Derechos económicos, sociales y culturales. Fundamentos

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Derechos económicos, • Para presentar una demanda o un caso justiciable, todas las peticiones deberán incluir hechos tendientes a demostrar que (1) una persona humana ha sufrido daños concretos en contra de un derecho protegido, y (2) que el daño tiene una relación de causalidad con un acto imputable al Estado. • (...) sirve hacer uso de la legislación interna, la constitución política y otros tratados ratificados que protegen los DESC para ayudar a interpretar el alcance de obligaciones asumidas por los Estados Partes de acuerdo con la Convención Americana. (...) • Las peticiones deberían citar frecuentemente el incremento en el número de declaraciones, tratados, resoluciones y enunciados de expertos que tienden a establecer y definir los DESC en el derecho internacional.”25

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos, es un órgano jurídico creado por la Convención americana sobre derechos humanos para garantizar los derechos consagrados en los instrumentos de protección del sistema interamericano. La Corte examina los casos presentados por los Estados parte y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Sus funciones son las siguientes: - Examinar los casos presentados por la Comisión o por un Estado, solamente cuando el Estado parte haya aceptado expresamente su competencia para tal fin. - Formular opiniones consultivas sobre la interpretación de los instrumentos de derechos humanos, a solicitud de cualquier Estado miembro. - Emitir conceptos sobre la compatibilidad entre las leyes internas de un 25 Melish, Tara. La protección de los derechos económicos, sociales y culturales en el sistema interamericano de derechos humanos: manual para la presentación de casos. Quito, Orville H. Schell Jr. Center ; CDES, 2003, pp. 61, 62, 110, 131, 152.


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