MANUAL DE CONVIVENCIA I.E. LA GABRIELA

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MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA GABRIELA


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ÍNDICE CAPÍTULO 1: DIRECTRICES ESTRATÉGICAS Páginas Artículo 1. Visión -----------------------------------------------------------------------------------6 Artículo 2. Misión ----------------------------------------------------------------------------------6 Artículo 3. Política de calidad -------------------------------------------------------------------6 Artículo 4. Valores ---------------------------------------------------------------------------------6 CAPITULO 2. SIMBOLOS INSTITUCIONALES Artículo 5. El Escudo ----------------------------------------------------------------------------7 Artículo 6. La Bandera ---------------------------------------------------------------------------8 Artículo 7. El Himno -------------------------------------------------------------------------------9 CAPITULO 3. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Artículo 8. Objetivos -----------------------------------------------------------------------------10 CAPITULO 4. LOS DERECHOS Y DEBERES Artículo 9. Derechos y deberes de los alumnos -----------------------------------------10 Artículo 10. Importancia de la familia en la formación de los hijos ------------------13 Artículo 11. Derechos y deberes de los Acudientes -------------------------------------14 CAPITULO 5. ESTIMULOS Y DISTINCIONES DE LOS ESTUDIANTES Artículo 12. Estímulos --------------------------------------------------------------------------16 CAPITULO 6. NORMAS DE SEGURIDAD, HIGIENE PERSONAL Y SALUD PÚBLICA Artículo 13. Normas de seguridad e higiene personal ----------------------------------17 Artículo 14. Procedimiento en caso de accidente ---------------------------------------18 Artículo 15. Procedimiento para la prevención, porte, consumo y tráfico de sustancias psicoactivas ------------------------------------------------------------------------18 CAPITULO 7. UNIFORMES Artículo 16.Uniforme de gala ------------------------------------------------------------------20 Artículo 17. Uniforme de educación física -------------------------------------------------21 CAPITULO 8. CRITERIOS DE RESPETO, VALORACION DE LOS BIENES PERSONALES Y COLECTIVOS Artículo 18. Normas para el uso y cuidados de los bienes muebles e inmuebles de la Institución -----------------------------------------------------------------------------------22 Artículo 19. Procedimiento para el uso de equipos, suministros, aulas especializadas y espacios comunes --------------------------------------------------------23 1. Bienes muebles y equipos -----------------------------------------------------------------23 2. El laboratorio ---------------------------------------------------------------------------------- 23 3. Sala de informática sede primaria --------------------------------------------------------24 4. Sala se informática sede bachillerato ---------------------------------------------------25 5. Biblioteca escolar----------------------------------------------------------------------------- 27


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6. Fotocopiadora y duplicadora --------------------------------------------------------------28 7. Implementos deportivos --------------------------------------------------------------------29 8. Servicio de tienda escolar ------------------------------------------------------------------29 9. Sala de profesores ---------------------------------------------------------------------------30 CAPITULO 9. PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACION CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE ESCOLAR Artículo 20. Cuidado del medio ambiente escolar ---------------------------------------30 CAPITULO 10. NORMAS DE CONDUCTA DE ALUMNOS Y PROFESORES QUE GARANTIZAN EL MUTUO RESPETO Y POSIBILITEN LA SOLUCION ASERTIVA DE LOS CONFLICTOS Artículo 21. Normas de conducta de alumnos y profesores que garanticen el mutuo respeto ------------------------------------------------------------------------------------31 CAPITULO 11. COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA, CORRETIVOS PEDAGOGICOS Y PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACION Artículo 22. Faltas comportamentales ------------------------------------------------------32 Artículo 23. Faltas leves ------------------------------------------------------------------------32 Artículo 24. Comportamientos considerados como faltas leves --------------------32 Artículo 25. Procedimiento y competencias para faltas leves ------------------------34 Artículo 26. Correctivos para faltas leves --------------------------------------------------36 Artículo 27. Faltas graves --------------------------------------------------------------------- 36 Artículo 28. Comportamientos considerados como faltas graves -------------------36 Artículo 29. Procedimiento y competencia para intervenir las faltas graves ------37 Artículo 30. Correctivos para faltas graves-------------------------------------------------38 Artículo 31. Faltas gravísimas-----------------------------------------------------------------39 Artículo 32. Comportamientos considerados como faltas gravísimas---------------39 Artículo 33. Procedimiento y competencia para intervenir las faltas gravísimas.40 Artículo 34. Correctivos para faltas gravísimas-------------------------------------------41 Artículo 35. Atenuantes y agravantes -------------------------------------------------------41 Artículo 36. Efectos------------------------------------------------------------------------------41 Artículo 37. Términos--------------------------------------------------------------------------- 42 Artículo 38. Derecho de defensa ------------------------------------------------------------ 42 Artículo 39. Recursos ---------------------------------------------------------------------------42 CAPITULO 12. ELCONTRATO PEDAGÓGICO Artículo 40. Definición -------------------------------------------------------------------------- 43 CAPITULO 13. ASISTENCIA ALA INSTITUCIÓN Artículo 41. Obligatoriedad ------------------------------------------------------------------- 43 Artículo 42. Criterios ----------------------------------------------------------------------------43 Artículo 43. Solicitud de permisos -----------------------------------------------------------44


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CAPITULO 14. ACOSO ESCOLAR Y DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS. (Ley 1620) Artículo 44. Principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y mitigación de la violencia escolar ----------------------------------------------------------- 44 Artículo 45. Definición de conceptos -------------------------------------------------------45 Artículo 46. Comité de convivencia escolar ----------------------------------------------46 Artículo 47. Responsabilidades de los Rectores frente a la formación de derechos humanos, educación para la sexualidad y la prevención de la violencia escolar ----------------------------------------------------------------------------------------------49 Artículo 48. Responsabilidades de los docentes frente a la formación en derechos humanos, educación para la sexualidad y la prevención violencia escolar --------------------------------------------------------------------------------------------- 49 Artículo 49. Ruta de atención integral para la convivencia escolar -----------------50 Artículo 50. Protocolo para situaciones Tipo I, II y III -----------------------------------51 CAPITULO 15. GOBIERNO ESCOLAR Artículo 51. Constitución -----------------------------------------------------------------------53 Artículo 52. El Consejo directivo -------------------------------------------------------------54 Artículo 53. El Consejo académico ---------------------------------------------------------55 Artículo 54. El Rector ---------------------------------------------------------------------------55 CAPITULO 16. PARTICIPACION DE LOS ESTUDIANTES Artículo 55. El Consejo de estudiantes -----------------------------------------------------56 Artículo 56. El Personero de los estudiantes ---------------------------------------------57 Artículo 57. Contralor y vicecontralor estudiantil -----------------------------------------59 CAPITULO 17. PARTICIPACION DE LOS PADRES DE FAMILIA Artículo 58. El Consejo de Padres de familia ---------------------------------------------60 Artículo 59. La asociación de Padres de familia -----------------------------------------61 CAPITULO 18. LOS EDUCADORES Artículo 60. Funciones generales de los educadores ----------------------------------62 Artículo 61. Funciones del docente encargado de dirección de grupo ------------63 Artículo 62. Funciones del docente encargado de la disciplina ---------------------63 Artículo 63. Deberes de los educadores --------------------------------------------------63 Artículo 64. Derechos de los educadores -------------------------------------------------64 Artículo 65. Prohibiciones ---------------------------------------------------------------------64 Artículo 66. Estímulos --------------------------------------------------------------------------64 CAPITULO 19. SERVICIO DE ALIMENTACION ESCOLAR ----------------------- 64 CAPITULO 20. DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Artículo 67. Comunicación con los alumnos --------------------------------------------- 65 Artículo 68. Comunicación con los Acudientes ------------------------------------------ 65 Artículo 69. Comunicación con los docentes ---------------------------------------------65


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CAPITULO 21. ENCARGO HECHO A LA INSTITUCION PARA APROVISIONAR A LOS ALUMNOS DE MATERIAL DIDACTICO DE USO GENERAL, LIBROS Y SEGUROS DE ACCIDENTE --------------------------------- 66 CAPITULO 22. LA REFORMA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA--------------- 66 BIBLIOGRAFIA


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MANUAL DE CONVIVENCIA I NS TI TUCI Ó N E DUC AT IVA L A G AB RI E L A

PRESENTACIÓN Cumpliendo con lo estipulado en el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, se ha elaborado el presente Manual de Convivencia con el propósito de reglamentar los derechos y obligaciones de todos los estamentos de la comunidad Educativa y el compromiso que adquieren los Acudientes y acudientes con la Institución al matricular a sus hijos en la misma. Por eso la elaboración del presente Manual de Convivencia es fruto de la participación y colaboración de todos los miembros que integran esta comunidad. En este Manual se define cual es el papel del alumno, del docente y del Padre de familia o acudiente en la Institución, cuales son los compromiso, los estímulos y correctivos pedagógicos para los miembros que integran la comunidad Educativa. El Manual de Convivencia se convierte para los alumnos, educadores, directivos, Padres de familia y acudientes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA LA GABRIELA en un Manual de vida, que oriente la convivencia armónica de todos los estamentos y defina los correctivos pedagógicos cuando surjan dificultades. Esta publicación va dirigida a todos los miembros de la comunidad Educativa. Al matricular el alumno en la Institución tanto éste como el Padre de familia o acudiente se comprometen a adoptar este Manual y por lo tanto deben conocerlo, aceptarlo y enriquecerlo con sus valiosos aportes, que ayuden a perfeccionar cada día nuestro proyecto educativo. UBICACIÓN Establecimiento: Institución Educativa La Gabriela Ubicación: Barrio la Gabriela - Municipio de Bello (Antioquia) Dirección: Calle 31 N° 43-94 Teléfono –Fax: 4610691 E-Mail: ielagabriela@yahoo.es


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CAPITULO 1 DIRECTRICES ESTRATEGICAS Artículo 1. MISIÓN “Formar integralmente a niños(as), jóvenes y adultos en los niveles de preescolar, básica y media académica a través de una propuesta pedagógica activa enmarcada en un modelo humanista, desarrollando las competencias básicas, ciudadanas y laborales generales, posibilitando en el estudiante un alto sentido de responsabilidad que le permita mejorar su calidad de vida”. Artículo 2. VISIÓN Para el año 2018 será reconocida por su calidad académica, por la promoción de la sana convivencia y el fortalecimiento del proyecto de vida. Artículo 3. POLÍTICA DE CALIDAD Nos comprometemos con la satisfacción de la comunidad Educativa, incrementando los índices de rendimiento académico, los niveles de sana convivencia, la construcción de los proyectos de vida de los estudiantes, privilegiando los Medios y Tecnologías de Información y Comunicación (MTIC) y garantizando el mejoramiento continúo de los procesos institucionales. Artículo 4. VALORES Los valores que sustentan nuestra propuesta son: RESPONSABILIDAD: Es la capacidad que tiene una persona que al tomar de manera consciente una serie de decisiones, asume las consecuencias positivas o negativas que estas generen, además de responder ante la persona que lo requiera. También tiene la obligación de reparar un error y compensar los males ocasionados cuando la situación lo amerita. Por otro lado, hace referencia al cumplimiento constante, eficiente y oportuno de los deberes asumidos y el disfrute racional de los derechos. RESPETO: Es un valor que permite que la persona pueda reconocer, aceptar, apreciar y valorar los derechos y cualidades de los demás. También incluye el respeto a si mismo, reconociéndose como una persona con habilidades, oportunidades y obligaciones. El respeto permite que la sociedad viva en paz y en una sana convivencia. TOLERANCIA: Hace referencia a la capacidad que tiene una persona para respetar los pensamientos y las acciones de otras personas, cuando resultan opuestas o distintas a las propias, además de tratar de entender los argumentos que esta tiene.


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EL SENTIDO DE PERTENENCIA : Es cuando el ser humano se siente parte integrante de un grupo, en quienes se ve reflejado por identificarse con sus valores y costumbres, además tiene una conducta activa, ya que está dispuesto a defender su grupo y a manifestar su apoyo a la comunidad de manera pública. ORDEN: Es la ubicación de las cosas en su lugar correspondiente. Remite a la idea de coordinación, como una acción conjunta acordada de antemano para establecer un escenario de armonía y equilibrio. También se utiliza para nombrar la buena disposición de las cosas entre sí. CREATIVIDAD: Capacidad humana que consiste en la generación de nuevas ideas o de nuevas asociaciones entre ideas ya conocidas, que suele producir soluciones originales. También permite resolver problemas, cumplir deseos y satisfacer necesidades; mientras más efectivo, rápido y eficiente se logre esto, más original e ingeniosa será la solución creativa. HONESTIDAD: Puede entenderse como el respeto a la verdad en relación con el mundo, los hechos, las personas y consigo mismo. CAPI TULO 2 SÍMBOLOS INSTI TUCIONALES Ar tículo 5. El ESCUDO:

Desde los antiguos griegos, los círculos han representado para la humanidad el concepto de perfección. Para el caso de la Institución Educativa La Gabriela, los dos círculos que estructuran su Escudo significan el ideal de un ser humano formado integralmente para convivir y aportar a su medio social caracterizado por la diversidad y la complejidad. En la Institución Educativa La Gabriela hay una comunidad creciente, heterogénea, en la que coexisten distintas tipologías y


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estructuras familiares, diversas creencias políticas, religiosas, unas confusas formas de organización, de ejercicio de autoridad y unas precarias condiciones económicas. De allí la necesidad de perfilar a los educandos en la creatividad, la responsabilidad y el orden, valores que aparecen en la parte interna del primer círculo con fondo blanco y que constituyen la esencia de la propuesta ético- pedagógica institucional. Igualmente aparece un libro abierto sostenido y explorado por dos manos que significan la búsqueda del saber y especialmente, la capacidad de aplicar dichos saberes a la solución de los problemas existenciales del individuo y de su comunidad. El segundo círculo y más exterior, lleva el nombre de la Institución Educativa y la resalta con el color amarillo que la habilita como luz, guía y camino de humanización. Ar tículo 6. LA BANDERA:

Nuestra Bandera esta diseñada de forma rectangular dividida en tres franjas horizontales de igual tamaño: la franja superior es de color verde, la del centro es de color blanco y la inferior de color azul, de allí se despliegan cinco franjas de color amarillo que se proyectan hacia la parte posterior. El color verde esmeralda, simboliza la naturaleza, las montañas antioqueñas y la esperanza. Este color incentiva al niño y al joven Gabrielista a enarbolar la paz y la convivencia social. El color Blanco identifica la pureza, el amor, el respeto; simboliza la armonía y la libertad que se propicia en la Institución. El color azul representa la inmensidad, la grandeza, la serenidad del espíritu, basado en la tolerancia y el respeto por los demás. Las franjas de color amarillo que se proyectan hacia la parte superior simbolizan la luz que guía el sendero del conocimiento, el


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saber adquirido a través de un proceso de formación integral que ha de proyectarse en la comunidad local y nacional. ARTÍ CULO 7. La tonada y la letra fue creación del profesor Luis Fernando Londoño, educador que se vinculó a la Institución en el año de 2009 bajo la modalidad del decreto 1278. La música y voz de Armando Quintero Sánchez. Licenciado Universidad Adventista. Himno de la Institución Educativa La Gabriela Tonada a la Gabriela Marchando por las calles de una gran ciudad me encuentro con un sitio que es muy particular. Forjada en un barranco del fuerte farallón se encuentra La Gabriela impartiendo educación. Su visión nos alienta y mejor es su misión formar los ciudadanos de Bello y la nación. De gente igual- distinta y queriendo hacer escuela esa es la población llamada La Gabriela. Para alcanzar la cima escalón por escalón avan zan paso a paso con fir me decisión. Se aprende con esmero el trabajo es con tesón dulce sacrificio porque es por convicción. Por tu trabajo duro y honesto de puro cora zón recibas por tu esmero de Dios su bendición.


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CAPI TULO 3 OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCI A Ar tículo 8. El presente Manual pretende constituirse en una guía de reflexión - acción, de convivencia social y democrática, que propicie la formación integral del alumno a través de las normas establecidas con la comunidad Educativa (Anexo 1-Acuerdo N°2) Son objetivos del presente Manual de Convivencia. 1. Estimular diferentes mecanismos de convivencia pacífica y democrática en la comunidad Educativa. 2. Recuperar y promover los valores éticos, morales y sociales existentes en los educandos por medio de una acción coordinada entre educadores y comunidad. 3. Propiciar el respeto por las diferencias en todos los campos de la actividad humana. 4. Desarrollar la autonom ía mediante la apertura a la participación, integración y solidaridad, permitiéndole a la persona niveles de formación cada vez más elevados. 5. Propiciar la creación de espacios democráticos que orienten y regulen el ejercicio de las libertades, derechos y responsabilidades de los alumnos, Acudientes y educandos. C APITULO 4 LOS DERECHOS Y DEBERES El derecho a la educación comporta dos aspectos: es un DERECHO de la persona, como lo establece el artículo 67 de la Constitución Política, y un DEBER que se materializa en la responsabilidad del educando de cumplir con las obligaciones impuestas por el centro educativo, tanto en el campo de la disciplina como en el del rendimiento académico. Esto significa que la educación es un DERECHO-DEBER. Sentencia t 197 T: 092 de 1994


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ARTI CULO 9. alumnos

Derechos y deberes de los alumnos de los

DERECHOS

DEBERES

Cada persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que impone los derechos de los demás y el orden jurídico. Todos los alumnos tienen derecho a:

Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. Como alumnos nos comprometemos a:

Frente a la Institución:

Frente a la Institución:

1. Presentar reclamos justificados cuando haya situaciones problemáticas, aportar y recibir elementos para la solución de los mismos.

1. Estaré dispuesto a aportar elementos que contribuyan a la solución de las situaciones problemáticas en la Institución y en su entorno.

2. Disfrutar responsablemente de las instalaciones, la dotación y los servicios que correspondan a las actividades tanto curriculares como extracurriculares debidamente planeadas.

2. Cuidaré y conservaré las instalaciones, haciéndome responsable de daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones y dotaciones a cuyo disfrute tenga acceso.

3. Participar activamente en todas las actividades curriculares y 3. Responderé en forma responsable y extracurriculares de la Institución. positiva a las actividades en la cual estoy comprometido a realizar. 4. Conocer las normas del Manual de Convivencia. 4. Respetaré y acataré las normas establecidas en el Manual de Convivencia. 5. Disfrutar de un espacio físico higiénico 5. Colaboraré con el aseo y aseado. instalaciones de la Institución. Frente a sí mismo:

de

las

Frente a sí mismo:

6. Recibir una educación que propicie mi 6. Responderé por todas las actividades formación integral acorde con mi académicas que me competen como desarrollo integral. estudiante. 7. Conocer mi estado académico y 7. Haré los reclamos en forma responsable, formativo antes de efectuar los registros contribuyendo al buen funcionamiento de


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legales.

las actividades académicas.

8. tratare con mesura todas las problemáticas 8. Que mis situaciones problemáticas, académicas, disciplinarias y sociales tanto en lo académico, disciplinario y mediante la utilización de la razón y la social, sean tratados con cordura, democracia. mediante la utilización del procedimiento racional y democrático. 9. Procuraré no incurrir en faltas que afecten 9. No ser sancionado y/o expulsado de la mi disciplina, para conservar la buena Institución sin que medie una causal convivencia y así evitar un proceso previamente establecida en este Manual disciplinario contemplado en el Manual de y con base en el debido proceso. Convivencia. Con los Profesores:

Con los Profesores:

10. Recibir de los profesores y 10. Respetaré a los profesores (as) y compañeros un buen trato a la altura de compañeros en todo sentido a la altura de su mi dignidad como persona dentro y fuera dignidad como personas. de la Institución. 11. Ser tratado con dignidad ante mis fracasos y recibir las orientaciones pertinentes para la superación de los mismos.

11. Me comportaré con serenidad cuando alguno de los educadores me llame la atención por cualquier motivo evitando levantar la voz y contestar de malas maneras a los superiores.

12. Que se analicen en todas sus dimensiones las excusas y documentos que justifiquen la no asistencia al establecimiento, los impedimentos a realizar determinadas tareas y a que se establezcan alternativas pedagógicas correspondientes

12. En caso de inasistencia a la Institución informaré oportunamente a los profesores la razón de mi inasistencia por medio de una excusa enviada por mis Padres o mi acudiente.

Frente a sus compañeros:

Frente a sus compañeros:

13. Expresar libre y respetuosamente mis 13. Evitaré las discusiones, escucharé y opiniones o inquietudes. comprenderé, sana y humanamente, el punto de vista del otro. 14. Que se nos propicie el descanso, esparcimiento, el juego y la participación en la vida artística, cultural, científica y política de la Institución y su entorno.

14. Participaré responsablemente en el descanso, el esparcimiento, el juego y el deporte, evitando agredir a los demás y evitando palabras vulgares.


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15. Ser respetado en mi intimidad y a que 15. Respetaré la vida íntima de mis la información personal que sobre mí compañeros, profesores, y haré quedar tenga la Institución, se maneje con siempre bien la Institución sujeción al secreto profesional. 16. Que se respeten mis bienes y 16. Respetaré y no usaré sin consentimiento, pertenencias. los bienes y pertenencias de los demás. 17. Reconoceré los méritos de los 17. Elegir y ser elegido compañeros para que me representen en los democráticamente como representante diferentes comités y en el gobierno escolar, y de mis compañeros. en caso de ser elegido como representante de ellos responderé en forma responsable.

Frente a la Comunidad:

Frente a la Comunidad:

18. Ser reconocido por mi buen 18. Me comportaré en la comunidad con comportamiento que ponga en alto el decoro, altura y compostura, haciendo quedar buen nombre de la Institución en la bien la Institución. comunidad. 19. Disfrutar de un ambiente sano, estético y descontaminado que permita llevar a cabo el proceso de aprendizaje con mayores logros.

19. Protegeré, mantendré y conservaré adecuadamente el medio ambiente, depositando las basuras en los lugares destinados para ello, cuidando y conservando los árboles y jardines, contribuyendo al orden y aseo de la Institución, llevaré adecuadamente el uniforme de la Institución.

Ar tículo 10. Importancia de la familia en la formación de los hijos La construcción de una familia implica el crecim iento equilibrado y el desarrollo de los hijos a nivel pedagógico, económ ico y social, de tal manera que las relaciones internas de la familia aportan elementos fundamentales en el proceso de formación. El desarrollo integral de los alumnos exige unidad de criterios entre la familia y la escuela que garantice la continuidad y eficacia de la labor Educativa de estos.


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Esta integración exige que los Acudientes tomen conciencia de su papel, no como simples proveedores económ icos, sino como formadores que acompañan a sus hijos en el proceso de maduración, para que sus actitudes fundamentales no se reduzcan a un proteccionismo excesivo o a un abandono exagerado, sino que de una manera consciente y responsable se ocupen del proceso de desarrollo de sus hijos. Ar tículo 11. Derechos y deberes de los Padres de familia o acudientes. ( Según ley 1286 de 2005 y ley 1098de 2006 ley 1620 de 2013) DERECHOS

DEBERES

a) Elegir el tipo de educación que, de acuerdo con sus convicciones, procure el desarrollo integral de los hijos, de conformidad con la Constitución y la ley;

a) Matricular oportunamente a sus hijos en establecimientos educativos debidamente reconocidos por el Estado y asegurar su permanencia durante su edad escolar obligatoria;

b) Recibir información del Estado sobre los establecimientos educativos que se encuentran debidamente autorizados para prestar el servicio educativo;

b) Contribuir para que el servicio educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplim iento de sus fines sociales y legales;

c) Conocer con anticipación o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el proyecto educativo institucional, el Manual de convivencia, el plan de estudios, las estrategias pedagógicas, el sistema de evaluación escolar y el plan de mejoramiento institucional;

c) Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de convivencia, para facilitar el proceso de educativo;(ley 1620 art 22 numeral 6)

d) Contribuir en la construcción de d) Expresar de manera un clima de respeto, tolerancia y respetuosa y por conducto responsabilidad mutua que regular sus opiniones respecto favorezca la educación de los


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del proceso educativo de sus hijos y la mejor relación entre los hijos y sobre el grado de miembros de la comunidad idoneidad del personal Educativa; docente y directivo de la Institución Educativa; e) Tiene derecho a participar en el proceso educativo que desarrolle el establecimiento en que están matriculados sus hijos y, de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del proyecto educativo institucional;

e) Apoyar al establecim iento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional;

f) Recibir respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha del establecimiento y sobre los asuntos que afecten particularmente el proceso educativo de sus hijos;

f) Comunicar oportunamente, y en primer lugar a las autoridades del establecimiento educativo, las irregularidades de que tengan conocimiento, entre otras, en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. En caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes;

g) Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendim iento académico y el comportamiento de sus hijos;

g) Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos;

h) Conocer la información sobre los resultados de las pruebas de evaluación de la calidad del servicio educativo y, en particular, del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos;

h) Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo. Velar para que los hijos cumplan con sus obligaciones como estudiantes.

i) Elegir y ser elegido para i) Ejercer la libre asociación con representar a los Acudientes el propósito de mejorar los en los órganos de gobierno procesos educativos, la


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escolar y ante las autoridades públicas, en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos;

capacitación de los Padres en los asuntos que atañen a la mejor educación y el desarrollo armónico de sus hijos.

j) Ser tratado cordial y respetuosamente por parte de los docentes y directivos cuando exista algún reclamo referente a sus hijos o frente la Institución Educativa.

j). Tratar cordialmente y con respeto a los directivos y educadores cuando se trate de hacer un reclamo o cualquier situación referente a sus hijos.

k) Conocer y participar de los proyectos educativos sobre los derechos sexuales y reproductivos de la Institución Educativa.

k) Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre este tema.

l) A que sus hijos reciban una educación integral desde preescolar hasta el grado once.

l) Asegurarles el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo.

m) Conocer y participar de los proyectos educativos sobre la prevención de la drogadicción de la Institución Educativa.

m) Prevenirles y mantenerles informados a los hijos sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales.

n) Asistir a la Institución N b Presentarse a la Educativa vestidos de forma institución en condiciones de adecuada y respetuosa. orden y aseo.

CAPI TULO 5 ESTI MULOS Y DISTINCIONES PAR A LOS ESTUDI ANTES Ar tículo 12. Los estudiantes de la Institución Educativa la Gabriela que se distingan por su rendim iento académico, colaboración, desempeño en cualquier disciplina artística, deportiva, cultural o cívica, por su liderazgo, solidaridad, compañerismo y en general


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por el cumplimiento del Manual de Convivencia y demás normas establecidas se harán acreedores a los siguientes estímulos: 1. Izada del pabellón nacional en actos cívicos y patrios. 2. Reconocim iento público de sus virtudes, buen comportamiento y buen rendimiento académ ico. 3. Representar el establecimiento en actos cívicos, culturales y deportivos. 4. Formar parte de las brigadas de los comités que funcionan en la Institución. 5. Ser nominado como líder en las actividades de los comités. 6. Reconocim iento en áreas o asignaturas que guarden afinidad con el campo en que sobresale. 7. Anotaciones positivas en la hoja de vida y en los informes de cada período. 8. Notificación a los Padres de familia y /o acudientes sobre los logros alcanzados por los alumnos. 9. Distinciones especiales como menciones de honor. CAPI TULO 6 NORMAS DE SEGURIDAD, HIGIENE PERSONAL Y SALUD PÚBLIC A Ar tículo 13: La convivencia en grupos exige unos conocim ientos mínimos, de la higiene personal y social que coadyuven a la salud y a la sana convivencia entre los integrantes del grupo, igualmente se requiere de unos procedim ientos y conocimientos mínimos para atender cualquier evento emergente que pueda afectar la movilidad, la tranquilidad y la seguridad personal. En consecuencia se tendrán en cuenta los siguientes criterios. 1. La presencia de todo integrante de la comunidad Educativa debe estar mediada por una excelente presentación: Ropa limpia adecuada y ordenada, aseado, sin exceso de maquillaje y sin exceso de accesorios. 2. Cuidar el aseo personal y portar el uniforme correctamente. 3. Utilizar los baños solo cuando se requieran sin convertirlos en escenar ios para el lazo social; no dejar canillas abiertas; vaciar las cisternas sanitarias, ubicar los papeles en las respectivas canastillas, no dejar mensajes, ni rayones en las paredes, lavarse las manos después de hacer uso de la unidad sanitaria. 4. Comunicar cualquier anomalía detectada en los baños. 5. Dentro de la Institución Educativa no se permite el consumo de cigarrillo, de licor y de sustancias psicoactivas. Los estudiantes por su condición de menores de edad no deben


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consum ir las sustancias antes mencionadas ni dentro ni fuera de la Institución. 6. Todo integrante de la comunidad que padezca enfermedad infecto-contagiosa debe remitirse al médico y ausentarse el tiempo que determine la incapacidad respectiva. 7. Al sentirse enfermo, avisar inmediatamente al profesor. 8. Separar las basuras reciclables de las no reciclables y depositarlas en los recipientes destinados para ello. 9. Evitar apoyarse en las ventanas, sacar el cuerpo por fuera de estas, subirse a las sillas y lanzar objetos hacia el exterior. 10. Evitar correr, saltar, jugar en los pasillos, escalas, lugares resbalosos o con desniveles. 11. Evitar jugar, correr, saltar con objetos corto punzantes con los cuales se podría herir a un compañero. 12. Evitar empujar o golpear a sus compañeros. 13. Evitar sentarse o deslizarse en las barandas o pasamanos de las escalas. 14. Evitar tirar y/o jugar con las puertas, encerrando o no permitiendo el ingreso a los compañeros. 15. Evitar jugar a la pelota con botellas de plástico o tapas. 16. Evitar balancearse en la sillas, parase en ellas o utilizarlas como objetos de juego. 17. Circular por la derecha en pasillos y escaleras. Artículo 14. Procedimiento en caso de accidente 1. Brindar los primeros auxilios al estudiante accidentado. 2. Si el caso lo amerita trasladar el estudiante al centro de salud más cercano. 3. Informar a su acudiente para que haga los trámites correspondientes y se haga responsable de su acudido. Artículo 15: Procedimiento para la prevención, porte, consumo y tráfico de sustancias psicoactivas. Ley 115 Art. 5. Decreto 1860 Art. 17, 36. Ley 1029 literal B. Ley 1098 Art: 3,7,8,10,19,20,23,26,30,39,41,44,45,79 y 86. Independiente del debido proceso establecido en este Manual, la Institución adoptará el siguiente procedimiento para la prevención, consumo y tráfico de sustancias psicoactivas con el fin de ayudar al proceso de formación integral del estudiante. Prevención del consumo de sustancias psicoactivas a través del programa de prevención de riesgos psicosociales; también abordar esta problemática en la Escuela de Padres.


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Se remite el caso al Comité de convivencia, este tendrá en cuenta los siguientes elementos para la atención de casos en los que se identifique claramente consumo de sustancias psicoactivas: 1. Análisis del caso: La Institución recopilara y analizará la información relacionada con cada caso en particular: Edad, historia de vida escolar, historia de vida familiar, receptividad del estudiante frente a las opciones de atención ofrecidas por las instituciones, frecuencia del consumo, patrón o motivos de consumo, tipo de sustancias y grado de adicción. 2. Acciones correctivas: Después de analizar la información la Institución ordenará una o varias de las siguientes acciones correctivas: • Orientación Psicopedagógica. • Acompañamiento sicológico • Asesoría a la familia o acudiente. • Remisión a instituciones especializadas o EPS. Si el consumo de sustancias psicoactivas constituye un patrón de comportamiento habitual en el estudiante, la Institución utilizará el siguiente procedimiento: • • •

Entrevista con el Padre de familia o acudiente para evaluar la situación. Elaboración de un compromiso del estudiante y de la familia para evitar el consumo de sustancias psicoactivas, por lo menos durante la jornada escolar. Remisión a la Comisaría de Familia para la vinculación a un programa especializado.

En caso de identificar tráfico de estupefacientes al interior de la Institución, adicional al debido proceso, se adoptarán las siguientes medidas: • Análisis de caso en el Consejo Directivo con participación de la familia del estudiante. • Remisión del caso a la Policía de Infancia y Adolescencia o a la Comisaría de Familia. En cualquiera de las actuaciones anteriores, se deberá dejar evidencia del procedimiento realizado: Informes, actas, compromisos, remisiones, resoluciones, entre otras. Éste será el soporte del debido proceso en caso de que el Consejo Directivo deba tomar la determinación de excluir al estudiante por la comisión de faltas gravísimas al Manual de convivencia.

CAPITULO 7


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UNIFORMES Con el propósito de evitar la discriminación en la presentación personal y mantener igualdad entre los estudiantes se establecen los siguientes uniformes. Ar tículo 16. Uniforme de gala

a. Para las damas: falda de cuadros azul y blanco, de prenses, La falda debe de ir dos centímetros encima de la rodilla. Cam iseta blanca manga corta de acuerdo con el diseño establecido por la Institución, medias blancas largas y zapato colegial negro. Saco de color azul oscuro de acuerdo con el diseño establecido por la Institución. b. Para los hombres: Cam iseta azul rey de acuerdo con el diseño establecido por la Institución, camiseta interior si se utiliza debe ser de color blanca, jeans azul índigo clásico, correa negra, medias oscuras y zapatos o tenis donde predom ine el color negro. Saco de color azul oscuro de acuerdo con el diseño establecido por la Institución.

Ar tículo 17. Uniforme de educación física


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Todos los estudiantes utilizaran camiseta blanca con cuello “V con ritz azul oscuro y amarillo”, el escudo de la Institución al lado izquierdo. Sudadera azul oscura con tres bolsillos (dos adelante y uno atrás con cierre) marcada con el nombre de la Institución en la pierna izquierda, medias blancas deportivas, tenis donde predomine el color negro. Se permite a los estudiantes el uso de gorras blancas o azules durante la clase de educación física. Saco de color azul oscuro de acuerdo con el diseño establecido por la Institución. No se permite accesorios como manillas, aretes grandes, collares, entre otros durante la clase de educación física en razón de la seguridad física de los estudiantes.

CAPITULO 8 CRITERIOS DE RESPETO, VALORACIÓN DE LOS BIENES PERSONALES Y COLECTIVOS. Dado que la Institución tiene un carácter oficial y presta un servicio público, toda su infraestructura y sus bienes muebles e inmuebles son de propiedad del Estado y por ende cumplen una función social, por tanto su preservación y cuidado es responsabilidad de todos y cada uno de los miembros de la comunidad.


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Artículo 18. Normas para su uso y cuidado de los bienes muebles e inmuebles de la Institución: 1. Cuidar todos los muebles, enseres y pertenencias propias del compañero, del maestro y de la Institución. 2. Cumplir las normas que hacen referencia al manejo, cuidado de equipos y elementos especiales o de delicado uso, como computadores, video Beam, proyector, televisores, aparatos eléctricos y electrónicos tal como lo establecen los reglamentos del presente Manual. 3. Responsabilizarse por el mal uso, daño o robo de implementos suministrados o bajo su cuidado. En caso de pérdida definitiva por robo o daño deberá reponerlo de modo oportuno. En el caso de los estudiantes, sus Padres o acudientes serán responsables civilmente. 4.

Hacerse responsable de sus pertenencias y respetar las ajenas.

5. El estudiante no debe portar elementos o útiles que no correspondan a los exigidos para el desarrollo de los procesos de aprendizaje. En caso contrario la Institución no responde por pérdidas o daños. 6. Reportar oportunamente a sus maestros o a la coordinación respectiva sobre cualquier anomalía, robo o sustracción relacionada con pertenencias de compañeros, funcionarios o en general de la Institución; y suministrar información necesaria sobre el autor o autores de los mismos, cuando ha sido de su conocimiento por cualquier medio. 7.

Cuidar las carteleras, afiches y avisos que se exhiben con el fin de brindar información o complementar el proceso formativo en la Institución.

8.

Cada estudiante recibe al inicio del año escolar un pupitre en buen estado, el cual debe ser conservado en las mismas condiciones durante el año escolar. Es deber entregarlo en igual o mejor estado en el que se recibió, al Director de grupo al finalizar el año lectivo o al retiro definitivo de la Institución.

El Rector (a) de la Institución distribuirá en cada área y aula de clase, el material necesario para el mejor desarrollo de sus actividades escolares, de acuerdo con las cantidades asignadas para este fin en los presupuestos de la Institución.

Artículo 19. Procedimientos para el uso de equipos, suministros, aulas especializadas y espacios comunes.


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1. Bienes muebles y equipos a) Los bienes muebles y algunos espacios se entregaran bajo inventario y responsabilidad a los docentes y directivos al inicio del año escolar. b) Los responsables de los inventarios y espacios deben llevar un registro de préstamo tanto de los bienes muebles como inmuebles en formato establecido para ello. c) Al finalizar el año escolar los responsables de los diferentes espacios o dependencias deberán entregar la lista de inventarios bajo su custodia y cuidado para el respectivo paz y salvo. d) Cuando se trasladan muebles o equipos de una sede para la otra se deberá dejar constancia en portería tanto de la sede que sale como a la que llega en el formato establecido para ello. 2. El Laboratorio Reglamento Los equipos y el aula destinada para uso del laboratorio se entregará bajo inventario a los responsables del área de ciencias naturales quienes tendrán en cuenta el siguiente reglamento para su uso: •

Con anterioridad a la hora del laboratorio, es necesario que el profesor consulte la guía del laboratorio y leer cuidadosamente las instrucciones para tener seguridad de la actividad que se va a realizar, prepararla y comprenderla, con el fin de conseguir óptimos resultados.

Estar presente en el laboratorio a la hora indicada según el horario de clases.

Atender las explicaciones generales dadas al comenzar la actividad, tener cuidado de no realizar experiencias que no estén sugeridas o dirigidas por el profesor.

El comportamiento dentro del salón debe ser ejemplar, para evitar accidentes.

La mesa de trabajo siempre debe permanecer limpia, seca y los diversos aparatos perfectamente ordenados.


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Al terminar la clase, asegurarse de que todo quede en orden y el material de porcelana o vidrio limpios. Se sugiere lavarse las manos usando jabón y abundante agua inmediatamente termine su práctica.

Tener especial cuidado en el manejo de los reactivos por su posible peligro y alto costo, lo mismo con el material de vidrio y los equipos utilizados.

Usar espátulas limpias para trasvasar reactivos sólidos. Lavar siempre los goteros, pipetas y buretas antes de trasvasar los reactivos líquidos.

Al calentar sustancias en un tubo de ensayo, hacerlo suavemente, flameando (acercarlo y retirando el mechero o el tubo continuamente), colocando el tubo ligeramente inclinado, evitando que la boca quede dirigida hacia alguna persona que esté cerca.

Las observaciones hechas y las medidas tomadas deben registrarse en un cuaderno o libreta dedicada exclusivamente para este fin.

Los estudiantes que ocasionen daños en los implementos de laboratorio, deberán pagarlos o reponerlos por uno igual o mejor al que se dañó. De no hacerlo, no se les entregara paz y salvo para la matricula del año siguiente.

3. Sala de informática sede primaria: a. Para hacer uso de los computadores acompañamiento del profesor.

es

necesario

el

b. Se debe llevar una secuencia adecuada de encendido del computador. c. En la sala de computadores no se puede introducir ni consumir alimentos y mucho menos masticar chicle. d. Todo dispositivo debe ser vacunado antes de ser insertado en el computador. e. No se debe arrojar basuras al piso en la sala de cómputo. f.

Al terminar su uso, el computador debe dejarse totalmente apagado y desconectado, así como cubierto con sus respectivos protectores.

g. Al finalizar la sesión la sala de cómputo debe quedar en completo orden y aseo.


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4. Sala de informática sede bachillerato: Misión del aula de informática La sala de informática será un espacio en el que los miembros de la comunidad Educativa podrán generar formas de aprendizaje diferentes a través de los computadores usando las TIC como herramienta pedagógica.

a. Administración de la sala:

1) La sala estará coordinada por un docente de tecnología designado por Rectoría.

2) Las personas encargadas de la administración deben velar por el uso adecuado de los equipos, dar cumplimiento a los horarios establecidos, ser respetuosos y brindar la colaboración necesaria a todas las personas usuarias de la sala.

3) Cuando aparecen daños, el docente coordinador lo reporta a coordinación o Rectoría para que a su vez se hagan los procedimientos y arreglos pertinentes.

b. Aseo:

1) El aula debe permanecer limpia y en orden antes, durante y después de las clases. 2) El aula de sistemas debe ser barrida y trapeada siempre al finalizar la jornada, lo debe hacer el grupo que tenga la última clase, el docente es responsable de escoger los estudiantes y al mismo tiempo garantizar el aseo del aula correspondiente al grupo, tal como está establecido en la Institución; cada estudiante debe sacar papeles y restos de material de su mesa de trabajo, al igual que portar un sacudidor para la limpieza de su mesa y el equipo que le corresponda.


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3) El docente determina un día diferente cada semana para realizar la limpieza de los equipos utilizando la crema disponible para ello.

c. Organización del mobiliario: las sillas deben quedar ubicadas en 7 columnas y 6 filas, en las que los estudiantes serás distribuidos en orden de lista y en zig-zag (comienza el número uno al lado del televisor del aula); cada estudiante deberá dejar su puesto organizado ubicando la silla debajo de la mesa correspondiente al finalizar cada sesión. La silla del estudiante que no asistió a clase no debe ser utilizada. Las mesas y sus respectivas sillas están numeradas del 1 al 40 al igual que el respectivo computador, cargador y mouse.

Tabla de organización de mobiliario

29 28 15 14 1 TELEVISOR

30 27 16 13 2

40 31 26 17 12 3

39 32 25 18 11 4

38 33 24 19 10 5

37 34 23 20 9 6

36 35 22 21 8 7

d. Utilización de equipos informáticos:

1) Los estudiantes deben ingresar al aula con las manos limpias para efectos de proteger los equipos de los insectos y la suciedad. 2) Cada estudiante debe recibir el portátil correspondiente al número de su equipo y mesa, el cual deberá ser coherente con el orden de la planilla de estudiantes. 3) Los equipos de los estudiantes que cancelaron matricula o no volvieron, no deben ser utilizados, porque alteraría el orden en las planillas y en otros grupos ese número si existe. 4) Si existe alguna novedad en el estado de los equipos los estudiantes deben reportarlo al docente inmediatamente lo detecten y anotarlo en el acta de novedades del día, por ningún motivo debe tratar de arreglarlo, pues podría causar mayores inconvenientes.


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5) Los equipos deben permanecer prendidos todo el día para evitar el desgaste del encendido y apagado, estos no sufren ningún daño por permanecer prendidos todo el día pues están diseñados para esto. 6) Las redes sociales están supeditadas a la autorización del docente y solo con fines académicos. 7) La información que se trabaje en cada equipo deberá ser guardada en una memoria USB o enviarla a su correo y eliminarla, para evitar fraudes o perdida de la información. 8) El docente debe controlar la asistencia, para verificar qué computadores no fueron utilizados y para efectos de responsabilidad de los estudiantes en caso de que ocurra alguna novedad. 9) El docente debe verificar con la ayuda de un estudiante-monitor que los computadores estén prendidos y completos al terminar cada clase (PC, cargador, mouse y reguladores) 10) El estudiante-monitor de la última clase firma el acta de estado de los computadores y novedades al igual que el docente que entrega. 11) El docente de la jornada entrega el acta al docente de la otra jornada, en su defecto al coordinador de jornada.

e. Carga de equipos portátiles:

1) Al estudiante se le entrega el portátil con su respectivo cargador. 2) Al finalizar la jornada los portátiles deben quedar cargando.

f.

Consumo de alimentos y bebidas:

Ningún estudiante debe ingresar alimentos ni bebidas a la sala de informática, ni dejar restos de comida escondidos en las mesas.

g. Comportamiento: Todos los participantes de la clase deben conservar las normas básicas para adquirir el aprendizaje como: silencio, atención, concentración, orden, escucha,


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seguir instrucciones, respetar y no utilizar el equipo para actividades no propias del momento educativo. h. Mantenimiento de equipos:

1) Los equipos deben recibir mantenimiento 3 veces al año, para garantizar su buen funcionamiento. 2) No se deben instalar programas sin autorización.

i.

Responsabilidades

Es de responsabilidad del docente usuario de la sala el cumplimiento de este protocolo y de hacerlo cumplir por parte de los estudiantes.

Se dejará un formato en la sala donde se registre las novedades al finalizar la jornada o al recibir la sala.

5. La biblioteca escolar Finalidad. La biblioteca escolar tiene como fin primordial responder a las necesidades e intereses de información y acceso a las manifestaciones culturales de todos los miembros de la comunidad Educativa. El bibliotecario será el responsable de la ordenación de los libros y de que el lugar permanezca en completo orden y aseo. Reglamento. El reglamento interno de la biblioteca define sus servicios y es la base operativa para lograr una optimización de este importante recurso didáctico de la Institución Educativa. A parte del reglamento interno de la Biblioteca elaborado por el Bibliotecario y aprobado por el Consejo Directivo de la Institución Educativa, se tendrán en cuenta las siguientes normas: •

Al ingresar a la biblioteca solo se deben llevar hojas sueltas y lapiceros o lápices.

Mantener una actitud adecuada en el recinto cultural.

Procurar un ambiente de silencio y concentración que favorezca el trabajo.

Tratar con especial cuidado libros, materiales, mobiliario y enseres de la biblioteca.


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Atender comedidamente las sugerencias y recomendaciones de las personas encargadas.

No consumir alimentos dentro de la biblioteca.

Es de responsabilidad del docente usuario de la sala el cumplimiento de este protocolo y de hacerlo cumplir por parte de los estudiantes.

Se dejará un formato en la sala donde se registren las novedades al finalizar la jornada o al recibir la sala.

6. La fotocopiadora y duplicadora Reglamento •

Mantener un trato cordial con la persona que presta el servicio.

Señalar las páginas del libro o el modelo a fotocopiar.

Entregar el dinero en el momento de la devolución de las fotocopias.

Si son fotocopias que exceden de las diez (10) hojas para un grado, deben entregarse con dos (2) días de anticipación como mínimo.

Si la fotocopia sale imperfecta se tendrá que repetir.

Las demás funciones y restricciones que sean señaladas.

La duplicadora se utilizará para copias superiores a 40, preferiblemente papel periódico.

Para las copias de las pruebas bimensuales se utilizará la duplicadora y se sacara la copia por ambas caras del papel.

La responsable de sacar las copias solicitará el papel a la auxiliar de secretaria y se registraran las resmas entregadas y los insumos utilizados por las máquinas.

7. Los implementos deportivos Reglamento


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Los implementos deportivos se entregaran bajo inventario a los docentes encargados de orientar el área de educación física quienes serán los encargados de su administración y se almacenará en un lugar destinado para tal fin, en cada una de las sedes.

Para el préstamo de implementos deportivos debe presentarse obligatoriamente el carné

En los descansos solo se prestará un balón y el beneficiario debe ser de los grupos que tenga clase de educación física ese día.

En horas de clase no se prestaran balones a ningún alumno.

Los alumnos(as) que dañen o extravíen un balón o cualquier otro implemento deportivo deberán pagarlo o reponerlo por uno igual o mejor al que extraviaron; de no hacerlo no se les entregara paz y salvo para la matrícula del año siguiente.

Los implementos deportivos deben entregarse en el tiempo estipulado y por ningún motivo llevárselo para la casa.

8. Servicio de la tienda escolar Reglamento •

El horario de la cafetería será únicamente el estipulado para las horas de descanso, no durante el cambio de clase.

Hacer fila y respetar el turno.

Para comprar en la cafetería en horas diferentes a las establecidas, los estudiantes deberán presentar una orden escrita del educador o directivo o la autorización personal verbal de éstos.

Al final de la clase de deportes, los estudiantes están autorizados para comprar solamente líquido, en compañía del educador.

Sonando el timbre se debe suspender toda clase de ventas a los estudiantes, ya que entorpece la iniciación de clases.

Abstenerse de vender productos que contengan chicle, debido al mal uso que hacen los estudiantes de dicha goma.

Mantener el orden y el aseo propios de ese servicio.


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Se ofrecerán para la venta alimentos variados y debidamente garantizados en higiene y nutrición.

Los reclamos o sugerencias de los usuarios de la tienda escolar serán dirigidos en primera instancia a la persona encargada de la tienda y en segunda instancia a (la) Rector (a).

9. Sala de profesores Este espacio tiene destinación exclusiva para los educadores, por tanto se prohíbe el ingreso de personal diferente a los docentes, excepto cuando sea autorizado por alguno de los docentes. CAPÍTULO 9 PAUTAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE ESCOLAR. Artículo 20. La generación de un ambiente sano, es decir limpio, aseado, ordenado y delimitado, constituye un factor de mejoramiento de la calidad de los aprendizajes, preservando la salud física y mental, la movilidad y el sentido de pertenencia. En consecuencia la Institución cuenta con un programa de promoción del medio ambiente sano que se desarrolla a través de talleres mensuales y de manera transversal a través de las áreas de ciencias naturales, educación ética y ciencias sociales y se establecen las siguientes normas. a) Los integrantes de todo grupo están en la obligación de preservar y mantener el aseo, higiene y el orden de todo espacio o recintos que ocupen asegurando un ambiente saludable y agradable de estudio. b) Los papeles deben depositarse en las canecas dispuestas para tal fin, distinguiendo aquellas destinadas a productos orgánicos o reciclables. c) Hacer buen uso del agua evitando su desperdicio y mala utilización. d) Utilizar con cultura los servicios sanitarios dejándolos limpios, haciendo uso racional del agua de las llaves e implementos de aseo, arrojando el papel higiénico y/o toallas en los recipientes de basura y abstenerse de escribir en las puertas o paredes. e) Evitar desperdiciar la energía eléctrica dejando luces, ventiladores o equipos eléctricos prendidos cuando no se requiere su utilización. f)

Cuidar de la vegetación, plantas y árboles que hacen parte del entorno escolar.


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g) Evitar los gritos estridentes en espacios cerrados o abiertos, pues contaminan e impiden el normal desarrollo de las actividades académicas. CAPÍTULO 10 NORMAS DE CONDUCTA DE ALUMNOS Y PROFESORES QUE GARANTIZAN EL MUTUO RESPETO Y POSIBILITEN LA SOLUCIÓN ASERTIVA DE LOS CONFLICTOS. Artículo 21. Concebimos el respeto como la posibilidad de visibilizar al ser humano en medio de las diferencias, las contradicciones y las emociones, asumiendo la capacidad de escucha, no descalificando ni minimizando al otro. Asumimos la empatía como la capacidad de entender la posición de otra persona, que es un factor básico para llegar acuerdos edificantes de las partes en conflicto y potenciar la convivencia (dimensiones social y personal). Se establecen los siguientes criterios: • • • • • • •

El rol de docente frente a los diferentes conflictos será el de conciliador y mediador en situaciones que atente contra la violencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. Toda falta debe ser contrastada con lo establecido en el Manual de convivencia y no asumida como un conflicto personal. Entablar diálogos desapasionados en escenarios no públicos y que garanticen un clima adecuado para el diálogo. A toda persona se le deben garantizar los mismos derechos para la defensa o sustentación de sus comportamientos. Toda intervención disciplinaria tendrá como fin último crear conciencia de las responsabilidades individuales y de los compromisos de mejoramiento de las conductas nocivas incrementando el nivel de autonomía. Independiente de las sanciones disciplinarias el fundamento de toda intervención será la concertación y la conciliación. La Institución garantizara la atención a toda queja, solicitud o reclamo fundamentado y personalizado. Se recomienda que toda queja sea hecha de manera oportuna.

Las quejas o reclamos de los usuarios se canalizaran a través de las siguientes vías: Formas escritas, autografiadas y quejas verbales con levantamiento de actas. La estructura de la queja debe contener: Fecha, nombre a quien va dirigida, descripción de los hechos, personalización de responsables, solicitudes


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concretas, nombre legible, correo electrónico, número de documento de identidad y teléfono de contacto de quien remite la queja o reclamo. La Institución garantiza una respuesta a la queja o reclamo en un máximo de setenta y dos horas. C APITULO 11 COMPORTAMI ENTOS QUE AFECTAN LA CONVIVENCI A, CORRECTIVOS PED AGOGICOS Y PROCEDIMIENTOS PAR A SU APLI CACION Artículo 22. Faltas comportamentales: Son conductas que en determinado momento causan perturbación y daños a las personas y elementos que hacen parte de la Institución Educativa. Las faltas de acuerdo con la incidencia que tengan frente a la comunidad Educativa de la Institución, se pueden clasificar en tres (3) grandes grupos dependiendo de la intensidad del daño que cada conducta pueda producir en la comunidad: FALTAS LEVES, FALTAS GRAVES Y FALTAS GRAVÍSIMAS. Artículo 23. Faltas leves: Son todas aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Artículo 24. Comportamientos considerados como faltas leves a. Las impuntualidad o inasistencia injustificadas a la Institución (acumular

tres falta en el mes). Decreto 2737 de 1989. Las justificaciones deben ser presentadas por escrito y firmadas por el acudiente. b. Impuntualidad reiterada por tres o más veces para llegar a las clases

después del descanso. c.

Presentarse a la Institución sin portar el uniforme o portándolo incorrectamente, además de accesorios diferentes al uniforme. Se remite al capitulo 15 de presentación personal.

d. El uso reiterado de vocabulario soez u ofensivo. e. La práctica reiterada de juegos violentos. f.

Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la Institución; igualmente hacer uso de los teléfonos celulares en las mismas circunstancias.

g. Perturbar frecuentemente el normal desarrollo de clases o actividades

académicos o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, gritos,


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risas, burlas, juegos, gestos, silbidos y la circulación por el aula en momentos inadecuados entre otros. h. Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar al aula,

o ausentarse de la misma sin autorización del docente. i.

Ingresar o permanecer en el aula de clase en los momentos de los descansos.

j.

Consumir alimentos y/o golosinas en reiteradas ocasiones en clases o durante la realización de eventos oficiales en la Institución. Parágrafo: se permite el consumo de líquidos hidratantes.

k. Ingresar sin autorización a las áreas restringidas, tales como Rectoría,

Coordinación, Orientación escolar, Secretaría, Sala de profesores, Laboratorios y Cocina entre otros. l.

Participar en juegos de azar en los que se apueste dinero dentro de la Institución y por fuera de ella, si porta el uniforme.

m. Negarse a participar en las campañas y turnos de aseo. n. Dar mal uso a los bienes muebles e inmuebles de la Institución como

rayar, escribir, dibujar o manchar las paredes, pisos, techos, vidrios, pupitres, carteleras, puertas, computadores, grabadoras entre otros. o. Negarse de manera enfática a cumplir las instrucciones y órdenes que

se les imparta por parte de los docentes o directivos de la Institución. p. No cumplir con las obligaciones, ni traer los implementos necesarios para

el normal desarrollo de las actividades sin la debida justificación. q. Esconder o arrojar los maletines, morrales y objetos de sus compañeros

o propios. r.

Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y la seguridad de compañeros y de la Institución.

s.

Irrespetar la dignidad de los miembros de la comunidad Educativa, mediante burlas, apodos, palabras soeces, comentarios ofensivos o de cualquier otra forma.

t.

Manifestar el afecto o la sexualidad de manera exagerada e inadecuada dentro de la Institución.


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u. Mal uso de la tienda escolar como el comprar a deshoras, irrespetar las

filas y mal trato a los empleados. v.

Menospreciar o irrespetar los símbolos de la Institución o la nación, tales como: la bandera, el escudo y el himno.

w. Atentar contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la

comunidad Educativa por cualquier medio. x.

Portar navajas y otros elementos corto punzantes que no hagan parte de los útiles escolares y que puedan causar lesiones físicas.

y.

Inducir, manipular u obligar a otra(s) persona(s) a realizar actos indebidos contemplados como leves.

z.

Los demás comportamientos que impidan el normal desarrollo de las actividades pedagógicas o que puedan corresponder con la definición de falta leve.

En cualquier caso de comisión de faltas se debe escuchar al estudiante. Al momento de aplicar la sanción se debe tener en cuenta las causales de atenuación o agravación de la falta. Artículo 25: Procedimientos y competencias para faltas leves Orden 1

PROCEDIMIENTO COMPETENCIA REGISTRO Dialogo con la o las partes implicadas. Debe ser oportuno, Docente conocedor Dejar constancia escrita en el en privado, desapasionado y de la falta observador tiene como propósito el conocimiento de las causales y circunstancias en las que infringió la norma.

2

Llamado de atención verbal con registro escrito. En lo posible se docente conocedor realiza en privado y su propósito de la falta es el de hacer conciencia sobre las consecuencias del comportamiento inadecuado.

El docente debe registrar en el observador del alumno la falta correspondiente describiéndola en sus características y mencionando la falta leve a la que se hace alusión en el Manual de convivencia. Igualmente debe consignar la orientación y el correctivo pedagógico aplicado a la falta. El docente firma al igual que el


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alumno. Docente conocedor El docente debe registrar en el de la falta. observador del alumno la falta correspondiente describiéndola en sus características y mencionando la falta leve a la que se hace alusión en el Manual de convivencia. Igualmente debe consignar la orientación y el correctivo pedagógico aplicado a la falta. El docente debe firmar al igual que el alumno Docente conocedor El docente debe registrar en el de la falta observador del alumno la falta correspondiente describiéndola en sus características y mencionando la falta leve a la que se hace alusión en el Manual de convivencia. Igualmente debe consignar la orientación y el correctivo pedagógico aplicado a la falta. El docente debe firmar al igual que el alumno

3

Primera amonestación escrita

4

Segunda amonestación escrita

5

Tercera Amonestación escrita.

6

Si el estudiante comete una Director de grupo nueva falta contemplada en las faltas leves del Manual y después de haber agotado el proceso anterior se traslada a coordinación, quien continuara con el proceso, convirtiéndose en falta grave.

La ejecuta el docente conocedor de la falta, el cual debe informar al docente Director de grupo.

Una vez escuchado el estudiante infractor de la norma el docente conocedor de la falta debe registrar en el observador del alumno con el respectivo correctivo pedagógico y se le notifica al Director de grupo quien también consignará su firma y citará al acudiente para informarle sobre los comportamientos del estudiante y las acciones pedagógicas correspondientes. En un formato establecido para tal fin se relacionan en forma sintética los comportamientos violatorios de las normas del Manual y las acciones pedagógicas. La notificación de recibido se registrara en el observador del alumno y se avala con la firma del coordinador, quien citará al


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acudiente para informarle de los hechos y notificarle de las medidas correspondientes. NOTAS: En cada uno de los pasos anteriores es necesario considerar los factores atenuantes o agravantes de la falta, contempladas en este Manual. Artículo 26. Correctivos para faltas leves: • • • • •

Amonestación verbal. Amonestación escrita. Acciones de reparación o reivindicación de la falta. Correctivos pedagógicos. Citación del acudiente para concertar planes de mejoramiento.

Artículo 27. Faltas graves: Es aquel tipo de acción que interfiere de manera intencional en el normal desarrollo de las actividades institucionales e impide el ejercicio de los derechos de los demás miembros de la comunidad Educativa. Artículo 28. Comportamientos considerados como faltas graves a. La reiteración en faltas leves (según el proceso) sin cambio de actitud se considera falta grave. b. Dañar intencionalmente, convirtiendo en inservibles bienes muebles e inmuebles de la Institución Educativa. c. Agredir física e intencionalmente (dolo) a cualquier miembro de la comunidad Educativa. d. Atentar reiteradamente contra la honra y el buen nombre de cualquier integrante de la comunidad Educativa por cualquier medio. e. El fraude, daño o alteración en plantillas de calificaciones y libros reglamentarios f.

Abandonar las instalaciones de la Institución Educativa sin la autorización previa de coordinación y acudientes.

g. Hacer suplantar al acudiente con la finalidad de evadir obligaciones o responsabilidades de orden disciplinario y/o académico. h. Rebelarse de forma agresiva frente a las observaciones y/o recomendaciones de docentes y directivos docentes.


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i.

Presentarse a la Institución bajo el efecto de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas.

j.

Portar y/o consumir cualquier clase de bebidas embriagantes y/o sustancias psicoactivas dentro de la Institución.

k. Inducir, manipular u obligar a otra(s) persona(s) a realizar actos indebidos contemplados como graves. l.

Presentar un comportamiento inadecuado durante las salidas pedagógicas, deteriorando el buen nombre de la Institución.

m. Hurtar dinero, artículos u objetos de cualquier miembro de la comunidad Educativa o de la Institución. Dependiendo del daño o perjuicio se considerará como falta gravísima. n. Portar y/o mostrar armas corto punzantes ( puñales, cuchillos, puñaletas, entre otros similares) o. Amenazar la integridad física o la vida de cualquier miembro de la comunidad Educativa. p. Propagar o hacer parte de sectas satánicas o prácticas contra la moral y las sanas costumbres. q. Y todas aquellas que puedan corresponder con la definición de falta grave. En el observador del alumno se describirán los hechos y los correctivos acordados por las partes. Artículo 29. Proceso y competencia para intervenir las faltas graves N° 1

PASO Remisión de informe de la comisión de la falta y la intervención inmediata al o a los estudiantes a coordinación

DESCRIPCION Informar a coordinación en el formato correspondiente del hecho constitutivo de la falta grave citando el artículo y el numeral de la norma violentada, la intervención inicial y factores atenuantes o agravantes.

COMPETENCIA Docente conocedor de la falta y / o Director de grupo

REGISTRO Formato establecido para remisión de faltas graves.


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2

3

4

5

6

Verificación hechos

de

los Recopilación de pruebas, escuchar a los testigos, escuchar a las partes y revisar documentos pertinentes. Citar al acudiente con el Informar al acudiente de estudiante que cometió los hechos y las normas la falta. presuntamente violentadas y recibir los descargos del estudiante y del acudiente. Valoración de la falta Teniendo en cuenta los atenuantes o agravantes al momento de la comisión de la falta. Fijación de la sanción Agotados los pasos anteriores se toma la decisión de sancionar Teniendo en cuenta los correctivos establecidos en el Manual para este tipo de faltas o eximir de responsabilidad al estudiante. Notificación de la Al notificarle se le da la sanción al estudiante y posibilidad de interponer acudiente recursos y el tiempo para los mismos.

Coordinación

Consignación en el formato especial

Coordinación

Consignación en formato

Coordinación

Formato

Coordinación

Formato

Coordinación

Formato

NOTA: Ante la comisión de tres faltas graves se traslada COMITÉ DE CONVIVENCIA para proponer estrategias de mejoramiento del comportamiento o para remitir al programa de proyecto de vida establecido por la Secretaria de educación municipal, o a Rectoría y continuar el proceso como falta gravísima. Artículo 30. Correctivos para faltas graves, para este tipo de faltas se deben aplicar los siguientes correctivos: a. Suspensión hasta por tres días de las actividades curriculares y extracurriculares, realizando un plan de mejoramiento concertado entre las partes. El plan de mejoramiento será sometido a seguimiento por parte del docente Director del grupo y de la coordinación. b. Contrato pedagógico disciplinario.


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Se puede sugerir el acompañamiento del servicio de orientación escolar y la remisión la podrá hacer el coordinador o el docente Director de grupo. Artículo 31. Faltas gravísimas: Es toda acción que lesiona en grave medida los valores individuales o colectivos de la Institución Educativa, así como aquellas conductas que son consideradas como delitos en la legislación colombiana. Artículo 32. Comportamientos considerados como faltas gravísimas a. Todo acto que de una manera u otra ponga en riesgo la integridad personal o la vida de cualquier miembro de la comunidad Educativa. b. Portar armas de fuego y/o artefactos explosivos dentro de la Institución. c. Agredir físicamente a compañeros, profesores, directivas, demás personas de la Institución y de la comunidad Educativa causando lesiones a la integridad física. d. Distribuir o vender bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas dentro de la Institución. e. Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas que pongan en riesgo la vida o la integridad física de los integrantes de la comunidad Educativa y/o que atenten contra los bienes de la Institución. f.

Incumplir con el contrato pedagógico previamente firmado por él y su acudiente.

de

carácter

disciplinario

g. Retener y/o secuestrar a algún miembro de la comunidad Educativa. h. Extorsionar a cualquier miembro de la comunidad Educativa. i.

Falsificar firmas, alterar libros, registros de calificaciones y demás documentos oficiales de la Institución.

j.

Propagar o hacer parte de sectas satánicas o prácticas contra la moral y las sanas costumbres.

k. Tener relaciones sexuales dentro de la Institución. l.

Acosar, provocar, abusar y/o violar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad Educativa.

m. Cualquier conducta tipificada como delito en el código penal colombiano, salvo por delitos políticos o culposos.


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n. Y todas aquellas que puedan corresponder con la definición de falta gravísima. Artículo 33. Proceso y competencia para intervenir las faltas gravísimas N° 1

PASO Remisión de informe de la consignación de la falta y la intervención inmediata al o a los estudiantes comprometidos a Rectoría

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Verificación hechos

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6

6

de

DESCRIPCION COMPETENCIA Informar a Rectoría en el Coordinación formato correspondiente, del hecho constitutivo de la falta gravísima, citando el artículo y el numeral de la norma violentada, la intervención inicial y factores atenuantes o agravantes.

los Recopilación de pruebas: escuchar a testigos, escuchar a las partes, y recepción de pruebas documentales. Citación del acudiente Informar al acudiente de con el estudiante que los hechos y las normas comete la falta. presuntamente violentadas y recibir los descargos del estudiante y del acudiente. Valoración de la falta Teniendo en cuenta los atenuantes o agravantes al momento de la comisión de la falta. Fijación de la sanción Agotados los pasos anteriores se toma la decisión de trasladar los procesos a Consejo directivo para que fije la sanción o eximir de responsabilidad al estudiante. Resolución Rectoral Acto administrativo donde se motiva y resuelve la sanción fijada por el Consejo directivo Notificación del acto Al notificarle se le da la administrativo que posibilidad de interponer impone la sanción al recursos y el tiempo para

REGISTRO Formato establecido para remisión de faltas gravísimas.

Rectoría

Consignación en el formato especial

Rectoría

Registro formato.

Rectoría

Formato

Consejo directivo

Formato

Rectora

Acto administrativo

Rectora

Formato

en


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estudiante y notificando los mismos. al acudiente. Artículo 34. Correctivos para faltas gravísimas Para este tipo de faltas se deben aplicar los siguientes correctivos: a) Suspensión de actividades curriculares y extracurriculares por un período de cuatro (4) hasta treinta (30) días con contrato pedagógico suscrito en la secretaria de educación municipal. Debe desatrasarse de las actividades. b) Desescolarización. c) Cancelación de la matrícula y pérdida del cupo por el año siguiente. Artículo 35. Atenuantes y agravantes 1. Atenuantes Son atenuantes las circunstancias que aminoran la aplicación del correctivo pedagógico. Las circunstancias atenuantes pueden ser: el reconocimiento de la falta, el resarcimiento del daño o perjuicio ocasionado, haber actuado inducido o presionado por un tercero, cometer la falta en estado de alteración emocional o psíquica y su historial disciplinario, entre otros. 2. Agravantes Son agravantes las circunstancias que aumentan en rigor la aplicación del correctivo pedagógico. Las circunstancias agravantes pueden ser: reincidir en faltas disciplinarias, negar la responsabilidad a pesar de la evidencia, cometer la falta con alevosía, asociarse con otros para cometer la falta, entre otros. Artículo 36. Efectos La presencia de atenuantes hará que el competente aplique con menor rigor el correctivo pedagógico ante las faltas leves y graves. La presencia de agravantes hará que el competente aplique con mayor rigor el correctivo pedagógico ante las faltas leves, graves y gravísimas. Artículo 37. Términos


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La investigación de las faltas debe iniciarse a más tardar al día siguiente hábil después de conocida la falta por parte del competente. La aplicación del correctivo pedagógico debe realizarse a más tardar a los ocho días hábiles después de conocida la falta por parte del competente. Artículo 38. Derecho de defensa En todo proceso disciplinario que pueda afectar al alumno se debe siempre respetar el derecho a expresar libremente su opinión. En consecuencia, deberá ser oído directamente o por intermedio de sus acudientes y practicar las pruebas conducentes solicitadas para el esclarecimiento de los hechos. En todo proceso disciplinario de los alumnos podrá intervenir el (la) Personero (a) como garante de los derechos de los estudiantes. Su opinión deberá ser escuchada por el competente. Un mismo comportamiento no puede dar lugar a la aplicación de dos o más correctivos pedagógicos. Todo alumno que incurra en un proceso disciplinario debe ser tratado con respeto y dignidad, presumiendo su buena fe y resolviendo toda duda a su favor. Todo proceso disciplinario, así como las decisiones tomadas deberán ser notificados al alumno y su acudiente. Artículo 39. Recursos Contra las decisiones tomadas en un proceso disciplinario proceden los siguientes recursos: a. Contra las decisiones disciplinarias tomadas por el docente que no sea Director de grupo del alumno que incurrió en la falta, proceden los recursos de reposición ante el mismo docente y de apelación ante el Director de grupo. b. Contra las decisiones disciplinarias tomadas por el Director de grupo del alumno que incurrió en la falta, proceden los recursos de reposición ante el mismo Director de grupo y de apelación ante el (la) coordinador (a). c. Contra las decisiones disciplinarias tomadas por el (la) coordinador (a), proceden los recursos de reposición ante el mismo coordinador y de apelación ante el Rector.


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d. Contra las decisiones disciplinarias para faltas tipificadas como gravísimas procede el recurso de reposición ante el Consejo directivo. Los recursos deben ser presentados el mismo día que se tomó la decisión de imponer el correctivo pedagógico, y el competente deberá decidir el recurso a más tardar al día siguiente de ser interpuesto. CAPITULO 12 EL CONTRATO PEDAGOGICO Artículo 40. Definición Es un pacto de responsabilidad entre los estudiantes, acudientes y la Institución donde se establecen estrategias que permiten superar las deficiencias disciplinarias y cuyo incumplimiento le acarrea al estudiante la suspensión, desescolarización o cancelación del contrato de matrícula si es el caso. (Ver Anexo 2: formato de contrato pedagógico). CAPITULO 13 ASISTENCIA A LA INSTITUCION Artículo 41. Obligatoriedad. La asistencia a la totalidad de los períodos de clases y a las actividades institucionales previstas en el plan de estudios es condición fundamental para el cumplimiento de los objetivos institucionales y el alcance de los logros académicos. Por ello se establecen criterios e instrumentos para el seguimiento, control, valoración y registro de la asistencia, que servirán a los educadores y a las comisiones de promoción y evaluación para complementar el análisis del estado de los procesos de aprendizaje en cada uno de los educandos. Artículo 42. Criterios. 1. La asistencia a todas las jornadas escolares y a las actividades académicas, lúdicas, sociales recreativas y culturales previstas en el plan de estudios, será de carácter obligatorio para todos los educandos. 2. Las llegadas tarde o la inasistencia a las jornadas de clases, deberá justificarse en forma escrita y de manera oportuna (inmediatamente después de regresar a la clase) por parte del acudiente y con el propósito de garantizarle al alumno los procesos de nivelación.


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3. Toda falta de asistencia justificada o no, deberá ser registrada en los formatos utilizados para el control de los mismos. 4. Todo estudiante que llega tarde sin justificación, será relacionado en una planilla de control, será sujeto de orientación por parte de la coordinación y a la tercera llegada tarde se le notificara a su acudiente para que se realicen los correctivos pertinentes 5. La inasistencia injustificada a una jornada completa de clase, implicará el registro de las faltas en cada una de las áreas contempladas en el horario de las clases. 6. Si el alumno acumula veinte por ciento (20%) del total de las horas anuales previstas con faltas injustificadas, sea por llegadas tarde o por inasistencia completa a jornadas escolares, cancelara el curso por inasistencia. Ar tículo 43. Solicitud de permisos. Dadas las circunstancias de inseguridad sólo se concederán permisos para ausentarse del plantel en casos especiales y con la autorización escrita del acudiente. El profesor verificará dicha autorización y dejará salir al alumno bajo responsabilidad del estudiante y su acudiente; si no hay permiso de sus Padres o acudientes, no podrá autorizarse la salida del alumno. Esta salida debe quedar registrada en el formato de salida de portería. CAPITULO 14 ACOSO ESCOLAR Y DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Atendiendo a los mandatos de la ley 1620 de marzo de 2013, la Institución Educativa como parte del sistema nacional de convivencia escolar establece los siguientes criterios para darle aplicabilidad a dicha ley. (Ver anexo 3 y 4 – Rutas) Artículo 44. Principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. 1. Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema.


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2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción. 3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones Educativas son autónomos en concordancia con la constitución política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones. 4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 5. Integralidad: La filosofía del Sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes. Artículo 45. Definición de conceptos 1.

Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.

2.

Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables.

3. Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un


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estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. 4. Ciberbullying o ciberacoso escolar: Es la forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. Artículo 46: Comité de convivencia. La ley 1620, con el fin de promover los derechos, humanos, sexuales y reproductivos y prevenir y atender los caso de violencia escolar crea un sistema de convivencia con sus niveles nacional, regional e institucional concretados en comités de convivencia cuyo propósito es el de identificar, analizar y resolver los conflictos entre los diferentes actores de la comunidad Educativa. Para el caso de las instituciones Educativas se crea un comité con las siguientes características y funciones: 1. Conformación El comité escolar de convivencia estará conformado por: •

El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité

El .Personero estudiantil.

El docente con función de orientación.

El coordinador cuando exista este cargo.

El presidente del Consejo de Padres de familia.

El presidente del Consejo de estudiantes.

Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.


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PARÁGRAFO: El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad Educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. 2. Funciones: a) Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. b) Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad Educativa. c) Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad Educativa. d) Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad Educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad Educativa. El estudiante estará acompañado por el Padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. e) Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. f)

Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

g) Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la


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Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. h) Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. 3. Reglamento interno del comité de convivencia a) El quórum decisorio será la mitad más uno y no se podrá sesionar sin la presencia del Rector (a). b) Sesionará como mínimo una vez cada dos meses y se realizaran reuniones extraordinarias cuando las circunstancias lo amerite. Será convocada por la Rector (a) o por solicitud de cualquiera de los integrantes. c) Actas. De todas las sesiones que adelante el Comité de Convivencia Escolar se deberá elaborar un acta, la cual deberá contener como mínimo lo siguiente: • • • • • • • • • •

Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la reunión. Registro de los miembros del Comité que asistieron a la sesión, precisando en cada caso la entidad o sector que representan y verificación del quórum. Registro de los miembros del Comité que presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión. Indicación de los medios utilizados para comunicar la citación a los miembros del Comité. Síntesis de los temas tratados en la reunión, así como de las acciones, medidas recomendaciones, conceptos adoptados y sentido de las votaciones. Firma del Rectora del Comité y del Secretario Técnico, una vez haya sido aprobada por los asistentes. El Comité de Convivencia Escolar deberá garantizar el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el marco de las actuaciones que éste adelante. Se respetara el uso de la palabra por parte de los asistentes. Se pondrán los celulares en modo de vibración. Cuando alguno de los integrantes falte sin justificación mas de tres veces continuas o discontinuas, será reemplazado utilizando los mecanismos establecidos para su elección.


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Artículo 47. Responsabilidades de los Rectores frente a la formación de derechos humanos, educación para la sexualidad y la prevención de la violencia escolar. 1. Liderar el comité escolar de convivencia 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el Manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo. 4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. Artículo 48. Responsabilidades de los docentes frente a la formación de derechos humanos, educación para la sexualidad y la prevención de la violencia escolar. 1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. 2. Iidentificar, prevenir, detectar y denunciar el abuso sexual de que puedan ser víctima los educandos, dentro y fuera de los establecimientos educativos. 3. El docente está obligado a denunciar ante las autoridades administrativas y judiciales competentes, toda conducta o indicio de violencia o abuso sexual contra niños, niñas y adolescentes del que tenga conocimiento. ( ley 1146 de 2007 art 11 y 12) 4. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 5. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.


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6. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de convivencia Artículo 49. Ruta de atención integral para la convivencia escolar Los artículos 29 y 30 de la ley 1620 contienen la definición de ruta de atención y establecen los cuatro componentes de la misma: Promoción, prevención .atención y seguimiento. En todos ellos tiene intervención y obligaciones los tres niveles del sistema de convivencia escolar. A nivel institucional el proyecto Educativo institucional establece para el COMPONENTE DE PROMOCIÓN, la definición de unos valores y creencias básicas tales como: El respeto, el orden, la responsabilidad además de la exaltación del estudiante como el centro del proceso educativo y como sujeto de derechos contenidos en la constitución y la ley. En consecuencia el plan de estudios se diseña en el marco de un modelo pedagógico humanista y se orienta en la adquisición de logros en el saber, en el hacer y sobretodo en el ser. Los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad Educativa están contemplados en el Manual de convivencia son publicados de manera amplia tanto en lo físico como en lo virtual. PARA EL COMPONENTE DE PREVENCIÓN: Se ejecuta el programa de prevención de riesgos psicosociales que se desarrolla en cuatro líneas: 1. Protección del medio ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, al igual que el potenciamiento del orden, la salud y la higiene.

2. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, el respeto y en general la formación en derechos humanos, construcción de ciudadanía y el fomento de una sana convivencia.

3. La educación sexual impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas y físicas y afectivas de los educandos según su edad y tendiente especialmente a la prevención de embarazos tempranos y de las enfermedades de trasmisión sexual.

4. Prevención de consumos de drogas narcóticas, del alcohol y del cigarrillo. Este programa se realiza bajo la metodología tipo taller y permite el trabajo colectivo de los grupos con base en los saberes previos obtenidos en las diferentes áreas, temas especiales de cada línea del programa, conversatorios y debates sobre los mismos. El programa se inicia en el mes de febrero y culmina en el mes de octubre. En cada una de las semanas del mes se utilizará una hora de la jornada del día


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miércoles para trabajar el taller correspondiente a una de las cuatro líneas establecidas. COMPONENTE DE ATENCIÓN: La ruta de atención integral se inicia cuando se detecta una agresión continua y sistemática a la integridad física o emocional de un miembro de la comunidad Educativa por otros u otros miembros de dicha comunidad y que ha sido registrada, documentada en los formatos establecidos. Igualmente cuando se confirma un caso de acosos sexual a cualquiera de los miembros de la comunidad Educativa. Para la aplicación de este componente es necesario tener en cuentra la siguiente clasificación de situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 1. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. 3. Situaciones Tipo III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana. Artículo 50. Protocolo para situaciones tipo I: 1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia en el observador del alumno. 3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos para situaciones tipo II.


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4. Estas actuaciones corresponde ejecutarlas al docente conocedor de la situación. Protocolo para situaciones de tipo II Pasos 1

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2

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Situación En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. Informar de manera inmediata al Padre, Madre o acudiente de todos los estudiantes involucrados.

Responsable Cualquier docente o directivo docente conocedor del hecho

Registro Registro en el observador del alumno.

Docente o Constancia en directivo el observador conocedor del alumno del hecho. El docente que atiende el caso Docente Registro registra en el formato establecido las formato conductas constitutivas de los acosos escolares o violación de derechos con sus respectivas acciones pedagógicas y las traslada a coordinación. La coordinación convoca a los Coordinación Registro en estudiantes comprometidos al igual formato que sus acudientes para precisar los correspondiente hechos y determinar si se configura o no un caso de acoso escolar y tomar los primeros correctivos pedagógicos. De continuar la situación de agresión Coordinación o violación de derechos sexuales y reproductivos se dará traslado al comité de convivencia para aplicar correctivo. Se hará seguimiento a los Rector o su correctivos delegado

Protocolo para situaciones Tipo III

Formato establecido para la remisión Registro en el formato


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Pasos 1

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Situación En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. Informar de manera inmediata al Padre, Madre o acudiente de todos los estudiantes involucrados.

Responsable Cualquier docente o directivo docente conocedor del hecho

Además de comunicarse a la autoridad competente, la Rectora reunirá el comité de convivencia para tratar el caso y continuar con las acciones disciplinarias de acuerdo con el Manual de convivencia institucional Se hará seguimiento a las decisiones de las autoridades competentes y a los correctivos establecidos por el comité de convivencia. Reporte del casos al comité de convivencia municipal

Rectora (a)

Registro Registro en el observador del alumno.

Docente o Constancia directivo en el conocedor del observador hecho. del alumno El presidente del Comité Escolar de Rector (a) Constancia Convivencia de manera inmediata y en formato por el medio más expedito, pondrá la establecido situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.

3

4

3

4

Constancia en actas

Rector o su Registro en el delegado formato Rector (a)

Oficio remisorio

. C APITULO 15 EL GOBIERNO ESCOL AR Artículo 51. Constitución. El gobierno escolar está constituido por los siguientes órganos: 1. Consejo Directivo: como instancia de dirección académica y administrativa, con la participación de la comunidad Educativa. 2. Consejo Académico: como instancia de orientación pedagógica. 3. El Rector: como representante legal de la Institución Educativa y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar. Artículo 52. El Consejo directivo


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1. Justificación. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, en su articulo 20, respecto de los órganos del gobierno escolar, se define al “CONSEJO DIRECTIVO” como instancia directa de participación de la comunidad Educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. El Rector de la Institución lo preside y lo convoca ordinariamente una vez por mes o extraordinariamente cuando lo considere necesario. 2. Conformación Está compuesto por: 1. El (la) Rector (a). 2. Dos representantes de los profesores. 3. Dos representantes de los Padres de familia. 4. Un representante de los alumnos. 5. Un representante de los exalumnos. 6. Un representante del sector productivo. 3. Proceso para su conformación La elección de los representantes al Consejo Directivo se hará por elección democrática entre cada uno de los estamentos que conforman la comunidad Educativa así: Los docentes: En una asamblea de docentes se escogen de manera democrática dos (2) docentes entre los que se postulen para representarlos en el Consejo Directivo. Los estudiantes: El Consejo estudiantil escoge un estudiante del grado 11 que los represente en el Consejo Directivo. Los Padres de familia: La asociación de Padres de familia escoge en asamblea un representante para el Consejo Directivo; a su vez el Consejo de Padres escoge al otro representante para esta misma corporación. El exalumno: Elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos o en su defecto, por quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior el cargo de representante de los estudiantes. El representante del sector productivo: El representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.


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Artículo 53. El Consejo académico 1. Definición. Es un órgano consultivo y asesor del establecimiento educativo para adelantar la orientación pedagógica de la Institución, colaborando en la adopción de pedagogías, metodologías y didácticas, adecuadas al Proyecto Educativo Institucional. 2. Proceso para la elección de los profesores representantes al Consejo académico. En asamblea de educadores se hace una ilustración sobre la naturaleza y carácter del Consejo Académico. Para conformar el Consejo académico, las diferentes mesas de trabajo escogen un coordinador que hará parte de dicha instancia de participación. 3. Conformación del Consejo académico El Consejo Académico de la Institución Educativa la Gabriela estará integrado por: a. El Rector: quien lo preside. b. El (los) Coordinador (es) c. Los Coordinadores de las diferentes mesas de trabajo por áreas. Artículo 54. El (la) Rector (a) 1. Naturaleza del cargo. El (la) Rector (a) es la primera autoridad de la Institución Educativa y responsable legal de la Institución, de su Administración y funcionamiento. 2. Funciones. La Ley 715 de 1994 en su artículo 25 define las funciones del Rector. Además la Ley 992 de mayo 21 de 2002 (Fondo de servicios educativos) establece las siguientes funciones: a. Elaborar el proyecto anual del presupuesto del fondo de servicios educativos de la respectiva Institución y presentarlo para aprobación al Consejo Directivo. b. Elaborar el flujo de caja del fondo estimado mes a mes, hacerle los ajustes correspondientes y presentar los informes de ejecución por lo menos cada tres meses al Consejo Directivo.


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c. Elaborar los proyectos de adicción presupuestal debidamente justificados y presentarlo para su aprobación al Consejo Directivo así como también los proyectos relacionados con los traslados presupuestales. d. Celebrar los contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, con cargos a los recursos del fondo, de acuerdo con el flujo de caja y el plan operativo de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuestal y de tesorería. e. Firmar los estados contables y la información financiera requerida y entregarla en los formatos y fechas fijadas para tal fin. f.

Efectuar la rendición de cuentas en los formatos y fechas establecidas por el ente de control.

g. Publicar en un lugar visible y de fácil acceso de la Institución el informe de ejecución de los recursos del fondo de servicios educativos, con la periocidad que indique el Consejo Directivo. h. Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las autoridades Educativas de la entidad territorial que tiene a su cargo el establecimiento educativo estatal, incluyendo el excedente de recursos no comprometidos si los hubiere. CAPITULO 16 PARTICIPACIÓN DE LOS ESTUDIANTES Ar tículo 55. El Consejo de los estudiantes Es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Estará integrado por un vocero de cada uno de los grados ofrecidos por la Institución. 1.

Conformación

Dentro de las primeras cuatro semanas del calendario académico los docentes de la Institución realizarán un trabajo con los alumnos sobre liderazgo, democracia y participación. Luego el (la) coordinador (a) del comité de sociales del establecimiento convocará las asambleas de estudiantes integradas por los alumnos de cada grado, con el fin de que elijan en cada uno de sus grupos el vocero estudiantil para el año lectivo. Los alumnos elegidos conformarán el Consejo de los Estudiantes. 2. .Funciones


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1. Darse su propia organización interna. 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la Institución y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia. Ar tículo 56. El Personero de los estudiantes Es un alumno del último grado que representa a sus compañeros y sirve como promotor de los derechos y deberes consagrados en la Constitución y las leyes de Colombia y en el Manual de Convivencia de la Institución Educativa la Gabriela. 1. Requisitos para ser Personero: Los requisitos mínimos para ser elegido Personero (a) estudiantil son: a) Ser alumno del grado once ( ya matriculado). b) Demostrar conocimiento acerca del Manual de Convivencia. c) Inscribirse en las fechas fijadas, sustentando los motivos de su postulación. 2. Proceso para la elección . a) El (la) coordinador (a) de la mesa de trabajo del área de ciencias sociales de la Institución convocará a todos los estudiantes con el fin de elegir el Personero Estudiantil durante los primeros 60 días de iniciado el año escolar. b) Los candidatos se inscribirán ante el (la) coordinador (a) de la mesa de trabajo de ciencias sociales presentando un resumen de sus propuestas por escrito. c) Durante las dos semanas siguientes a su inscripción los candidatos se darán a conocer y presentarán sus propuestas ante todo el alumnado a través de diferentes medios de comunicación de la Institución en las oportunidades fijadas por el (la) coordinador (a) del Comité de democracia. d) Una semana antes de la elección el (la) coordinador (a) de la mesa de trabajo de sociales diseñará y elaborará el tarjetón.


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e) A más tardar dos días antes de la elección los Directores de grupo recibirán una capacitación sobre el manejo del programa de Personero para acompañar a los estudiantes. f) Los docentes Directores de grupo acompañaran a los estudiantes a realizar su voto tanto de Personero como de Contralor en el programa adquirido para tal fin en la fecha que se establezca para esta actividad g)

Los integrantes de la mesa de trabajo del área de sociales con el acompañamiento de los candidatos, al finalizar la votación escrutara los votos y levantará un acta con los resultados de dicha votación

h) Los integrantes de la mesa de sociales le entregará al coordinador del comité de democracia y a Rectoría a más tardar el día siguiente de la elección el acta con los resultados de la ésta. i) El alumno elegido se posesionará a más tardar dentro de los ocho días siguientes ante todos los alumnos y los demás estamentos del gobierno escolar. 3. Funciones . a) Hacer parte del comité de convivencia y asistir a todas las reuniones. b) Promover el cumplim iento de los derechos y deberes de los alumnos, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna de la Institución Educativa, pedir la colaboración al Consejo de estudiantes, organizar foros y formas de deliberación. c) Servir de intermediario con el profesorado y los directivos en la solución de dificultades de carácter académ ico o disciplinario con base en las normas estipuladas en el Manual de Convivencia. d) Mantener unas adecuadas relaciones con los profesores y directivos de grupos, facilitando el diálogo en primera instancia para aclarar dudas respecto a cualquier situación que pueda presentarse en el cumplimiento de las normas. e) Reunirse periódicamente con el (la) Rector (a) a fin de asesorarse en el cumplimiento de sus funciones.


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f)

Asistir a las capacitaciones programadas por los diferentes estamentos.

g) Presentar ante el (la) Rector (a) las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesar io para proteger los derechos de los alumnos y facilitar el cumplimiento de sus deberes. h) Las demás que le sean asignadas por el Consejo Directivo. Ar tículo 57. Contralor y Vicecontralor estudiantil La figura de Contralor y Vicecontralor estudiantil fue creada por acuerdo municipal N° 015 de julio 6 de 2010. Para la elección de Contralor y Vicecontralor se hace el mismo procedim iento que para la elección de Personero y se realiza en la misma fecha. De dicha elección se levantará un acta, firmada por el Rector y representante de la asociación de Padres de Familia, la cual será enviada a Contraloría municipal y la secretaria de educación. Los aspirantes a Contralores y Vicecontralores deben ser estudiantes del grado decimo. 1. Funciones del Contralor estudiantil • • • • • •

Promover y vigilar el buen uso de los recursos y bienes públicos de la Institución Educativa . Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos por el mal uso o destinación de los bienes muebles o inmuebles de la Institución Educativa. Velar por la correcta destinación y ejecución de los recursos de los fondos de servicios educativos. Promover la rendición de cuentas de la Institución Educativa. Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y a Consejo directivo sobre el manejo del presupuesto y utilización de los bienes de la Institución. Comunicar a la comunidad Educativa los resultados de su gestión.


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C APITULO 17 PARTI CIPACION DE LOS PADRES DE FAMI LI A Ar tículo 58. El Consejo de Padres . El familia es un órgano de participación establecimiento educativo destinado a participación en el proceso educativo y a calidad del servicio.

Consejo de Padres de de los Acudientes del asegurar su continua elevar los resultados de

1. Conformación Estará integrado por mínimo un (1) y máximo tres (3) Acudientes por cada uno de los grados que ofrezca el establecimiento educativo, de conformidad con lo que establezca el Proyecto Educativo Institucional –PEI-. Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, el (la) Rector (a) del establecim iento educativo convocará a los acudientes de los alumnos para que elijan a sus representantes en el Consejo de Padres de familia. La elección de los representantes de los acudientes para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayor ía simple, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los Padres o acudientes, o del número de los Padres o acudientes presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión. 2. Estructura y funcionamiento El Consejo de Padres de Familia podrá organizar los comités de trabajo que guarden afinidad con el Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo, de conformidad con los planes de trabajo que acuerde con el (la) Rector (a). Los comités podrán contar con la participación de un directivo o docente del establecimiento educativo designado por el (la) Rector (a) para tal fin. Se reunirá como mínimo tres veces al año por convocatoria del (la) Rector (a), o por derecho propio. Las sesiones del Consejo de Padres serán presididas por un Padre de familia, elegido por ellos mismos. 3. Funciones Corresponde al Consejo de Padres de familia: 1. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 2. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.


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3. Promover actividades de formación de los Acudientes encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. 4. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad Educativa. 5. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. 6. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 7. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los Acudientes de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 8. Elegir un representante de los Acudientes en el Consejo Directivo del establecimiento educativo. Artículo 59. La asociación de Padres de familia. La asociación de Padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los Padres de familia de los estudiantes matriculados en el establecimiento educativo. 1. Conformación El procedim iento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión estarán claramente separados de los del establecim iento educativo. 2. Finalidades a) Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo. b) Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad Educativa. c) Promover los procesos de formación y actualización de los Acudientes. d) Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.


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e) Promover entre los Acudientes una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad. f) Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los estudiantes y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral. C APITULO 18 LOS EDUCADORES Artículo 60. Funciones generales de los educadores De acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 179 de 1982 son sus funciones de los docentes: 1. Formular, coordinar y ejecutar los programas, proyectos, actividades tendientes a desarrollar el P.E.I. presentando indicadores de resultados a la comunidad Educativa. 2. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje. 3. Dirigir y orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad, darles tratamiento y ejemplo formativo. 4. Participar activamente en las actividades complementarias. 5. Presentar los informes solicitados al superior en forma oportuna. 6. Responder por la documentación a su cargo que se encuentra en la Institución. 7. Participar en la administración de los alumnos conforme lo determine el Manual de Convivencia y aplicar correctamente el debido proceso y presentar los casos especiales al comité de evaluación para su tratamiento. 8. Presentar periódicamente informes al superior inmediato sobre el desarrollo de las actividades propias de su cargo. 9. Participar en los comités en que sea requerido. 10. Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes. 11. Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados. 12. Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones indicadas por las directivas del plantel. 13. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. 14. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr una coordinación con otras entidades las soluciones más adecuadas. 15. Atender con diligencia, eficacia e imparcialidad a los estudiantes, compañeros y Acudientes. 16. Cuidar los bienes y enseres de la Institución y responder por los daños causados por acción u omisión.


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17. Mantener informados a los alumnos de las actividades que se vayan a realizar en la Institución en el transcurso de la semana, el mes, el semestre o año. 18. Velar por la seguridad de los estudiantes en la Institución. 19. Y las demás funciones que le requiera el directivo, la ley y los reglamentos. Artículo 61. Funciones del docente encargado de dirección de grupo El docente es un orientador y un guía según la ley 734, en relación a los estudiantes. 1. Participar en el planeamiento y programación de la administración de los alumnos teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales. 2. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo confiados a su dirección. 3. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. 4. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y buscar alternativas de solución en compañía del acudiente. 5. Establecer comunicación permanente con los profesores y los Acudientes o acudiente para coordinar la acción Educativa. 6. Diligenciar las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo. Artículo 62. Funciones del docente encargado de la disciplina. 1. Supervisar los aseos generales. 2. Manejar de forma responsable las llaves de la Institución que le sean asignadas. 3. Velar por la buena presentación de los estudiantes. 4. Atender respetuosamente las inquietudes y solicitudes de la comunidad Educativa, cuando no se encuentre los directivos docentes. 5. Recibir inquietudes y necesidades de los docentes en ausencia del directivo. 6. Velar por el completo orden y seguridad de la Institución durante toda la jornada. 7. Mantener informada a la comunidad Educativa sobre las novedades de la Institución. Artículo 63. Deberes de los educadores Los consagrados en los artículos 34, de la ley 734 del 7 de febrero de 2002 y además:


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1. Acudir puntualmente al aula de clase y permanecer en ella durante el desarrollo de las actividades pedagógicas. 2. Desarrollar las actividades con los estudiantes de acuerdo al cronograma y al plan de estudios. 3. Acompañar a los estudiantes en las actividades curriculares y extracurriculares. Artículo 64. Derechos de los educadores Son los consagrados en el articulo 33 de la ley 734 de 7 de febrero de 2002. Artículo 65. Prohibiciones Los consagrados en el artículo 35 de la ley 734 del 7 de febrero de 2002 y además: 1. Utilizar a los estudiantes para servicios personales dentro y fuera de la Institución. 2. Abandonar las labores Educativas y el establecimiento sin el respectivo permiso por escrito del(a) Rector(a). Artículo 66. Estímulos a) Reconocimiento en forma verbal ante el grupo de educadores y la comunidad Educativa. b) . Reconocimiento por escrito. c)

Placas de reconocimiento por excelencia

d) Capacitación por parte de la Institución. CAPITULO 19 SERVICIO DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR El servicio de alimentación de alimentación escolar es presentado por el ministerio de educación nacional y el ICBF a través de operadores. El objetivo de este programa es contribuir a mejorar el desempeño académico, apoyar la vinculación y permanencia en el sistema educativo la promoción de hábitos alimentarios en la población escolar, mediante la entrega diaria de un complemento alimentario: desayuno o almuerzo durante la jornada escolar. Este programa se ejecuta a través del restaurante escolar, que tendrá las siguientes normas: a) El espacio del restaurante es para uso exclusivo de las manipuladoras y como mínimo tres vigías.


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b) El ingreso de Acudientes al área del restaurante para darle los alimentos a sus hijos, está prohibido. c) Está prohibido despachar o sacar alimentos de la Institución. d) En los días hábiles que no haya clase, los estudiantes deben asistir al restaurante escolar. e) En el momento de consumir los alimentos debe mantener el orden, el aseo y respeto. f) Por ningún motivo se deben botar o desperdiciar alimentos. g) Antes de ingresar al restaurante los alumnos beneficiarios deben lavarse las manos y hacerlo en orden y disciplina. h) Para la escogencia de los alumnos beneficiarios se tendrá encuentra en primer lugar a los alumnos desplazados, alumnos que presenten problemas de nutrición y estudiantes embarazadas. CAPI TULO 20 DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN Ar tículo 67. Comunicación con alumnos La comunicación interna del establecim iento se hará en forma oral utilizando el equipo de sonido y en forma escrita, a través del noticiero escolar, circulares y notas o comunicados que se envían a los educadores y alumnos y a través de medios electrónicos como la página web, Facebook y correos. Ar tículo 68. Comunicación con Acudientes: La comunicación con los Acudientes se hace a través de los alumnos por medio de circulares y a través de la página web institucional. Ar tículo 69. Comunicación con los docentes: La comunicación con los docentes se realizara a través de circulares, memorandos, correos establecidos para tal fin, página web, correos electrónicos, Facebook, entre otros. La comunicación con otros entes como Secretaria de educación o la comunidad se hace a través de correos de la página web.


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C APITULO 21 ENCARGOS HECHOS A LA INSTITUCION PAR A APROVISION AR A LOS ALUMNOS DE MATERI AL DID ACTICO DE USO GENERAL, LIBROS Y SEGUROS DE ACCIDENTES Por el carácter público de la Institución, las dotaciones de material didáctico y de libros se hará con base en el presupuesto atendiendo al desarrollo del plan operativo anual. Los seguros de accidente serán cancelados por Secretaria de educación municipal. CAPI TULO 22 LA REFORM A DEL M ANU AL DE CONVIVENCI A Las normas contenidas en este Manual sólo podrán ser derogadas o reformadas por el Consejo Directivo de la Institución Educativa la Gabriela. BIBLIOGRAFÍ A Decreto 1423 de 1993 Decreto 1860 de 1994 Ley de infancia y adolescencia 1098 de 20 Decreto 1620 de marzo 2013 Ley 1147 de 2007 FECODE. Ley 115, Ley General de Educación , Santafé de Bogotá, D.C. 1994. Fundación Universitaria LUIS AMIGÓ. Decreto 2737 de Noviembre 27 de 1989 Código del Menor . Medellín, 1990. HENAO HIDRON, Javier. Constitución Política de Colombia . Décima edición. Editorial Temis, Santa Fe de Bogotá, 1992. SUÁREZ M., Juan Rodrigo y PONCE, Nicolás, Manual para la convivencia escolar y comité interdisciplinario. Ley 1620 de 15 de marzo de 2013 Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013.


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Anexos Anexo 1


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Anexo 2: Formato de contrato pedagógico.

INSTITUCION EDUCATIVA LA GABRIELA BELLO (ANT) CONTRATO PEDAGOGICO ESTUDIANTE_______________________________ GRADO:_______ CATEGORIA: DISCIPLINARIO. DEFINICION El contrato pedagógico es un pacto de responsabilidad entre los estudiantes, los padres de familia o acudientes y la Institución Educativa, donde se establecen estrategias que permiten superar las deficiencias disciplinarias, y cuyo incumplimiento le acarrea al estudiante la suspensión, desescolarización o cancelación del contrato de matrícula si es el caso. OBJETIVOS GENERALES: 1. Facilitar al estudiante con dificultades comportamentales y a su Familia, pautas de trabajo para el mejoramiento de su comportamiento personal en la familia y en la Institución. 2. Brindar a la familia del estudiante objeto del contrato pedagógico, elementos adicionales que le permitan conocer mejor las actuaciones de sus hijos de forma que el entorno familiar facilite al estudiante el mejoramiento de su comportamiento general. 3. Asumir por parte del estudiante una actitud seria y responsable en el cumplimiento de los compromisos adquiridos personal y colectivamente.


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4. Mejorar el comportamiento personal, institucional y académico por parte de los estudiantes. SUSCRIBIENTES DEL CONTRATO: a. ____________________________ En calidad de rector(a) de la Institución Educativa la Gabriela y actuando como representante legal, identificado (a) con la C.C. Nº _____________de _______ b. ___________________________________ Estudiante de la Institución Educativa la Gabriela del grado_______. c. ___________________________________ identificado (a) con la C.C. ______________ de ____________, Acudiente del alumno que suscribe este contrato_____________________.

INICIACION: Día________ mes ________ año_____

CAUSALES QUE MOTIVAN EL CONTRATO: __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________


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__________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ COMPROMISOS DEL ALUMNO: __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ COMPROMISOS DEL ACUDIENTE: __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ COMPROMISOS DE LA INSTITUCION: __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________


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__________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ __________________________________________________ INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: DE PARTE DE LA INSTITUCIÓN: En caso de incumplimiento del presente contrato por parte de la Institución Educativa el comité de convivencia hará una evaluación para determinar las causas y aplicar los respectivos correctivos. DE PARTE DEL ACUDIENTE: En caso de incumplimiento del presente contrato por parte del acudiente igualmente el comité de convivencia propondrá correctivos para que el acudiente propicie o acompañe al estudiante en el cumplimiento a cabalidad su contrato pedagógico. DE PARTE DEL EDUCANDO: Si el educando incumple el contrato pedagógico o comete otra falta de igual gravedad de la que motivo el contrato, se continuará con el proceso disciplinario contemplado en el Manual de Convivencia. CUMPLIMIENTO Y TERMINACION DEL CONTRATO Si a juicio del Rector(a) el educando no incurre en falta alguna considerada como grave durante al menos dos periodos académicos consecutivos y su comportamiento a mejorado ostensiblemente este


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contrato se dar谩 por cumplido y por ende terminado. La decisi贸n se comunicara al estudiante y al acudiente. ASPECTOS GENERALES: En todo caso, el estudiante debe estar asistido por el personero estudiantil. FIRMAS: Para sus efectos, se firma este contrato en la Instituci贸n Educativa la Gabriela del municipio de Bello el d铆a________ de __________ de 20__

_______________________ Rector(a)

__________________________ Acudiente.

Anexo 3

______________________ Estudiante


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Anexo 4


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