Acta sesion ordinaria N° 98 Municipalidad de Coyhaique

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25 nivel regional y que tiene que ver con las modificaciones de este instrumento de medición socio económico y no con la eliminación de la ficha. Se debe asumir la responsabilidad y ser absolutamente serios en lo que se plantea a la ciudadanía y se hacen parte como cuerpo colegiado para plantear esta demanda regional, que no sólo afecta a Coyhaique. La comunidad no está entendiendo que esto tiene que ver una política pública de arrastre y que hoy se está tratando de resolver, pero no con la agilidad que la gente espera. Propone una reunión desde el Concejo Municipal con todos los integrantes de esta unidad para analizar cuáles han sido los problemas y cómo se pueden resolver para que se tenga un discurso común sobre la situación. Concejal Sr. Jorge Díaz: Plantea una situación que se dio con una adquisición de un terreno de 87.7 mts.2 y que el municipio de Coyhaique adquiere sólo con la escritura y planos disponibles en el conservador de bienes raíces. Consulta cómo se hace una compra sin conocer en terreno cuántos metros tiene efectivamente la propiedad que se va a comprar, porque acá faltan aproximadamente 85.7 metros para cumplir con el loteo final del Comité de Vivienda El Ovejero. La duda que tiene él tiene relación directa con esa situación, cómo la Municipalidad a través de sus profesionales adquiere sólo con la escritura y los planos un terreno donde hoy falta 85.7 mts.2.Pide que se explique esta situación antes de someter la modificación presupuestaria. Sr. Jorge Jofré, Abogado: Explica que cuando se efectúa la compra de un bien inmueble, previamente se hacen los estudios para ver si cuenta con las subdivisiones y autorizaciones de compra. Ese terreno debe pasar previamente por la DOM y si están los planos aprobados y está inscrito en el conservador de bienes raíces, a partir de esos antecedentes se trabaja con la fe y la confianza que los roles son tal como se dice en la escritura y a partir de eso se van elaborando las adquisiciones de los diferentes inmuebles. No se puede poner en duda a un servicio público que cumple el rol de regularizar un inmueble. En la práctica, se encuentran con el desfase de los metros cuadrados que faltan. Jurídicamente hay que demandar al vendedor, en este caso como falleció, significa demandar a la comunidad hereditaria y por otro lado en este caso se encuentran con una post posición de inmueble y eso significa que el inmueble que se va a comprar figura en la propiedad vecina y a su vez el vecino hizo su proyección sobre la propiedad vecina. Es una especie de cuchillo, en la cual ambos inmuebles figuran que esa parte corresponde a ellos y en esa eventualidad se debe demandar al vendedor y a la vecina y eso sería un juicio ordinario y que duraría como mínimo 1 año e involucrando recursos de por medio. Concejala Sra. Silvia Moreno: Señala que según lo que explica el abogado, es razonable entender que efectivamente hay un acto de buena fe en la administración pública que se debe respetar, porque los antecedentes que se están aportando para la toma de decisión son antecedentes verídicos, sin embargo, en la calidad de autónomos que es el municipio, cuando hay una


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