INFO Ayudas alquiler e hipotecas COVID-19

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Actualizado: 14 de mayo de 2020

En este documento vas a encontrar:

v Información sobre las medidas estatales y autonómicas que hay ahora mismo en marcha en forma de ayudas para paliar el efecto económico y social de la COVID-19

1. Si vives de alquiler y no puedes pagarlo porque te encuentras en situación de vulnerabilidad económica a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19, podrías optar a alguna de estas medidas y ayudas recogidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo: A. Moratoria de deuda del alquiler: Consiste en el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago del alquiler salvo en casos en que el inquilino y el casero hayan pactado una condonación (perdón de la deuda) o aplazamiento de todo o parte del alquiler. Solo podrá solicitarse si el arrendador es una empresa o entidad pública de vivienda o un gran tenedor de viviendas (+ de 10 inmuebles o una superficie construida de más de 1500m2). Toda la info aquí B. Aplazamiento temporal en el pago de la renta: Consiste en la petición formal de un aplazamiento del pago del alquiler a tu arrendador cuando este sea un pequeño propietario. Es importante saber que, en este caso, no está obligado a concedértelo, pero tendrá que contestarte en 7 días. Toda la info aquí Si no te lo concedieran, puedes optar a otras opciones


C. Ayudas transitorias de financiación a personas arrendatarias con aval del Estado: La ayuda consiste en que el Estado te avala frente a una entidad bancaria para que te conceda una financiación. Debes encontrarte en situación de vulnerabilidad económica sobrevenida como consecuencia de la crisis sanitaria. Toda la info aquí D. Ayudas para el pago del alquiler: préstamos del Estado: Consiste en la concesión de ayudas directas al alquiler por parte del Estado. La cuantía de esta ayuda tendrá como límite máximo 900 euros al mes y no podrá superar en ningún caso la cantidad total de 5.400 euros. Toda la info aquí ¡! Es importante que tengas en cuenta que debes cumplir unos requisitos que acrediten que te encuentras en situación de vulnerabilidad económica sobrevenida a causa de la emergencia sanitaria. Puedes encontrarlo en el Art. 5 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo E. Ayudas al alquiler COVID-19 de la Comunidad de Madrid: Consiste en subvenciones de concesión directa sobre los gastos que resulten subvencionables hasta el agotamiento de los fondos. Podrán optar a estas ayudas las personas físicas que sean arrendatarias de vivienda habitual en la Comunidad de Madrid y que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica y social a consecuencia de la COVID-19. La solicitud se puede presentar ya, puesto que el día 13 de mayo comenzó el plazo. Toda la información sobre esta ayuda aquí a partir de la página 11

2. Si no puedes hacer frente a la hipoteca porque te encuentras en situación de vulnerabilidad económica a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19,


podrías optar a alguna de estas medidas y ayudas recogidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo: A. Moratoria hipotecaria: Consiste en el aplazamiento del pago para tu vivienda habitual, para tu local u oficina, para una vivienda que tengas alquilada pero no estés cobrando la renta o si eres avalista de una persona con deuda hipotecaria. Debes también encontrarte en situación de vulnerabilidad económica a raíz de la crisis sanitaria además de cumplir con otros requisitos. Toda la info aquí


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