la Capacitaci6n de los Miembros de Colegios Electorales" Facilitador", disenadas para el proceso electoral.
"Gufa del
OCTAVO: Al cierre de las votaciones, concluidos los procesos de Sufragio y Escrutinio, los Presidentes y Secretarios de cada Colegio acompanados de los Delegados de Partidos Politicos que asf 10 deseen, y del Facilitador de colegio bajo la supervision de la OCLEE, retiranin los materiales electorales oficiales, y los transportaran hasta el Centro de Operaciones 0 Centro de Computos de cada OCLEE, para su recepci6n y procesamiento, conforrne 10 establecen los Art. 138 y siguientes de la Ley 275/97. NOVENO: Para poner este procedimiento en funcionamiento, previamente se realizara una prueba de reconocimiento de cada uno de los Recintos de Votaciones, asf como las rutas y tiempo de acceso a esos lugares, con los miembros de la OCLEE y los facilitadores. DADA en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los nueve (9) dfas del mes de mayo del ano dos mil ocho (2008).
Resoluci6n No. 00812008 de fecha 09 de mayo del 2008
Resoluciones y Disposiciones de la Camara Administrativa Proceso Electoral 2008
115