Reglamento Docente

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i) Las calificaciones no pueden ser modificadas sin justificación escrita. Por razones de diversa índole, pero justificadas plenamente, pueden sólo ser modificadas hasta antes de la apertura del siguiente año escolar, pasado ese período, bajo ningún motivo se acepta modificaciones. j) No admitirán a la evaluación continua los alumnos que no estén en las listas oficiales o carezcan de derechos de examen, para lo que exigirán el carnet debidamente registrado o cualquier otro documento que expida la Unidad Educativa, Don Bosco, el Prado k) El docente de acuerdo con las características de la materia, puede establecer su propio plan para aplicar y calificar las pruebas hasta el (75%) setenta y cinco por ciento, cuya forma de ejecución debe ser conocida obligatoriamente por y la Dirección de Estudios y por el estudiante. La evaluación final, por tanto, equivale un (25%) veinticinco por ciento del total de la nota (100%). Naturalmente que el 100% equivale a la nota siete (7) l) Las pruebas de evaluación continua se realizarán durante los Semestres. De igual manera y dentro de un espíritu de equidad, el docente puede aplicar pruebas recuperatorias antes de presentar la nota promedio sobre setenta y cinco por ciento, antes de practicar la evaluación final m) Se promediarán todas las notas obtenidas por el estudiante y se enviarán las actas de este resultado a la Dirección de Estudios en doble ejemplar impreso del sistema magnético que se proporcionará a cada docente. Un ejemplar de estas actas se quedará en el Archivo de la Dirección de Estudios y el otro ejemplar será enviado a la Dirección de Nivel n) La escala de calificaciones vigente es de 1 a 100 (equivalente de 1 a 7), no existe la nota “cero”. La calificación mínima de promoción es de (51) cincuenta y un, o su equivalente de tres seis (3,6) Las notas con decimal de 0,56 o más se elevarán al número inmediato superior. Todas las notas que se registren en las actas de calificaciones deberán ser necesariamente en números enteros o) Las actas con las calificaciones con todas las calificaciones las firmará tanto el docente como el Director de la Estudios. El docente es el único responsable de la evaluación total de los estudiantes a su cargo; en caso de error el docente puede ser sancionado p) El docente tiene la obligación de presentar las planillas de calificaciones o Actas de Notas, después de (5) cinco días después de practicada la prueba, debiendo establecer los porcentajes del 75%, y 25% y nota final sobre el 100%, en sistema magnético y en hoja impresa y firmada según modelo de la Unidad Educativa, Don Bosco, el Prado q) Preparar pruebas parciales, finales y otras modalidades de evaluación de los estudiantes es de responsabilidad del docente, quien debe preparar con sumo cuidado cada prueba, porque de ésta dependerá que el estudiante sea técnica y evidentemente evaluado r) Corregir y calificar las pruebas de evaluación, los trabajos prácticos y otros es de responsabilidad única del docente, aunque lo realice con la colaboración del ayudante de docencia s) Los rangos de la evaluación cuantitativa son los siguientes:


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