El Principio de Precaución ambiental

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PARTE II NORMATIVA ARGENTINA EN MATERIA DE PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN173 Introducción174 El Derecho internacional está integrado al derecho argentino y prevalece en ciertos casos sobre el derecho interno. El monismo jurídico fue asumido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) argentina, incluso, antes de la Reforma Constitucional de 1994. En el Caso Ekmekdjian, Miguel c/ Sofovich, Gerardo y otros, (sentencia de 7 de julio de 1992), la Corte ha considerado que la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados ha alterado la situación del ordenamiento argentino, debiendo asignarse “primacía al tratado ante un eventual conflicto con cualquier norma interna contraria o con la omisión de dictar disposiciones que en sus efectos, equivalgan al incumplimiento del tratado internacional en los términos del citado Art. 27”175. Esta posición fue reafirmada en fallos posteriores, i.a. Casos Fibraca Constructora S.C.A.c/ Comisión Técnica Mixta de Salto Grande (sentencia de 7 de ju-

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Este capítulo ha sido redactado por Susana Sartori y Zlata Drnas de Clément con la colaboración de la ayudante en investigación María José García Castro. V. DRNAS DE CLÉMENT, Z. “El Derecho internacional en las sentencias de la Corte Suprema de Justicia de la nación argentina” (www.acader.unc.edu.ar).


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