RETENCIÓN EN LA FUENTE IMPUESTO A LA RENTA
NAC-DGER2007-0411 R.O. 98 de 5 de junio de 2007
AGENTES DE RETENCIÓN Quiénes son agentes de retención? Entidades y organismos del sector público. Art. 118 Constitución política Personas jurídicas (sociedades) Personas naturales obligadas a llevar contabilidad Sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad.
Paguen o acrediten en cuenta ingresos en relación de dependencia o cualquier otro tipo de renta gravada para quien lo perciba
SUJETOS DE RETENCIÓN A quienes se debe retener ?
Personas naturales
Sucesiones indivisas
Sociedades
Instituciones financieras públicas
OBSERVACIONES El monto mínimo para efectuar retenciones es de $50. Si es proveedor permanente no importará el monto siempre se efectuará la retención.
NO SUJETOS DE RETENCIÓN A quienes NO se debe retener ? A quienes perciben pagos o créditos en
cuenta
INGRESOS
que
constituyen
EXENTOS
de
conformidad con el Art. 9 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
NO SUJETOS DE RETENCIÓN
ART. 9 LRTI
Quién percibe ingresos exentos ? Instituciones del Estado y empresas públicas Entidades sin fines de lucro Instituciones de Educación Superior amparadas por Ley de Universidades y Escuelas Politécnicas
INGRESOS EXENTOS DE RETENCIÓN Pagos por concepto de reembolso de gastos, compra venta de divisas, transporte público de personas, compra de inmuebles o combustible Los obtenidos por trabajadores por concepto de bonificación de desahucio o indemnización. Décimo tercero y Décimo cuarto. Ingresos obtenidos por concepto de becas de estudios, especialización o capacitación.
OBLIGACIONES DE LOS AGENTES
ART. 50 LRTI
La retención en la fuente deberá realizarse al momento del pago o crédito en cuenta, lo que suceda primero.(Incluye según numeral 1 del Art. 103 LRET) Extender un comprobante de retención 5 días
El comprobante de venta
Llevar contabilidad Por retenciones y los pagos
Realizar declaraciones mensuales Así no se generaren retenciones
En formularios u otros medios
a continuación:
• Banca •Internet: • Otras formas de pago. • Convenio de débito.
SRI, detallados
MODELO DE COMPROBANTE DE RETENCIÓN
PORCENTAJES DE RETENCIÓN
RES. NAC-411
Resolución No. NAC-DGER2007-0411 - R.O. 98 de 5 de junio de 2007 Vigente a partir de julio de 2007
PAGOS LOCALES
PORCENTAJES DE RETENCIÓN PAGOS LOCALES
RES. NAC-411
PAGOS LOCALES
PAGOS LOCALES
PORCENTAJES DE RETENCIÓN
RES. NAC-411
PAGOS AL EXTERIOR RESOLUCIÓN NACCONCEPTO DE RETENCIÓN EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA
DGER2007-0411 publicada en R.O. Nº 98 del 5 de junio del 2007 Vigente desde julio 2007
Honorarios a extranjeros por servicios ocasionales
25%
Por pagos de dividendos anticipados
25%
Arrendamiento mercantil internacional por pago de intereses (cuando supera la tasa autorizada por el BCE) Arrendamiento mercantil internacional cuando no se ejerce la opción de compra (sobre la depreciación acumulada) Sin convenio de doble tributación por otros conceptos
25% 25% 25%
Sin convenio de doble tributación intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores externos (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5% si excede el valor se retiene el 25%)
entre 5 y 25 %
PORCENTAJES DE RETENCIÓN
RES. NAC-411
PAGOS AL EXTERIOR RESOLUCIÓN NACCONCEPTO DE RETENCIÓN EN LA FUENTE DE IMPUESTO A LA RENTA
DGER2007-0411 publicada en R.O. Nº 98 del 5 de junio del 2007 Vigente desde julio 2007
Sin convenio de doble tributación intereses de créditos externos registrados en el BCE (si el valor se encuentra dentro de la tasa activa maxima referencial del BCE se retiene el 5% si excede el valor se retiene el 25%)
entre 5 y 25 %
GRACIAS POR SU ATENCIÓN