Semanario #834

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Domingo 27 de enero de 2013

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Decreto Perfectae Caritatis

La adaptación y renovación de la Vida Religiosa Pbro. Juan José Alvizo Camarena

L

a Iglesia ha gozado siempre de la asistencia del Espíritu Santo, que hace brotar sus dones y carismas en sus fieles que, motivados por su Gracia, han dedicado su vida a Dios en el seguimiento de Cristo en los distintos estados de vida. Uno de ellos es lo que llamamos la Vida Religiosa, en la que los fieles se comprometen a vivir los consejos evangélicos, enriqueciendo así a la Iglesia con varias Familias Religiosas en sus distintas modalidades, ya sea en el Monacato, siendo ésta la más antigua, ya sea en la vida fuera de los claustros (Cfr. P.C. No. 1). Para la Iglesia, la Vida Religiosa ha sido muy importante, ya que siempre ha constituido ese fermento que la contagia de santidad y celo apostólico. El Documento que en esta ocasión corresponde presentar es el que trata específicamente sobre la Vida Religiosa: “Perfectae Caritatis”, que significa Perfectae Caritatis es de carácter “sobre la perfección de la caridad”. Se titula así porque, en la Vida Religiosa, disciplinar, pero va ungido con notable las personas, entre “más fervientemente riqueza doctrinal, sin salir de la formuse unen a Cristo por su entrega personal lación sobria que le corresponde. Los en el amor durante toda la vida, tanto Padres Conciliares nos aclaran, en el más se desarrolla la vida de la Iglesia, y mismo Documento, que establece las más vigorosamente se fecunda su apos- normas generales para una renovación adecuada de la vida y disciplina de los tolado” (P.C. No. 1). Al adentrarse en este Documento, es Religiosos, pero que las normas particulares las establecerá, desnecesario leer cuidadosapués del Concilio, la Automente el Subtítulo, ya que “El seguimiento ridad competente. nos indica la esencia del Es un Documento de Decreto; a saber: “Sobre de Cristo debe ser la adaptación y renovación la regla suprema corta extensión, con apede la Vida Religiosa”. Asi- para la renovación nas 25 Números; pero de una enorme trascendencia mismo, en la Introducción, y adaptación”. en nuestra querida Iglesia. los Padres Conciliares nos Se divide en cuatro partes, muestran su intención: “El sagrado Concilio (alude al Vaticano II, con su breve Introducción y su, todavía del que se conmemoran 50 años de su más sintética, Conclusión: - Normas Fundamentales. realización)… se propone tratar de la - Diversas formas de Vida Religiosa. vida y disciplina de los Institutos cuyos - Los votos religiosos y vida común. miembros profesan la castidad, la po- Algunos aspectos peculiares de la breza y la obediencia…” Esto es, que la Vida Consagrada sea cada vez más pro- Vida Religiosa. El Documento alude insistentemente vechosa para la Iglesia.

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DATOS El Anuario Pontificio de 2012 nos informa que en el año 2010 había en el mundo casi 912,000 Religiosos, incluyendo las distintas modalidades. Junio de 1962: Se presentó el Primer Esquema para el Documento, con 110 Páginas y 32 Capítulos. Marzo de 1963: Se expuso el Segundo Esquema, reelaborado, con sentido meramente disciplinar, de sólo 19 proposiciones breves. Noviembre de 1964: Se presentó y se aprobó, con correcciones. Octubre de 1965: el Decreto fue ampliamente aceptado, con 2,126 votos a favor y 13 en contra. 28 de octubre de 1965: el Papa Paulo VI firmó Perfectae Caritatis. la acción apostólica en la a la Renovación de la Vida Religiosa, el Conci“Debe cuidarse la Vida Religiosa, y afirma catelio insiste y aclara, en el renovación del es- Número 9, que debe congóricamente que implica la fidelidad a los orígenes, píritu, antes que la servarse la vida monáspero también la adaptarenovación de las tica; si bien, igualmente, ción de los Institutos a las adaptar su estilo de formas externas de debe circunstancias actuales. vida a las exigencias acapostolado”. Exponemos, a continuatuales. ción, de forma sucinta, los El Decreto nos indica Principios Generales para también, con precisión y la Adaptación y Renovación de la Vida con fundamento bíblico, la Teología de Religiosa: los tres consejos evangélicos y la vida - El seguimiento de Cristo debe ser en común, como una manera de vivir la Regla Suprema. en el ejercicio perfecto de la caridad - Todo Instituto debe ser fiel a su fraterna. propio espíritu y a su propia fisonomía. Es muy importante que, como Igle- Ha de participar en la vida de la sia, profundicemos en este DocumenIglesia y en sus iniciativas. to, para darle el gran valor que tiene la - Ha de asegurar, a los propios miem- Vida Consagrada en la implantación del bros, el conocimiento adecuado de las Reino de Dios. En nuestros tiempos tan condiciones psicológicas, culturales y complejos, es necesario que aquellos sociales. que han decidido responder al llamado - Debe cuidar la renovación del espí- que Dios les ha hecho a la Vida Religioritu, antes que la renovación de las for- sa, hagan suyo el espíritu de renovación mas externas de apostolado. y adaptación que nos transmite el ConAunque pareciera que se privilegia cilio Vaticano II.

Atte. Pbro. Ricardo López Velázquez

En el Tribunal Eclesiástico de Guadalajara, se ha iniciado el estudio del matrimonio Pedroza-Sandoval, entre: Tomás Pedroza Romero y María Magdalena Sandoval García. Se pide de Favor a la Sra. María Magdalena Sandoval García, presentarse en el Tribunal Eclesiástico de Guadalajara: Alfredo R. Plascencia # 995, Col. Chapultepec Country, Guadalajara, Jal., de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 Hrs., o comunicarse al Tel. 38172470. Pbro. Lic. Daniel Guadalupe Jiménez Cortez, Juez Único.

Sra. María de la Luz Díaz Sánchez, o alguna persona que la conozca, favor de comunicarse al Teléfono 3827-3900 ó 3827-3716 con el Pbro. Lic. Miguel Ángel Rodríguez Díaz, de 9:00 a 14:00 Hrs., de lunes a sábado (excepto jueves); o bien, presentarse en Calle Alfredo R. Plascencia # 995, Col. Chapultepec Country (cruza con Colomos), para tratar un asunto sobre NULIDAD DE MATRIMONIO. Pbro. Lic. Miguel Ángel Rodríguez Díaz Juez Único

El Tribunal Eclesiástico de Guadalajara ha declarado la Nulidad de Matrimonio de la causa: Alfaro-Marín, entre los señores: Julio César Alfaro Maldonado y Dinora Aidé Marín Carrillo. Se pide de favor a la Sra. Dinora Marín, presentarse en el Tribunal Eclesiástico de Guadalajara, en Alfredo R. Plascencia 995, Col. Chapultepec Country, Guadalajara, Jal., de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 hrs., en las aulas del tribunal. A 8 de enero de 2013. Atentamente: Pbro. Lic. Daniel Gpe. Jiménez Cortez, Vicario Judicial.

El Tribunal Eclesiástico de Guadalajara ha declarado AUSENTE DE JUICIO al Sr. Carlos Ventura Mendoza, de la Causa: Velázquez-Ventura.


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