Directrices Rurales Medellín. Directrices, Lineamientos, y Criterios.

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Directrices de Ordenamiento Territorial Rural para Medellín

IV. DIRECTRICES, LINEAMIENTOS Y CRITERIOS 1.

Estructura Ecológica Principal ....................... 593

1.1. Áreas de Protección y Conservación .......................... 595 1.2. Áreas de Producción Sostenible .................................. 601 1.2.1. Áreas de Producción Forestal ................................................... 601 1.2.2. Áreas de Producción Minera..................................................... 609

1.3. Áreas y Gestión del Riesgo ........................................... 611

2. Estructura Físico-Espacial ................................ 612 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.5.

Espacio Público................................................................ 615 Equipamientos ................................................................. 618 Centralidades .................................................................. 620 Conectividad y Movilidad ............................................... 624 Hábitat Rural ................................................................... 628

2.5.1. Dinámica de Ocupación ............................................................. 628 2.5.2. Hábitat de la Vivienda y en Entorno ............................................ 630

2.6. Servicios Públicos .......................................................... 632

3. Estructura Socioeconómica y Cultural ...... 636 3.1. 3.2. 3.3. 3.4.

Dinámica y Estructura de la Población........................ 641 Dinámica y Estructura Económica ............................... 645 Patrimonio Territorial ................................................... 653 Gestión del Turismo........................................................ 658

4. Estructura Política y Gobernabilidad .......... 661

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DIRECTRICES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL RURAL PARA MEDELLÍN

IV. DIRECTRICES, LINEAMIENTOS Y CRITERIOS METODOLÓGICOS Como venimos planteando desde el mismo marco conceptual, el alcance del presente estudio es construir un referente conceptual, diagnóstico y prospectivo, que de las directrices, lineamientos y criterios metodológicos para la planificación y gestión del territorio rural del municipio de Medellín, centrado en sus competencias y los niveles de decisión, con sujeción o subordinación a las disposiciones u orientaciones de autoridades e instancias de mayor jerarquía o prevalencia en el tema. En este contexto, las Directrices son concebidas como las normas generales, principios, objetivos y políticas determinantes para el ordenamiento del suelo rural que deben acoger los planes y proyectos que complementen y desarrollen el POT, Acuerdo 046 de 2006, en relación directa con lo establecido y reglamentados desde el ámbito nacional por el Decreto 3600 de 2007 y normas de mayor prevalencia. Cabe aclarar que las Directrices no se restringen a la adopción de la normativa de orden nacional, sino que los municipios están en grado y competencia de desarrollar dichas determinantes, sin contradecirlas, generando la base normativa sobre la cual deberán regirse los Planes Especiales Rurales, por tratarse de normas jerárquicamente superiores, esto con el fin de vincularse de manera proactiva a la normativa nacional, regional y local ya existente. Los Lineamientos, por su parte, se conciben aquí como orientaciones que buscan la definición de aspectos hacia los cuales debe tender el proceso de identificación, caracterización y gestión de las diferentes estructuras, a partir de la formulación de los Planes Especiales Rurales, basados en los énfasis programáticos, proyectuales y temáticos y en sus pesos específicos, planteados por las realidades particulares de los corregimientos. Finalmente, se construyen los Criterios Metodológicos, como juicios y reflexiones acerca de los aspectos que deben ser abordados, y del proceso lógico y metodológico que deberían seguir los Planes Especiales Rurales en sus diferentes estructuras y variables.

Principios Generales de Ordenamiento Territorial Rural

Conforme a lo dispuesto por la Ley 388 de 1997, y los Decretos Nacionales 879 de 1998 y 4002 de 2004, el acuerdo 46 de 2006 revisó y ajustó el Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín (Acuerdo 62 de 1999) y sus normas complementarias. Tanto en su primera


generación como en la de 2006 plantea que: “Las políticas, proyectos, programas e instrumentos que se desprendan del Plan de Ordenamiento han de ser estructurados bajo un enfoque urbano-rural Municipal, enmarcado en una más amplia concepción de desarrollo Metropolitano subregional y regional […].” (Artículo 4, acuerdo 46 del 2006). En el artículo 5 plantea: ¨El Plan de Ordenamiento Territorial está concebido como un medio para facilitar el crecimiento y desarrollo de la ciudad y su ruralidad bajo criterios de sustentabilidad y sostenibilidad ambiental, humana, económica y equidad social, en el que se conjuguen un manejo protector de las potencialidades y fragilidades de los recursos naturales […] que interfieren en la dinámica del territorio permitiendo una distribución equitativa de oportunidades para su disfrute, en términos de habitabilidad y mejoramiento del entorno natural.” Para efectos del Ordenamiento Territorial Rural, la siguiente es una aproximación a algunos de los principios, objetivos y políticas planteados por el POT para el suelo rural.

Principios Generales -

Participación ciudadana y concertación institucional. Coordinación, concurrencia y subsidiariedad. Prevalencia del interés general sobre el particular. Función social y ecológica de la propiedad. Distribución equitativa de las cargas y beneficios.

Los Objetivos de Ordenación del Suelo Rural -

Alta producción ambiental Función ecológica equilibrante para el municipio y el área metropolitana Eficiente actividad agropecuaria tradicional, oferta ecoturística Suficiente dotación de vías y equipamientos para su desarrollo integral Adecuada articulación con el área urbana.

Así, como marco estratégico de actuación, puede leerse el predominio de 3 elementos estructurales: la función de regulación y equilibrio ambiental, el objetivo de desarrollo agrícola y turístico basado en atributos naturales, y la necesidad de dotar y articular adecuadamente las áreas rurales y urbanas.

Políticas de Desarrollo Rural -

Mantener en condiciones de sostenibilidad las actividades agropecuarias tradicionales. Promover nuevas actividades económicas relacionadas o compatibles con la función ambiental, tales como reforestación, agricultura orgánica, ecoturismo, etc. Controlar los procesos de urbanización y el excesivo fraccionamiento del suelo. Promover y apoyar el adecuado saneamiento básico rural.

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-

-

Dotar a los cinco Corregimientos de equipamientos comunitarios que favorezcan la interacción de todas sus organizaciones y de sus pobladores, que conduzcan a una utilización sostenible y racional del territorio. Dotar de vías y medios de transporte funcional a todos los Corregimientos, de conformidad con las limitaciones físicas del suelo y socioeconómico de las veredas.

El ordenamiento territorial y la gestión ambiental, requieren un compromiso y una función del Estado en todos sus órdenes, lo que exige una función administrativa conjunta y coordinada entre el ámbito nacional y otros entes territoriales departamentales y municipales, así como, entidades administrativas y corporaciones ambientales (CORANTIOQUIA Y AMVA). La Constitución indica la responsabilidad del ordenamiento territorial, las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales, y los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad, establecidos por la ley1. La aplicación directa de estos principios Ordenados por la constitución y las leyes que la desarrollan, buscan garantizar que las decisiones locales sean coherentes, congruentes y consecuentes en todos los niveles. Los hechos regionales y metropolitanos sobre la ruralidad, así como los intereses nacionales, constituyen el primer nivel de prevalencia o jerarquía normativa, ellos limitan las actividades o exigen requisitos de obligatorio cumplimiento. La protección ambiental y la conservación del patrimonio territorial, es una de las funciones principales de la ruralidad. Son normas de superior jerarquía las siguientes: -

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Tratados y acuerdos internacionales acogidos por el nivel Nacional.

-

Los Actos Administrativos del nivel nacional como Leyes y Decretos Reglamentarios o Resoluciones de los Ministerios y Los Macroproyectos Regionales de interés nacional, departamental y metropolitano, como las Directrices Metropolitanas de Ordenamiento Territorial Acuerdo 015 de 2006.

-

Los Actos Administrativos de las autoridades ambientales: Acuerdos y Resoluciones que adoptan planes o reglamentaciones específicas que involucran el territorio rural. Por ejemplo el Parque Central de Antioquia, AROVA, ARVÍ, SIRAP, PGIRS, POMCA, Planes Maestros y Densidades Rurales entre otras disposiciones.

-

Los Actos Administrativos del Municipio de Medellín se constituyen en Determinantes Generales para la Ruralidad, son el Plan de Ordenamiento Territorial POT- Acuerdo 046 de 2006, la política de Desarrollo Rural y el Distrito Rural adoptado por acuerdo 016 de 2007, el Plan Espacial de Protección Patrimonial PEPP- y otros planes estratégicos o temáticos de ciudad como el de Espacio Público y Equipamiento, el de Desarrollo Turístico, entre otros.

C.P.C. Artículo 288


PROCESO DE ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO RURAL

RESOLUTORIA

TERRITORIAL

PROSPECTIVA

FORMULACION

ANALISIS ESPACIAL

ESTRATEGICO Y

DIAGNOSTICO

Gestión de la información primaria y secundaria para la construcción de la línea base. Construcción del sistema de información documental y cartográfica. Caracterización del sistema territorial rural en las (4) estructuras – Mapas temáticos – Documento soporte

Análisis Estructural de Variables Construcción de escenarios: Tendenciales de conservación y de ruptura. Escenario apuesta o realizable: modelo de ocupación. Propuestas: Estrategias, programas y proyectos – Documento Técnico – Mapas Temáticos Programa de ejecución etapas o prioridades e inversiones estimadas, con indicadores de seguimiento.

• •

Adopción por acto administrativo, que reglamente la intervención.

Radicación de iniciativa pública o privada Solicitud de términos de referencia o determinantes

• •

ACTVIDADES

• • •

PRELIMINAR

ETAPAS

El proceso de ordenamiento del territorio rural en cualquier escala o ámbito de actuación, presenta las siguientes etapas y actividades:

Proceso de Ordenamiento del Territorio Rural CONSULTA Y CONCERTACION CIUDADANA, CON ACTORES ESTRATEGICOS E INSTITUCIONALES: Consejos Consultivos de Ordenamiento Territorial CCOT y Consejo Municipal de Desarrollo Rural CMDR, si las UPR así lo requieren, autoridades de Planeación y Ambiental.

Metodología y técnicas de participación, consulta, concertación, comunicaciones y socialización Matriz de actores estratégicos, bases datos y perfil de capacidades e intereses. Agenda común de los espacios de consulta y concertación

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


590 La Consulta y Concertación con el Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial CCOT- y Consejo Municipal de Desarrollo Rural -CMDR-, se hará cuando así lo requiera el procedimiento jurídico que se reglamente para las Unidades de Planificación Rural -UPR-. La etapa y sus actividades son un proceso transversal al Diagnóstico y la Formulación, por ello se indica en un cuadrante común a ellos. Las etapas de Diagnóstico y Formulación, tienen como resultado final el respectivo Documento Técnico de Soporte. En la etapa de Formulación Prospectiva Territorial, se deberán identificar las variables claves y su posición en los cuadrantes para el diseño del marco de actuación. El Escenario Apuesta o Realizable, corresponde al Modelo de Ocupación adoptado o al Planteamiento Urbanístico cuando se trate de un PER de escala poligonal y se construye a partir de Imaginarios, la Visión de Futuro y los Objetivos. Los Planes Especiales Rurales como proceso de planeación complementario del POT, están sujetos a niveles de prevalencia con normas de superior jerarquía que le son vinculantes y deben tener como referente la experiencia piloto del PER La Aldea en el Corregimiento de San Sebastián de Palmitas. En la secuencia de sus etapas, es similar al proceso general de adopción del POT y los Planes Parciales en la zona urbana.

Alcance y Contenido de los Planes Especiales Rurales de Escala Corregimental

Los Planes Especiales Rurales son Planes de Estructura que complementan y desarrollan el POT en el componente rural, el área de planeamiento es el territorio corregimental y deberán realizar una caracterización general y específica o detallada del sistema territorial, a partir de la cual se pueda ordenar y regular el suelo, las funciones, los usos y aprovechamientos, dotaciones e intervenciones, de forma coherente y consecuente, con los imaginarios y objetivos de desarrollo rural y el Modelo de Ocupación. Los PER de escala corregimental serán un referente para la retroalimentación del proceso de actualización, revisión y ajuste o modificación del POT en la siguiente generación, así como, para el desarrollo de la norma complementaria y básica que permita una mejor reglamentación y control del territorio, especialmente los procesos de parcelación, urbanización y edificación. El contenido mínimo o básico que deberán desarrollar es el siguiente: - La Metodología de Participación, Consulta y Concertación. Se hará en cumplimiento de los principios orgánicos de la planeación, se orientará la consulta ciudadana, con actores estratégicos e institucionales en el proceso de diagnóstico y formulación, deberá diseñar los espacios de socialización, reconocimiento, deliberación y apropiación, las técnicas e instrumentos de aplicación, especificaciones sobre cobertura poblacional y territorial. La metodología deberá registrar el perfil de capacidades e intereses de los actores y presentar memorias del proceso de concertación, especialmente con los consejos consultivos si se acude a ellos y con las autoridades de planeación y ambientales.


- El Plan de Comunicaciones y desarrollo de espacios, medios y piezas pedagógicas de información y conocimiento del proceso planificador y de gestión concertada del Plan. - La Metodología General de Diagnóstico, Formulación y Adopción del PER. Desarrollar las técnicas e instrumentos analíticos de caracterización (encuestas, censos, muestreos etc.), reconocimiento, observación o bitácoras de campo, priorización y toma de decisiones. - El Componente Técnico del Sistema Territorial: Diagnóstico y Formulación en las (4) estructuras, macrovariables, variables e indicadores, que permitan una caracterización actualizada y pertinente del sistema territorial, así como elaborar los correspondientes documentos técnicos de soporte.

Estructura Ecológica Principal

-

Sistema de Áreas de Protección y Conservación Sistema de Áreas de Producción Sostenibles Sistema de Áreas y Gestión del Riesgo

Estructura Físico-Espacial

-

Sistema de Espacio Público Sistema de Equipamientos Sistema de Centralidades Suburbanas de nivel corregimental y veredal Sistema de Conectividad y Movilidad. Sistema del Hábitat Rural Sistema de Servicios Públicos

Estructura Socioeconómica y Cultural

-

Dinámica y Estructura de la Población Dinámica y Estructura Económica Patrimonio Territorial Gestión del Turismo

Estructura Político-Institucional y de Gobernabilidad

-

Articulación de Políticas Públicas Modelo de Gestión

- El Sistema de Información. Hace parte de los documentos técnicos de soporte del PER, son de tipo documental, cartográfico y de otros registros como el fotográfico y de video; diseño de las Bases de Datos alfanumérica y espacial, con sistematización del levantamiento de información primaria como censos y encuestas, así como el soporte cartográfico de la información espacial digital. Construir la línea base y sistematizar las variables e indicadores.

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592 Los PER presentarán como mínimo los siguientes mapas temáticos en sistemas de información geográfica y la respectiva geodatabase, siguiendo las especificaciones o estándares compatibles del Municipio y el Departamento Administrativo de Planeación Municipal DAPM. La escala general será 1:10.000, para las variables que lo ameriten y en las áreas suburbanas detallar en escala 1:5.000. - El Modelo de Ocupación del corregimiento y/o Planteamiento Urbanístico del polígono en la menor escala de planificación. - El Sistema Natural y la Estructura Ecológica Principal. La zonificación ambiental y del suelo de protección, homologada con las disposiciones de las autoridades ambientales. - Mapa de usos del suelo y mapa de intervenciones específicamente en la delimitación y manejo de áreas de producción forestal, agrícolas y mineras. - El Sistema Construido y la Estructura Físico Espacial: - Espacio Público y Equipamientos; Centralidades y Axialidades o Corredores suburbanos delimitados y jerarquizados. - Conectividad y Movilidad, con el inventario del estado de las vías jerarquizadas con las secciones actuales (diagnóstico) y propuestas (formulación), los modos de circulación y conexiones interveredales. - Hábitat y Servicios Públicos (mapa de Densidades Netas de ocupación diferenciadas en suelo suburbano y rural-rural, estructura predial por tamaño y tenencia, la vivienda por tipologías, análisis espacial de localización y cobertura de los sistemas de servicios públicos en cada uno de ellos).

- El Programa de Ejecución, Seguimiento y Control del PER. Identificación espacializada de los proyectos estratégicos identificados a nivel de perfiles y el programa de ejecución por prioridades de corto, mediano y largo plazo, así como indicadores y costos estimados que permitan hacer el seguimiento del plan. La ruralidad del municipio de Medellín, está enmarcada en un contexto regional y metropolitano, de obligada referencia para su ordenamiento, especialmente por compartir los sistemas territoriales, la base natural de recursos y ecosistemas estratégicos. Por tal razón, muchas de las determinantes son competencias de la autoridad ambiental y de concertación con otros municipios vecinos; los asuntos de competencia municipal están más relacionados con la clasificación y uso del suelo en los respectivos planes de ordenamiento territorial. De los Planes de Ordenamiento Territorial, se derivan otros instrumentos de planificación y gestión del componente rural, en escalas menores con unidades de análisis como el corregimiento, un polígono específico de intervención y otras que el municipio identifique como Unidad de Planificación Rural -UPR-. A continuación presentamos Directrices de competencia municipal, Lineamientos generales temáticos, estratégicos y programáticos, así como Criterios Metodológicos para procesos de planeación y gestión en escalas menores del territorio rural, la corregimental y de polígonos o partes del territorio que ameritan planes específicos y de detalle para su desarrollo.


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C.P.C. artículo 8° y artículo 79°

Un marco normativo básico que constituye directriz de ordenamiento territorial para los corregimientos, se sintetiza en la Tabla 1, donde se incluyen los más importantes Convenios o Tratados internacionales suscritos por Colombia en el área ambiental, así como la normativa nacional relacionada directa o indirectamente con la Estructura Ecológica Principal.

La EEP, en términos del Decreto 3600 de 2007, constituye un Determinante para efectos de la planificación territorial y el desarrollo físico-espacial integral, aplicables a áreas de manejo ambiental esenciales, recursos naturales para la conservación y preservación de vital importancia; el establecimiento y puesta en marcha de las políticas ambientales.

Las Directrices para definir la Estructura Ecológica Principal -EEP-, en el marco de los Planes Especiales Rurales, no se restringen a la adopción de la normativa de orden nacional, entre ellas el Decreto 3600 de 2007, los Planes Especiales Rurales deben sujetarse a las normas jerárquicamente superiores que condicionan sus respuestas, entre ellas las establecidas en el Acuerdo 046 de 2006 el POT de Medellín, el Plan Maestro del Área de Reserva de Laderas Occidentales del Valle de Aburrá -AROVA- y en el Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca del Río Aburrá –POMCA-. Según el principio de congruencia y el de subsidiariedad, la normatividad local, puede ser más exigente que las declaraciones más generales de los órganos superiores, pero en ningún caso podrá desconocer, ignorar o desproteger zonas que los entes nacionales o regionales declararon en conservación o frente a las cuales estos exigieron condiciones especiales de conservación.

La política de conservación orientada a garantizar la protección de los bienes y riquezas ecológicas, culturales y naturales, necesarias para el desarrollo sostenible, calidad y mejores condiciones de vida de los ciudadanos, acorde con el derecho a un ambiente sano2, establece la obligación del Estado y de las personas de proteger la diversidad e integridad del ambiente, los recursos naturales, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines; también se debe propiciar la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.

1. Estructura Ecológica Principal

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Cumbre de la Tierra Protocolo de Kyoto Acuerdo de Cartagena - Decisión 435 Convenio Ramsar Convención Marco sobre el Cambio Climático Convenio sobre la Diversidad Biológica Convención sobre Protección Patrimonio Mundial Convenio de Viena Convenio CITES sobre Tráfico de Especies Amenazadas Declaración de Dublín Decreto Ley 2811 de 1974 Decreto 1541 de 1978 Decreto 1791 de 1996 Decreto 1974 de 1989 Decreto 1715 de 1978 Decreto 1608 de 1978 Ley 99 de 1993 Decreto 1220 de 2005 Decreto 1604 de 2002 Decreto 1729 de 2002 Decreto 919 de 1989 Ley 357 de 1997 Resolución 769 de 2002 Ley 685 de 2001 Ley 388 de 1997 Decreto 3600 de 2007 Decreto 4300 de 2007 Decreto 1504 de 1998 Ley 472 de 1998

Norma Desarrollo Sostenible. Cambio climático. Aprobado en Colombia con Ley 629/00 Comité Andino de Autoridades Ambientales Humedales. Aprobado en Colombia con Ley 357/97 Cambio climático. Aprobado en Colombia con Ley 164/94 Biodiversidad. Aprobado en Colombia con Ley 165/94 Patrimonio Cultural y Natural. Aprobado en Colombia Ley 45/83. Protección Capa de Ozono. Aprobado en Colombia Ley 29/92 Fauna y flora silvestres. Aprobado en Colombia Ley 17/81. Agua y Desarrollo Sostenible Recursos Naturales Recurso Agua Recurso Bosque Distritos de Manejo Integrado Recurso Paisaje Fauna Silvestre SINA Licencias Ambientales Comisiones Conjuntas para Ordenación de Cuencas Planes de Ordenación de Cuencas Sistema para la Prevención y Atención de Desastres Recurso Humedales Recurso Páramos Código de Minas Desarrollo Territorial Ordenamiento del Suelo Rural Planes Parciales Espacio Público Acciones Populares y de Grupo

Reglamenta

Tabla 1. Tratados Internacionales y Normativa Nacional, Determinantes Ambientales para el Ordenamiento Territorial de los Corregimientos de Medellín.


Obteniendo como resultado un mapa que contenga en forma de polígonos las áreas que se requieren conservar y proteger para garantizar el sustento a los procesos ecológicos esenciales del territorio corregimental y municipal. Teniendo como punto de partida el mapa áreas necesarias para conservar y proteger se requiere sobreponer las diferentes categorías especificando las coincidencias y las equivalencias de las distintas zonificaciones entre los diferentes planes. Se deben analizar en detalle las clasificaciones en los usos del suelo, y sus restricciones.

DETERMINANTES DE LOS PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Angel Massiris Cabeza, Santafé de Bogotá: 2000, http://www.lablaa.org/blaavirtual/geografia/deter/indice.htm.

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Conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad, la normatividad local, puede ser más exigente que las declaraciones más generales de los órganos superiores, pero en ningún caso podrá desconocer, ignorar o desproteger zonas que

Partir de la cartografía de los planes de ordenamiento de orden superior a los municipales, e identificar las restricciones en el uso del suelo impuestas a nivel departamental o regional, y luego cruzarlo con las restricciones a nivel local.

Las áreas clasificadas como de alto riesgo no recuperable y degradas por actividades productivas, y que por lo tanto necesitan una cobertura arbórea permanente, también deben incluirse como áreas con necesidad de conservación y protección.

Dentro de las áreas a conservar se deben considerar las que garantizan la conectividad entre las aéreas rurales y la conectividad urbano-rural.

El objetivo de la definición de la EEP es la conservación de los recursos naturales que lo ameriten y ecosistemas.

Se deben generar planos actualizados de las coberturas vegetales y los usos del suelo, a una escala tal que tengan un alto nivel de detalle y permitan una posterior confrontación con los mapas prediales, pero en un primer momento, se requieren para identificar las coberturas protectoras en las distintas etapas sucesionales, especialmente los remanentes de bosques nativos.

La definición de la Estructura Ecológica principal requiere un análisis de aptitud que necesita previamente un análisis de estado, que se concentre en la situación actual ofreciendo un estado pormenorizado sobre los elementos y factores de la estructura natural y dinámica territorial del corregimiento, y fundamentalmente sobre la superficie ocupada por coberturas vegetales naturales, su estado de conservación.

El artículo quinto del POT establece como principio rector la construcción de la sostenibilidad del territorio, acogiendo los determinantes de política y desarrollo ambiental, cuyo fundamento constitucional se encuentra en los artículos 58, 67, 79, 80, 81, 95 (numeral 8), 268 (numeral 7), 277 (numeral 4), 289, 313 (numeral 9), 317, 330 (numeral 5), 334, 360, 361 y 366 de la Constitución Política de 1991, en los que se destaca el interés del constituyente primario por garantizar el derecho de la sociedad a gozar de un ambiente sano, otorgando al Estado y a las personas el deber de proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines, así como la participación ciudadana en las decisiones que afecten la integridad ambiental3.

Una vez se identifican los terrenos con necesidad de conservación, de permanente vegetación protectora o de restauración ecosistémica, se debe analizar la posibilidad de interconectarlos a través de corredores biológicos. De acuerdo a la ubicación de los corredores biológicos y según las reglamentaciones existentes, se debe categorizar de manera apropiada dentro de las clasificaciones existentes para la Estructura Ecológica.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Directrices

1.1. Áreas de Protección y Conservación

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

La Estructura Ecológica Principal debe acoger el Acuerdo 046 de 2006 el POT de Medellín, el Distrito de Manejo Integrado del Área de Reserva de Laderas Occidentales del Valle de Aburrá -AROVA- y en el Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca del Río Aburrá – POMCA-.

Promover en el ordenamiento del territorio, el uso equitativo y racional del suelo, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural localizado en su ámbito territorial y la prevención de desastres en asentamientos de alto riesgo […].”, y “garantizar que la utilización del suelo por parte de sus propietarios se ajuste a la función social de la propiedad […] y velar […] por la protección del medio ambiente y la prevención de desastres.” En ningún caso la delimitación debe considerar como único criterio las curvas de nivel, se debe tener en cuenta por lo menos las coberturas vegetales, los usos del suelo y la oferta potencial de bienes y servicios ambientales, así como las disposiciones legales en cuanto a retiros y nacimientos de agua, cuencas abastecedoras de acueductos veredales entre otras

Una consecuencia lógica de la delimitación espacial de las áreas de conservación y protección se generan limitaciones y prohibiciones en los usos del suelo y en la explotación de los recursos que en éstas se encuentren, lo que constituye una carga extra para los propietarios de estas áreas. Cargas adicionales a los condicionantes que el mismo terreno ya presenta.

Las restricciones hechas por el Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio (Acuerdo 46 del 2006) constituyen un determinante general, que señala el modelo de ocupación para el municipio y los sistemas estructurales estructurantes requieren que, cierta información, como la red hídrica y los mapas de coberturas vegetales sean trabajados sobre los mapas actualizados y detallados.

Identificar zonas homogéneas en escala apropiada: Los análisis de conflictos en los usos del suelo de la EEP generan planos de unidades homogéneas donde se agrupen sectores según los conflictos en el uso del suelo, la fragmentación de la propiedad, la infraestructura actual y proyectada, sus áreas de influencia directa.

• Áreas compatibles con los usos del suelo, o áreas con usos del suelo a mantener y potenciar. • Áreas de conservación con coberturas nativas protectoras. • Usos y ocupación indebida de áreas de nacimientos y de retiro a corrientes naturales de agua • Áreas para establecer vegetación protectora, para la explotación de productos secundarios. • Áreas de alto riesgo no recuperable

Confrontando los usos adecuados plasmados en la Estructura Ecológica Principal con los usos actuales del suelo, se determinan los conflictos o incompatibilidades en los usos del suelo:

Identificar los conflictos en los usos del suelo que se pueden ver afectados por los fenómenos y por proyectos a realizar por otras áreas de trabajo, tales como la Estructura Físico-Espacial, la Estructura Socioeconómica y Cultural, y la Estructura Política y de Gestión. La coherencia de los planteamientos de manejo y gestión depende de esta interacción en el análisis de los conflictos de uso. Definidos los conflictos de uso de la estructura ecológica principal corregimental, orientándolos a propuestas de gestión y manejo.

Analizar cuáles son categorías y zonificaciones de las figuras declaradas identificando las más altas restricciones de uso, para cumplir con ellas, y determinar las áreas para las actividades productivas.

los entes nacionales o regionales declararon en conservación o frente a las cuales estos exigieron condiciones especiales de conservación.

El POT y sus complementarios deben delimitar las áreas de conservación y protección de los recursos naturales y paisajísticos en zonas rurales y urbanas. Para que estas zonas se reconozcan como áreas protegidas deben ser reservadas, alinderadas y delimitadas en los acuerdos aprobatorios de los POT o acuerdos de concejos municipales. Estas delimitaciones se deben hacer respetando las declaraciones de áreas protegidas regionales y nacionales.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Directrices


Adopción de la normativa de orden nacional, entre ellas el Decreto 3600 de 2007, donde La Estructura Ecológica Principal, constituye un Determinante para efectos de la planificación territorial y el desarrollo físico-espacial integral, aplicables a áreas de manejo ambiental esenciales, recursos naturales para la conservación y preservación de vital importancia; el establecimiento y puesta en

La definición espacial de la Estructura Ecológica Principal implica para las áreas de conservación y protección ambiental, establecer unas áreas bien delimitadas y caracterizadas, que contengan los principales elementos naturales que determinan la oferta ambiental del territorio. Algunos de los atributos propios de estas áreas son: garantizar la conectividad ecológica, garantizar la oferta de bienes y servicios ambientales, garantizar el balance entre las actividades productivas, el desarrollo urbano y la conservación y protección ambiental, garantizar la oferta de espacios verdes y paisajes naturales tanto urbanos como rurales.

La zonificación y régimen de uso de la Estructura Ecológica Principal debe estar subordinada a los requerimientos y zonificaciones de las categorías y figuras declaradas y propuestas que se sobreponen, propendiendo por armonizar los instrumentos de planificación y no generando conflictos entre ellos. Por ello deben analizar las categorías productivas del suelo según POMCA, AROVA y POT.

Directrices

La delimitación propuesta debe ser concertada con el municipio y la autoridad ambiental competente y armonizada con las disposiciones y los proyectos existentes.

Es necesaria la delimitación clara y precisa del sistema estructurante natural y los subsistema hidrográficos, orográficos y de ecosistemas estratégicos; integrados dentro de una misma Estructura Ecológica Principal que los conecte -física o simbólicamente- entre sí, bajo una visión ecosistémica, y hacer de éstos suelos de protección, áreas viables socioculturalmente y complementarias a las dinámicas urbanas.

Lineamientos

El mapa resultante será el de categorías dentro de la Estructura Ecológica Principal, de tal manera que se identifiquen El sistema estructurante natural (orográfico,

Caracterizar y especificar el estado de conservación de todas las zonas pertenecientes a la categoría de áreas de especial importancia ecosistémica (nacimientos de agua, zonas de recarga de acuíferos, paisajes que merecen especial protección, humedales).ya que en los estudios que son determinantes de mayor jerarquía no están identificados por ser trabajos realizados en una escala general y en la mayoría de los casos no se ha desarrollado el trabajo de campo necesario. Los planes especiales rurales deben realizar la cartografía de detalle que sean necesaria y los trabajos de campo que sustente la información primaria requerida según las características del territorio corregimental.

Especificar como atributos de la estructura ecológica principal los sistemas hidrográfico, orográfico y de ecosistemas estratégicos.

El Plan Especial Rural deberá realizar levantamientos de información primaria, que permitan superar el estado de la información disponible y avanzar en su resolución espacial, a fin de disponer de datos claves y precisos. El PER deberá realizar análisis de detalle, según los aspectos y la escala de los fenómenos a estudiar, pero en ningún caso inferiores a 1:10.000, excepción hecha de las evaluaciones de conectividad vial, conectividad ecológica, y modelo de ocupación corregimental, que no se sujetarán al límite corregimental sino que utilizará escalas de menor detalle (E: 1:25.000). Delimitar de manera clara y precisa los componentes de la Estructura Ecológica Principal para los corregimientos del Municipio.

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

• • • •

Áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales. Distrito de Manejo Integrado Área de Recreación Cuenca en Ordenación Distrito de Conservación de Suelos

1. Las áreas del sistema nacional de áreas protegidas. 2. Las áreas de reserva forestal. 3. Las áreas de manejo especial.

Artículo 3°. Categorías del suelo rural. […] el componente rural del plan de ordenamiento y su cartografía deberán determinar y delimitar cada una de las categorías de protección y de desarrollo restringido a que se refiere el artículo 4. Para lo cual se deben señalar las medidas para garantizar su conservación y protección. Dentro de esta categoría, se incluyen las establecidas por la legislación vigente, tales como:

El Decreto 3600 de 2007 define La Estructura Ecológica Principal así: Conjunto de elementos bióticos y abióticos que dan sustento a los procesos ecológicos esenciales del territorio, cuya finalidad principal es la preservación, conservación, restauración, uso y manejo sostenible de los recursos naturales renovables, los cuales brindan la capacidad de soporte para el desarrollo socioeconómico de las poblaciones.

marcha de las políticas ambientales.

Directrices

Lineamientos hidrográfico) y ecosistemas estratégicos como subcategorias y la sustentación técnica deberá contener las explicaciones y subclasificaciones definidas.

Criterios Metodológicos


Protección especial de páramos, subpáramos, nacimientos de agua y zonas de recarga de acuíferos Paisajes que merecen especial protección Humedales

Asimismo, son objeto de protección y control especial las aguas destinadas al consumo doméstico humano y animal, las zonas de criaderos y hábitat de peces, crustáceos y demás especies que requieran manejo especial, las fuentes, cascadas, lagos y otros depósitos o corrientes de aguas naturales o artificiales, que se encuentran en áreas declaradas dignas de protección (Decreto-Ley 2811/74, art. 137). La Ley 199 de 1993 en su Artículo 111 declara de interés público, las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua los acueductos municipales y distritales.

• Las Zonas hídricas de protección especial Incluye las áreas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos, zonas marinas y costeras, ciénagas, pantanos, lagos, lagunas y demás ecosistemas hídricos continentales (Ley 99/93, arts 1 y 5, numeral 24).

4. Las áreas de especial importancia ecosistémica, tales como páramos y subpáramos, nacimientos de agua, zonas de recarga de acuíferos, rondas hidráulicas de los cuerpos de agua, humedales, pantanos, lagos, lagunas, ciénagas, manglares y reservas de flora y fauna.

Directrices

Los planes especiales rurales no tienen dentro de su alcance la redelimitación o redefinición de los retiros ya establecidos en las decisiones del municipio y las autoridades ambientales para las fuentes de agua, pero si

El POT señala que las acciones de manejo del sistema hidrográfico del Municipio estarán encaminadas a la conservación, la protección y el ordenamiento de las áreas y elementos naturales que lo conforman, mediante la regulación de usos del suelo compatibles y tratamientos especiales tendientes a la preservación y recuperación de cuencas, fuentes y corrientes naturales de agua.

En las zonas rurales y suburbanas es un componente esencial el análisis el agua, ya que para garantizar las actividades propias de estas zonas se requiere un manejo del agua diferente al de las zonas urbanas. Este recurso se convierte en un insumo que ayuda a garantizar la supervivencia, ya que es utilizada para múltiples actividades, como para el riego de huertas caseras, la cría de animales, entre otras que garantizan el autosustento o la generación de ingresos.

Lineamientos

El Plan debe caracterizar y zonificar de forma específica las áreas de retiro de las fuentes de agua definidos por el POT o las determinantes de mayor jerarquía en función del uso permitido o prohibido, las coberturas vegetales existentes y las acciones de conservación y recuperación necesarias.

A partir de las áreas identificadas como de importancia para la preservación del recurso hídrico en la estructura ecológica principal corregimental y por estudios como el POMCA, AROVA, ARVI, SIMAP, y los PIOM (POMCA) de las cuencas priorizadas por el Área Metropolitana del Valle de Aburrá, deben detallarse el análisis que permitan su caracterización, incluido el nivel jerárquico de su importancia en cada corregimiento. Corregimientos como San Antonio de Prado, Altavista y San Sebastián de Palmitas son fundamentales para la conservación de este recurso.

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Se destacan cuatro tipos de servicios ambientales que reciben compensaciones económicas: el secuestro y almacenamiento de carbono (asociadas a las plantaciones forestales), la protección de la biodiversidad (por ejemplo, donantes que pagan a los pobladores locales por proteger y restaurar áreas para crear un corredor biológico), protección de cuencas hidrográficas (por ejemplo, los usuarios aguas abajo pagan a los dueños de fincas aguas arriba por adoptar usos de la tierra que limiten la deforestación, la erosión del suelo, riesgos de inundación, etc.), y por la belleza escénica (por ejemplo, una empresa de turismo paga a una comunidad local para que en vez de cazar en un bosque,

Los departamentos y municipios dedicarán un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos corrientes para la adquisición y mantenimiento de dichas zonas o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales.

El álveo o cauce natural de las corrientes. El lecho de los depósitos naturales de agua. Las playas marítimas, fluviales y lacustres. Una faja paralela o línea de mareas máximas o la del cauce permanente de ríos o lagos, hasta treinta metros de ancho. Las áreas ocupadas por nevados y los cauces de los glaciares. Los estratos o depósitos de las aguas subterráneas.

Identificar cuáles son los principales bienes y servicios ambientales que el territorio rural puede ofertar y priorizar aquellas áreas con mayor potencial de ser incluidas en una propuesta de pago por bienes y servicios ambientales.

Hay dificultad en la determinación de una compensación económica equivalente a los valores económicos de los beneficios ambientales, Es entonces necesario avanzar en la valoración de los bienes y servicios ambientales, así como en la creación y reglamentación de otros instrumentos para el reparto equitativo de las cargas y los beneficios producto de la determinación de un suelo de protección.

debe establecer en términos del manejo, los usos del suelo y las coberturas vegetales, las actividades, los equipamientos y las restricciones de estas zonas.

Para facilitar el control sobre el manejo de los recursos hídricos del país, se ha declarado como bienes inalienables e imprescriptibles del Estado (Decreto-Ley 2811/74, art. 83):

• • • •

Lineamientos

Directrices

Hacer el cruce la información predial con las restricciones a los usos que impone la zonificación de la Estructura Ecológica Principal y que quede constancia de cuáles son los porcentajes del terreno que debe cumplir con las diferentes restricciones. Para ello es necesario clarificar los títulos de propiedad, no sólo para controlar sus usos, sino también controlar el fraccionamiento de la propiedad.

Identificar las áreas de la estructura ecológica principal susceptibles de hacer parte de una estrategia de pago por bienes y servicios ambientales y caracterizar los bienes y servicios ofrecidos y los posibles beneficiarios, además establecer los parámetros básicos de la línea base.

Criterios Metodológicos


Unificar criterios y proponer los instrumentos y los medios más eficaces para el OT del suelo rural. Dichas categorías semánticas comprenden: clasificación de áreas, zonificaciones, tipologías de intervención, instrumentos de gestión, etc.

Lineamientos

La Ley 99 de 1993 define el ordenamiento ambiental del territorio como "la función atribuida al Estado de regular y orientar el proceso de diseño y planificación de uso del territorio y de los recursos naturales

La Constitución Política es explícita en considerar el carácter sostenible de las actividades económicas, empezando por el Estado quien deberá planificar "el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución", así como "prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental... y exigir la reparación de los daños causados" (Art. 80).

1.2.1. Áreas de Producción Forestal Directrices

La zonificación de la estructura ecológica principal implicará distintas restricciones, y por lo tanto distintas actividades apropiadas para un desarrollo sustentable. En el marco de los Planes Especiales Rurales deberá ahondarse en análisis socioculturales, físico-espaciales, y biofísicos que permitan adquirir un nivel cognitivo suficiente, en términos de la viabilidad de las actividades mencionadas para cada corregimiento, y de sus aportes a la prestación de bienes y servicios ambientales para las zonas rurales y urbanas.

Deben identificarse las áreas de aptitud forestal en cada uno de los corregimientos, bajo un enfoque de sostenibilidad ambiental de los recursos.

Lineamientos

1.2. Áreas de Producción Sostenible

trabajen en turismo de observación de la vida silvestre). En el Acuerdo 046 de 2006 el POT de Medellín artículo 13, cuando plantea los objetivos para el municipio, señala que se debe “valorar el medio natural como elemento estructurante principal del ordenamiento territorial y componente esencial del espacio público”. Incorporar nuevas directrices en la revisión y ajuste del POT.

Directrices

Deben respetarse además principios metodológicos:

los

siguientes

El PER debe definir un sistema de clasificación de las áreas de aptitud forestal, a partir del análisis y evaluación de las actuales categorías semánticas de los diferentes ejercicios de planificación (independientes de su poder jurídico), con miras a una comprensión cabal de los propósitos específicos de cada uno de ellos, que permita unificar criterios y proponer los instrumentos y los medios más eficaces para el OT del suelo rural. Dichas categorías semánticas comprenden: clasificación de áreas, zonificaciones, tipologías de intervención, instrumentos de gestión, etc.

Criterios Metodológicos

Homologar los tipos de intervención planteados en el artículo 405 del POT -Preservación Estricta (PE), Preservación Activa (PA), Generación De Actividades Forestales (GAF)- son suficientes para orientar las acciones y políticas para el desarrollo rural, o si son muy generales, y por lo tanto se necesitaría proponer acciones más específicas de acuerdo a los fenómenos presentes en las zonas homogéneas rurales planteadas por el POT o por las zonificaciones específicas que se deriven del PER.

Criterios Metodológicos

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De acuerdo al Decreto 1791/96 los bosques, en tanto parte integrante y soporte de la diversidad biológica, étnica y de la oferta

renovables de la nación, a fin de garantizar su adecuada explotación y su desarrollo sostenible" (Art.7).

Directrices

Con base en la identificación, delimitación y zonificación de las diferentes áreas de aptitud forestal definidas, los PER Corregimentales deben fomentar la

Lineamientos

Trazabilidad y participación. Todos los resultados de los Planes Especiales deberán ser el producto de una ruta metodológica clara y explícita, que permita generar, si se requiere, fases sucesivas y/o contemporáneas de discusión y participación amplia, con miras a la generación de instrumentos versátiles, con un alto nivel de inclusión social y de debate institucional. Deberán evidenciar los conflictos generados por posibles desencuentros entre las expectativas colectivas, las concepciones institucionales, y las aspiraciones endógenas de bienestar. Deben precisarse, de manera consensuada con los propietarios de áreas forestales, las prácticas y programas de manejo silvicultural o forestal que

Utilidad de la información. Será importante, más que el acopio y producción de datos per se, la evaluación de la utilización que de estos pueda hacerse, los objetivos específicos de los referentes utilizados, los paradigmas de desarrollo que entrañan y los modelos lógicos que se emplean, buscando identificar las áreas problemáticas, los fenómenos recurrentes y los retos de gestión que plantean.

Escalamiento temático y resolución espacial. Deberá realizarse una evaluación específica para cada corregimiento, acerca de la pertinencia y suficiencia de categorías temáticas, variables e indicadores, que considere el modelo de desarrollo y ocupación definido para cada uno ellos, en relación con un modelo de ciudad que los implica y compromete directamente, buscando realizar análisis detallados de los elementos y factores territoriales de mayor importancia.

Criterios Metodológicos


utilización y manejo sostenible de los recursos forestales presentes en los corregimientos, especialmente mediante modalidades de uso agroforestal, silvopastoril o agrosilvopastoril.

Deben asumir la indicación dada por el Decreto Ley 2811 de 1974 en el sentido de que la naturaleza forestal de los suelos será determinada según estudios ecológicos y socioeconómicos.

ambiental, son un recurso estratégico de la Nación y, por lo tanto, su conocimiento y manejo son tarea esencial del Estado con apoyo de la sociedad civil. Por su carácter de recurso estratégico, su utilización y manejo debe enmarcarse dentro de los principios de sostenibilidad consagrados por la Constitución Política como base del desarrollo nacional.

El Decreto 2811 de 1974 define un área forestal productora como aquella que debe ser conservada permanentemente con bosques naturales o artificiales para obtener productos forestales para comercialización o consumo (Art. 203), y como área forestal protectoraproductora la zona que debe ser conservada permanentemente con bosques naturales o artificiales para proteger los recursos naturales renovables y que, además, puede ser objeto de actividades de producción sujeta necesariamente al mantenimiento del efecto protector (Art. 205).

Al interior de cada PER y con base en el análisis y consideración de características edáficas (especialmente la fertilidad, la profundidad efectiva del suelo, el drenaje, y la pedregosidad), ambientales (especialmente la pendiente, la precipitación y la erodabilidad) y territoriales (especialmente la aptitud de uso agrícola, la red de vías secundarias y terciarias, y los núcleos de población dedicada a la agricultura) deben revisarse y definirse el uso principal forestal protector, protector-productor, o productor, de las áreas forestales (sean estas

Lineamientos

Directrices

La vocación forestal protectora, protectoraproductora, y/o productora de los bosques de los corregimientos, debe determinar el énfasis de los estudios y planes a realizar. Estos pueden ser inventarios de biodiversidad, inventarios forestales (estructura, composición, función, volúmenes maderables), inventarios paisajísticos y turísticos, estudios de bioprospección, entre otros, según sea el caso y deben dar lugar a Planes de Manejo Forestal que sean consecuencia directa de los énfasis de gestión territorial que se determinen.

deben contener el Plan de Manejo Forestal y el Plan de Aprovechamiento Forestal, orientadas a la minimización de impactos sobre el suelo, la biodiversidad, y los recursos hídricos especialmente, así como las zonas que eventualmente puedan cederse de manera transitoria o permanente a otros usos (recreativos, servicios, comerciales, residenciales).

Criterios Metodológicos

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El Decreto 877 de 1976 ofrece indicaciones para la determinación y delimitación de las áreas forestales protectoras-productoras y de las áreas forestales productoras. Entre las primeras incluye, entre otras, todas las tierras ubicadas en regiones cuya precipitación esté entre dos mil y cuatro mil milímetros (2.000 y 4.000 mm) por año y su pendiente esté comprendida entre el 51% y el 100%, coincidiendo comúnmente con las formaciones de bosque húmedo tropical, bosque muy húmedo premontano, bosque pluvial montano y bosque muy húmedo montano bajo, áreas de incidencia sobre embalses para centrales hidroeléctricas, acueductos o sistemas de riesgo, lagos, lagunas, y ciénagas naturales o artificiales, y todas las tierras que por sus condiciones de suelo hagan predominante el carácter protector pero admitan aprovechamientos por sistemas que aseguren su permanencia (Art. 9). Entre las segundas, incluye las áreas cubiertas de bosques naturales, que por su contenido maderable sean susceptibles de un aprovechamiento racional y económico siempre que no estén comprendidas dentro de las áreas protectoras-productoras; las áreas cubiertas de bosques artificiales establecidas con fines comerciales; así como las áreas que estando o no cubiertas de bosques, se consideren aptas para el cultivo forestal por sus condiciones naturales (Art. 10).

Directrices naturales o plantadas) existentes, y los usos complementarios, restringidos y prohibidos de los mismos. Es imperativo que se estimule la producción primaria de bosques mixtos o el aprovechamiento de bienes secundarios provistos por los bosques, para lo cual los corregimientos de San Sebastián de Palmitas y San Antonio de Prado parecieran tener las condiciones más propicias. Por su parte, en los corregimientos de Altavista, San Cristóbal y Santa Elena debería enfatizarse aún más en el análisis de las posibilidades de restauración y de generación de sistemas agrosilvícola.

Lineamientos

A tal efecto, el PER deberá identificar igualmente las organizaciones sociales y los actores favorables al uso forestal del corregimiento, así como aquellos en oposición al mismo, para diseñar las estrategias de negociación y gestión territorial más indicadas.

Deben determinarse, de manera análoga al suelo urbano, los índices de ocupación forestal para cada uno de los polígonos de intervención rural definidos en el POT, de tal suerte que cada uno de los propietarios de suelos con vocación, aptitud y uso forestal tengan claras las condiciones de manejo y aprovechamiento de los mismos.

Necesidad de enriquecimiento de la matriz paisajística, a partir del incentivo de actividades agroforestales y silvopastoriles.

Elaborar un listado de prácticas de manejo y aprovechamiento forestal sostenible, fundamentado en desarrollos de silvicultura alternativa y/o comunitaria.

Criterios Metodológicos


El Decreto 3600 de 2007 incluye dentro de las áreas de protección y conservación ambiental los terrenos que deben ser mantenidos y

- El desarrollo sostenible de los bosques es tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad y el sector privado, quienes propenderán para que se optimicen sus beneficios y servicios ambientales, sociales y económicos. - El aprovechamiento sostenible de la flora silvestre y de los bosques es una estrategia de conservación y manejo del recurso. Por lo tanto, el Estado debe crear un ambiente propicio para el desarrollo del sector forestal. - Las plantaciones forestales cumplen una función fundamental como fuentes de energía renovable y abastecimiento de materia prima, mantienen los procesos ecológicos, generan empleo y contribuyen al desarrollo socioeconómico nacional, por lo cual se deben fomentar y estimular su implantación.

Entre los principios generales que plantea el Decreto se resaltan:

Encontrar mecanismos para extender y desarrollar instrumentos de gestión similares a los definidos para el suelo urbano en el suelo rural, y específicamente en las áreas forestales protectoras-productoras.

El Decreto 1791 de 1996 define el aprovechamiento sostenible como el uso de los recursos maderables y no maderables del bosque que se efectúa manteniendo el rendimiento normal del bosque mediante la aplicación de técnicas silvícolas que permiten la renovación y persistencia del recurso. Define las plantaciones Forestales Protectoras–Productoras como aquellas que se establecen en áreas forestales protectorasproductoras, en las cuales se puede realizar aprovechamiento forestal condicionado al mantenimiento o renovabilidad de la plantación.

Deben identificarse y delimitarse en cada uno de los PER las áreas mejor dotadas para la producción forestal sostenible, con el objeto de incluirlas como

Santa Elena: En las Veredas Media Luna y Las Palmas deben concentrarse esfuerzos de fomento a prácticas alternativas de ordenación y gestión forestal en núcleos productivos de carácter protectorproductor actualmente existentes.

San Antonio de Prado: En las veredas El Astillero y Yarumito deben concentrarse los esfuerzos de fomento a prácticas alternativas de ordenación y gestión forestal en los núcleos productivos de plantaciones actualmente existentes, que logren combinar cada vez más adecuadamente su papel productor y protector.

Lineamientos

Directrices

Los PER Corregimentales deben avanzar en la búsqueda y generación de modelos de aprovechamiento agrosilvícola, con base en la

Criterios Metodológicos

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El Acuerdo 046 de 2007 incluye dentro de las políticas de ordenamiento territorial la necesidad de promover nuevas actividades económicas relacionadas o compatibles con la función ambiental, tales como reforestación, agricultura orgánica, ecoturismo, etc.

parte de la Estructura Ecológica Principal en la categoría de áreas de protección del suelo rural, entre las que se incluyen las áreas de protección y conservación ambiental y las áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales.

preservados por su destinación a usos forestales. En ellos no pueden autorizarse subdivisión, parcelación o edificación de inmuebles que impliquen la alteración de su uso actual.

Revisar, con base en la información de detalle originada en los PER, los criterios físicos, sociales y económicos con base en los cuales se determinan las áreas bajo las intervenciones de Generación de Actividades Forestales –GAF- y de Preservación Activa –PA-. En suma, los Planes Especiales Rurales deberán ofrecer los insumos técnicos de detalle para

Se deben generar los instrumentos para la generación, rehabilitación, y mantenimiento de espacios públicos y áreas de interés ambiental de los corregimientos con recursos provenientes de las obligaciones urbanísticas generadas en suelo urbano (revisar Artículo 344 POT), así como la incorporación efectiva de las cargas sociales en los instrumentos de planeación intermedia del suelo rural.

Es significativo el aumento de la demanda social por espacios públicos con valores paisajísticos para el uso recreativo de carácter pasivo y activo. Por ello el PER deberá propender por clasificaciones del suelo, definición de intervenciones rurales y de usos que no rivalicen con rivalicen con dichas formas de aprovechamiento, encontrando los mecanismos de gestión que la hagan posible, en el marco de los principios constitucionales.

Lineamientos

Directrices

Realizar mesas de trabajo con dichos propietarios para sondear las expectativas de uso y manejo de

Técnica, metodológica y operativamente no será posible realizar levantamientos primarios de toda la información necesaria, por lo cual será fundamental, a partir de los análisis realizados en el marco de esta Consultoría, y de la experiencia específica de las entidades ejecutoras, ponderar y jerarquizar las variables y dimensiones de la indagación que se realizará en el seno del Plan Especial Rural, con base en las necesidades específicas de información, a las escalas apropiadas, para cada uno de los corregimientos, y que son a su vez, producto de sus retos y posibilidades específicas de desarrollo territorial. A este propósito, el Plan Especial Rural deberá soportar suficientemente la elección de las dimensiones, variables, e indagaciones específicas que realizará. Identificar catastralmente los predios sobre los cuales los PER propondrán las intervenciones de GAF y PA, con el objeto de realizar una gestión más precisa y eficaz sobre dichas áreas.

Con el objetivo de aumentar su aporte a la conservación de bienes y servicios ambientales, las áreas forestales protectoras-productoras deben fortalecer intervenciones de rehabilitación y restauración ecológica con miras a la conectividad biológica de grandes áreas de interés ambiental (especialmente en Baldías-Amaya-Romeral).

producción de cultivos de ciclo corto alternados con plantaciones mixtas de frutales y árboles maderables.

Criterios Metodológicos


Deben explorarse y profundizarse los instrumentos e incentivos fiscales, tributarios, para el desarrollo de actividades forestales sostenibles, en los campos de la investigación, la plantación, el manejo y la ordenación forestal sostenible en los corregimientos.

la tierra, y buscar conciliarlos con los intereses colectivos que el PER debe proponer claramente.

la revisión de las intervenciones rurales definidas por el Acuerdo 046 de 2007, como respuesta a análisis de estado, aptitud y viabilidad de los diferentes usos del suelo y actividades económicas.

Debe indagarse sobre éxitos y las falencias que en programas y proyectos de incentivo forestal y de planeación de bordes urbanos se han propuesto a la fecha (RIA, Laderas, Plan Siembra, Planes de Borde, Planes de Cerros Tutelares, entre otros), con ánimo de replicar lo positivo y superar los aspectos negativos.. Los PER deben realizar, en las áreas de protección y conservación ambiental, así como en las de aprovechamiento de recursos naturales, un análisis especial de los posibles conflictos de uso generados por otro tipo de proyectos o iniciativas institucionales, públicas, privadas o mixtas, con el objeto de buscar complementariedades entre los distintos programas relacionados con los usos del suelo y la Estructura Ecológica Principal, ya sea de conservación y protección, de aprovechamiento de los recursos o de mitigación del riesgo y control de las amenazas.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

San Cristóbal: El POT determinó que el 50% de las áreas de GAF en Medellín se encuentran en este corregimiento. En razón de esta función productiva, seguramente favorecida por la accesibilidad vial, el PER corregimental debe explorar los mecanismos para la reconversión de vastas áreas que hoy se encuentran en coberturas de rastrojos bajos y altos, a áreas forestales protectoras-productoras, bajo sistemas silvopastoriles o agroforestales.

Aunque el POT determina un 21,5% para el uso agropecuario, y AROVA plantea que el 22.57% está incluido en una zona de producción agrícola sostenible, actualmente sólo el 2.7% del corregimiento está planteado en el POT con la intervención de Restauración de Actividades Rurales, lo cual representa una contradicción en el abordaje institucional de la planeación del uso del suelo en Palmitas. Es importante dirimir esta orientación de la política del suelo en el Corregimiento.

San Sebastián de Palmitas: El énfasis protector-productor de los áreas de aptitud forestal del corregimiento de Palmitas obligan a que el PER plantee, soportado en análisis de detalle corregimental, instrumentos de gestión territorial favorables a la consolidación de usos de preservación activa, que reconozcan los bienes y servicios ambientales de estas áreas. Entre estos es fundamental el estudio del aporte a la regulación hídrica, como función territorial significativa a escala regional.

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

La preservación de áreas de regulación hídrica puede ser solventada a través de la adquisición de predios del Municipio, así como de obligaciones urbanísticas generadas en suelos suburbanos y de vivienda campestre. Esta alternativa debería ser considerada en el marco de los PER, de cara a su reglamentación.

Se identifican como retos de gestión la conversión de áreas forestales productoras a áreas forestales protectoras, productivas bajo nuevos esquemas de producción y gestión sostenible de del bosque (biotecnología y biocomercio), sin desmedro de los objetivos de conservación del recurso hídrico, así como de la incorporación de prácticas de conservación de suelos y de restauración ecológica en plantaciones forestales.

En respuesta a lo anterior, se recomienda la identificación de los lotes y predios, hoy en uso forestal productor, y que son estratégicos y/o prioritarios por su aporte a la generación de bienes y servicios ambientales para el corregimiento, con el objetivo de levantar una línea base que permita cuantificar o simular dicho aporte, identificando igualmente sus principales beneficiarios.

Está planteado para el corregimiento, la necesidad de convertir áreas forestales netamente productoras a protectoras-productoras, por lo cual es importante que el PER plantea alternativas técnicas, económicas y jurídicas en este sentido.

San Antonio de Prado: El PER corregimental debe definir a una escala adecuada las áreas de aptitud forestal protectora-productora y las de carácter netamente protector, considerando como insumo el hecho de que el POT determina que cerca del 45% del corregimiento debe tener un uso forestal productorprotector pero tan sólo 4,8% es designado para la intervención de Generación de Actividades Forestales.

Deben diferenciarse claramente en el corregimiento, las cesiones urbanísticas correspondientes a espacio público, de aquellas referidas a infraestructura vial y de equipamientos institucionales y de servicios de salud y educativo, para no continuar incrementando el déficit que el corregimiento posee en esta materia. En cualquier caso, el espacio público generado debe ser fundamentalmente de carácter natural, con un componente arbóreo dominante, como corresponde a áreas de contacto urbano-rural.

Es especialmente necesario para el corregimiento de Altavista, la exploración que los PER deben realizar para la generación de los instrumentos metodológicos para el pago de cesiones de espacio público natural en el suelo rural del corregimiento, producto de aprovechamientos urbanísticos en su suelo urbano o de expansión.

Altavista: Así como para la actividad minera, la producción forestal, uso potencial del corregimiento, se ve restringida por la infraestructura vial existente en el corregimiento. Por tal razón, la reforestación netamente comercial debe concentrarse sobre áreas relativamente cercanas al corredor que se generará a partir de la nueva vía a San Antonio de Prado, o en todo caso, aprovechando los desarrollos que se generen a partir de ella.

El PER debe estudiar la necesidad de establecer condiciones de rehabilitación morfológica, paisajística y ecológica para la incorporación de áreas mineras como parte de la Estructura Ecológica Principal en el Suelo de Expansión Urbana, Rural Suburbano y/o Rural, y de ser necesario, proponer mecanismos técnicos, jurídicos y financieros para el fomento de dicha rehabilitación.

Directrices


Lineamientos

Criterios Metodológicos

Los recursos del subsuelo y los no renovables como los MC, son estratégicos en el desarrollo territorial y endógeno de la región metropolitana, las áreas de mayor potencial minero en Altavista y San Cristóbal, deberán contribuir en la recuparación de la estructura ecológica principal, según el principio de integridad ecológica con la restitución morfológica del paisaje y mejoramiento de la conectividad ecosistémica; podrán aportar al sistema de zonas verdes y espacios públicos como ecoparques luego de terminada la vida útil de las reservas y proceso de explotación. También juegan un papel estratégico en el control de la expansión urbana en el Borde Rural-Urbano. Desarrollo ambientalmente sostenible y económicamente competitivo de la minería de materiales de construcción y de sus industrias asociadas, mediante un proceso de reordenamiento de su actividad extractiva y transformadora, establecimiento del uso futuro del suelo, según lo dispuesto por el

1.2.2. Áreas de Producción Minera Directrices

Las extracciones ubicadas en suelos suburbanos y en la zona rural una vez agotadas las reservas, podrán pasar a ser clasificadas como suelo de protección con miras a la compensación y mitigación de impactos; se podrán destinar a espacio público natural como parques Ecológicos de Borde.

Identificar las áreas licenciadas en explotación minera y las áreas de retiro minero o zona de amortiguamiento reglamentadas de 100 metros o más con el uso residencial, usos institucionales y equipamientos.

- Identificar el numero de minas el tipo de de MC su beneficio, transformación y estado de la actividad. - Identificación Infraestructuras y zonas de mayor consumo y producción de MC, la oferta y la demanda de la actividad edificadora y los MC. - Realizar mapas de áreas por un criterio de densidad

Identificar las restricciones y potencialidades sociales, institucionales, geológicas, mineras, ambientales, económicas, y amenazas geológicas, presentadas y definidas de forma participativa con los actores estratégicos y el clúster de la construcción.

Identificar y delimitar las Zonas Excluidas Restringidas según Código de Minas y Zonas Restringidas de Ecosistemas Especiales de la Legislación Ambiental ley 99 de 93, y zonas de alto riesgo actualizadas de concesiones de agua así como otros permisos asociados.

Realizar el Censo Minero como la línea base territorial y ambiental para complementar la información primaria de licencias y planes de manejo, con la identificación de las condiciones óptimas y áreas de mayor potencial para el establecimiento del parque.

Delimitar el área de mayor potencial para PARQUES MINERO INDUSTRIALES Y AGROINDUSTRIALES. Identificado el polígono potencial, realizar los estudios técnicos de factibilidad y el diseño de los Parques Minero Industriales y Agroindustriales; establecer los requisitos ambientales e incentivos económicos que impulsarán la iniciativa privada para la conformación de los Parques.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Es importante que se generen los instrumentos técnicos, jurídicos, económicos y fiscales para la conservación de áreas con uso forestal protector-productor, que permitan atenuar los riesgos y las tendencias de cambio de este uso a usos residenciales y/o agrícolas. La existencia de una demanda recreativa de escala metropolitana hace posible y necesaria la protección de los bosques plantados o naturales. No obstante, en algunas áreas del corregimiento, que el PER debe determinar de manera más precisa, un uso forestal intensivo es posible y recomendable.

Santa Elena: El PER debe analizar los mecanismos e instrumentos para la conservación de áreas forestales protectoras-productoras, especialmente por su papel en la provisión de servicios recreativos basados en su oferta paisajística.

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

La cartografía temática será generada en escala 1:5.000, sobre la cual se analice la estructura predial, se sistematice el censo minero y se realice la identificación de las áreas de mayor potencial para los PMI.

La formulación e implementación de los parques mineros de Altavista-La Picacha-Aguas Frías y en San Cristóbal; tendrá especial cuidado en: - Las áreas de uso y actividades compatibles según la clasificación del suelo en el POT. - Los tratamientos urbanísticos e intervenciones rurales. - La ocupación actual de los predios adyacentes, especificando la volumetría, la disposición de áreas libres y los aislamientos.

(unidad extractiva por densidad de área en Ha) y criterio cercanía en kilómetros según un radio influencia estimado para cada corregimiento - Construcción de un mapa zonificación de "máximo potencial aprovechable" calidad y facilidad de extracción después de condicionantes ambientales - Establecer los lineamientos técnicos y organizacionales que direccionen las acciones de los particulares para la formulación e implementación del Parque Minero Industrial de Altavista y San Cristóbal con prioridad en los PER de dichos corregimientos. - Formular la propuesta de recuperación ecológica o ambiental en la fase de abandono minero, usos y aprovechamientos compatibles y complementarios con la protección.

Criterios Metodológicos

En Altavista Central y Aguas Frías, evaluar usos asociados a la agroindustria de la madera; en San Cristóbal la creación del PMI incluirá la zona minera y de escombreras y se darán usos complementarios y compatibles dentro parque de fomento agroindustrial y al clúster de la construcción, asociado a la industria de transformación de madera y servicios de Cerrajería, Soldadura, Electricidad Comercial y Residencial (según el perfil ocupacional local).

En San Sebastián de Palmitas, San Antonio y en Santa Elena, donde la minería es incipiente se promoverá el aprovechamiento minero sostenible y los permisos temporales a fin de garantizar los materiales para las obras de carácter público municipal corregimental y regional. Para el caso de minas abandonadas e ilegales se implementaran las estrategias, programas y proyectos para la legalización y la recuperación morfológica y ambiental de las explotaciones, o para la relocalización hacia los parques.

POT para cada zona específica, el grado de afectación de procesos erosivos, características geotécnicas del suelo, uso actual, calidad ambiental y disponibilidad de agua. En las áreas de producción minera de materiales de construcción (MC) se realizará el ordenamiento minero ambiental (OMA) y territorial (POT, Arts. 402, 403, 405 y 410) mediante la figura territorial y de gestión del Parque Minero Industrial -PMIy Agroindustrial, con miras a configurar un Parque de Borde o Ecoparque una vez agotadas las reservas. Las áreas de mayor potencial minero coinciden con las zonas de alta restricción que sumado al registro de eventos de desastres por inundación en la cuencas medias y bajas de las quebradas Altavista, La Picacha y la Hueso, La Leonarda y San Francisca, deben reorientar su uso como suelo de protección; finalmente al localizarse dichas áreas en el Borde Urbano Rural, se obligan bajas densidades consecuentes con el modelo de ciudad compacta, por lo anterior se revertirá la transformación de los frentes abandonados en suelo de expansión urbana.

Directrices


Cada corregimiento debe establecer un plan para la atención de emergencias y desastres: acorde con el plan local de emergencia y contingencias del SIMPAD; realizar un inventario de los equipamientos disponibles y efectivos

Cada corregimiento debe establecer el sistema de alerta y respuestas tempranas comunitarias y en red con el SIMPAD, identificar y proponer el tipo de monitoreo del riesgo según el grado de amenaza y grado de capacitación e organización de la comunidad.

Establecer mecanismos para el fortalecimiento de las organizaciones en la gestión del riesgo, una vez identificadas todas las amenazas posibles e identificar el grupo de emergencia y el plan de gestión. Identificando potencialidades, debilidades y amenazas.

Identificar las obras de mitigación y prevención para reducción del riesgo existente, indicándolas en los respectivos mapas, así como nuevas obras civiles o medidas estructurales, establecer medidas de educación, señalización e información pública para la reducción del riesgo (gestión complementaria del SIGAM)

La escala de trabajo para la amenaza y vulnerabilidad debe ser 1:5000 a 1:2000, actualizar según estudios previos las áreas en riesgo por inundación, movimiento masa, incendio y factores climáticos, especialmente caracterizar la población en riesgo así como los bienes, áreas productivas y recursos naturales de posible afectación.

Criterios Metodológicos

4 DNP - Dirección de Desarrollo Urbano y Política Ambiental Agosto de 2005 GUÍA PARA ORIENTAR LAS ACCIONES E INVERSIONES EN GESTIÓN LOCAL DEL RIESGO A NIVEL MUNICIPAL Programa para la Reducción de la Vulnerabilidad Fiscal del Estado ante Desastres Naturales

Las ZAR no recuperables debe ser evaluada la factibilidad del reasentamiento y adquisición por el Municipio para su recuperación como suelo de protección.

Para zonas de riesgo no mitigable que presentan poblaciones en alta amenaza, se deben realizar las transformaciones necesarias de reasentamiento y recuperación, para que éstas zonas no aptas para el desarrollo de asentamientos humanos, cambien su uso actual hacia zonas de protección, o zonas de recreo (en el caso que presenten déficit de zonas verdes, espacio público y sean aprovechables una vez recuperadas) y se pueda ejercer en ellas un control permanente para que no sean de nuevo ocupadas o invadidas, generando otros riesgos a futuro.

Incorporar las ZAR recientemente identificadas en los PER. En las zonas definidas de alto riesgo no recuperable (En el estudio actual para los riesgos clasificados entre 4 y 5) y en las zonas de riesgo recuperable, se llevará a cabo la gestión integral del riesgo GIR (POT. Art 122°) Según la Dirección Nacional de Planeación4 las variables a tener en cuenta son: • Conocimiento y monitoreo del riesgo. • Gestión correctiva y prospectiva del riesgo. • Fortalecimiento de las organizaciones para la gestión del riesgo • Preparación para la atención de emergencias y desastres: Plan Local de Emergencia Transferencia y Seguimiento del riesgo. Evaluar la estratificación socioeconómica o disminución de cargas a los predios afectados y en alto riesgo no recuperable o mitigable (clases 4 y 5), pues son suelos que no deben estar ocupados y tampoco deben ser responsabilidad de un particular su estabilización, pues en la mayoría de los casos, son terrenos afectados por varios factores en los que participan varios actores en un área de influencia mayor, son predios abandonados que aumentan la situación de amenaza y cada vez, es más costosa su recuperación y difícil su estabilización. Evaluar financieramente la transferencia del riesgo para equipamiento e infraestructuras públicas y hacer seguimiento y control al Plan de Gestión del Riesgo. Identificar los equipamientos asociados a la atención del los desastres que merecen y deben priorizarse para realizar su valoración y aseguramiento a través de pólizas contra riesgos que puedan ocasionar perdidas de vida y materiales.

Lineamientos

Directrices

1.3. Áreas y Gestión del Riesgo

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS en caso de una emergencia, así como la disponibilidad de agua para riego y recarga de carros de bomberos en zonas suburbanas y urbanas altamente vulnerables a incendios forestales.

Lineamientos

Criterios Metodológicos

El Plan Especial Rural complementario del POT debe atender lo dispuesto en el componente general sobre el modelo de ocupación y lo específicamente ordenado para el componente Rural, Objetivos y Políticas; todos los sistemas estructurantes del territorio rural y el sistema estructurado, deben acoger las determinantes de superior jerarquía y desarrollar en una escala menor de detalle, los elementos que consoliden ese imaginario de ciudad y ruralidad, acorde con las particularidades de cada corregimiento.

2. Estructura Físico-Espacial

Santa Elena: La zona suburbana de la vereda Piedras Blancas Matasano y Media Luna en el borde norte y centro oriental con Medellín.

San Antonio de Prado: La zona suburbana asociada la quebrada Dona María y en las veredas El Salado, Yarumalito y Potrerito, como Las más afectadas recientemente por movimientos en masa que afectan de manera periódica la vida de personas allí asentadas. También en las veredas La Verde (avícola La Cascada) y El Vergel (Sector los Vargas).

Altavista: Las zonas suburbanas de las veredas Guayabala Altavista Central, recientemente afectadas por movimientos en masa con afectación de varias viviendas. También en las veredas Manzanillo, Buga y San Pablo.

San Cristóbal: La zona suburbana (Sector Caracolí y San José) y otros relacionados a La Iguana donde se presenta inundaciones periódicas. En la zona rural de las veredas La Ilusión, Boquerón, Yolombo, La Palma.

San Sebastián de Palmitas: S.S. de PALMITAS: la zona suburbana de Palmitas Central, La Aldea y Urquitá

Los corregimientos priorizarán la identificación y caracterización para la mitigación con acciones estructurales (obras civiles-muros, sellamiento de grietas) y no estructurales u obras biológico forestales como siembra de especies nativas en cabeceras y zona inestables y de alta pendiente, en las siguientes zonas:

Directrices


En transporte se debe definir el eje estructurante para cada corregimiento en particular, evaluando y revisando temas de las infraestructuras que se deriven de cada sistema en particular, como son las áreas de circulación vehicular, áreas de circulación peatonal, áreas de circulación animal, de las redes de caminos, ciclorutas, sistemas de transporte masivos, transporte colectivo vehicular, transporte público individual (taxis y moto-taxis), transporte por cables y similares. De igual forma se deben revisar los

Como sistema estructurante el sistema vial debe desarrollarse y reglamentarse de forma específica y complementaria a las directrices generales que el POT ya fijó para la ruralidad, en cada uno de los subsistemas y jerarquías, líneas férreas y estaciones si las hubiere, sistema vial, cables y otros como intercambios, puentes o pasos peatonales, terminales de transporte (carga y pasajeros), depósitos de buses y terminales de ruta. En general se entiende de toda la infraestructura que requiera la movilidad y las especificaciones técnicas acordes con la función y jerarquía en el sistema.

Convencionalmente el Plan de Movilidad ha sido un plan sectorial independiente de otros, pero para efectos del desarrollo local, conviene que dicho componente del ordenamiento territorial, se circunscriba en el marco de las operaciones generales e integrales dirigidas a la ruralidad y los corregimientos como ámbito ideal para su ejecución.

El Modelo de Ocupación del territorio rural tendrá como articulador por excelencia el sistema general de espacio público, equipamiento y centralidades, como espacios de alta significación colectiva y cultural, espacios identitarios de apropiación cotidiana y soporte del hábitat rural. Los PER deben delinear estrategias que hagan del sistema de espacios públicos, equipamientos y centralidades, efectivo en la integración de las comunidades de los territorios rurales, que asistidas de manera pertinente por los servicios que demanda se constituyan en las primeras gestoras en la conservación del paisaje rural, con centros locales que fomenten el desarrollo endógeno y sirvan de enlace y amortiguación con las dinámicas del orden regional.

Sin embargo cada corregimiento en su ordenamiento en escalas menores y de detalle, puede incorporar elementos complementarios y de innovación que sean del nivel de competencia municipal, basados en nuevos estudios de fuentes primarias más recientes y pertinentes, que permitan hacer análisis espaciales, poblacionales y relacionales en el sistema territorial microlocal y regional con los vecinos o zonas de frontera.

El modelo de ocupación bebe estar en función del modelo de desarrollo local y muchas variables, por tanto es una resultante interdependiente de otras ya analizadas en la estructura ecológica principal, la estructura económica y productiva, la estructura socioeconómica y cultural y la estructura político institucional y de gestión; a su vez debe obedecer al imaginario y visión general que en el POT se tiene para la ruralidad, al igual que las directrices macro para la subregión metropolitana y las dispuestas por las autoridades ambientales en AROVA al occidente y ARVÍ al oriente.

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Los sistemas tecnológicos de servicios públicos están sujetos a las directrices y políticas del ámbito nacional y legislativo: los avances sobre los operadores o prestadores comunitarios de servicios públicos y el referendo por el agua, así como la política de subsidios focalizados por el gobierno municipal. Como directrices generales se tienen:

Los estándares mínimos de calidad de la vivienda y el entorno de la vivienda rural, deben ser regulados para cada tipología en forma general en el PER Corregimental, con sujeción a lo ya dispuesto en el POT y de manera específica por la norma básica que adopte cada PER de detalle en los respectivos polígonos. b) Los estándares mínimos del sistema de conectividad rural-rural y del espacio público efectivo construido en general, también deben ser regulados de forma general en el PER Corregimental y de manera específica en los PER de Detalle a que haya lugar.

El control y la regulación sobre la dinámica de ocupación en los corregimientos, alcance de los PER, es clave para garantizar la conservación de las áreas objetivo de protección, las áreas productivas y las áreas suburbanas, que como se reconoce en las políticas y definiciones de ley, son las áreas de residencia y servicios de la población rural, de apoyo a la base económica agraria y el potencial turístico. Las áreas de expansión urbana y el borde urbano-rural requieren de una política clara y efectiva de contención que revalore al paisaje, como unidad de planificación y por consiguiente sujeto a regulación sobre las densidades, coberturas, tipologías de vivienda y otros usos o edificaciones etc.

Los PER deben caracterizar adecuadamente el sistema estructurado de la vivienda y el hábitat rural, la estructura predial o de loteo y las densidades netas especialmente en las áreas y corredores de suburbanización, a fin de identificar el avance de dicho proceso o caracterizar si el fenómeno ya es de urbanización y su irreversibilidad, para tomar decisiones adecuadas sobre las dotaciones y la calidad del entorno y de la vivienda en tipologías y tecnologías claramente caracterizadas.

Las políticas espaciales, imagen objetivo y acuerdos generales en torno a la función que cumple la ruralidad en el Modelo de Ocupación de la ciudad, son las que se plantean en el Plan de Ordenamiento Territorial, serán revisadas y modificadas en la próxima generación o nueva formulación y será la oportunidad para alinearlas con las Directrices Metropolitanas de Ordenamiento Territorial, especialmente referidas a las áreas núcleo, bordes, conectores ecológicos, áreas y corredores de suburbanización; así los PER corregimentales, pueden ajustar el Modelo de Ocupación, sobre un estudio de detalle que revele y reconozca la dinámica real de ocupación, densidades netas, fragmentación predial y tipología de la vivienda.

equipamientos requeridos por estas infraestructuras de trasportes: estaciones de todo tipo, centros logísticos de transporte, depósitos de vehículos de transporte público (si se permitieran), terminales de ruta, estaciones de transporte por cable, etc.


Asegurar adecuadas condiciones de saneamiento a todas las actividades e instalaciones en el territorio. Implementar sistemas de acueducto para uso múltiple administrados por la comunidad Aprovechar al máximo fuentes alternativas de energía

• Realizar un inventario exhaustivo de los elementos constitutivos del sistema de espacios públicos, discriminándolos por los componentes natural, construido y complementario, incorporando en estos los escenarios de reconocimiento y apropiación local. • Identificado cada elemento que haga parte del sistema de espacio público, determinar la jerarquía en el sistema, escala, nivel o ámbito regional, corregimental y veredal, lo que a su

Articular el sistema de espacio público rural al sistema regional a través de acciones como la recuperación de los caminos antiguos y la implantación de nuevos elementos de enlace y conectividad adecuadamente emplazados y con la utilización de tecnologías amables con el ambiente y respetuosos del patrimonio histórico y cultural. Identificar en el Programa de Restauración de Áreas Degradadas, aquellas que potencialmente puedan ser usadas como espacios públicos según el POT acorde con la clasificación del suelo.

De acuerdo a lo dispuesto en el Plan Especial de Espacio Público se deberá incorporar efectivamente al sistema estructurante de Espacio Público de ciudad los elementos naturales, construidos y complementarios del ámbito rural, reconociendo sus singularidades y funcionalidad en los diferentes ámbitos rural-regional, de enlace rural-urbano y los que configuran escenarios más locales, nivel rural-rural.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Directrices

2.1. Espacio Público

Debido a la deficiencia de referentes que permitan conocer la calidad y eficiencia de los servicio públicos de manera sistemática, en cada PER se hace necesario realizar un inventario-censo y actualizar y completar la base de datos del municipio a 2006 en acueductos (solo están los 15 multiveredales), en saneamiento básico no está actualizado manejo de residuos sólidos. Hay proyectos dispersos de aprovechamiento de residuos cuyos resultados no se han generalizado, se debe establecer el encadenamiento para el aprovechamiento en huertas y solares agroecológicos.

Desarrollar la infraestructura requerida para el tratamiento local de los residuos sólidos como identificar los sitios de acopio, separación, transformación y reciclaje.

-

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Deberán ser Identificadas las áreas a ser afectadas para luego incorporarlas al sistema de espacios públicos, principalmente bajo el instrumento de las cesiones obligatorias. Para la adquisición de predios privados cuya vocación sea albergar funciones públicas éstas deberán a proceder afectarse por los instrumentos de enajenación voluntaria o

Los Planes Especiales Rurales deberán reconstruir el sistema de espacialidades públicas construidas o artificiales rurales veredales y suburbanas de escala corregimental, basados en la identificación y caracterización de la población rural.

La función ecológica del espacio público natural prevalece sobre otras, por ello se restringe el tipo de intervención, aprovechamiento o manejo de los elementos constitutivos del componente natural, que hacen parte a su vez del sistema de espacio público en cada una de las escalas jerarquizadas; dicha restricción homologada con las disposiciones ambientales, son determinantes en los procesos de urbanización, suburbanización, parcelación, edificación y desarrollo de las demás actividades productivas.

Directrices

Implementación de un programa de parques agroecológicos, campesinos y recreativos a nivel local (rural-rural y rural-urbano) articulado con las propuestas de AROVA y ARVÍ, que propendan por la generación y mantenimiento de los elementos del sistema natural. Definir las condiciones, requerimientos y especificaciones técnicas especiales para la generación del espacio público construido en suelo rural donde predomine el paisaje natural, la mínima intervención y el máximo aprovechamiento ecoturístico y educativo. Dar continuidad y celeridad a la construcción de parques de borde como medida de freno a la expansión urbana hacia zonas donde debe prevalecer el uso público, la recuperación ambiental y paisajística. Implementar estrategias y mecanismos de administración del espacio público con la participación de entidades privadas competentes, bajo reglas claras sobre la preservación del uso público, fomento de actividades para la apropiación y destinación correcta, regulación del aprovechamiento económico, así como incluir en la administración a las mismas organizaciones comunitarias en lo que respecta a espacios públicos más locales o vecinales.

Fortalecimiento de los enlaces del espacio público rural-urbano y rural-regional a través de la adecuación de parques lineales de quebrada de primer orden que a su vez sean conectores ecológicos y corredores de actividad turística, posibilitando la circulación peatonal de manera preferente.

Lineamientos en

las

siguientes

- Espacios Públicos para la contemplación: Miradores panorámicos, así como parajes naturales de reconocida apropiación social y cultural para la recreación pasiva. - Espacios para el uso educativo e investigativo:

• Identificados los elementos que constituyen el sistema de espacios públicos y determinado el nivel de relación que constituye debe asignársele una función preferencial derivada de sus condiciones geomorfológicas y/o tradición e historia, entre las cuales podrían nombrarse:

- Nivel Regional: En este caso propender por la afectación del espacio público para que sea accesible, reconocido y apropiado por los habitantes de la región. De igual forma deben ser adecuados para soportar carga turística, acordes con la capacidad calculada incluso en suelos de protección. En este caso ceñirse a sus restricciones. - Nivel Corregimental: Los espacios públicos que pertenezcan a este ámbito de influencia o servicio deben ser afectados de tal manera que el conjunto de la población del corregimiento pueda acceder fácilmente, promover su uso y apropiación por parte de las autoridades locales e instituciones comunitarias y organizaciones del nivel corregimental. - Nivel Veredal: Los espacios públicos de reconocimiento más local, deben ser adecuados de tal manera que las comunidades veredales puedan hacer uso frecuente y diario para la realización de actividades propias de los ámbitos más vecinales.

vez debe incidir consideraciones:

Criterios Metodológicos


Lineamientos

Presentar la cartografía del sistema jerarquizado de espacio público en escala 1:5.000.

• Identificar las áreas degradadas como frentes mineros abandonados, con recuperación geomorfológica y buen manejo ambiental, que son de potencial readecuación y apropiación para espacios de uso público mediante diseños urbanísticos y arquitectónicos, tales como: anfiteatros abiertos, medias tortas, jardines temáticos, parques recreativos, parques de borde y de memoria cultural.

Inmuebles que podrían adecuarse para zoológicos, jardines botánicos y parques ecológicos, a los cuales se vinculan centros de formación, primaria, secundarias y superior, universitaria y tecnológica y servirían de complemento y extensión a sus programas académicos. - Espacios para la recreación activa y uso intensivo: Lugares que por sus condiciones geomorfológicas y condiciones de accesibilidad, pueden ser destinados a la práctica de actividades de recreación y deporte, tales como excursiones, caminatas, cabalgatas y campamentos, incluso para la realización de deportes extremos, que requieren adecuaciones especiales.

Criterios Metodológicos

En San Cristóbal y San Antonio de Prado deben hacer énfasis en las espacialidades públicas urbanas y suburbanas que deberán ser aportadas por los procesos de expansión en el Borde Urbano-Rural.

En San Sebastián de Palmitas reviste prioridad la identificación y adecuación del espacio público natural en el marco del Parque Ecológico Campesino y AROVA, así como la configuración del sistema de espacialidades públicas construidas.

El PER de San Sebastián de Palmitas otorgará prioridad al espacio público en las zona de influencia inmediata de las Estaciones del Teleférico actuales y propuestas (futuras API), la Centralidad Tradicional articulada con la Aldea y la recuperación de los caminos para generar la infraestructura del Parque Ecológico Campesino, en concordancia con AROVA y el PEPP.

forzosa como lo estipula la Ley 388 de 1997 (Artículos 55, 57, 57, 58, 59, 60, 61 y 62) o determinar incentivos tributarios para que los privados mantengan un uso acorde con la vocación pública del predio.

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

Lineamientos Deberán ser explorados otros instrumentos de gestión como el Fondo de Compensaciones que permita transferir recursos y compensar obligaciones generadas en procesos de urbanización en suelo de expansión y por parcelación de recreo, hacia el sistema de espacio público y equipamiento rural. Revisar la normativa para que se reconozca las infraestructuras de servicios colectivos de dominio privado, se incentive su funcionamiento y se regule el aprovechamiento económico que realizan del espacio público.

Directrices

En el Acuerdo 046 de 2006 están contemplados instrumentos de gestión del suelo para generación de equipamientos en el artículo 324, pero para suelo urbano y de expansión, debiéndose extender para el suelo rural, aunque en el artículo 327 del citado Acuerdo, da lugar a “facultades para reglamentar ámbitos de reparto” en donde se genere la obligación, como también la compensación parcial en dinero de las obligaciones urbanísticas, que se invertirá en las zonas de la ciudad de acuerdo con estudios técnicos se encuentren más deficitadas y en las que se estén desarrollando procesos de regularización y legalización.

2.2. Equipamientos

• Los equipamientos de educación existentes en suelo rural deberán adecuarse a la prestación de varios servicios en el sitio de emplazamiento y diseñar un plan para futuras ampliaciones

• Los equipamientos de servicios colectivos básicos que se construyan en suelo rural, deberán considerar sistemas alternativos de construcción, patrones especiales, ajustados a la normas de sismo-resistencia. Incorporar tecnología digital en la infraestructura educativa y de salud instalada en las cabeceras corregimentales con conexión virtual con los centros educativos y puestos de salud ubicados en las centralidades veredales.

Criterios Metodológicos

En Santa Elena, otorgar prioridad a la consolidación de las centralidades suburbanas, en concordancia con el Parque ARVÍ (Piedras Blancas) y las API identificadas.

En Santa Elena hacer énfasis en el control de la expansión de áreas suburbanas sobre las áreas agrarias o mixtas, reglamentar la participación máxima de la vivienda campestre respecto a la vivienda campesina.

En Altavista se debe hacer énfasis en las espacialidades públicas suburbanas por sectores y en el borde urbano-rural con los frentes de minería y las franjas de amortiguamiento de impactos, los cuales se potencian como espacio público en ECO 2003-2004.

El PER de Altavista en Espacio Público potenciará el Cerro de Las Tres Cruces y el Manzanillo, como espacio público corregimental, articulando la red de equinorrutas y caminos antiguos que le conectan con los corregimientos de San Antonio de Prado, San Cristóbal y San Sebastián de Palmitas, en torno al sistema del cerro del Padre Amaya - AROVA.

Directrices


Definición del programa de gestión del suelo destinado a la adquisición de inmuebles para la construcción de equipamientos en suelo rural, cuya localización se base en la vocación del lugar y proximidad a la población para la prestación de servicios colectivos, bajo estrategias de atención alternativa.

Presentar la cartografía del sistema jerarquizado de equipamientos en escala 1:5.000.

• Tras evaluar la viabilidad técnica y económica de actividades turísticas, priorizar la ejecución para la construcción y adecuación de hospedajes, albergues y posadas para el visitante y el turista.

• Los equipamientos de servicios colectivos en dominio privado que se beneficien de los recursos del paisaje si se requiere deberán presentar un plan de manejo aprobado por la autoridad ambiental y de planeación municipal. Para la realización actividades recreativas propias de los ámbitos rurales, entre ellas deportes extremos, se construirán las instalaciones de infraestructura requeridas, guardando las medidas de seguridad correspondiente y regulada por la ley.

ajustadas a nuevos requerimientos y procurar que estén paisajísticamente integrados.

Criterios Metodológicos

En San Sebastián de Palmitas y Santa Elena el énfasis estará en el nuevo perfil de servicios y equipamientos en las áreas de salud, recreativas, educativas y administrativas, de ámbito corregimental suburbano y veredal, articulados al agro-ecoturismo y el sistema de movilidad por cable o teleférico. En éstos y en Altavista la función financiera no se presta, evaluar la importancia de la localización de dicho servicio.

La política de usos del suelo deberá revisar los criterios de localización de equipamientos, especialmente los asociados con instalaciones de apoyo a las actividades productivas agropecuarias, agroindustriales, forestales, minero-industriales, eco-turísticas, recreativas, hoteleras, centros logísticos y otros equipamientos de ciudad de gran formato e impacto localizados en la ruralidad, como los centros penitenciales y equipamientos de seguridad, planteando la reglamentación básica específica para éstos y las áreas de influencia.

Los equipamientos existentes deberán tener un plan de mejoramiento y adecuación de la infraestructura así como también ajustarse a acciones complementarias con el espacio público que lo circunda para favorecer la accesibilidad y el aprovechamiento externo de sus instalaciones para actividades afines.

El sistema de equipamientos tendrá como objetivo equilibrar funcionalmente el territorio corregimental, deberán ofrecer la prestación de programas para el desarrollo humano y comunitario, de manera coordinada y complementaria ajustarse al perfil de necesidades de la población residente y flotante, según el potencial agro y ecoturístico, posibilitando así la generación de redes solidarias y de apoyo a la base económico-productiva, la incorporación de nuevos procesos tecnológicos y culturales, que garanticen la atención de los derechos ciudadanos y desarrollen capacidades para la competitividad sistémica al territorio. Los equipamientos que se vayan a construir deberán ajustarse a una normativa que condicione la adecuación de las nuevas infraestructuras a normas generales de recuperación y protección del paisaje, así como ajustarse a los requerimientos específicos de la comunidad local a la cual se destinarán sus servicios. Deberán ser evaluados los programas para la construcción de albergues de huéspedes y turistas, así como de las infraestructuras requeridas para la realización de actividades recreativas especiales.

Lineamientos

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

El sistema de centralidades rurales deberá articular los distintos nodos y corredores de actividad en cada uno de sus niveles y

Las Centralidades Rurales requieren de una caracterización detallada sobre su perfil y función en el sistema general de centralidades urbanas y suburbanas, e incluso las regionales y los corredores de actividad múltiple de diverso tipo y jerarquía, especialmente los de suburbanización en torno a los ejes viales regionales y las áreas productivas que sirven o atienden.

Las políticas y objetivos territoriales en torno a las centralidades rurales las constituyen efectivamente en centros de apoyo a la base económica, centros de servicios sociales básicos, generales y especializados en función del perfil de las necesidades locales y en áreas residenciales consolidadas de los pobladores tradicionales, así como en áreas de expansión de nuevos pobladores permanentes. El sistema de centralidades orientará el modelo de ocupación territorial, concentrando la población en las áreas con mejores oportunidades para la atención de sus necesidades y para el desarrollo local sostenible, frenando así la ocupación dispersa y de áreas apartadas que configuran un territorio disfuncional.

Potenciar el sistema incipiente de centralidades veredales y corregimentales agregando funciones y mejorando el sistema de conectividad y movilidad.

Fortalecer el sistema de centralidades no sólo ampliando la cobertura de los servicios que concentra, sino también, afianzando el énfasis y vocación que han venido adquiriendo cada cabecera corregimental dentro de las dinámicas de integración regional, entre los servicios administrativos, sociales, públicos, culturales y comerciales.

Lineamientos

Directrices

2.3. Centralidades

• La localización y dimensionamiento de la

• La definición de cesiones obligatorias

• Las normas para parcelación y las densidades máximas definidas por la Corporación Autónoma Regional.

• La definición de usos principales, compatibles, condicionados y prohibidos.

• Las medidas de protección para evitar que se afecte la EEP y los suelos en categoría de protección.

• La delimitación de los centros poblados

Como queda consignado en el Decreto 3600 de 2007Capítulo IV – Artículo 16 Ordenamiento de los centros poblados rurales. El componente rural del plan de ordenamiento o unidad de planificación rural deberá contener por lo menos los siguientes aspectos:

Criterios Metodológicos

En Altavista el énfasis será en el replanteamiento del sistema de equipamientos suburbanos para cada sector o zona, que disminuya la dependencia con los equipamientos urbanos de Belén y La América, optimizar las condiciones de localización, accesibilidad y movilidad, y a su vez revise el potencial de los frentes abandonados de minería y el futuro Parque Minero Industrial, para nuevas infraestructuras e instalaciones requeridas y adoptar las medidas de compensación en los bordes urbano-rurales y las áreas rurales agroforestales.

En San Cristóbal y San Antonio de Prado, el énfasis estará en mejorar las condiciones de calidad del sistema de equipamientos presionados por la expansión urbana en el Borde Urbano-Rural, así como mitigar el impacto de instalaciones regionales y de jerarquía de ciudad.

Directrices


Lineamientos Promover la participación conjunta del sector privado y el sector público en la generación y/o administración de nuevos centros de servicios administrativos, sociales, culturales, públicos y comerciales que se ajusten a las demandas de la población urbana y rural de los corregimientos. Integrar y complementar el sistema de centralidades de cada corregimiento con el aumento de la capacidad de atención de los centros de menor jerarquía, incorporación de servicios de apoyo a la producción, el fomento cultural de las comunidades y a la organización social. Las centralidades suburbanas deberán ser delimitadas e identificadas adecuadamente según el tipo de intervención que requieren, desarrollo para nuevas centralidades, redesarrollo, consolidación y mejoramiento integral que implica la regularización del asentamiento. Coordinar las estrategias de fortalecimiento e integración de las centralidades, nodos y corredores de suburbanización, definiendo prioridades en la intervención y ejecución según las características de cada corregimiento. Articular de los diferentes servicios concentrados en los nodos o corredores de actividad a través de un espacio público de altas especificaciones técnicas y espaciales con corredores vehiculares y peatonales continuos, así como lugares para el encuentro y el esparcimiento contiguos a los edificios colectivos. En los centros poblados rurales deberán identificarse las áreas que deberán afectarse para luego incorporarse al sistema de espacios públicos, principalmente bajo el instrumento de las cesiones obligatorias. Para la adquisición de predios privados cuya vocación sea albergar funciones públicas éstas

Directrices

jerarquías, conectados e integrados entre sí para atender el conjunto de la población residente y flotante, favoreciendo la atención de las necesidades básicas y apoyando las dinámicas de desarrollo local, sirviendo de enlace con otros centros de ciudad y región, promover la función en red con otros centros corregimentales y de municipios vecinos, mediante convenios de administración asociada o delegada, procurando la integración efectiva los servicios y el equilibrio funcional del sistema territorial.

Dar prelación al espacio público como uso, en los casos en que sea compatible y pueda condicionarse. Efectuarse de manera prioritaria cuando su uso sea el principal, con el objetivo de impedir la ubicación de viviendas y otros usos de interés particular en áreas pertenecientes a la estructura ecológica principal cercanos a los centros poblados rurales.

• La definición y localización equipamientos colectivos.

de

los

• La definición y trazado del sistema vial con la definición de los perfiles viales.

• La definición y trazado del sistema de espacio público del centro poblado.

infraestructura básica de servicios públicos

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS deberán a proceder afectarse por los instrumentos de enajenación voluntaria o forzosa como lo estipula la Ley 388 de 1997 (Artículos 55, 57, 57, 58, 59, 60, 61 y 62) o determinar incentivos tributarios para que los privados mantengan un uso acorde con la vocación pública del predio. En las centralidades corregimentales y en los centros poblados rurales deberán proyectarse el trazado del sistema de espacios públicos integrando los elementos existentes identificados previamente, así como los requeridos para completar el sistema, manteniendo los principios de continuidad y accesibilidad exigidos por la Ley 361 de 1997, articulados al sistema vial y como vinculante con los equipamientos colectivos. La construcción de nuevos equipamientos colectivos, tales como educación, bienestar social, salud, cultura y deporte deberán sujetarse al trazado que previamente deberá efectuarse en los centros poblados en los cuales se deberá indicar la localización precisa de los edificios públicos. En caso tal que se requieren nuevas áreas, deberán afectarse aquellos predios que muestran tener utilidad pública o interés social, en este caso para construcción de equipamientos.

Lineamientos

Criterios Metodológicos

En San Cristóbal • Integrar los equipamientos de las centralidades de La Palma, Travesías el Llano y La Loma a través de un sistema de espacio público como plataforma de continuidad peatonal y vehicular con altos estándares técnicos y espaciales.

En San Sebastián de Palmitas • Fortalecer las centralidades veredales con el mejoramiento de los equipamientos de educación, recreativos y de salud primordialmente. Evaluar el requerimiento de nuevos puestos de salud veredales como en la centralidad de La Frisola. • Articular las centralidades veredales y suburbanas, por cables aéreos con los corredores regionales antigua carretera al mar y conexión Aburrá-Cauca. • Articular las propuestas del PER La Aldea como nuevo centro gravitacional del corregimiento ante su cercanía a la nueva conexión regional centro-occidente. En general aumentar la capacidad funcional servicios al agro en las centralidades.

Directrices


Lineamientos

Criterios Metodológicos

En Santa Elena • Conservar el carácter tradicional de las centralidades del corregimiento que se constituye en un atractivo para el visitante, reservorio de la memoria y la identidad local. Fortalecer las centralidades que prestan servicios no sólo a las comunidades más cercanas, sino también a habitantes de otros sectores, así como a visitantes es el caso de: Barro Blanco, El Placer, El Plan y Mazo. • Incrementar las restricciones a las parcelaciones de vivienda campestre no sólo por la presión que generan sobre los recursos naturales, sino también, por el incremento que generan en la demanda de los otros servicios, la cual termina afectando a los habitantes locales y que tienen este territorio como su primera y única vivienda. • Concretar las acciones previstas por el Plan Maestro Parque Regional “ARVÍ” para la cualificación de los corredores de actividad múltiple, principalmente el que se extiende 2 km. en la vía que conduce a Rionegro entre las intersecciones de acceso al Plan hasta el Cerro, y en segunda medida, la adecuación de los corredores de Media Luna y Mazo, en los que deberá procurarse conservar sus cualidades paisajísticas, construir lugares para el visitante ocasional y mejorar las condiciones de movilidad peatonal de los habitantes locales. • Aumentar la capacidad de cobertura en los servicios sociales, culturales y comerciales en el corregimiento atendiendo las particularidades de la demanda local.

En San Antonio de Prado • Introducir servicios culturales y comerciales en la centralidad de Potrerito, ya que es suelo suburbano de nivel 1, y mejorar la prestación de servicios básicos. • Articular las centralidades urbanas: Centro Tradicional, La Verde y El Limonar a través del mejoramiento del espacio público que existe entre estas y la localización de nuevos equipamientos en los ejes que sirven de conexión entre las mismas. Conservar la capacidad funcional de la centralidad corregimental.

En Altavista • Constituir centralidades efectivas en los sectores de Aguas Frías, El Corazón y El Manzanillo, dotándolas con la prestación de servicios básicos que alcancen a cubrir las demandas de los habitantes en cada uno de ellos. • Ante la desarticulación físico-espacial y social entre la cabecera corregimental y los otros sectores del corregimiento, cada una correspondiente a vertientes de diferentes microcuencas, posibilitar la atención en servicios colectivos más complejos de los habitantes de estos sectores en las centralidades zonales más cercanas. • Reconfigurar los corredores viales especialmente la separación de circulaciones y el sistema peatonal que conduce a Altavista Central y la vías a Aguas Frías, calle 31B, de tal manera que las secciones viales sean seguras y ambientalmente adecuadas, así como funcionales para las actividades residenciales, comerciales y demás servicios.

• Articular las centralidades veredales y demás sectores urbanos del corregimiento con la cabecera corregimental a través del fortalecimiento vial y el empleo alternativo de medios de transporte para zonas escarpadas. • Mantener la aceptable cobertura en servicios públicos y comerciales y ampliar su atención a la población rural más apartada y desarticulada de los centros poblados, a través de medidas alternativas que no terminen generando cambios culturales y procesos de ocupación no planificados.

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Se deben construir indicadores viales y de transporte que permitan evaluar en el tiempo el plan de movilidad. Indicadores que deben ser comparados con los que se manejen a nivel internacional a fin de poder determinar si cada corregimiento en particular, de acuerdo a sus singularidades, está bien o mal servido.

El Plan de Movilidad de la zona rural de Medellín debe ajustarse a los lineamientos y directrices que en esta materia se tengan a nivel departamental y nacional (ejes viales de carácter regional y nacional que cruzan los corregimientos de Medellín). El Plan de Movilidad del Área Metropolitana del Valle de Aburrá, debe contener un completo plan de movilidad para la zona rural de los municipios que la conforman entre ellos Medellín, que defina las directrices generales en concordancia con el resto de los municipios de área metropolitana y de la región central de Antioquia. El Plan de Movilidad de la zona rural debe ser el resultado de un ejercicio integral de planificación y no un eje estructurante a partir del cual esta se realice. Dadas las características particulares de cada corregimiento, se deben elaborar planes de movilidad para cada uno de ellos. La planificación vial y de transporte debe ser el resultado de una evaluación socioeconómica actual y potencial que responda e incentive la vocación agrícola de los corregimientos.

La cartografía deberá estar basada en restituciones recientes y ortofotos que acompañe los planes de movilidad en los corregimientos deberá ser en escala 1:10.000 para indicar los elementos del sistema general jerarquizado, en áreas suburbanas será escala

El estudio que se realice para evaluar la situación del transporte al interior de la zona rural deberá revisar el tema del transporte interveredal y de estas con su centralidad, siempre ligado a la demanda de pasajeros. Elaborar un Plan de Movilidad Rural, con la realización de un completo diagnóstico o caracterización detallada que dé cuenta de la situación actual de la zona rural en general y de cada corregimiento en particular, con énfasis en las variables e indicadores de infraestructura y

• Etapa de Diagnóstico del Plan de CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD RURAL: • Caracterizar el Sistema de Infraestructura y Transporte • Caracterizar la demanda desde la población y las actividades económico-productivas en función de la movilidad. • Caracterizar el territorio y la estructura ecológica en función de la demanda y oferta de movilidad.

Insumos del Plan de Conectividad y Movilidad Rural: la información del Modelo de Ocupación, clasificación y usos del suelo, demás sistemas estructurantes territoriales.

Criterios Metodológicos

• Etapa de Formulación del Plan de CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD RURAL: • Jerarquización del Sistema de Infraestructura. • Especificaciones Técnicas (secciones) y proyectos del Sistema de Infraestructura. • Especificaciones Técnicas del sistema de Transporte. Plan de acción con prioridades de Inversión.

La definición de las secciones viales no podrá ser genérica para todos los corregimientos, tanto para las conexiones urbano-rurales, como para las ruralesrurales. Merecen especial atención las vías en las zonas suburbanas de algunos corregimientos.

Lineamientos

Directrices

2.4. Conectividad y Movilidad


1:5.000 y en planes de detalle deberá identificar los proyectos en escala 1:2000. La geodatabase debe ser actualizada y compatible con los demás sistemas de información municipal.

transporte, levantando la información socioeconómica relacionada con la movilidad de las personas y de la producción según las actividades económicas.

El DIAGNÓSTICO DE CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD RURAL.

Una vez finalizada la etapa del diagnóstico y conocidas todas las necesidades de movilidad, nos podemos enfocar en proponer o formular las soluciones que satisfagan dichas necesidades, teniendo presente el modelo de ocupación territorial y las condiciones particulares de cada uno de los corregimientos, es elaborar un plan vial del sistema estructurante territorial de conectividad y movilidad en la formulación de los PER Planes Especiales Rurales de cada uno de ellos. De ser estrictamente necesaria la interconexión entre los diferentes sectores de los corregimientos, se deberán evaluar conexiones alternativas a las viales, pues como ya ha mencionado son de alto impacto ambiental. Aparte de los caminos con valor históricos identificados en el territorio rural, existe una red peatonal que sirve de acceso a cada uno de los sectores de los corregimientos. Caminos y senderos peatonales que deben ser incluidos en el plan de movilidad como una de las alternativas utilizadas para acceder a la zona y específicamente a cada una de las viviendas asentadas allí.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Los insumos del Diagnóstico de un PLAN DE CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD RURAL, son los inventarios completos del sistema vial jerarquizado, sus infraestructuras y el sistema de transporte, la encuesta origen–destino, indicadores de cobertura, calidad y eficiencia del sistema existente, así como índices de accidentalidad, la caracterización socioeconómica de la población, su distribución espacial y las actividades productivas, con análisis por segmentos y mercados, volumen, valor y destinos de comercialización de la producción.

El Plan de Movilidad de la zona rural se debe contener como variables de la infraestructura vial las asociadas con la jerarquía en el sistema, conexiones regionales y metropolitanas, urbano-rurales, rurales y red de caminos; y del transporte las variables de demanda y oferta, asociadas con las relaciones urbano-rurales y la rural-rural del sistema local.

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

Caracterizar la demanda desde la población y las actividades económico-productivas en función de la movilidad.

o Realizar un inventario que recoja el estado de las vías que comunican la zona urbana con la zona rural, la zona rural con la región y las que comunican la zona rural a su interior, clasificándolas por jerarquía del sistema y mediante aforos de tránsito determinar el número y la composición de vehículos que por dichos corredores viales circulan. Incluir caminos y cables. o Determinar de qué manera está servida la zona rural en general y por corregimientos, levantar los indicadores de cobertura, eficiencia y calidad, con análisis espacial que involucre variables geográficas como topografía, distancia y perfiles de los corredores, así como las áreas con mayor cobertura y las más deficitadas. o Se debe determinar cómo es el sistema de transporte para la zona rural en general y por corregimientos, cuáles son los modos de transporte utilizados por la comunidad rural para satisfacer sus necesidades de movilidad (de sus habitantes y sus productos agro industriales). o Tipo de infraestructuras de transporte que disponen los corregimientos. o Es fundamental conocer cómo se mueve la población, cuáles son los principales motivos de los viajes, en que los realizan, con que frecuencias. Para ello es fundamental realizar una encuesta origen – destino, mediante la cual se pueda llegar a conocer éstos y otros datos que permitan determinar las verdaderas necesidades de transporte de la zona rural de Medellín. o Así mismo, es importante conocer los índices de accidentalidad en la zona rural.

Caracterizar el Sistema de Infraestructura y Transporte.

o Número de habitantes y cómo están distribuidos en el territorio. o Composición socioeconómica de los habitantes. o Sistemas productivos (estructura y tenencia de la tierra productiva. Identificación, actualización y manejo de la UAF y la UAFE. Análisis de la producción por segmentos y mercados. Volumen y valor de la producción. Usos del suelo en función de la clasificación y aptitud agrológica. Capacidad máxima, área sembrada, áreas de explotación forestal y minera, conectividad y equipamientos de soporte a la producción. Organización de productores y redes o cadenas productivas potenciales, así como destinos y lógicas de comercialización.

La población asentada en los corregimientos tiene necesidades diferenciales de desplazarse por múltiples motivos, ya sean estos laborales, de estudio, de recreación, compras, salud, etc. algunos derivan su sustento en su propia parcela o que presta sus servicios laborales en su entorno, o que por el contrario necesita desplazarse al interior del corregimiento, de la misma cabecera, o a la zona urbana del municipio. Los datos sobre la población requeridos en la elaboración de un Plan de Movilidad Rural, son fundamentalmente los siguientes:

Una vez conocidas todas las potencialidades y restricciones o deficiencias de cada uno de los componentes de la movilidad, ya enunciados, se formulan las soluciones generales para la zona rural y particulares por corregimientos. Los aspectos que se deben recoger o caracterizar son los siguientes:

El análisis espacial del territorio y la estructura ecológica principal, ecosistemas estratégicos, clasificación y usos del suelo modelo de ocupación, patrimonio, espacio público y equipamientos sociales y de de soporte a la producción, organización de productores y redes o cadenas productivas potenciales o potenciales nuevos usos y roles del territorio rural como el turismo, perfiles y escalas de servicios turísticos apropiados para cada corregimiento, la estructura empresarial, infraestructura, sistema de centralidades y corredores etc.

Directrices


Lineamientos

Criterios Metodológicos

LA FORMULACIÓN DEL PLAN DE CONECTIVIDAD Y MOVILIDAD RURAL:

La formulación deberá seguir la estructura o contenidos definidos en las directrices para la elaboración de un plan de movilidad, elaborando propuestas de solución en materia vial y de transporte para la comunicación urbano-rural, rural-rural y urbano-regional En conclusión, en la fase de la formulación, un plan de movilidad debe ser la conclusión lógica de un buen ejercicio de planificación integral, que recoja todas las variables que lo componen dada su importancia en la reconfiguración, reorientación o consolidación del modelo de ocupación y planificación del desarrollo rural. En él se debe dejar construida la plataforma que le permita a la Administración Municipal definir las normas generales y específicas que en materia de movilidad debe ajustar el POT en la nueva generación, como también poder contar con todos los insumos necesarios para la elaboración de los planes de desarrollo locales de cada período de gobierno.

La formulación en movilidad requiere por corregimiento discriminar los aspectos técnicos de cada eje vial en particular, de acuerdo a la jerarquía en el sistema. La Formulación debe atender todas las deficiencias detectadas en el diagnóstico, así mismo, debe buscar fortalecer aquellos aspectos positivos identificados en el mismo, elaborando propuestas que involucren todas las variables a fin de poder conocer con un alto grado de certeza que proyectos requiere cada corregimiento, la prioridad y el impacto esperado por este en la comunidad, pues muy seguramente se encontrarán situaciones donde la relación costo-beneficio de algunos proyectos no son favorables, pero aún así deben ser acometidos por el beneficio social que representan para la comunidad. Situación que debe ser bien evaluada para entregar las herramientas adecuadas a la Administración Municipal, que le permitan tomar las mejores y oportunas decisiones en materia de inversión y en la elaboración de las normas o especificaciones técnicas que le permitan regular de una manera más eficaz el sistema de movilidad y el territorio rural.

Caracterizar el territorio y la estructura ecológica en función de la demanda y oferta de movilidad. Después de conocer todos los aspectos de la población, es necesario determinar las características geomorfológicas del territorio rural en general y por cada corregimiento en particular, clasificar aquellos accidentes naturales y artificiales que limitan la conectividad vial rural e investigar sistemas alternativos para condiciones similares.

o Análisis de la población económicamente activa (PEA), la ocupación, mujer rural y relevo generacional, dependencia de los jefes de hogar y vulnerabilidad por ingresos familiares. Sistemas de manejo agro tecnológico. Rendimientos – Mercadeo - Redes de distribución.

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La revisión y ajuste del POT en el componente estructural y de largo plazo, deberá replantear la clasificación del suelo en especial el rural agrario o mixto y el suburbano, éste último a partir del umbral máximo de suburbanización diferenciada entre centralidades suburbanas, corredores suburbanos y áreas suburbanas sobre las cuales el uso principal será el residencial y la tipología de vivienda campesina, con participación diferencial de la parcelación de recreo o vivienda campestre. Dicha clasificación y diferenciación del suelo suburbano, debe atender los hechos o preexistencias del territorio singulares en cada corregimiento, así como las potencialidades y nuevos roles o jerarquías que se jugarán en el sistema de asentamientos corregimental, municipal y regional.

Todo Plan Especial Rural por ser un instrumento complementario del POT debe atender lo dispuesto en el componente general sobre el modelo de ocupación y lo específicamente ordenado para el componente Rural, Objetivos y Políticas.

2.5.1. Dinámica de Ocupación Directrices

2.5. Hábitat Rural Densidades Máximas en el Suelo Rural: Mientras se adopta una nueva reglamentación con la Autoridad Ambiental, las propuestas se ajustarán estrictamente a ellas para nuevos desarrollos y se flexibilizarán para el reconocimiento de las preexistencias a menos que se trate de vivienda localizada en alto riesgo y sujeta a reubicación o política de reasentamiento. El contenido general de los PER de escala corregimental, deberá sujetarse a las disposiciones del POT art. 450 y ss., desarrollar los componentes respectivos de cada una de las estructuras a partir de las cuales se ordena el territorio o sistemas estructurantes del mismo, identificar los ajustes a la Estructura Ecológica Principal y el sistema de áreas protegidas, acorde con las normas de superior jerarquía regional, la Gestión Integral del Riesgo y la identificación de prioridades de Reasentamiento; la estructura Económica y Productiva, la Estructura Físico Espacial o Funcional, especialmente la de conectividad y movilidad (plan vial rural), de espacio público y equipamiento colectivo, el plan maestro de servicios públicos rurales alternativos, la consolidación o reconfiguración del sistema de centralidades, corredores y áreas de suburbanización recomendando el UMBRAL máximo para cada corregimiento; el programa estratégico de hábitat vivienda rural y suburbana, así como el Plan de Manejo de Bordes Urbano-Rurales. También identificarán nuevas Áreas de Manejo Especial AME-, Áreas de Preservación de Infraestructura API- y Macroproyectos no previstos en el POT.

Lineamientos

• Las escalas de planificación y gestión del modelo de ocupación y densidades será mínimo 1:5.000 en el PER Corregimental o de estructura, pero en los PER de menor escala o polígono será mínimo en escala 1:2000. Cualificar la cartografía y el análisis espacial con actualizaciones recientes con no más de 3 años basadas en ortofotos y la estructura predial o catastral, en caso contrario hacer la actualización de fuentes primarias o Censos sobre las infraestructuras, las actividades productivas, la vivienda y los servicios públicos, no basar el PER en muestreos ni proyecciones sobre fuentes secundarias desactualizadas e incompletas o en un nivel de agregación que no permita hacer caracterización específica. La relevancia de información cualificada inmobiliaria, de la vivienda y el hábitat es necesaria para reconocer y diferenciar el fenómeno de suburbanización e impacto de la expansión urbana en el espacio rural.

• El área de Planeamiento del PER Corregimental es el territorio Corregimental y del PER de Detalle para los polígonos en las intervenciones en las cuales se obliga éste instrumento de planeación, será del respectivo polígono delimitado en el POT. En todos los PER el Modelo de Ocupación es el primer ejercicio de análisis espacial al cual se debe llegar, luego de la evaluación del componente general y rural del POT, la clasificación del suelo y la configuración de los sistemas estructurantes del territorio, además de la caracterización detallada del sistema de asentamientos y la vivienda rural.

Criterios Metodológicos


Las intervenciones de Redesarrollo, Consolidación y Mejoramiento Integral en centralidades y corredores suburbanos y las API, estarán sujetas a la formulación de Planes Especiales Rurales de Detalle, dado que ameritan un proceso de gestión del suelo rural que trasciende la dotación sobre el espacio público y el sistema de equipamientos colectivos, como es la regularización del asentamiento, la titulación, reconocimiento de edificaciones y el reajuste de tierras. Los PER corregimentales deberán hacer recomendaciones sobre ajuste a los usos del suelo y aprovechamientos en centralidades y corredores suburbanos, en las áreas productivas y las de protección, acordes con la dinámica y potencialidad de cada uno de ellos.

Las Unidades Mínimas de Actuación al interior de los PER de menor escala o polígono, se disponen para el otorgamiento de licencias de parcelación, urbanización y construcción, así como para el reconocimiento de las preexistencias. La Densidad en los PER de menor escala, se calcula para el polígono de intervención y luego se distribuyen los aprovechamientos por cada Unidad Mínima de Actuación.

Lineamientos • El PER de cada corregimiento aplicará las metodologías y técnicas pedagógicas de participación y concertación en torno al modelo de ocupación y los estándares de habitabilidad del hábitat rural y suburbano, el uso del suelo, las densidades, los aprovechamientos en general de los recursos y del suelo, la identificación y espacialización de los sistemas estructurantes e intervenciones, como estrategia de comunicaciones y apropiación de los procesos de planificación y gestión del territorio. Podrá retroalimentarse de la experiencia piloto del PER La Aldea.

Criterios Metodológicos

En San Cristóbal y San Antonio de Prado hacer énfasis en el control de la expansión urbana, el Borde Urbano-Rural y en la ocupación de áreas de amenaza y alto riesgo, especialmente sobre las cuencas de La Iguaná y La Doña María respectivamente. El PER de San Cristóbal otorgará prioridad a los polígonos

En San Sebastián de Palmitas regular el redesarrollo y consolidación de centralidades suburbanas y control del corredor suburbano regional sobre la CAC. El PER de San Sebastián de Palmitas otorgará prioridad a las zona de influencia inmediata de las Estaciones del Teleférico actuales y propuestas (futuras API), la Consolidación de la Centralidad Tradicional articulada con la Aldea y al plan general de conectividad para recuperar los caminos y generar la infraestructura del Parque Ecológico Campesino, en concordancia con AROVA y el PEPP, También revisará la delimitación e intervención de otras centralidades veredales, para reconfigurar el sistema general de los asentamientos.

Establecer una propuesta efectiva del modelo de ocupación sobre el Borde Urbano-Rural para contener la expansión urbana e indicar el sistema de relaciones en la frontera con otros municipios o corregimientos e impacto en los asentamientos rurales veredales y la centralidad (es) corregimental (es).

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

Privilegiar y otorgar mayor nivel de prevalencia a la vivienda campesina respecto al avance y participación de la vivienda campestre o parcelación de recreo en las áreas suburbanas, centralidades y corredores suburbanos.

Identificar las áreas suburbanas en las cuales se hará énfasis en la vivienda de interés social rural a fin de proteger la vivienda campesina y la 1ª residencia permanente de la población rural

2.5.2. Hábitat de la Vivienda y en Entorno Directrices Lineamientos

• Los estándares mínimos de calidad de la vivienda y el entorno de la vivienda rural, deben ser regulados para cada tipología en forma general en el PER Corregimental, con sujeción a lo ya dispuesto en el POT y el decreto reglamentario sobre los procesos y licencias de parcelación, urbanización y construcción, de manera específica atendiendo las condiciones o restricciones geomorfológicas, geotécnicas, hidrometeorológicas y sismológicas, recomendando en cada caso tecnologías apropiadas y materiales para la seguridad de los nuevos asentamientos, favoreciendo la vivienda de dos pisos máximo de altura, sistemas de paredes y cubiertas resistentes

Criterios Metodológicos

En Santa Elena hacer énfasis en el control de la expansión de áreas suburbanas sobre las áreas agrarias o mixtas, reglamentar la participación máxima de la vivienda campestre respecto a la vivienda campesina. En Santa Elena, otorgar prioridad al polígono objetivo de Restauración de las Actividades Rurales (agraria y mixta) y Consolidación de las centralidades suburbanas, en concordancia con el Parque ARVÍ y las API identificadas.

En Altavista hacer énfasis en el control de ocupación de los corredores suburbanos locales y el borde urbano-rural con los frentes de minería. Reconocer áreas urbanas ya configuradas y reasentar la población en alto riesgo no mitigable; controlar la ocupación de retiros a quebradas. El PER de Altavista además de desarrollar los componentes generales, otorgará prioridad a la delimitación probable o estimada del polígono objetivo del Parque Minero Industrial, y priorizará los polígonos de mejoramiento integral y consolidación suburbana, corredores de suburbanización y el borde urbano-rural.

El PER de San Antonio de Prado otorgará prioridad a los polígonos objetivo de Recuperación (ecosistemas degradados y áreas de amenaza y riesgo), la identificación y delimitación de nuevas centralidades y Consolidación de las centralidades suburbanas, Restauración de las Actividades Rurales (agrarias y mixtas) y manejo de los polígonos de expansión urbana y tratamiento de Desarrollo dado el impacto en el Borde Urbano-Rural.

objetivo de redesarrollo y consolidación de las centralidades suburbanas, Restauración de las Actividades Rurales (agrarias y mixtas) y macroproyectos como localización probable del Centro de Actividad Logística, delimitación y reglamentación de la Zona de influencia del Centro Penitencial, por el impacto que causarán al uso residencial.

Directrices


Los estándares mínimos de calidad de la vivienda y el entorno de la vivienda rural, deben ser regulados para cada tipología en forma general en el PER Corregimental, con sujeción a lo ya dispuesto en el POT y de manera específica por la norma básica que adopte cada PER de detalle en los respectivos polígonos.

Articular la política del suelo rural y las propuestas de los Planes Especiales Rurales PER- con el Plan Estratégico Habitacional en el componente Rural, el cual debe alinear los objetivos, metas y programas de sostenibilidad del hábitat, cobertura, calidad, gestión del suelo, legalización o titulación, asequibilidad financiera, fortalecimiento de la organización social y los instrumentos de gestión para acceder a vivienda de interés social rural, en especial hacer operativo el Sistema Habitacional Rural, el cual establece otros actores y competencias diferentes a la vivienda urbana. Los PER deberán identificar la vivienda rural afectada por macroproyectos de infraestructura y localización en riesgo que incrementa la demanda de áreas residenciales en suelo seguro y nuevas soluciones habitacionales de desarrollo prioritario. A su vez harán énfasis en el Mejoramiento Integral del Hábitat Rural en todas las tipologías y cada uno de los factores de calidad de la vivienda y el entorno, especialmente en la titulación, confinamiento estructural, agua potable y saneamiento. Los estándares mínimos del sistema de conectividad rural-rural y del espacio público efectivo construido en general, también deben ser regulados de forma general en el PER Corregimental y de manera específica en los PER de Polígono o Detalle a que haya lugar.

Lineamientos

Directrices

• Los patrones culturales serán respetados pero deberán promoverse cambios y mejores prácticas sobre el aprovechamiento ecológico y sostenible de los recursos en el hábitat, ahorro del agua lluvia, reutilización de aguas grises, sistemas de iluminación y ventilación.

a vendavales, vientos huracanados, aguaceros fuertes, incendios y sismos.

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

Lineamientos • Asegurar adecuadas condiciones de saneamiento a todas las actividades e instalaciones en el territorio. • Implementar sistemas de acueducto para uso múltiple administrados por la comunidad • Aprovechar al máximo fuentes alternativas de

Directrices

El gobierno municipal conjuntamente con la autoridad ambiental, debe promover la investigación y desarrollo de tecnologías alternativas que garanticen mejor aprovechamiento de los recursos, disminuya la presión sobre éstos y garantice la sostenibilidad de los respectivos sistemas:

2.6. Servicios Públicos • La localización de los servicios públicos se realizará, conforme con los siguientes criterios: zonas o sitios donde causen menor congestión e impacto sobre otras infraestructuras, el medio ambiente y el espacio público, deberá contar con su correspondiente referencia espacial, servidumbres públicas o privada, donde se

Criterios Metodológicos

En Altavista el énfasis será el reconocimiento de la informalidad en el hábitat urbano y suburbano, superación de los factores de mayor criticidad como la localización en riesgo, accesibilidad y movilidad peatonal en el espacio público; regulación y control de las franjas de amortiguamiento efectivas con las zonas de explotación minera o colindancia con el futuro Parque Minero Industrial, así como de los Planes de Manejo Ambiental que éste PMI, las escombreras y otros usos de alto impacto deben plantear y adoptar las medidas de compensación con las áreas residenciales suburbanas y rurales.

En San Cristóbal y San Antonio de Prado, el énfasis estará en proteger la vivienda campesina existente y mejorar las condiciones de calidad de ésta y la vivienda suburbana. Control a la expansión urbana y sobre los Bordes Urbano-Rurales.

En San Sebastián de Palmitas y Santa Elena el énfasis se hará en la vivienda campesina y consolidación de las centralidades corregimentales suburbanas, mejora de los atributos de calidad en especial la tenencia, la seguridad estructural, agua potable y saneamiento.

La Posada Turística Campesina debe ser reconocida como un tipo de vivienda campesina que a su vez es unidad productiva y también podrá aplicar como vivienda de interés social rural -VISR- y patrimonio familiar, para acceder a varios mecanismos e instrumentos de gestión social, territorial y sectorial, en los programas de agro y ecoturismo.

Directrices


facilidad en el

• La localización, manejo y operación de rellenos sanitarios de contingencia, plantas de tratamiento de basuras escombreras incineradores para desechos sólidos y rellenos sanitarios de contingencia, estarán acorde con los criterios de las áreas potenciales definidas por el PGIRS Regional para la localización de las zonas de servicios ambientales

• Tratándose de zonas con uso de protección o manejo ambiental, no se permitirá la ubicación de redes que atenten contra ellas o les generen impactos negativos, o no cuenten con la licencia ambiental o plan de manejo correspondiente, cuando así se requiera de conformidad con las disposiciones vigentes. Las redes de los servicios públicos no podrán obstaculizar los desplazamientos y la libre circulación de los peatones y de los diferentes medios de transporte.

• La implementación de servicios públicos en zonas suburbanas o de alto riesgo mitigable o no, o en una zona de protección, deberá ceñirse a lo estipulado en el POT y de conformidad con lo establecido en la Ley 99 de 1.993 y la Ley 142 de 1.994.

garantice la funcionalidad y mantenimiento y la operación.

Criterios Metodológicos

5 Reseña: Guerrero Hernández María Teresa, Fritche Tamiset Jan, Martínez Zúñiga Raúl, Hernández Molinar Yolanda. Diseño y construcción de sanitarios ecológicos secos en áreas rurales Rev Cubana Salud Pública 2006; 32 (3) :

Agua Potable. La distribución de agua potable a través de acueductos tecnificados no obedece a la

Los sistemas sanitarios secos son una alternativa excelente pues reducen el consumo de agua y hacen muy sencillas las actividades de saneamiento básico. Se concluye que el sanitario ecológico seco es una opción saludable al transformar la excreta humana en un producto inocuo para la salud individual y comunitaria. 5

Saneamiento. En servicios públicos el tema prioritario es el saneamiento, pues la calidad en el mismo asegura fuentes de agua que puedan aprovecharse con un tratamiento menos complejo (con menores requerimientos financieros).

energía • Desarrollar la infraestructura requerida para el tratamiento local de los residuos sólidos como identificar los sitios de acopio, separación, transformación y reciclaje. • Estimular procesos de recolección de aguas lluvias en las viviendas para reducir la demanda de uso de acueductos que requieren bombeo para la distribución de agua • En Gestión, educación a los usuarios. • Capacitación a los operadores comunitarios o empresas de servicios ambientales comunitarias que se generen. • Estimulo y financiación al desarrollo y uso de tecnologías alternativas

para ser los ejes ordenadores de los planes maestros de servicios públicos rurales. Ampliar las coberturas y la calidad, optimizando los sistemas tecnológicos y los costos de operación de los servicios.

Identificar en los PER corregimentales los requerimientos de suelo para nuevas infraestructuras en los diversos servicios públicos como Áreas de Preservación de Infraestructura -API- (plantas de tratamiento de aguas residuales solo en las centralidades, tanques de almacenamiento, distribución y potabilización solo para las centralidades, ubicación de sistemas de telecomunicaciones locales, viabilidad y localización de estaciones energéticas solares o eólicas etc.)

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Directrices

Residuos Sólidos. El tratamiento de los residuos debe ser local. Es necesario separar los residuos

Telecomunicaciones. Las tecnologías inalámbricas son una excelente oportunidad para masificar el acceso a las telecomunicaciones en la zona rural.

Participación Comunitaria. La participación comunitaria en la administración de la prestación del servicio de acueducto es una tradición que debe conservarse. Está demostrado que ello no sólo fortalece el tejido social sino que genera eficiencia en las actividades operativas y administrativas.

Energía. En las áreas rurales se requiere continuar reduciendo los costos del servicio de energía eléctrica para la población rural, hacer campañas para su uso racional y buscar fuentes alternativas (microcentrales, energía solar, construcciones bioclimáticas especialmente para el cultivo de flores). El acceso a este servicio demanda entre el 15 y el 20% de un salario mínimo para las familias.

lógica del desarrollo rural, donde el agua tiene usos múltiples. Las actividades rurales demandas grandes cantidades de agua no potable. SE sugiere implementar mecanismos de distribución de agua para múltiples usos y educar a la población en el tratamiento casero del agua para la cocina y el aseo personal. Las viviendas campesinas tienen además grandes oportunidades de autoabastecimiento a través de aguas lluvias, nacimientos propios o fuentes cercanas. (Anexo: Documento sobre sistemas de agua para uso múltiple)

Lineamientos

Criterios Metodológicos


Promover el encadenamiento de los diferentes residuos que se producen en el corregimiento para el aprovechamiento en huertas caseras y a nivel de agroindustrias y solares agroecológicos.

según sus características, obtener su máximo aprovechamiento y disponer localmente de los desechos finales para reducir demandas energéticas en transporte.

Lineamientos

Criterios Metodológicos

Altavista: Dado el alto índice de escasez de la cuenca de la Q. Altavista y la alta tasa de crecimiento en la población Desarrollar campañas efectivas para lograr un uso más eficiente del recurso hídrico (reducción en el consumo, recirculación de aguas grises, recolección de aguas lluvias).

Programar reubicar viviendas donde es imposible garantizar los servicios sanitarios ya sea por condiciones de salubridad y riesgo o por que la cota de servicios no lo permite.

Fomentar otras fuentes energéticas para los cultivos de flores de manera que este costo no implique menor ganancia y desmotive la legalidad.

Estimular procesos de recolección de aguas lluvias en las viviendas para reducir la demanda de uso de acueductos que requieren bombeo para la distribución de agua. Fomentar los sistemas de riego comunitarios con manejo adecuado de aguas.

San Cristóbal: Estimular el desarrollo de técnicas que permitan la aplicación de principios de la bioclimática a la construcción de invernaderos con menor demanda de energía eléctrica.

Aprovechar el potencial hidroeléctrico en la cuenca de la Sucia construyendo microcentrales para el autoabastecimiento y la exportación de energía eléctrica. Para el uso en los trapiches fomentar la energía con ruedas Pelton o otras fuentes alternativas

Palmitas: Potencializar la oferta hídrica para autoabastecerse y ofrecer el recurso a la demanda turística de San Jerónimo. Claves: saneamiento básico, protección de la cuenca, uso racional, construcción de tanques de almacenamiento.

Directrices

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Criterios Metodológicos

Las Directrices Generales se establecen en el marco de las nuevas funciones y relaciones de la ruralidad en los diferentes ámbitos el corregimental, metropolitano y regional, con una integración creciente de los espacios urbanos, suburbanos y rurales, que marcan la fuerte interdependencia sistémica entre ellos; en la contemporaneidad hay multiplicidad de nuevas funciones del suelo rural vinculadas al desarrollo agrícola, pecuario, forestal, agroindustrial, minero, artesanal, de servicios, turismo, esparcimiento, cultura, investigación y conservación de la biodiversidad, los recursos naturales y el patrimonio, entre ellos el paisaje cultural.

Las directrices generales orientadas a la Estructura Socio-Económica en el Ordenamiento Territorial, se basan en la necesaria articulación de objetivos de desarrollo rural sobre la gestión ambientalmente sostenible de los recursos naturales, la producción económica con incorporación de valor agregado e investigación de tecnologías apropiadas, la productividad y competitividad sistémica, la seguridad y soberanía alimentaria y la equidad e inclusión social de la población en los beneficios del desarrollo.

3. Estructura Socioeconómica y Cultural

Programar reubicar viviendas donde es imposible garantizar los servicios sanitarios, ya sea por condiciones de salubridad y riesgo, o porque la cota de servicios no lo permite.

Santa Elena: Desarrollar campañas efectivas para lograr un uso más eficiente del recurso hídrico (reducción en el consumo, recirculación de aguas grises, recolección de aguas lluvias) dado el alto índice de escasez de la cuenca de la Q. Santa Elena y la alta tasa de crecimiento en la población.

Programar reubicar viviendas donde es imposible garantizar los servicios sanitarios ya sea por condiciones de salubridad y riesgo o por que la cota de servicios no lo permite.

San Antonio de Prado: Desarrollar campañas efectivas para lograr un uso más eficiente del recurso hídrico (reducción en el consumo, recirculación de aguas grises, recolección de aguas lluvias) dada la alta tasa de crecimiento en la población.

Programar reubicar viviendas donde es imposible garantizar los servicios sanitarios donde es imposible garantizar los servicios sanitarios ya sea, por condiciones de salubridad y riesgo, o porque la cota de servicios no lo permite.

Directrices


El Programa de Emprendimiento a su vez plantea: Consolidar los Centros de Desarrollo Empresarial Zonal -Cedezo- como incubadoras de empresas y centros de articulación de los circuitos y cadenas productivas locales de nuestras comunas y

En el Plan de Desarrollo 2008-2010 la defensa de la Economía Campesina y de los paisajes rurales campesinos como patrimonio a conservar, lleva en sí mismo, un gran reto frente a las nuevas realidades urbano rurales que presentan los Corregimientos de Medellín y en especial el incremento en la renta de la tierra y la subdivisión de predios muy por debajo del tamaño de las UAF establecidos por el INCODER para Medellín. La inviabilidad de la economía campesina por sí misma, plantea necesariamente el hecho de que hacerla sostenible, requiere de subsidios o transferencia de recursos de afuera del sistema productivo.

Los lineamientos de política de desarrollo rural plasmados en el Distrito Rural (Acuerdo 16 de 2007) como instrumento de gestión, con el objetivo de mejorar los Índices de Desarrollo Humano y Calidad de Vida, mediante la atención integral a los hogares rurales y la asistencia técnica agropecuaria, debe ampliar su actuación y cobertura con incremento sustancial y sostenido del Gasto Público Social, inversiones en proyectos productivos con visión empresarial, infraestructuras de soporte y generación de instrumentos fiscales de incentivo, subsidio y crédito blando con el banco de las oportunidades. Con la creación del Distrito Agrario Rural de Medellín se pretende la consolidación de las áreas de desarrollo agropecuario, la protección de la economía campesina y la seguridad alimentaria, objetivos comunes al POT.

La dinámica poblacional en metrópolis que siguen siendo las principales atractoras de población rural de la región bajo su influencia, es una variable estructural muy dinámica y a la vez de gran inercia que no se transforma sino en largos horizontes temporales, luego de procesos sistemáticos y continuos de intervención. Igualmente la base económica productiva y sus variables macroeconómicas, tampoco son sensibles y flexibles al ordenamiento por la vía de las políticas territoriales, dado que está principalmente regida por las políticas globales de mercados, sin embargo desde la perspectiva del modelo de crecimiento endógeno, el territorio es un factor potencial de desarrollo tan relevante como los otros factores económicos (la tierra, el capital monetario, físico, tecnológico, social y humano).

La Estructura Socioeconómica y Cultural en el componente de ordenamiento territorial rural, desarrolló las macrovariables de la Estructura y Dinámica Poblacional, Estructura y Dinámica Económica, el Patrimonio Histórico Cultural y la Gestión del Turismo, por su asociación directa con el modelo de ocupación en esa estrecha relación población-territorio-cultura y de acuerdo con el comportamiento de las variables y tendencias, se consideraron las siguientes, Directrices, Lineamientos y Criterios generales, en algunos casos con énfasis por las singularidades corregimentales.

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Recuperación de la agricultura tradicional, Concertación de un programa de piscicultura integral que genere una cadena productiva de trucha. Asistencia técnica calificada, con el fin de mejorar la productividad de las finca desde una perspectiva de planificación participativa.

En términos generales la Política de Desarrollo Rural para Medellín deberá tener como punto de partida las siguientes orientaciones: • Considerar la integración creciente de los espacios urbanos y rurales • Integrar en las políticas de desarrollo rural las preocupaciones por la gestión sostenible del ambiente y de los recursos naturales. • Considerar la multiplicidad de nuevas funciones del suelo rural vinculadas al desarrollo agrícola, pecuario, forestal, agroindustrial, artesanal, de servicios, turismo, esparcimiento, cultura, investigación, y conservación de la biodiversidad y de los recursos naturales.

Los espacios rurales requieren de políticas de desarrollo, en las que se combinen las medidas encaminadas al aumento de la competitividad del sector agrario y al fomento de acciones de claro contenido territorial y social. El proceso del desarrollo debe entenderse como una posibilidad de conexión entre las comunidades rurales mediante relaciones económicas y sociales mucho más estables con el medio urbano.

La Estructura Socio-Económica en los Planes Especiales Rurales se enmarca en los Artículo 5° y El Artículo 7° de los principios rectores del POT, sobre la sostenibilidad del territorio, la revalorización de lo rural y la contribución que dicho espacio hace al sistema de la ciudad, desde la protección y conservación de los ecosistemas estratégicos, el patrimonio natural y cultural; dinamizar la economía local, con un enfoque claro de generación de empleo y de mejoramiento de ingresos familiares.

También tiene como programas sociales impulsar y consolidar experiencias como La Escuela Nueva, el Sistema de Aprendizaje Tutorial (SAT), los Proyectos Ambientales Escolares PRAES, La Cátedra Territorio, la Maestría en Agroecología y el Diplomado en Educación y Desarrollo Rural Sostenible, como programas susceptibles de generación de dinámicas según los requerimientos de cada corregimiento.

• • •

corregimientos. Por su parte el Plan de Desarrollo Turístico Corregimental, menciona propuestas específicas de intervención hechas por cada comunidad en pro de fortalecer la actividad turística a través de los siguientes proyectos sociales y culturales:


Promover el desarrollo y la investigación de tecnologías apropiadas al desarrollo de la producción rural. Promover aspectos de competitividad, sustentabilidad de recursos naturales, seguridad y soberanía alimentaria, equidad e inclusión social para la población de los corregimientos. Incentivar las actividades no agrícolas como generadoras de empleo e ingresos para la población rural. Definir incentivos fiscales, tributarios y sociales para la promoción de las actividades rurales con énfasis en la producción agropecuaria, agroindustrial y forestal. Incorporar las nuevas tecnologías de información y comunicación al desarrollo rural. Fortalecer la política de desarrollo rural para los corregimientos de Medellín, mediante la implementación de un observatorio del desarrollo rural, que le sirva de soporte académico, técnico y organizativo, a los actores sociales vinculados al desarrollo corregimental (sector público, privado y comunitario). Promover la construcción de capital social y tejido empresarial como soporte del desarrollo rural. Promover una educación contextualizada que genere interés y competencias apropiadas para desempeñarse en la nueva realidad rural. Promover acuerdos entre autoridades civiles, ambientales, habitantes rurales y fuerza pública para evitar la expansión urbana sobre la frontera agrícola y zonas de alto riesgo. Valoración económica y compensación de territorios que proveen bienes y servicios ambientales.

Una zona rural con alta producción ambiental, que cumple una función ecológica equilibrante para el municipio y el área metropolitana, con una eficiente actividad agropecuaria tradicional, oferta ecoturística, suficiente dotación de vías y equipamientos para su desarrollo integral y adecuada articulación con el área urbana. Unos bordes de protección o cinturones verdes de contención, respecto de la presión que ejerza la expansión urbana sobre los extremos superiores de las laderas oriental y occidental.

El ser humano es el centro del desarrollo sostenible y sustentable

A su vez, el Acuerdo 16 de 2007 que propone la creación del Distrito Rural en los corregimientos de Medellín, Adopta como Principios que orientarán la Política de Desarrollo Rural para los corregimientos de Medellín, los siguientes:

El modelo de organización espacial o proyecto de ciudad, definido en el Plan de Ordenamiento Territorial (Artículo 12°) define como componentes del modelo y que constituyen directrices de ordenamiento en el territorio rural, los siguientes:

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El valor del territorio rural está dado por su aporte a la cohesión territorial y regional, a la cohesión económica y social, y a la sostenibilidad ambiental. La economía rural se basa en la equidad, la inclusión social, la soberanía y seguridad alimentaria. Lo rural es integral: ambiental, económico, social, cultural y político, y se construye desde la democracia y la participación ciudadana. Hacer una Valoración económica de los servicios ambientales en cada uno de los corregimientos. (Instrumentos de gestión)

Se debe incluir en los ejercicios de planificación del territorio que se lleven a cabo en los corregimientos, el patrimonio histórico – cultural como una variable determinante en el análisis y definición de propuestas para el ordenamiento territorial rural, que promulguen por la conservación, manejo y protección de los elementos arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, urbanísticos y etnográficos con valor de interés patrimonial.

Se debe buscar desde las restricciones de uso y las propuestas de los diferentes estudios la forma de armonizar las propuestas existentes, en la mayoría de los casos la sobreposición con figuras de conservación y protección obligan a que las propuestas se acojan a lo ya dispuesto por la autoridad ambiental.

El patrimonio ecológico es un asunto que debe estar incluido dentro de la estructura ecología principal municipal como áreas bien definidas, pero requieren un análisis y manejo desde lo social y especialmente desde el reconocimiento que los pobladores hacen de estos lugares para establecer con un nivel de detalle apropiado para la escala de los Planes corregimentales su estructura, caracterización e identificación de manera específica y coherente con el POT, los planes temáticos de carácter local o regional y con todas las disposiciones de mayor jerarquía.

El decreto 3.600 en su artículo 4 considera categorías de protección en suelo rural, aquellas áreas para la producción agrícola y ganadera y de explotación de recursos naturales y establece que no podrá autorizarse actuaciones urbanísticas de subdivisión, parcelación o edificación que alteren o transformen su uso actual. En estos se incluyen los que según la clasificación del IGAC pertenezcan a las clases I, II y III, o aquellas necesarias para la conservación de los recursos de aguas, control de procesos erosivos y zonas de protección ambiental. La EEP sirve de soporte a las actividades socioeconómicas

• •


Lineamientos Generar las condiciones de permanencia de la población rural y superación de las condiciones estructurales de pobreza o vulnerabilidad social, mediante la protección de la vivienda campesina, la unidad agrícola familiar UAF, las unidades agropecuarias asociativas entre aquellas unidades

Directrices

Según lo expuesto en el Acuerdo 046 de 2006 que ajusta el POT de Medellín, se entiende en los lineamientos generales, que la población es el centro de sus decisiones y su bienestar como el objetivo principal (línea 2) y da a entender que el equilibrio y sostenibilidad de

3.1. Dinámica y Estructura de la Población • Consolidar un sistema permanente de información sobre los corregimientos (en este caso sobre población rural) y un observatorio que permita disponer de información actualizada en relación a la estructura y movilidad poblacional.

Criterios Metodológicos

Los Planes Especiales deben implementar mecanismos de captación, registro, organización, suministro de datos, establecimiento de indicadores de seguimiento y ejecución de la estrategia turística, ya que todavía se presentan debilidades en los sistemas de información al servicio del turismo, tanto en ámbito regional como local. Un ejemplo de ello es la existencia en Medellín del SITUR, sistema con propósitos interesantes pero aún con falencias en la recolección de la información y el manejo de la misma.

Los resultados de la propuesta de zonificación turística a través de las ZDTP, deben incorporarse a un marco regulatorio a nivel corregimental, en el cual queden estipuladas las modalidades y procedimientos de operación, parámetros para la ejecución de proyectos, restricciones y tratamiento especial para inversiones ligadas al turismo en área naturales y rurales.

Los Planes Especiales Corregimentales, deben identificar aquellas zonas que presentan una mejor “aptitud turística” y las actividades u otros usos compatibles con esa actividad turística, que contemplen la ejecución de obras de infraestructura que sirvan no solo al sector turismo, sino que represente efectos positivos para otros sectores considerados complementarios y compatibles.

Para incluir los resultados del trabajo sobre patrimonio en el Plan Especial Rural se requiere acoger los estándares establecidos para la Estructura Ecológica Principal y en el caso de los sitios a incluir en los inventarios de bienes de interés patrimonial se requiere como mínimo evaluar y analizar las variables que se consideran en las bases de datos manejas por el municipio, en todos los casos debe existir una georreferenciación de las áreas y sitios trabajados.

Se debe considerar el patrimonio territorial como un instrumento imprescindible para reforzar la identidad de los habitantes de los cinco corregimientos y, por extensión, para atraer a visitantes que lo valoren y disfruten, al permitir una mayor proyección de estos bienes a través del conocimiento y el respeto.

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Adelantar el programa de Reasentamiento de Población localizada en zonas de alto riesgo no recuperable (POT Art 135°), como una actuación integral prioritaria para garantizar la protección de las vidas humanas, la salud pública y la sostenibilidad ambiental.

El desarrollo debe pensarse en armonía con el entorno y para las comunidades rurales asentadas en dichos lugares

En la política de orden nacional, departamental y local, es clara la necesidad y urgencia de mejorar las condiciones de vida de la población y la intención de lograr mayores niveles de equidad e inclusión social, aún más apremiante en la ruralidad, toda vez que es en el campo donde los índices socio-económicos son mas críticos.

Situación Socioeconómica

Establecer programas orientados a grupos específicos de la población, en especial aquellos de mayor vulnerabilidad. En este sentido, visualizar el rol de la mujer en la producción de alimentos y en el acceso al control equitativo de los bienes y servicios del territorio.

Evitar asentamientos de población en áreas de alto riesgo o que no garanticen los mínimas condiciones dignas de habitabilidad.

Recuperación de opciones de empleo, mediante alternativas productivas encaminadas a mejorar y hacer competitivas las labores del campo y una utilización intensiva de mano de obra y de tecnologías limpias,

Conservar las Artes y oficios ancestrales, representados en un saber y una cultura tradicional con fuerte arraigo al campo y a formas de vida campesinas..

El análisis de la composición de la población por grupos Etáreos, es una variable que debe ser tenida en cuenta en todos los planes corregimentales y analizada mas allá de la presentación de los datos, es decir que lo que sugiere esta información se debe traducir en políticas especiales para los segmentos más representativos y en especial a los grupos vulnerables (niños y niñas, madres cabeza de familia, madres lactantes, tercera edad, discapacitados y población en situación de desplazamiento).

productivas menores a la UAF y desarrollando capital humano y social, especialmente organizacional en torno al desarrollo local.

la ciudad, dependen de las interrelaciones con la región, así como entre lo urbano y lo rural (Línea 4).

Garantizar una ocupación de los espacios rurales en función de la capacidad de carga de los territorios, de modo que no se pierda la calidad de las condiciones de habitabilidad y su carácter rural.

Lineamientos

Directrices

• Crear mecanismos tendientes a conservar en su tierra a la población rural, evitando que se

• Procurar complementar o ajustar la información de la población por veredas y/o sectores, en el caso de los datos DANE para relacionar y diferenciar al interior de cada uno de los corregimientos y en el caso de la información SISBEN complementar los datos de los estratos 4, 5 y 6.

• Establecer una única fuente de información para los estudios que se adelanten en los corregimientos, en este caso la suministrada por el SISBEN al considerarla como la más ajustada a la realidad y la que mayor número de variables considera para el análisis de la situación socio – económica en los Corregimientos.

• Dado que la Información que se encuentra disponible, presenta inconsistencias en las distintas fuentes (DANE, SISBEN, Censo Agropecuario, ECV, etc) y que en algunos casos hay subregistros en los datos, se debe:

• Estructurar y alimentar un sistema de información permanente en las zonas rurales, donde se identifiquen los asentamientos humanos tanto concentrados como dispersos y la estructura y composición de la población. Esta información es vital a fin de realizar mapas dinámicos que permitan evaluar áreas de conflictividad territorial y/o de oportunidades para el desarrollo rural a escala local.

Criterios Metodológicos


Por una Medellín Solidaria, se enfoca a: - Erradicación del hambre y la Seguridad Alimentaria - Atención integral a niños y niñas de 0 a 5 años - Desarrollo y bienestar para el conjunto de la población - Mejorar los índices de Educación - Salud con calidad.

Una cobertura amplia de servicios públicos y sociales (salud, recreación, agua potable, fortalecimiento de organizaciones sociales, etc). Calidad y cobertura de educación formal y formación para el trabajo. Conservar en el medio rural, costumbres, tradiciones y bagajes culturales, que pueden servir de recurso turístico y cultural para atraer visitantes y aportar rentas complementarias. El Programa de gobierno de la actual Administración municipal en sus ejes y programas, da un tratamiento especial a objetivos sociales y donde los grupos de mayor vulnerabilidad tienen prioridad.

Una política encaminada a dinamizar la economía local, con un enfoque claro de generación de empleo y de mejoramiento de ingresos familiares.

Para lograrlo, es precisa una determinación política decidida y resuelta a establecer objetivos, estrategias y programas que busquen mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales, mediante:

Directrices

Parte fundamental de las Estrategias, es considerar la educación contextualizada a las nuevas condiciones y realidades corregimentales, logrando la pertinencia social y académica de los currículos, es decir, que debe procurar definir programas de educación para el empleo y considerando el patrimonio ecológico y cultural, en base a las posibilidades y aspiraciones de la población. Dichos contenidos, deben igualmente sensibilizar y concienciar a todos los pobladores de la riqueza natural y cultural de los corregimientos y de que se hace parte integral de una ciudad y a la vez de un lugar específico, creando sentido de pertenencia y arraigo territorial.

Promover la construcción de capital social y tejido empresarial como soporte del desarrollo rural

Generar valor agregado a la producción agrícola y pecuaria, especialmente en la micro cadena de alimentos, estimular la inversión pública y privada, así como el estímulo y acompañamiento a procesos de emprendimiento y comercialización o apertura de nuevos mercados. Articulación con las políticas de mujer y jóvenes rurales.

Lineamientos

Los problemas del sistema educativo (bajo nivel de escolarización - desarticulación de las estrategias de educación formal, no formal e informal) y la poca valoración y reconocimiento del potencial educativo

• Concentrar esfuerzos en los niños y niñas de 0 a 5 años, atendiéndolos de manera integral en educación, salud, nutrición, recreación, desarrollo emocional y socialización.

• Fortalecer la estrategia de Seguridad Alimentaria, que buscará, con un enfoque integral el cubrimiento nutricional de las poblaciones de escasos recursos, en especial los niños y las niñas, adultas y adultos mayores. Estas acciones estarán acompañadas de un programa de cambio cultural que permita aprovechar al máximo el potencial agrícola de nuestra región, tomar ventaja de la agroecología urbana y de paso reducir los costos de nuestra dieta.

En materia Social la Administración Municipal deberá llevar a cabo los programas que se propuso entre las que se destacan:

• Impulsar y consolidar experiencias como La Escuela Nueva, el Sistema de Aprendizaje Tutorial (SAT), los Proyectos Ambientales Escolares PRAES, La Cátedra Territorio, la Maestría en Agroecología y el Diplomado en Educación y Desarrollo Rural Sostenible, como programas susceptibles de generación de dinámicas según los requerimientos de cada corregimiento.

desplacen a la ciudad en condiciones de precariedad y vulnerabilidad.

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos Evitar aumento del empobrecimiento paulatino y de precariedad en la que se encuentran los pobladores rurales, realizar reconversiones tecnológicas con subsidios, fomentar la agroindustria, el encadenamiento productivo, y el agroturismo como fuentes de ingreso con aprovechamiento sostenible de la biodiversidad y la revaloración de los paisajes naturales y agrarios.

Directrices

- Ampliación de coberturas y servicios de calidad para la tercera edad - Paridad: Promoveremos la igualdad de géneros y la autonomía de las mujeres - Defenderemos y promocionaremos la condición de juventud - Por una Medellín diversa

En acuerdo con la Constitución y la ley se diseñarán programas especiales para los grupos indígenas, afrodescendientes, población LGTB, nuevos pobladores (por desplazamiento o migración) y habitantes de la calle, buscando al máximo la participación de los mismos.

• Ampliación de la red oficial de salud y nuevas modalidades de atención familiar y comunitaria.

• Camino a la educación superior. Con las becas para estudios superiores y fondo de crédito

• Instituciones educativas saludables y de calidad: Continuar con la política de construir ambientes sanos y tecnológicamente apropiados para facilitar el aprendizaje

• Fortalecimiento del Programa Buen Comienzo, integrando acciones en educación, nutrición y salud para las niñas y niños menores de 14 años.

• Establecer la gratuidad de la matrícula en educación básica para los niveles 1 y 2 del Sisbén, incluyendo las familias del nivel 3 del Sisbén que lo requieran.

• Mantener los niveles de cobertura educativa, con especial énfasis en los grupos sociales más vulnerables.

que tienen los territorios, exige retos al diseño de currículos apropiados acorde con el contexto sociocultural, ambiental y económico de los corregimientos.

Criterios Metodológicos


Lineamientos

• Fomentar el desarrollo y actualización de la cultura popular campesina de acuerdo a las exigencias de un proyecto de ciudad fundamentado en la diversidad y la equidad.

• Establecer una cuota de vivienda social para los corregimientos y sus campesinos, evitando el fraccionamiento de las unidades parentales productivas en las áreas rurales.

• Brindar atención humanitaria de emergencia a 3.200 hogares rurales que están en mayor deterioro de su condición, por encontrarse por debajo de los promedios del Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas.

Criterios Metodológicos

Las densidades serán la resultante de la aplicación de los tamaños mínimos de lote por unidad de vivienda que se establezcan en las áreas de intervención, permitiéndose los mayores aprovechamientos en suelos suburbanos y los menores en suelos de protección.

Información: Es importante que en los corregimientos se cuente con un sistema de información geográfico (SIG) de zonas rurales, donde se identifiquen el mapa catastral, que identifique los predios, áreas, destinación, propietario y el estado de legalización. Esta información es vital a fin de complementar la metodología de superposición de datos cartográficos y así identificar áreas de conflicto y oportunidad para desarrollo de los territorios rurales a escala local.

El propósito de conservar el carácter rural de los corregimientos requiere de medidas encaminadas a democratizar la tenencia de la tierra en el mayor número de campesinos

Estructura y tenencia de la Tierra

En el tema de las densidades habitacionales, el Artículo 424° del POT, busca que los aprovechamientos constructivos en suelo rural se establecen en concordancia con la política de bajas densidades y con prevalecía de la valoración de los aspectos ecológicos del área rural.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Directrices

3.2. Dinámica y Estructura Económica

En San Sebastián de Palmitas, San Cristóbal, Santa Elena y San Antonio de Prado, donde hay comunidades rurales afectadas por macroproyectos regionales, se deben prever las medidas de reasentamiento y compensación a fin de proteger a moradores por las intervenciones territoriales.

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

El Artículo 425°. De las áreas mínimas de lotes, busca controlar una subdivisión exagerada de los lotes con el fin de que no se afecten los usos del suelo ni se aumente la densificación de las zonas rurales, así mismo se evite la saturación de los acueductos y

• En relación Aprovechamientos en suelo rural, el Artículo 428° con respecto a las densidades en los suelos suburbanos se regirán por lo que establezca Corantioquia, de conformidad con lo señalado en la ley 99 de 1993. • Frenar o disminuir el proceso de subdivisión o parcelación de predios, que tal y como se viene presentando limita y hace inviable la producción campesina. • Conservar los predios que son propiedad de instituciones públicas, como garantía de uso racional y público, así como procurar adquirir tierras que sean de interés ambiental. • El alto nivel de ilegalidad de predios y de viviendas es uno de los fenómenos que se presenta con frecuencia en los corregimientos y debe ser considerada una estrategia o programa encaminado a su solución como política pública de carácter prioritario. • Conservar un mínimo de tamaño de predios, que permita mantener el carácter rural de los corregimientos.

Directrices

El Subprograma de Regularización Integral de Predios, es una acción orientada a los asentamientos urbanos resultado de las formas de producción espontánea e ilegal del hábitat y la vivienda, que busca revertir el fenómeno de la informalidad en el uso, ocupación y aprovechamiento del suelo, para hacer con criterios ambientales y de equidad el reordenamiento territorial, elevar los estándares de habitabilidad y de seguridad a los asentamientos, En las unidades agrícolas familiares, las áreas mínimas serán las señaladas por el Municipio de Medellín en coordinación con las autoridades nacionales competentes y la Corporación Autónoma Regional

Lineamientos

• Los Planes Especiales Rurales deben contribuir a alimentar un sistema de información permanente en las zonas rurales, donde se identifiquen los límites de las zonas aptas para la agricultura, las áreas de conservación, las áreas de minería, de

• En suelos de protección. En algunos casos será restringido el fraccionamiento de los predios y limitada su ocupación. El área de lote se analizará en cada caso dependiendo del tipo de infraestructura y la localización según el área de intervención. Todas las áreas forestales deben concebirse como protectoras-productoras, y deben ser beneficiarios de estímulos fiscales, tributarios, económicos y de asistencia técnica para que así sea.

• Legalización: Se requiere del apoyo decidido del Estado, con acciones tendientes a la aplicación de instrumentos jurídicos para la legalización y protección de sus tierras y además con el acompañamiento, capacitación y financiación del establecimiento de sus sistemas productivos.

Criterios Metodológicos


• En suelos de protección se considera restringida la localización de vivienda campestre. Las construcciones que se

Frente al uso del suelo, el POT considera:

Usos del suelo

En suelos suburbanos. Se establecerán los tamaños mínimos de los predios en concordancia con las densidades que se establezcan por la autoridad ambiental competente para cada una de las áreas de intervención.

En suelo rural. La subdivisión predial en suelo rural, diferente al suelo de protección y al suelo suburbano, estará sujeta al tamaño mínimo equivalente a la unidad agrícola familiar UAF acorde con la actividad predominante, sea de explotación agropecuaria o forestal.

Preservar la calidad paisajística y ambiental, como condiciones de competitividad a través de medidas ecológicas y buenas prácticas agrarias, que incidan en la pervivencia mantenimiento y recuperación de la biodiversidad y sirvan de soporte al potencial desarrollo turístico complementado con actividades de esparcimiento, recreativas y culturales.

Frenar o disminuir el proceso de subdivisión o parcelación de predios, que afectan la producción rural, conservar los predios propiedad de instituciones públicas y privadas, así como procurar adquirir las tierras que sean de interés ambiental.

Regularización de la tenencia y legalización de las edificaciones preexistentes. Articulación con política de tierra contemplada por CORANTIOQUIA en el Plan de Gestión Ambiental 2000-2006, y en concordancia con lo estipulado en la ley 99 de 1993, disposiciones sobre la UAF, la resolución 9328 de 2006 de densidades rurales y demás normas que se establezcan.

sean las soluciones al saneamiento de las aguas servidas.

El área mínima de los lotes para desarrollos por partición o parcelación, varía dependiendo de aspectos tales como la zonificación de usos generales del suelo y el tipo de intervención posible. El área mínima del predio será consecuente con las densidades que se establezcan por la autoridad competente y las normas que sobre índice de ocupación y altura máxima y área mínima de lote se determinen.

Lineamientos

Directrices

• Realizar el Censo Agropecuario o requerirlo como insumo del PER, sistematizar y georreferenciar la información en escala 1: 5000, identificando las variables claves del censo anterior del año 2000 con el fin de realizar homologaciones y evaluaciones sobre la evolución de las mismas en

• Los PER están llamados además a ser un instrumento de planeación complementario que pueda operar, aplicar y desarrollar una política de desarrollo rural con visión urbano regional. La inviabilidad de la economía campesina por sí misma, plantea necesariamente el hecho de que hacerla sostenible, requiere de subsidios o transferencia de recursos de afuera del sistema productivo, que implica una visión de carácter urbano regional. • Es necesario llevar a cabo el diagnóstico territorial y su correspondiente análisis integrado. Se trata de abrir un amplio abanico de posibilidades que, apoyándose en el debate institucional y en la participación local, permita perfilar nuevos modelos de ordenación, explotación y gestión del territorio, adaptados a las características de las diversas zonas, lo cual va a propiciar, sin duda alguna, la diversificación funcional de los distintos territorios rurales.

amenaza de remoción en masa, de asentamientos rurales y de cuencas hidrográficas. Esta información es vital a fin de complementar la metodología de superposición de datos cartográficos y así identificar áreas de conflicto y oportunidad para desarrollo de los territorios rurales a escala local.

Criterios Metodológicos

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autoricen deben tener como propósito apoyar programas de investigación en materias propias de la zona, el turismo ecológico o dirigido. En relación a las áreas de aptitud forestal el Artículo 397, hace manifiesto que se trata de terrenos de propiedad pública o privada, reservados exclusivamente para la protección, mantenimiento y la utilización racional de áreas forestales protectoras, protectoras – productoras. Sobre el uso forestal protector, se trata de zonas que debe ser conservada permanentemente con bosques naturales o artificiales. En esta área prevalece el efecto protector y sólo se permite la obtención de productos secundarios del bosque Excepto aquellos predios que a diciembre 31 de 2004, presentan actividades agropecuarias, las cuales se mantendrán.(Art 398) El uso forestal protector-productor, es una zona que debe ser manejada priorizando la conservación de los recursos naturales renovables, puede ser objeto de actividades de producción estableciendo prácticas adecuadas de conservación del suelo, privilegiando dentro de cada actividad el efecto protector. En relación al uso agropecuario, se trata de terrenos aptos para el establecimiento de actividades productivas agrícolas, pecuarias, forestales y pesqueras, de mayor productividad, con buenas perspectivas de comercialización, que deberán contar con formas de gestión adecuadas que pueden

Directrices

Las edificaciones a desarrollar en suelos de protección, deben garantizar la estabilidad de los suelos y la protección paisajística y tener como propósito apoyar los programas propios de la zona, turismo ecológico o visitas dirigidas.

Fortalecer el seguimiento y monitoreo a los procesos agroindustriales que generen impacto ambiental y territorial.

Garantizar la preservación de las áreas de importancia ecológica estratégica, como proveedoras de bienes y servicios ambientales.

Se debe impulsar iniciativas encaminadas a conservar paisajes agrícolas y pecuarios tradicionales allí donde sea apropiado el uso del suelo.

Frente al uso del suelo en el POT, la clasificación y usos principales, complementarios, restringidos y prohibidos en la zona rural, se deben revaluar acordes con las nuevas tendencias y potencialidades de desarrollo rural.

La ocupación de los espacios rurales debe estar en función de la capacidad de carga de los territorios, de modo que no se pierda la calidad de las condiciones de habitabilidad y su carácter rural.

Revertir los usos del suelo (agrícolas y pecuarios) en zonas no aptas, por tratarse en su mayoría de tierras con fuertes restricciones por pendientes y calidad de suelos.

Lineamientos

• Fomentar la producción de alimentos articulada a las actividades agrícolas, pecuarias, piscícolas,

• Para el efecto construcción en suelos de protección se determinará previamente el tratamiento a los desechos, la disponibilidad de servicios públicos y la destinación que tendrá la edificación.

• Configurar el Expediente Territorial Rural como subsistema del Sistema de Información y Observatorio del Desarrollo Rural en unidades de análisis corregimental, veredal y predial, que complemente las bases de datos del DANE, SISBEN y Encuesta de Calidad de Vida; que permita caracterizar detalladamente la dinámica poblacional y económica rural, los factores de movilidad social y espacial, tasas de crecimiento diferenciadas (urbanas, suburbanas y rural) y participación en el PIB municipal y desde la perspectiva ambiental hacer análisis de capacidad de carga, flujos y fondos.

el tiempo y el espacio; agregar otras variables e indicadores que permitan una mejor caracterización de las unidades productivas y articular la información o actualizarla para el cálculo de la UAF. Hacer además extensivo dicho censo con otros requerimientos en minería, unidades productivas industriales, comerciales y de servicios en áreas, centros y corredores suburbanos, así como la caracterización de fuentes, sistemas tecnológicos y niveles de consumo en los diferentes tipos de servicios públicos.

Criterios Metodológicos


• Se debe impulsar iniciativas encaminadas a conservar paisajes agrícolas y pecuarios tradicionales allí donde sea apropiado, así como la cultura (saberes ancestrales) y formas de producción campesina (en

incluir procesos adicionales que generen valor agregado a la actividad productiva. (Art 400) Frente al uso mixto, el Articulo 401 lo define por la mezcla de actividades agropecuarias, áreas de esparcimiento, vivienda campesina, vivienda campestre, donde debe prevalecer el mantenimiento de un paisaje caracterizado por bajas densidades e índices de ocupación bajos y unas actividades de producción primaria, producción agropecuaria (agrícola, pecuaria y forestal) de predominio. Se dará prevalecía a la producción (agrícola, pecuaria, pesquera y forestal, y a las edificaciones de apoyo a su funcionamiento. En cuanto a la Explotación de materiales, el Artículo 402 las define como el área de explotación minera con destino al aprovechamiento de los recursos para la industria la construcción. Al interior de dicha zona se incluyen los frentes activos o zonas de explotación, así como las zonas de protección minero. Frenar y revertir la dinámica de la ampliación de frontera agrícola y pecuaria sobre zonas de protección y conservación, máxime cuando se hace sobre áreas con vocación forestal.

Directrices fomentar el uso sostenible de los recursos naturales renovables y particularmente de los productos forestales o la combinación de diferentes sistemas productivos, con ello se incentiva el desarrollo regional, vinculando procesos de producción limpia, prácticas de conservación de suelos, desarrollo integral de actividades rurales. Se busca, igualmente, propiciar la investigación, el desarrollo de tecnologías de manejo, la educación ambiental y la recreación, el ecoturismo; de acuerdo a las características naturales de cada área, la protección de suelos y recursos hidrológicos y el manejo de zonas de amortiguamiento para áreas más estrictamente protegidas. (Art 399)

Lineamientos

• Revertir los usos del suelo (agrícolas y pecuarios) en zonas no aptas, por tratarse en su mayoría de tierras con fuertes restricciones por pendientes y calidad de suelos.

• Ampliar y hacer enriquecimiento con especies nativas en las áreas en bosque natural (revertir la tendencia de disminución de las áreas estratégicas de carácter ambiental) y establecer plantaciones comerciales en zonas con vocación forestal.

• Realizar una actualización Catastral que establezca tamaño de predios, usos y estado de legalización, de modo que se muestre los cambios ocurridos en los últimos años

agroindustriales y Diseñar un protocolo tecnológico para el desarrollo de sistemas productivos sostenibles para la conservación.

Criterios Metodológicos

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En el marco de los lineamientos para la política de desarrollo rural, el Acuerdo 16 de 2007 crea el Distrito Rural para los corregimientos de Medellín, como instrumento de gestión, con el objetivo de promover y coordinar acciones, programas y proyectos orientados a mejorar los Índices de Desarrollo Humano y de Calidad de Vida, mediante una estrategia de atención integral a los hogares rurales de los Corregimientos, garantizando que dicha población fortalezca su aporte a la producción rural y a la

Sistemas Productivos

3.600 Articulo 5 categorías de desarrollo restringido, • Capítulo 3 suelo rural suburbano Usos localización Articulo 9 donde especifica la definición de usos • Articulo 12 normas aplicables para el desarrollo de usos comerciales y de servicios • Articulo 13 Normas para usos industriales • Capitulo 5 Áreas de actividad industrial en suelo rural no suburbano.

especial la de alimentos). • Conservar los usos del suelo propios del campo, como contención a los procesos de urbanización, estableciendo claramente y de manera planificada las áreas y sus funciones • Garantizar la preservación de las áreas de importancia ecológica estratégica, como proveedoras de bienes y servicios ambientales

Directrices

desde

la

• Desarrollan el Distrito Rural de Medellín recién

• Crear una unidad de trabajo rural en el marco de la Subdirección de Planeación Metropolitana dedicada al estudio y planeación de nuestro desarrollo rural y establecer una gerencia que lidere la gestión del desarrollo integral de los corregimientos.

Entre los programas propuestos Administración municipal se tiene:

La agricultura urbana es una opción de seguridad alimentaria en las áreas suburbanas

Lineamientos

Criterios Metodológicos


• Con la propuesta de la creación del Distrito Agrario Rural de Medellín se pretende la consolidación de las áreas de desarrollo agropecuario, la protección de la economía campesina y la seguridad alimentaria • La poca opción de empleo, requiere de generar alternativas productivas encaminadas a mejorar y hacer competitivas las labores del campo mediante la utilización intensiva de mano de obra y de tecnologías limpias, generar valor agregado a la producción agrícola y pecuaria, estimular la inversión pública y privada, así como el estímulo y acompañamiento a procesos de emprendimiento. • Hacer rentable (y conservar) la producción de alimentos mediante el estímulo a las actividades agrícolas y pecuarias, el mejoramiento de los sistemas y técnicas de producción, el conocimiento y manejo de las cadenas de distribución y comercialización y una política de estabilidad de precios.

conservación ambiental.

Directrices

Iniciativas como el distrito agrario requieren una delimitación precisa en términos de su extensión, teniendo como parámetro la elección de aquellos lugares con suelos aptos desde el punto de vista

• Asistencia técnica calificada, con el fin de mejorar la productividad de las finca desde una perspectiva de planificación participativa.

• Recuperación de la agricultura tradicional,

Por su parte el Plan de Desarrollo Turístico Corregimental menciona propuestas específicas de intervención hechas por cada comunidad en pro de fortalecer la actividad turística a través de los siguientes proyectos sociales y culturales:

• Consolidar los Centros de Desarrollo Empresarial Zonal -Cedezo- como incubadoras de empresas y centros de articulación de los circuitos y cadenas productivas locales de nuestras comunas y corregimientos.

• Por un desarrollo productivo que genere empleo sostenible

• Construir, con participación de las comunidades locales, Parques Ecológicos y Campesinos, mediante los cuales se dé un uso sostenible a nuestra naturaleza y se genere empleo.

creado para la protección de la economía y la cultura campesina, el reconocimiento a su función en la conservación de los ecosistemas y el impulso a la producción y comercialización directa de sus productos.

Lineamientos

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Directrices

• Certificado de Incentivo Forestal – CIF-. • Certificado de Incentivo a la Capitalización RuralCICR-. • Fondos parafiscales agropecuarios Administrados

• Mantener la educación como herramienta fundamental para la inclusión social, la formación cultural de nuestra población y como condición para el desarrollo económico productivo y competitivo de nuestra ciudad y su entorno regional. Focalización de los INSTRUMENTOS DE POLÍTICA que hacen operativo un mecanismo redistributivo – reparto de cargas y beneficios- y de equidad social y la interacción entre programas y proyectos sectoriales, dentro de los cuales se tiene:

El Programa Medellín la Más Educada, tiene como propósitos:

Evaluar la información catastral y fiscal sobre la aplicación de incentivos fiscales, tributarios y sociales para la promoción de las actividades rurales con énfasis en la producción agropecuaria, agroindustrial y forestal. La valoración económica y compensación dirigida al territorio rural por proveer bienes y servicios ambientales; y la destinación o aplicación de las regalías por minería.

agro ecológico y que presenten una importante tradición campesina. Igualmente, se deben crear mecanismos para su operatividad e implementación Acompañar acuerdos intermunicipales y regionales de mercados alternativos para la producción, canales de comercialización y asistencia integral hacia mercados verdes.

Lineamientos

Criterios Metodológicos


• Delimitar de forma específica y clara las áreas correspondientes al patrimonio ecológico y que deben ser incluidas dentro de la estructura ecológica principal municipal,

Se debe buscar desde las restricciones de uso y las propuestas de los diferentes estudios la forma de armonizar las propuestas existentes, en la mayoría de los casos la sobreposición con figuras de conservación y protección obligan a que las

Patrimonio Ecológico

Las áreas correspondientes al patrimonio ecológico deben ser incluidas dentro de la estructura ecológica principal municipal, Adoptando dentro del patrimonio ecológico,

Criterios Metodológicos

Criterios Metodológicos

Lineamientos

• • •

• • • •

• •

por entidades gremiales con representatividad nacional de la actividad agropecuaria Fondos de Estabilización de Precios de Productos Agropecuarios y Pesqueros Precios mínimos de garantía Incentivos y apoyos directos a los productores agropecuarios y pesqueros Subsidios preferenciales de energía eléctrica. El subsidio familiar campesino El seguro agropecuario PADEMER (Proyecto de Apoyo al Desarrollo de la Microempresa Rural) Programa de Apoyo Integral a Pequeños Productores de Economía Campesina Programa de Mujer Rural Programa de Oferta Agropecuaria PROAGRO Programa Nacional de Transferencia de Tecnología PRONATTA Recursos de las corporaciones ambientales destinados a la producción limpia Estímulo y disminución del impuesto predial cuando hace parte de las unidades productivas agropecuarias, forestales y que tienen a su interior áreas protegidas.

Lineamientos

Directrices

3.3. Patrimonio Territorial

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Ley 1185 de 2008 ley general de cultura Articulo cuatro 4 del decreto 3.600 Categorías de protección en el suelo rural lo constituyen las áreas e inmuebles considerados como patrimonio cultural.

Patrimonio Histórico Cultural

Determinar bajo la Estructura Ecológica Principal, la adopción y articulación de los elementos identificados como patrimonio ecológico en la normatividad existentes sobre protección y conservación ambiental declarada para estos espacios naturales de valor patrimonial.

Adoptar dentro del patrimonio ecológico, aquellos espacios naturales que por su valor de uso tienen una significación cultural para los habitantes de los corregimientos.

Definir el plan de manejo y gestión del patrimonio ecológico que considere su puesta en valor en los cinco corregimientos.

Es necesario emprender la gestión institucional para declarar como Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M), los identificados en el Plan Especial de Protección Patrimonial de Medellín, además de

Es necesario emprender estudios que tengan por objeto hacer un inventario del patrimonio etnográfico de los corregimientos de Medellín

El patrimonio ecológico deben ser áreas bien definidas, que requieren un análisis y manejo desde lo social y especialmente desde el reconocimiento que los pobladores hacen de estos lugares para establecer con un nivel de detalle apropiado para la escala de los Planes corregimentales su estructura, caracterización e identificación de manera específica y coherente con el POT, los planes temáticos de carácter local o regional y con todas las disposiciones de mayor jerarquía.

propuestas se acojan a lo ya dispuesto por la autoridad ambiental.

aquellos espacios naturales que por su valor de uso tienen una significación cultural para los habitantes de los corregimientos.

Incluir en los ejercicios de planificación del territorio que se lleven a cabo en los corregimientos, el patrimonio ecológico como una variable determinante en el análisis y definición de propuestas para el ordenamiento territorial rural.

Lineamientos

Directrices

• Los Planes Especiales deben proponer acciones

• Emprender campañas de sensibilización y educación ambiental que promuevan buenas prácticas de comportamiento ciudadano en los espacios naturales rurales de valor patrimonial que poseen cada uno de los cinco corregimientos de Medellín.

• Delimitar de forma específica y clara las áreas correspondientes al patrimonio ecológico

• Es importante realizar los estudios de capacidad de carga del patrimonio ecológico, y donde ya se hayan realizado, se debe respetar su aplicación en procura de proteger su integridad.

• Emprender campañas de sensibilización y educación ambiental que promuevan buenas prácticas de comportamiento ciudadano en los espacios naturales rurales de valor patrimonial que poseen cada uno de los cinco corregimientos de Medellín.

• Con base en los determinantes de mayor jerarquía y las propuestas elaboradas para las áreas desde los diferentes planes y proyectos.

• La delimitación propuesta debe ser concertada con el municipio y la autoridad ambiental competente y armonizada con las disposiciones y los proyectos existentes.

Criterios Metodológicos


definir los mecanismos para su mantenimiento y protección en el tiempo.

• Incluir en los ejercicios de planificación del territorio que se lleven a cabo en los corregimientos, el patrimonio histórico – cultural como una variable determinante en el análisis y definición de propuestas para el ordenamiento territorial rural, que promulguen por la conservación, manejo y protección de los elementos arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, urbanísticos y etnográficos con valor de interés patrimonial. • Declarar los Bienes de Interés Cultural (BIC) identificados y propuestos por el Plan Especial de Protección Patrimonial de Medellín (PEPP). • Formular y operativizar el plan de manejo y gestión de los Bienes de Interés Cultural identificados. • Adoptar dentro del inventario patrimonial cultural, aquellos elementos que por su significación colectiva, poseen un valor de uso para los habitantes de los corregimientos y por lo tanto hacen parte del patrimonio territorial de Palmitas, San Cristóbal, Altavista, San Antonio de Prado y Santa Elena respectivamente. • Realizar un estudio que permita determinar y caracterizar el patrimonio intangible de los cinco corregimientos de Medellín. • Considerar el patrimonio territorial como un instrumento imprescindible para reforzar la identidad de los habitantes de los cinco corregimientos y, por extensión, para atraer a visitantes que lo valoren y disfruten, al permitir una mayor proyección de estos bienes a través del conocimiento y el Aquellas zonas que sean declaradas como sitios de interés especial, deben definir un modelo de ocupación del territorio que este acorde con las características del paisaje propio de ese lugar, como la tipología de las viviendas, los equipamientos colectivos, el espacio público, la forma, el trazado y los materiales que conforman la capa de rodadura en las vías.

Es fundamental y necesario incrementar la inversión en la sostenibilidad ambiental y social del territorio, ello implica ejecutar los planes, programas y proyectos de la Política Ambiental Municipal para los corregimientos, con la corresponsabilidad de las autoridades ambientales y la población local, así como los planes, programas y proyectos que se derivan de la implementación de la política de desarrollo rural.

Para proteger el patrimonio histórico-cultural es necesario iniciar inmediatamente procesos de gestión institucional a todos los niveles, cuyos componentes principales están en la sensibilización y educación ciudadana que promulguen por el respeto de este patrimonio.

Lineamientos

Directrices para implementar mecanismos de captación, registro, organización, suministro de datos, establecimiento de indicadores de seguimiento y ejecución de la estrategia turística, ya que todavía se presentan debilidades en los sistemas de información al servicio del turismo, tanto en ámbito regional como local. Un ejemplo de ello es la existencia en Medellín del SITUR, sistema con propósitos interesantes pero aún con falencias en la recolección de la información y el manejo de la misma.

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

Para Altavista es necesario emprender esfuerzos para recuperar y mantener el sistema de Cuchilla El Astillero, El Barcino y Manzanillo como conectores ecológicos del patrimonio cultural.

Para la Quebrada Iguaná y su vegetación asociada, se deben plantear estudios de intervención a fin de mantener su función como nodos estructurantes en la Red de conectividad del patrimonio ecológico y paisajístico.

Al igual que para Palmitas, en el corregimiento de San Cristóbal es necesario emprender esfuerzos para recuperar y mantener la Cuchilla de Las Baldías y el Cerro del Padre Amaya como conectores ecológicos del patrimonio cultural. Para el cerro El Picacho, es necesario consolidar su plan de manejo propuesto por el estudio “Plan de Manejo y Gestión Integral de los Cerros Tutelares de Medellín”, ya que este cerro debe preservase en su función como zona de protección de los referentes paisajísticos del patrimonio cultural.

Para Palmitas es necesario emprender esfuerzos para recuperar y mantener la Cuchilla de Las Baldías y el Cerro del Padre Amaya como conectores ecológicos del patrimonio cultural.

Es urgente definir y operativizar un plan de manejo y protección del patrimonio arqueológico y urbanístico de Santa Elena que reglamenten unas normas mínimas de comportamiento al fin de garantizar su preservación en el tiempo, ya que estos elementos de valor patrimonial, cada vez se encuentran más amenazados por la afluencia creciente de visitantes.

Para todos los cinco corregimientos se recomienda definir que otros espacios naturales poseen un valor patrimonial no solo desde la institucionalidad sino desde el valor de uso que los habitantes del corregimiento hacen de ellos.

respeto. • Definir los Sitios Prioritarios de Interés Especial presentes en cada uno de los cinco corregimientos. Estas zonas tienen por objetivo preservar sitios de interés arqueológico, histórico, cultural y natural que en la actualidad se encuentran deteriorados o bien no poseen ninguna medida de protección, y que por sus características deben ser considerados en cualquier tipo de planificación futura.

Directrices


Lineamientos

Criterios Metodológicos

En San Antonio de Prado, declarar la Truchera los Muñoz y Casa finca El Barcino-"La Lechería" en la vereda Astilleros como Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M).

Es urgente la puesta en marcha de un plan de protección o mantenimiento del patrimonio arqueológico de Altavista, ya que está expuesto a un deterioro físico permanente básicamente por el desconocimiento ciudadano y además por la presión ejercida por la expansión urbana informal, ya que estos sitios arqueológicos se encuentran ubicados en la frontera entre el área urbana de Medellín y el área rural de los sectores de San José de Manzanillo, Altavista Central y Aguas Frías.

Para Altavista, se recomienda iniciar con prontitud labores de recuperación de los inmuebles potenciales de ser declarados Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M), ya que estos sitios no cuentan con ningún plan de protección o mantenimiento y están expuestos a un deterioro físico permanente.

Se recomienda elaborar un estudio en las veredas El Yolombo, Boquerón, San José de La Montaña y El Llano que permita definir si, además de su importancia arqueológica, estas veredas conforman un paisaje cultural continuo en el tiempo. En tal caso delimitarlo y definir su plan de manejo, que incluya la investigación de estos sitios arqueológicos, ya que poseen un excelente paisaje en áreas fácilmente acondicionadas para el turismo. Esto se debe complementar con una propuesta de restricciones al cambio de uso, a la densificación poblacional y a la destrucción de la arquitectura en piedra.

Para San Cristóbal, se recomienda iniciar con prontitud labores de recuperación debido al deterioro físico en que se encuentran la mayoría de inmuebles potenciales de ser declarados Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M).

Para el sector de El Tambo, se debe priorizar un proyecto de protección integral teniendo en cuenta los valores arqueológicos, paisajísticos y el uso actual que garanticen su preservación como patrimonio paisajístico del corregimiento.

En Palmitas, declarar al Templo de San Sebastián de La Aldea y la Posada de los arrieros en La Volcana como Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M).

En Santa Elena es urgente la implementación de un plan de manejo que vele por la integridad del Alto de La Yegua, bosques de la ECA, bosques de la Aguada, bosques de Piedras Blancas, laguna de Guarne, quebrada Santa Elena, la Cascada Bocana y Cerro Verde, con el fin de garantizar su protección y mantenimiento, ya que la presión ejercida por el número creciente de visitantes, está comprometiendo su valor como patrimonio natural rural.

En San Antonio de Prado se recomienda de manera urgente declarar el Cerro Padre Amaya, las Cuchillas Romeral y El Astillero, como áreas de preservación estricta. Para la Quebrada Doña María y su vegetación asociada, se deben plantear estudios de intervención a fin de mantener su función como corredor biótico rural articulador en la red de conectividad ecológica.

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS Lineamientos

Criterios Metodológicos

Realizar el levantamiento de una línea base que dé cuenta de la actual oferta turística y la planta turística de cada uno de los cuatro corregimientos ubicados hacia el occidente de Medellín.

Oferta y Potencial Turístico

Se debe conservar y revalorar el patrimonio territorial de Palmitas, San Cristóbal, Altavista y San Antonio de Prado, ya que este es la base de la oferta turística y permite definir el potencial turístico de estos cuatro corregimientos ubicados al occidente de Medellín.

A partir de la definición del potencial turístico, se sugieren emprender estudios de mercado que determinen la demanda turística con el fin de sentar las bases para elaborar en el futuro la estrategia más adecuada en la gestión turística.

Para Santa Elena, es urgente adoptar y darle curso a la línea base que ya se levanto en el corregimiento por parte del CEPREA, en donde se da cuenta de la

A partir de la línea base, definir el potencial turístico basado en el patrimonio territorial de Palmitas, San Cristóbal, Altavista y San Antonio de Prado.

• La información recolectada y analizada sobre los lugares turísticos debe contener mínimo las variables que los sistemas implementados para el tema en el municipio de Medellín consideren. Su almacenamiento debe ser en bases de datos y debe tener la posibilidad de ser actualizada.

Es urgente adoptar estos estudios ya que los corregimientos cada vez más están expuestos a un creciente número de visitantes y turistas provenientes de Medellín y el Área Metropolitana, por lo cual es necesario ante todo respetar la capacidad máxima de uso turístico del territorio, con el fin de no afectar y/o poner en peligro la integridad de estos espacios naturales, más allá de sus capacidades de recuperación, regeneración y resiliencia.

Desde diversas entidades, se debe brindar el apoyo institucional a aquellas iniciativas locales a nivel corregimental que busquen cualificar la infraestructura y los servicios de apoyo a la actividad turística.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Directrices

3.4. Gestión del Turismo

En Santa Elena, declarar las iglesias de Santa Elena central y Mazo, como Bienes de Interés Cultural Municipal (BIC-M).

Al igual que en San Cristóbal, para el patrimonio arqueológico y paisajístico, se recomienda elaborar un estudio en la vereda Astilleros que permita definir si, además de su importancia arqueológica, esta vereda conforma un paisaje cultural rural continuo en el tiempo, y en tal caso delimitarlo y definir su plan de manejo, que incluya la investigación de estos sitios arqueológicos, ya que poseen un excelente paisaje en áreas fácilmente acondicionadas para el turismo. Esto se debe complementar con una propuesta de restricciones al cambio de uso, a la densificación poblacional y a la destrucción de la arquitectura en piedra.

Directrices


Los Planes Especiales Corregimentales, deben identificar aquellas zonas que presentan una mejor “aptitud turística” y las actividades u otros usos compatibles con esa

Elaborar una estrategia de aprovechamiento social del patrimonio y el uso turístico correcto para cada uno de los cinco corregimientos, para que el territorio corregimental pase a ser concebido en sí mismo como un producto cultural.

Canalizar y viabilizar las iniciativas locales que pueden servir de soporte a una futura estrategia turística a implementar en cada uno de los cinco corregimientos de Medellín.

La gestión del turismo en los corregimientos debe asumir la determinación de las responsabilidades de los actores locales y regionales, buscando que los custodios, los operadores, los promotores, los empresarios prestadores de servicios, la comunidad local, el ecoturista y otras instancias asuman actuaciones claras para la aplicación de los principios

• Se debe definir como debe operar la coordinación desde los entes del gobierno central, con otras instancias nacionales, departamentales (regionales) y locales para la puesta en marcha y aplicación de la política ecoturística. Además, es necesario operativizar la gestión pública del destino ecoturístico en coordinación con el sector privado.

De acuerdo con la Ley General de Turismo (Ley 300 de 1996), desde el gobierno nacional se requiere un mecanismo de control, acompañamiento y seguimiento efectivo a los entes territoriales, ya que la planeación del sector turístico todavía es muy débil en el ámbito local y subregional, principalmente porque falta conciencia en las administraciones sobre su importancia. En este sentido, los Planes Especiales Rurales deben plantear rutas en la planificación del turismo que consideren las posibilidades de asistencia técnica que brinda el Gobierno Nacional en esta materia.

• Para avanzar en la definición del costo turístico por el uso de espacios naturales rurales y de los elementos patrimoniales de valor cultural, es necesario la realización de los estudios de valoración ecológica, económica y social de los elementos territoriales rurales de cada corregimiento para determinar la magnitud y el monto de las compensaciones a que hubiere lugar por los servicios ambientales, paisajísticos y sociales que prestan y pueden ofrecer.

• Para el fortalecimiento de organizaciones empresariales de base para la prestación de servicios, se plantea impulsar la formación empresarial de tal manera que las comunidades locales se vinculen productivamente a la gestión de los proyectos y a la prestación de los servicios al ecoturista.

Es necesario emprender investigación de mercados y diseño del producto ecoturístico, con el fin de identificar mercados potenciales ecoturísticos, ya que el diseño del producto es un punto fundamental en el logro de una oferta consolidada que sea competitiva tanto en los mercados nacionales como internacionales.

Estrategia de Gestión Turística

Es necesario aunar esfuerzos desde la gestión institucional que promueva entre todos los interesados del desarrollo del turismo en los espacios rurales de los corregimientos, la implementación de una estrategia turística fundamentada en el patrimonio territorial de los corregimientos, que opere basada en productos turísticos acordes con las cualidades territoriales de de cada uno de los corregimientos.

actual oferta turística y la planta turística, lo cual permitirá definir cuál es el potencial turístico basado en el patrimonio territorial de Santa Elena.

Como una manera de fortalecer la infraestructura turística, es necesaria la puesta en marcha de un proyecto que contemple la definición, el diseño y la implementación de la señalética tanto del patrimonio territorial como de los distintos atractivos turísticos presentes en los corregimientos.

Criterios Metodológicos

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Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Los resultados de la propuesta de zonificación turística a través de las ZDTP, deben incorporarse a un marco regulatorio a nivel corregimental, en el cual queden estipuladas las modalidades y procedimientos de operación, parámetros para la ejecución de proyectos, restricciones y tratamiento especial para inversiones ligadas al turismo en área naturales y rurales.

Definir una zonificación territorial turística, que consiste en poner en marcha las Zonas de Desarrollo Turístico Prioritario (ZDTP) planteadas para los corregimientos de Palmitas, San Cristóbal y Santa Elena. Esta propuesta de zonificación debe incorporar además la localización de los atractivos turísticos, equipamientos turísticos, infraestructura básica, sitios aptos para miradores, sitios aptos para acampada, sitios de interés de flora, caídas de agua, etc. Además de un catastro georeferenciado de los atractivos turísticos y fichas de caracterización y evaluación de los principales atractivos y la identificación de las actividades turísticas posibles de realizar.

planteados por la Política Ecoturística del país desde el año 2003.

actividad turística, que contemplen la ejecución de obras de infraestructura que sirvan no solo al sector turismo, sino que represente efectos positivos para otros sectores considerados complementarios y compatibles.

Para avanzar en la definición del costo turístico por el uso de espacios naturales rurales y de los elementos patrimoniales de valor cultural, es necesario la realización de los estudios de valoración ecológica, económica y social de los elementos territoriales

Se debe definir como debe operar la coordinación desde los entes del gobierno central, con otras instancias nacionales, departamentales (regionales) y locales para la puesta en marcha y aplicación de la política ecoturística. Además, es necesario operativizar la gestión pública del destino ecoturístico en coordinación con el sector privado.

Para el fortalecimiento de organizaciones empresariales de base para la prestación de servicios, se plantea impulsar la formación empresarial de tal manera que las comunidades locales se vinculen productivamente a la gestión de los proyectos y a la prestación de los servicios al ecoturista.

Hace falta mayor fuerza en el tema de la identificación y reglamentación del patrimonio cultural, el cual es el insumo principal para el desarrollo del turismo cultural. Para cumplir este objetivo, se propone emprender las actuaciones de sinergia que optimicen los recursos, programas, planes, procedimientos, reglamentaciones y actividades existentes para el fomento de los sectores turístico y cultural, como ha sido planteado por la Política de Turismo Cultural, publicada por el gobierno nacional en septiembre de 2007.

Lineamientos

Directrices

Criterios Metodológicos


rurales de cada corregimiento para determinar la magnitud y el monto de las compensaciones a que hubiere lugar por los servicios ambientales, paisajísticos y sociales que prestan y pueden ofrecer.

Lineamientos

Criterios Metodológicos

Dado que la política pública de desarrollo rural “pretende cubrir integralmente los diferentes aspectos de la problemática rural; lo anterior implica atender de manera específica, armónica y sinérgica las diferentes dimensiones de la ruralidad (sociocultural, ambiental, económica y política)”. Alcaldía de Medellín. Política Pública para el Desarrollo Rural de Medellín. Medellín, diciembre de 2007.

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Es decir, se requiere que simultáneamente se garantice el cumplimiento y articulación sinérgica de las políticas en materia ambiental, territorial, económica y social alineadas con las necesidades de la población, que mejoren los niveles de gobernabilidad y gobernanza en el territorio rural, lo que necesariamente conlleva a que el modelo de gestión se flexibilice y ajuste en función de ello, utilizando los instrumentos legales existentes y creando los que sean necesarios en el marco de la descentralización de los territorios rurales, definidos como de interés público y prioritario.

Para elevar los niveles de gobernabilidad y gobernanza democráticas en la ruralidad de Medellín, la directriz fundamental está referida a la incorporación y uso de instrumentos legales del Ordenamiento Territorial de manera articulada y simultánea con la implementación de la política de Desarrollo Rural para los corregimientos. Es directriz obligatoria para la Administración Municipal y los particulares que operan en el territorio rural, dado el principio de coherencia y coordinación en la armonización entre las leyes, los decretos reglamentarios, acuerdos y resoluciones para el desarrollo del territorio y la población rural en función de la concreción de derechos y deberes ciudadanos6, así como los principios orgánicos de la Planeación.

4. Estructura Política y Gobernabilidad

Para Santa Elena, es urgente adoptar y darle curso a la línea base que ya se levanto en el corregimiento por parte del CEPREA, en donde se da cuenta de la actual oferta turística y la planta turística, lo cual permitirá definir cuál es el potencial turístico basado en el patrimonio territorial de Santa Elena.

A partir de la línea base, definir el potencial turístico basado en el patrimonio territorial de Palmitas, San Cristóbal, Altavista y San Antonio de Prado.

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Figuras político – administrativas como las de Distrito Agrario, los Centros de Gestión Agroempresarial y Sociedades Agrícolas en Transición SAT, entre otras aseguran el papel que se espera desempeñe el suelo rural en la seguridad alimentaria de la población rural, del municipio y el Valle de Aburra, la permanencia de actividades agropecuarias, agrícolas y los modos de vida campesina, asociados a la sostenibilidad ecológica rural y urbana y como control y contención de la expansión urbana y la suburbanización informal.

Instrumentos de Gestión del Suelo e Inmobiliaria. Haciendo uso de los artículos vigentes de la Ley 9 de 1989 y de la Ley 388 de 1997, el Municipio puede definir una política de control a la especulación y competencia de rentas del suelo, en especial a través de la calificación de suelo para manejos especiales y prioritarios: de Vivienda de Interés Social Rural o Vivienda Prioritaria, o cualquier otro objeto de interés público, como las Áreas de Preservación de Infraestructura -API-, las Áreas de Manejo Especial -AME- y desestimular desarrollos de alta densidad en los suelos de borde rural – urbano y en suelo suburbano. Esto implicaría un ajuste del Ordenamiento Territorial, en tanto parte de las zonas de expansión definidas involucran zonas muy restrictivas geográfica y ambientalmente, tanto en San Cristóbal como en Altavista, especialmente en este último, donde el conflicto de uso entre minería y urbanización, termina por urbanizar e incorporar al mercado inmobiliario suelo con otras funciones y potencialidades ambientales o mineras. La falta de control del suelo, finalmente afecta a la población local, que ve comprometida su permanencia en el lugar por el incremento en las rentas del suelo, como se viene presentando con el avance de la parcelación.

Área Metropolitana del Valle de Aburra. Directrices Metropolitanas de Ordenamiento Territorial. “Hacia una región de ciudades”. Acuerdo Metropolitano No. 15/noviembre de 2006. Documento de Soporte Técnico. Valle de Aburra. Febrero de 1007

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Es fundamental el reconocer las zonas donde se realizan actividades económicas del sector primario. Las actividades de minería en los corregimientos de Altavista y San Cristóbal ameritan la creación y funcionamiento de la figura de Parques Minero Industriales (art. 410 POT), que permitan construir acuerdos público – privados para delimitar, ordenar y asegurar la explotación racional y técnica del recurso estratégico, la generación de empleo y la aplicación de los controles ambientales requeridos por la norma, bajo el principio de precaución.

Para la zona rural, su desarrollo económico, social, político, ambiental y territorial, ya se han elaborado propuestas de instrumentos a incorporar o armonizar en el Ordenamiento Territorial7, algunos de ellos ya se encuentran operando en otras zonas de la región y el país, tales como:


Instrumentos de Política Fiscal y del Suelo. Orientados a la Estratificación Socioeconómica y establecimiento de incentivos tributarios a los campesinos que alivien las cargas contributivas y garanticen los costos de permanencia para esta población. De hecho el aporte del sector rural a la generación de empleo, aunque poco significativo en las cuentas municipales y regionales, resulta de suma importancia y evitaría que esta población se desplazara a la ciudad en busca de oportunidades laborales para la sobrevivencia, como en lo hace actualmente. En síntesis, es importante mantener las actividades de producción y autoconsumo predominantes en la zona rural, porque a nivel económico garantizan la permanencia de la población rural, la cual difícilmente alcanzaría los niveles y la calidad de vida que tiene en el campo, desarrollando actividades no calificadas en suelo urbano mal remuneradas.

Otros instrumentos de Planeación y Gestión. El instrumento complementario más importante para las intervenciones en la ruralidad, es el Plan Especial Rural Corregimental y por polígonos o áreas menores de planeamiento donde se requieran (art. 450 y 451 POT). Este instrumento permite la planificación concertada de detalle y desarrollo de porciones del territorio

Recursos e instrumentos de compensación y obligaciones urbanísticas urbanas, pagadas y transferirlas o redirigidas a la inversión en la zona rural, con la creación del Fondo de Compensaciones (art. 487 POT), para dotar las centralidades e invertir en la conservación, mejoramiento y recuperación ambiental. Igualmente, las obligaciones dentro del corregimiento por procesos de urbanización, parcelación y construcción (loteo con más de 5 destinaciones), permitan captar plusvalías y compensar, mediante inversiones con estos recursos, en las centralidades suburbanas veredales o corregimentales.

El reajuste de tierras también es fundamental en la regularización de los asentamientos suburbanos y conservación de las actividades agropecuarias, los modos de vida campesina y los criterios para la determinación de densidades que han sido propuestos por CORANTIOQUIA. Con respecto a las variables o criterios de evaluación y definición de las densidades en suelo rural, no se tiene claridad sobre la dinámica poblacional rural en el Valle de Aburra y Medellín como principal receptor de población, lo cual incide en el uso del suelo, el modelo de ocupación y las densidades netas tanto de suelo urbano, como suburbano y rural.

El reajuste del tierras es otro instrumento para controlar la densidad, la subdivisión predial y la regularización de los predios que no cumplen con la unidad mínima de actuación -UMA- que establece el decreto nacional 3600 de 2007, define ésta unidad con una extensión mínima de dos hectáreas y para reconocimientos de áreas inferiores a las establecidas, deberá hacerse reajuste de tierras, que permita la legalización o regularización de los predios, aún en el caso de preexistencias.

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Ver Cuadro 3 Estrategias, programas y proyectos del Plan Ambiental de Medellín – PAM. Disponible en Internet en http://www.medellin.gov.co/politicaambientademedellin/index.html

Revisar y redefinir la clasificación de las zonas homogéneas, uso y manejo según la clasificación del Distrito de Manejo Integrado realizado por CORANTIOQUIA y de acuerdo con ello, revisar las intervenciones propuestas en el Plan de Ordenamiento Territorial para el suelo rural.

La Política Ambiental de Medellín, el Sistema de Gestión Ambiental de Medellín -SIGAM - y el Plan Ambiental Municipal 2007– 2019 –PAM- definen las estrategias, programas y proyectos en materia ambiental que involucran directamente los cinco corregimientos del municipio8. Estas estrategias, programas y proyectos son el fundamento y la apuesta del municipio para la Región Central de Antioquia, en la que el Valle de Aburra es epicentro jalonador del desarrollo regional y se ha propuesto el ecoturismo como una de las alternativas para mantener los ecosistemas estratégicos en los parques locales y regionales: Arví, AROVA, La Reserva La Romera, Miraflores, San Miguel, el Sistema de Páramos y Bosques Altoandinos. Este Conjunto de ecosistemas conforman el proyecto en construcción denominado ”Parque Central de Antioquia”, actualmente impulsado por la Gobernación de Antioquia con la participación de las Corporaciones Autónomas Regionales CORANTIOQUIA, CORNARE, el Área Metropolitana del Valle de Aburrá y los más de 30 municipios que conforman la región central, entre otros entes con injerencia en el territorio. En este sentido, tanto el Parque Arví, como el proyecto de Parque Ecológico Campesino de San Sebastián de Palmitas, que ya cuenta con un perfil y es uno de los proyectos del Plan de Desarrollo Municipal y Corregimental, se constituyen en puntos de partida y de referencia de suma importancia con miras a la configuración del Parque Central de Antioquia como aportes iniciales del Municipio de Medellín a este gran proyecto regional.

Incorporar en el Ordenamiento Territorial la figura de Parques Agroecológico, Agroparque o Parques Temáticos de desarrollo rural agroecológico, gestionados como macroproyectos, de tal forma que este instrumento posibilite recuperar e incentivar la producción agropecuaria y forestal y permita a la población rural mejorar sus condiciones de vida y su capacidad de obtener ingresos en forma competitiva. Los macroproyectos de Parques pueden incorporarse a los Planes Especiales Rurales Corregimentales, así como la delimitación y declaratoria de reservas forestales para promover la preservación de la biodiversidad, especialmente en las zonas de borde rural – urbano, con el manejo adecuado de las cuencas hidrográficas y las microcuencas, el uso racional de los suelos, así como el control de agentes contaminantes.

rural y se constituye en herramienta útil a cada zona, en correspondencia con su condición actual y su vocación como unidades homogéneas del paisaje territorial.


En la política de desarrollo rural se sostiene que en la medida en que se avance en las situaciones descritas, los habitantes de los territorios rurales pueden experimentar un incremento progresivo de sus ingresos, e interesarse cada vez más por las actividades económicas agropecuarias, agroindustriales, eco-turísticas y de protección ambiental. El reconocimiento del valor de la naturaleza y de los servicios ambientales por parte del Estado y de la comunidad puede generar un contexto favorable para que la fuerza de trabajo rural se califique mejor y vincule al sector de los servicios en mejores condiciones de empleo, puede contribuir a la disminución del desplazamiento de la fuerza laboral rural hacia los cascos urbanos de la ciudad e impide que el suelo rural se destine a otras actividades económicas rentables de corto plazo como la expansión urbana, la extracción de materiales y la construcción de fincas de recreo, entre otras, que conllevan a la destrucción y pérdida de los recursos naturales, así como a un uso consuntivo o irreversible del suelo.

La implementación de la política rural atiende a las problemáticas por dimensiones, ratifica y plantea medidas relacionadas y complementarias al uso de los instrumentos anteriormente descritos, orientados al manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos, control de la expansión urbana, suburbanización y mejoramiento integral del hábitat; desestimular y controlar el fraccionamiento de predios, conservación y modernización de la base económico-productiva principalmente orientada al sector primario con valor agregado, mejores prácticas tecnológicas y de uso del suelo, reducción de los factores y condiciones de pobreza y exclusión, mejorar los servicios, equipamientos e infraestructuras de soporte al desarrollo local y en lo político fortalecimiento de la gestión y mayor inversión pública en la ruralidad. Aumentar capacidades técnicas y el nivel de eficiencia e impacto tanto en el sector público como en el privado y comunitario.

Los programas prioritarios en los Planes Especiales Rurales, deberán considerar el programa de hábitat rural sostenible, orientado a promover y fomentar el desarrollo sostenible de los asentamientos rurales, consultado sus características y dinámicas particulares de hábitat y vivienda rural enmarcados en las siguientes líneas de acción (art. 135 POT): regularización de tierras rurales; mejoramiento integral de veredas y centros poblados y nuevos desarrollos de vivienda rural.

Articular el ordenamiento territorial, el uso del suelo y la gestión desarrollo rural con la creación y/o promoción de organizaciones que agrupen a los productores rurales en función de la capacitación para la asociatividad, el mejoramiento continuo de los productos, los encadenamientos productivos, y gestión de las redes de mercado y comercialización aprovechando el mercado directo con la zona urbana y las subregiones centrales. Como instrumentos se proponen las Sociedades Agrarias de Transformación – SAT (Ley 811 de 2003); la definición de Áreas de Desarrollo Agropecuario y Rural propuestas por el INCODER y los Centros Provinciales de Gestión Agroempresarial (Decreto 2980 de 2004), que incorporan los encadenamientos productivos y la participación directa del habitante rural en la comercialización de sus productos.

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Por tal razón, independientemente de la escala territorial, la metodología del PER La Aldea es un referente para otros procesos de formulación de Planes Especiales, dada la relevancia que reviste el desarrollo de capacidades en las comunidades involucradas en la gestión de políticas públicas y la necesidad de generar condiciones no solo de legitimidad de las actuaciones de gobierno sino de gobernabilidad territorial, lo cual significa alinear intereses, objetivos y necesidades con las respuestas institucionales y de la sociedad en su conjunto.

También se generaron espacios de socialización y consulta con otros actores estratégicos públicos y privados, se aplicaron técnicas como la entrevista semiestructurada a grupos focales y se sistematizó el proceso, llevando un registro de Libro de Actas y Memorias de la concertación.

El Modelo de Gestión aplicado y desarrollado en el PER de la Aldea como experiencia piloto, abordó un intenso ejercicio de reconocimiento del territorio con la comunidad, de sus imaginarios y visiones sobre el pasado, presente y futuro, registró sus prácticas e intereses por grupo social por género y generacional (hombres, mujeres, jóvenes, niños y adultos mayores) en el censo realizado y los espacios de deliberación, se aplicaron técnicas pedagógicas de identificación, relacionamiento, consensos, disensos y expresión de restricciones y potencialidades, así como de registro en mapas parlantes o gráficos sobre las propuestas concretas de los sistemas y atributos del territorio.

La etapa de CONSULTA Y CONCERTACION CIUDADANA, CON ACTORES ESTRATEGICOS E INSTITUCIONALES y sus actividades, es un proceso transversal al Diagnóstico y la Formulación de los Planes Especiales Rurales en cualquier escala o ámbito de actuación, atiende los principios orgánicos de la Planeación y Gestión Pública, especialmente el de Participación Ciudadana y concertación institucional, con las instancias y autoridades que por ley o sus desarrollos reglamentarios son de obligatoria consulta.

El principal referente para los Planes Especiales Rurales, está en el plan piloto del PER La Aldea en el corregimiento de San Sebastián de Palmitas, con la salvedad que se trató de un PER de tercer nivel o escala de intervención: el Polígono, pero en la metodología general es relevante y replicable en muchos de los elementos técnicos y sociales de participación y concertación conforme las etapas y contenidos básicos de los PER.


• Creación de Fondos de Compensación (art. 487

Inmobiliaria (Ley 9 de 1989 y Ley 388 de 1997), como política de control a la especulación y competencias de rentas del suelo, a través de la calificación de suelo para manejos especiales y prioritarios: de Vivienda de Interés Social Rural o Vivienda Prioritaria, o cualquier otro objeto de interés público, como las Áreas de Preservación de Infraestructura -API-, las Áreas de Manejo Especial -AME- y desestimular desarrollos de alta densidad en los suelos de borde rural – urbano y en suelo suburbano. • El reajuste del tierras para controlar la densidad, la subdivisión predial e integrar los que no cumplen con la Unidad Mínima de Actuación -UMA- para la regularización de los asentamientos suburbanos y conservación de las actividades agropecuarias. • Instrumentos de Política Fiscal y del Suelo. Orientados a la Estratificación Socioeconómica y establecimiento de incentivos tributarios a los campesinos que alivien las cargas contributivas y garanticen los costos de permanencia para esta población. Incorporación y uso de instrumentos legales del Ordenamiento Territorial y de manera articulada y simultánea con la implementación de la política de Desarrollo Rural para los corregimientos.

• Figuras político – administrativas como las de Distrito Agrario, los Centros de Gestión Agroempresarial y Sociedades Agrícolas en Transición SAT, entre otras. • Instrumentos de Gestión del Suelo e

• Caracterizar Las organizaciones y el mapa institucional que opera e interviene históricamente en el Territorio Rural, sus intereses, logros y capacidades operativas o e gestión o que hace parte del Sistema Municipal de

inversiones y obras o proyectos que ameritan las otras áreas o dimensiones del desarrollo rural (consistencia financiera y coherencia estratégica, programática y operativa).

Procesos articuladores de política pública territorial y • Articular los PER Corregimentales con otros sectorial en los corregimientos: instrumentos de gestión sectoriales y de diverso ámbito, específicamente alinear los proyectos y homologar las - En San Sebastián de Palmitas el proyecto articulador es prioridades de intervención: el Parque Ecológico Campesino, que jalona el mejoramiento del conjunto de los sistemas territoriales. • Incorporar los antecedentes metodológicos del PER La - En San Cristóbal, San Antonio de Prado y Altavista hacia Aldea en san Sebastián de Palmitas. las cuencas altas, es articulador el Distrito de Manejo Integrado de AROVA; en San Cristóbal y Altavista cuenca • Incorporar las figuras de gestión territorial coordinada baja promover los Parques Minero Industriales. como Parques, Distritos y Centros. - En Santa Elena el articulador de las políticas será el Parque ARVÍ. • Armonizar a través de la Política Territorial y Fiscal las

Encuadrar la Política Territorial y Ambiental con la • Metodología y técnicas de participación, consulta, focalización geográfica y social del Gasto Público Social e concertación, comunicaciones y socialización. incrementar sostenidamente las inversiones en la ruralidad. El programa de ejecución del POT y el de • Matriz de actores estratégicos, bases datos y perfil de inversiones del Plan de Desarrollo, deben concurrir en las capacidades e intereses. prioridades de desarrollo rural, incluso en las pequeñas contribuciones de las inversiones de libre asignación • Agenda común de los espacios de consulta y concertadas en el Presupuesto Participativo. concertación.

El Modelo de Gestión Descentralizado para la Ruralidad se • Para los PER Corregimentales y de polígono, basará en un sistema institucional que facilite la acción desarrollar la etapa correspondiente de CONSULTA Y conjunta y coordinada de diversos niveles o ámbitos de CONCERTACIÓN CIUDADANA CON ACTORES gobierno, además de la concurrencia de instituciones del ESTRATÉGICOS E INSTITUCIONALES. Especialmente Estado y actores privados y comunitarios en áreas la interacción con Consejos Consultivos de asociadas con el Desarrollo Rural, instituciones Ordenamiento Territorial CCOT y Consejo Municipal de ambientales, educativas y centros de investigación, Desarrollo Rural CMDR, si las UPR así lo requieren, económicos, gremiales etc. autoridades de Planeación y Ambiental.

Articular las políticas públicas, los mecanismos e instrumentos de gestión, ambiental, económica y social con la política territorial.

Criterios Metodológicos

Lineamientos

Directrices

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS

Explorar la incorporación de instrumentos de gestión en el ordenamiento territorial como los Parques: Agroecológicos, Agroparque o Parques Temáticos Ecoturísticos y Recreativos y zonas de reserva de la sociedad civil. Los Parques Minero Industriales y Agroindustriales, articulados con los Centros de Actividad Logística y las Áreas de Preservación de Infraestructura.

emprendimiento del Banco de las Oportunidades para el Desarrollo Rural, entre otras fuentes financieras.

• Articulación del BPPIM con Líneas de crédito y

POT) que permitan transferir recursos de obligaciones urbanísticas de los procesos de urbanización (especialmente de los nuevos desarrollos del suelo de expansión), parcelación de recreo y edificación hacia la ruralidad, especialmente orientados hacia la consolidación y redesarrollo de las centralidades corregimentales y veredales, el mejoramiento integral del hábitat y la recuperación ambiental. • Fondos de Compensación por prestación de bienes y servicios ambientales, con aportes de las sobretasas Ambiental y Metropolitana; y del Fondo de Regalías por los materiales de construcción. • Fondos de Solidaridad para desarrollar y aplicar nuevas tecnologías en servicios públicos rurales. • Estratificación Socioeconómica ajustada y acorde con el uso potencial del suelo que estimule y promueva la conservación y las actividades productivas sostenibles, especialmente las agropecuarias y agroforestales.

Directrices

Lineamientos

los respectivos indicadores de seguimiento y control, priorización de proyectos estratégicos y un componente de inversiones asociado a los proyectos y programas.

• El Programa de Ejecución de los PER debe contar con

• Identificar Espacios Comunes o de Concurrencia, mecanismos de coordinación regional, metropolitana, municipal y micro-local. Casos en los cuales se concurra con la Comisión Tripartita para el desarrollo de Antioquia, Las Autoridades Ambientales, con Empresas Públicas de Medellín, el METRO y el IDEA, con las Federaciones de Productores, con otros entes territoriales y administrativos con quienes firmar acuerdos básicos de cooperación técnica y financiera.

• Identificar buenas prácticas de ordenamiento territorial rural y su modelo de gestión, para conformar el Observatorio de la Ruralidad.

• Identificar el Perfil de Capacidades Técnicas y Operativas del Sistema Institucional de Desarrollo y Ordenamiento Territorial Rural (subsistemas jurídico o normativo, subsistema sociocultural, subsistema económico-productivo y subsistema técnicoadministrativo, de seguimiento y control).

• Caracterización detallada del Sistema de Actores Estratégicos y Procesos en los cuales participan.

Desarrollar el Modelo de Gestión Rural comprende:

Planeación competente en los asuntos rurales y de ordenamiento territorial.

Criterios Metodológicos


Articular el Ordenamiento Territorial de escala corregimental o menor escala de planeación UPR-, con el Distrito Rural y otros instrumentos de política Fiscal, Económica y Social, con otros Planes Temáticos o Estratégicos Generales como Plan Estratégico Habitacional, el Plan Especial de Protección Patrimonial, Plan de Desarrollo Turístico y Planes de Desarrollo Corregimentales, Presupuesto Participativo etc.

Articulación de políticas e instrumentos de gestión, en torno a una institucionalidad que descentralice y facilite la coordinación de las actuaciones en la ruralidad, como la Gerencia Rural o Dependencia con autonomía para gestionar y aplicar recursos y apoyarse en las Casas de Gobierno y el Consejo Consultivo Municipal de Desarrollo Rural.

Explorar la incorporación de instrumentos de gestión en el ordenamiento territorial como los Parques: Agroecológicos, Agroparque o Parques Temáticos Ecoturísticos y Recreativos y zonas de reserva de la sociedad civil. Los Parques Minero Industriales y Agroindustriales, articulados con los Centros de Actividad Logística y las Áreas de Preservación de Infraestructura, bajo parámetros ambientales de producción limpia y sostenible, que garanticen luego de su vida útil, la transformación en parques ecológicos.

Directrices

Lineamientos

Criterios Metodológicos

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DIRECTRICES - LINEAMIENTOS - CRITERIOS


FUENTES 670



FUENTES 672


Directrices de Ordenamiento Territorial Rural para Medellín

LISTADO GENERAL DE FUENTES • • • •

Fuentes Normativas Fuentes Documentales Fuentes Cartográficas Fuentes Estadísticas


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FUENTES


14 15 16

13

12

11

9 10

8

Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Área Metropolitana del Valle de Aburrá

Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional

Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional

Municipio de Medellín

Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional

Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional

Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional N Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional

1 2 3 4 5 6 7

LEY 99/93_Creación SINA Ley 128/94 - Ley de Áreas Metropolitanas Ley 142/94 - Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios Ley 152/94 - Planes de Desarrollo Ley 160/94 - Sistema Nacional de la Reforma Agraria LEY 388/97_Desarrollo Territorial Ley 1152/07 - Estatuto de Desarrollo Rural Ley 505 de 1999 - Términos y Competencias para la Adopción y Aplicación de la Estratificación Ley 685/01 - Código Nacional de Minas Decreto Nacional 1729/02 Ordenación de Cuencas. Proyecto de Acuerdo Municipal 162/05 - Política Pública para Gestión y Desarrollo del Turismo Corregimientos Decreto Nacional 097/06 - Expedición de Licencias Urbanísticas en Suelo Rural Decreto Nacional 564/06 - Licencias Urbanísticas, Legalización de Asentamientos Decreto Nacional 2181/06 - Planes Parciales Proyecto de ley sobre Desarrollo Rural en Colombia Acuerdo Metropolitano 15/06 - DMOT

FUENTE

N° TIPO DE DOCUMENTO

• Fuentes Normativas

LISTADO GENERAL DE FUENTES

DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL RURAL PARA MEDE MEDELLÍN

DIRECTRICES

2006 2006 2006

2006

2006

2005

2001 2002

1999

1993 1994 1994 1994 1994 1997 1997

AÑO

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FUENTES


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FUENTES

36

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31

20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30

19

Ministerio de Cultura

Municipio de Medellín Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Territor Municipio de Medellín Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional

Municipio de Medellín

Municipio de Medellín Congreso República de Colombia - Gobierno Nacional CORANTIOQUIA Municipio de Medellín Municipio de Medellín Municipio de Medellín Municipio de Medellín Municipio de Medellín Municipio de Medellín Área Metropolitana del Valle de Aburrá Municipio de Medellín

Municipio de Medellín

Municipio de Medellín Municipio de Medellín

17 18

Acuerdo Municipal 046/06 - POT Artículo 14 - Componente Rural del POT Proyecto de Acuerdo Municipal 241/06 - Distrito Agrario para los Corregimientos de Medellín Decreto Municipal 109 de 2007_Plan Parcial de Desarrollo en Suelo Urbano Decreto Nacional 3600/07 - Ordenamiento del Suelo Rural Resolución Corporativa 9328/07 - Densidades Rurales Acuerdo Municipal 016/07 - Distrito Rural de Medellín Decreto Municipal 342/07 - Normas para Vivienda Campestre Decreto Municipal 409/07 - Norma Específica para Actuaciones Urbanísticas Decreto Municipal 2803 de 2006_Documento Técnico Soporte POT Decreto reto Municipal 342 de 2007_Decreto Vivienda Campestre Decreto Municipal 351 de 2007_Ámbitoss de Reparto Acuerdo P Decreto Municipal 1521 DE 2008_Modificación Decreto 409 Acuerdo 39 de 2008 - Política Pública Ambiental de Intervención Integral de Laderas y Bordes Decreto 1521 de 2008 - Modifica el Decreto Municipal 409 de 2007 Decreto 4066 de 2008 - Modifica Artículos del Decreto 3600 de 2007 Propuesta de Bordes - 2008 Decreto Nacional 763 del 2009 - Patrimonio cultural de la Nación Decreto 763 de 2009 - Ley Reglamentaria de Patrimonio Cultural de la Nación

FUENTE

N° TIPO DE DOCUMENTO

2009

2008 2008 2008 2009

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2006 2007 2007 2007 2007 2007 2007 2007 2007 2007 2008

2006

2006 2006

AÑO


Plan ECO (Estrategias Corregimentales)

Plan Ambiental Municipal SIGAM MEDELLIN 2004

Planes de Desarrollo Turísticos Corregimentales

Plan Especial del Poblado Manejo Aguas Residuales ales Domésticas Corregimientos Línea base Parque Central de Antioquia Lineamientos para la Ordenación Territorial de Antioquia - LOTA “Identificación y caracterización socioeconómica y geotécni geotécnica de las zonas de alto riesgo no recuperable de la ciudad de Medellín CORANTIOQUIA – Alcaldía de Medellín. Universidad Nacional - 2005 “Identificación y caracterización socioeconómica y geotécnica de las zonas de alto riesgo no recuperable de la ciudad de Medellín y formulación del plan integral para la gestión del riesgo CORANTIOQUIA – Alcaldía de Medellín. Universidad EAFIT - 2005 Guías Metodológicas de Espacio Público

2

3 4

5

6 7

Parque _Central de Antioquia

Planes de Desarrollo Corregimental

Síntesis Documento Técnico Soporte - Acuerdo 46 de 2006 POT

Documento Completo - Revisión_POT

Plan de Mercadeo Turístico

Plan Especial del Centro Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos

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12

11

10

Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo arrollo Territorial Área Metropolitana del Valle de Aburrá, Laboratorio de Arquitectura y Urbanismo, Universidad Pontifica Bolivariana, Gobernación de Antioquia,, Departamento Administrativo del Medio Ambiente Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Secretaría de Cultura Ciudadana Municipio de Medellín - EDU Área Metropolitana del Valle de Aburrá

CORANTIOQUIA

CORANTIOQUIA

CORANTIOQUIA Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Secretaría del Medio Ambiente Área Metropolitana del Valle de Aburrá Municipio de Medellín - Secretaría de Cultural Ciudadana Municipio de Medellín - EDU Municipio de Medellín - Secretaría de Desarrollo Social Área Metropolitana del Valle de Aburrá Área Metropolitana del Valle de Aburrá

Plan Maestro ARVI

1

9

FUENTE

N° TIPO DE DOCUMENTO

• Fuentes Documentales

2006 2006

2006

2006

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2006

2005

2005

2005

2005

2005 2005 2005 2005

2005

2003 2004

2003

2001

AÑO

677

FUENTES


678

FUENTES

Plan Especial de Espacio Público y Equipamientos

Documento Técnico de Soporte - Acuerdo 046 046-07

Planes Parciales

Proyectos de Regularización y Legalización

Plan de Desarrollo Cultural Corregimental

25

26

27

28

29

Plan de Desarrollo de Medellín

Plan Estratégico Habitacional de Medellín

Anteproyecto Plan de Desarrollo rrollo de Medellín 2008 2008-2011

Plan Metrópoli - PIDM Plan de Desarrollo Turístico del Valle de Aburrá Sistema Metropolitano de Áreas Protegidas 2008

Servicios Ambientales Asociados a las Plantaciones Forestales

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36

37

38 39 40

41

34

33

31 32

Área Metropolitana del Valle de Aburrá Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Área Metropolitana del Valle de Aburrá Área Metropolitana del Valle de Aburrá Área Metropolitana del Valle de Aburrá Área Metropolitana del Valle de Aburrá, CORANTIOQUIA, Universidad Nacional

Contraloría General de la República

Área Metropolitana del Valle de Aburrá CORANTIOQUIA

Área Metropolitana del Valle de Aburrá

Plan Especial de Protección Patrimonial

24

Red Riesgo - Sistema Metropolitano para la prevención, atención y recuperación de desastres Estudio de Forma y Crecimiento ento Urbano del Valle de Aburrá - LAUR Plan de Gestión ión Ambiental Regional de Corantioquia 2007 2007-2019- PGAR Estado de los recursos naturales y del medio ambient ambiente de la Contraloría General de Medellín, 2007-2008 Informe Final POMCA

Área Metropolitana del Valle de Aburrá Área Metropolitana del Valle de Aburrá CORANTIOQUIA Área Metropolitana del Valle de Aburrá Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Secretaría de Cultura Ciudadana

Plan Estratégico de Movilidad y Transporte Plan Maestro de Zonas Verdes Plan Área Reserva de Occidente del Valle de Aburrá - AROVA Plan Turístico Metropolitano

20 21 22 23

30

FUENTE

N° TIPO DE DOCUMENTO

2008

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2007

2007

2006 2006 2006 2006

AÑO


Cartografía_Revisión POT

Geodatabase- Cartografía_POT

Cartografía_Plan Maestro AROVA

Cartografía Plan Especial de Protección Patrimonial

Cartografía_ Plan Especial de Espacio Público

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Geodatabase - Cartografía_ Estudio de la Forma y Crecimiento Valle de Aburrá Cartografía Plan Especial Rural la Aldea Cartografía_PIOM Altavista Catastral 10.000 Cartografía_Aptitud Geológica de los suelos suburbanos de Medellín SOLINGRAL Cartografia Dwg Cartografía POMCA Cartografía - Sistema de Infraestructura Territorial Municipal

Geodatabase_SIGAM Cartografía_Microzonoficación Sísmica Cartografía_Plan Especial del Poblado Cartografía Parque Central de Antioquia Geodatabase_Zonas de Alto Riesgo no Recuperable _Universidad Eafit Ortofotos Cartografía_Sectorizado 2006 Cartografía Plan Especial del Centro

2 3 4 5 6 7 8 9

15

Cartografía Plan ECO

1

N° TIPO DE DOCUMENTO

• Fuentes Cartográficas Cartográficas

Municipio de Medellín Área Metropolitana del Valle de Aburrá

Municipio de Medellín

Municipio de Medellín Área Metropolitana del Valle de Aburrá Municipio de Medellín

Área Metropolitana del Valle de Aburrá

Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Área Metropolitana del Valle de Aburrá Municipio de Medellín Municipio de Medellín - EDU Área Metropolitana del Valle de Aburrá CORANTIOQUIA Municipio de Medellín - EEPP - Catastro Municipio de Medellín Municipio de Medellín - EDU Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo Administrati de Planeación CORANTIOQUIA Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación

FUENTE

2008 2008

2007

2007

2007

2006

2006

2006

2004 2005 2005 2005 2005 2005 2006 2006

2003

AÑO

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FUENTES


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FUENTES

Censo Agropecuario 2000

Inventario Equipamientos 2006

Perfiles Corregimientos 2006-2007

Estadísticas Escuesta de Calidad de Vida (ECV) 2007

Estadísticas Sisen 2008

Inventario de Escombreras del Área Metropolitana del Valle de Aburrá

Estadísticas Internas Proyecto DOTR

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4

5

6

7

N° TIPO DE DOCUMENTO

• Fuentes Estadísticas Municipio de Medellín - Secretaría de Desarrollo Comunitario Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación de Medellín. Subdirección Metroinformación. Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación de Medellín. Subdirección Metroinformación. Unidad de Clasificación Socioeconómica y Estratificación Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación de Medellín. Subdirección Metroinformación Área Metropolitana del Valle de Aburrá Municipio de Medellín - Departamento Administrativo de Planeación de Medellín. Subdirección Metroinformación

FUENTE

2009

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2008

2007

2006 - 2007

2006

2000

AÑO


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