Nº5 OJEANDO LA AGENDA ISSN 1989-6794

Page 1

ISSN 1989-6794

Nº 4

Nº5 mayo 2010

Nº5

Revista Digital de Medio Ambiente | Begoña Peris Martínez


Nº5 Revista Digital de Medio Ambiente

Ojeando la Agenda ISSN 1989-6794 Revista digital de

SUMARIO:

Medio Ambiente de periodicidad bimensual

-COMIENZA EL SEGUNDO PERÍODO DE NEGOCIACIONES SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO. (pg.2) -¿CÓMO FORMAR PARTE DE UNA RED DE DETECTORES DE TERREMOTOS? (pg.4) -NUEVO ETIQUETADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS (2º PARTE): “PELIGROS PARA EL MEDIO AMBIENTE” Y “PELIGRO PARA LA CAPA DE OZONO” (pg.6) -ANÁLISIS DEL PROYECTO DE LEY DE ALMACENAMIENTO GEOLÓGICO DE DIÓXIDO DE CARBONO DE ESPAÑA (pg.11) -IDENTIFICADOR DE PLANTAS “ONLINE” (INTERESANTE INICIATIVA DEL AYUNTAMIENTO DE TOLEDO)( pg.1) -TÉCNICAS PARA LA MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN INVERNADEROS (PARTE1) pg.15

Nº5 | 04/05/2010

-CONFERENCIA PLAN SOLAR: PRIMERAS CONCLUSIONES (pg.18)

1

º

Edita: Mª Begoña Peris Martínez Puedes contactar con la revista mediante la página buzón de nuestra web: http://www.ojeandola-agenda.tk


COMIENZA DEL SEGUNDO PERÍODO DE NEGOCIACIONES SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO. Yvo de Boer, Secretario Ejecutivo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de la ONU, ha anunciado que el segundo período de negociaciones sobre el cambio climático, dará comienzo a finales de mayo en Bonn. Los textos de negociación que quedaron incompletos en Copenhague el año pasado, volverán a la mesa de negociación después de haber sido revisados. Recordemos que uno de los principales logros de la pasada Conferencia de Copenhague celebrada en diciembre de 2009, fue la promesa por parte de los países ricos, de proporcionar 30.000 millones de USD para 2012, con el fin de ayudar a los países en desarrollo a disminuir las emisiones y adaptarse a los impactos que traerá consigo el cambio climático. Esto es lo que se conoce como “financiación inmediata”. En ese sentido, la Unión Europea (UE), ya ha presentado propuestas de financiación “inmediata”, 24000 millones de euros anuales durante el período 2010-2012. La UE presentará un informe preliminar sobre financiación inmediata en las próximas Conversaciones sobre el clima que la ONU mantendrá en Bonn, en junio, e informes coordinados de toda la UE para el cumplimiento de los compromisos , en la COP16 que se desarrollará el mes de noviembre en Cancún. Recogemos las palabras transmitidas por Yvo de Boer, en un videomensaje que podemos consultar en la web de la CMNUCC (Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático):

Lamentablemente, Copenhague no aportó todo lo que se esperaba, porque reveló que todos esperábamos cosas distintas. El mundo no habitará los peores impactos de un cambio climático armado con un saco de esperanzas contradictorias. Sólo una acción más enérgica, rápida y factible en todo el espectro de respuestas al cambio climático, nos conducirá por el buen camino. Por tanto, es imprescindible que estas negociaciones den como fruto un entendimiento común de lo que Cancún puede aportar…

Nº5 | 04/05/2010

“…Para que este proceso continúe siendo reconocido como el centro de un esfuerzo global para prevenir el peligroso cambio climático, Cancún tiene que ser éxito. Está perfectamente dentro de lo posible que las negociaciones acaben con éxito, pero sólo si ustedes se toman muy en serio los motivos por los que se consideró que Copenhaghe fue un fracaso.

2


Esto conlleva varias cosas, entre ellas un espíritu de compromiso colectivo para un bien común. Puede que el elegir con mimo respuestas fáciles parezca atractivo, pero no es realmente una alternativa, necesitamos “ambición”, “ambición realista” y que conduzca a acciones reales, y en los que la gente pueda ver una diferencia y pueda inspirarse, sobre todo en acciónes y desarrollo. En Cancún, se completará una arquitectura de interpretación que conduzca a una acción enérgica en: adaptación , integración, tecnología, finanzas, fomento de la capacidad y bosques… Habrán abierto las puertas a nuevos éxitos. Ahora, casi todos los días se oye a un actor involucrado decir que será difícil llegar a un acuerdo jurídicamente vinculante en Cancún. Yo desde luego, opino lo mismo, la cuestión es… ¿porqué es tan difícil? Es difícil porque tenemos opiniones distintas sobre lo que significa jurídicamente vinculante en la práctica, sobre el acuerdo al que estamos intentando dar estatus jurídico y sobre las indicaciones del protocolo de Kioto. El mundo necesita ver la acción contra el cambio climático en su conjunto, eficazmente, para ver más claro cómo hacerla vinculante. También quiero dejar claro que este proceso no podrá tener éxito a largo plazo sin un liderazgo político continuo. La orientación de alto nivel por parte de los gobiernos y los líderes, es esencial para resolver las cuestiones que afectan a intereses nacionales básicos. La necesidad de una mayor ambición para detener o limitar las emisiones, el futuro del Protocolo de Kioto, las finanzas a largo plazo previsibles, el papel de los mercados y mecanismos…Todas esas cuestiones se deberán abordar en Cancún… Ver todo el mensaje completo en la web del UNFCCC:

Nº5 | 04/05/2010

http://unfccc.int/portal_espanol/newsletter/items/5584.php

3

º


¿CÓMO FORMAR PARTE DE UNA RED DE DETECTORES DE TERREMOTOS? Si alguna vez has deseado formar parte activa de un investigación científica, ahora puedes formar parte como voluntario de la Red de detectores de seísmos creada por una investigadora de la Universidad de California en Riverside. Para participar, no se requiere conocimientos específicos en seísmos, ni de geología, sólo tener ganas de cumplir un sueño (al menos el sueño de Elizabeth Cochran), que junto al profesor Jesse Fisher Lawrence de la Universidad de Stanford y otros sismólogos, ha creado un sistema para detectar y medir movimientos sísmicos utilizando simplemente un ordenador. Hasta la fecha, para detectar seísmos, los científicos enterraban complejos equipos de medición en el suelo. Sin embargo, Elizabeth Cochran propone la utilización de acelerómetros (componentes frecuentes en muchos ordenadores portátiles, y fácilmente instalables en ordenadores de sobremesa). Los aceleradores se tratan de pequeños dispositivos que se encuentran en numerosos aparatos electrónicos, siendo su función la de detectar movimientos bruscos y reducir daños en el equipo en caso de caer al suelo. Con esta innovadora idea y gracias a la ayuda de más de mil voluntarios de todo el mundo que han ofrecido su colaboración y sus computadoras, se ha logrado crear el 'QuakeCatcher Network', una "red de cazaterremotos". Ésta recopila información sobre los movimientos sísmicos que cada día se producen en el planeta. La red funciona suministrando datos adicionales para las redes sísmicas y permite almacenar información sobre terremotos a una escala que nunca se había producido antes debido al alto coste de los equipos.

Desde ese momento, cada vez que su ordenador se conecte a internet, estará transmitiendo información a los investigadores en caso que su produzca un temblor de tierra de más de 4.0 grados. Si careces de un ordenador portátil pero dispones de un ordenador de sobremesa, también podrás participar si le incorporas un acelerómetro por vía puerto USB, su coste asciende a unos 50 euros.

Nº5 | 04/05/2010

Los usuarios que deseen participar, si tienen un portátil, bastará con que descarguen un programa o software, accesible desde su sitio oficial, al que dejaremos enlace donde encontrarlo

4


La existencia de miles de sensores evita además que se produzcan los denominados "falsos positivos". Si un ordenador cae o es golpeado accidentalmente, la red recibirá la señal pero no lo interpretará como un temblor de tierra, pero si las señales vienen de distintos ordenadores en la misma zona, los científicos pueden saber que se trata de un terremoto real. La red carece todavía de la dimensión suficiente como para permitir detectar temblores con antelación, basándose en las ondas suaves que suelen preceder a un gran movimiento sísmico, pero sus responsables creen que esto será posible algún día. La red ya cuenta con sensores en 67 países, entre ellos España y varios países latinoamericanos como México, Colombia, Bolivia, Ecuador y Chile. Lawrence reconoce que el programa aún no es perfecto y que sus sensores son menos sensibles que los tradicionales, pero la posibilidad de disponer de una extensa red hace que su potencial sea muy superior. S i la ide a te pare ce intere sante y de se as formar parte activ a, pue de s adhe rirte a la R e d “Q uake -Catcher Ne tw ork” y de scarg ar e l softw are de sde su w e b oficial : http://qcn.stanford.edu/ Desde el mismo, se puede visualizar un mapa de sensores de la Red QCN.

Nº5 | 04/05/2010

¿Te animas?...

5

º


NUEVO ETIQUETADO DE PRODUCTOS QUÍMICOS (2ª PARTE): “PELIGROS DE MEDIO AMBIENTE” Y “PELIGRO PARA LA CAPA DE OZONO” El Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, aplicación en la Unión Europea del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA, GHS en inglés) establece los nuevos pictogramas de peligro que entrarán en vigor a partir de diciembre de 2010. El actual que conocemos de pictogramas de peligro (cuadrados con fondo naranja) y frases R y S, quedará definitivamente derogadoel 20 de noviembre de 2010 para las sustanciasy el 31 de mayo de 2015 para las mezclas, aplicándose desde ese momento únicamente el sistema SGA. Entre las principales novedades, la sustitución de las antiguas frases R por indicaciones de peligro o frases H, y la sustitución de las antiguas frases S por “consejos de prudencia” o frases P, que despiertan gran interés y que hemos analizado en el nº2 de Ojeando la Agenda El nuevo Reglamento también conlleva otra serie de cambios, establece los PELIGROS PARA EL MEDIO AMBIENTE, ( catalogados como “Peligrosos para el Medio Ambiente Acuático”) y una clase de peligro adicional para la Unión Europea, siendo éstos los elementos catalogados como “Peligrosos para la capa de ozono”.

A-Peligroso para el medio Ambiente acuático: Pictograma:

Los peligros para el Medio Ambiente acuático, se dividen en dos tipos de peligros:

-peligro crónico (a largo plazo) para el medio ambiente

Los elementos básicos de clasificación son: - la toxicidad acuática aguda; capacidad de bioacumulación o bioacumulación real;

Nº5 | 04/05/2010

-peligro agudo para el medio ambiente acuático

6


degradación (biótica o abiótica) de productos químicos orgánicos; toxicidad acuática crónica. La toxicidad acuática aguda es la propiedad intrínseca de una sustancia de provocar efectos nocivos en los organismos acuáticos tras una exposición de corta duración. En cuanto a la “biodisponibilidad” (o disponibilidad biológica), indica en qué medida una sustancia es absorbida por un organismo y distribuida en una zona del mismo y depende de las propiedades fisicoquímicas de la sustancia, de la anatomía y la fisiología del organismo, de la farmacocinética y de la vía de exposición

Categorías de clasificación de las sustancias peligrosas para el medio ambiente acuático

Peligro agudo (a corto plazo) para el medio ambiente acuático Categoría: Aguda 1 (nota 1) 96 hr CL50 (para peces) ≤ 1 mg/l y/o 48 hr CE50 (para crustáceos) ≤ 1 mg/l y/o 72 o 96 hr CEr50 (para algas u otras plantas acuáticas) ≤ 1 mg/l. (nota 2) Peligro agudo (a corto plazo) para el medio ambiente acuático Categoría: crónica 1 (nota 1) 96 hr CL50 (para peces) ≤ 1 mg/l y/o 48 hr CE50 (para crustáceos) ≤ 1 mg/l y/o 72 o 96 hr CEr50 (para algas u otras plantas acuáticas) ≤ 1 mg/l. (nota 2) y que la sustancia no sea degradable rápidamente o que el factor de bioconcentración (FBC) determinado por vía experimental ≥ 500 (o, en su defecto, el log Kow ≥ 4). Categoría: Crónica 2 96 hr CL50 (para peces) > 1 a ≤ 10 mg/l y/o 48 hr CE50 (para crustáceos) > 1 a ≤ 10 mg/l y/o 72 o 96 hr CEr50 (para algas u otras plantas acuáticas) > 1 a ≤ 10 mg/l (nota 2) y que la sustancia no sea degradable rápidamente o que el factor de bioconcentración (FBC) determinado por vía experimental ≥ 500 (o, en su defecto, el log Kow ≥ 4), a menos que las NOECs de toxicidad crónica > 1 mg/l.

Nº5 | 04/05/2010

Categoría: Crónica 3 96 hr CL50 (para peces) > 10 a ≤ 100 mg/l y/o 48 hr CE50 (para crustáceos) >10 a ≤100 mg/l y/o > 10 a ≤ 100 mg/l y/o 72 o 96 hr CEr50 (para algas u otras plantas acuáticas) > 10 a ≤ 100 mg/l (nota 2) y que la sustancia no sea degradable rápidamente o que el factor de bioconcentración (FBC) determinado por vía experimental ≥ 500 (o, en su defecto, el log Kow ≥ 4), a menos que las NOECs de toxicidad crónica > 1 mg/l.

7

Clasificación de tipo «red de seguridad» Categoría: Crónica 4 Casos cuando los datos disponibles no permitan una clasificación con los criterios anteriores pero susciten, sin embargo, alguna preocupación. Figuran aquí, por ejemplo, las sustancias poco solubles para las que no se haya registrado toxicidad aguda en concentraciones inferiores o iguales a su solubilidad en agua (nota 3) y que no sean degradables rápidamente y tengan un FBC determinado por vía experimental ≥ 500 (o, en su defecto, el log Kow ≥ 4), que indica un potencial de bioacumulación, se clasificarán en esta º


categoría, a menos que la información científica demuestre que la clasificación no es necesaria. De esta información formarían parte las NOECs de toxicidad crónica > solubilidad en agua o > 1 mg/l, o datos que indiquen una degradación rápida en el medio ambiente. Nota 1:

Factores de multiplicación para componentes muy tóxicos de las mezclas Valor C(E)L50 0,1 < C(E)L50 ≤ 1 0,01 < C(E)L50 ≤ 0,1 0,001 < C(E)L50 ≤ 0,01 0,0001 < C(E)L50 ≤ 0,001 0,00001 < C(E)L50 ≤ 0,0001 (continúe en intervalos de factor 10)

Factor multiplicador (M) 1 10 100 1 000 10 000

Nota 2:

La clasificación se basará en la CEr50 [= CE50 (tasa de crecimiento)]. Cuando las condiciones de determinación de la CE50 no se especifiquen o no se haya registrado ninguna CEr50, la clasificación deberá basarse en la CE50 más baja disponible. Nota 3:

«No hay toxicidad aguda» significa que la(s) C(E)L50(s) son superiores a la solubilidad en agua. También sirve para sustancias poco solubles (solubilidad en agua < 1 mg/l), cuando se disponga de información de que el ensayo de toxicidad aguda no proporciona una medida real de la toxicidad intrínseca.

Elementos que deben figurar en la etiquetas de peligro para sustancias peligrosas para el medio ambiente acuático AGUDA Categoría 1 Pictograma del SGA

Indicación de peligro Consejos de prudencia — Prevención Consejos de prudencia — Respuesta

Atención H400: Muy tóxico para los organismos acuáticos P273 (Evitar su liberación al medio ambiente) P391 (recoger el vertido)

Consejos de prudencia — Almacenamiento Consejos de prudencia — Eliminación

P501

(eliminar el contenido del recipiente conforme la normativa local, regional, nacional, internacional)

Nº5 | 04/05/2010

Palabra de advertencia

8


CRÓNICA Categoría 1

Categoría 2

Categoría 3 No se usa pictograma

Categoría 4 No se usa pictograma

Palabra de advertencia

Atención

No se usa palabra de advertencia

No se usa palabra de advertencia

No se usa palabra de advertencia

Indicación de peligro

H410: Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos

H411: Tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos

H412: Nocivo para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos

H413: Puede ser nocivo para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos

Consejos de prudencia Prevención

P273

P273

P273

P273

(Evitar su liberación al medio ambiente)

(Evitar su liberación al medio ambiente)

(Evitar su liberación al medio ambiente)

(Evitar su liberación al medio ambiente)

Consejos de prudencia— Respuesta

P391 (recoger el vertido)

P391 (recoger el vertido)

P501

P501

P501

P501

(eliminar el contenido conforme a la normativa local, regional, nacional, internacional)

(eliminar el contenido conforme a la normativa local, regional, nacional, internacional)

(eliminar el contenido conforme a la normativa local, regional, nacional, internacional)

(eliminar el contenido conforme a la normativa local, regional, nacional, internacional)

Pictogramas del SGA

Consejos de prudencia — Almacenamiento

Nº5 | 04/05/2010

Consejos de prudencia — Eliminación

9

Los factores considerados en la clasificación, serán objeto de artículo en próximos números de “Ojeando La Agenda”.

º


B- CLASE DE PELIGRO ADICIONAL PARA LA UE: PELIGROSO PARA LA CAPA DE OZONO. Por sustancia peligrosa para la capa de ozono se entienden aquellas que, según las pruebas disponibles sobre sus propiedades y su destino y comportamiento,pueden implicar un peligro para la estructura o el funcionamiento de la capa de ozono estratosférico.

Una mezcla se clasificará como peligrosa para la capa de ozono, en función de la concentración de cada uno de sus componentes que estén asimismo clasificados como peligrosos para la capa de ozono, de acuerdo con la siguiente tabla: Límites de concentración genéricos para los componentes de una mezcla, clasificados como peligrosos para la capa de ozono, que hacen necesaria la clasificación de la mezcla como peligrosa para la capa de ozono

Clasificación de la sustancia Peligrosa para la capa de ozono

Clasificación de la mezcla C > 0,1 %

En la etiqueta de las sustancias y las mezclas que cumplan los criterios de clasificación en esta clase figurarán los siguientes elementos: Elementos que deben figurar en las etiquetas de sustancias y mezclas peligrosas para la capa de ozono

Consejos de prudencia

Peligro EUH059: Peligroso para la capa de ozono P273 (evitar liberación al medio ambiente) P501 (eliminar el contenido conforme a la normativa local, regional, nacional, internacional)

Bibliografía: Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008

Nº5 | 04/05/2010

Símbolo o pictograma Palabra de advertencia Indicación de peligro

10


PROYECTO DE LEY DE ALMACENAMIENTO GEOLÓGICO DE DIÓXIDO DE CARBONO El pasado 9 de abril, el Consejo de Ministros aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de ley de almacenamiento geológico de dióxido de carbono Si bien en la última Cumbre celebrada en Copenhague (COP15) no se alcanzó un acuerdo vinculante por parte de los estados para reducir las emisiones de CO2 en la atmósfera, el Panel Intergubernamental del Cambio Climático de las Naciones Unidas, ya plasmó la necesidad de reducción global del CO2 en un 50% de aquí al 2050 La Unión Europea, sensible a esta problemática, apuesta por la captura y el almacenamiento geológico del Carbono (CAC) como tecnología de transición que contribuya a mitigar el cambio climático. (Recordar,que ya en el primer número de la revista, recogimos técnicas de captación del CO2 presentadas por el “Earth Institute at Columbia University”) Sin embargo, el objetivo que aquí nos planteamos, no es otro que familiarizarnos con el marco jurídico regulador en España para el almacenamiento geológico de CO2 de forma segura para el medio ambiente, mediante un confinamiento permanente que evite (y cuando no sea posible “limiten al máximo”), los efectos negativos y riesgos para la salud pública. Esta Ley será la adaptación del marco regulador dictado por la Unión Europea “Directiva 2009/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009, relativa al almacenamiento geológico de dióxido de carbono y por la que se modificaron la Directiva 85/337/CEE del Consejo, las Directivas 2000/60/CE, 2001/80/CE, 2004/35/CE, 2006/12/CE, 2008/1/CE y el Reglamento CE nº 1013/2006”, inscrita dentro del paquete de energía y cambio climático.

Nº5 | 04/05/2010

Se trata de contribuir a la mitigación del cambio climático mediante una técnica novedosa que requiere un régimen jurídico propio.

11

La Ley se aplicará en las estructuras subterráneas en España (incluyendo su mar territorial, en su zona económica exclusiva, y su plataforma continental, prohibiéndose de forma expresa el almacenamiento en la columna de agua y lecho marino. (La disposición adicional tercera contempla algunas especificaciones para el caso de almacenamiento en el subsuelo marino, debiendo respetar la normativa estatal y comunitaria y acuerdos internacionales suscritos por España para la protección del medio ambiente marino). Por otra parte, destacar que esta Ley no se aplica al almacenamiento geológico de CO2 con fines de investigación si la capacidad es inferior a 100 kilotoneladas.

º


Estudios del impacto de la Directiva parecen señalar que la aplicación de esta tecnología permitiría reducir, para el 2030, el 15% de los niveles exigidos en el ámbito de la Unión Europea. Las instalaciones destinadas a la captura necesitarán la autorización ambiental integrada y estarán sujetas a la normativa de evaluación de impacto ambiental.

Respecto al transporte, las redes de transporte por tubería deberán someterse a declaración de impacto ambiental En caso de fuga, en cualquier punto del proceso, existirá obligación de entregar tantos derechos de emisión como toneladas de CO2 emitidas a la atmósfera Corresponderá al Ministerio de Industria, aprobar los proyectos de instalaciones de almacenamiento geológico de CO2 Podrán ser titulares de permisos de investigación, todos aquellas personas físicas o jurídicas que acrediten solvencia técnica y económica para abordar el proyecto de investigación. La validez del permiso no excederá de 4 años , si bien podrá ser prorrogada por un período de 2 años y excepcionalmente otra nueva prórroga de mismo tiempo. El resultado de los trabajos de investigación serán remitidos al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. La información será confidencial hasta transcurridos 7 años desde la fecha de finalización de los trabajos de campo. El procedimiento de tramitación de los permisos de investigación se regulará reglamentariamente y el órgano deberá resolver la solicitud en un plazo máximo de un año. El capítulo 2 sólo regula: los permisos de investigación (obligatorios en caso que se pretenda realizar una exploración para determinar si un lugar es adecuado y/o la capacidad de almacenamiento del mismo, y que serán otorgados por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o en su caso por el Ministerio de Industria); la concesión de almacenamiento (competencia del Ministerio de Industria, y que sólo podrá realizarse en formaciones geológicas que resulten idóneas tras efectuar una caracterización y evaluación de la zona y formaciones circundantes según Anexo I de la Ley).

El almacenamiento de CO2 requerirá de concesión de almacenamiento. La idoneidad de una formación geológica se determinará mediante caracterización y evaluación de las formaciones geológicas y podrán ser titulares de concesión de almacenamiento todas personas físicas o jurídicas que acrediten suficiente solvencia técnica y económica. La concesión de almacenamiento tendrá duración máxima de 30 años prorrogable por dos períodos sucesivos de 10 años. La aprobación de una concesión de almacenamiento implicará la declaración de utilidad pública o interés social de los terrenos suprayacentes que resulten necesarios para las

Nº5 | 04/05/2010

Como parte de la solicitud de concesión de almacenamiento, se regula una garantía financiera. Así mismo, incluirá un Plan de Seguimiento de los lugares de almacenamiento, la existencia de un procedimiento de revisión y de revocación.

12


instalaciones de inyección a los efectos de la Ley de Expropiación Forzosa. La tramitación de la concesión de almacenamiento corresponderá al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, previo informe del Ministerio de Medio Ambiente, Medio rural y Marino. Se dará prioridad de otorgamiento de concesión de almacenamiento al titular del permiso de investigación. La solicitud e de concesión de almacenamiento requerirá al menos: -identificación del titular -acreditación de competencia técnica y económica -caracterización del lugar almacenamiento -proyecto de explotación que incluirá un programa de inversiones y actividades comerciales previstas, la cantidad de CO2 que podrá ser inyectada y almacenada, las fuentes de origen del mismo y en particular si proceden de actividades propias o de terceros, los métodos de transporte previstos, la composición de flujos de CO2, los índices y presiones de inyección y la situación de las instalaciones de inyección. -Balance de GEI en el proceso total -propuesta de medidas destinadas a prevenir irregularidades -propuesta de plan de seguimiento -propuesta de medidas correctoras -propuesta de plan provisional de gestión de gestión posterior al cierre -documento inicial del proyecto o en su caso documentación ambiental de artículos 6 y 16 del Real Decreto legislativo 1/2008 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de impacto Ambiental -Junto a la solicitud debe presentarse la prueba de constitución de una garantía financiera Podrá existir revocación de los permisos de investigación y condiciones de almacenamiento por incumplimiento de las condiciones establecidas en la normativa. Todos los documentos deberán presentarse debidamente firmados

Nº5 | 04/05/2010

El capítulo 3 aborda el funcionamiento de los lugares de almacenamiento y su cierre, obligaciones de informar e inspecciones para garantizar la seguridad, así como pasos a seguir en casos de irregularidades y fugas. En caso de fugas, al margen de otras consecuencias, los titulares deberán entregar derechos de emisión para responder de éstas, según Ley 1/2005 reguladora del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión

13

FUNCIONAMIENTO Y CIERRE DEL ALMACENAMIENTO DE CO2 No podrá añadirse, al flujo de CO2, ningún residuo o sustancia con objeto de su eliminación. No obstante, el flujo puede contener restos de sustancias asociadas a la fuente durante las operaciones de captura o de inyección y sustancias residuales añadido para facilitar el seguimiento y verificación de la migración de CO2,por debajo de niveles º


que puedan ser negativos para el medio y la salud pública. El artículo 23 señala las obligaciones que conlleva el cierre y período posterior al mismo. Será responsable el titular del emplazamiento hasta que haya transcurrido 20 años desde el mismo, y una vez demostrado que el almacenamiento está perfectamente confinado, se transferirá la titularidad a la Administración general del Estado. El Ministerio de Industria ,Turismo y Comercio creará un registro de las concesiones de almacenamiento concedidas. El Proyecto establece una serie de sanciones que oscilarán entre muy graves (con multas entre 2.000.0001 y 5.000.0000 de euros) a leves con multas de hasta 200.000 euros.

Bobliografía: Proyecto de Ley de almacenamiento geológico de carbono-Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de España

IDENTIFICADOR DE PLANTAS “ONLINE” (INTERESANTE INICIATIVA DEL AYUNTAMIENTO DE TOLEDO) La web del Ayuntamiento de Toledo, ha incorporado un atractivo identificador de plantas “online” . Novedoso y didáctico, está dirigido a administraciones, instituciones y profesionales de medio ambiente, colegios e institutos y en defintiva, a cualquier ciudadano interesado en botánica o medio ambiente. La aplicación se basa en ir contestando de forma amena, a una batería de preguntas, con la ventaja incorporada de no ser necesario contestar a todas las preguntas formuladas. Solo se contestará a lo que se está absolutamente seguro. Además cuenta con una ayuda textual y visual muy práctica.

http://www.ayto-toledo.org/medioambiente/plantas/plantas.asp

Nº5 | 04/05/2010

Más información en la web del Ayuntamiento de Toledo:

14


TÉCNICAS PARA LA MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN INVERNADEROS (PARTE1) Es posible lograr una mayor eficiencia energética en los invernaderos gracias a una mejora integral que combine mejora en la construcción y en el equipamiento. Esto se traduce en la mejora de una serie de factores:

Nº5 | 04/05/2010

-Aislamiento térmico. -Generación de calor. -Control de emisión y sistemas de distribución. -Optimización del funcionamiento de las calderas. -Generación de aire caliente de combustión indirecta. -Aumento de la superficie útil del invernadero mediante la instalación de bancos móviles -Iluminación -Refrigeración

15

En esta primera parte, intentaremos abordar pautas para lograr una mayor eficiencia energética, basándonos en factores “estructurales “ (“aislamiento térmico”,”hermeticidad”) , “iluminación”, “instalación de bancos móviles”, “compartimentación”, “hermeticidad” y “cortavientos”. Postponiendo el análisis del resto de medidas para el siguiente número de la revista. º


Mejoras estructurales: -Aislamiento térmico: Destacamos la construcción de invernaderos de doble pared inflados o el uso de pantallas térmicas. Con el uso de las pantallas térmicas (que se extendieron rápidamente por toda Europa), se logró reducir las pérdidas de calor, entre otras cosas, permite reducir el volumen del aire a calentar, lográndose una mayor eficiencia energética a la vez que un ahorro económico. Uno de los tipos más utilizados es el de las pantallas térmicas cerradas (sin huecos entre las fibras que conforman la malla). Éstas, colocadas entre el cultivo y la cubierta del invernadero, reduce la transferencia de energía por convección a través de la cubierta. Esta reducción es mayor cuanto menor es la emisividad de la pantalla a la radiación infrarroja. (Recordemos que en la convección, el fluido (en este caso “aire”), al calentarse, disminuye su densidad y asciende a la parte superior que se encuentra a menor temperatura, generándose un bucle, una corriente) El uso de pantallas aluminizadas móviles puede aumentar los rendimientos de eficiencia energética hasta el 40%. Según Pirad (1994), los mejores resultados se obtienen cuando se despliegan las pantallas al final del día y se recogen por la mañana . Con ella se logra disminuir el consumo de combustible destinado a calefacción del 20 al 27%, dependiendo del tipo de pantalla utilizada. Sin olvidar que su empleo durante la noche, permite un almacenamiento de energía en el suelo y el cultivo, ésto repercute de forma positiva durante el día.

Invernaderos con doble pared: Los invernaderos con dobles paredes constituyen un eficaz método contra las bajas temperaturas invernales. Consiste en incorporar una segunda lámina de polietileno de 50 ó 100 μm de espesor.Con él, se puede reducir las pérdidas de calor en un 40-50% (Bianchi, 1989; Gutiérrez Montes et al., 1992) y hasta un 57% en el consumo de calefacción. Con este sistema se modifica la temperatura, la humedad, la luz y el CO2 disponible en el interior, pues al reducir la infiltración de aire se reducen las pérdidas de calor.

Nº5 | 04/05/2010

Según Baille et. Al (1985), las mallas térmicas de polietileno de baja densidad pueden suponer el ahorro energético del 32,5%, las de poliéster tejido un 42%, y el poliéster aluminizado al 100%, puede conllevar un ahorro energético del 56,5%.

16


-microtúneles Los microtúneles son estructuras de pequeño porte, cubiertas por una lámina de polietileno de 50 µm de espesor y entre 0,5 y 1 m de anchura. Se usan sólo para las primeras etapas de crecimiento, ya que cuando las hojas tocan el plástico debe retirarse. Con ellos, se logra aumentar la temperatura en el aire que rodea las plántulas ( al disminuir las perdidas energéticas por radiación infrarroja durante la noche). Ubicándolos por encima de las tuberías de calefacción se obtienen grandes ahorros de energía, pues se limita enormemente las pérdidas de calor por convección hacia el resto del invernadero.

-Mayor hermeticidad del invernadero Se podrían conseguir ahorros de hasta un 40% en combustible sellando todas las grietas por las que se producen las fugas de calor. Esto se puede conseguirde diversas formas; cubriendo las ventanas con plástico para reducir la infiltración de aire, atendiendo a los huecos alrededor de las puertas, aislando cimientos con juntas de polieuretano y con el aislamiento de las paredes laterales mediante juntas de protección de goma-espuma de 2 a 5 cm de espesor

Nº5 | 04/05/2010

-Compartimentando el invernadero Esta técnica consiste en el desarrollo de diferentes compartimentos dentro de los invernaderos de cultivos ornamentales o en los semilleros, en los que es bastante habitual tener cultivos con diferentes necesidades térmicas, y permite disminuir las necesidades de calefacción y refrigeración. Para lograrlo, se colocan verticalmente láminas de polietileno. Esta técnica es factible en invernaderos de gran longitud situados sobre parcelas con fuertes desniveles. Con ello se evita que el aire caliente se desplace hacia la parte más elevada del invernadero (por efecto de la menor densidad).

17

-Cortavientos El viento exterior es un aspecto fundamental en las pérdidas de energía del invernadero. Se debe minimizar su efecto mediante cortavientos y eligiendo correctamente la orientación de los invernaderos. Vientos de tan sólo 25 km/h pueden duplicar la pérdida de calor de un invernadero. Para evitar que los cortavientos actúen como barreras al proceso de ventilación en los periodos cálidos, la medida más aconsejable es la instalación de cortavientos móviles; cuando esto no es posible se hace necesario mantener una distancia adecuada entre el cortavientos y la estructura del invernadero.

-Instalación de bancos móviles Con la instalación de bancos móviles en los invernaderos de plantas ornamentales o semilleros, se logra un ahorro energético por planta producida, ya que aumenta el número de plantas cultivadas en la misma de superficie. º


Por lo general, en un invernadero, el espacio ocupado por el cultivo suele ser el 65% de la superficie total del invernadero (resto pasillos), y con la instalación de los bancos móviles se consigue aumentar la superficie útil al 85% , reduciendo el uso de energía en un 30% por planta vendida.

Por otra parte, recordar que la Consejería de Andalucía ya anunció la inversión de 120 millones de euros en reestucturar invernaderos. El objetivo era reestructurar el sector de invernaderos con inversiones en nuevas tecnologías como sistemas de climatización y paneles solares, entre otras, para lograr una temperatura constante y aumentar la producción al menos hasta 25 kilos por metro cuadrado. En Murcia, ya se publicó la Orden de 30 de marzo de 2010, de la Consejería de Agricul tura y Agua, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la eficiencia energética de invernaderos en el marco del programa de desarrollo rural de la Región de Murcia 2007-2013, y se realiza la convocatoria para el ejercicio 2010. Por último, destacar el GREENERGY , proyecto Europeo de Investigación Colectiva de 3 años de duración ,patrocinio de la Comisión Europea, que nació con el objetivo de investigar acerca de los requerimientos energéticos de los invernaderos para di ferentes regiones climáticas dentro de Europa y crear herramientas para auditar la eficiencia energética en invernaderos, elaborar medidas para la mejora técnica ,guía para la optimización en el consumo energético en los invernaderos europeos… Bibliografía: -Ahorro y Eficiencia Energética en Invernaderos, IDAE -Protocolo de Auditoría Energética en Invernaderos, IDAE

CONFERENCIA PLAN SOLAR MEDITERRÁNEO: PRIMERAS CONCLUSIONES A lo largo de las diferentes sesiones del Plan Solar Mediterráneo, celebradas el 11 y 12 de mayo en Valencia, se ha constatado que los primeros pasos para convertir el Plan Solar Mediterráneo son ya una realidad. Con el mismo, la región mediterránea se convertirá en un referente de sostenibilidad y eficiencia energética.

-involucran a distintos países de distintos niveles de desarrollo. -persigue la generación de energía limpia, impulso de desarrollo económico sostenible, lucha contra el cambio climático, y contribución a la mayor integración de ambas riberas mediterráneas.

Nº5 | 04/05/2010

El Plan Solar Mediterráneo, se trata de un Plan muy ambicioso por diferentes motivos:

18


Con este Plan, la Unión Europea logrará alcanzar los objetivos medioambientales que se ha fijado y beneficios derivados de la cooperación entre ambas riberas. Se parte de la existencia, en algunos países de la ribera del sur, de una serie de planes energéticos que incorporan la eficiencia energética y energía renovable. Las diferentes Estados que conforman la UE, presentarán sus planes de acción nacionales durante el presente año, estos estarán redactados en base a la directiva sobre energías renovables y será la oportunidad idónea para establecer acciones relacionadas con el Plan Solar Mediterráneo. Al mismo tiempo, en las conferencias se recordó que la Comisión Europea ya ha anunciado un paquete de infraestructuras energéticas que impulsarán el denominado “anillo mediterráneo” . Respecto a la financiación, el Banco Europeo de Inversiones está dispuesto a incorporar instrumentos de préstamo y apoyo técnico a las acciones derivadas del Plan Solar Mediterráneo. Para su desarrollo, será necesario el apoyo del sector público y privado, el aprovechamientos de mecanismos tales como los fondos del carbón, optimización de CO2, programas de ayudas de la UE y mecanismos de desarrollo limpio del Protocolo de Kioto (entre otros) En cualquier caso, los pilares básicos sobre los que se sustenta el Plan son: Cooperación y Compromiso político. Los proyectos de eficiencia energética que este Plan impulsa, traerá consigo beneficios sociales y económicos para ambas riberas del mediterráneo, que justifican sin lugar a dudas los costes de inversión.

Debe destacarse el elevado potencial que tiene el anillo mediterráneo para generar energía de fuentes limpias, algo que no debiera desaprovecharse. Sin olvidar que el Plan de Acción Solar facilitará la transferencia de conoci mientos, lo que se materializará en la colaboración industrial euro-mediterránea y formación, un aspecto sobré el que se hizo hincapié en la Conferencia.

Nº5 | 04/05/2010

Por otra parte,nos encontramos con la necesidad de coordinar las distintas iniciativas presentes en la actualidad: Plan Solar Mediterráneo, Desertec, Transgreen, Clean Technology fund… Habrá que tener en cuenta experiencias positivas que la Unión Europea ya ha venido desarrollando, como las de la Comunidad de Energía en el Sudeste de Europa.

19

º

Será vital, el desarrollo de un número adecuado de proyectos piloto y de proyectos económicamente rentables, en el corto plazo de 2 o 3 años. A medio y largo plazo, no se podrá separar el Plan Mediterráneo Solar con las infraestructuras energéticas de interconexión ni del concepto de Anillo Mediterráneo.


El detalle del contenido de la Conferencia PLAN SOLAR MEDITERRÁNEO y las CONCLUSIONES, se publicarán en la web oficial de la Conferencia

Nº5 | 04/05/2010

Las conclusiones extraídas de esta experiencia, se espera que sirvan para alimentar la próxima reunión de Ministros de Energía, que tendrá lugar en el Cairo los días 2 y 3 de Junio y la posterior Cumbre de la Unión por el Mediterráneo, 6 y 7 de junio en Barcelona, y que desde “Ojeando la Agenda” estaremos atentos.

20


Nยบ5 | 04/05/2010

21

Prรณximo nยบ en julio 2010

www-ojeando-la-agenda.tk ยบ


22

Nยบ5 | 04/05/2010


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.