Remembranzas de la institucionalidad en la pesca peruana

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REMENBRANZAS DE LA INSTITUCIONALIDAD EN LA PESCA PERUANA

EL SISTEMA LABORAL EN LA PESQUERIA INDUSTRIAL Y DE ANCHOVETA7 No sería justo referirse a la anchoveta sin hacer referencia a los hombres que hacen posible su captura. La flota pesquera industrial o de mayor escala que se dedica a la captura, no solo de anchoveta sino de todas las otras especies, merece ser destacada y visibilizada. La Constitución Política del Perú reconoce el derecho al trabajo, el derecho a la negociación colectiva, así como el derecho universal y progresivo a la seguridad social y el derecho a recibir una pensión. La legislación interna se complementa con un conjunto de normas internacionales entre las que destacan los instrumentos internacionales relativos a derechos humanos y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); todas ellas constituyen un marco jurídico de interpretación de los derechos que la Constitución reconoce. En cuanto a los sistemas de pensiones y seguridad social de salud, la fuerza laboral del sector pesquero contaba con la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador-CBSSP (actualmente en liquidación) y cuenta con el Seguro Social de Salud – Essalud. Asimismo los pescadores cuentan con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo creado por la Ley 26790 (de Modernización de la Seguridad Social en Salud) el cual brinda cobertura de salud, cobertura de invalidez y sepelio. Con la expedición del Decreto Supremo Nº 009-2005-TR, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, se pretende instaurar una cultura de prevención de riesgos laborales de manera que la salud y la seguridad de los trabajadores se encuentre protegida desde dos enfoques, el preventivo y el reparador. De esta manera dicha norma establece la necesidad de que las empresas cuenten con un sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo, el cual responda a una evaluación de los riesgos propios de la empresa. Cabe distinguir que los pescadores artesanales no están comprendidos en este sistema laboral, básicamente debido a la informalidad de los armadores artesanales. Si estos dispusiesen de un RUC y una planilla que incorpore a sus tripulantes pescadores, estos quedarían bajo la cobertura del sistema se seguridad social y de salud existente. El sistema de pensiones En Perú la creación de un sistema público de pensiones fue dispuesta en 1936 por la Ley N° 8433 que estableció el Seguro Social Obligatorio, el cual ha sufrido diversos cambios desde entonces. El Sistema Público de Pensiones en Perú opera actualmente bajo el esquema paralelo en el que coexisten básicamente dos sistemas: a. Sistema Nacional de Pensiones (SNP) – D.L. Nº 19990; y, b. Régimen laboral del D.L. Nº 20530 (actualmente cerrado a nivel constitucional, Ley Nº 28389, Ley Nº 28449) Cuando un trabajador realiza labores como dependiente, está obligado a aportar a un sistema de pensiones, debiendo el empleador realizar las retenciones mensuales de sus haberes correspondientes. El trabajador deberá elegir el sistema de pensiones de su preferencia, para lo cual tiene dos vías: • El Sistema Nacional de Pensiones (SNP) es un régimen pensionario del tipo de capitalización colectiva o sistema de reparto cuya administración está a cargo de un organismo del Estado, la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el cual los fondos de los trabajadores que

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COSTOS LABORALES, FONDOS DE APORTE PROVISIONALES Y DERECHOS DE PESCA EN LA PESQUERIA INDUSTRIAL DE ANCHOVETA EN PERÚ, Marcos Kisner Bueno

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