La extensión en el curriculo de formación inicial aec

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UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR VICERRECTORADO DE EXTENSIÓN

La Extensión en el Currículo de la Formación Inicial de la UPEL

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Dra. María Teresa Centeno de Algomeda Vicerrectora de Extensión

Subdirectores de Extensión Prof. Hernán Hernández Dr. Humberto González Dr. Oscar Chapman Prof. Robín Ascanio Dr. Francisco Valdivieso Arcay Dr. Zonnis León Dra. Marina Martus de Andrade Prof. Florencia Isabel Ruiz Dra. Ernestina Báez Prof. Carlos Salazar Coordinadores Nacionales Dra. Greta Müller de González Dra. María Fátima Dos Santos Prof. Régulo Rauseo Dr. Felipe Sánchez Dra. Belkys Guzmán de Castro Dra. Sonia Bustamante Dra. Marlene Mendoza Prof. Nerio Urbaez

Caracas Barquisimeto Maturín Maracay IMPM Miranda Mácaro Rubio Programa Extensión Académica Extensión Socio cultural Deporte y Recreación Atención al Jubilado y egresado Tecnología de Información y Comunicación Proyectos Especiales Unidades de Biblioteca y Centros de Documentación Unidad de Servicios para las Comunidades Educativas

Marzo 2013

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Introducción En los actuales momentos la Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) se encuentra involucrada en un proceso de transformación curricular, entendiendo por transformación no solamente un cambio en los planes de estudio de la carrera docente, sino lo que esto generará en todo el sistema que representa el proceso de formación de los futuros docentes de Venezuela. El Vicerrectorado de Extensión (VEX) comenzó con un análisis para determinar hacia dónde va este proceso encausando información tanto a nivel nacional como internacional y ajustando todos los elementos hacia los cambios que son necesarios para formar el docente del siglo XXI y por ende la formación de los formadores. El análisis realizado condujo a la reflexión de que la transformación lograría significar la necesidad de innovar o proponer cambios que podrían impactar a la organización, su estructura e inclusive a su misión y visión tal como se muestra en la figura1. Organización

Innovación

Cambios

Estructura

Misión y Visión

Genera Transformaciones Figura 1 Organizadas y compartidas estas ideas, se comenzaron a construir los elementos curriculares que serían necesarios socializar para el diseño de los nuevos planes de estudio y sus exigencias, que ofertará la universidad para la Formación inicial del docente venezolano. La formación inicial del docente que necesita el país constituye para la UPEL, la misión primordial como institución pública líder en la formación docente. Dicha formación de este docente es concebida como un todo integrado por diferentes momentos de un mismo proceso y no como procesos distintos, contempla las fases de crecimiento y mejoramiento permanente que permite la 3


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capacitación en nuevos conocimientos, la actualización, el perfeccionamiento, la profundización y el estudio avanzado de los saberes producidos a través del tiempo. Ante el reto de la Transformación Curricular, el Vicerrectorado de Extensión (VEX), responsable de una de las áreas sustantivas como es la formación continua no conducente a título (extensión académica Universitaria), así como también de la proyección de la universidad ante la comunidad, tiene el compromiso de consultar, revisar y evaluar los diferentes proyectos, experiencias y actividades de extensión que se han dado en esta área con el objeto de hacer propuestas innovadoras dentro de la concepción del nuevo currículo. Por lo expuesto anteriormente el Vicerrectorado de Extensión consideró de vital importancia revisar la adscripción del servicio comunitario dado que, como lo señala la ley del Servicio Comunitario (2005) y lo deja ver el reglamento del Servicio Comunitario de la UPEL (2005), por su naturaleza el Vicerrectorado de Extensión podría cumplir con los fines del mismo. Para concretar las ideas consultadas en diferentes coordinadoras sobre la extensión en el currículo de Formación Profesional Inicial, se convocó a un encuentro de especialistas denominado “La Extensión en el currículo de la Formación Profesional Inicial, Garantía de Transformación Universitaria”, conformado por los miembros de cinco programas Nacionales e Institucionales: de Extensión Académica, Programa de Tecnología de Información y Comunicación, Deporte y Recreación, Sociocultural y Unidad de Servicios de Apoyo a las Comunidades Educativas. Además se contó con la participación de los coordinadores de Actividades de Extensión Acreditable de los Pedagógicos de Caracas y Barquisimeto y de conferencistas de larga trayectoria en el área. Este evento se realizó en febrero de 2012. El propósito de este encuentro fue conceptualizar, revisar, compartir y evaluar las actividades de extensión acreditable dentro del currículo de formación profesional inicial de los docentes, realizadas en los últimos 15 años, para luego proponer nuevas acciones y lineamientos de administración de las mismas dentro del marco de formación propuesto en el documento base del currículo de la UPEL.

Antecedentes La intención de la inclusión dentro del currículo de las actividades de extensión se remonta a la década de los 90 cuando se establecieron las actividades de extensión al currículo denominadas 4


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“Actividades de Extensión Acreditables” que están presentes en el diseño curricular actual de la UPEL. Las evaluaciones hechas sobre su operacionalización indicaron diferentes interpretaciones en su ejecución en los distintos Institutos de la UPEL (Avolio, 2003). Con base e lo anterior y a partir de los resultados obtenidos en las coordinadoras y el evento antes mencionado y con la intención de innovar

e introducir cambios acordes a las políticas y

objetivos de la Extensión universitaria se establecieron los lineamientos, características y formas de administración que están en estos momentos sujetas a modificaciones por parte de la comunidad universitaria. Características de las Actividades de Extensión en el Currículo 1. Se consideran las Actividades de Extensión

en el currículo (AEC) como el conjunto de

actividades que se realizan continuamente durante el proceso de formación inicial, en las áreas: Extensión Académica, Deporte, Actividad Física, Recreación, Tecnología de Información y Comunicación, Deporte y Recreación y Cultura para la interacción del estudiante con la comunidad intrauniversitaria que le permiten potenciar el desarrollo de su talento humano. 2. Estas actividades deben regirse por lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en sus leyes orgánicas, reglamentos, normas decretos nacionales e internacionales y otros documentos legales que fundamentan las funciones de extensión de la Universidad. 3. Contribuyen al desarrollo de competencias éticas, estéticas, comunicativas, interpersonales e intrapersonales, que le permitirán atender la complejidad de la realidad de los múltiples contextos donde se desempeñe. 4. La actividad de extensión en el currículo debe considerarse como estrategias para el logro de la integración para la disciplinariedad, interdisciplinariedad y transdisciplinariedad para promover cambios en el comportamiento del ser humano. 5. Deben propiciar el trabajo en equipo y

dinamizar

los grupos de forma sinérgica y hacer

metacognición de lo aprendido como persona, como futuro docente y como miembro de una familia. 6. Estas actividades responden a las expectativas y necesidades personales del estudiante. 7. Las AEC son actividades no pueden ser consideradas cursos, fases son para la formación integral del estudiante. 5


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8. Las AEC formarán parte de los requisitos de egreso del estudiante y no tendrán carga crediticia. 9. Las AEC deberán ser experiencias gratas para el estudiante que contribuyan a; mejorar la calidad de vida propiciar, su capacidad crítica, creativa, reflexiva interrelacionadas con contexto intra y extrainstitucional. 10. Las AEC en el currículo deben ser divulgadas dentro y fuera de la institución. 11. Se considera que cada estudiante debe participar durante sus estudios de formación inicial en las 4 AEC previstas en la normativa de extensión. Cada actividad de extensión tendrá una duración entre 24 y 48 horas. 12. Estas puedan ser cursadas desde el inicio de su carrera sin limitación de periodo académico. 13. Se considerará cumplida la actividad de extensión al currículo cuando el estudiante presente las evidencias firmadas por el subdirector de extensión y los coordinadores de la actividad donde él intervenga.

Lineamientos para la Administración Con base en las características expuestas anteriormente, se proponen los siguientes lineamientos para la administración de las Actividades de Extensión en el Currículo. 1. La Universidad a través del VEX y las subdirecciones de extensión, planificará la oferta anual de Actividades de Extensión atendiendo a las características de los Institutos. 2. Se consideran las Actividades de Extensión

en el currículo (AEC) como el conjunto de

actividades que se realizan continuamente durante el proceso de formación inicial, en las áreas académicas, de deporte, actividad física, recreación y cultura para la interacción del estudiante con la comunidad intra - universitaria y extrauniversitaria que le permiten potenciar el desarrollo de su talento humano. 3. Las AEC deberán ser seleccionadas y ejecutadas libremente por el estudiante dentro de la oferta del Vicerrectorado de extensión a través de las subdirecciones de extensión considerando la idoneidad del experto en el área. 4. El estudiante participará en un mínimo de 4 (cuatro) AEC durante sus estudios de pregrado. 5. La actividad de extensión se caracteriza por considerar los siguientes aspectos, el trabajo de contacto con el docente, grupal y personal. 6. La evaluación de las AEC están regidas por las normas de extensión académica. 6


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7. Las AEC son requisitos de egreso de la formación en pregrado. 8. El tiempo de ejecución de cada AEC por parte del estudiante deberá estar comprendido entre 24 a 48 horas. 9. La supervisión de las AEC deberán estar a cargo del coordinador del proyecto donde se desarrollan las actividades. 10. El control y seguimiento del desarrollo de las AEC se deberá llevar a través de sistemas que permitan determinar el cumplimiento de este requisito de egreso tal como está planificado. 11. Las AEC se reconocerán a través de una certificación de cada una de las actividades cumplidas por el estudiante. Esta certificación estará exonerada de aranceles de certificación 12. Atendiendo la ley del Deporte (2012) el estudiante deberá participar dentro las actividades de extensión, en una actividad física, deportiva o recreativa. 13. El estudiante deberá participar dentro de las actividades de extensión, en una actividad de cultura de acuerdo a la siguiente definición antes mencionada. 14. Nombrar un coordinador Nacional y sus respectivos homólogos de las AEC 15. Realizar una oferta Nacional en función de las necesidades nacionales complementada con ofertas regionales contexto del Instituto. 16. Realizar el control seguimiento y monitoreo de las todos las horas de las AEC por los coordinadores de proyectos de AEC a través de programas de extensión y entrega de recaudos.

Revisado 20 de noviembre, 2014

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