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SUPLEMENTO FEBRERO de 2011 EASSE

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SUPLEMENTO

El anteproyecto de la Ley de Igualdad Artículo 16. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación 1. Las administraciones educativas garantizarán la ausencia de cualquier forma de discriminación por razón de las causas previstas en esta Ley, y en todo caso, en los criterios y prácticas sobre admisión y permanencia en el uso y disfrute de los servicios educativos, con independencia de la titularidad de los centros que los imparten. 2. En ningún caso los centros educativos que excluyan del ingreso en los mismos a grupos o personas individuales por razón de alguna de las causas establecidas en esta Ley, podrán acogerse a cualquier forma de financiación pública. 3. Las administraciones educativas mantendrán programas específicos de refuerzo, acompañamiento y sensibilización dirigidos al alumnado que, por razón de alguna de las causas expresadas en esta ley o por encontrarse en situación desfavorable debido a razones socioeconómicas, culturales o de otra índole, presenten necesidades educativas especiales o porcentajes más elevados de absentismo escolar.

Último intento del gobierno socialista contra la educación diferenciada.

El Gobierno ha remitido a las Cortes un anteproyecto de Ley, que denomina ‘para la igualdad de trato y la no discriminación’. En ese anteproyecto se encuentran asuntos muy variados, algunos probablemente ilegales, que parecen pretender desviar la atención de los españoles hacia la caricatura de una sociedad inexistente. Como dice Durán Lleida, ‘con esta medida la Ministra Pajin quiere introducirnos en el debate que más le gusta a cierto sector de PSOE: dividir la sociedad en temas que no preocupan a la ciudadanía, que padece mucho más por la falta de trabajo o por la angustia de la situación económica en general’. En el artículo 16, se concentra la preocupación de este Ministerio por la igualdad en la escuela, mediante el texto adjunto.

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EL MUNDO EDUCATIVO RECHAZA EL ANTEPROYECTO SOCIALISTA DE LEY DE IGUALDAD

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Todas las organizaciones de la enseñanza privada han reaccionado ante el anteproyecto de Ley de Igualdad que propone el Gobierno. USO PARA FEUSO, LAS MEDIDAS CONTENIDAS EN EL ANTEPROYECTO DE LEY DE IGUALDAD SOBRE LA ENSEÑANZA DIFERENCIADA PERJUDICAN GRAVEMENTE A MILES DE TRABAJADORES

La Federación de Enseñanza de USO rechaza las propuestas contenidas en el Anteproyecto de Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación en relación con la enseñanza diferenciada que se presentaron al Consejo de Ministros del pasado 14 de enero. Para FEUSO, la enseñanza diferenciada es totalmente legal, como así lo ha demostrado su trayectoria durante todos estos años en beneficio de tantas miles de familias y de alumnos, que han escogido libremente este tipo de centros para educar a sus hijos. En sus centros, no existe ninguna discriminación y se respeta lo aprobado por organismos nacionales e internacionales. Más aún, la enseñanza diferenciada es una opción pedagógica admitida en otros muchos países de nuestro entorno, con resultados satisfactorios para la integración del alumnado y para solucionar el problema del fracaso escolar. Para FEUSO, se trata de una opción pedagógica perfectamente válida. No existe, pues, ningún argumento que no sea exclusivamente político para pretender negar el acceso a los conciertos de estos centros, muchos de ellos con muchos años de servicio a la comunidad educativa. Además, estas medidas causarían un perjuicio muy grave no sólo a las familias y los alumnos sino también a miles de profesores y del Personal de Administración y Servicios (PAS), que pueden ver cómo, de repente, se pone en riesgo su estabilidad y futuro laboral, especialmente en un momento de crisis y de dificultades económicas como el que estamos padeciendo, con más de cuatro millones y medio de parados.

FSIE

Contra la libertad de enseñanza en nombre de la igualdad de trato La presentación por parte del Gobierno del “Anteproyecto de ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación”, constituye un ataque a la Libertad de Enseñanza y al derecho fundamental a la educación. Con ello el Gobierno pretende impedir que los centros denominados de educación diferenciada puedan beneficiarse de los conciertos educativos. FSIE defiende que la educación es un derecho fundamental que los poderes públicos deben asegurar respetando la libertad de creación y dirección de centros y garantizando el derecho de los padres a elegir la escuela para sus hijos, de acuerdo con sus convicciones morales, religiosas, filosóficas y pedagógicas, sin más límites que los impuestos por el ordenamiento constitucional. FSIE entiende que haya padres que haciendo uso de su libertad para elegir el tipo de educación para sus hijos opten por la educación diferenciada. La educación diferenciada no excluye ni discrimina por razón de sexo, tal y como el propio Gobierno sostiene con su ratificación del Convenio de la UNESCO y, por lo tanto, tiene pleno derecho, legal y legítimo, a recibir subvenciones públicas, entre ellas, el concierto educativo

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Las asociaciones de padres y de titulares de centros CONCAPA

CONCAPA CONSIDERA QUE LA LEY DE IGUALDAD PERPETUA LA DESIGUALDAD EDUATIVA Ante el anteproyecto de la Ley de Igualdad de Trato, CONCAPA manifiesta que: No se puede privar a las familias de su Derecho Fundamental a la gratuidad de la enseñanza por el hecho de elegir un tipo determinado de educación, en lugar de apoyar la pluralidad de opciones educativas, porque en ese caso se perjudica a las familias más humildes que, al no existir escuelas públicas diferenciadas pierden el derecho a escolarizar a sus hijos en un modelo educativo legítimo. Cuando existen problemas tan graves en la educación como el fracaso y el abandono escolar, no se entiende que el Gobierno trate de desviar la atención con temas como este en lugar de superar su prolongada ineficiencia en este campo.

COFAPA Para la Confederación de Padres y Madres de Alumnos COFAPA, la negación de los conciertos a los centros de educación diferenciada es abiertamente contraria al auténtico pluralismo educativo, en el que deben tener cabida los modelos educativos legítimos. Los colegios de educación diferenciada, muchos de los cuales accedieron al régimen de conciertos a partir de la aprobación de la LODE en 1985, tienen reconocido el derecho a ser financiados con fondos públicos porque ofrecen a los padres un modelo pedagógico tan reconocido por nuestra Carta Magna como cualquier otro. COFAPA, que siempre velará por el desarrollo de los principios de libertad, igualdad y justicia, pide que no se discutan en ningún caso los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus propias convicciones y a elegir colegio.

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FERE CECA EC reclama a las administraciones educativas que respeten el derecho de libertad de enseñanza La reciente aprobación en Consejo de Ministros del Anteproyecto de Ley Integral de Igualdad de Trato y no Discriminación vuelve a poner injustamente en el punto de mira a los centros de educación diferenciada y su concierto educativo. Si bien Escuelas Católicas (FERE-CECA y EyG) ha promovido en sus centros el modelo educativo de la coeducación, defiende la libertad de enseñanza como un derecho contemplado en nuestra Constitución que debe ser promulgado por las administraciones educativas. Los poderes públicos deben reconocer y garantizar los derechos establecidos en la Constitución, las leyes orgánicas y los tratados internacionales ratificados por España, y no pueden discriminar tanto a los centros que optan por un modelo pedagógico debidamente contrastado, como a las familias que lo eligen. La educación diferenciada no es discriminatoria ni desde el punto de vista legal ni desde el jurídico. Tanto la Constitución Española como el Tribunal Constitucional y el Supremo, sin olvidar diversos tratados internacionales, corroboran que la educación diferenciada no debe estar bajo sospecha. Así, la UNESCO (Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, elaborada en 1960 y reafirmada en 1999 y ratificada por España, artículo 2 a), señala explícitamente que no es discriminatorio “crear o mantener sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumPÁGINA 3

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Las organizaciones que representan a los colegios consideran absolutamente injusta y fuera de legitimidad la propuesta socialista. CECE

FERE CECA nos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que estos sistemas o establecimientos ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente cualificado, así como de locales escolares y de un equipo de igual calidad y permitan seguir los mismos programas de estudio o programas equivalentes”. Se está poniendo en tela de juicio un modelo pedagógico internacionalmente aceptado que busca potenciar al máximo las capacidades de cada sexo adaptándose a sus diferencias en el ritmo de aprendizaje y en el proceso de maduración, sin intención de reproducir roles sexistas y trasnochados. Por todo ello, los colegios de educación diferenciada tienen derecho a ser financiados con fondos públicos en las etapas declaradas obligatorias y gratuitas por la legislación.

LA EDUCACIÓN DIFERENCIADA ES UN MODELO PEDAGÓGICO QUE NO SUPONE DISCRIMINACIÓN Ante el reciente anuncio del anteproyecto de Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación del Ministerio de Sanidad, la CECE quiere trasladar a la opinión pública las siguientes consideraciones. Que la educación diferenciada es un modelo pedagógico, internacionalmente aceptado, cuya finalidad es potenciar al máximo las capacidades de cada alumno y de cada alumna, adaptándose a sus diferentes ritmos de aprendizaje y de proceso de maduración. Que este anteproyecto de ley incumple la Directiva Europea de 13 de diciembre de 2004 sobre el Principio de Igualdad de trato entre hombres y mujeres al acceso a bienes y servicios y suministros, que reitera el carácter no discriminador de la educación diferenciada. Que dicho anteproyecto es contrario a la libertad de creación y elección de centros garantizada por nuestra Constitución, imprescindible en un estado democrático que se define por la pluralidad de opciones, también en el ámbito educativo. Que los trabajadores de estas empresas tienen derecho a prestar sus servicios en colegios cuyo proyecto educativo comparten, también en el aspecto de la diferenciación. Y que ese derecho y su mismo puesto de trabajo se encuentran amenazados por este proyecto de Ley.

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La opinión de los juristas european association single-sex education

Nueva amenaza para la libertad de enseñanza El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 7 de enero de 2011, el Anteproyecto de Ley Integral para la Igualdad de trato y la no discriminación, dando otro giro de tuerca a su política “pro igualdad”, como un escalón más que se sube en la larga lista de medidas ya conocidas (paridad en los órganos de gobierno, medidas laborales antidiscriminación, contenidos curriculares específicos, designación de responsables de la aplicación de dichos principios en el seno educativo y en los Consejos Escolares, proposición de juegos no sexistas en los recreos escolares, contenidos televisivos apropiados, etc.), pero no es un simple escalón: este Anteproyecto amenaza con crudeza la pervivencia del modelo educativo de educación diferenciada sostenido con fondos públicos. Concretamente, el Artículo 16 del Anteproyecto colgado en la página web del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad establece expresamente que “En ningún caso, los centros educativos que excluyan del ingreso en los mismos a grupos o personas individuales por razón de las causas establecidas en esta Ley, podrán acogerse a cualquier forma de financiación pública”. Supone, en otras palabras, la extinción de cualquier forma de subvención pública o concierto educativo a los centros que ofertan la educación diferenciada. Y esto, realmente, es un paso adelante en la política de restricción de libertades del actual Gobierno. En este caso, de una libertad fundamental: la libertad de enseñanza. Y ello por cuanto el Artículo 27 de la Constitución Española reconoce no sólo dicho principio, sino también el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que desean para sus hijos (conforme a sus convicciones personales), el derecho a la enseñanza gratuita en su fase básica (considerada obligatoria) y el derecho de creación de centros. Es decir, reconoce un conjunto de derechos vinculados de alumnos, padres y titulares, que se traducen en la libertad para

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ofertar un modelo educativo determinado, para elegir dicho modelo libremente y para disponer de financiación pública en los niveles obligatorios pues, de lo contrario, los dos primeros estarían reservados únicamente a los grupos sociales con más recursos económicos. Hay que tener presente que, en justa coherencia con la Constitución, ni la LODE de 1985, ni la LOE de 2006, prohíben la concesión de conciertos educativos a los centros que escolarizan únicamente a niños o niñas. Precisamente por eso existen en la actualidad tales centros repartidos por numerosas comunidades autónomas. Sencillamente, porque la normativa no lo prohíbe y existen familias que optan por esta oferta que, evidentemente, tiene sus puntos positivos y negativos, como cualquier proyecto educativo. Sin embargo, en los últimos dos años se han intensificado las campañas de acoso a estos centros, coincidiendo con la última campaña de renovación de conciertos educativos, en comunidades autónomas como Galicia (normativa que fue anulada por el nuevo Gobierno gallego), Asturias, Cantabria o Andalucía. Lo más curioso es que el Tribunal Supremo dictó sentencia al respecto indicando que la existencia de estos colegios no vulneraba el derecho de igualdad ni las Leyes básicas estatales, aunque las comunidades autónomas podían establecer condiciones adi-

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La opinión de algunos juristas

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cionales en el régimen de admisión de alumnos de los centros sostenidos con fondos públicos de su ámbito territorial. Evidentemente, la puerta se había cerrado en falso. Y esto, precisamente, es lo que más sorprende. Los tratados internacionales suscritos por España, en particular la Convención de la UNESCO de 1960 relativo a la Lucha contra las Discriminaciones en el campo de la enseñanza, excluye en su Artículo 2 de la catalogación de “discriminatoria” a la enseñanza diferenciada siempre que las condiciones de acceso en los centros masculinos y femeninos, los contenidos curriculares y características de los centros y sus profesores, sean iguales en unos y otros. En consecuencia, la educación diferenciada no es discriminatoria si cumple estas condiciones de igualdad (no vulneraría, en consecuencia, el Artículo 84 de la LOE, tal y como ha reconocido el Tribunal Supremo), por lo que procede defender su existencia como una expresión más de la libertad de enseñanza, pues ¿se obliga a alguien a llevar a sus hijos a estos centros?, ¿el currículo impartido es diferente del resto?, ¿los centros no reúnen los requisitos para su autorización? Evidentemente, si se desea eliminar su derecho al concierto es porque se considera un modelo negativo para los educandos y la sociedad en su conjunto. Y ¿quién se erige en juez, por encima de la voluntad de los propios padres o tutores? En nombre del bien común y de la igualdad también se cometen atropellos. No caigamos en ellos esta vez. Está en juego la misma libertad de enseñanza. Luis Centeno Caballero Abogado Escuelas Católicas

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La nueva Ley que se pretende para la Igualdad de Trato y la Educación Diferenciada A vueltas de nuevo con las prohibiciones y ahora en materia de financiación en la educación a través de un proyecto legislativo completamente innecesario desde el punto de vista jurídico con la sola intención de distraer a la población con temas que ya están legislados desde 1978. Como ya ha tenido ocasión de comentar algún Profesor de Derecho en la prensa, mis observaciones no son nuevas, porque la cuestión tampoco lo es. En España, están perfectamente delimitadas y establecidas nada menos que en la Constitución las prohibiciones de las conductas discriminatorias en todos los ámbitos sociales. El problema no es prohibir las conductas discriminatorias que son deleznables deesde cualquier punto de vista. El problema que tenemos en España, con determinados grupos políticos es que bajo el amparo de políticas progresistas, bajo el amparo de una falsa igualdad social, se pretende la IMPOSICION de una ideología concreta. Es eso, un problema de implantar una ideología concreta a toda una sociedad. Entrando en el fondo del asunto, hasta la saciedad repetimos que la discriminación en la esfera de la educación está perfectamente definida por normas que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico y la separación de sexos NO LO ES. No se trata peyorativamente a ningún alumno por su sexo. ¿ Hay alguna denuncia de trato vejatorio o desigual por parte de estas instituciones por razón de su sexo? ¿No es cierto que el acceso a estos centros por parte de las familias es completamente voluntario? ¿ No es menos cierto que hay posibilidades de que tanto niños y niñas acudan a estas instituciones?. Como quiera que contra eso no pueden hacer nada, desde hace casi 20 años llevan estos grupos políticos cada vez que acceden al poder intentando cometer un fraude de ley prohibiendo o intentando prohibir por vías secundarias lo que nuestro Estado de derecho y Constitución, establece como pluralismo educativo. Así, no pueden poner claramente que se prohíbe la educación separada en España por atentar contra la igualdad y ser constitutiva de discriminación. JuPÁGINA 6

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rídicamente no pueden hacerlo. Cualquier persona ajena al derecho, sólo por sentido común, podría comprender que un comportamiento que atente contra los derechos fundamentales de las personas referidos a cualquier discriminación, debe ser inmediatamente prohibido, máxime si se realiza por instituciones que prestan un servicio a la sociedad tan importante como la educación. ¿Por qué no lo hacen nuestros gobernantes?, porque tachar a la enseñanza separada de discriminatoria, no se sustenta jurídicamente, es una afirmación demagógica, utilizadas por quienes pretenden imponer un solo sistema educativo y doblegar a las familias para que no puedan ejercer su derecho a educar a sus hijos conforme a sus propias convicciones morales, y pedagógicas. (Esto sí que es fascimo y no que los funcionarios en Andalucía se manifiesten contra el Decreto de la función pública como recientemente les ha calificado un dirigente socialista). Una evidencia de la demagogia ideológica que se practica, es que se permita impartir el modelo pedagógico de educación separada en la enseñanza privada y se estén torpedeando a los centros que reciben financiación pública, con innumerables chapuzas legislativas, estatales y autonómicas, para quitarles la financiación porque cometen discriminación, ¿y los privados no la comenten? Qué incoherencia y qué falta de rigor jurídico. Aclarar que la financiación que reciben los centros, es para las familias no para el titular de los mismos. Las cuentas están ahí y el Tribunal de cuentas tiene competencias en la materia. La nueva Ley no aporta nada, pues la LOE recoge expresamente para el sector educativo la intolerancia con la discriminación. No era necesario reiterarlo en otra Ley que va más allá de la Ley específica de educación con la referencia a la financiación pública. Si el motivo para retirar la financiación pública es que esta enseñanza es discriminatoria, no tienen más remedio “ por vergüenza torera” que prohibir este modelo en todo el Estado. No pueden hacerlo, atentarían contra la Constitución, las directivas internacionales más recientes y otras normativas internacionales que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. CARMEN MORA DE LA ROSA Abogado de CECE Andalucía

También los políticos manifiestan su estupor.

Del BLOG DE DURAN LLEIDA El progresismo de la ministra Pajín De entrada vuelvo a recordar que soy católico pero que ni he sido ni seré del Opus. Tengo todo el respeto para todos, pero si me hubiera de identificar, me sentiría más cerca de la Comunidad de San Egidio. L iniciar este comentario alguno podría pensar que comienzo a la defensiva y que eso tiene una lectura negativa. Respeto a quienes lo crean, pero si lo hago así es porque la cuestión que trataré afecta básicamente –hoy por hoy- a escuelas del Opus, y porque cuando defiendo alguna idea que tiene que ver con la religión, el simplismo de algunos lectores del blog les ha llevado a decir “Usted es del Opus”, verdad?. Pues no, pero sin serlo defiendo la libertad, también la del Opus, y la de los padres que han decidido llevar sus hijos a escuelas concertadas de esta institución. El comentario viene a causa del proyecto de ley de la ministra Pajín sobre discriminación. Las intenciones de la ministra son que los colegios que hacen enseñanza diferenciada, los que escolarizan las niñas y los niños por separado, no podrán recibir el concierto, es decir, la ayuda que garantiza la gratuidad y, por tanto, el derecho constitucional de la libertad de los padres para escoger escuela, porque si para ir a la concertada se ha de pagar una parte del coste, no se puede escoger libremente. Pues bien, una vez centrado el motivo del comentario he de decir que no estoy de acuerdo por diversas razones. Primera: el convenio relativo a la luzha contra

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las discriminaciones en el ámbito de la educación de 14 de diciembre de la UNESCO y el convenio sobre la discriminación contra la mujer de 18 de diciembre de 1979 de la ONU –suscritos por el Estado español- no consideran discriminatoria la creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente cualificado, así como de instalaciones escolares y equipamiento de la misma calidad y permitan seguir los mismos programas de estudio o equivalentes. Segunda: esta medida es, además, contraria a la Constitución porque limita el derecho de los padres a escoger escuela en función de su ideario, que los centros tienen derecho a establecer y los padres a escoger. Así se desprende de la Constitución y del desarrollo legislativo de su artículo 27 y de la jurisprudencia constitucional existente al respecto. Tercera: de acuerdo con el nuevo Estatuto de Autonomía de Catalunya, esta es una competencia de la Generalitat y no del gobierno del Estado. Cuarta: cuando pactamos con el PSOE la última ley de educación, quedó muy claro, de acuerdo con el entonces portavoz del PSOE, Pérez Rubalcaba, que quedaba perfectamente admitido que se pudieran concertar también estos centros que escolarizan por separado las niñas de los niños. Y quinta: la ministra Pajín, muy “progresista ella”, habría de saber que, por ejemplo, el asesor del presidente de los EUA, Barack Obama, cree que esta escolarización es positiva para el rendimiento escolar. No sé si esto es así o no. En casa, hemos optado por escolarizar a nuestras hijas en colegios mixtos, pero ya que la Sra. Pajín es la que va a decir que en el año 2010 se produciría la conjunción astral que el mundo tendría la suerte de estar gobernado por dos líderes progresistas, Obama en los Estado Unidos y Zapatero en Europa, habría de tomar nota de lo que piénsala administración Obama al res-

Durán Lleida y Carlos Salvador pecto. En Suecia, también desde el año 1994, con un gobierno socialista se va a llegar a la misma conclusión que la administración Obama.

Salvador pregunta al Gobierno si conoce informes que muestren que la escolarización diferenciada favorece menos la igualdad El diputado de UPN ha registrado cuatro preguntas así como una solicitud de informe al Ejecutivo central Salvador ha preguntado al Gobierno si cree que existe “algún informe comparativo serio que demuestre que la escolarización en centros de educación diferenciada esté conduciendo a resultados educativos menos inclusivos y menos favorecedores de la igualdad entre sexos que en los centros mixtos” y le ha instado a que los haga públicos, en su caso. El diputado de UPN también quiere saber si “está pensando el Gobierno en utilizar este artículo 16.2 contra los padres y madres que, de acuerdo con sus convicciones pedagógicas, han elegido para sus hijos e hijas colegios concertados de educación diferenciada, privándoles del ejercicio de un derecho garantizado por nuestra Constitución, al eliminar la financiación que reciben estos centros a través de los conciertos que mantienen con las administraciones educativas de las Comunidades Autónomas”. Igualmente, Salvador ha preguntado al Gobierno “cómo situaría esta Ley y las medidas que conlleva en relación con los países avanzados de nuestro entorno cultural, que han encontrado en el modelo pedagógico de la educación diferenciada un apoyo a la mejora del sistema educativo”.

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