La educación en el estado de las autonomías

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2. El Ministerio de Educación Es necesario y urgente que el MEC recupere el liderazgo que la Constitución y las leyes le atribuyen para exigir que se cumpla el ordenamiento jurídico y legal que establece un único sistema educativo básico, garantizando la igualdad de derecho de los españoles a la educación; para que se reserve y ejerza las competencias (Funciones y Servicios) que la legislación le asigna; y para que desarrolle las funciones de coordinación que le son propias. Entre éstas, la Administración del Estado tiene la posibilidad (¿el deber?) de convocar la Conferencia Sectorial de Educación para asegurar en todo momento la necesaria coherencia de actuación de las Administraciones públicas y su imprescindible coordinación y colaboración.

3. La Conferencia Sectorial de Educación “La necesidad de hacer compatibles los principios de unidad por un lado y los de autonomía por otro, en que se apoya la organización territorial del Estado constitucionalmente constituída implica la creación de instrumentos que, [como la Conferencia Sectorial de Educación], permitan articular la actuación de las diversas Administraciones públicas. Su utilidad es reconocida en los Estados modernos, organizados sobre la base de autonomías territoriales.” (T.C. sentencia 76/1983). Una actuación eficaz y con altura de miras de esta Conferencia Sectorial permitirá, garantizando las singularidades lingüísticas y/o culturales de las distintas Autonomías, mantener la unicidad de aquellos elementos básicos y fundamentales que constituyen el sistema educativo español. En su actuación y en sus decisiones, está la garantía de que se eviten las discriminaciones entre los ciudadanos en materia de educación, aun contando con las posibles y convenientes diferencias que se consideren.


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