Reconocimiento por la posicion del Perú a la Apostilla de la Haya

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Estimado Compañero Wilbert Benezú: Hago propicia la oportunidad para expresarle un afectuoso y fraterno saludo aprista y al mismo felicitarle por sus valientes posiciones políticas respecto a la reivindicación de soluciones para las más imperiosas y perentorias necesidades generales de la población peruana residente en el exterior, a saber: Un trato por parte de las instituciones del estado peruano en igualdad de condiciones que el dispensado a la población peruana residente en territorio nacional, por imperativo constitucional. El establecimiento de las condiciones jurídicas y políticas indispensables para que podamos ejercer libremente nuestro derecho constitucional a elegir mediante voto universal y directo a nuestros legítimos representantes en el Congreso de la República del Perú, que defiendan nuestros derechos horizontales; así como a los que nos representen oficialmente ante los poderes públicos de los respectivos estados de acogida, por razones de lógica jurídica y sentido de equidad.. Adhesión del Perú a la XII Convención de la Conferencia Internacional de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 1961, sobre Supresión del Requisito de Legalización Para la Eficacia de los Actos Públicos Extranjeros ( la de la apostilla ), por necesidad de mejorar nuestras condiciones de vida cotidiana. Significándole que como es de su conocimiento, el estado peruano siendo miembro fundador de dicha conferencia internacional, no ha firmado, ni ratificado, la referida convención; que es la única de las 24 aprobadas en tal conferencia internacional que no se encuentra en vigor para nosotros, que junto con los bolivianos, somos los únicos nacionales de países sudamericanos que no disfrutamos de sus importantes ventajas . Y que como quiera que para ratificar un tratado es preciso antes haberlo firmado, cosa que no se hizo como ya se dijo, el único procedimiento viable de acuerdo al derecho internacional de los tratados ( Convenio de Viena ) es la adhesión, que supliría la omisión de firma y ratificación, en un solo acto. Para ello es menester que el Congreso de la República apruebe una resolución legislativa que autorice al Presidente de la República a firmar el instrumento de adhesión. Y hasta el momento ni el poder ejecutivo, ni ninguno de los parlamentarios que ejeren o han ejercido funciones ha tomado la iniciativa parlamentaria correspondiente, ni de modo individual, ni de modo colectivo. Siendo prerrogativa del poder ejecutivo y d cualquier parlamentario individualmente tommar tal iniciativa legislativa, que no ha sido, los ciudananos interesados en sacar adelante dicha adhesión estamos atados de manos, pues el art. 62 del Reglamento del Congreso de la República excluye explícitamente la posibilidad de tramitar una iniciativa legislativa popular en materia de tratados. Así que ésa es la situación al respecto. He sido comisionado por el Comité Ejecutivo de Madrid para poner en evidencia esta grave y a la vez injusta situación en la audiencia pública a celebrarse mañana por iniciativa del Diario Decano de nuestro país, emplazando al canciller y a todos los congesistas sin excepción a tomar de una vez por todas la iniciativa legislativa que permita la tan ansiada, inaplazable y largamente esperada adhesión mencionada. Sin otro particular, me despido. Con Fe, Unión, Disciplina y Acción. Madrid a 23 de Septiembre de 2009. Guillermo Alfonso Pérez-Reyes Garreta Secretario de Defensa de Peruanos en el Exterior Comité Sub Regional Aprista de Madrid


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