Manual con preguntas frecuentes Bases y Documentos Directivos y Profesionales CONVOCATORIA 2012

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MANUAL DE PREGUNTAS FRECUENTES PROCESO DE POSTULACIÓN PROFESIONALES

PLAN DE FORMACIÓN DE DIRECTORES 2012

Mayo de 2012 0


A.

Preguntas Frecuentes

A continuación se describe el manual de Preguntas, su contenido está organizado según el contenido de las Bases de Postulación de los Profesionales:

I.

¿Qué es el Plan de Formación de Directores?

1. ¿En qué consiste el Plan de Formación de Directores? El Plan de Formación de Directores es una iniciativa liderada por Ministerio de Educación a través del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas (CPEIP), que busca formar a profesionales destacados en los conocimientos y capacidades que les permitirán transformarse en los futuros directores de excelencia de Chile. El plan se concreta a través de becas entregadas a profesionales seleccionados por el MINEDUC según sus antecedentes académicos, profesionales y motivacionales. Serán los propios becarios quienes elegirán el programa académico del cual quieren participar, entre los seleccionados previamente por el MINEDUC. 2. ¿Qué tipo de acciones formativas comprende el Plan de Formación? Las acciones formativas o tipo de programas consisten en estudios de magíster, diplomado, pasantía y cursos. 3. ¿Qué Instituciones impartirán acciones de formación? Las que conforman la lista de las seleccionadas por el CPEIP para el proceso 2012 y que se encuentran informadas en el sitio web del mismo, www.cpeip.cl. 4. ¿En qué consiste la beca? Los beneficios otorgados a los becarios son los siguientes: 1. El financiamiento corresponde al 90% del costo total del Programa de Formación, incluido los conceptos de matrícula y arancel, el cual será pagado directamente a la Institución de Formación que imparta dicho programa. El 10% restante del valor del programa deberá ser pagado directamente por el becario a la institución, según el plazo y forma establecida por ésta. La institución formadora no podrá exigir ningún otro pago distinto a este 10% por concepto de matrícula o arancel. 2. Asignación mensual de manutención, por concepto de traslado. Ésta será calculada considerando sólo los meses en los que el programa adjudicado imparta clases presenciales, y de acuerdo a los valores establecidos en la tabla para cálculo de la asignación mensual por concepto de traslado contenida en las bases. 3. Cualquier gasto que exceda los montos de los beneficios señalados en las presentes bases y/o en el convenio serán de cargo del becario.

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5. ¿Qué duración tiene la beca? La beca tendrá la misma duración que el programa académico respectivo. Esta duración no podrá exceder el plazo de 12 meses para el magíster y cursos, 6 meses para el diplomado y 4 meses para el caso de las pasantías; plazo contado a partir de la fecha de inicio de los estudios en la institución. Los cursos no tienen un máximo de duración.

II.

¿Quiénes pueden postular a la beca?

6. ¿Quiénes pueden postular a la beca? Podrán postular todos los profesionales de la educación y aquellas personas que cumplan con los requisitos en el Art 24, inciso final, del Estatuto Docente (DFL n°1, de 1996 del Mineduc), y que se hayan desempeñado a lo menos durante tres años como profesionales de la educación en establecimientos educacionales. 7. ¿Qué significa cumplir con el Art. 24, inciso final, del DFL n°1, de 1996 del Mineduc, del Estatuto Docente? Significa tener un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y hayan ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional. Quienes cumplan con este requisito también podrán incorporarse a la función directiva. 8. ¿Cuáles son los requisitos generales de postulación?       

Ser chileno/a o extranjero/a con permanencia definitiva en Chile. Ser profesional de la educación o cumplir con lo establecido en el artículo 24, inciso final, del Estatuto Docente, para incorporarse a la función docente directiva. Haberse desempeñado a lo menos durante tres años como profesional de la educación en establecimientos educacionales. No mantener morosidad u obligación pendiente con instituciones públicas derivadas de su situación de Becario, como tampoco tener morosidad derivadas del crédito solidario o del crédito con aval del Estado. No encontrarse actualmente formalizado en un proceso penal, ni haber sido condenado por crimen o simple delito. No haber participado, en calidad de becario, del Plan de Formación de Directores, convocatoria 2011. Presentar solo una postulación, con 3 preferencias de programas.

9. ¿Existe límite de edad para postular a la Beca? No existe un límite de edad como requisito para postular a las becas. Sin embargo, al momento de hacerlo debe contemplar que la retribución de aquella requiere que usted se encuentre laboralmente activo para postular al cargo de director.

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III.

¿Cómo y cuándo puedo postular al programa de perfeccionamiento?

10. ¿Dónde puedo retirar las Bases de postulación? Las bases están a disposición de los interesados en el sitio web www.cpeip.cl durante todo el proceso de postulación. Además, están disponibles para su retiro en la Oficina de Partes del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas CPEIP, ubicada en Camino Nido de Águilas N° 14.557 comuna de Lo Barnechea, o en la Oficina de Partes del Ministerio de Educación, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1370, Santiago, a partir del día siguiente (15 de mayo) siguiente a su publicación en la página web www.cpeip.cl, junto con los formularios respectivos. 11. ¿Cuál es el plazo para postular? La postulación tiene una duración de 25 días de corridos desde la publicación de las bases, comenzando el día 15 de mayo de 2012 y finalizando el 8 de junio a las 16:00 horas. No se recibirá por ningún medio, documentación, antecedentes y/o información fuera del plazo estipulado. Todas aquellas entregadas fuera del tiempo establecido serán consideradas fuera de bases. 12. ¿Cómo puedo postular? Para postular debe ingresar a la plataforma de postulación, disponible en la página web www.cpeip.cl, en el cual se encuentra un acceso directo a la plataforma de postulación “Formación Directores de Excelencia: Postule aquí”. Los postulantes deberán completar un formulario en línea y acompañar la información requerida con los documentos solicitados en las bases. 13. ¿Puedo postular por otra vía que no sea la electrónica? En caso que no pueda postular en la plataforma por dificultades o problemas, puede hacerlo presentando los formularios y antecedentes requeridos en papel, adjuntando además un CD con toda la documentación requerida en archivos en formato PDF, DOC o DOCX de no más de 1.024 kb cada uno. Las postulaciones en papel deberán entregarse antes del cierre de postulación el día 8 de junio a las 16:00 horas. Ésta deberá ser entregada en sobre cerrado indicando “Beca Plan de Formación de Directores”, en la siguiente dirección: Oficina de Partes de Camino Nido de Águilas N° 14.557, comuna de Lo Barnechea, Santiago de Chile o en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1370, Oficina de Partes. Si se presenta la misma postulación mediante la plataforma y en formato papel, prevalecerá la postulación online y los antecedentes adjuntados a la postulación realizada a través de la plataforma. En caso de que las postulaciones sean distintas, se considerarán ambas fuera de bases. 14. ¿Qué pasa si postulé y no quedé seleccionado en el proceso anterior, puedo postular en esta convocatoria? Sí, mientras no haya participado en la calidad de becario en el proceso anterior, puede hacerlo.

IV.

¿Qué características deben tener los documentos solicitados en la postulación?

15. Los documentos adjuntados no pueden visualizarse claramente, ¿Perjudica mi postulación esta situación? Sí lo perjudica. Los documentos que usted debe adjuntar en su postulación, deben ser claros y legibles, de lo contrario serán considerados fuera de bases.

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16. ¿Puedo presentar mi postulación si me falta un documento de respaldo? Las postulaciones incompletas, así como aquellas que presenten documentación no solicitada, ilegible, inconsistente, incorrecta o contradictoria, serán declaradas fuera de bases. 17. ¿Se requiere de documentos originales o pueden ser copias? Los documentos pueden ser originales o copias autorizadas ante notario. Para las postulaciones a través de la plataforma web, deberán presentarse copias escaneadas de los documentos originales o de sus copias autorizada ante notario. Sin embargo, éstos serán solicitados en su versión original una vez que el postulante se adjudique la beca.

V.

¿Qué documentos se piden al momento de postular?

18. ¿Qué documentos de postulación debo presentar? Cada postulación, ya sea presentada en línea o en papel deberá estar acompañada de los siguientes documentos obligatorios. Para las postulaciones en la plataforma, deberán presentarse copias escaneadas de los documentos originales o de sus copias autorizadas ante notario. Sin embargo, éstos serán solicitados en su versión original una vez que el postulante se adjudique la beca: a) Formulario de postulación. En dicho formulario el/la postulante deberá indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible, para efectos de realizar las comunicaciones que correspondan. b) Copia legalizada del Título profesional o certificado de título. En caso de que haya sido obtenido en el extranjero, éste deberá encontrarse debidamente convalidado, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. c) En el caso de postular a un programa de magíster, el postulante debe además presentar original o copia legalizada de certificado que acredite el grado de licenciado o superior. d) Los reconocimientos profesionales significativos como Asignación de Excelencia Profesional (AEP), Red Maestro de Maestros (RMM), Asignación Variable por Desempeño Individual (AVDI), entre otros, serán obtenidos en forma interna por el CPEIP. El postulante deberá autorizar expresamente al CPEIP para estos efectos, en formulario de “autorizaciones” disponible en la plataforma de postulaciones. e) Original o copia legalizada de certificado de Ranking de egreso y/o titulación de pregrado donde se establece explícitamente el lugar que el/la postulante ocupó respecto del total de egresados y/o titulados de su promoción. En caso de no contar con tal certificación, deberá presentarse un certificado de la universidad que constate la inexistencia de tal indicador además del original o copia legalizada del Certificado de Concentración de Notas de Pregrado que incluya el promedio final de las calificaciones de pregrado. Todas las calificaciones deben estar expresadas en escala de 1 a 7. En caso contrario, el/la postulante deberá incluir un certificado emitido por la institución de educación superior de la cual egresó en el que se expliquen las equivalencias. f) Ensayo del postulante, según formato disponible en la página web: www.cpeip.cl. g) Original o copia legalizada de contrato de trabajo o decreto de nombramiento. En el evento que el postulante no se desempeñe actualmente en un establecimiento educacional, deberá acompañar certificado de residencia, otorgado por Carabineros o por la autoridad y/o persona facultada para otorgarlo, de acuerdo a la normativa vigente. 4


h) Declaración Jurada, según formato disponible en la web. i) Los postulantes que sean profesionales de la educación, deberán presentar su certificado de habilitación o autorización vigente, otorgado por Mineduc para ejercer la función docente. j) Los postulantes que sean profesionales de la educación, deberán presentar certificado(s) del(los) empleador(es), según formato disponible en la web, que acredite(n) haberse desempeñado por a lo menos 3 años como profesional de la educación en un establecimiento educacional. Se deberán presentar cuantos certificados se requieran para acreditar la experiencia de al menos 3 años. k) Quienes cumplan con el Art. 24 inciso final, del Estatuto Docente deberán presentar certificado(s) del (de los) empleador(es) que acredite(n) haber ejercido funciones docentes en un establecimiento educacional por al menos 3 años. Se deberán presentar tantos certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de experiencia. l) Quienes declaren ejercer funciones directivas (director(a), subdirector(a) o inspector(a) general), deberán adjuntar una copia del contrato de trabajo vigente, firmado por el empleador, o copia del documento en donde conste su nombramiento, donde se establezca que se está contratado actualmente como directivo. m) Los postulantes deberán presentar los “Antecedentes de desempeño profesional” realizada por su jefe directo o su superior, según formato disponible en la página web www.cpeip.cl y acorde al cargo que ejerce actualmente. Para ello deberán ingresar en el sistema de postulación el nombre y correo electrónico de dicha persona, quien recibirá automáticamente una notificación en su correo electrónico en el que se incluirá una dirección (URL) donde se deberá completar y enviar la evaluación (ver pregunta 45). n) Postulantes extranjeros/as con permanencia definitiva en Chile deberán presentar certificado vigente de permanencia definitiva en Chile otorgado por Policía Internacional, el Ministerio del Interior o la autoridad que corresponda de acuerdo a la normativa vigente. o) Los datos respecto a los puntajes obtenidos en la PSU o PAA y SIMCE serán obtenidos en forma interna por el CPEIP. El postulante sólo deberá indicar el año en que rindió la PSU o PAA y autorizar expresamente al CPEIP para estos efectos en el formulario “autorizaciones” disponible en la plataforma de postulaciones. Cada postulación, ya sea presentada en línea o en papel deberá estar acompañada de los documentos solicitados en cada etapa de la postulación. Para mayor comodidad, la lista de documentos a ser entregados en la postulación se encuentra disponible en las Bases del concurso o en la página web www.cpeip.cl, en el acceso “Formación Directores de Excelencia”.

19. ¿Cuándo es válido el certificado de ranking? Es válido cuando se expresa explícitamente el lugar que el/la postulante ocupó respecto del total de egresados y/o titulados de su promoción 20. ¿Qué pasa si mi institución no emite certificado de ranking? En caso que la institución no emita certificado de ranking, se deberá presentar un certificado emitido por esta entidad que demuestre la inexistencia de tal indicador, junto a la concentración de notas de egreso.

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21. El certificado del empleador (Certificado de experiencia) ¿sólo debe indicar experiencias anteriores? No. Usted deberá presentar tantos certificados se requieran para acreditar la experiencia de al menos 3 años en establecimientos educacionales. Si siempre se ha desempeñado en el establecimiento en el que lo hace actualmente, se debe señalar en el certificado desde qué fecha se desempeña en dicha institución (formato de certificado disponible en la plataforma web) 22. Si el cargo que ejerce actualmente es de Director, ¿los años de experiencia deben ser en esta misma función o puede ser en otra, por ejemplo docente? No es necesario que sean solamente en funciones directivas. Se deben presentar tantos certificados como sea necesario para acreditar al menos 3 años de experiencia como profesional de la educación, lo cual se refiere a funciones docentes, docentes-directivas y/o funciones técnico pedagógicas. 23. ¿Quién firma el certificado del empleador (Certificado de experiencia)? El certificado debe ser firmado por el empleador conforme al formato disponible en la web www.cpeip.cl” 24. ¿Quién es el Empleador? a) Para los postulantes que actualmente trabajan en un establecimiento educacional y no ejercen el cargo de Director, se entenderá como empleador al Director del establecimiento educacional. b) Para los que ejercen el cargo de Director, se entenderá como empleador al Jefe del DAEM, el Director de la Corporación Educacional, o el represente legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento para el caso de establecimientos particulares subvencionados o particulares pagados. c) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones, el presente cuestionario deberá ser completado por el Director de un establecimiento educacional en el cual haya trabajado con anterioridad. d) Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones y han ejercido el cargo de director, pero no tienen contrato actual o nombramiento vigente de director, el empleador corresponde a quien fue el sostenedor durante el ejercicio del cargo directivo. Es decir, el jefe del DAEM, al Director de la Corporación o al Representante legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento. e) En cualquiera de los casos anteriores en que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo. 25. Si soy profesional de la educación ¿Debo presentar el certificado de habilitación o autorización vigente? Si usted es profesor titulado, NO requiere presentar dicho documento, puesto que no requiere de habilitación o autorización para ejercer. Por el contrario, si el postulante no es profesor titulado y está habilitado o autorizado legalmente para ejercer la función docente, SÍ deberá presentar aquel documento conforme a lo establecido en las Bases de postulación. 26. ¿Dónde obtengo el certificado de autorización o habilitación docente? El certificado de autorización o habilitación docente lo puede solicitar en el Departamento Provincial de Educación o en la Secretaría Regional Ministerial de la comuna donde usted reside actualmente. 6


VI.

¿Yo tengo que ser evaluado por mi jefe directo?

27. ¿Quién me debe evaluar, quién es mi superior jerárquico o jefe directo? Se entenderá como superior jerárquico para los postulantes que Actualmente trabajan en un establecimiento educacional:  Y no ejercen el cargo de Director: el Director del establecimiento educacional. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo.  Para los que ejercen el cargo de Director: el Jefe del DAEM, el Director de la Corporación Educacional o el representante legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento. Para los postulantes que actualmente trabajan en otro tipo de instituciones:  Y que han ejercido como director, pero no tienen contrato actual o nombramiento vigente en un establecimiento educacional, al sostenedor que fue su jefatura en aquel tiempo. Es decir, al jefe del DAEM, al Director de la Corporación o al Representante legal de la persona jurídica sostenedora del establecimiento.  En todos los otros casos, su evaluación deberá ser realizada por el director de alguna de las unidades educativas en que se desempeñó. En caso que el/la directora/a también esté postulando en esta convocatoria, esta evaluación deberá ser realizada por quien continúa en la línea de mando especificando el motivo. 28. Si soy director, ¿necesito que me evalúen? Sí. Los postulantes que desempeñan funciones directivas en un establecimiento educacional deberán presentar un cuestionario “Antecedentes del desempeño profesional” realizada por el sostenedor del establecimiento educacional donde se desempeña, según formato disponible en la plataforma web www.cpeip.cl. 29. ¿Qué ocurre si el establecimiento donde trabajé, cambió de sostenedor o ya no existe? ¿Quién me evalúa? Si usted trabaja actualmente en un establecimiento educacional, debe ser evaluado por quien es su superior en este momento. En el caso de que se desempeñe en otro tipo de establecimiento, deberá ser evaluado por quien haya sido su superior mientras trabajó en aquella institución.

VII.

¿Cómo puedo elegir los Programas de Formación para la beca?

30. ¿Cuántos programas de formación debo elegir? Los postulantes deben seleccionar tres (3) programas de formación, los cuales deben ser ingresados en orden de preferencia en el sistema de postulación en línea. La información de dichos Programas (contenidos, objetivos, duración, costos y cobertura) se encontrará disponible en el sitio web www.cpeip.cl desde el momento en que se abra el proceso de postulación. Al postular, se deben considerar los requisitos para cada programa (su modalidad, costo, horario, duración, idioma, y otros). En caso de que el postulante no cumpla con los requisitos para participar de

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un determinado programa al momento de postular, dicha elección se descartará y sólo se tomarán en consideración las restantes.

VIII.

¿Cómo se evaluará a los postulantes y cómo se informará a los seleccionados?

31. ¿Cuáles son los criterios para evaluar las postulaciones? Las postulaciones recibidas que cumplan con los requisitos y la documentación solicitada en las Bases, serán evaluadas por la Comisión de Evaluación y Selección, conformado por la Jefa del CPEIP y miembros designados por ella. Para proceder a la selección de los postulantes, la Comisión utilizará los antecedentes académicos, profesionales y motivacionales de acuerdo a la descripción que se indica en las Bases de postulación. Sin embargo, los indicadores y ponderaciones en el puntaje final difieren entre los grupos de profesionales. Los grupos de profesionales son los siguientes: 1.- Docentes que ejercen funciones directivas: en este grupo pueden postular directores, subdirectores e inspectores generales en ejercicio. 2.- Docentes que ejercen en Establecimientos Educacionales Municipales. 3.- Docentes que ejercen en Establecimientos Educacionales Particular Subvencionado o de Administración Delegada. 4.- Otros profesionales de la Educación que no califican en los grupos anteriores. 32. ¿Si soy docente de un establecimiento educacional subvencionado o de administración delegada y no he participado de la evaluación docente, cómo se me considera dicho criterio? Para los docentes que cumplen funciones docentes en la educación particular subvencionada o de administración delegada y fueron evaluados por MINEDUC cuando estaban en el Sistema Municipal sus antecedentes profesionales serán considerados según lo que indica la tabla 3 de las bases. En cambio, para los docentes que cumplen funciones docentes en la educación particular subvencionada o de administración delegada y no registran esta evaluación MINEDUC las ponderaciones serán las siguientes:  

Red de Maestros de Maestros y Asignación de Excelencia Pedagógica =72% Antecedentes Aportados por Superior Jerárquico = 28%. D

De esta manera no contar con esta evaluación nacional no influye en su puntuación en la dimensión, que mantiene el peso de un 45% global.

33. ¿Cómo me informo si he sido seleccionado o seleccionada? Los postulantes que sean seleccionados serán notificados por el CPEIP a través de una carta certificada dirigida al domicilio señalado por el postulante en el formulario de postulación, así como también se comunicará a través del sitio web www.cpeip.cl los resultados y la nómina de los seleccionados para el Plan de Formación de Directores.

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34. ¿Si he sido seleccionado, cuánto tiempo tengo para aceptar la beca? Los seleccionados tendrán un plazo de 5 días corridos, a contar de la notificación, para informar al CPEIP la aceptación o el rechazo de la Beca. Dicha comunicación deberá efectuarse por correo electrónico, a la casilla formaciondirectores@mineduc.cl, o en su defecto, por comunicación escrita dirigida al domicilio del CPEIP. Es fundamental que usted esté atento a la publicación de los seleccionados en www.cpeip.cl y que se asegure de que su aceptación sea recibida dentro del plazo. En caso de que el seleccionado no comunique su aceptación o rechazo en el plazo establecido, se asumirá como si el postulante renuncia a la beca. En caso que el postulante rechace la opción para la cual fue seleccionado, podrá solicitar quedar en lista de espera de los otros programas que postuló. Sin en dicho caso no se genera una vacante, la persona quedará fuera de la beca.

IX.

Una vez seleccionado, ¿cómo se firma el convenio?

35. ¿Debo firmar algún convenio? Sí, deberá firmar un convenio de beca con el Ministerio de Educación, a través del CPEIP de acuerdo a los términos establecidos en las Bases. En el convenio, se establecerán los derechos y obligaciones que tendrán las partes. Estos también se encuentran mencionados de manera general en las Bases de postulación. 36. Si adjudico la beca, ¿debo firmar algún documento como garantía? Sí. El becario deberá suscribir un pagaré, en garantía por el valor total de los beneficios otorgados por esta beca. Dicho pagaré será proporcionado por el Ministerio de Educación y deberá ser firmado ante notario público, el que deberá incorporar una cláusula en virtud de la cual se faculte a Mineduc para exigir el cobro inmediato del monto total del pagaré en caso de incumplimiento por parte del becario de una o más de las obligaciones convenidas, de manera de asegurar el fiel cumplimiento de sus obligaciones.

X.

¿Qué beneficios y obligaciones tendré como becario?

37. ¿El financiamiento del 90% del Programa de Formación incluye también costos de estadía y alimentación del becado? No, la beca no cubre gastos de estadía y alimentación. Cualquier costo distinto a los señalados en las Bases será de cargo del beneficiario. 38. ¿Cómo recibo la asignación mensual por concepto de traslado? Sólo se pagará la primera cuota de esta asignación una vez que el convenio entre el Ministerio y el becario se encuentre totalmente tramitado. 39. ¿Cómo será el pago de la asignación mensual por concepto de traslado? El pago se realizará en 3 cuotas en el caso que la duración del programa de estudios sea de 12 meses. En 2 cuotas si la duración es menor a 12 meses e igual o superior a 6 meses, y en 1 cuota tratándose de programas de duración inferiores a 6 meses. En todo caso, el pago podrá ser diferido en relación al tiempo en que efectivamente el becario incurrió en el gasto. 9


40. ¿Cuáles son las obligaciones que asumo como becario durante la duración de mi programa de formación? Serán obligaciones del/la becario/a, las siguientes: a) Pagar la parte del costo total del programa que no es cubierta por la beca, en la forma y plazo establecido por la Institución de Formación. b) Iniciar el Programa de Formación en la fecha establecida por el Plan de Formación de Directores. c) Cumplir con los requerimientos exigidos por la Institución que imparta el programa de formación, los cuales serán establecidos en los respectivos convenios. d) Aprobar en tiempo y forma el programa de formación del que participen. e) Mantener la calidad de alumno/a regular y la continuidad en los estudios durante el período establecido por el Plan de Formación de Directores para su Programa. Cualquier cambio en esta situación deberá ser informado por escrito a CPEIP en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el cese de la calidad señalada. Toda interrupción de estudios deberá realizarse por causa debidamente justificada. En el caso de interrupción de los estudios, el Ministerio determinará en forma fundada si suspende o pone término anticipado al convenio de beca; para estos efectos el Ministerio podrá poner término anticipado a la beca, pudiendo hacer efectivo el pagaré o solicitar la devolución de los recursos entregados, conforme a lo estipulado en el convenio de beca. f) No se aceptarán cambios, sean éstos de Institución Formadora y/o Programa. En caso que el becario decida cambiar de programa y/o institución, el Ministerio pondrá término anticipado a la beca. En estos casos, el Ministerio estará facultado para hacer efectivo el pagaré o solicitar la devolución de los recursos entregados, conforme a lo estipulado en el convenio de beca. g) Utilizar los beneficios de la beca únicamente para el Programa seleccionado por el becario en el Convenio. h) Participar de las actividades de promoción y/o divulgación del Plan de Formación de Directores, cuando sea solicitado por el Ministerio. i) Acreditar la obtención del grado académico, certificación u otro equivalente, según corresponda, así como el cumplimiento de sus obligaciones, una vez finalizada la Beca y de acuerdo a los plazos y condiciones señalados en los respectivos convenios de Becas. j) En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones precedentemente descritas, sin causa justificada, el Ministerio estará facultado para terminar anticipadamente la beca y exigir la restitución total de los beneficios económicos entregados, según DS 44 del 2011 del Mineduc. Las obligaciones del becario, están detalladas en el punto 14 (obligaciones generales del/de la becario/a) de las bases del presente concurso. 41. ¿Cuáles son las condiciones de retribución de la beca? Una vez finalizada su participación en un programa de formación, los beneficiarios tendrán las siguientes obligaciones de retribución: a) Deberán postular y completar a lo menos 3 procesos de postulación para el cargo de director de un establecimiento educacional, en un plazo máximo de 5 años, contados desde el egreso del becario del programa de formación. En caso de quedar seleccionado, el beneficiario deberá ejercer dicho cargo por 10


un período mínimo de 4 años en el caso de los beneficiarios de magíster, y de 2 años en el caso de los beneficiarios de otras acciones formativas. b) Si no queda seleccionado para el cargo de director, deberán postular y completar a lo menos 3 procesos de postulación para ejercer una función docente, docente-directiva o técnico-pedagógica en un establecimiento de educación. En el caso de los beneficiarios de magíster, esta obligación tendrá una vigencia de al menos 4 años luego de terminados los procesos de postulación al cargo de director. En el caso de quedar seleccionado, deberá ejercer la función por un período de a lo menos 4 años. Mientras que para los beneficiarios de otras acciones formativas, esta obligación tendrá una vigencia de a lo menos 2 años y, en el evento de quedar seleccionado, deberá ejercer la función por un período de a lo menos 2 años. Igualmente, en el evento de quedar seleccionados en funciones docente o técnico-pedagógica, podrán continuar postulando al cargo de director. Para el cumplimiento de las obligaciones de retribución señaladas, se deberá cumplir con una jornada de trabajo mínima de 30 horas cronológicas semanales. 42. ¿Cuáles son las sanciones en caso que incumpliera las obligaciones asumidas en la beca? El Ministerio exigirá la restitución de la totalidad de los beneficios económicos entregados respecto de quienes sean eliminados, suspendan o abandonen sus programas sin causa justificada y calificada por esta Secretaría de Estado. También en el caso de quienes no cumplan con las obligaciones inherentes a su condición de beneficiario establecidas en el presente instrumento o hayan alterado sus antecedentes o informes. De la misma forma, estos beneficiarios no podrán postular o participar en nuevas convocatorias que otorguen beneficios de formación establecidos del Ministerio que reglamenta la ejecución del Plan de Formación de Directores.

43. Al ser favorecido con una beca, ¿Cuándo se iniciarían los estudios? Acorde a las bases, los programas de estudios comenzarán sus clases en el mes de agosto. Para mayor información remítase al detalle de cada programa.

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