PERFIL DEL SUPERVISOR O SUPERVISORA POLICIAL SUPERVISIÓN POLICIAL I
El
estilo
liberal
solamente
da
resultado
con
aquellos
individuos
que
verdaderamente conocen su trabajo. Son estables en su desempeño y no pierden el control cuando tropiezan con situaciones de emergencia. El tipo individualista o introvertido es generalmente más productivo bajo el tipo de liderato liberal. Funciones del supervisor policial Según la Ley del Estatuto del la función policial, en su Art. 36 las funciones supervisoras las ejecutarán desde el oficial Agregado hasta el Comisionado Jefe y estarán orientadas a: dirigir, supervisar, orientar, asesorar, programar:
DIRIGIR: Esta función comprende la delegación de autoridad y la toma de decisiones, lo que implica que el supervisor debe empezar las buenas relaciones humanas, procurando que sus instrucciones claras, específicas, concisas y completas, sin olvidar el nivel general de habilidad de sus colaboradores.
ORIENTAR: La supervisión, promueve la necesidad de difundir nuevas acciones y modificar acciones dentro de la realidad policial, por ello, la supervisión deberá enfrentar desafíos e intercambio de comunicación, mediante la orientación de las funciones y perfeccionamiento hacia la meta de la eficacia, lo cual indica que el supervisor policial deberá orientar a sus funcionarios para que las actividades que realicen siempre generen resultados positivos.
ASESORAR: La función supervisoria otorga un rumbo más preciso al quehacer del supervisor, vista como una actividad administrativa, el rol asesor del supervisor policial implica coadyuvar en la ejecución de actuaciones, verificando el cabal cumplimiento de la normatividad y legalidad por parte de las y los funcionarios a su cargo, constatando que estos ofrezcan a los ciudadanos es servicio que les demanden. Porque de esta forma el Estado garantiza que está ofreciendo un servicio de calidad a la ciudadanía y camina rumbo a la disminución de la falta de transparencia