Precios y Cotizaciones

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FAS. Free Along side Ship. Franco al costado del buque (puerto de embarque convenido) El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando ha depositado la mercancía al costado del buque, sobre muelle o barcaza (atención a los usos y costumbres del puerto, o del sector, así como a las características técnicas del puerto de carga para evitar sobrecostes), en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos y gastos hasta este momento, el vendedor corre con la obligación de despachar de aduana de exportación. El comprador corre, a partir de este momento con todos los costes y riesgos de la mercancía. Obligaciones de las partes. Vendedor. Empaca, embala, entrega la mercadería y los documentos necesarios, flete de fábrica al lugar de exportación, aduana y gastos de exportación. Comprador. Pagos de las mercancías, flete internacional, seguros, aduana y gastos de importación, flete interno en destino. FOB. Free on Board. Libre a bordo (puerto de embarque convenido) El vendedor ha cumplido sus obligaciones cuando la mercancía, ya despachada de aduana para exportación, ha sobrepasado la borda del buque designado, en el puerto de embarque convenido, soportando todos los riesgos y gastos hasta este momento. El comprador corre, a partir de este momento con todos los costes y riesgos de la mercancía. Esta posición de INCOTERM sólo puede ser usada en transporte marítimo, fluvial. Obligaciones de las partes Vendedor. Empaca, embala, entrega la mercadería y los documentos necesarios, flete de fábrica al lugar convenido, aduana y gastos de exportación. Comprador. Pagos de las mercancías, flete internacional, seguro del lugar de exportación al lugar de importación, aduana y gastos de importación, flete interno en destino

Grupo de los C CFR-Cost and Freight-coste y flete, (puerto de destino convenido) El vendedor ha de pagar los costes y el flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido, lo que incluye todos los gastos de exportación, despacho aduanero incluido. No obstante el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier otro gasto adicional ocurrido después de que la mercancía haya traspasado la borda del buque corren por cuenta del comprador. Igualmente corren por cuenta de éste los gastos de descarga en el puerto de destino, (aunque hay algunas excepciones a esta regla).

Tecnológico de Antioquia Institución Universitaria Vicerrectoría Académica

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