Dr. Jose Gaspar de Francia - Volumen 2 (1813-1817)

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: `/ . . . -m a, ni de los fim d ados rec`elos de invasion de nro, Territorio con ~uerza armada que hQ expresado a Vr~ en el Officio que transcrive Vm en el coo y3. ``, suyo de ?`2 del pp- Tocio : to que el ha manifest .ado a est,e Govierno en el i to uiLimo Parte que h~l dudo, es que la resolucion del Comand- Artlgas sobrE

el Su b dele gado Pl a nes de Y upeyui le hacia t.emer que este se Zntroduxese con todo s u Arm um en to por ' el Terrltorio de ^anc7elaria a fin de escaparse

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a Corr lentes . q u e era el unico usilo n ue . tenia, ,y q• e Sa ra evit a r este ca-

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so habia citudo a toclas lag Tropas fronterizas nara operar bajo sus disS ~~. . pos1clon=, por no ser cable , able nue dho Arr,~ament or~amento se nos escape concluyendo . .X ,'

que sobre tvdo esneraba ordenes de este Tovierno para executarlas- Pero Homo estie no es moLlvo part invadir, o at .acar a los Dependientes b T!oraBores del Distrito de otro fovierno quando solo Pasan a una Ciudad 6 Lu gar de su misma Pr o vincla : sole contests con est.a "echa nrohivl enclole ab~ to S olutam- el alarrn ar o conmoverae contra el c l ta d o Suhdeleg ado Planes, y

~.

el mesclarse S tomar carte alma en las disenciones actuales . delis U rien

tales coii 1os De p endzentes 6 P'oradores de log nenart. amentos del ~ovierno ~.

.;Buenos P,,yres ,

advirtiendole ,

que no est.ando en C~uerra la Republica con

quel Govierno debe observar una ,juiciosa neutralidad resnecto de aquellas desavenencias ; y rue todo 10 --,ue corresponde en el caso es9 cuidar .. fi,x..~ ; .,,

« ..:.

que los 3fabitantes de aquella Subdele~acion de Candelaria no recvan extorc1ones de dlno 'Planes y su Pnrtida sl acaso 11ec~ase ~~ veri.ficar efect}-1 to i vinSO transito can el fin de refugiarGe a ^orr~ entes perse .wido del e Gral Artigas- Lsta disnosicion es 1g n- debe f.ixur la conducta de Vi en ' to el particular para abstenerse comp se he n .reviene ig•u1m- de cooperar a hostiLizar a los FYnpleados Veeinos 6 ?'oradores cue los otros Pueblos l1ores si n otro motivo .nue . el sobredicho aunque a ello le incite el Subde-

,. leo g ado de Candelaria ; ~' ;

pues l a "~epu b lica no debe comprometerse nor oerso-

nalidades ni sus Arenas emp l earse en desahogo de resentimiento particula- , res- Dios

u e a Vm m- a- A suncion 4 de I !~a rzo cue 1 2 1 4 -

F'u l g encio . Yeg ros

Consul d e l a R epublic a- Dr Jose G a snar d e Fr ancia Consul de la R epubli-

I 1

, . ~ i,

: ca- Seb as ti an Antonio Wartines Sa Pns Secretarion tammento d e antiac' o f)- Juan Antonio P:"ontiel .

Al Subdele gado del Depar


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