, y el promedio internacional es de 16. Pugnó por que haya más transparencia en el Poder Judicial. La reunión fue encabezada por Genaro Góngora Pimentel, presidente del Consejo Académico, quien destacó que la Suprema Corte también está excedida de asuntos e hizo una comparación con el número de casos que se llevan ante la Corte estadounidense. Subrayó la importancia de preparar a los impartidores de justicia y evocó el hecho lamentable que se suscitó a principios de este año cuando fue cancelado el concurso interno de oposición para la designación de jueces de distrito, debido a que se encontraron indicios de la supuesta venta del examen. Propuso como una línea de acción que el nombramiento de juez sea para los secretarios

de los juzgados que ya tengan preparación. Los asistentes también analizaron el alto nivel de nepotismo mediante el cual hijos, parejas, papás, sobrinos, tíos, cuñados y hasta suegras de casi 500 jueces y magistrados ocupan plazas en tribunales y juzgados de su adscripción. Es común escuchar de casos en que servidores públicos del Poder Judicial comparten espacio laboral con sus parientes. En la reunión también se debatió el exceso de

áreas administrativas y se fijaron algunas rutas para direccionar mejor el presupuesto. Además, se realizó la presentación del prototipo de una aplicación para denunciar actos de corrupción. En septiembre del año en curso México Justo presentará una primera iniciativa a los senadores de la República para mejorar la estructura del Poder Judicial. Para conocer más sobre este proyecto consulte: http://mexicojusto. org/.

El Mundo del Abogado

11


OPINIÓN

Eber Omar Betanzos Torres*

LA ENSEÑANZA DEL DERECHO 12

El Mundo del Abogado


al margen De acuerdo con las últimas estadísticas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los mexicanos trabajamos el doble de tiempo que los alemanes y no producimos ni la mitad. Lo importante, pues, no es aumentar el número de horas de trabajo —como Andrés Manuel López Obrador dice que hará trabajar a la burocracia— sino impulsar la innovación. La innovación, dicen Robert Solow y todos los economistas contemporáneos, es el factor más importante para el desarrollo. Lo demás es demagogia. Los organismos internacionales dedicados al estudio de la energía nos advierten que al petróleo le quedan 18 años antes de ser desplazado por la electricidad. Abrir refinerías no es, por tanto, una buena idea si queremos que nuestro país resulte competitivo a nivel internacional. Hay que explorar las nuevas fuentes de energía y apostar por ellas… Las buenas intenciones no son suficientes para que alguien pase a la historia como buen presidente. Los agentes del Ministerio Público, tanto de la Federación como de los estados, son de los servidores públicos más vilipendiados. Por ello, es de celebrarse que la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia haya designado el 22 de octubre para conmemorar a estos funcionarios. El día será un buen pretexto para incentivar y reconocer anualmente a los buenos elementos, pero de poco servirá mientras la fracción 13 del apartado B del artículo 123 constitucional siga considerando trabajadores de tercera a policías, peritos y fiscales. Más que fiestas nacionales, hay que llevar a cabo reformas que nos permitan tener una justicia de primera. @Latinstock

¿Qué elementos se deben considerar para hacer que la enseñanza del Derecho garantice la formación de excelentes abogados? Para el autor, no basta con el aula magistral, la interacción académica profesor-estudiante, el abordaje de casos, la visión interdisciplinaria teórico-práctica o el impulso necesario para convivir con la realidad social y profesional.

Procuradores, jueces y policías coinciden en que la figura del feminicidio tiene un sesgo político que “empodera” a la mujer. Pero, lejos de facilitarles el trabajo, se los ha obstaculizado. Aunque hoy día 19 entidades federativas contemplan este tipo penal y el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU ha recomendado a México tipificar el feminicidio en las entidades que aún no lo han hecho, hay que considerar la conveniencia de buscar soluciones jurídicas menos espectaculares pero más efectivas.

13


OPINIÓN

l tema de la educación implica su estudio como el conocimiento contemplativo, sistematizado, universal y último del proceso de aprendizaje (en el proceso enseñanza-aprendizaje, en un contexto educativo e inclusive en la individualidad experimental o reflexiva). Abarca los procesos de instrucción, personalización y socialización del conocimiento. Su tratamiento implica abordar una actividad fundamental para el progreso de la humanidad, pues a través de él nuestra especie es capaz de desvelar el conocimiento, desarrollar sus propios valores, definir o redefinir sus experiencias ante las circunstancias paradigmáticas de los tiempos y transmitirlos de una generación a otra. Es un proceso social que implica, además, una retroalimentación, un intercambio entre sus participantes. Quien recibe el conocimiento debe tener una participación activa y no pasiva frente a él. El hecho de fortalecer el uso del raciocinio a través del proceso educativo y el descubrir la irrevocable vocación de la humanidad

de acudir a sus causas últimas y analizar su razón metafísica, es lo que permite a nuestro pensamiento —plasmado en conocimientos, técnicas y tecnologías— orientar su perfeccionamiento trascendente y transmitirlo a la comunidad para su crítica y, en su caso, seguimiento. El ejercicio de la razón permite formar el conocimiento, romper preconcepciones y avanzar como especie en la comprensión y la proyección de nuestra humanidad. Los cuestionamientos por ella (la razón) producidos pueden ser muy severos, pero son indispensables. Pensemos en la siguiente posibilidad ejemplificativa. Se afirma comúnmente que el hombre encabeza la pirámide evolutiva —al menos en el mundo animal— gracias a que cuenta con inteligencia racional, además de la vegetativa y la sensitiva de las cuales también están dotadas otras especies. Cuando hablamos del hombre nos referimos a la especie Homo sapiens. ¿Mas que pasa si ello —en principio— no siempre fue así? Abundando, desde una visión antropológica, hace dos millones de años aparecieron los primeros entes

Las causas de las deficiencias de nuestro sistema de administración de justicia podrían encontrarse en la desorganización de la enseñanza del Derecho. 14

El Mundo del Abogado

de la especie Homo. Dentro de ellas destacarían —por su grado de inteligencia— dos: el Homo sapiens y el Homo neanderthalensis. El último, el Neanderthal, habitó la Tierra hace 230,000 años y se extinguió hace 28,000 años. Por su parte, hace 300,000 años surgió el Homo sapiens. Durante mucho tiempo se ha pensado que de las dos especies el Homo sapiens tuvo mejores condiciones de supervivencia derivadas de su mayor inteligencia. Sin embargo, descubrimientos recientes apuntan a que el Neanderthal era bastante inteligente: tenía un lenguaje, poseía una cultura, tenía complejos —para la época— instrumentos de caza y pesca. En esa tesitura, ¿qué pasaría si descubriésemos un día que el Neanderthal, al menos en los tiempos en que habitó nuestro planeta conjuntamente con el Homo sapiens, era el ser más inteligente y no este último? Nuestro paradigma del conocimiento se modificaría. Esta hipótesis fantástica no hace otra cosa diferente que resaltar la importancia del proceso educativo, pues el descubrimiento provocador de esta revolución científica sería precisamente la enseñanza y la aplicación de los aprendizajes. El Derecho no está exento de esta dinámica. Lo que antes se consideraba normalidad cultural recogida en las normas legales (esclavitud, discriminación contra la mujer, ley del talión, tortura, etcétera) hoy se sanciona por las leyes y los precedentes judiciales como graves violaciones a los derechos


al margen humanos, protegiéndose positivamente a través de garantías que las eviten, en un reconocimiento cada vez más extenso a la dignidad humana desde la Constitución, las normas que de ella emanan y los tratados internacionales —aun en un parámetro extendido de regularidad constitucional—. Las disciplinas del conocimiento no están distantes de complejos cuestionamientos sobre sus propios contenidos. En el caso de la ciencia jurídica, lo anterior permite hacer interrogantes tales como —por citar ejemplos problemáticos— si el Derecho ha acompañado al hombre en toda su existencia, si un día dejará de hacerlo, si el Estado es la formación última de la sociedad, si una formación estatal indispensablemente requiere el orden jurídico, etcétera. Estos intríngulis permiten establecer un panorama sobre lo que hoy y siempre debe procurar la enseñanza del Derecho: enseñar a potencializar el razonamiento crítico; esto es, el modo de pensamiento que mantiene vigente la capacidad de duda y, como respuesta, la innovación racional y coherente ante los signos de los tiempos que el Derecho debe regular en una sociedad determinada, en el contexto histórico de los paradigmas del conocimiento. Como explica Eisenmann, la enseñanza jurídica debe diseñarse para abarcar todos los problemas relativos al Derecho.1 Para que eso ocurra se requieren al menos tres elementos: estudiantes, profesores e instituciones de enseñanza.

Todos ellos conforman el círculo de actores del proceso educativo. Sin duda hay quienes privilegian a unos u a otros,2 mas la integralidad de agentes (estudiantes, profesores e instituciones de enseñanza) es igualmente relevante, ya que las deficiencias o las fortalezas respectivas tienen una relación directamente proporcional en cada uno. Es necesario, eso sí, lograr en todos una vocación por la excelencia desarrollada a partir del amor por el conocimiento. Ahora bien, pensando en la excelencia, vale la pena considerar la siguiente pregunta: ¿cuál es el estado actual y cuál el futuro del Derecho? Su respuesta requiere reflexionar qué entendemos por Derecho hoy y qué en lo venidero. A partir de lo anterior se podrá pensar luego en definir qué enseñamos ahora y qué queremos enseñar en adelante, así como qué queremos enseñar hoy y mañana.3 Al respecto considero que es posible ofrecer una aventurada respuesta conjunta. Sin dejar de lado las diversas concepciones teóricas, desarrolladas en este contexto,4 el Derecho es, para la visión contemporánea de la ciencia,5 un conjunto de normas (reglas de conducta estimadas obligatorias en un contexto de autoridad más o menos organizado territorialmente, aun con fronteras difusas). En este sentido, lo que debemos enseñar es precisamente esta idea de Derecho, mas las exposiciones al respecto no se

El Mundo del Abogado felicita a Luis Ortiz Hidalgo, integrante de su Consejo Editorial, por haber sido elegido presidente del Consejo General de la Abogacía Mexicana. El Consejo es un colegio de colegios —lo integran la ANADE, la Barra Mexicana y el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México— y el reto de Luis Ortiz Hidalgo será ir sumando a todos los colegios estatales. Muchos de estos colegios, incómodos ante la posibilidad de que las condiciones de la colegiación obligatoria se decidan desde el centro, se han opuesto a ella. Si Luis Ortiz Hidalgo hace bien su trabajo, la colegiación obligatoria no tardará en ser parte de la vida jurídica de México. Con el pie derecho y a tambor batiente inició sus actividades la nueva Bolsa Institucional de Valores (BIVA), que hará competencia a la Bolsa Mexicana de Valores. Por lo pronto, María Ariza, directora de la BIVA, anunció que, a efecto de incentivar la entrada de nuevas emisoras, se propondrá que se reduzcan los impuestos que paguen aquellas empresas cuando logran colocar acciones en el mercado. El 35 por ciento que se paga, dijo, es altísimo comparado con otros países. Tiene razón. Hay que apoyar este tipo de iniciativas que fomentan la inversión y la competitividad en México. Mucho ruido y pocas nueces en lo que a la reforma laboral se refiere. Desde hace seis meses debió entrar en vigor la ley secundaria que daría vida a la reforma a los artículos 107 y 123 de la Constitución… Y nada. La desaparición de las juntas de conciliación y arbitraje, así como la creación de tribunales laborales, dependientes del Poder Judicial, a través de juicios de pleno derecho, no tienen para cuándo. Recientemente, el presidente Enrique Peña Nieto envió una iniciativa a la Cámara de Diputados para reformar la Ley General de Inclusión de Personas con Discapacidad, con miras a que la discuta la próxima legislatura. Entre otros puntos, se busca que cuando menos 3 por ciento de las plazas en la administración pública federal las ocupen personas con discapacidad. Hay que ser cautelosos, pues el hecho de que la inclusión se eleve a ley podría atentar contra la idoneidad en los perfiles de los puestos.

15


OPINIÓN

De los estudiantes se requiere deseo de aprender y asumir una posición activa que no se limite a la memorización.

@Latinstock

concentrarán en afirmaciones dogmáticas, sino precisamente en la mutabilidad cultural del fenómeno jurídico, únicamente engarzado en los imperecederos principios de la ciencia del Derecho y, aún antes, en esa compleja visión de lo que es la ciencia y, con anticipación, el conocimiento y su verdad o falibilidad. Estos elementos, considero, conviene integrarlos en una idea de pensamiento crítico. Esto es, en la inmersión en el conocimiento en general y en particular con base en un ejercicio de razón analítica de fuentes del conocimiento,

16

El Mundo del Abogado

de sus límites y de su contenido, desarrollada con un enfoque interdisciplinario en el cambiante contexto cultural de los tiempos. Lograr esta posición requiere condiciones, para los profesores, de pluralismo, libertad de cátedra, desarrollo de investigación reflexiva e innovadora. Para las instituciones educativas implica contar con una planta docente competente, planes de estudios que conjunten la enseñanza teórica y práctica y que incluyan nuevas disciplinas, adecuados con su propuesta de formación de habilidades y competencias, así como condiciones

materiales para la gestión educativa. En el caso de los estudiantes, al menos deberá contarse con apertura al conocimiento. Además, de los estudiantes se requiere deseo de aprender, aptitudes y actitudes favorables al estudio y el aprendizaje, asumir una posición activa que no se limite a la memorización, y compromiso con las exigencias de la excelencia. Se requiere también, en todos los casos, ajustarse a las condiciones de los tiempos.6 En el caso conjunto de los tres agentes educativos (estudiantes, profesores e instituciones de enseñanza) hay elementos comunes: ética, humildad y apertura. El proceso educativo b-learning, los algoritmos digitales para la enseñanza, el autoestudio, las cátedras abiertas a través de tutoriales, y otros fenómenos contemporáneos, no pueden ser ajenos al proceso educativo jurídico, si bien deberán ponderarse en las circunstancias de cada propuesta de enseñanza; sin perder de vista que el uso de nuevas técnicas de enseñanza requiere, además, una preparación previa para los profesores.7 Es indispensable ofrecer respuestas oportunas, racionales y congruentes, mismas que precisan de un paso esencial: preocuparse por el fenómeno educativo, actividad no necesariamente muy socorrida por los abogados,8 y dotarlo de diversos prismas de aproximación.9 Para lograr la consolidación del Estado de Derecho en nuestro país es indispensable comprometernos con la excelencia en la formación de los futuros abogados, puesto


al margen Aunque se le mencionó en la terna que el presidente López Obrador presentaría ante el Senado para ser procurador general de la Re-

que ésta tiene una relación directa con la calidad de nuestro sistema de justicia. En el informe sobre México realizado por el Relator Especial sobre la independencia de magistrados y abogados encontramos una conclusión desoladora: las causas de las deficiencias de nuestro sistema de administración de justicia podrían encontrarse en la desorganización de la enseñanza del Derecho, en la falta de capacitación para ejercer la profesión jurídica así como en su descoordinación y en la falta de procesos disciplinarios que garanticen la rendición de cuentas.10 Para atender esta preocupación, el relator recomendó al gobierno iniciar un estudio sobre el sistema de enseñanza y de las titulaciones necesarias para ejercer la profesión

jurídica en nuestro país, tanto a nivel local como federal.11 En conclusión, ante la necesidad de contar con una visión desveladora del conocimiento por los desafíos que se exigen a los abogados y a los estudiantes en formación, es importante tener la presencia de un compromiso agrandado. No basta con el aula magistral, la interacción académica profesor-estudiante, el abordaje de casos, la visión interdisciplinaria teórico-práctica o el impulso necesario para convivir con la realidad social y profesional. Es necesario hacer uso de la razón con una visión crítica, en el contexto del ejercicio efectivo del pensamiento, no sólo aprendiendo a razonar sino razonando. El aula, la cátedra y el aprendizaje son magníficos lugares para hacerlo.

pública, todo indica que Juan Luis GonzálezAlcántara Carrancá será quien sustituya a José Ramón Cossío como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. GonzálezAlcántara tiene larga experiencia judicial, y su serenidad y prudencia son ampliamente conocidas y aplaudidas. Sería una opción inobjetable.

Olga Sánchez Cordero afirmó que tiene “carta abierta para pacificar el país” y retomar una agenda liberal de derechos. A pesar de que muchos acusan que parecen promesas de campaña más que propuestas de gobierno, lo cierto es que el tema de la marihuana y la eutanasia está avanzando. Ya no se discute si debe legalizarse o no: lo que se analiza es cómo.

En los escritorios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya empezó la elaboración de argumentos jurídicos

* Abogado por la Escuela Libre de Derecho, con especialidad en justicia constitucional y tutela jurisdiccional de los derechos en la Universidad de Pisa, y en derechos humanos en la Universidad de Castilla-La Mancha. 1 Charles Eisenmann, “Los objetivos y la naturaleza de la enseñanza del Derecho”, en Jorge Witker, Antología de estudios sobre la enseñanza del Derecho, México, UNAM, 1995, p. 53. 2 Se dice, por ejemplo, que es el cuerpo docente el responsable de los buenos resultados de la enseñanza jurídica, al tener a su cargo el diseño de planes de estudio y la impartición de las materias que lo componen. Owen Fiss, “El Derecho según Yale”, en La enseñanza del Derecho y el ejercicio de la abogacía, Barcelona, Gedisa, 1999, p. 28. Al contrario, me parece que todo lo anterior no puede dejar de lado que de nada sirven los mejores profesores y programas si los estudiantes no son motivados para interesarse en sus contenidos. 3 Estos diferentes aspectos serán desarrollados someramente por tratarse de un estudio introductor. 4 Véase Rodolfo Vázquez, “Concepciones filosóficas y enseñanza del Derecho”, Academia. Revista sobre Enseñanza del Derecho, año 6, núm. 12, 2008, pp. 221-237. 5 Esto es, un hombre del medioevo respondería de otra forma a esta pregunta y un individuo de los tiempos de las cavernas ni siquiera se haría este cuestionamiento. 6 Así es como en México se está modificando la impartición de la enseñanza del Derecho penal, no sólo en contenidos sino también adecuando espacios físicos requeridos para ella, en el contexto del sistema acusatorio penal. Se ha afirmado, con razón, que los métodos tradicionales de enseñanza requieren ser revisados constantemente. Carlos Palao Taboada, “La enseñanza del Derecho en la Universidad: presente y futuro”, Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, núm. 6, 2002, p. 128. 7 Héctor Fix-Zamudio, “Algunas reflexiones sobre la enseñanza del Derecho en México y Latinoamérica”, en Jorge Witker, Antología de estudios sobre la enseñanza del Derecho, México, UNAM, 1995, p. 83. 8 Juan Antonio Pérez Lledó, “Teoría y práctica en la enseñanza del Derecho”, Academia. Revista sobre Enseñanza del Derecho, año 5, núm. 9, 2007, p. 87. 9 Héctor Fix-Zamudio, “Docencia en las facultades de Derecho”, Boletín de El Colegio de Abogados de Guatemala, Guatemala, septiembre-diciembre de 1973, pp. 2-32. 10 Organización de las Naciones Unidas, Comisión de Derechos Humanos, “Los derechos civiles y políticos, en particular las cuestiones relacionadas con la independencia del Poder Judicial, la administración de justicia, la impunidad”. Informe del Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y los abogados, Dato’Param Coomaraswamy, presentado de conformidad con la resolución 2001/39 de la Comisión de Derechos Humanos, adición, informe sobre la misión cumplida en México, E/CN.4/2002/72/Add.1, 24 de enero de 2002, p. 41. 11 Ibidem, p. 45.

que reviertan la multa que impuso el INE a Morena por 197 millones de pesos. ¿Puede la autoridad electoral fiscalizar un fideicomiso privado? Si no es competente para ello, poco importará si hubo alguna ilegalidad en el manejo de ese instrumento.

A pesar de que una comisión de la verdad puede ser conveniente y hasta deseable para abordar el tema de Ayotzinapa, los términos en los que la planteó el Primer Tribunal del Décimo Circuito de Tamaulipas se antojan disparatados. Si en un principio se debatió el alcance de la resolución y las facultades que tenía o no tenía el tribunal, luego de los dimes y diretes quedó claro que éste se excedió: más que una comisión de la verdad, lo que pretendía era crear una Procuraduría General de la República paralela, pisoteando el artículo 21 y el 102 de la Constitución.

17


Entrevis ta

Luis Arturo Pelayo

Ligia González Una abogada de 360 grados Experta en Derecho internacional privado, informático, corporativo, inmobiliario y negociaciones, Ligia González es una de las abogadas de empresa más completas en nuestro país. La antigua directora jurídica de ADO, permanente consultora empresarial y profesora en la Escuela Libre de Derecho es, también, consejera en numerosos organismos, consultora, conferencista y promotora de los derechos de igualdad ante la ley. En esta entrevista nos ofrece una perspectiva de 360 grados sobre los desafíos legales que afronta México. 18

El Mundo del Abogado


Ligia C. González Lozano es abogada por la Escuela Libre de Derecho y maestra en Derecho por la Universidad de Harvard. Es catedrática de la Escuela Libre de Derecho, conferencista, articulista y asesora en Derecho internacional, corporativo, informático y de cumplimiento, para empresas y gobierno. Ha sido consultora y directora jurídica de varias empresas, negociadora de convenciones internacionales, consejera de gremios profesionales y empresariales; promotora de la seguridad jurídica, de los derechos de igualdad ante la ley y del actuar del buen ciudadano.

El Mundo del Abogado

19


Entrevis ta Cómo evaluaría usted el marco constitucional y legal que regula las empresas en México? Es muy complejo, y creo que muy mejorable: si lo analizamos en mensajes y en discursos, hay unanimidad de voces que reconocen que las empresas, de todas las dimensiones, en conjunto son el motor de la economía del país. Esto es cierto cuando vemos que más de 86 por ciento del producto interno bruto, según cifras de 2016, proviene del sector privado. Con lo anterior, la teoría diría que todos los incentivos, no sólo económicos sino jurídicos, deberían estar alineados para dar impulso al empresariado, siempre que el mismo actúe en un marco de legalidad y ética empresarial moderna. ¿Cuál es el reto para nuestro sistema jurídico? Ser congruente con los incentivos a los que me he referido, desde el punto de vista constitucional, legal y, sobre todo, regulatorio. Para muestra un botón: el artículo 1° de la Constitución, que seguramente conocemos los abogados, llama a no discriminar y a asegurar a todos sin distingo el respeto de sus derechos fundamentales; pues no hay razón para que esta protección no abarque a las personas jurídicas —entre ellas las empresas, claro está— en todo lo que, conforme a su naturaleza, tenga lugar. Y entre esas garantías están, como mínimo, las de igualdad, legalidad, seguridad jurídica, debido proceso, presunción de inocencia y protección de la propiedad privada.

20

El Mundo del Abogado

¿Nuestras leyes cumplen con esos propósitos? Justamente eso es lo que debemos preguntarnos, y sin satanizar todos los ordenamientos, se deben modificar y hasta eliminar los que no respondan a esos incentivos de creación de riqueza y crecimiento social para el país; claro, sin desproteger a otros actores que lo integran. Y la respuesta no es muy halagüeña cuando los clientes cautivos de las regulaciones sólo son las empresas formales a las que se les aplica un sinnúmero de reglas, incluyendo, por ejemplo, las normas oficiales mexicanas, que contienen, contra toda teoría constitucional de división de poderes, normas de carácter general propias de una ley, incluyendo obligaciones, costos y sanciones. Entonces me pregunto: ¿dónde quedó el principio básico de seguridad jurídica? O bien, cuando vemos el comercio y la economía informal, que oscila entre 45 y 65 por ciento de la economía privada, a los que no llega la carga de la ley por lo “gelatinoso” que es el sistema rígido con el que contamos, y

por las presiones sociales, también me pregunto: ¿dónde está el principio de igualdad ante la ley? ¿Hay algún país del mundo del que debiéramos tomar ejemplo para mejorar este marco regulatorio? No creo que haya país perfecto con ciudadanos perfectos. Sin embargo, hay unos más legalmente dirigibles que otros. El Índice de Estado de Derecho 2017-2018 del World Justice Project reporta que Dinamarca y, en general, los países escandinavos tienen menos burocracia y, al mismo tiempo, el mayor respeto al Estado de Derecho; a todas luces ambos elementos están ligados, pero me gustaría ir a fondo. Mi conclusión es que no son los gobiernos los que provocan los excesos de regulación, sino los ciudadanos los que provocamos que las normas sean más rebuscadas y que en círculo vicioso terminan siendo un instrumento de extorsión y de corrupción puesto en manos de otros malos ciudadanos: si la mayoría atendiera hasta la más mínima ley,

“El complejo sistema legal de México sólo es el reflejo de la forma en que nuestra sociedad se comporta de manera egoísta y en que los inocentes nos defendemos de ese abuso.”


e hiciera lo correcto, necesitaríamos menos regulación y menos burocracia. Y ante menos leyes, es más fácil cumplirlas y vigilarlas y habría menos personas abusando de la autoridad y del indescifrable entramado del sistema jurídico. Sí, me gustaría tener un país como Dinamarca en este sentido, pero aunque copiáramos sus normas a pie juntillas, si las personas, las entidades y la autoridad no las obedecen, serían letra muerta. La mayoría de los economistas coincide en que lo que hace crecer a un país es la innovación. Cuando hay nuevos bienes y nuevos servicios, hay más puestos de trabajo y más oportunidades, ¿Nuestro Derecho auspicia la innovación? ¿Qué habría que hacer para mejorar este escenario? En la teoría y en el papel sí hay incentivos. Hay programas e

instituciones, pero no son de fácil acceso y en la práctica tienen muchos requisitos por cumplir: papeles y burocracia. Por eso volvamos a lo básico: a) Hay que promover incentivos fiscales de fácil acceso y aplicación para emprendedores jóvenes, y también para empresas de cualquier tamaño que acojan a los creativos; en ambos casos, que cumplan con cierto número mínimo de registros de propiedad intelectual, sin importar que sean universitarios o empíricos. No hay que cambiar la Ley de Propiedad Industrial ni la Ley de Derecho de Autor, sino sólo cuantificar esos registros, y si las autoridades acatan la Ley de Transparencia, la ciudadanía puede ser la vigilante. b) Es necesario impulsar el reconocimiento, a nivel licenciatura, de oficios que se están perdiendo; es una realidad que nuestra sociedad es ingrata y desdeña a

artesanos, carpinteros, plomeros, electricistas, albañiles, etcétera, que no se pueden llamar “licenciados”, y que ni siquiera impulsamos para que sean microempresarios formales; pues si en escuelas de excelencia se capacitan en su oficio y en sus deberes administrativos y empresariales, y si respetamos su dignidad y los ayudamos a proteger su inventiva pragmática, tendremos creatividad con valor económico y social. Estas microempresas podrán ser contratadas con confianza por los comerciantes de mayor capacidad económica y le daremos valor a ese patrimonio intelectual. c) Es necesario que, de manera recíproca, los tratados comerciales contengan las medidas suficientes de protección de propiedad intelectual; de otra manera no hay incentivos para que la innovación mexicana sea de exportación con seguridad jurídica.

El Mundo del Abogado

21


Entrevis ta Los avances tecnológicos se generan a una velocidad vertiginosa. ¿Cómo se debe actualizar o capacitar un abogado para afrontar los nuevos retos que se le presentan? Tenemos que regresar, y muy rápido, a la lectura, perderle el miedo a lo desconocido, pero, sobre todo, perder el miedo a preguntar. A veces somos soberbios y creemos que preguntar algo básico a otro colega o a otro profesionista nos disminuye. Pero, por el contrario, nos hace convivir, reconocer a otros y aprender integralmente. Hoy no podemos ser abogados si no nos involucramos con lo técnico, lo financiero, lo industrial, lo deportivo. Además, es muy divertido escuchar acerca de temas como la nube, la biotecnología, la medicina celular y hasta la inteligencia artificial, que casi catalogamos como satánica. En fin. Sólo, por favor, hay que hacer respaldos y respetar las leyes de privacidad. La tecnología ya nos alcanzó y nos puede rebasar: hay máquinas que pueden hacer contratos basados en algoritmos, pero todavía no pueden apreciar los sentires de nuestros clientes y valorar sus intereses específicos. ¿Qué habilidades debería adquirir un abogado interesado en especializarse para dar consultoría en Derecho corporativo? Creo que el talento de saber escuchar y saber preguntar con paciencia y de manera simple, porque así uno puede enterarse de los incentivos de la empresa, sus dueños y sus representantes.

22

El Mundo del Abogado

Si no escucha no podrá negociar ni ser empático. Tampoco crea confianza. Debe ser creativo para encontrar soluciones legales y económicamente viables, así como para prevenir problemas que no han sucedido. Incluso un poco de paranoia le ayudará a prever problemas. Debe ser estratega, como los jugadores de ajedrez, para adelantarse muchos pasos en una negociación y en cualquier planeación. Es una forma de reducir la ocurrencia de conflictos. Debe tener gran capacidad de comunicación verbal y escrita. Debe dominar el lenguaje. Le debe gustar involucrarse con la industria o el comercio que atiende y entender el idioma de sus clientes. No debe tener miedo a los números. Debe ser un estudioso permanente. Y, sobre todo, debe ser muy discreto, extremadamente ético y hacer lo correcto. ¿Qué retos implica llevar la dirección jurídica de una empresa? Primero, uno debe estar convencido de que los abogados de empresa no son sólo administradores de otros abogados. Tenemos que estar conscientes de que la ventaja de conocer el negocio constituye una ayuda para la aplicación práctica de la ley que también conocemos a fondo. Lo anterior implica el reto más fuerte: tener que ser especialista en todo lo que concierne a la empresa. Sólo de esa manera podremos dar guía a quienes nos

reportan, e incluso a nuestros asesores externos. Y así hasta podemos cuestionarlos para llegar a mejores conclusiones. Segundo, debemos tener el gusto por la industria en la que se especializa la empresa; agrado por la administración y por el lenguaje financiero de negocios, así como por los procesos internos de evaluación y reporte, pues el tema de guía de colaboradores y de aplicación de políticas laborales es asunto de todos los días. Tercero y más importante, debemos proteger nuestra independencia ética para no perder el orden de los valores que protegemos: la ley, la vida, la libertad y el patrimonio. Si se pierde este orden, dejamos de ser útiles, nos convertimos en cómplices y dejamos de decir lo que es correcto. ¿Siente usted que el regreso de los nacionalismos en el mundo —Estados Unidos, Reino Unido, Italia, Polonia, Turquía…— afecta el desarrollo de las empresas nacionales? ¿Qué panorama contempla usted hacia el futuro? Claro que el nacionalismo afecta a las empresas nacionales. Está comprobado en la historia que el comercio propicia el intercambio de bienes, servicios, satisfactores, conocimiento y cultura y nos ayuda a tener sinergia con otros que hacen mejor algo que nosotros hacemos, y viceversa. En la medida en que los nacionalismos cierran fronteras esas barreras impiden allegarse esos bienes externos y, por lo tanto, disminuyen el apetito por los mismos. México tie-


ne muchas empresas que exportan, no sólo lo que maquilan sino productos propios y originales, y que han abierto mercado más allá de nuestro territorio. Entonces, ese cierre de fronteras cancela oportunidades de intercambio y de crecimiento económico de nuestros productores en el extranjero. Sólo recordemos el oscurantismo resultante de la época feudal. Ahora yo lo llamaría “ciego nacionalismo territorialista”. ¿Por qué se le da tanta importancia a la ética en las empresas? Si violarla no tiene consecuencias, ¿qué importancia tiene? Es fundamental el comportamiento ético porque, primero, es lo correcto: hace que la empresa se comporte como buen ciudadano; segundo, porque puede ser no sólo una norma ética la que se vulnera sino una norma de carácter legal, con las graves consecuencias que eso acarrea, y tercero, la devaluación de la marca y de la reputación de una empresa puede ser mayúscula por el incumplimiento de dichas normas. Por eso, violar las reglas éticas de una empresa sí debe tener consecuencias. Todo esto lo vemos en los complejos y desarrollados sistemas de cumplimiento, o compliance, que no son sólo una moda en las empresas, sino un cambio de cultura que llegó para quedarse. Desde su perspectiva, ¿le parece razonable que las personas jurídicas puedan tener responsabilidad penal? Finalmente,

las sanciones a las que alguna empresa pueda hacerse acreedora ya están propuestas en el ámbito civil, fiscal, administrativo y laboral… No estoy segura de que sea la mejor solución. Es una tendencia internacional que nació como consecuencia del mal comportamiento de algunos y que desgraciadamente se extiende la sanción a todos. ¿Y la presunción de buena fe y de inocencia? En México, tiene problemas de origen; entre ellos, que a

nivel federal está regulada en el Código Nacional de Procedimientos Penales, siendo que es una norma que no sólo resuelve cuestiones procesales, sino que origina responsabilidad y contiene sanciones, cuestiones que son propias de los ordenamientos sustantivos. Usted ha sido una de las más entusiastas promotoras del compliance en México. ¿Cuál es la importancia que tiene este instrumento en el siglo XXI?

El Mundo del Abogado

23


Entrevis ta

Es fundamental, porque evita que se tenga que corregir lo indebido, disminuye las posibilidades de violaciones de la ley y no nos tenemos que preocupar de sanciones penales para las empresas. Es el mejor sistema de prevención y de concientización de riesgos para la toma de decisiones. Aquí tenemos que recordar que la afectación a una empresa por violación de temas fundamentales —como lavado de capitales, corrupción, violación de datos personales, terrorismo, competencia económica, entre otras— no sólo perjudica al dueño de la empresa, sino que trae como consecuencia la pérdida de empleos y daño a las comunidades. El compliance puede prevenir incluso la pérdida de vidas; entonces, no me queda duda de que es mejor prevenir que lamentar. Usted, además de ser profesora de la Libre, participa en varios gremios empresariales como el CCE o el ICC y, sobre todo, en colegios jurídicos como La Barra, la ANADE, el INCAM y la AMEDIP. ¿Por qué? Es una inversión de tiempo que se cosecha a mediano y largo plazos. Todas las actividades llamadas extracurriculares nos regalan aprendizaje continuo del pasado, del presente y del futuro; oportunidad de conocer a personas muy valiosas; sensibilidad de lo que pasa en diferentes ámbitos, y la posibilidad de vislumbrar hacia dónde va la tendencia jurídica, empresarial y política del país.

24

El Mundo del Abogado

Pero también con trabajo en esos ámbitos se puede aportar la experiencia que se ha adquirido en todos los planos, que precisamente hacen que uno tenga una visión de 360 grados. Como una de las abogadas más distinguidas del país, ¿cuál cree que es el obstáculo más importante para una mujer a la hora de posicionarse en el ámbito jurídico? Cambiar el pensamiento, la cultura, la educación y hasta el sentir de algunas personas que, consciente o inconscientemente, de todos los estratos y de todos los grados académicos, actúan diferente porque nos ven diferentes. Nos tratan con discriminación a las mujeres o a las personas discapacitadas o con preferencias sexuales diversas, porque simplemente primero atienden a la apariencia que a la persona y no nos ven como iguales. En el fondo, lo que ocurre es que primero perciben sólo esa apariencia y actúan defensivamente, y a veces hasta ofensivamente. Como abogada, he tenido que dejar pasar y soportar comentarios, actitudes y la presunción en contra respecto de mi capacidad profesional. También he tenido que hacer gala de paciencia y prudencia para acreditarme con resultados; pero nunca me he permitido dejar de ser quien soy actuando de manera hipócrita. La experiencia también me ha enseñado que, aunque sea difícil y constituya una carga adicional, hay que abordar con

tacto el tema de la discriminación con los detractores. Ayuda mucho para ir cambiando la cultura. Quizá el beneficio de ese hecho no lo veamos inmediatamente, pero lo dejaremos para los jóvenes que vienen. ¿Qué consejo daría usted a las mujeres que hoy día se abren camino en el mundo del Derecho? A las mujeres y los varones abogados, con sencillez y respeto, les aconsejo ver y oír hacia todos lados; amar la profesión y el estudio, amar su dignidad de abogados para que nadie la pise, amar a su persona para demostrar que no tiene precio y que, si son el instrumento de lo correcto y de la verdad, serán arquitectos de su propia paz, pero si son cómplices de la torcedura de la ley, tendrán que aceptar la pena de ser esclavos torturados por su conciencia. De manera especial, a las colegas abogadas les aconsejo apoyar a sus compañeras, seguir la autenticidad de su personalidad, no cambiar por ser mujeres para parecer lo que los demás quieren ver en ellas, escuchar lo que su corazón les indique pero que la razón les ratifique, y que sigan la especialidad que les agrade, no la que la sociedad les señale. Urge ver más abogadas penalistas en el foro, pero también más juzgadoras, notarias, directoras, académicas y corporativistas que se sientan plenas porque tuvieron la libertad y el derecho de elegir su especialidad y, en consecuencia, su vida intelectual.



REPORTAJE

Leonardo Orlanski y Esteban Russell*

@Latinstock

Hace unos meses la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n resolvi贸 revocar el acuerdo del pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) de mayo de 2017 que determin贸, utilizando criterios nunca vistos en otras autoridades de competencia, la existencia de poder sustancial de mercado del Grupo Televisa (GTV) en el mercado de televisi贸n de paga.

LA SUPREMA CORTE CLARIFICA LOS CRITERIOS PARA DETERMINAR PODER SUSTANCIAL DE MERCADO 26

El Mundo del Abogado


L

a práctica habitual a la hora de declarar la existencia de poder sustancial consiste en definir el mercado desde tres puntos de vista: de producto (el mercado de la manteca en México en 2018), geográficamente (el mercado de la manteca en México en 2018) y temporalmente (el mercado de la manteca en México en 2018). En septiembre de 2015 el IFT había considerado que GTV no tenía poder sustancial en el mercado de televisión de paga, definido como un mercado “municipal” desde el punto de vista geográfico, tomando en consideración las condiciones existentes de 2009 a 2015. Dicha decisión fue declarada nula por la Cámara de Apelaciones, con el argumento de que el IFT se había extralimitado al considerar un periodo de tiempo (el año 2015) que no había sido tenido en cuenta por el IFT, cuya investigación se había limitado al periodo 2009-2014. Como consecuencia de lo anterior, el IFT debió resolver nuevamente sobre el asunto. En 2017 decidió que GTV entonces sí tenía poder sustancial (y que había que aplicarle las medidas que correspondan consecuentemente), pero modificando la acusación original con base en la que GTV se había defendido: el mercado de televisión de paga ya no se compone del cable y del satélite y el ámbito espacial ahora es nacional y no

municipal. Y consideró que GTV hoy tiene poder sustancial en el mercado de televisión de paga en todo México, a pesar de estar tomando en cuenta datos de hace tres años atrás. Al respecto, en su voto el ministro Zaldívar manifestó que “el IFT podía variar su determinación de poder sustancial, siempre y cuando ésta fuere resultado de ajustar el ámbito temporal al periodo de investigación. De ningún modo lo anterior implicaba que el IFT pudiera realizar un nuevo análisis y determinación de mercado relevante y poder sustancial, variando premisas que no fueron combatidas en el juicio de amparo y que no guardan relación con el efecto dictado en la sentencia, así como incorporando nuevos elementos probatorios” y que el Instituto: “i) no limita su determinación al periodo comprendido entre 2009 y agosto de 2014, ii) altera el ámbito de servicios del mercado relevante y iii) cambia el ámbito geográfico del mercado relevante”. El IFT utilizó, entonces, una mecánica de “blancos móviles”: acusó (y así hizo que el acusado se defendiera) respecto a la existencia de poder sustancial en

un mercado geográfico municipal y sobre un servicio definido de una determinada manera, y luego decidió que GTV tenía poder sustancial, pero ahora a nivel nacional, en un mercado de producto distinto (al segmentarlo de acuerdo con la tecnología de transmisión). En lo específicamente vinculado con el aspecto temporal, el IFT trabajó —a diferencia de las autoridades regulatorias del mundo, que analizan el pasado inmediato para que su estudio, y la decisión consecuente, sean lo más actuales que se pueda— como un historiador, analizando la situación del mercado en el pasado remoto pero llevando las consecuencias de su análisis al tiempo presente. Es decir, con un análisis de tres años atrás se declaró poder sustancial en 2017, sin analizar 2017, y se aplicaban medidas para 2018 y en adelante. Resulta muy rescatable la determinación de la Suprema Corte de rectificar la decisión tomada por el IFT, sobre todo porque resguardar la competencia en el sector de telecomunicaciones reduce sus precios y mejora su calidad, beneficiando especialmente a los sectores menos favorecidos.

* Leonardo Orlanski es especialista en regulación económica y defensa de la competencia, y Esteban Russell es especialista en telecomunicaciones. Son socios de Orlanski & Russell Abogados, despacho con base en Buenos Aires y con operaciones en América Latina, especializado en regulación de tecnología y comunicaciones y en defensa de la competencia.

El Mundo del Abogado

27


OPINIÓN

Fernando García Sais*

Desde la campaña electoral, el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, por conducto de la ministro en retiro y también notario público, Olga Sánchez Cordero, presentó ante el Colegio Nacional del Notariado México (Acapulco, mayo de 2018) un “decálogo” relacionado con su perspectiva de las transformaciones que habrán de materializarse en el mercado de la fe pública, propuesta a la que el autor invita a sumarse.

AMLO

Y EL NOTARIADO iertamente, estamos ante un escenario halagüeño que permitirá, si se plasman esas ideas en algún ordenamiento jurídico nacional (lo que implica una reforma constitucional para dar competencia a la Federación en material notarial, dado que hoy la tienen los estados), contar con un sistema notarial que, enfocado en buscar la seguridad jurídica, la certeza y la paz social,

28

El Mundo del Abogado

fortalecerá la posición del notario frente a los poderes económicos e, incluso, ante el poder gubernamental. Al propiciarse la realización del Derecho a través de la fe pública, quienes se benefician en última instancia son los prestatarios de los servicios notariales y todas las personas y las empresas que se relacionen con ellos. El instrumento notarial produce una cadena infinita de externalidades positivas (concepto económico que podemos resumir en “beneficios sociales que trascienden la relación

notario-cliente”). El notario, al dar fe de la constitución de una empresa o al constituir un condominio, produce una escritura que de manera natural entra en contacto con millones de consumidores. Si esa escritura reúne toda la calidad jurídica que espera el sistema notarial, las relaciones comerciales fluirán y replicarán de manera incesante esa calidad. En la cotidianidad del trabajo notarial el notario se encuentra condicionado a un conjunto de factores externos que tratan de presionarlo para que deje de ser


@Latinstock

El Mundo del Abogado

29


OPINIÓN baluarte de los valores que proclama el sistema notarial y el Estado de Derecho. En esas circunstancias, la fuerza de la ley parece ceder y el notario, aunque usted no lo crea, se encuentra relativamente solo y aislado. La imposición de condiciones y prácticas, como la que realizan los bancos, al cercenar a los usuarios de servicios financieros (consumidores tutelados por la ley) la posibilidad de elegir a su notario de confianza, se traduce en una lamentable sumisión del notariado a la banca, con el descuido implícito de los derechos de los clientes. Cuando el Estado, en su faceta de organizador social, requiere servicios notariales, tradicionalmente utiliza los servicios de profesionales del ramo con quienes tiene algún tipo especial de vinculación. En este escenario, el tratamiento desigual de los notarios provoca que notarías desfavorecidas, aunque quizá técnicamente superiores, comiencen a desmerecer y a demeritarse. La competencia desleal propiciada desde el gremio o desde el Estado no le conviene a nadie. La inversión que los notarios realizan para que sus oficinas funcionen, tanto en personal bien calificado como en equipo, implican costos que, como en cualquier actividad económica, se trasladan al adquirente del servicio. La propuesta de comunicar bidireccional y tecnológicamente a los registros públicos de la propiedad y a los catastros, es una idea que debemos aplaudir e impulsar de manera decidida.

30

El Mundo del Abogado

Homologar las condiciones de acceso al notariado, mediante exámenes de oposición, rigurosos, transparentes, teóricos y prácticos, constituye la aspiración inicial del correcto funcionamiento del sistema. Empero, extrañamente no se ha dicho nada de la jubilación y el retiro del notario ni de su derecho a recibir una pensión, como sí se ha dicho en el ámbito de la judicatura. Los incentivos embonarán mejor si permitimos el relevo generacional de manera oportuna y si se garantiza que al finalizar su función el notario se retire con dignidad, lejos de tentaciones económicas que lo orillen a descuidar su función o a practicar la competencia desleal con sus pares. Las materias sustantivas con las que trabaja el notario también deben homologarse. Por ejemplo, en el caso de las disposiciones en materia de muerte digna y voluntad anticipada. ¿Por qué unos clientes en unas notarías si pueden hacerlo y otros no? Solamente por su código postal. En un entorno nacional de igualdad y de no discriminación, esta situación es inadmisible. Los programas sociales permanentes para que quienes disponen de menos recursos puedan acceder a los servicios notariales es digno de celebrarse. El notario cobra honorarios con base en aranceles (tarifas estatales) que no debe modificar a su arbitrio. Corresponde al Estado hacer excep-

ciones para mitigar asimetrías y favorecer que la población vulnerable pueda otorgar testamentos o regularizar propiedades. La falta de calificación del notario como agente económico será un tema que deberá ser resuelto por el órgano constitucional autónomo competente: la Comisión Federal de Competencia Económica, y que seguramente será materia de algún medio de control constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Afirmar que alguien es agente económico no es una alusión peyorativa ni denuesta. Más bien es una consecuencia del contexto constitucional en materia de economía de mercado. Entendido de manera correcta, al sistema notarial le conviene ser un agente económico. Sólo así podrá tener otro blindaje ante los factores reales del poder: las concentraciones y los monopolios. Los beneficiarios serán los consumidores y los clientes de los notarios. Los notarios de todo México debemos ser aliados del futuro presidente y sumarnos de manera activa para que su decálogo se haga realidad en el corto plazo. Como lo dije durante la presentación de mi libro Derecho notarial el 29 de junio en el Instituto Tecnológico Autónomo de México, el notariado va directo a estrellarse con el iceberg, por lo cual debemos corregir el rumbo.

* Licenciado en Derecho por el ITAM y doctor en Derecho por la UNAM, notario público 210 en Mazatlán, Sinaloa, y coordinador del Notariado del Colegio de Abogados Egresados del ITAM. Twitter: @FGarciaSais.



COLEGIOS DE ABOGADOS

Diana Reyes

En la República Portuguesa —nombre oficial de Portugal— hay aproximadamente 27,000 abogados, los cuales deben registrarse de forma obligatoria en la Ordem dos Advogados para poder ejercer profesionalmente. Comenzamos con este colegio el recorrido que durante las próximas ediciones nos llevará a conocer los aspectos más destacados de diversos colegios de abogados alrededor del mundo.

ORDEN DE ABOGADOS

DE PORTUGAL

32

El Mundo del Abogado


L

a colegiación de los abogados encuentra su cimiento tanto en el sistema jurídico romano como en el anglosajón. Portugal es uno de los países del continente europeo que sigue esta legendaria tradición que data de 1838, año en que fueron aprobados los estatutos que dieron origen a la Asociación de Abogados de Lisboa. De esta agrupación se constituyó, por decreto del 12 de junio de 1926, la Orden de Abogados, que en 1932 abrió una de las primeras bibliotecas de Derecho portugués. Sus estatutos reglamentan su organización y su funcionamiento, además de establecer el marco deontológico del ejercicio de la profesión. Con el paso de los años se ha fortalecido hasta consolidarse como una asociación pública e independiente de los órganos del Estado, libre y autónoma en su reglamentación. El 19 de mayo de 1992 se conmemoró por primera vez en Portugal el Día del Abogado, o Día de San Ivo, a cuya ceremonia asistió el presidente de la República, Mário Soares, que en esa ocasión fue distinguido por la Orden de Abogados con el título de miembro honorario de la Orden de la Libertad. Actualmente, el legado de la abogacía ha dejado importantes contribuciones. Al revisar su historia podemos constatar el temple y la fuerza que ha tenido para consolidar instituciones. Cabe destacar que la abogacía organizada no ha descuidado ningún aspecto; en el ramo editorial, desde 1941 comenzó a publicar la revista de la Orden de Abogados, y seis años después logró establecer una caja de previsión para sus miembros. Finalmente, en 1978 integró tanto a abogados como a solicitantes. Los estudiantes interesados en ejercer la profesión deben incorporarse a la Ordem dos Advogados, que se estructura en siete distritos, los cuales aprueban que los profesionistas puedan brindar asesoría jurídica y representación legal ante los tribunales. Cada abogado debe registrarse ante el consejo de distrito del colegio que corresponda a su territorio. El requisito es ser licenciado en Derecho por alguna universidad portuguesa pública o privada, además de haber realizado prácticas profesionales.

La Orden de Abogados cuenta con diversas comisiones e institutos para la especialización y la certificación de sus agremiados. Es importante señalar que tiene una comisión para la defensa de la abogacía, la cual brinda sus servicios a nivel nacional. Para Portugal ha sido fundamental contar con un guardián del Estado de Derecho, que pugna por la plena aplicación de las leyes, los derechos, las libertades y las garantías de todos los ciudadanos, además de contribuir a una correcta administración de justicia. Es un aliciente que su Constitución consagre a este órgano como un protector del acceso a la justicia. La Orden de Abogados no sólo asigna el título de profesional del Derecho sino que certifica la calidad del abogado en la práctica. Los miembros se encargan de velar por la dignidad y el prestigio de la agrupación y tienen como estandarte la labor social a través de los valores y los principios deontológicos. Desde su fundación, hace 92 años, tiene como objetivo representar a la abogacía organizada, defender sus intereses y sus derechos, así como denunciar, ante instancias nacionales e internacionales, los actos que atenten contra aquéllos. La solidaridad es otra de sus características. Además, entre sus miembros se fomenta el acceso al conocimiento y el desarrollo de la cultura jurídica. Su actividad no sólo se limita al ámbito académico, pues desde su trinchera se esquematizan proyectos legislativos. Las entidades públicas, judiciales y policiacas tienen el deber de colaborar con los órganos del colegio para llevar a cabo el correcto ejercicio de sus funciones. Frente a las malas prácticas de los abogados, cualquier persona puede acudir ante la orden, que está facultada para ejercer sanciones que pueden ir desde una suspensión preventiva hasta una definitiva. El secreto profesional es otro de los ejes que consolidan a la asociación: el abogado está obligado a salvaguardar el secreto profesional derivado del ejercicio de sus funciones o de la prestación de sus servicios. En Portugal la educación superior está estructurada de acuerdo con los principios de Bolonia y su

El Mundo del Abogado

33


COLEGIOS DE ABOGADOS

propósito es garantizar una preparación científica, cultural, artística y tecnológica sólida que habilite para el ejercicio de actividades profesionales y culturales y para el desarrollo de las capacidades de concepción, innovación y análisis crítico. Este perfil pretende que quienes optan por ejercer la licenciatura en Derecho cuenten con las herramientas necesarias para ver más allá de una interpretación común. La Orden de Abogados ofrece una serie de seguros que cubren desde la responsabilidad civil profesional de los despachos de abogados hasta los accidentes personales de sus miembros. De acuerdo con los estatutos, la orden está obligada a suscribir un seguro de responsabilidad civil profesional por un importe mínimo de 50,000 euros. Se trata de una práctica adoptada desde hace varios años por la que el consejo general asumió una postura de apoyo a los abogados y para 2018 aprobó la suscripción de ese seguro por un valor de 150,000 euros. En consecuencia, los abogados que tengan vigente su inscripción estarán cubiertos por el seguro contratado y podrán beneficiarse automáticamente con un límite de indemnización de 150,000 euros.

34

El Mundo del Abogado

La abogacía está tan bien consolidada, que incluso sus agremiados obtienen una serie de beneficios que van más allá de sus actividades legales, pues ser miembros les permite acceder, con descuentos, a diversas actividades recreativas y culturales. Toda gran institución requiere el compromiso y el trabajo de sus miembros. Por eso la Orden de Abogados ha logrado mantener su vigencia y estar a la vanguardia en los temas que se discuten en la sociedad. Desde 1972 se lleva a cabo el Congreso Nacional de Abogados, en el que se analizan los aspectos concernientes a la abogacía y a la agenda nacional. Otro aliciente para motivar las buenas prácticas es la tradicional entrega de la Medalla de Oro de la Orden de Abogados, aprobada por el consejo general el 10 de noviembre de 1989. La Orden de Abogados está integrada por 10 órganos: • Asamblea General, constituida por todos los abogados con inscripción vigente; tiene competencia para pronunciarse sobre todos los asuntos que no estén comprendidos en las competencias específicas de los demás órganos de la orden. • Bastonário, el presidente que representa a la orden y asegura el cumplimiento de su legislación


y su reglamentación. El 11 de enero de 2017 Guilherme Figueired tomó posesión del cargo para el trienio 2017-2019. • Congreso de Abogados Portugueses. • Consejo General, integrado por el presidente, los vicepresidentes y los vocales. • Consejo Superior, el órgano jurisdiccional supremo que tiene competencia para juzgar las decisiones del Consejo de Deontología en materia disciplinaria y para dar laudo sobre los honorarios, a petición de los tribunales, de los abogados o de sus integrantes. • Consejo Fiscal, el encargado de controlar la gestión financiera del colegio, así como de dar asesoramiento, fiscalizar y pronunciarse sobre asuntos de los ámbitos presupuestarios, contables, financieros y fiscales. • Consejos regionales: Lisboa, Porto, Coimbra, Évora, Madeira, Açores y Faro. • Consejos de Deontología; en cada uno de los siete distritos funciona un consejo de esta naturaleza que ejerce el poder disciplinario en primera instancia respecto de los abogados y los pasantes. • Asambleas regionales. • Delegaciones. El Consejo General establece en su normatividad las ocasiones en que los agremiados y los pasantes deberán portar toga, color negro y birrete, también negro y de formato octogonal. El código de vestimenta es obligatorio en asambleas y cuando así lo

dispongan los estatutos. El comité disciplinario es el encargado de vigilar su cumplimiento. La insignia de la Orden de Abogados está conformada por una medalla que integra la representación gráfica de las tablas de la ley, bañadas en esmalte blanco con letras doradas, sobre la cruz de Cristo —símbolo del sacrificio—, en esmalte encarnado y blanco, que significa el deber de obediencia a los principios de la moral y de la ley, y lleva inscrito el cargo correspondiente a la categoría de cada miembro. El bastonário portará la medalla suspendida por un collar dorado, y los demás miembros usarán una cita roja. La Orden de Abogados no sólo regula la profesión jurídica. Su extensa tradición permite que se consolide como un contrapeso en el equilibro del poder, la impartición de justicia y el respeto de las instituciones. Con el paso de los años preserva su labor social y su prestigio. La colegiación funge como una aliada para los abogados portugueses, porque desde su creación defiende y promueve el respeto de sus derechos, además de que es un facilitador de conocimientos que permite brindar servicios legales de calidad. Fuentes: • https://portal.oa.pt/. • http://www.expansion.com/estaticas/especiales/global-abogados/portugal.html. • https://www.abogacia.es/wp-content/uploads/2013/06/Informe-comparado-Colegiacionestructura-y-funciones-abogacia-UE27-ok.pdf.

El Mundo del Abogado

35


>> POSICIONES

Al analizar las ventajas e inconvenientes de las sentencias de conformidad, el autor de este texto apunta a la necesidad de no dejarse llevar por criterios puramente pragmáticos, que dan plena libertad negociadora a las partes, por lo que cobra relevancia la figura del juez como un protagonista activo en el proceso penal. Juan Carlos Ferré Olivé*

CONDENAS PENALES SIN PRUEBAS 36

El Mundo del Abogado

@Latinstock


E

El sistema de conformidad o plea bargaining, de origen estadounidense, está generando una auténtica revolución en el proceso penal. Sintetizando sus aspectos esenciales, se trata de que el presunto autor de los hechos acepte su condena sin necesidad de arriesgarse a pasar por un juicio en el que se sustenten pruebas, asumiendo anticipadamente su culpabilidad. A cambio, la inexcusable condena que se le impondrá será menor en buena medida. Se recurre, por lo tanto, al uso de incentivos y a la discrecionalidad que deja la solución del conflicto en manos de la fiscalía, bajo el control jurisdiccional (un control más aparente que real). Se trata de una solución que conecta plenamente con el pragmatismo procesal anglosajón, que desea evitar largos y costosos procesos y prescindir del azar en el resultado del juicio. En Estados Unidos, hoy por hoy, rige un sistema basado casi exclusivamente en conformidades, por lo cual es excepcional el recurso a un juicio en sentido estricto. En este contexto, es correcto afirmar que el fiscal se ha convertido en la figura más poderosa de la Sala de Vistas. Nuestros sistemas procesales, inspirados en otras fuentes filosóficas y jurídicas, ¿pueden incorporar sistemas de conformidad como los reseñados? En principio, la mayoría de los países plantea reticencias a la hora de permitir un espacio negociador tan amplio, ya que se exige un importante marco de garantías procesales. En algunas naciones se ha ido abriendo paso poco a poco un sistema de oportunidad reglada, es decir, la admisión de la facultad negociadora para determinados delitos, imponiendo límites o, en general, buscando alternativas para que se respete el principio de legalidad penal y procesal. En el modelo estadounidense el punto de partida es el libre reconocimiento de la culpabilidad, una declaración que se considera una confesión que sirve de base probatoria para que el tribunal aprecie la culpabilidad del sujeto sin necesidad de imponer a la acusación la carga de la prueba. En este contexto se produce la

negociación o regateo entre la acusación y el imputado (bargaining). No puede negarse la existencia de importantes aspectos positivos en el instituto de la conformidad. Desde una perspectiva práctica, la reducción del número de procesos penales y la celeridad en la obtención de una sentencia definitiva (simplificación procesal) deben ser bien recibidas. Se trata del favorecimiento de la economía procesal y, en definitiva, de una mejora del funcionamiento de la administración de justicia, sin ignorar el monumental ahorro de recursos económicos para el Estado. Reduce la labor de acusación, defensa y pago de jueces mediante la que todos resultan beneficiados simultáneamente, primando, por lo tanto, un criterio utilitarista. Desde esta perspectiva, el acusado que no confíe en su absolución obtendrá una reducción de la condena esperada. También en ocasiones produce beneficios prácticos para las labores de la investigación, pues ayuda a recibir información crítica acerca del funcionamiento de las redes criminales, sobre todo cuando la conformidad premia una delación o el aporte de pruebas. La conformidad posee otro aspecto claramente positivo. En el estricto espacio del Derecho penal y de los fines de la pena, es la solución que más aporta a la reinserción social del condenado, ya que constituye un mecanismo que limita los efectos más negativos de la pena —fundamentalmente la duración temporal de la pena privativa de libertad— sin dejar de hacer valer la vigencia del Derecho y la necesaria aplicación de una condena a todos aquellos que cometen hechos delictivos. Al mismo tiempo, dada la celeridad con la que se dicta la condena definitiva, se reduce el plazo de la perniciosa detención preventiva, pasándose a una ejecución efectiva de la pena. Sin embargo, no todo debe verse desde una óptica positiva, pues se pueden apuntar también aspectos negativos. En Estados Unidos son muchas las voces que actualmente consideran

El Mundo del Abogado

37


>> POSICIONES

la conformidad como ineficiente e injusta. Es evidente que esta institución resiente principios penales y procesales relevantes, como los de legalidad e igualdad. En orden a la legalidad, se afecta el deber general de perseguir el delito. Los ciudadanos que padecen la comisión de delitos (víctimas) se encuentran desapoderados de la acción penal de la que se hace cargo la administración a través del Ministerio Público, que en definitiva negocia rebajas de penas sin su consentimiento. También se aprecia que en algunos supuestos de conformidad los marcos penales se alteran, reduciendo el mínimo de pena que hubiera correspondido para el delito según los parámetros fijados por el legislador. El principio de igualdad también resulta afectado, en la medida en que sólo a uno de los responsables de dos delitos idénticos —aquel que acepte la sentencia de conformidad— se le aplicará una pena menor por el simple hecho de no haberse sometido a juicio y aligerar la carga probatoria de los responsables de las acusaciones y disminuir las tareas de los jueces. En el sistema estadounidense puede llegarse, incluso, a soluciones próximas a la exoneración completa de la pena (las condenas muy leves o la inmediata liberación de prisión) por aportar un testimonio incriminador, delatando a un tercero, si dicha prueba se considera esencial. Con carácter general, puede entenderse que se penaliza la ausencia de conformi-

38

El Mundo del Abogado

dad. De esta manera se desvirtúan los principios procesales y el papel de las partes en el proceso. En el sistema estadounidense es frecuente que se presenten cargos más severos o que se incrementen las penas solicitadas si el sujeto, en lugar de aceptar la oferta de conformidad que le plantea el Ministerio Fiscal, opta por ir a juicio. Los propios defensores del plea bargaining reconocen que uno de los principales problemas que plantea este recurso es que su dinámica estructural perjudica a los acusados que son inocentes, quienes, en caso de riesgo de una pena mayor, que podría ser impuesta en el juicio, prefieren la pena menor acordada en la negociación. No se trata de un ejemplo de laboratorio sino de la cruda realidad, pues están documentados errores judiciales clamorosos, originados en falsas confesiones —muchas de ellas logradas bajo presión y en sede policial— y sentencias de conformidad, que con el tiempo han logrado ser revertidos por la aparición de nuevas tecnologías, como las pruebas de ADN. También entra en juego otro factor importante, esto es, el costo económico del juicio que muchas personas no pueden soportar —amenazados, por ejemplo, con la pérdida completa de su patrimonio—, lo que los conduce a aceptar una pena menor, aunque sean inocentes. Esta decisión de un inocente de declararse culpable a cambio de una rebaja de su pena merma

considerablemente la confianza de los ciudadanos en la justicia. En cuanto al papel del juez, en el modelo estadounidense el plea bargaining parece ser cosa de dos: del fiscal y de la defensa, potenciándose el valor del acuerdo en una relación dual. El juez se presenta como un convidado de piedra. En otras palabras, la supervisión judicial es mínima. El juzgador no conoce todos los entresijos de la negociación realizada y el acusado acepta el trato ofrecido sobre la base de lo incierto y lo negativo que le podría ocurrir tras un juicio en sentido estricto. Es necesario un juez que ejercite un protagonismo activo, revisando muy cuidadosamente los acuerdos alcanzados y que no se deje llevar por criterios puramente pragmáticos que dan plena libertad negociadora a las partes o que satisfacen otros intereses (celeridad, estadísticas judiciales, descongestionamiento de la administración de justicia, etcétera). Parece básico, para poder admitir la conformidad, que exista un acuerdo negociado trilateral (fiscal, defensa y juez de control) con plenas garantías y no una solución bilateral con perfiles puramente contractuales, como la que prevalece en la actualidad en el sistema estadounidense, en la que el juez ha perdido todo protagonismo. * Catedrático de Derecho penal en la Universidad de Huelva. Bibliografía recomendada: • http://criminet.ugr.es/recpc/20/recpc20-06.pdf.



Mauricio Limón: Miguel Romero

“La nueva Ley Forestal abre las puertas a la explotación desmedida” Justamente cuando México se aprestaba a alcanzar una tasa de deforestación neta cero, la nueva Ley Forestal, impulsada por la SEMARNAT y la CONAFOR, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 5 de junio, revive la explotación desmedida de la década de 1990. De esta nueva ley nos habla Mauricio Limón, abogado experto en legislación ambiental.

40

El Mundo del Abogado


Entrevis ta

Mauricio Limón es abogado por la Escuela Libre de Derecho y doctor en Derecho por la Universidad de Navarra, España, con especialidad en Derecho corporativo y económico por la Universidad Panamericana, sede Guadalajara, y con especialidad en Derecho ambiental y globalización por la Universidad de Castilla-La Mancha, España. Se ha desempeñado como secretario general de Gobierno de Jalisco (2000-2001), titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional Forestal (2001-2003), coordinador general jurídico de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (2003-2005), subprocurador jurídico de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (2005-2006) y subsecretario de Gestión para la Protección Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de diciembre de 2006 a septiembre de 2012.

El Mundo del Abogado

41


Entrevis ta Cuáles son las principales preocupaciones respecto de esta nueva ley? Son varias, desde un proceso desaseado, mala técnica legislativa, confusión de atribuciones entre CONAFOR y SEMARNAT, hasta modificaciones conceptuales que abren la puerta a la explotación desmedida del recurso forestal, así como una nula consulta a los pueblos indígenas. ¿Cuál es el antecedente de esta ley aprobada? Se trata de una iniciativa que presentó el Partido Verde en la Cámara de Diputados, que tenía como espíritu dejar atrás la sobrerregulación que entorpecía la gestión forestal; sin embargo, ese objetivo se perdió. ¿A qué se refiere con un “proceso desaseado”? Los diputados de la actual legislatura, quienes fungieron como cámara de origen, se rehusaron a escuchar a los distintos sectores; sin embargo, una vez que le llegó la minuta a los senadores, éstos, ante las presiones que recibieron, y con el objeto de ser complacientes

con los distintos sectores, incorporaron sus propuestas y acabaron con una ley con múltiples visiones, circunstancia que se ve reflejada en contradicciones que traerán consigo incertidumbre jurídica. ¿Cómo puede influir esta mala praxis legislativa? Tan sólo basta leer algunos artículos de la nueva Ley Forestal para ver que no están claras las competencias de la SEMARNAT y la CONAFOR, lo que evidentemente traerá incertidumbre jurídica. El Sistema de Gestión Forestal desapareció y se incorporaron excepciones con fines de desregulación que ponen en serios peligros a nuestros bosques y selvas. ¿Cuál es la principal amenaza al recurso forestal mexicano? Sin duda alguna, el sector inmobiliario. Contrariamente a lo que se piensa, el sector pecuario o agrícola ya no es la principal amenaza; esa tendencia se corrigió a partir de 2003. Ahora, con esta nueva ley, se abre la puerta para que el sector inmobiliario reavive la explotación desmedida que prevaleció en la década de 1990.

“Se debe empujar una reforma en la siguiente legislatura que rescate la idea original, esto es, resolver la sobrerregulación que entorpecía la gestión forestal.” 42

El Mundo del Abogado

¿Qué aprobaron los legisladores para que estas condiciones terminaran prevaleciendo? Se modificaron conceptos que no debieron haberse tocado, como el que define lo que es un terreno forestal, pues ahora no se considerará como tal el terreno que se encuentre dentro de un centro de población, y agrega que tampoco será forestal aquel que no preste bienes y servicios forestales. Es decir, cambian el uso de suelo de un plumazo. También se dejó atrás el enfoque ecosistémico y se cambió por una visión meramente maderocéntrica. Los ciudadanos perdemos el derecho a un medio ambiente sano y se impone una visión meramente mercantil. ¿Y esto cómo influye? En este escenario, más de la mitad de nuestros bosques, selvas y semidesiertos quedan fuera de protección y las inmobiliarias ya no tendrán que pedir el cambio de uso de suelo para construir en aquellos terrenos que no producen bienes y servicios forestales. Es decir, ya ni siquiera tendrán que hacer el trámite y pagar por la compensación forestal, ya que esta nueva ley se equivoca en los parámetros para determinar qué sí y qué no es terreno forestal. ¿Cómo estaba antes y qué cambia? La ley de 2003 decía que el terreno forestal es aquel que está cubierto por vegetación forestal, sin ninguna distinción ni excepción. Con lo recientemente aprobado, el terreno forestal es aquel que está


cubierto de vegetación forestal y produce bienes y servicios forestales. La trampa está en que, para producir bienes y servicios forestales, conforme a la propia ley, ese terreno cuenta con un programa de manejo forestal; de no ser así, automáticamente deja de ser terreno forestal y no habría necesidad de tramitar el cambio de uso de suelo. Ante esta circunstancia, especialistas estiman que más de 50 por ciento de los terrenos forestales dejarán de serlo. Es decir, no será culpa de los desarrolladores, quienes aprovecharán esta nueva normativa, sino de quienes lo permitieron. ¿Qué se puede hacer frente a este panorama? Se está pensando en interponer varios recursos en contra de esta ley, con varias consideraciones: no se consultó a los pueblos indígenas, cuando la Suprema Corte obliga a hacerlo, y el cambio conceptual de terreno forestal constituye una violación al principio de no regresión y de progresividad, sin menoscabo de la inconstitucionalidad de varios artículos por la falta de certidumbre jurídica. ¿Cuál es su recomendación como experto en la materia? Se debe empujar una reforma en la siguiente legislatura que rescate la idea original, esto es, resolver la sobrerregulación que entorpecía la gestión forestal, así como fortalecer la forestería comunitaria y a los legítimos propietarios de los recursos forestales, que no es otra cosa sino establecer que

sean las personas las que realmente manden en sus terrenos. Hoy no es así. Hoy están sujetas al técnico forestal y a la autoridad, que tarda mucho en diseñar y avalar modelos de aprovechamiento. Existe, además, la necesidad de un rediseño institucional del sector forestal. Cambiando de tema y pasando a los nuevos decretos de reservas de agua, mucho se critica que con el cambio de zonas de veda a reservas de agua se abre la sobreexplotación a mineras y otras

industrias. ¿Qué nos puede decir al respecto? Lo primero que hay que decir es que en la mayoría de las cuencas hidrológicas incluidas en estos decretos, si bien existían uno o varios decretos de veda de los años 30, 50 y 70, también es cierto que de la década de los años 90 al año 2006 se publicaron decretos que suprimieron parcialmente las vedas. De esa fecha para acá se han venido otorgando concesiones y se han declarado áreas naturales protegidas en algunas de esas regiones hidroló-

El Mundo del Abogado

43


Entrevis ta

gicas, lo que hacía necesario establecer limitaciones en la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas disponibles y garantizar una determinada reserva de agua para uso doméstico y uso público urbano, así como para garantizar los flujos mínimos para la protección ecológica, incluyendo la conservación o restauración de ecosistemas vitales. ¿Se puede decir, entonces, que se privatizó el agua? Eso es imposible legal y constitucionalmente. Claro que hay quien entiende que otorgar una concesión es privatizar, lo que es falso. Pero aun así, estos decretos no otorgan derechos a nadie; todo lo contrario: aseguran una deter-

44

El Mundo del Abogado

minada cantidad de agua para el uso doméstico y público, y para el caudal ecológico. Entonces, ¿es cierto que los grandes industriales y las cerveceras podrán aprovechar el agua? Ya lo hacen mediante concesiones. Recordemos que estos decretos sólo se refieren a aguas superficiales. Además, hacer estos cambios implicó, en primer lugar, determinar mediante estudios científicos la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales por cada cuenca; en segundo lugar, identificar la cantidad de agua específica en cada una de ellas, y en tercero, consultar a los Consejos de Cuenca.

Donde hay déficit se mantuvo la veda y donde hay disponibilidad se decretó la reserva, precisamente para asegurar un uso ambiental o para conservación ecológica. Finalmente, recordemos que aproximadamente 70 por ciento del agua se usa para fines agrícolas y pecuarios, 20 por ciento para ciudades y 10 por ciento lo usan los industriales. ¿Esto qué significa? Que la mayoría se preocupa por el 10 o el 30 por ciento, en vez de preocuparse por el 70. Me parece que todos debemos poner el ojo en ese uso, eficientar el mismo y celebrar que el uso ambiental o de conservación ecológica llegó para quedarse.



>> POSICIONES

Considerando lo desprestigiadas que se encuentran las instituciones electorales frente a los ciudadanos, en tiempos de elecciones el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) debe velar para que su actuar se armonice con los principios de la justicia abierta exigidos en la actualidad, ante una sociedad escéptica del actuar institucional.

Jorge Luis Barrera Vergara*

EL TRIBUNAL ELECTORAL Y LA JUSTICIA ABIERTA

L

Los principios de la justicia abierta, referidos a la actuación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consisten en dar transparencia a las actividades que realizan; entre ellas, la rendición de cuentas y las de carácter jurisdiccional, así como propiciar el fomento de la participación y la colaboración de la población relacionadas con los procesos que son materia de su competencia, máxime cuando el país atraviesa por uno de los periodos electorales más controvertidos de los últimos tiempos. Para ello, se debe aumentar la confianza que la sociedad tiene en la institución judicial, encargada de

46

El Mundo del Abogado

revisar y salvaguardar la constitucionalidad y la legalidad, primordialmente de la actividad electoral que se desarrolla en el país, además de generar un acercamiento efectivo entre la ciudadanía y los magistrados. Pero, ¿cómo lograr ese objetivo? Para responder esta cuestión, debe decirse que para que exista un gobierno abierto es preciso hacer partícipe a la sociedad, mediante la implementación de ideas proporcionadas por los distintos sectores que la integran, para buscar soluciones a problemáticas que atañen a la función electoral, desde luego con fundamento en la justicia abierta.


Por otra parte, debemos recordar que el TEPJF se encarga de garantizar la constitucionalidad y la legalidad en el actuar de los participantes electorales, a través de resoluciones que diriman de manera efectiva las controversias correspondientes. Para hacerlo ha establecido diversos objetivos para cumplir con su labor cotidiana, esto es, reforzar el aspecto jurisdiccional, vigorizar la austeridad institucional y abrir al máximo la transparencia en beneficio de la ciudadanía. Sin embargo, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental 2017, realizada por el INEGI,1 en relación con la confianza que los ciudadanos participantes tienen en las instituciones electorales, éstas se encuentran en el decimotercer puesto, después de los medios de comunicación, lo cual revela que se deben tomar medidas para incrementar el nivel de convicción social en torno de la labor de la institución. En relación con lo anterior sería conveniente que la institución reflexione nuevamente acerca de sus objetivos: el reforzamiento jurisdiccional, la intensificación de la austeridad y la apertura a la transparencia, y si es posible reforzarlos a través de la implementación de nuevas acciones que tiendan a mejorar la visión que tiene la ciudadanía de la dependencia, empleando para ese fin un prototipo innovador de modernidad gubernamental que cumpla con los requerimientos que la sociedad demanda para estrechar nuevamente los lazos de confianza que se han degradado por distintos factores. La justicia abierta Es preciso mencionar que existe un modelo actual de gobierno que pugna por la protección, el acercamiento y la confianza entre las dependencias gubernamentales y los individuos, esto es, por una justicia abierta que se funda en los principios de transparencia de la información y en la participación y la colaboración ciudadana, así como en la rendición de cuentas, con los que se busca acrecentar la confianza de la ciudadanía por medio de una ideología de inclusión en la administración pública. Con base en esa línea de pensamiento es necesario que el TEPFJ implemente los principios rectores de la justicia abierta en su actuar cotidiano, pues con

eso, en un escenario específico y con una correcta aplicación, puede aumentar su legitimidad ante la población, así como incrementar la participación de la ciudadanía en los procesos electorales, otorgando para eso servicios con mayor eficacia, así como una efectiva rendición de cuentas acorde con los parámetros de transparencia adecuados, con lo que incluso se podría frenar la influencia de los poderes políticos que pudieran contaminar la actuación jurisdiccional. Para lograr lo anterior, el órgano electoral debe tomar medidas con el propósito de aprovechar los avances tecnológicos, como internet y redes sociales, para transparentar su actuación a través de la difusión de la información de relevancia y de trascendencia social de forma inmediata, y de ese modo iniciar una transición a la justicia abierta; sin que se pase por alto que el TEPJF ha implementado en su quehacer cotidiano el uso de la tecnología, ya que cuenta con una página web2 en la que difunde información muy variada, referente, entre otros temas, a su conformación, sus atribuciones, los informes de labores correspondientes, la información jurisdiccional relevante, el material concerniente a las elecciones en el país y las sesiones públicas que celebran. Y además hace uso de herramientas vanguardistas para lograr un acercamiento con la población, ya que tiene presencia en redes sociales como Twitter y Facebook, a través de las cuales también transmite información a la ciudadanía. Con lo anterior el TEPJF aspira a cerrar la brecha social entre la población y la institución, ya que busca interactuar de manera constante con los ciudadanos a través de las redes sociales con el objetivo de transparentar y lograr que la información llegue a toda la sociedad, cumpliendo de ese modo los objetivos de la justicia abierta referentes al acercamiento y a la participación social, puesto que mediante estas herramientas se pueden realizar cuestionamientos y proponer ideas para la solución de problemas concernientes al órgano colegiado. No obstante lo anterior, aún quedan retos por cumplir para que pueda afirmarse que el TEPJF ha cumplido a cabalidad con los objetivos del modelo de justicia abierta. Para alcanzar esa meta, como se afirmó al principio, deben reforzarse los objetivos del TEPJF, especialmente la apertura a la transparencia,

El Mundo del Abogado

47


>> POSICIONES

ya que no basta con la difusión parcial de la información, sino que debe garantizarse su efectivo acceso —conforme al artículo 6º, apartado A, de la Constitución— mediante sistemas que funcionen de manera sencilla, ágil y estandarizada, con la intención de que la ciudadanía asuma un papel activo en su carácter de peticionaria. Esto es, se deben reducir las complicaciones que resultan cuando se realiza una solicitud de datos en torno a la actividad que realiza el ente electoral. En ese sentido, se necesita restructurar y simplificar los procesos para acceder a la información, además de identificar las deficiencias que tienen los programas vigentes, mediante los cuales se realizan las peticiones de información electrónica, para conseguir un acercamiento efectivo con la ciudadanía a través de la inserción y el uso de la tecnología, pues al eliminar los obstáculos que impiden dar transparencia a esos aspectos, podrá generarse la convicción de un cabal cumplimiento de la labor que ejerce, aumentando, a su vez, la confianza en la institución. Asimismo, se deben crear programas de inclusión para la sociedad en general, con el fin de que participe en el fortalecimiento de las deficiencias latentes en la función jurisdiccional, pues con ello se puede reforzar la participación, la colaboración y el eventual acercamiento de la población, con el propósito de presentar propuestas de soluciones o de evitar posibles conflictos suscitados en la función cotidiana de la institución, a través de los aportes de juristas y académicos expertos, así como del consen-

48

El Mundo del Abogado

so de ideas provenientes de los distintos sectores de la comunidad en general. Debe procurarse, de igual manera, la publicación completa e inmediata de los datos referentes a los fallos jurisdiccionales de alta relevancia social, así como la información administrativa relativa a las estadísticas generales que permitan establecer las dimensiones de la actividad interna que se lleva a cabo, concerniente a las cargas de trabajo, los tipos de asuntos que se admiten y los que se desechan y la forma en que son resueltos, así como la divulgación de datos relacionados con la erogación de la partida presupuestaria asignada anualmente, precisando taxativamente los conceptos a los cuales se destinan esos recursos, con el propósito de generar certidumbre en la población en cuanto a tales aspectos. Si se aplica todo lo anterior, eventualmente podría generarse una armonización entre el actuar del TEPJF y la justicia abierta, ya que el fortalecimiento y la apertura a la transparencia son caminos que llevarían a la población a incrementar la confianza en la institución y así lograr que la legitimación del órgano jurisdiccional en plena jornada de elecciones se vea fortificada. * Licenciado en Derecho por la Universidad Loyola del Pacífico, con diplomado en derechos humanos en el Poder Judicial de la Federación por la Universidad Iberoamericana. Es analista jurídico SISE, adscrito al Tribunal Unitario de Circuito del Centro Auxiliar de la Séptima Región. 1

Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG) 2017. Dis-

ponible en http://www.beta.inegi.org.mx/contenidos/proyectos/enchogares/ regulares/encig/2017/doc/encig2017_principales_resultados.pdf. 2

http://portal.te.gob.mx/.


MÁS DE 350,000 SEGUIDORES EN NUESTRAS REDES SOCIALES

Twitter: @mundodelabogado Facebook: El Mundo de Abogado


DERECHO EN EL MUNDO

Víctor Emilio Corzo*

Trump vs. Hawái: la legalidad de las restricciones de viaje ño y medio tardó la administración Trump para poder sacudirse todos los recursos legales en contra de las restricciones de viaje impuestas en contra de nacionales de países principalmente musulmanes. Como lo prometió durante su campaña electoral, una de sus primeras acciones como presidente de Estados Unidos fue emitir la orden ejecutiva 13,769, firmada el 27 de enero de 2017, a través de la cual restringió el ingreso a territorio estadounidense —por 90 días— a nacionales de Irán, Somalia, Iraq, Libia, Sudán, Siria y Yemen, supuestamente por haber sido identificados por administraciones presidenciales anteriores como países que representan un alto riesgo terrorista. Todos recordamos los reportes de los medios de comunicación sobre el caos generado en los aeropuertos con la aplicación de dicha medida que, por los diferentes tipos de estatus migratorios que dentro de una familia —originaria de los Estados antes mencionados y con residencia en Estados Unidos— pueden existir (esto es, nacionales estadounidenses, residentes perma-

50

El Mundo del Abogado

nentes, con visa de turista de sus familiares), literalmente provocó separación familiar. Muchas personas quedaron varadas en terceros Estados por no poder abordar sus vuelos de conexión a Estados Unidos; otras tantas con visa estadounidense tuvieron que cancelar sus planes de estudio, y para las más desafortunadas se cerró la posibilidad de solicitar refugio en ese país. El argumento inicial esbozado por Donald Trump durante su campaña presidencial se esgrimió en respuesta al ataque terrorista perpetrado en junio de 2016 en la discoteca Pulse, en Orlando, Florida, donde 50 personas de la comunidad LGTB fallecieron a manos de una persona afiliada al Estado Islámico (esto es, al grupo terrorista ISIS). En ese tiempo Trump criticaba el sistema migratorio estadounidense y prometía que, de ganar, en respuesta a este tipo de ataques, suspendería “la migración de aquellas partes del mundo donde haya una historia probada de terrorismo en contra de Estados Unidos, Europa o [sus] aliados, hasta tener un pleno entendimiento sobre cómo acabar con dichas amenazas”. Característico de su estilo, aparte de declarar que el “Islam los odia”, entonces Trump también mezcló el tema del terrorismo con el de los refugiados, estigmatizando ambos escenarios de


@Latinstock

forma negativa y proponiendo la misma medida para los dos casos: detener el flujo de los migrantes/extranjeros (en específico, proponía rescindir el compromiso adquirido por Barack Obama de recibir a 10,000 refugiados sirios). A dos años de sus declaraciones vemos que el panorama ha cambiado mucho, y no para bien: la Suprema Corte de Estados Unidos declaró legales las restricciones de viaje y durante mayo y junio de 2018 se presenció el drama —con narraciones, audios, imágenes y videos— de cómo padres e hijos menores de edad migrantes (principalmente peticionarios de asilo), recién arribados a territorio estadounidense, eran separados de manera inhumana en la frontera y posteriormente transferidos a centros de detención. Órdenes ejecutivas El camino para que la Suprema Corte decretara la legalidad de las restricciones de viaje que la administración Trump emitió no fue sencillo. Para poder llegar a este punto la administración Trump tuvo que emitir diferentes órdenes ejecutivas a través de las cuales, poco a poco, fue modificando su argumentación jurídica para poder librar los múltiples recursos interpuestos en su contra. De esta manera, tenemos que de la primera orden

ejecutiva que restringía el ingreso a Estados Unidos a nacionales de siete países musulmanes (Irán, Somalia, Iraq, Libia, Sudán, Siria y Yemen) el espectro se terminó ampliando a países no musulmanes (para evitar las acusaciones de discriminación) incluyendo —aparte de los considerados inicialmente— a nacionales de Chad, Corea del Norte y Venezuela (aunque al final Chad, Iraq y Sudán quedaron fuera de la medida restrictiva). De igual forma, el criterio subjetivo empleado al principio para designar a los países vetados tuvo que ser revestido de cierta objetividad mediante la integración de criterios específicos que calificaban el grado de cooperación de los Estados extranjeros con las autoridades estadounidenses. De este modo había tres rubros por analizar: primero, en relación con la administración de la información de identidad se valoraba si las autoridades nacionales garantizaban la fiabilidad de los documentos de viaje; segundo, si las autoridades nacionales compartían información personal relacionada con vínculos terroristas, antecedentes penales, registros de nombres de pasajeros y tripulación, y tercero, si se tomaban en cuenta diferentes factores de riesgos, entre los cuales destacaba que el Estado era considerado refugio de terroristas o se negaba a admitir a sus

El Mundo del Abogado

51


DERECHO EN EL MUNDO

nacionales que eventualmente fueran deportados de Estados Unidos. Con ese criterio las autoridades estadounidenses identificaron 47 Estados con supuestas fallas de cooperación, con los que —después de acercamientos diplomáticos para que mejoraran sus esfuerzos— se determinó que ocho seguían con procedimientos deficientes y no cooperaban con las autoridades norteamericanas. Para esos ocho países identificados se establecieron diferentes excepciones específicas en lo que respecta a visas de estudiantes o de intercambio y de aquellas personas que —aun siendo nacionales de dichos países— ya contaban con el estatus de residentes permanentes o de refugiados en Estados Unidos, y se reconoció la facultad de las autoridades migratorias para evaluar caso por caso y determinar una posible exención a la restricción de viaje. De esta manera se evidenció el cambio radical de la primera orden ejecutiva, que de forma arbitraria y sin ofrecer razones claras restringía el acceso a territorio estadounidense a todos los nacionales de esos países. Análisis de la opinión de la Corte Como se pudo apreciar en los párrafos anteriores, el Ejecutivo federal buscó a toda costa sacudirse el estigma de que sus medidas solamente tenían como destinatarios a países musulmanes, lo cual, a final de cuentas, fue el argumento que le sirvió al estado de Hawái como base para su demanda. De conformidad con cálculos de la American Civil Liberties Union (ACLU), de los 150 millones de personas eventualmente afectadas con las restricciones de viaje, 95 por ciento son musulmanes, razón por la cual los demandantes argüían la violación a la establishment clause de la primer enmienda de la Constitución de Estados Unidos —según la cual se busca evitar que el gobierno estadounidense se pronuncie a favor de

52

El Mundo del Abogado

una religión o establezca de facto una religión oficial— ya que a su parecer las restricciones no obedecían a cuestiones de seguridad nacional sino simplemente a prejuicios en contra de una religión. Ante la Suprema Corte, el Ejecutivo federal estadounidense contraargumentó que no era justiciable el caso por tratarse de un tema político relacionado con la exclusión de extranjeros de territorio estadounidense, y como tales, dichos extranjeros no tenían ningún derecho para reclamar su ingreso a Estados Unidos. La Corte inició su análisis centrándose en las facultades presidenciales conforme a la Immigration and Nationality Act, en la que se reconoce que el presidente tiene el poder de “suspender la entrada de todos los extranjeros o de cualquier clase de extranjero” cuando “encuentre” que su ingreso “pueda ser perjudicial a los intereses de los Estados Unidos”. Bajo esa perspectiva la Corte confirmó que, primero, el presidente de Estados Unidos cuenta con “amplios poderes” para decretar esas restricciones; segundo, no existe una obligación para que se señale una fecha específica sobre cuándo van a terminar dichas restricciones; tercero, no es necesario realizar una justificación concluyente para respaldar sus conclusiones empíricas; cuarto, el presidente tiene la facultad no sólo de restringir el acceso de un grupo de extranjeros sino de “todos los extranjeros”; quinto, el ejercicio de esa facultad no contradice otras disposiciones de la ley, como las que contemplan el sistema de visas o de extensión de visados, y sexto, tal facultad es un atributo fundamental del poder de soberanía de Estados Unidos. En este sentido, la Corte se refirió a la aplicación anterior de esas restricciones, recordando que han sido empleadas en contra de nacionales de Cuba, Sudán, Rusia, Corea del Norte e Irán, en diferentes momentos históricos,


e inclusive como represalia en materia de política exterior. La Suprema Corte señaló que la visa es un privilegio y ningún extranjero tiene un derecho constitucional para exigir su ingreso a Estados Unidos. Por lo tanto, la visa sólo concede el derecho a tocar la puerta de ese país, pero no garantiza que el migrante pueda ingresar a territorio estadounidense. En otras palabras, son dos procesos completamente distintos: el que, por un lado, los cónsules estadounidenses siguen para determinar si una persona es elegible para la emisión de una visa, y, por el otro, el de la “determinación de admisibilidad” que las autoridades migratorias estadounidenses realizan en el Puerto de Entrada. Estos dos procesos son independientes y compatibles con cualquier restricción adicional que pueda establecer el presidente estadounidense. De esta forma, la Suprema Corte de Estados Unidos, en una votación cerrada (5-4), concluyó que las restricciones de viaje impuestas por el Ejecutivo federal estadounidense respondían a un interés legítimo de seguridad nacional y son producto de un proceso de revisión realizado por varias agencias gubernamentales y miembros del gabinete, y que fueron emitidas conforme a las facultades que le otorga la ley al presidente. Conclusión Realmente ha sido difícil dejar de dar seguimiento a lo que acontece en Estados Unidos, especialmente por la incredulidad ante la postura radical que la administración federal actual ha adoptado durante los últimos 18 meses respecto del resto de la comunidad internacional. Fiel a su lema de campaña “America First, America First”, Donald Trump ha adoptado una política exterior realista mediante la cual literalmente se conduce como si no existieran otros países y con una estrategia de negociación distributiva donde forzosamente existe un ganador y un perdedor. Esta actitud ha desembocado en un desconcierto general ante la renuncia tácita de Estados Unidos a

su liderazgo global (especialmente en el mundo unipolar en el que vivimos) y la actitud que ha adoptado frente a temas de gran importancia a nivel global que ha desembocado en su salida del Acuerdo de París, del Acuerdo con Irán (que a su vez derivó en la presentación de una demanda en contra de Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia por la reimposición de sanciones en contra de Irán), de la UNESCO, del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica; así como en la guerra comercial con China y la Unión Europea; su intercambio amenazante con Corea del Norte (aunque hay que reconocer que se logró celebrar una cumbre entre ambos países); el bombardeo unilateral realizado en contra de Siria; las desavenencias con sus mayores socios comerciales al amenazar con dar por terminado el TLCAN; el cambio de su embajada de Israel a Jerusalén; la confrontación con los países del G-7 y de la OTAN, y su retórica amenazante en la ONU donde retoma el argumento bipolar: “Están con nosotros o en contra de nosotros”. Si bien existen instituciones sólidas en Estados Unidos que han servido de contrapeso a la presidencia, es evidente cómo aquella reticencia se diluye cada vez más, especialmente al topar con la innegable facultad presidencial para definir temas de política exterior, seguridad nacional y comercio internacional. Lamentablemente, estas “falacias nominales” apoyadas de un positivismo jurídico nacionalista muchas veces truncan la visión monista bajo la cual debieran operar los Estados vis-à-vis la normativa internacional de derechos humanos. En este sentido, no queda más que seguir en nuestro papel de espectadores en espera de que este cambio de política no afecte más el ya de por sí frágil sistema de pesos y contrapesos a nivel mundial.

* Doctor en Derecho y diplomático de carrera experto en Derecho internacional. Contacto: @VE_Corzo.

El Mundo del Abogado

53


Entrevis ta

María de la Luz Lima Alejandra Silva Carreras

Apuntes sobre el Derecho victimal La Sociedad Mundial de Victimología, con sede en Adelaide, Australia, reúne a académicos, representantes de instituciones y organizaciones dedicados a mejorar la situación de las víctimas de delitos y de abuso de poder en todo el mundo. Cada tres años realiza un simposio y otorga el Certificate of Appreciation a una persona que se haya destacado en el mundo por su tarea práctica en el diseño, implementación y vigilancia de las políticas públicas en atención a víctimas. En esta ocasión recibió el premio la académica mexicana María de la Luz Lima Malvido, quien nos habla del estado actual de esta disciplina en nuestro país.

54

El Mundo del Abogado


María de la Luz Lima Malvido es licenciada en Derecho, especialista en ciencias penales y doctora en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Está certificada en estudios de terrorismo por la Universidad de Saint Andrews, Escocia, y en investigación criminal y negociación de rehenes por el FBI. Actualmente es profesora e investigadora nivel C del Instituto Nacional de Ciencias Penales e investigadora nacional del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, nivel 1. Pertenece a diversas sociedades científicas y de investigación. Es miembro de número de la Academia Mexicana de Ciencias Penales, miembro fundador de la Sociedad Mexicana de Criminología y de la Sociedad Mexicana de Victimología, miembro del consejo de dirección de la Sociedad Internacional de Criminología y miembro vitalicio de la Sociedad Mundial de Victimología.

El Mundo del Abogado

55


Entrevis ta Qué representa para usted haber recibido el Certificate of Appreciation de la Sociedad Mundial de Victimología? Una gran emoción y un compromiso. Entre los premiados se encuentran personas que yo admiro muchísimo, como el creador de la victimología, Benjamin Mendelssohn. También está Hilda Marchiori y mi mentora, Irene Melup, quien construyó el estándar internacional de víctimas de delitos y abuso de poder de 1985. Me parece importante representar a Latinoamérica y alzar el nombre de México —más que el de la doctora Lima—, porque en este país y en esta región han surgido aportaciones valiosas para el mundo desde la victimología. Es un gusto, un honor y un compromiso. ¿Cuáles han sido sus aportes en el campo de la victimología y la política pública que la hicieron merecedora de esta distinción? Crear los primeros servicios a víctimas en el gobierno en México a principios de la década de 1990 (para víctimas de delitos sexuales, para personas extraviadas o ausentes y para víctimas de secuestro) e impulsar leyes victimales en México y en Latinoamérica; dise-

ñar y poner en marcha la primera maestría en victimología, y posteriormente, impulsarla en varias entidades federativas, además de profesionalizar a los servidores públicos y a los miembros de la sociedad civil en el ramo. Además de su amplio trabajo institucional en la construcción de políticas públicas victimales ha impulsado la participación de la sociedad civil. ¿Por qué? Luis Aguilar decía que si la sociedad civil no interviene, no se puede hablar de política pública. Eso es política gubernamental. Por eso, cuando fui diputada durante la LVI legislatura federal propuse y fue aprobada una Comisión de Participación Ciudadana, actualmente en funciones, en el marco de la construcción de una democracia participativa, deliberativa y ciudadana hacedora de consensos para el fortalecimiento del poder público y de la sociedad civil. La comisión tiene la responsabilidad y el compromiso con la sociedad mexicana, y crea un espacio para que las voces y las demandas sean tomadas en cuenta. Ésta era continente y contenido; primero, porque cada vez que aprobábamos una ley, teníamos

“Existen regímenes específicamente regulados por leyes especiales cuya constitucionalidad en ocasiones resulta muy cuestionable.” 56

El Mundo del Abogado

la obligación de permitir y fomentar que la sociedad participara y que opinara, y también porque todas las leyes que sancionáramos debían contar con un capítulo de participación ciudadana. Lo anterior se hizo para la redistribución del espacio público. La comisión produjo y presentó, después de una gran consulta pública, una ley de fomento de las actividades realizadas por las organizaciones de la sociedad civil, aprobada años más tarde y vigente en la actualidad. ¿Considera que la actual participación de la sociedad civil tiene suficiente fuerza en la toma de decisiones de las políticas públicas? Aun no. Cuando terminé mi cargo como diputada federal dirigí un movimiento nacional con el cual instalamos más de 1,500 comités en todo el país. Fue la primera instancia ciudadana que interactuaba con el Sistema Nacional de Seguridad Pública en la toma de decisiones. Se trató de un comité que trabajaba de manera activa en la construcción de políticas públicas. La estructura que se ha diseñado a través de diversos mecanismos para la participación de la sociedad civil en las nuevas leyes se ha ido convirtiendo en “pactos de simulación” que legitiman el quehacer gubernativo. La elección de personas con perfiles controvertidos se ha convertido en una arena de discordia donde se pide la objetividad y la eficacia de resultados.


Pero, hay que decirlo, han surgido instituciones que realizan un trabajo ejemplar; por ejemplo, México Evalúa y la Academia Mexicana de Derechos Humanos. Durante su labor como diputada federal presentó una Ley de Justicia de Víctimas cuando las víctimas no formaban parte del proceso y casi no existían derechos para las ellas. ¿Qué representó esa ley en ese momento? Esa ley se inspiró en la Ley de Auxilio a Víctimas del Delito que Sergio García Ramírez realizó para el Estado de México en 1969. La verdad fue una sorpresa porque los legisladores no la entendieron. Me dijeron que el Estado jamás sería subsidiario en la reparación del daño. Destrozaron la ley y emitieron opiniones muy fuertes en contra de la iniciativa. Pasaron 10 años para que se aprobara, pero poco a poco fuimos permeando el tema de la justicia a víctimas y logramos impulsarlo en el Senado de la República; enviamos documentos para promover la reforma constitucional. Esto, porque cuando en 1989 iniciamos los servicios para las víctimas en el Distrito Federal todavía no había derechos de las víctimas en la Constitución. ¿Por qué fue importante el reconocimiento de las víctimas en la Constitución mexicana? Con el reconocimiento de los derechos de las víctimas en la Constitución hay un nacimiento del Derecho victimal mexicano. Cuando comencé a hablar del

asunto, se reían de mí, pero ahora es obvio que la disciplina ha crecido mucho y se está consolidando. La reforma constitucional fue relevante pero todavía no me siento a gusto con lo referido en el artículo 20 constitucional. En el Código Nacional de Procedimientos Penales se dice que la víctima es un sujeto y que tendrá la calidad de parte en el procedimiento (artículo 105), pero esto no es muy claro en la Constitución. La Ley General de Víctimas señala que la víctima podrá participar en la formulación, la implementación y el seguimiento de la política pública. Consideramos que ese derecho habría que agregarlo en la Constitución, además de la Ley General de Víctimas. Para lograr un cierre fuerte se necesita que este nuevo sistema de justicia aplique de manera eficiente los nuevos mecanismos que se han creado a favor de los derechos de las víctimas.

¿Qué dificultades existen en la actualidad para el avance del sistema acusatorio desde la perspectiva victimológica? No obstante que la Ley General de Víctimas, con la reciente reforma de 2017 de su artículo 125 bis, establece que la asesoría jurídica estará integrada por abogados, peritos, profesionales y técnicos de las diversas disciplinas que se requieren para la defensa de los derechos previstos en esta ley, y que se contará con un servicio civil de carrera, observamos que los asesores jurídicos no están apoyando a las víctimas de manera adecuada, ni resolviendo conflictos. Falta mucho para que permeé un conocimiento claro del Derecho victimal; hacen falta miles de asesores jurídicos. No es cierto que la reforma esté haciendo un cambio; todavía se requieren muchos profesionales. Y se dará el paso para exigir que, así como desde el inicio del procedimiento el impu-

El Mundo del Abogado

57


Entrevis ta

tado debe tener designado un defensor, tendrá que ser obligatorio igualmente que la víctima deba tener su asesor jurídico. En el sistema penal se han discutido por muchos años los derechos y las garantías del imputado; por el contrario, la discusión de los derechos de la víctima es reciente. ¿Qué haría falta para fortalecer los derechos de las víctimas? Un principio epistemológico es que en el Derecho penal nunca se va a estudiar a la víctima. El Derecho penal es el ius puniendi que establece los límites del derecho a castigar. Y el sistema de justicia penal se centra en cómo hacer que los derechos del imputado se hagan efectivos. Por eso

58

El Mundo del Abogado

debemos trabajar paralelamente en el desarrollo del Derecho victimal. Zaffaroni dijo que mientras más reparadora es la justicia, es menos penal. Lo que tenemos que hacer es dejar de pensar en los derechos de la víctima sólo dentro del marco penal. El Derecho victimal debe estar mucho más desarrollado. Es importante reforzar el contenido del artículo 20 constitucional y también trabajar para que se cumplan las leyes, porque tenemos muchos derechos y muchas leyes, pero debemos hacer efectivo su cumplimiento. En lo que se refiere al alcance que tiene el control de convencionalidad, hemos constatado que muchos operadores de justicia no saben cómo aplicarlo.

Desde la perspectiva del Derecho victimal, ¿qué retos enfrenta el sistema penal acusatorio? Uno de los grandes retos del sistema penal acusatorio, en relación con los derechos de las víctimas, es la urgencia de impulsar la formación integral de profesionales para que interactúen con las víctimas. Otro, es que los defensores deben conocer la materia victimal. También los abogados, para elegir en qué casos deben aplicar el litigio estratégico que tenga como consecuencia una mejora de las políticas públicas. Pero eso sólo se logra con personal profesionalizado, no con personas que reciben un curso de pocas horas. Hace aproximadamente un año se reformó la Comisión Ejecutiva


de Atención a Víctimas. ¿Esta reforma es benéfica para su fortalecimiento o no logra alcanzar los objetivos deseados? La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) nació muerta. Su antecedente fue la Procuraduría Social de Atención a Víctimas de Delitos, una instancia que surgió con una problemática de política pública, porque se integró con una idea social, cuando lo que se necesitaba era una Procuraduría de Justicia, y no se etiquetó presupuesto para su operación. La Procuraduría Social tenía una orientación asistencialista y operó de manera distinta a su mandato, porque se centró en la violencia intrafamiliar. Cuando terminó el sexenio del presidente Felipe Calderón hubo intentos de desaparecerla, pero con base en el principio de progresividad se decidió transformarla en una comisión. El problema fue que en lugar de crear un ombudsman como el que existe en Canadá le dieron atribuciones para diseñar política pública, operar un fondo y recibir a víctimas. La CEAV no tenía por qué recibir a víctimas, puesto que éstas ya cuentan con instancias especializadas y oficinas en las procuradurías. Lo que tendría que haber hecho era vigilar para que fuera efectiva la defensa y el acceso de justicia de las víctimas de delitos. Y en los casos de abuso de poder, promover el uso del análisis de contexto que hace posible identificar y caracterizar las estructuras criminales complejas, sus planes y su modus operandi, así como com-

prender la naturaleza de crímenes complejos mediante patrones que expliquen su comisión. Se necesita que se aprieten las tuercas, que se analice por qué algo no funciona y promover cambios ejecutivos Con una visión de fondo sobre los mecanismos de la alerta de género contra las mujeres, ¿cree que éstos están funcionando o se requiere repensar la política para tener mayor fortaleza? La alerta de género se creó como un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres y como un instrumento de respuesta ante situaciones de violencia feminicida. Constituye un logro que implica el combate a la impunidad. El mecanismo, que es victimológico, ha servido porque obliga a los Estados a fortalecer la investigación y la procuración de justicia, atender los pendientes legislativos en la materia, entre otros, así como realizar acciones que no estaban haciendo e impulsar políticas públicas importantes. Cuando el mecanismo era selectivo, operaba mejor en tres o cuatro estados, pues se establecían acciones muy concretas. Pero ahora, casi tres cuartas partes de los estados tienen alerta o ésta está en trámite. Hasta hoy se han declarado 13 alertas, siete de las cuales no se consideraron procedentes y nueve están en trámite. A su vez, algunos estados establecieron en sus leyes locales ese mecanismo y lo aplican directamente.

Como lo afirmó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su diagnóstico de los grupos de trabajo que dan seguimiento a esos procedimientos, es necesario fortalecer los protocolos, así como crear las condiciones de implementación de las acciones con solidez metodológica y con posibilidades de ser evaluadas. ¿Qué problemas detecta en la forma en que se está construyendo la victimología en el plano normativo? El problema más grave de la victimología es que no es penal. Además, como se trata de una ciencia joven, los victimólogos no hemos tenido el suficiente tiempo para generar conceptos epistemológicos que la fortalezcan. Hemos dejado que el legislador represente en la ley. Por eso nuestra Ley de Víctimas los tiene prevenientes del Derecho humanitario, del Derecho de protección civil y del Derecho procesal. En el Senado no se discute qué es el tipo penal, o el dolo eventual; éstos fueron acotados hace muchos años. En el Derecho victimal no ocurre lo mismo; apenas estamos conformando sus contenidos y ya tuvieron que hacerse las leyes. Hay que aplicarlas porque son los criterios jurídicos, pero es necesario que la ciencia se consolide para que se dé forma correcta a las leyes. Habrá que analizar las categorías fundacionales, redefinir algunas e impulsar nuevos conceptos para que permeen en las leyes.

El Mundo del Abogado

59


OPINIÓN

Bernardo Bátiz V.

¿Cómo será la relación entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial a partir del 1° de diciembre de este año? El autor expresa su preocupación por que se encuentre un justo medio entre un poder presidencial absoluto y una pulverización del poder que convierta al presidente en una figura decorativa y protocolaria.

EL PODER l candidato de Morena a la Presidencia de la República alcanzó la más alta votación de la historia del país. El Poder Ejecutivo recayó en el personaje público más conocido, mencionado y escuchado de los años recientes, electo con la votación recibida en su favor y el beneficio indirecto de la emitida en pro de su partido y de sus compañeros candidatos; con ello asumió un poder indiscutible, tiene el apoyo de la mayoría del pueblo y a partir del 1º de diciembre será el administrador de la hacienda pública y el jefe nato de las Fuerzas Armadas, hacia el interior; será el responsable político de mayor nivel y asumirá el liderazgo de la política exterior. Lo que no tendrá, y está bien, es el poder de juzgar e inter-

60

El Mundo del Abogado

pretar la ley que corresponde a jueces, magistrados y ministros integrantes del Poder Judicial. Tampoco es legislador. Para eso está el Congreso de la Unión, con sus cámaras, la de diputados y la de senadores. Puede iniciar leyes mediante proyectos que presente; tiene el derecho a que las que él decida tengan prioridad al ser discutidas; tiene el derecho de veto si la ley aprobada no es de su agrado y está facultado para devolverla con observaciones, pero en materia del Legislativo no tiene la última palabra. Eso dispone nuestra Constitución y así debe ser. El artículo 49 de nuestra Carta Magna es claro: el supremo poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El segundo párrafo hace explícita la teoría de la división de poderes y completa el concepto expuesto en el primero: no podrán

reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación ni depositarse el Legislativo en un individuo. En esos párrafos está la teoría clásica de la división de poderes, que llega a nosotros con resonancias de la Grecia clásica, en la Política, de Aristóteles, que luego adelantaron los ingleses Locke y David Hume, pero que expuso con magistral claridad Montesquieu en El espíritu de las leyes. Su texto preciso es el siguiente: “Cuando la potestad legislativa está reunida a la ejecutiva en una misma persona o cuerpo de magistratura, entonces no hay libertad, porque se puede temer que el mismo monarca o el mismo Senado haga leyes tiránicas, para ejecutarlas. Tampoco hay libertad si la potestad de juzgar no está separada de la legislativa y de la ejecutiva. Si estuviese anexa a la potestad legislativa, sería arbitraria de disponer de la


@Latinstock

vida y de la libertad de los ciudadanos, puesto que el juez sería legislador. Si estuviese unida a la potestad ejecutiva, podría el juez tener la fuerza de un opresor. Todo estaría perdido si en un mismo hombre o en un mismo cuerpo de los principales, de los nobles o del pueblo, tuviese el ejercicio de las tres potestades, la de hacer leyes, la de ejecutar las resoluciones públicas y la de juzgar los delitos o las diferencias de los particulares”. En esta división en tres titulares del ejercicio del poder, dos recaen en cuerpos colegiados, o al menos plurales —el Legislativo y el Judicial—, y el tercero en una persona singular, el titular del Ejecutivo, el presidente de la República. A este último, históricamente, lo amenazan dos peligros contrarios desde flancos diferentes. Uno es la acumulación del poder en una persona. Tradicionalmente, en México y en otros países al

Ejecutivo se le han subordinado el Legislativo y el Judicial. La otra sombra de riesgo es la inversa; al lado del Ejecutivo se multiplican órganos autónomos, no subordinados y con poderes propios, que le recortan facultades y compiten con él. El justo medio es lo mejor: ni tanto que queme al santo, ni tanto que no le alumbre. Ambos extremos deben preocuparnos: ni un poder presidencial absoluto ni tampoco la pulverización del poder. El ejemplo del primer vicio lo conocemos de cerca; un caso doloroso y de pésimas consecuencias fue el Pacto por México. El actual titular del Ejecutivo puso a los legisladores a su servicio por conducto de sus partidos para desmantelar decisiones políticas fundamentales de nuestra Constitución, al grado de poner en riesgo la soberanía nacional. El otro extremo lo encontramos en el intento de una parte de la sociedad civil, que pretende

acotar al presidente, quitándole funciones capitales para gobernar, por lo que se convertiría en una figura decorativa y protocolaria. A México no le conviene ni un Poder Ejecutivo pulverizado ni un dictador. Lo justo, lo equilibrado, es un presidente fuerte y con las riendas de la gobernabilidad bien seguras en sus manos, y enfrente un Legislativo consciente de su papel, ciertamente no enemigo, pero sí autónomo del Ejecutivo, con facultades claras e información suficiente y oportuna para desempeñar su papel constitucional y muy consciente de ser el contrapeso y el límite del otro poder. Si esto queda bien claro, el gran paso a la democracia del día primero, llevará a este segundo, tan importante también para el futuro de México. * Artículo publicado en La Jornada el 23 de julio de 2018. Se reproduce con autorización de su autor.

El Mundo del Abogado

61



LIBROS

Universitario de vida completa. Memorias académicas y recuerdos personales Héctor Fix-Zamudio, Porrúa, México, 2016

G

abriel García Márquez refiere que “la vida no es lo que uno vivió, sino la que uno recuerda y cómo la recuerda para contarla”. Toda obra autobiográfica es la expresión más clara de la ficción de la vida misma; es el relato de un recuerdo subjetivo que se ciñe a la memoria y también al acto de olvidar. Es, además, la expresión de un pasado que se va dibujando a partir de los ojos de un testigo que da cuenta de transformaciones sociales, políticas y culturales de un tiempo determinado. ¿Por qué escribir una autobiografía? Para dejar

testimonio de un México que se encuentra en constante transformación y, según la visión de Héctor Fix-Zamudio, para transmitir los trabajos y las visiones que formaron parte de su generación. Como sostiene: “En mis más de 91 años he podido atestiguar muchos acontecimientos alegres y tristes, trascendentes y cotidianos. Doy gracias a nuestro Creador por la oportunidad de presenciarlos y por haber participado en algunos de ellos. A la suerte de haber sobrevivido a muchos de mis contemporáneos se une la pena de haberme quedado casi solo. Por eso he tenido el atrevimiento de relatar mis vivencias de tantos años, con la esperanza de poder transmitir mis trabajos y las ilusiones de mi generación.” A través de esta reflexión, el académico mexicano retrata su vida. En la obra, Universitario de vida completa. Memorias académicas y recuerdos personales, el autor permite que sus lectores conozcan aquellas vivencias que lo fueron formando a lo largo de su vida perso-

nal, pero también profesional; atendiendo, como él mismo lo refiere, actos intrascendentes pero también neurálgicos del tiempo que le tocó vivir. A lo largo del texto, el autor divide su vida en dos etapas: “La primera comprende la infancia, la adolescencia y la juventud. La segunda abarca mis estudios profesionales, mi labor en el Poder judicial de la Federación y, finalmente, mi dedicación a la que ha sido mi verdadera vocación: la docencia y la enseñanza en la Universidad Nacional Autónoma de México, que inicié en el lejano 1956, cuando ingresé al

entonces Instituto de Derecho Comparado, ahora Instituto de Investigaciones Jurídicas”. Con esta autobiografía Fix-Zamudio recurre a su experiencia, a sus conocimientos, a sus recuerdos y a sus vivencias para revivir un pasado cargado de alegrías, tristezas y aprendizajes, ceñido a su actividad intelectual y a su quehacer académico, porque su obra es parte sustancial de su propia existencia. Leerlo significa conocer al autor, pero también a México, y entender el Derecho desde la perspectiva del renombrado jurista. Alejandra Silva

Leer este libro permite conocer al autor, pero también entender el Derecho desde la perspectiva del renombrado jurista.

“Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa.” Montesquieu

El Mundo del Abogado

63


LIBROS Derecho notarial. Ensayos sobre competencia, consumidores y ciudadanos Fernando García Sais, Tirant lo Blanch, México, 2018

M

ás que una obra sobre Derecho notarial, este libro constituye un texto sobre el notariado mexicano como una institución que se conforma de profesionales que realizan una gran cantidad de servicios. A manera de justificación, el autor advierte a sus lectores que el Derecho notarial mexicano no ha sido objeto de reflexiones teóricas o dogmáticas, a pesar del profundo camino histórico de esta rama del Derecho; sostiene que la mayoría de los textos sobre la disciplina son extranjeros y se caracterizan por un análisis formal de la materia. Precisamente por ese motivo el autor parte de una

64

El Mundo del Abogado

amplia reflexión sobre el objetivo y la finalidad de la figura del notario y sus principios y los derechos de los clientes. También aborda el papel del notario en la economía de mercado actual y en el diseño del sistema en México. Se trata de una compilación de diversos artículos publicados en periódicos y revistas, que si bien son de fácil acceso para el lector no especializado, se encuentran dotados de un rigor científico y académico que permite ampliar las reflexiones sobre la materia que se analiza. Estos artículos están organizados en nueve ejes temáticos principales: el quehacer del notario actual, el notariado competitivo, los consumidores y el mercado de la fe pública, las sociedades mercantiles, la familia, las sucesiones, los contratos, las operaciones inmobiliarias y, finalmente, la defensa del consumidor notarial. En un primer momento, García Sais advierte que el notariado constituye una

garantía para la sociedad porque se trata de un abogado al que el Estado ha delegado la fe pública, es colaborador del fisco y de otras autoridades, y es una institución autónoma y de interés público. Una vez que se ocupa de manera general de la figura del notario público, el autor reflexiona acerca de cómo propiciar un notariado más competitivo, porque “a mayor competencia, mejores precios y mejor calidad del servicio. Si los notarios compitiéramos libremente,

los más beneficiados serían los clientes”. Con base en esta visión la elección del notario se haría en función de la calidad de los servicios y de su capacidad para brindar legalidad a los actos que realiza. De esta forma, el autor reflexiona en la actividad del notariado, en su quehacer como institución fundamental del Estado mexicano, en las tareas pendientes y en las grandes cuestiones a las que está sujeta esta institución en la sociedad actual.

El Derecho notarial mexicano no ha sido objeto de reflexiones teóricas o dogmáticas, a pesar del profundo camino histórico de esta rama del Derecho; la mayoría de los textos sobre la disciplina son extranjeros y se caracterizan por un análisis formal de la materia.


LIBROS Manual de historia del Derecho mexicano Luis René Guerrero Galván, Fondo de Cultura Económica, México, 2018

L

a historia —al igual que las matemáticas o el lenguaje— es una disciplina medular para el entendimiento del ser humano y su devenir en el mundo; más allá del simple conocimiento de la sucesión de hechos, se trata de comprender la forma en que el pasado incide en el presente, pues como advertía Napoleón Bonaparte: “Aquel que no conoce su historia está condenado a repetirla”. Se trata de una disciplina que permite entender el desarrollo del pensamiento, la cultura y la sociedad. Esto es porque los seres humanos, como sujetos históricos, estamos atados a un pasado que define nuestro presente y vaticina el futuro. Alejarnos de la historia, negarla u olvidarla, implica desconocer nuestra propia existencia. Es así que esta disciplina cobra una gran relevancia para el sistema jurídico. ¿Cómo comprender la estructura y el funcionamiento del Derecho civil, si no se conoce el desarrollo del Derecho romano? Toda institución actual, toda ley o norma

vigente, es resultado de un acto pasado que dio forma y permitió su evolución. Precisamente por esos motivos, Luis René Guerrero Galván publicó en el Fondo de Cultura Económica el libro Manual de historia del Derecho mexicano, con el objetivo de que los juristas entiendan el desarrollo y la evolución de los sistemas jurídicos nacionales. Este libro, más que centrarse en la mera evolución cronológica de la ley, parte de la necesidad de comprender el Derecho como un producto cultural, es decir, como una forma de hacer y obrar en una sociedad que “influye tanto en la vida económica, como política y cultural de las sociedades, así como todas las facetas influyen en él”. El sistema jurídico mexicano ha sufrido profundas transformaciones en la última década; el Derecho nacional evoluciona de manera vertiginosa, lo cual genera nuevos paradigmas y formas de aplicar el Derecho. Esos cambios se han encontrado

aparejados con las mismas transformaciones sociales, pues al final el Derecho es una ciencia social que incide, transforma y conforma la cultura. ¿Cómo comprender tales cambios si no entendemos de dónde proceden o qué los motiva? ¿Si no incidimos en nuestra historia? Leer el libro de Guerrero Galván es voltear a ver nuestro pasado, comprender el sistema que motivó la conformación de una ley vigente en un punto determinado del tiempo, entender un sistema de pensamiento y su evolución. Todo con el fin de conocer

nuestra realidad actual y los nacientes paradigmas jurídicos. Alejandra Silva

Más allá del simple conocimiento de la sucesión de hechos, se trata de comprender la forma en que el pasado incide en el presente.

“La justicia sin fuerza es impotente; la fuerza sin justicia es tiránica.” Blaise Pascal

El Mundo del Abogado

65


20 AÑOS DE OFRECER LA ACTUALIDAD JURÍDICA A LOS ABOGADOS DE MÉXICO.

SUSCRÍBETE 5559-2250 5575-6321

suscripciones@elmundodelabogado.com


LIBROS Mi última defensa Jesús Zamora Pierce, Porrúa, México, 2018

M

i última defensa, de Jesús Zamora Pierce, es la historia verdadera del drama en que se ha convertido la justicia penal en México. Narrado en primera persona, el abogado penalista relata su experiencia con la defensa de Leticia, una mujer condenada a 50 de prisión por el Tribunal de Juicio Oral de la Ciudad de Parral, en Chihuahua. Zamora Pierce inicia su relato el día 4 de agosto de 2015, cuando recibió la llamada de María Villalobos, hermana de la acusada. En esa fecha Leticia ya había sido condenada y requerían su apoyo para iniciar el recurso de casación. El abogado dudó en tomar el caso, estaba por retirarse y no conocía los antecedentes. Además, sólo contaba con 10 días para allegarse toda la información pertinente para la de-

fensa; pero la insistencia de María fue tal, que optó por defender a la sentenciada. A partir de ese momento Zamora Pierce se puso en contacto con el abogado de Leticia: Héctor Villasana; de la información que le proporcionó, descubrió que el 1º de mayo de 2012 Mario Montoya Chávez —esposo de Leticia— fue asesinado. También supo que los autores materiales del crimen fueron Fredy (un trabajador de la víctima), Honorato, Salomón y dos menores de edad: Julio y Marcos. Si bien los victimarios confesaron haber realizado el crimen, no expresaron ningún motivo. Fue por eso que el Ministerio Público comenzó a indagar en una nueva línea de investigación: “Leticia le pagó a Fredy para matar a su esposo”. Con base en lo anterior, Leticia fue acusada como autora

intelectual, pero ¿se comprueba la hipótesis?, ¿existió algún elemento de prueba que permitiera hacer pensar en la culpabilidad de Leticia? ¿O se trató de un acto violatorio de derechos humanos? Zamora Pierce nos presenta a Leticia, tal como él la fue conociendo, y nos permite observar los testimonios, las declaraciones y el fondo del proceso penal. A partir de esta experiencia —su última defensa— nos muestra el interior del sistema penal con el objetivo de hacernos reflexionar: ¿realmente existe la justicia en México? El abogado concluye que sí, porque “si acaso una sentencia de pri-

mera instancia no se ajusta a derecho, ahí están los recursos que han de llevar el caso ante otros juzgados. Al final del camino, generalmente, el abogado logra una resolución conforme a Derecho.” Alejandra Silva

“Es peor cometer una injusticia que padecerla porque quien la comete se convierte en injusto y quien la padece no.” Sócrates

El Mundo del Abogado

67



LIBROS

Informe regional abril 2017-marzo 2018 ILANUD, San José, Costa Rica, 2018

E

l Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito y el Tratamiento del Delincuente (ILANUD) es un organismo de la ONU especializado en las áreas de prevención del delito y justicia penal que tiene como principal objetivo colaborar en el desarrollo económico y social equilibrado de los países de América Latina y el Caribe, mediante la formulación de políticas e instrumentos de acción adecuados en el área de la prevención del delito y la justicia penal. El organismo latinoamericano constantemente realiza programas de capacitación y diseño de políticas públicas, prepara manuales, recoge y formula información, realiza investigaciones multidiscipli-

narias y prácticas que analizan las tendencias delictivas en la región. En ese sentido, el ILANUD publicó su Informe regional abril 2017-marzo 2018 con el objetivo de dar a conocer las acciones realizadas por dicha institución en el último año: da cuenta de los servicios de investigación, capacitación, asistencia técnica y difusión de información. El documento parte de los antecedentes de la institución y su establecimiento en Costa Rica, lo cual presenta un panorama general del organismo, a través de su misión, su visión y sus objetivos. Si bien se trata de un documento de corte administrativo, permite conocer de manera concreta qué hace este impor-

tante organismo y sus últimas actividades. Así, se advierte que para la realización de sus objetivos se estableció un plan de trabajo institucional guiado por la Declaración de Viena sobre la Delincuencia y la Justicia. Frente a los Retos del Siglo XXI; la Declaración de Bangkok “Sinergias y respuestas. Alianza estratégica de prevención del delito y justicia penal”, y la Declaración de Salvador de Bahía, Brasil, entre otras. A partir de esas directrices y, durante el último año, el organismo proporcionó asistencia técnica a la Asamblea Legislativa de Costa Rica, así como a El Salvador, en materia de prevención de la violencia, y en el marco del vi-

gesimosexto periodo de sesiones de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de Naciones Unidas compartió prácticas de éxito sobre la situación de los sistemas penitenciarios de América Latina y el Caribe. El fenómeno de la delincuencia es un problema que lastima a nuestra sociedad; conocer las acciones y los esfuerzos que se realizan diariamente para combatirla es reconocer que existe un importante movimiento que actúa de manera responsable y comprometida con la gente.

La posición de la Academia ante el Sistema Nacional de Salud. La salud universal... una entelequia Fernando Cano Valle (coord.), Academia Nacional de Medicina de México/ Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, México, 2018

E

n esta obra, la Academia Nacional de Medicina se pronuncia, junto con el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, sobre el modelo de atención de la salud de nuestro país y el futuro de la seguridad social. Diversos especialistas encabezados por el doctor Fernando Cano Valle proponen, de

una manera clara y concisa, los mecanismos para solventar los retos que en salud enfrentará nuestro país las próximas décadas: los que, si no se prevén ahora, podrían convertirse en obstáculos de difícil y costosa solución en el futuro mediato. La posición de la Academia ante el sistema nacional de salud. La salud universal... una entelequia subraya y reconoce los alcances que, en mayor o menor proporción, han vertido en beneficio de nuestra po-

blación instituciones como la Secretaría de Salud, el IMSS y el ISSSTE, así como los hospitales de PEMEX, de la SEDENA y de la Secretaría de Marina en las que laboran. Tal como lo ha demostrado la historia, personal médico, paramédico y administrativo, con una actitud desinteresada y de servicio, aunada al conocimiento y a las aportaciones de profesionales de otras áreas del conocimiento, han logrado que el pueblo de México haya modificado

considerable y ostensiblemente sus condiciones de salud, así como su calidad y sus perspectivas de vida. Sin embargo, con el paso del tiempo la población ha crecido, modificando sus necesidades y sus características epidemiológicas, las cuales demandan, desde una perspectiva diferente, cambios que nos permitan enfrentar los retos que cada vez son más evidentes y que pueden mermar el bienestar de nuestra sociedad. Armando Mansilla Olivares

El Mundo del Abogado

69


Martha Jauffred

Los fascinantes

relojes concepto

70

El Mundo del Abogado


Alguna vez se ha preguntado a qué obedece la tradicional forma circular de un reloj? Tiene su origen en los primitivos relojes de sol que marcaban las horas de acuerdo con la rotación de la Tierra. Pero desde esta ingeniosa invención, la forma de medir el tiempo ha evolucionado de manera asombrosa. Prueba de lo anterior es Maximilian Busser, líder del colectivo de diseñadores y maestros relojeros MB&F. Esta sui generis asociación, en su búsqueda estética y mecánica, ha reinventado el concepto que tenemos de ese objeto al que llamamos reloj. “Los relojes empezaron a gustarme porque los veía como máquinas llenas de vida”, afirma el genial Maximilian Busser, quien ya ha hecho historia en el mundo de la alta relojería. Pionero en la manufactura de artefactos fuera de serie, MB&F ha realizado obras maestras sin precedente; piezas más que significativas en lo que se refiere a los “relojes concepto”. Y para aquellos que desconozcan esta clasificación en la alta relojería, mencionaremos que se conocen como relojes concepto aquellos artefactos capaces de medir el tiempo, pero cuya forma no es la de un reloj tradicional. Relojes de colección, más que apropiados para lucirse en una cinta de corte futurista, son estas asombrosas maquinarias, de las cuales a continuación presentamos un par de ejemplares.

Máquina de alta precisión Como si viniera del futuro, la Horological Machine 8 CanAm es una pieza que replantea al reloj de pulsera cuya visualización se logra mediante un prisma óptico. Estas particularidades se deben al diseño de los autos de carrera CanAm (CanadianAmerican Challenge Cup), vehículos de elevado octanaje cuya forma es imitada por un fantástico reloj. La desaparecida categoría del automovilismo, popular en la década de 1970, se practicaba con bólidos sumamente ligeros, puesto que carecían de carrocería. Sólo servía como protección el esqueleto del auto que, como es lógico, dejaba expuestos los potentes motores. Semejante a dicha estructura de líneas industriales es la caja de la HM8, que sintetiza curvas con ángulos y que cuenta con prismas ópticos dobles que muestran las horas por un lado y los minutos por el otro. A los costados de esta figura se muestran dos barras que recorren la maquinaria desde su parte posterior hasta su parte frontal, ambas realizadas en bloques macizos de titanio, pulidas hasta lucir como espejos. Esas barras flanquean el motor del reloj, colocado perfectamente a la vista bajo un cristal de zafiro, que se asemeja al cofre de un automóvil. De esta manera se pueden observar todos los movimientos de su complejo mecanismo.

El Mundo del Abogado

71


Como llegada de otro universo Otra de las creaciones emblemáticas de la casa MB&F es la Horological Machine 6 Alien Nation que, como su nombre lo indica, más que un reloj, parece un artefacto extraterrestre. De una complejidad mecánica extrema y con una caja que parecía imposible de realizar, esta creación pretende asemejarse a una nave intergaláctica. Exclusivamente para amantes de la ciencia ficción, dicha “nave espacial” no viene sola, sino con una tripulación de seres de otra galaxia que se hallan situados en distintas partes del reloj en la forma de diminutas esculturas de oro blanco. Como es de esperarse de una nave que viene de una galaxia lejana, la Alien Nation posee una complela tecnología: la caja es completamente transparente y está fabricada con cristal de zafiro y reforzada con placas de titanio. Este ensamble de cristal resguarda un motor de una elaborada construcción: un tourbillon volante dirige dos cúpulas gemelas en las que se pueden leer las horas y los minutos, respectivamente. El interior de la caja cuenta con gruesas bandas de un material

luminiscente de alto rendimiento, por lo que ésta resplandece en la oscuridad. Una galería fuera de serie Desde sus inicios, la firma de vanguardia en alta relojería MB&F ha utilizado la elaboración de guardatiempos como una excusa en su búsqueda de lo insólito. De factura suiza, naturalmente, sus piezas son relojes conceptuales de una asombrosa belleza; de ahí que éstos sean desplazados de su función original para convertirse en objetos de admiración. Esto llevó a la firma a crear su propia galería de objetos de arte mecánico a la que nombró MAD (Mechanical Art Devices). La primera abrió sus puertas al público en Ginebra en 2011, muy cerca de los talleres de la marca. Una segunda de estas insólitas galerías se inauguró en 2014 en la ciudad de Taipéi, y la tercera apareció en Dubái en 2016. Los tres espacios muestran al mundo los sublimes mecanismos que adquieren formas tan sorprendentes. Un paraíso para los amantes de las máquinas convertidas en piezas de arte cinético tridimensional.

Para mayor información visite https://www.madgallery.net y @mbfmadgallery en Facebook.

72

El Mundo del Abogado


Diplómese en línea! Ciberseguridad en los entornos digitales INICIO: 25 OCTUBRE

Cultura financiera de la empresa INICIO: 25 OCTUBRE

Gestión de la Cultura Compliance y su defensa ante los tribunales México INICIO: 20 NOVIEMBRE

Data Protection Officer (DPO) México INICIO: 20 NOVIEMBRE

15% de descuento

por compra anticipada (hasta 15 días antes del inicio)

Infórmese ahora Enoch Cabello Mendoza. Country Manager Wolters Kluwer México Celular: 55 51 43 47 05 | enoch.cabello@external.wolterskluwer.com


Congreso UIA 2018 www.uianet.org

30 de octubre - 3 de noviembre

El evento más destacado del año para los abogados: el Congreso de la UIA en Oporto 40 sesiones de trabajo en todas las áreas del derecho

Oportunidades excepcionales para hacer negocios y establecer contactos en un ambiente amistoso

#UIAPorto


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.