Propiedad intelectual

Page 1

Módulo jurídico e institucional

///Propiedad intelectual, derechos de autor y uso de licencias 1. Modelo de trabajo 2. Herramientas 3. Publicaciones online 3.1 La web de medialb-prado 3.2 La wiki externa 4. La propiedad intelectual, los derechos de autor y las licencias en este contexto 4.1. Creative Commons By-SA: CC-By-SA 4.2 GNU Free Documentation License 1.2 4.3 Propiedad intelectual y derechos de autor 5. Referencias 1. Modelo de trabajo El posicionamiento de Medialab-Prado acerca de la legislación sobre la propiedad intelectual, los derechos de autor y el uso de licencias queda estrechamente ligado a su forma de trabajo. Para comprender la postura sostenida por el centro sobre estos términos será necesario entender dicho modelo de trabajo y las herramientas que el centro emplea. Medialab-Prado trabaja mediante proyectos colaborativos en los que participan diferentes personas y entidades. Esta forma de trabajo y de producción cultural favorece la creación de contenidos (prototipos, obras, textos) de diferente autoría. Además, el centro dispone de múltiples plataformas donde estos contenidos pueden ser publicados; por ejemplo las Wikis de los proyectos, el blog de mediación, la página Web del centro y los soportes físicos situados en el espacio. De igual manera, Medialab elabora contenidos a través de la documentación gráfica, audiovisual y escrita de las actividades (conferencias, talleres, seminarios, eventos en general) que se desarrollan en cada evento. La política que sostiene Medialab ante los contenidos generados por la propia institución o por terceros, participantes de sus proyectos, consiste en la promoción de uso de herramientas de software y hardware libre y de creación de licencias Creative Commons. 2. Herramientas • • •

Fomento del uso por el propio centro y por los usuarios de herramientas de hardware y software libre y de código abierto. Publicación de contenidos online (respetando la decisión de los diferentes autores) bajo licencia Creative Commons By-SA. Uso de herramientas abiertas y compartidas para canalizar la comunicación y el desarrollo de las actividades entre los propios participantes, como Foros y Wikis. 3. Publicaciones online 3.1 La web de medialb-prado www.medialab-prado.es

Los usuarios de la Web tienen la autorización para visualizar todos los contenidos de la misma, para descargarlos y reproducirlos según la normativa de propiedad intelectual y las condiciones de la licencia Creative Commons. De igual manera, el titular de la página (Medialab-Prado) está en el derecho de limitar el uso de la Web a aquellos usuarios que introduzcan contenidos considerados inapropiados en la misma. La responsabilidad de Medialab-Prado alcanza a los contenidos generados por el propio centro, sin observar como tales la información que los usuarios introducen en la Web y otras plataformas digitales, como foros y wikis. La titularidad de Medialab-Prado sobre su Web le permite realizar las modificaciones que considere oportunas en la misma y controlar su funcionamiento y disponibilidad al público.


La responsabilidad sobre los menores que puedan acceder a la página Web recaerá sobre sus padres o tutores. 3.2 La wiki externa http://wiki.medialab-prado.es/index.php/Main_Page Medialab-Prado ha desarrollado una plataforma externa a su página Web dedicada a la documentación de los proyectos desarrollados en los talleres del centro. Esta es una wiki en continua construcción en la que Medialab-Prado propone un esqueleto o guión y los colaboradores de los proyectos elaboran los contenidos. Aunque parte de la información contenida en esta plataforma también se refleja en la página Web del centro, la wiki es uno de los lugares donde los procesos de creación basados en la participación y colaboración propuestos por Medialab-Prado quedan patentes de forma explícita. La tecnología Wiki permite la edición colaborativa por parte de varios usuarios, transformando así los mecanismos y lógicas que rigen la actividad cultural (generación de contenidos, transmisión y acceso a los mismos) hacia una progresiva democratización en todos las etapas del proceso. La transformación social desencadenada por las nuevas tecnologías propicia una nueva forma de expresar, practicar y producir la cultura en la sociedad actual. El contenido de la wiki está disponible para todos los usuarios bajo la licencia GNU Free Documentation License 1.2. 4. La propiedad intelectual, los derechos de autor y las licencias en este contexto Los contenidos que Medialab pone a disposición del usuario están protegidos por los derechos de propiedad intelectual que, en su caso, correspondan a Medialab y a quienes ostenten la condición de autores, conforme a la legislación vigente en el ámbito de la propiedad intelectual. Dichos contenidos, salvo que se indique otra cosa, se hallan licenciados bajo Creative Commons By-SA. No obstante, los autores podrán licenciar sus contenidos bajo cualquier otra licencia, preferentemente libre, para garantizar una mayor difusión, debiendo indicarlo así de una manera notoria en su publicación u obra correspondiente. Utilizar obras con licencia Creative Commons genera seguridad jurídica en favor del usuario de las obras, ya que, frente a “todos los derechos reservados” la licencia expresa rotundamente que el autor, sin necesidad de pedirle permiso o notificárselo, le está cediendo derechos y le permite disfrutar la obra y tomarla como base, a su vez, para también ser creativo. Esta condición concuerda con la filosofía de trabajo propuesta por Medialab-Prado, como se explica en el mapa conceptual sobre el modelo de trabajo que defiende Medialab-Prado en relación a la producción, creatividad, conocimiento y difusión de la cultura digital. El copyleft y las licencias CC son las herramientas jurídicas existentes más adecuadas para este prototipo de centro que aboga, como demuestra una de sus líneas vertebrales de trabajo e investigación, por el procomún del conocimiento y de los recursos en relación a la cultura. Así, en Medialab-Prado las formas de relación, de participación y de creación van ligadas a procesos de trabajo colaborativo en los que se tiende a difuminar la jerarquía y a distribuir la autoría, generando contenidos accesibles para cualquier usuario, autorizado para continuar trabajando sobre ellos siguiendo la normativa de las licencias adoptadas. 4.1. Creative Commons By-SA: CC-By-SA

CC-By-SA se refiere a la licencia Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0 publicada por Creative Commons Corporation, así como las futuras versiones de que el copyleft licencia publicada por la misma organización. El proyecto Creative Commons tiene un objetivo claro: que sea el autor quien aporte, mediante un sistema de licencias prefijadas, la moderación y el balance entre interés público e interés privado.


El proyecto quiere asegurar la existencia de un fondo común de obras al que todo el mundo pueda acceder y del que pueda disfrutar gratuitamente sin tener que pedir permiso constantemente, y contrarrestar así el control sobre las obras que la ley otorga a los autores. Pero, es importante tener claro que el término commons no equivale a dominio público. Con la licencia CC, el autor autoriza el uso de su obra según la amplitud de la licencia elegida, pero la obra continúa estando protegida; es decir, no entra en el dominio público. Este proyecto se suma al camino iniciado con las licencias copyleft, nacidas como reacción a la protección de los programas de ordenador bajo el régimen de la propiedad intelectual. Previendo que la monopolización del software podría suponer un peligro para el buen desarrollo de la red y del mundo digital, Richard Stallman inició el Free Software (traducido como software libre, no necesariamente gratuito) y redactó la GPL (GNU General Public License), la primera licencia copyleft. Existen diferentes tipos de licencias Creative Commos. La licencia CC-BY-SA implica: Reconocimiento (by/por). Esta condición aparece en todas las licencias y no puede ser excluida por el autor. Exige el reconocimiento del autor (que aparezca su nombre) en cualquier uso o acto de explotación que se haga de la obra (están permitidos todos los usos y transformaciones). Compartir igual (sa/share alike). Esta condición es la cláusula de copyleft que obliga al usuario a aplicar la misma licencia a las obras derivadas. El derecho moral de integridad queda protegido aunque no aparezca en las licencias CC. Éstas no sustituyen ni reducen los derechos que la ley confiere al autor; por tanto, el autor podría demandar a un usuario que, bajo cualquier licencia CC, hubiese modificado o mutilado su obra causándole un perjuicio a su reputación o a sus intereses. En la ley española, el autor tiene un derecho exclusivo de explotación que se manifiesta en actos de cuatro tipos: reproducción (fijar la obra o hacer copias); distribución (mediante la venta o donación, el alquiler o préstamo de ejemplares tangibles); comunicación pública (poner la obra al alcance del público sin distribución de ejemplares, incluida la explotación de obras a través de Internet), y transformación (modificar la obra para realizar otra nueva). Las licencias CC, salvo en la medida en que el autor excluya los usos comerciales y/o la transformación de la obra, los autorizan todos. Y lo hacen de acuerdo con tres factores básicos de todas las licencias CC que, pese a no tener tanta visibilidad establecen el alcance de la licencia CC y no pueden ser excluidos por el autor. Estos son: carácter gratuito de los contenidos, perpetuidad de la licencia y posibilidad de explotación en cualquier modalidad. 4.2 GNU Free Documentation License 1.2 El propósito de esta licencia es hacer que un manual, libro de texto, u otro documento funcional y útil sea "libre"; esto es, asegurar a todo el mundo la libertad de copiarlo y redistribuirlo, con o sin modificaciones, ya sea con propósitos comerciales o no. En segundo término, esta licencia preserva para el autor y el editor una manera de obtener reconocimiento por su trabajo, sin que se le considere responsable de las modificaciones realizadas por otros. Esta licencia es una especie de "copyleft", lo que significa que los trabajos derivados del documento original deben a su vez ser libres. Además, la GNU Free Documentation License 1.2. complementa la Licencia Pública General de GNU, que es una licencia de copyleft diseñada para el software libre. Esta licencia fue diseñada por GNU Operating System (el proyecto GNU fue lanzado en 1984 para desarrollar el sistema operativo GNU, un completo sistema operativo Unix, de software libre) para que fuese usada en manuales de software libre, ya que el este tipo de software documentación también libre (manuales que ofrezcan las mismas libertades que da el software). Pero esta licencia no se limita a manuales, sino que puede ser usada para cualquier trabajo textual, sin tener en cuenta su temática o si se publica como libro impreso. Esta licencia se recomienda principalmente para trabajos cuyo fin sea instructivo o de referencia. 4.3 Propiedad intelectual y derechos de autor La Ley de Propiedad Intelectual explica que todas las formas de expresión creativa se consideran obras susceptibles de ser regidas por dicha ley. Autor es todo aquel que cree una obra; así cada vez que alguien produce (escribe, dibuja, compone, etc.) algo pasa a estar protegido por el derecho de propiedad intelectual. Los medios de producción y difusión de


contenidos actuales facilitan hoy la reproducción y distribución de todo tipo de obras, en ocasiones a precios reducidos. La propiedad intelectual, por tanto, se refiere a todas las creaciones de la mente humana y se divide en derecho de autor y derechos conexos por una parte, y propiedad industrial por otra. El derecho de autor protege obras originales; la propiedad industrial protege las invenciones, los diseños de productos y los signos distintivos por medio de patentes, diseños industriales y marcas comerciales. El derecho de autor protege, entre otros, los programas informáticos, los productos multimedia, obras artísticas y obras escritas (estas últimas engloban las páginas Web). La protección del derecho de autor es automática. A partir del momento de la creación de la obra esta pasa a quedar protegida por el derecho de autor. Esto implica que sobre el autor recaen unos derechos exclusivos (y de remuneración en algunos casos) inherentes al resultado de su actividad productiva. Los derechos exclusivos se dividen en morales y de explotación. Los primeros siempre permanecen con el autor, incluso si se ceden los derechos de explotación. Los derechos de explotación pueden pasar a terceros por cesiones y por licencias. El autor puede decidir no utilizar todos sus derechos. Así Creative Commons es una organización que permite a los autores, a través de sus licencias, gestionar sus obras de manera se regulen los límites de los derechos del autor sobre su obra. 5. Referencias • Dossier de prensa de Medialab-Prado [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://medialab-prado.es/article/prensa> • Condiciones de uso de la página Web de Medialab-Prado. [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://medialab-prado.es/article/aviso_legal>

OMPI, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Real Decreto Legislativo N° 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia. OMPI, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. [documento en línea] [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=1358> •

OMPI, Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Ley N° 23/2006, de 7 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. [documento en línea] [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=6163> •

GNU Free Documentation. License 1.2. [documento en línea] [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://www.gnu.org/copyleft/fdl.html> •

• Creative Commons España [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://es.creativecommons.org/>

XALABARDER, Raquel (2006). «Las licencias Creative Commons: ¿una alternativa al copyright?». UOC Papers [artículo en línea]. N.º 2. UOC. [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://www.uoc.edu/uocpapers/2/dt/esp/xalabarder.pdf> ISSN 1885-1541 •


DE LA CUEVA, Javier (2005). «Por qué las licencias Creative Commons son legales en España», 2005. [documento en línea] [Fecha de consulta: 23/08/11]. <http://www.derecho-internet.org/node/272> •

Conferencias, seminarios y talleres en Medialab-Prado:

http://medialab-prado.es/article/conferencia_de_richard_stallman http://medialab-prado.es/article/licencias_para_vivir http://medialab-prado.es/article/licencias_y_repositorios_de_software


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.