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SESION DEL DIA 2 DE MARZO

Principió por la lectura del Acta del dia 29 de Febrero; de los partes de la línea ‘8 la Isla, de 1.. y 2.. del corriente, y de los de los buques de la escuadra J fuerzas sutiles del último dia de Febrero y 1.. de 6ate. Se ley6 y mandó agregar B las Actas el voto particular de los Sres. Mendiola y Ramos, contrario B lo resuelto por las Córtes en el citado dia 29 de Febrero en cuanto B que continúe por el tiempo que sea necesario la contribucion impuesta sobre el oro y plata que se conduzcan de América y ePectos que se remitan desde esta plaza, para atender con su producto á los gastos causados y que se causen en las expediciones militares que ae han enviado y sea precfso enviar B las Américas para el reemplazo de los cuerpos allí existentes. Se di6 cuenta de un informe le la comision de Justicia, que, en vista de una representacion de D. José de Blicolta, vecino de la isla de Leon, en que como apode. rado de Doña María y Doña Joaquina Alvarado, pretende que las Córtes manden que el Sr. Diputado D. Antonio Zuazo le satisfaga los alquileres que dice deberle de una casa sita en la misma villa de la isla de Leon, perteneciente 6 las citadas Do5a María y Doña Joaquina, que ba habitado y aun tiene alquilada el Sr. Zuazo, y que aclem6s se mande que éste le entregue las llaves, puesto que uo la habita por si, y en vista tambien de una exposicion del propio Diputado, en que manifiesta que no debe pagar los alquileres que se le piden, por no haberse hecho en la casa, cúando él lo reclamó, la oka que conceptuaba indispensable, proponia y era el dicttien, que el Sr. Zuazo debia pagar por entero

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10s alquileres; y que sí turiese rlgo qus repetir eantn el administrador, usase de su derecho, despw de ve. rificado el pago; y que además debia dejar librelaw nO ocupándola por sí. Habiendo hablado algunos stüores Diputados. se acordó autorizar al Sr. Prssiddnts, prn que, en vista de lo que resulta del expediente, J haciendo aclarar los hechos que seao necewios, detw mine lo que corresponda. Se di6 cuenta de una representacion de Doñs~í~ Josefa de Hervias, vecina de esta ciudad, fecha27 del mes próixmo, en que solicita que el Sr. Diputado D. lW cisco Gonzalez se traslade inmediatamente al UUeVOal@ jtrmiento que dice se le ha proporcionado; 9 68 w pendió tomar resolucion sobre esta solicitud, 9 flp rsr el resultado de las órdenes espedidas sobreeste asunto. El Sr. Ca&116 hizo la siguiente prOPO8ic~n~4’ fué aprobada: ((Pido B V. M. sea servido concederme pe@@)Pvl solicitar de la Begencia, que mande al tesorero Werrl que á cuenta de mi haber, en cuyo percibo e&’ ai? sado un año Iargo, tie suministre lo necesario Pan ’ manutencian, la de mis hijos y familia.)) A solicitud de los Sres Diputados ds las qrOrineisa de Sevilla y Extremadura, les autorizarou las Cortesp0 que pudiesen pasar 6 tratar con la Regencia de1*“’ sobre asuntos de sus respectivas provincias. Y 88 levantó la sesi0n.s Vicente pascual, Preside’ te.= JosB María GCutierrez de Terán, Diputado ‘?“’ ri0.s Jo& Antonio Navarrete, Diputado ~crebrlo’


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SESDN IlEL DIA 3 DE .MARZOUE 1812. Principió per la leckura de ka Acta del dia anterior, y de loa partes militareo de mar y tierra de es& disbito. Sedi6 cuenta de la causa formada en el Tribunal deCórtescontra el Sr. Diputado D. Francisco Gonzalez, porqueja del coronel D. Francisco Ferráz y Cornel, comosobrino del teniente general D. Antonio Cornel, sobrepalabras injuriosas 6 éste, pronunciadas por el primero; de la sentencia que han dictado tres de los cincoindividuos de que se compone dicho Tribunal, WdncidaB que se eobresea en este asunto, declarándose quelas expresiones proferidas por el Sr. Gonzalez en la 8esionpública de 25 de Enero de 18 ll, aunque ineaactas6 imprudentes, no pueden perjudicar el buen concepto, opinion y fama en que esté el teniente general Cornsk y 6 que se archive el proceso, concluyendo COn mssifeskir al Sr. ffonzalez cuhnto deben desear y espelan lss Córtes que en sus discursos procure no faltar 4 1smoderacion y ciscunspeccion que dehe guardar to-

do Diputado, st%aladamente cuando trata, no de mate ria opinable, sino de determinada persona ; y del voto particular de los Sres. Lisperguer y Rojas, indivíduos de propio Tribunal, reducido á que se mande que el Sr. Gonzalez practique el reconocimiento de las notas taquigr&kas de la citada sesion de 25 de Enero, y de les dem&s papeles que pide D. Antonio Cornel, y que hecho así, se vuelva B dar cuenta ; y b que si el resultado de estas diligencias no exigiese otra providencia, se mande, en su vista, que sin perjuicio de resolver 6 su tiempo lo que corresponda en justicia sobre la pretendida flama de calumnia, se comunique nuevamente el proceso 4 D. Antonio Cornel para que formalice su accion segun le convenga. Ensegnida se acordó que se discutiese y resolviese este asunto en secreto; y por 8er ya tarde, el Sr. Ptmidenle levantó la sesion. =Vicente Marja Gutierrez de Terin, Pascual , Presidente. -José Diputado Secretario.=Jos6 Antonio Navarrete, Diputado Secretario. l

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Se leyó el parte militar delcanton de la isla de Leon; cl de los buques de 1s escuadra y fuerzas sutiles de estos puntos, y el del estado de la caja de Tesorería mssor, perteneciente 6 la semana desde 23 hasta 29 inclu-

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sive de1 mes último, que ae mandó pasar Bla comisio de Hacienda, y ae levantó la seaion.=ViceotePascnal Presidente . =José Marla GutierrezdeTerBn,Diputadok. cretario , = José Antonio Navarrete, Diputado Secretar


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Prjncipib por la lectura del Acta-del dia anterior, y se pUso b votkioa la sbntencia dfctáda por al Trlbahal, delparte de los buques de la escuadra, y fuerzas suti- y transcrita en lo sustancial en et hota dei mismo dia lesde estospuntos. 3 del presente, y no fué aprobada. Seprocedió B tratar de la Causa formada en el TriEnseguida BUprocedió h votar el ,diot6men~particubunalde Córtes contra 01 Sr. Diputado D. Francisco lar de los Sres. Lisperguer y Rojas, indivlduoe del Gonzalez,por queja del coronel D. Francisco Perraz, meucionsdo Tribonal de Córtm, de que tambien ae ha dadaB nombre de su tio el teniente general D. Anto- copiado lo sustancial en el Acta referida, y tampoco nioCornel, sobre palabras iujuriosas B éste. proferidas fué aprobado. En este estado. y sin que se hubiese topordicho Sr. Diputado en la sesion .pública de 25 de mado otra determinticion, se levantó la sesion.aVicenBnerodelsño próxitio pasado, de que se di6 cuenta en te Pascual, Presidente. = Jbsé Ma~lu Gutierrez de Ter4n , Dipu tado Secretario, =Jos6 Antonio Navarrete, Iawion secreta de 3 del corriente. Diputado Secretario. Deepuesdehaber hablado diferente8 Sres. Diputados,


DEL DIA: 8 DE. MARZO \DE 281t2.

Princfpib por la lectura del .A.cta bel diat anterior, y de los partes militares de mar y tierra de este distrito. Se leyeron y mandaron agregar á las Actas los VOtos particulares de los Sres. Aznares. Quintano, Marqnés de Vìllafranca, Caneja, Zorrsquin, Rocafull, SerR% y Parada, contrarios á la resolucion de ayer, por la que se desaprobó el dict4men particular de los señores Lisperguer y Rojas, iadivfduos del Tribunai de Córtea, dado en la causa formada contra el Sr. Diputado Don

Pran&xo Gonzalez en dicho Tribunal por quejadeDOn / Francisco Ferraz, en reprerrentscion 4e 8u tio D. Anf.t1 nio Cornel, sobre palabras injuriosas. i Continuó la discusion sobre esta miSa W%Y j despues de haber hablado varios Miores, seacocd6 9” I se devolviese al Tribunal de Córtes par8 que Pr@Cdaa 1 ella conforma B derecho. 1 Se levantó la seaian.~Vicente Pascua& Pwiden* I te. --Jo& Uaria Gutierrez de TerOs, Diputado hh’ ! rio.EJo& Antonia Navarrete, Diputado kWretk”,


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Prinoipió per! h kotura del, hetw def dia an&rior, y delos palctesmilitares de 1118rp tiesra de estoa puntos. BI Sr. Zum~~ladrrega.t hizo Ir siguienta? proposìcion: aHabiéndose sprobado~ por la: Regenois del Reino un plan reservado para organizsr un cuerpo de ejército que inmedietaments debe obrar en. los Pirineos, suplico B v. Y. me Permita activar enla misma Regencia el pronto despachode otros asuntosrelativos st mismo fin. » y las Córtes le concedieron el permiso que soiioitaba. Sedi6 cuenta, de un informe de la comision especial deHacienda, dado eu el expediente promovido’ á proPuastade;18 Regencia, sobre ai ceuvendria dechrar por Puntogeneral que los frutos de las provincias disidenb ds América, que hayan podido 6 puedan salvar 8~s dusfioafugándose de ellas, no paguen el derecho de extranjería, ni otro que el que’ pagan las que vienen en derechuraá puerto libre de la Península, aunque hayan usado6 entrado en puerto extranjero, con tal que para suiztroducoion en nuestros puertos se exhiban los conosimientos referentes 81 cargamento y certificaoion del cónsnlde RSpafi8 en el extranjero en que hayan tocado. La csmision era de dictamen se contestase B la Regencia*QUsaunque las Córtes estan, muy propensas y decididasB conceder esta gracia a cu8ntos se hallen en el cm de necesitarla segun se concedió a D. Salvador Gonzak vecino y’ del comercio de Caracas, no han creidoa embargo. CcJnvenfente. el q ue por ahora se esbbl@ca Ua regla general; y que el Gobierno, en loa earoaque oeurran~ y caamdc 1063~ haHe jurmtificados con

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los documentos que permitan les circUnstanciasi proponga á las Córtes su parecer, para la providencia que se estime conveniente; y las Cbrtea lo aprobaron. Se di6 asimismo cuenta del informe de la comision del Periódico de Córtes, sobre la solicitud de D. Pedro Jodquin de Tomatis, oficial mayor de la Secretaría del mismo periódico, relativa a que en pago del sueldo que se le debe, se pusiese a su disposicion el númerode colecoiones del Diario que bastase S,aubrir su crédito, en los mismos términos que se habia cencedido B los redsctores D. Juan Corr8di. y D. Ginés Quintana, y 6 que se generatizase esta providenoia en favor de todos los individuos del propio estnbleoimiento que se halleu 6 hallaren en igual caso. En cUani% al primer punto, opinaba 1s comision que se accediese a la solicitud de Tomatis, pero 1asCórtes no se conformaron 0011este dictamen. Eu cuanto al segundo, era 18 comision de psrecer que no habia necesidad de acordar una providencia general, reservándose tomarla para cuando 8lguU otro de los referidos empleados la solicitase. y las Córtes declaparon, que no habia ya lugar á deliberar sobre 61; Y últimamente se resolvió que volviese el expediente a la misma comision para que propouga 18 medid8 que le parezca mas COIveniente para el Pago de todos los empleados en la Oficina de la reda&ou del Periódico de C&rtes, sin excepcion de personas,y se levantó 18 sesion.=Vicente Pascual, Presidente, =Jo& María Gutierrez de Terbn, Diputado Secretarfo.=~o& Anbnio Navarrete, Diputado ~~re~~i~.

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SESION DEL DIA 8 DE MARZO DE 1812. principió por la lectura del Acta del din anterior. Y de que ha de usar para este efecto, segun la minutaad de los partee militares de mar y tierra de este distrito. jun t 8. Evacuada esta comision, se restituir8 la DiputaLa comision de Conatitucion, 4 que se hahian pasa- ciou al salou dt.1 Congreso, para dar cuenta de eh t do, para qae informase sobre ellas, las prOpOSiCiOne* qut' las Cdrtes. Por un oficio de 103 Sres. Secretariossearia hicieron varios Sres. Diputados et1 la sesion .secrHa siira cou auticipaciou á la Rtgencia del dia, bolayobde 10 de Febrero último, acerca de las solemuidades jcto con que se lc presentara esta Diputacion, á finde de con que convendria se publicase la Constitucion, des- que ejprre en su palacio rcuuida.. v rl Sr. Presidente pues de manifestar que seria muy oportuno que la pro- las Cúrtes dispondrá los honorea militares que la !3uarmulgacion de esta gran Carta, que debe fijar la prospe- dia ha de hacer á la Diputacion. ridad de la Nacion, tuviese efecto en alguno de los dias El dia 19, ú el 18, por citacion que habrá hechop! más señalados de nuestra santa insurreccion, y deterSr. Presidente el dia autcrior, se reuniriin tOdOsloB@minadamente en el 19 del actual mes de Marzo, cumñores Diputallos. sin excusa alguna, á la hora Precia pl&los del advenimiento al trono del Rey amado de de las nueve de la maùana, en el salon de f.%rteJ, Y todos los espaiíoles, D. Fernando VII, por la espontánea abierta la sesioU pública, sc procederá li jurar 18COn+ renuncia de Cárlos IV su padre, y del derrocaíniento titucim, lo que bario todos los Sres. Diputados. fW para siempre del régimen arbitrario del anterior Gobiercándoje, por brden de derecha ti izquierda, Y dedosen no, presentó sus ideas, contenidas en el siguiente ce- dos, á la me~8, y poniendo la mauo sobreel librodelog remonial: Evangelios, diciendo: Si juro; para lo qUs UnOde’03 ((Los dos ejemplares originales manuscritos de la Sres. Secretario3 llabra leido en alta VOZ al principio’* Constitucion, encuadernados, se presentarán á las Cúrtes siguiente fórmula: el dia 17, si la publicacioo se hiciere el 18, 6 este, si ((iJurai3 guardar la Constitucion política de l* Mû* se hiciere el 19, en sesion pública y á prisera hora, narquia ejpaùola, que estas Cktes gtmrales Y estraor’ para lo que los tres dias anteriores se citará en sesion, dinarias han decretado y sancionado?)) .*. .*.l.*.*-‘sG tambien pública, á los Sres. Diputados, á An de que, . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . gi n0, OJ1o llegando k noticia de todos, ninguno deje de asistir el ((5%así lo hiciéreis, Dios os lo premie; Y dia y á la hora que se señale. Reunidos, se leerá un demande. )) Ias CórteiIa ejemplar de la Constitucion por uno de los Sres. SecreA las diez y media se presentará en tarios en alta voz, mientras que otro Sr. Secretario irá Regencia del Reino, í, introducida con las forrna’$$! siguiendo en silencio por el otro ejemplar la lectura, de costumbre, y despues de haberse colocado enCOD éstr bajarán para que al fin conste la uniformidad de ambos ejemno COR el Sr. Presidente de las Córtes, ie 6 ta de, plares, que ya estarbn anteriormente cotejados. Con- 10s Sres Ilegentes 6 la mesa, quedando en p s~sicluída la lectura, se preguntará á las Cbrtes si ea afuella recha del Sr. Presidente, que tomará aslento en Secretario la fmois la h&itucion 4%~ las &tes han sancionado. Se levantalla. Entonces ser& leida por un Sr. r8n todos los Sres. Diputados en seEa de respuesta aflr- Siguiente: Evan,oeliOJ,gue mativa, Y entonces el Sr. Presidente, diciendo lo que le «bJurais por Dios y por los Santis at6lica 8Post6’ parezca m83 conveniente y análogo á las circunstandefendereis y conservareis la religion C el Reino;4” cias, firmará el primero los dos ejemplares originales lita romana, sin permitir otra alguna en. OlíticadB de la Constitucion, y manifestará que sigan firmando guardareis y hareis guardar la ConstltUclon p en ambos Originales, por el órden de derecha B izquierla Monarquía espaiiola, que estas C6rtes g da, todos los Sres. Diputados, Ilam8ndolos nominalmente, Y concluyendo los cuatro Sres. Secretarios, que pon. drán en la firma la calidad de tales, asi como ;o habrh hecho el Sr. Presidente, Una Dlputacion de 12 Sres. Diputados, entre ellos dos Secretarlos, nombrados todos por el Sr. Presidente el dia anterior, se trasladar8 enseguida al palacio de la Regencia para presentarla el original, que ha de con- Petareis, sobre todo, la aervarae en el Archivo del Gobierno. La misma comila personal de cada indivíduo, aion llevar8 el decreto de las Córtes mandando impridos en lo que contrario hic iéreis, antes bien mir, publicar y circular la Constitucion, con la fbrmula Y de ningun valor aque lo en qUe


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+gualments jursis 88r fieles al Rey, observar las con- nombrada por las Córtes generales extraordinariar, á dicionesque las Córk OShan impuesto para el ejercicio todos loS que las presentesvieren y entendieren, sabed: de Ia autoridad Real, y que cuando cese la imposibiliQue las misaas Córtes han decretado y sancionado dad del Rey, le entregareis el gobierno del Reino?,) la siguiente Constit,ucion política de la Monarquía esEntonces se hincarán de rodillas de dos en doS, y pañola.)) poniendola mano sobre 10s Santos Evangelios, dir;in en (Aquí toda la Constitucion desdesu epígrafe incluvozalta St juro; despues de lo cual, añadirá el Sr. Scsive, hasta la fecha, y las Armas todas.) cretario: Y concluye la Regencia. ctSi así lo hiciéreis, Dios OSayude; y si no, os lo de((Por tanto mandamosá todos los españolesnuestros mande;y sereis responsables 6 la Nacion, con arreglo súbditos de cualquiera clase y condicion que sean, que Clas leyes. )) hayan y guarden la Constitucion inserta como lev funConcluido este ach, volveriio los Sres. Regent’es Iá I damental-de la Monarquía, y mandamosasimi& 6 to/ sentarse en el trono con el Sr. Presidente, y éste pro, dos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y donunciará Un discurso dirigido á encomendarles la ob,:i más autoridades, así civiles como militares y eclesiástiseryancia de la Constitucion, g 10 que contestttrá e 1 : Cas,de cualquiera clasey dignidad, que guarden y haPresidente de la Regencia. Para que la Regencia SIe j gan guardar, cumplir y ejecutar la misma Constitucion presente B este acto, se pasar8: con alguna anticipacior 1 l en todas sus partes. Tendréislo entendido etc. etc. etc. 1) oficio por los Sres. Secretarios, avisando el dia, la han % ’ Y habiendo hablado algunos Sres. Diputados, resoly el objeto, y anunciAudola tambien el dia en que la!3 vieron laS Córtea, que la publicacion de la Constitucion Córtes firman la Constitucion, para su noticia. se hiciese en el dia 19 próximo, y aprobaron el cereEnseguida saldr8 todo el Congreso formado con Ir 1 monial presentado por la comision, enmendándolo solo Regencia, y cubiertos todos, dirigiéndose a la iglesir 1 en 111 parte en que hablando de la publicacion solemne catedral, y hallándose tendida la tropa en la carrera. que debe hacersede la Constitucioo en esta plaza, como Colocadostodos en la iglesia, se celebrarú una 3lisa SO- córte Ó residencia del Gobierno, decia que en el paraje lemne de accion de graciair, y drspues se cantará e’I ó parajes de la ciudad que se creyesen más convenienTe-Dcrm. Concluida esta ceremonia religiosa, se tras- tes, se anunciasen en voz alta el epígrafe la introducladaránlasCórtes, y la Regencia, í1.In casa episcopal, cion y el primer capítulo de la Constituciou y el manendondese disolverá el Congreso, como se ha RCOS- damiento de la Regencia, pulesse reso!viS, q:le para la tumbradootras veces; de todo lo que se dará aviso por publicacion de .aquella, se lea toda. oficio,y coa anticipacion, g la Regencia, para que así Tambien presentó la propia comision dos proyectos 10dispongatodo, de decreto, el uno con que debe remitirse la ConstituEu este dia se vestirá la córte de gala. habrá sal- cion á la Regencia; cu~o tenor es el siguiente: vssde artillería, é itUminacion por la noche; todo lo nLas Córtes generales y extraordinarias, habiendo queseavisará igualmente por Oficio y con anticipacion sancionado la Constitucion política de la Monarquía es8 la Regencia. pañola, decretan que se pase á la Regencia del Reico El dia siguiente de la publicacion de la Constitu- un original de la citada Constituciou, Armada por todos cion,‘asíen esta ciudad como en los demás pueblos de 1los Diputados de Córtes que se hallan presentes; que 1sMonarquía, se hará Una visita general de cArce& ,Ssponga inmediatamente se imprima, publique y cirporlostribunales y jueces respect.ivos, y serrin puestos t:ule, y que para la impresion y publicacion haya de eulibertadtodos los przsos que lo estén por delitos que 1usar de la fórmula siguiente:» nomerezcanpena corporal, como trlm!)ien cualesquiera (Aquí la fórmula anterior.) «Lo tendrií entendido la Regencia del Reino para SU otrosreO.9que apareciendo de la causa que no se les puede imponer pena de dicha clase, presten fianza, con (:umplimiento; haciendo que este decreto se imprima, arr’%loal art. 296 de la Consbitucion. 1publique y circule. N Y el otro sobre el modo de publicarse la CoustituEu el mismo dia por la tarde en cuya mGana se haYahechoel juramento, se hara la publicacion solem- (:ion en todos los pueblos de la Monarquía, que dice así: ct~ssCúrtes generales y extraordinarias, deseando nedela COnstitucion en esta plaza, como c6rtc. 6 residenciadel Gobierno, cuidando la Regenci:i de que esta lar 6 la publicacion de la CJustitucioc po!ítica de la ceremonia se haga con el aparato y majestad que el rlonarquía españolatoda la solemnidad que tan digno : importante objeto requiere, 4 fin de que llegue del actorequiere, y que permitan las circunstancias, eligiendoel paraje 6 parajes en la ciudad que se Crean nodo más conveniente & noticia de todos 10s pueblos iel Reino, han venido en decretar y decretan: mk3convenientespara anunciar en voz alta el epigra’ Al recibirse la Constitucion en IOS pueblos del levla introduccion y eI primer capítulo de la Constltncion,Y el mandamiento de la Regencia, y disponiendo ieiio, ei jefe ó juez de cada uno, de acuerdo con el iyuntamiento, señalar8 un dia para hacer la publicaqueel acompañamientorecorra los parajes más públi‘Osde la ciudad Esto seavisar& á la Hegencia Para Su :ion solemne de la Constitucion en el paraje 6 parajes nás públicos y convenientes, y con el decoro correscumplimientopir Un decreto aegun la minuta adjunta*Seanofmi el dia 18 6 19 de Marzo de este aií0 en Bondiente, y que las circunstancias de cada pueblo e1Ca1endario como aniversario de la publioacion de la permitan, leyéndose en alta voz el encabezamiento Y la Consti~uCiOn política de la Monarquía. Este acuerdo de ntroduccion, y capítulo 1 de la Constitucion, Y enegnida el mandamiento de la Regencia del Reino para la8Córtesse prevendrb por UU oficio á la Regencia Par* u observancia. En estedia habr8 repique de campanas, 8UcQplimiento. 1* La JW$encia usar6 en la impresion y publicwion 1 , i’luminacion, y salvas de artillería, donde ser pudiere. En el primer dia festivo inmediato, ae reUnir8n dela presenteCOnstitucion la fórmula siguiente: _ PI. ( los2.’vecinos e.. ____^^_-rc..r ..n-.nn..in nm.:nCinnrln In BU reapwclvs p*r”qUL’L> <IDA~“l~iYU” Y. eD*Fernando VII por la gracia de Dios y la Cons’ titucion de la Monarquía española Rey de las Espafias, ! juez y el AYOlntamiento, si no hubiere en el pueblo más el jefe superior, alcaldes6 * ye’ suausencia y cautividad 18 Regencia del Reino ’ que una, y distribuyéndose


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LO tendrá entendido la Regencia del Reino para dis. jueces, y 1~s regidores donde hubiese mk; se cele7 10 harA imprimir, Publicar9 brará, una Misa solemne de accion de graCia3; se kerá 1 poner SU Cumphhn~O, la Coustitucion antes del ofertorio, y se hará por el cura circular.» Y las Córtes IOS aprobaron, con lasolaex~pcionde párroco, 6 por el que este designe, una breve exhortase enmiende la par. cion correspondiente al objeto. Despues de wnciuida la que en cl articulo 1 .Odel segundo, Misa, se prestará juramento por todos 10s veciuos y el te en que so dispoaia que se leyese en alta voz ea loS clero, de guardar la Constitucion bajo la fhnula si- P3rajc.i públicos mis Convenieutes de loS pueblo8 sl guien te: publicarse la Constitucion, el encabezamiento, laiotro. eiJurais por Dios, J por los Santos ~san@iOs Warduccion y CPpítUlO 1 de ella, y enseguida el manda. dar la Constitucion política de la Monarquía española mieuto de la Regeucia del Reino, y se sustituya en $u sancionada por las Córtes generales y extraordinarias lugar que se lea toda la Coustitucion. de la Nacion, y ser fieles al Rey?]) La misma comidion, acerca de las proposicionesque A lo que responderán todos los concurrentes: si tambieu SC hicieron en la sesiou secrt$a del 10 de Fe. jmre. Y se cantará el Te-Deum. De este acto solemne se brero último, para que en celebridad de la publiwcion remitirá testimonio á la Regencia del Reino. por el de la Constitucion se expidan dos decretos, el uno re. conducto del jefe superior de cada provincia. novando el indulto civil y militar que se concediópor 3.” Los tribunales de cualquiera clase, justicias, 10s de 21 y 28 de Noviembre de 18 10, en los U&WS vireyes, capitanes generales, gobernadores, juntas protérminos que se expresan en uno y en otro, y en las vinciales, Ayuntamientos, muy Rdos. Arzobispos, re- declaraciones de 29 de Diciembre del propio año, 12de verendos Obispos, Prelados, cabildos eclesiiísticos, UuiMarzo Y 7 de Abril de 1811, y el otro Por el quese versidades, comunidades religiosas y todas 1s~ demás concede amnistia y perdon Q todos los que habiendo corporaciones y oficinas de todo el Reino, prestarán el abrazado el parti,io de los enemigos, vuelvan voluntnpropio juramento, bajo la expresada fórmula los que no riamente al seno de la madre Patria, y se presenten ejercen jurisdiccion ni autoridad; y los que la ejercieren dentro de un tkrmino preciso al legítimo Gobierno, ó bajo la siguiente: ccbJurais por Dios y por los Santos cualquiera de las autoridades por él constituidas, enEvangelios guardar y hacer guar;ìar la Constitucion po- tendiéndose que este perdon no les concede derecho para lítica, etc.’ etc.? (como en !a fórmula antedicha ) En reclamar lo que se haya gastado 6 enajenado de 8118 todas las catedrales, colegiatas, Universidades y comubienes coutiscados 6 secuestrados, ni para solicitar que nidades religiosas, se celebrará una Misa de accion de se les reponga en sus antiguos empleos ó se lea rewza gracias con Te Deum, despues de haber jurado los res- Con otros, decretando un olvido general con respectoá pectivos cabildos y comunidades la Constituciou. De los que hayan prestado juramento al Gobierno intra@ todos estos actos se remitirá testimonio B la Kegencia por debilidad, sin tomar partido; B los que habiéndole del Reino. tomado se hallen ya entre nosotros sirviendo á la Na4: En los ejércitos y armada, así como en las di- cion, en cuya declaracion no se comprenden 10sPue* visiones que se hallen Peparadas, señalarán los jefes el blos por estar declarado conforme B justicia Y raron dia mas oportuno despues de recibida la Constitucion, que el juramento forzado que hayan hecho no les PpF para que formadas las tropas se publique ésta, leyénjudica en manera alguna, era de parecer que se CeU*’ dose en alta voz la parte que se expresa en el párrafo nicasen estos pensamientos á la Regencia, para queep primero, y enseguida el jefe, oEcialidad. y tropas jupusiese su opinion sobre 1s conveniencia 6 incouveraran frente de la bandera, bajo la fórmula expresada mentes de estas medidas, remitiéndole reservadamente en el párrafo segundo. De este acto se remitirá certiEel relativo á la amnistía, y encargandole que informe cacion á la Regencia del Reino. sobre el perteoecient,e al indulto á la mayor brevedad! 5.’ Al dia siguiente de la publicacíon de la Cons- manifestando en que terminos podrá concederse1en cBe titucion, así en esta ciudad como en todos los pueblos SOque sea ésta su opinion. Las Córtes se conformaron de la Monarquía, se hará una visita general de cárceles con este dictámen. por los tribunales respectivos, y serán puestos en liber _ Sc dió cuenta de una representacion del Regente t.ad todos los presos que lo estén por delitos que no me- Conde de La Bisbal, en que solicitaba que lasCórtesle rezcan pena corporal, como tambien cualesquiera otros concediesen permiso para pasar por veinte dias a Ia isreos que apareciendo de su causa que no se les puede la de Leon, con el objeto de tomar algunos baños.que imponer pena de dicha clase, presten fianza con ar- los facultativos quo le asisten creen le serán eonvenlenS reglo al art. 896 de la Constituciou. tes para la cnracion de su grave herida. Las ~6rt~~~~ 6.” LO3 testimonios y certificaciones se pasarán por (cedieron á esta solicitud, y se levantó la sesion*María Gutierrez de Tela Regencia dei Reino B las Córtes 6 B la Dipntaciou 1zente pascual, Presidente. = Jo&, w8rretet Dis Permanente, quedando en las Secretarías del Despacho 1rán, Diputado Secretario. = Jo.& Antonio la correspondiente noticia, para exigir IOS que ialtarJen. , 1putada Seore tario.


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EXTRAORDINARIAS

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Principió por la lectura de la Acta del dia anterior, que puedan entregárseleslibremente Y sin dedueclon de gde los partes militares de mar y tierra de este disderecho alguno. N trito. Despuesde haberse admitido á discusion, resolvieSeleyó y mandó agregar B las Actas el voto Parti - ron las Córt.es ((que esta proposicion se pasaseá donde culardel Sr. Ostolaza, contrario á la aprobacion que se hallan los antecedentes, para tomar en este punto la dieron lasCórtcaayer al ceremonial para la publicacion resolucion general que parezca conveniente; y que sin dela Constitucioo, presentado por la comision de este perjuicio de esto, so comunicase órden á la Regencia nombre. para que se disponga que en la aduana se entreguen á LosSres.Inguanzo y Cañedo presentaron tambien los dos Sres. Diputados las referidas especies de oro y sus respectivosvotos particulares contrarios asimismo plata que han traido registradas en las expresadasfragaálaaprobacion6 resolucion enunciada, y se acordd que tas, sin que seles exija danza alguna; quedando sinem~lesdevolviesenpor no venir conforme B lo mandado. bargo dichosYrea. Diputados obligadosá pasar por loque Tambiense mandó devolver al Sr. Llamas una ex- las Córtes resuelvan por punto general en esta materia. Posicion relativa al mismo punto y otros, por ser ConSe dió cuenta de una exposicion de la Regencia del irarlah algunosartículos de la Constitucion. Reino, de fecha de ayer, en que despuesde manifestar El Sr. Llad6s hizo la siguiente pmposiciou: los apuros en que se halla la Tesorería nacional y las ((Que para perpetuar 1s memoria de la publicacion grandes atenciones á que debe ocurrir, sentando que es dela Constitucion, y dar 6, tan augusta Ceremonia la necesario contar con un ingreso mensual corresponinW%nciaque se mer; ce, se acuñen medallas á ma- dieute á los cargos que mensualmente hay que satisfanerademonedasde oro y plata, con alegorías alusivas cer, propone á las Córtea que en la forma Y sobre las al@andeobjetoque en aquella se presenta, guardándo- basesque en su sabiduría hallen más propias, se sirvan sealgunas deellas en el Archivo de las Córtes, y distrl- sancionar estacontribucion mensual, que deberáser probQ’éndow las restantes entre los individuos del Con- porcionada á los haberesde cada uno de IOS contribu@@% de la Regencia del Reino y del pueblo, en el yentes y comprender á todo terreno libre. Las Córtes, m*oY formaque V . M. tenga por más conveniente.» en su vista, resolvieron se contestase B la Regencia p fue admitida á discusion. que deseandoS. M. facilitarle por todos los medios POLosSres.Garcia Cornel y Bermudez, hicieron asl- sibles cuantos recursos sean necesarios para atender 6 mismo las grandes urgencias del Estado, quiere que S. A. sea ..n la PropOsicionsiguiente: ‘We respecto6 que el primero ha conducido en la i quien proponga 6 la mayor brevedad.._ las bases . que crea ngata Castik bajo partida de registro , Ia cantidad 1 mas propias para establecer la contribucion mensual le1*800Pesosen plata y 50 onzas de oro en moneda / que indica en su exposicion de 8 del Presente mee; en el’adalcon másdos libras poco más 6 menos del pro- i la inteligencia de que las Cortes seocuparan del proYe+ jiometalen un tejo y otras especies y I IS marcos de 1 to que les remita la Rrgemia, COnPreferenciaatodootro “atalabradaY quintada- y el segundo 1.OOO pesos ’ negocio. y se levantó la seslon.=VicenLe Pascual, Presigualmente bajo partida ie registro en la fragata COMaria Gutierrez de Terán, Diputado SektciO’cuYascantidadesy metales pertenecen á susdie- dente. -Jose JOse Antonio Navarrete, Diputado Secretarlo. ” uSoJ’ servicio, se sirva V. 116. expedir órden para cretario. -

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ACTAS SECRETAS DE LAS CÓRTES -

SESION

Principió por la lectura del Acta del dia anterior > y del parte de la línea de la isla de Leon. Se leyó UU oficio, dirigido á. los Secretarios de lat 3 Córtes por D Juan Miguel de Grijalva, aposentador mayor, en que manifiesta haber ya encontrado casa parr 1 cl Sr. Diputado Gonzalez, y haber avisado á éste de estar á su disposicion. Las Córtes no tuvieron por necesaria resolucion alguna. El Sr. Garoz hizo las siguientes proposiciones: 1.’ Que se encargue á la Regencia mande hacer una impresion de todo lujo para venderse, en letra parangona como la muestra que acompaña, de que ! la imprenta Real tiene una fundicion sin estrenar, y’ en el tamaño de fdlio, que es el que más representa su majestad y grandeza, primer objeto indicado, para que I por este medio no queden privados los Cuerpos y sugetos pudientes de este precioso libro que desean. 2.’ Que la primera impresion se haga inmediatamente en letra atanasia como las muestras, de que hay surtido, y para que guarde proporcion sea en cuarto mayor; y de esta se reparta á cada uno de los Sres. Diputados de este augusto Congreso, y á quien crea V. M. oportuno, un ejemplar á la rústica el dia de la publicacion, respecto á no haber tiempo para otra cosa; y para que se concilie el objeto segundo que he manifestado con la majestad de la obra, se encuadernen en tafilete inglés los necesarios para los mismos, la Regencia, embajadores, Ministros y Secretarios de Est,ado y Córtes, señalando V. M. el número; quedando al cargo de la misma mandar tirar de este tamaño el de ejemplares que juzgue pueden venderse, á más de los que necesite para sus atenciones y Ias indicadas. 3.8 Que en el papel que proporcione el dozavo ma-

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yor, se haga ulteriormente, con letra glosilla, como!a muestra, la tercera impresion, á fln de que por la peque. frez del tamaño no desdiga de su grandeza, no carezca el pobre que la compre de tan augusto recomendado,! se ProPorCiOne la economía y el frecuente uso de eliaá toda clase de personas, pudiendo llevarla enlafaltriqne ra á todas partes; qutdando igualmente al arbitrio dela Regencia tirar el número de ejemplares que juzgue pw ,ùen venderse en ambos hemisferios, con lo que sellena el tercer objeto. 4.’ Que se prohiba la reimpresion, para que Do pierda el Estado esta ganancia, y no se altere en BUde. 1 1trimento; y al objeto, que se ponga el sello que Cr%.81 regente de la imprenta Real. 5.’ Que tanto el que haya ‘de llevarse 6 la Iglesias como los que hayan de ponerse en las mesas de 1’4M. Y de la Regencia, en el dia de su publicacion, Paree! juramento, se manden encuadernar en taf3kte. 6.’ Que sin embargo de que la suficiencia, axacti* ;ud y esmero del regente de la imprenta facilitará ei Iapel de media cabritilla 6 marquilla más fino Y Prp )orcionado para esta obra, compatible COD la economís lecesaria, y cuidará que salga con limpieza de la Pren* 18 y encuadernacion, se le encargue partioulara’ente’ )ara que no omita diligencia á ambos objetos, Y noSe letenga en hacerlo por otras consideraciones. Las Córtes resolvieron, en su vista, que se nombra’ 6#e una comision especial , autorizada suflCientemente Iara entender en todo lo relativo 8 la imPresiDn de’a : :onstitucion, y que se le pasasen estasproposiciones, Se levantó la sesion.= Vicfjnb pascual, Preside* tt e. = José María Gutierre2 de Terán, Diputado Secreta’ r io.=José Antonio Navarrete, Diputado Secretario*


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EXTRAORDINARIAS

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SESION DEL DIA ll DE MARZO DE 1812. Priucipió por la lectura

de la Acta del dia aute- i Paula y su descendencia,

rior, y ds los partes militares de mar y tierra de estos puntos. Sedi6 cuenta de haber nombrado el Sr. Presidente’ pnrala comision especial que ha de entender en la impresionde la Constitucion, á los Sres. Garoz, Gallego y Perezde Castro. La comieion de Constitucion, que se habia encargadode formar la minuta de decreto conforme al acuerdode las Córtes tomado en la sesion secreta de 28 de Ft+rero último, sobre la exclusion de la sucesion á la Coronadel Infante D. Francisco de Paula y su deseendeseisde la Infanta María Luisa, Reina viuda de Etruria, Y la suya, y la descendencia de Napoleon, que por suactual mujer tiene tan próxima relacion con el señor Dapernsndo VII, la presento extendida en los términos siguientes: ((Las Córtes generales y extraordidarias , atendiend0h que el bien y seguridad del Estado son incompaliblsscon las circunstancias que concurren en el InfanieD. Francisco de Paula, Y en la Infanta Doña María Lnisa~Reina viuda de Etruria, hermanos del Sr. Don Fernsndo VII, y teniendo en conslderacion lo que se previeneen el art. 181 de la Constitucion, han venido endeelsrar Y decretar que el Infante D. Francisco de

y la Infanta Dofia MariaLuisa, Reina viuda de Etruria, y la suya, quedan exclui 1 dos de la sucesion A. la Corona de las Eepaiias. En su consecuencia, á falta del Infante D. Cárlos María, Y : su descendencia legítima, entrara á suceder en la Co, rona la Infanta Doiia Carlota Joaquina, Princesa del Brasil, y su descendencia, tambien legítima, y á falta dc ésta, la Infanta Doiia María Isabel, Princesa heredcra de las Dos-Siciliaa, y su descendeucia lcgitima; y & falta de estos tres hermanos del Sr. D. Fernando VII, y de sus descendientes, las demhs personas y líneas que deban suceder segun lo prevenido en la j Constitucion , en el órden y forma que ella estable/ ce. Asimismo declaran y decretan las Córtes excluidos 1 de la sucesion á la Corona de las Españas á 10s hijos de : la Archiduquesa de Austria Doña Maria Luisa, habidos ; de Napoleon Bonaparte, y á los descendientes de aque1 110~. Tendrálo entendido la Regencia del Reino, Y lo publicar y circular. 1) ( bara imprimir, Despues de haber hablado diferentes Sres. Diputaj I dos, Y haber pedido otros la palabra, siendo Ya tarde, se levantó la sesion, quedando la discusion pendiente.= Vicente Pascual, Presidente. =José María Gutierrex de ~ Terán, Diputado Secretario. =José Antonio Navarrete, , Diputado SeCretftriO.


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ACTASSECRETASDE LASC6RTES

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SESION DEL DIA lt2 DE MARZODE 1812. Principio por la lectura de la Acta del dia anterior, Gobierno,. Y elegir los consejeros de Estado, presentó3~ y de los partes militares de mar y tierra de estos puntos. informe sobre la proposicion del Sr. Caneja, relativaa Se dio cuenta de una representacion de los señores que se designase el sueldo que debiesen gozar 10sRoPurîonrostro y Mejía, en la que, refiriéndose á las razo- gentes del Reino, y opinaba que por medio de 1111 dr. nes que expusieron en otras de 24, 46 y 27 de Agosto creto se dijese á la Regencia que cada uno de SU$in. último, solicitaban se declare no entenderse con ellos la dividuos debe disfrutar desde el dia que haya entrad, resolucion de que todos los Diputados que se hallen pre- en la posesion ciesu encargo el sueldo anual de 200.00~1 scntrs, firmen la Constitucion; y las Cortes aprobaron la reales vellon, sin descueuto alguno; expresándoseenLI siguiente proposicion, que hizo el Sr. Presidente: decreto la circunstancia deser por ahora, y en atenciona ((Que deyolviendose á los Sres. Puilionrostro y Mejía iaS circunstancias. Las Cortes aprobaron este dictámeI1, su cxposicion, se les diga, que en cumplimiento de lo Se dió cuenta de un oficio dirigido á los SecretarioJ resuelto por las Cortes rn 8 del corriente, asistsn sin la de Ias Córtes por el aposentador mayor, reducido áq@ menor excusa, y con puntualidad, B las sesiones delos se le facilitasen algunos fondos con que poder adornar dias 18 y 19 proximos para firmar y jurar la Consticon todo aseo y explendor el salon en que se celebru tuci0n.s laa sesiones, para el dia en que se publique la COastitp El Sr. D. Antonio Joaquiu Perez hizo la siguiente cion, y no se tomó raolucion alguna por no croerses@ proposicion. cesaria. ((Que todos los Sres. Diputados expresen en la ante Habiéndose propuesto algunas dudas que haa 0~ firma el nombre de sus provincias, diciendo; ((Por Ma- rido nuevamente sobre el ceremonial para la publicscion drid, Fulano de Tal .=Por hlbjico, Citano de Tal;)) y así de la Constitucion, resolvieron en su vista las Cúrtes’ loa demas. )) 1.’ Que la sesion del dia 18 próximo principie á Ia’ 1 las Córtes la aprobaron, con la yariacion que pro- nueve de su maiísna. 2.” Que á la Diputacion que ” puso el Sr. 1ti:mos Arizpe, de que la calidad de Diputade ir á llevar la Constitucion a la Regencia, se ha@n do, y el nombre de la respectiva provincia, se exprese los honores de majeatad, y que el Sr, Presidente disp@’ despues de la flrma en esta forma: Fulano de Tal, Di- que tropa deba acompañarla; debiendo aWll* ir enc’ putado por tal provincia.» che. 3.’ Que el primer dia que cite el Sr. Presidente Sc resolvió que se diese cuenta en público de una Para la asistencia en los dias 18 y 19, se forme ua*!;i proposiciou que hizo el Sr. Aner, y dice así: de todos los Sres. Diputados que asistan, Y que B «Que se autorice á la Rcgcucia para que, mientras que falten, se lea pase aviso diciéndoles que c”~teb!~ no se publica la planta que en lo sucesivo deban tener 4.’ Que se formen por los Sres. Secretarios ccrtlecdclL 111sAudiencias, pueda remover ó jubilar 6 aquellos mines de los Sres. Diputados que se hallen ausentest.Yqy nistros que en su concepto 6 por los informes que tome, conste en las Actas no haber firmado por cstcmotno’ re301@r no los considere dignos de continuar en la administraúltimamente se autorjzo al Sr. Presidente Para cion de justicia, por carecer de las cualidades necesarias Cualesquiera otras dudas que puedan OCWlr. sobrefJtr pnra el dcsempeilo de un blinisterio que tanto influye en asunto, y se levantó la sesion.= erguridad y felicidad de los ciudadanos. N sidente. = Jose María Qutierrez de Terb Taacomision que se nombro para que propusiese las cretario . = José Antonio Kavarrete , Diputado Sec’. medidas que se creyeron necesarias parn organizar el torio.


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EXTRAORDINARIAS

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SESION DEL DIA 13 DE MARZO DE 1812. Se leyó el Acta del anterior, y los partes militares deruar y tierra de este distrito. Coutinuó la discusion que quedó pendiente en la scsion secreta de 11 del corriente, sobre la minuta dc decretopresentada por la comision de Constitucion, relativa á la exclusion de la sucesion á la Corona de las Espafias del Infante D. Francisco de Paula y su descendencia;de lri Infanta Doña María Luisa, Reina viuilade Etruria, y la suya, y de los hijos de la Archiduquesade Austria Doña María Luisa habidos de Napoleon Bonaparte, y los descendientes de aquellos. Despues dehaber hablado diferentes Sres. Diputados, declarado el asunto suficientemente discutido, se procedió á la VOkiOn por partes; y habiéndose preguntado si se aprobabael exordio de la minuta de decreto, se resolvió quesí. Se suspendió votar sobre la exclusion Iel Infaute D. Francisco y la Infanta Doña María Luisa, y sus resPfJchS descendencias, como tambien sobre los llamamientosque se hacen enseguida en la propia minuta,

por hallarse ya resueltos anteriormente estos puntos. En cuanto al último, relativo á la exclusion de los hijos de la Archiduquesa Doìia María Luisn habidos dc Napoleon, y de los descenùientcs de aquellos, SC hizo la siguiente pregunta: (($3~ hará exclusion de la persona de la Archiduquesa de Austria, 6 no?)) Y se resolvió que sí. Enseguida se preguntb: ((iSe Lar& exclusion de su descendencia, como se ha hecho con la del Infante D. Francisco, y la Infanta Reina viuda de Etruria, 6 no?)) Y se resolvió que Sí. Ultimamente se mando que volviesen á la comision de Constitucion los papeles relativos á esto asuuto, para que tenieudo presente lo resudto, arregle lo que falta á la minuta dc decreto. y ge levantó la sesion.=Viccute Ihscual, Presidcute.=Joso María Gutierrez de ‘I’cráu, IJiputado Sccretario.- -José Antonio Navarrete, Diputado SWrCtariO.

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ACTAS

SECRETAS

DE LAS

CÓRTES

SESION DEL DIA 14 DE MARZO UE 1812.

PrincipiG por la lectura de la Acta del dia anterior; Sc dió cuenta del informe de la comisioa de J&j. de los partes militares de mar y tierra de estos puntos, cia, sobre un oficio, de fecha de ll de Noviembre úi. y del estado de caudales de la caja de Tesorería mayor timo, en que el decano del Consejo ds Indias diú cueu. corrcspondicn tc 6 la semana desde 1.’ hasta 7 inclusive ta por aCuerdo de éste á las Cúrtcs de haber el misma del que rige, el cual se mandó pasar á la comision de Tribunal mandado librar despacho para que el vire! Hacienda. ~ de Nueva Espaiia disponga que se embarqllt: al Sr. DISe ley6 asimismo un oficio del encargado del Minisputada D. Octaviano Obregou, y tenga á dia?osiciûo terio de Estado, de fecha de ayer, en que, dc órden de del Consejo los bienes suficientes á cubrir la cantidad la Regencia del Reino, ponia en noticia de las Cúrtes de 10.000 pesos fuertes, por que se le mandó aE:lnzai que cu cumplimiento de In drden de éstas, de 26 de de calumnia en Ia causa que se sigue en eI I)roPio CouEntro último, se habian dado la3 convenientes al en9e.b contra D. Rumon Roblejo y Lozano, á fin de qU< cargado dc negocios del Rey en Lisboa, para que soli9. M. se sirviese auxiliarle como tuviese por convenieacitase que cl Gobierno portugués alzase la prohibicion to, como tambien sobre las representaciones que awC3 do cstraw arroz y bacalao, segun habian pedido la de este punto han hecho el referido Sr. Diputado. !’ Junta y Ayuntamiento de Cáceres; y que en su conscmencionado Roblcjo y Lozano; en el que opjna Ia Co* cwncia avisaba dicho rucargado, con fecha 4 del corUliSiOn que se remitan á 1~ Regencia todos IOS aatfCt” riente, haber aquel Gobierno expedido un decreto, pcrdentes, para que pasándolos al Consejo de Indias dis’ mitiendo la cxtraccion para Extremadura de los menponga se auxilie la previdencia de afianzamiento acO” cionados artículos. dada por dicho Tribunal, en cl que podrá el Sr. Obwn Las Córtes quedaron enteradas. usar de su derecho como le convenga, previniendo *! So leyeron y mandaron agregar 6 las Actas los vo- mismo tiempo & Roblejo que en los sUceSiVOs ~ecurBoz tos particulares dc los Sres. Azuares, Gomez Pernanevite anticipar ideas, ni sentar expresiones que dw* dez, Crarcca, Rojas, Marquk de Villafranca, Lopez del ni indirectamente puedan inducir desconfianza Je Id Pan, Salas, Bosadors, Valckrcel Dato, Caneja, Escuintegridad y justificacion del Congreso naci@al* ? “’ dero, Wlanueve, Borrull, Andrés, Alcaina, Sombiela, misiones de su seno. DOU Y Gutierrcz de la Huerta, contrarios ít los tkmiHabiendo hsblado algunos Sres. Diputados, Y F” nos de la inlroducciou de la minuta de decreto que se dido otros la palabra, el Sr. Presidente, por ser Ta tarliP aprobú ayer, sobre lo exclusion de la sucesion á la Co- h?Vantó la sesion, quedando la diecusion Pendlente’z rona do1 Infauto D. Fraucisco de Paula, y la Infanta Vicente Pascual, Presidente. =Jo& hfaría Gutierre2 Reina viuda do Etruria, y sus respectivas descenden?;8wrtè Terán, Diputs,do Secretario. = Jo& Antonio CitM. Diputado Secretario.


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EXTRAORDINARIAS

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SESION DEL DIA: 15 DE MARZO DE 1812. Se di6 principio por la lectura de la Acta del dia anterior, y dc los partes militares de mar y tierra de estedistrito. Se leyó una rcpresentacion de la Juntn proviucial ciehragon, fecha en Ibdes á 29 de Enero último, en que manifestando que á pesar de la pirdida de Valencia,ni ella ha desmayado, ni menos trata de desistir delgenerosoempefio en que sc comprometió de sostener hastael último trance la lucha comenzada COUel tiraoodel mundo; ni los pueblos se hiin desprendido de i08sentimientosde confianza en medio de su opresion; J queantesbien SCpromete que eu poco tiempo podrá rWtIirSeuna respetable division de valientes aragone . aesque sacudande su reino cl yugo enemigo, y sirvdndcl mayor apoyo á las provincias vecinas, si se les EOcorre con armas y municiones, concluye suplicando w seenvie á aquella provincia, ó al general Mar(~Ucs delPalacio,6 al de la misma clase D. Francisco Ballesteros.En Su vista, autorizaron las Cortes B la diputacionde Aragon, para que lleve 18 referida exposicion a i8 Regenciadel Reino, y pueda conferemiar con ella sobrelosPuntos contenidos en la misma. A Propuesta

del Sr. Presidente, se acordó que se le-

yesen en sesion pública los artículos de la Constitucion que tratan de la succsion ír la Corona dc las Rspohas,ír An de que se pongan, como todo8 loa dcmas, cu cl Piario de las COrles. El Sr. Ruiz Padron hizo la proposicinn siguicntc, que SCmandó pasar á la comision que cnttndid en el arreglo do la Biblioteca: ((Que se tome para la Biblioteca tlc Córtcs una COleccion esquisita de libros antiguos espaiiolcs de art militar, política y buenas letras, con algunos manuscritos de la misma eupecie, ~qucacaba do adquirir un librero de! comercio dc esta plaza.)) Continuo la discusion, que quedó pendiente ayer, sobre el dictamen de la comision dc Justicia, acerca de la auxiliatoria que cl Consejodc Indias solicita del dcspncho que ha mandado librar al virey de Nucvn-Rspajia, para que embargue los bienes del Sr. Obre@)n hasta en la cantidad dc 10.000 pesosfuertes; y habiendo hablado diferentes &w. Diputados, se levanto la sesion, sin haber r9suclto cosa alguna.=Viccnto Pnscual, Prcsideute. --Jose María Gutierrcz de ‘~cr:in, Diputfido Secretario. --Jose Antonio Navarrete, Diputado Yecretario.


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ACTAS SECRETASDE LAS CóRTES

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DEL MA 26 DE MARZO DE 1812, Principió por la lectura de la Acta del dia anterior, y de los partes del canton de la Isla y fuerzas de bahía. Se leyó y aprobaron las Córtes la minuta de decreto presentada por la comision de Constitucion para la exolusion de suceder en la Corona de España de varias personas, segun lo habian acordado las Córtes, y est8 concebida en los términos siguientes: ctLas Córtes generales y estraordinarias, atendiendo á que el bien y seguridad del Estado son incompatibles con las circunstancias que concurren en el Infante Don Francisco de Paula y en la Infanta Doña María Luisa, Reina viuda de Etruria, hermanos del Sr. D. Fernando WI; y teniendo en consideracion lo que se previene en el art. 18 1 de la Constitucion, han venido en declarar y decretar: <cQue el Infanta D. Francisco de Paula, y su descendencia, y la Infanta DoBa María Luisa, Reina viuda de Etruria, y la suya, quedan excluidos de la sucesion 6 la Corona de las Españas. En su consecuencia, á falta del Iutante D. Cárlos Marla, y su descendencia legítima, entrar8 B suceder en la Corona la Inhnta Doña Carlota Joaquina, Princesa del Brasil, y su descendencia, tambien legitima: y B falta de ésta, la Infanta Doiia María Isabel, Princesa heredera de las Dos-Sicilias, y su descendencia legítima: y B falta de estos tres hermanos del Sr. D. Fernando VII y de sus descendientes, las dembs Personas Y lineas que deban suceder, segun lo prevenido en Ia Constitucion, en el órden y forma que ella ertablece. »

Asimismo declaran y decretan las Córt,es: ((Quequeda excluida de la sucesion á la Coronade las Españas la Archiduquesa de Austria Dofia María Luisa, hija de Francisco II, Emperador de Austria, brbida en su primer matrimonio, como igualmente la dee. tendencia de la citada Archiduquesa. Lo tendrá entendido la Regencia del Reino, y lo har8 imprimir, publicar y circular.)) Habiendo propuesto la Secretaría la duda de si se pasaria al Sr. Marqués de San Felipe el oficio acordado para los Sres. Diputados que no se hallaron en la seSi pública del dia anterior, resolvieron las Córtes sedijese en la sesion públíca de1 dia siguiente que habk@ do tomado posesion el Diputado propietario por 18iS18 de Cuba, ha cesado en sus funciones de suplente Perla misma el Sr. Marqués de San Felipe y Santiago. Contestando los Sres. Conde de Puaonrostro Y Dan Jo& Mejía al oficio que se les pasó en 13 del corriente, notici6udoles lo resuelto por las Córtes, para que cw Curriesen los dias 18 y 19 próximo, ofrecian verificarlo’ v solicitaban se mandase por las Córtes admitir Ia re. Ereseotacion que motivó aquel oficio, y acowaaabsn nuevamente. Las Córtes resolvieron que esthndose á lo manJedo’ se les devolviesen las dos exposiciones. presiden* Se levantó la sesion.=ViCente Pascual, te.= José María Gutierrez de Terán, Diputad0 fk~cm'~ rio . =José Antonio Navarrete, Diputado Secretario*


GENERALES EXTRAORDINARIAS

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SESION DEL DIA

17 ,DE MARZO DE 1812.

& di6 principio por la lectura de la Acta del dir anbrior, y de los partes militares de mar y tierra di estospuntos. Seley6 una exposicion del Sr. Diputado D. Pedrc GonzalezLlamas, fecha del mismo dia 17, en que deciaque sus principios y sentimientos no le permitian knar ni jurar la nueva Consticion, y que anticipaba estadeclaracion para que las Córtes determinasen lc qnelespareciesejusto y conveniente. Enseguida se ley6 un oficio del Sr. Diputado Dou hsnciecoBguía, de la misma fecha, en que contestandoal que de órden de las Córtes le pasaron sus Secretarios en 15 del corriente, previniéndole asistiese sin excusaalguna los dias 18 i 19 próximos, b firmar Y jwar la Constitucion, decia que nunca creyó que esto Pudieseentenderse con él, por no haber asistido B BUs diecusiones,y no haber visto en las corporaciones de W ha sido miembro que hubiese firmado sobre asunto akano el que no hubiese asistido: y que ademb, arreciendode instrucciones de su provincia, debia di@irse Por Ia opinfon general de sus paisanos que aman muchoSUS fueros; segun lo cual no le era permitido *rar contra su voluntad, ni concurrir en calidad de tal DiPuWo al menor acto que pueda poner en cuestion en81ke ella. En su vista se trató de la providencia ‘iaeCWendria tomar para el caso en que dichos señoresDiputados insistiesen en su propbsito ú otro cualquienWXcusase igualmente de 5rmar y jurar la COnStitucioW Y el Sr. García Herreros hizo la f3igUieut.e Propoalcionque fué aprobada: “Que 8e haga ahora mismo un acuerdo por el que Be*@k que cualquiera individuo del Congreso que * Pi%ue 6 5rmar la &,nstitucion política de la ManarqQí4@Pafiola y jurar lim y llanamente guardarla, sea teD’doM’ indigno del nombre espatio privado de toQc ‘al honores, distinciones prerogahvas, empleos Y ‘peldoelY expelido de los dominios de España en el tkbude veinticuatro horas. » , RI sr. otiiz hizo la adicion siguiente, que tanbien &WOb8&: “h@daMo B dieposicion del Gobierno la ejecucion

de este acuerdo con todas las precauciones competentes. B) Tambieu se acord6, que tanto B los Sres. Llamas y Eguia, como S los Sres. Pufionrostro, Mejía, Veladíez y D. Simon Lopez, que no hdbian contestado al oficio que, de 6rden de las Córtes, les pasaron sus Secretarios en 15 del corriente, previniéndoles que asistiesen en los dias 18 y 19 á Armar y jurar la Conetitucion, se les comunicara nuevo aviso para que Concurran B Armar la Cons* tituciou política de la Monarquía espailola, y jurar lisa y llanamente guardarla; diciéndoles que ei no lo hiciesen así, se procederá contra ellos, conforme B lo acordado. Se acordó asimismo que si algun Sr. Diputado no pudiese asistir en dicho dia 18 B 5rmar la Constitucion , por enfermedad que se lo impida, vayan dos Secretario8 & su casa para que Elrme en ella la misma Constitucion. Tambien se resolvi que los Diputados de Juntas y ciudades pongan, deapues de sus firmas, la calidad do Diputado por su respectivo comitente, en esta forma: ctF. deT., Diputado por la Junta de T. 0. de T., Diputado por la ciudad de T.n El Sr. Perez de Castro hizo una propoeicion reducida B que se dijese B la Regencia del Reino, que la funcion de iglesia destinada para el dia 19 se celebrase en el convento del CBrmen, concurriendo el (3ablldo xlesihstico, que la haria como si fuese en la catedral. Admitida ya B discusion, la retiró su autor, deepuee 3e haber oido la lectura de la siguiente que hizo el se õor Creus, y fué aprobada por las Córtee: ((Que no obstante haberse determinado que la fun:ion de iglesia del dia 19 se hiciese en la catedral, si lallase el Gobierno inconvenientes graves en olio, PUela destinar la iglesia que mejor le parezca; pero doliendo siempre asistir el cabildo ecleriáetico II hacer la ‘uncion. )) Y ,se levantó la zesion.=Vicente Paf~lal, Prezidente. = José María Gutierrez de Tetin, Diputado Sesrehrio. -Jo,& Antonio Navarrete, Diputado 8eCretario.


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ACTA4s SECRETAS DE LAS CORTES -

SESION DEL DIA 20 DE MARZO DE 1812. Principió Por la lectura de la Acta del dia 17 del corriente; de los partes del cauton de la Isla, de los 18, 19 y 20, y de los de Ics buques de la escuadra y fuerzas sutiles, del 17 y 18. Se ley6 y mandó agregar á las Actas el voto del Sr. Marqués de Villafrancs, contrario al acuerdo que to-maron las Córtes para el caso en que algun Diputado se excusase de firmar la Constitucion y jurar lisa y llanamente guardarla. Se ley6 una exposicion del Sr. Diputado D. Evaristo Perez cie Castro, en que, manifestando que hacia seis meses que estaba sufriendo una indisposicion de estómago, para cuya curacion necesitaba, segun el dictamen del mbdico, respirar por algunos meses aires que le sean menos contrarios que los de esta residencia, suplicaba que las Córtes le concediesen licencia por cuatro meses, para pasar 5 la provincia de Extremadura en .Portugal , con el objeto de tomar aguas minerales, que, como el clima de aquel país, le han probado bien en otras ocasiones: en el concepto de que continueria asistiendo al Congreso por espacio de veinte 6 treinta dias, que podria tardar en preparar y disponer su viaje. Las Cártes le concedieron dicha licencia, en los t,érminos que la solicitaba. Habiendose hecho presente por el Sr. Caneja que al expedir el decreto de 18 del que rige sobre la exclusion a la sucesion de la Corona del Infante D. Fran-

Cisco de Paula y su descendencia; de la Infanta Doña María Luisa, Reina viuda de Etruria, y la s;ìya, y de la Archiduquesa de Austria Doña María Luisa, y la suya tambien, se habia padecido por las Córtes la equivocacion de expresar que ésta era hija de Francisco II, Emperador de Austria, habida en su primer matrimonio, en vez de decir, que era habida en el segundo, acordaron Ias Córtes que se pidiese á la Regencia dicho decreto, para evitar que se publique y circule en los iérminos en que está. Se dió cuenta del informe que la Regencia del Reino remitió, con fecha 17 del presentc, y se le mandó pedir en 8 del mismo, sobre si convendria renovar el indulto civil y militar concedido por decretos de 21 y 25 de Noviembre de 1810, y conceder amnistía Y perdon á todos los que, habiendo abrazado el partidode los enemigos, vuelvan voluntariamente al seno de 18 madre Pátria, y se presenten dentro de un término Preciso al legítimo Gobierno, 6 a cualquiera de 18sautoridades por él constituidas, ’ Las Córtes resolvieron que pasase, con 10santece’ dentes, á la comision de Constitucion, para que informe y presente las minutas de los decretos que le Par@ ca deben expedirse. Se levantó la sesion.=Vicente Pascual, presidente. =Jos~ María Gutierrez de Terán, Diputado Secm’rio:=José Antonio Navarrete, Diputado Secretario*


GENERALES

EXTRAORDINARIAS

DE 1810.

SESION DEI, DIA 21 DE MARZO DE 1812, Se le;Jó el Acta del dia anterior, y los partes militaresde mar y tierra de este distrito. Sedió cuenta de un oficio dei encaran.io del liinisteriode Gracia y Justicia, de fecha de Iloy. con que de órdende la Regencia del Reino remite el decreto de 18 delcorriente, que SC le mandi, devolver, couforme á 10 acordado en la sesionsecreta de ayer; y las Córtes reEolvieron que pasasei la comiaiou de Uonstitucioo. paraquerectifique y enmiende la equivocacion qut’ se pdeció por lasCórtes al extender dicho decreto. seleyó una rxposicion del Sr, Diputado D. Francisco Gomez Feruandez en que, manifcataotlo que se ha!laba sinmedios de subsistir y pagar á sus acreedores, supli@base pasase órrlen á la Regencia. para que esta comunicase la oportuna al tesorero general, á fin de que le satisfaciese tres de las masadasque se le deben, y e! mes corriente,y cuantos se vayau venciendo, en fin de cada“00, para su subsistencia v la de su familia. Por un oh Sípediaque las Cbrtes selfialaseo,cou la extension brestriccionque estimasenjush, el aposentamiento 6

habitacion respectiva para un Diputado y un criado’ Las Córtes resolvieron, en cunnto á la primera parte* que se Zciese con este Sr. Diputado lo mismo que se l;izo c3n los Sres. Ric y Aparici, en pretensioues semejantes ; y en cuanto al otro sí declararon no haber lugar á deliberar, Se leyó asimismouna representacion de Dofia María Josefil de Hervias, pn que suplicaba se expidiesen las órdcnea oportunas para que el Sr. Diputado D. Francisco Gonzalez se trasladase desdeluego con su familia Q la casa que se le ha proporcionado en el callejon de la Cerería. Y habiendo hecho presente dicho Sr. Diputado que esta casa que se le ha proporcionado es indecente, resolvierou las CGrtes se pasaseórden al aposeutador para que proporcione otra casa al Sr. Gonzalez; ó de lo contrario, iuforme sobre las dificultades que lo impiden. Y se levantó la scsion.=Vicente Pascual, Presidente.=José María Gutierrez de Terán, Diputado Secretatario. --José Antonio Navarrete, Diputa¿lo Secretario.

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ACTASSECRETASDE LASC6RTES .--

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SESION DEL DIA 2.3 DE MARZO DE 181%

Se dió principio por la lectura del Acta del dia 21; de los partes del canton de la Isla del 22 y 23; de los de las fuerzas sutiles y buques de la escuadra, que se hallan en bahía, del 21 y 22, y del eetado de la caja de Tesorería mayor perteneciente B la semana desde 8 hasta 14 inclusive dé1 corriente, que se mandó pasar á la comision de Hacienda. Se leyó una exposicion del Sr. Diputado D. José Ignacio Reye Cisneros, en que, manifestando el mal estado de su salud, pedia se le concediese licencia pera regresar á su fiaís; y las Córtes se la concedieron, y acordaron que se diese cuenta en público de esta concesion y de las de igual clase hechas en secreto. Se concedió permiso al Sr. Golfin para que pudiese presentar á la Begencia una obra militar compuesta por él; y & los Sres. Navarrete, Bermudez y García Coronel, para tratar con el Gobierno de asqntos de sus provincias. Se di6 caenta de una exposicion del Tribunal de córtes, en que, haciendo presentes las dudas que le ban ocurrido sobre el espíritu é inteligencia de la resolucion que tomaron las Córtes en la sesion secreta de 6 del corriente, redncida 6 que el Tribunal procediese conforme á derecho en la causa promovida por el teniente general D. Antonio Cornel contra el Sr. Diputado D. Francisco Gonzalez, pretendia que el Congreso le manifestase cn habia sido su soberana voluntad, de modo que no pudiese el Tribunal equivocarse. Y se resolvió que se estuviese á lo mandado.

Se mandó panar B la Begencia del Beino una representacion dirigida á las Córtes por el Ayuntamientodo Ciudad Rodrigo, con fecha 10 de Febrero últiw en / que, despnes de referir los trabajo8 y sacrificio8 Veh : sufrido aquel pueblo, y todo aquel país, y de man&t.ar 108 nobles y heróicos wntimi&os de sus naturales, solicita que se le socorra en cunntu lo permitan 119 circunstancias. Continuó la discueion que quedó pendiente enIs* SiOn secreta de 14 del presente mes sobre el dictáaoo de la comisiou de Justicia acerca de si ae hrbia deoaxiliar ó no el despacho que el Consejo de Indias hamw dado expedir ul virey de Nueva Espalla para el ekw go, hasta la cantidad de 10.000 pesos fuertes, delos bienes del Sr. Diputado D. Octaviano Obregon; Y d@* paes de haber hablado algunos Sres. Diputados, Y de* claradose el punto suficientemente discutido, @ProooS di6 á la votaciou, y resultó desaprobado el dicthmende la Comision. En este estado, retiró el Sr. Rsmos Arispe una Pw posicíon que habia escrito sobre este aBUnto; pero‘aS biéndola reproducido el Sr. Presidente, se PuN g “‘Cion, y fué aprobada en los términos Siguientes: «Que dirigiéndose todos estos antecedentes g Ia ” gencia, el Consejo de Indias, en sn vista, use de sns’ cultades, segun las leyes.» Y ae levant la sesi0n.s Vicente Pascual, Presideo’ k.=José María Gutierre2 de Te&, Diputado ti,clelsrio, = José Antonio Navarrete, Diputado E@retarlo’


GEiERALES

EXTRSORDINARIAS

DE 1810.

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SESION DEL DIA 24 DE MARZO DE 1812. Principió por la lectura de la Acta del dia anterior; del parte del canton de la Isla, y del de las fuerzassntiles y buques de la escuadra que se hallan en bahía. Seley6 una proposicion del Sr. Valckcel Dato, que decia así: eQoe se diga á la Regencia del Reino, para que 10 hagaentender al Ayuntamiento de Ciudad-Rodrigo, el aprecioque han merecido de las Córtes los sentimientOsde lealtad y patriotismo que le animan, y expresa enNI representacion de 10 de Febrero último, excitando5. LI. el celo de 5. A., B fin de que atienda al SOcorrode aquella guarnicion y vecindario del modo que W mmpatibie con las necesidades del Estado. » y no fué admitida B discusion. Tampoco fué admitida 8 discusion otra del Sr. Uría, quedecia nsí: fiQueda abolida la pensiou anual que con el titulo de Mia amata se cobra B los artesanos de la ciudad Y PrWincla de Guadalajara de Indias. N

Tampoco se admitió B discusion otra del Sr. Llarena, Cuyo tenor era el siguiente: ((Que se diga á la Regencia que los buques que conduzcan los ejemplares de la Constitucion á todos los países de aLl& del mar mandados por el Gobierno, al acercarse B los puertos de sus destinos pongan un gallardete 6 señal particular, y saluden con su artillería al entregar la correspondencia. 1) Se hizo presente que existia en poder de 10sSecretarios otra nueva representacion de Doña María Josefa de Hervias, en que insiste en que se mande que el señor Diputado D. Francisco Gonzalez desocupe inmediatamente su casa, sin pretesto ni excusa alguna; y las Córtes acordaron «que se suspendiese tomar resolucion hasta que conteste el aposentador 4 la órden que se le mandó pasar en la sesion secreta de 21 del corriente, y se vean sus efect0s.u Y se levantó la sesion. = José Maria Gutierre2 de Terbn, Vicepresidente. --José Antonio Navarrete, Diputado Secretario . z Jos4 de Zorraquin, Diputado Secretario.

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ACTASSECRETASDE LAS-&RTES --

SESION DEL DTA 30 DE MARZO DE 1822.

Principió por la lectura de la Acta de 24 del corrien te; de los partes del canton de la Isla desde la fecha de 2F hasta 30 inclusive; del de las fuerzas sutiles y buquer de la escuadw que ae hallan en bahía desde 24 4 2E tsmbien inclusive, y del estado de caudales de la cajr: de Tesorería mayor perteneciente B la semana de 15 $ 21 del actual, que se mandó pasar á la comision de Hacienda. Se ley6 un oficio del encargado de la Secretaría 3~ $stado, diciendo que al mismo tiempo que S. A. R. el Principe Regente de Portugal daba parte, segun estilo, de haber parido su bija la Sra, Infanta Doña María Teresa, un niño, la Sra. Infanta Doña Carlota Joaquina, Princesa del Brasil, comunicaba la misma noticia S las Córtes en la carta que, de orden de la Regencia del Reino, remitia; p siendo ya duplicado de otra que las artes habian recibido, quedaron enteradas. Tsmbien se di6 cuenta de otro oficio del encargado del mismo Ministerio, su fecha 28 del corriente, diciendo que el ministro de Portugal habia acudido á la Regencia, con fecha de 22 del mismo, para que por su conducto elevase a las Córtes su sincera y expresiva gratulatoria por haber concluido dichosamente la grande obra de la Constitucion, y aprovechando la oportunidad recordar que con fecha de 6 de Noviembre de 18 10 remitid á las Córtes, por medio de su antecesor, una Memoria relativa b los derechos eventuales de la Sra. Infanta Doña Carlota Joaquina, Princesa del Brasil, á la Corona de España, y que habiéndose abstenido el ministro de importunar para recibir respuesta, por hallsrse S. M. grandemente ocupado en el importante trabajo y arreglo de la Constitucion, esperaba que concluida ésta, declarase en aquellos derechos, para obtener la respuesta; y que habiéndose verificado uno y otro, recibiría como respuesta mas satisfactoria B su papel una copia autintica del decreto de S. M. que se leyó en la sesion pública de 18 del corriente y contiene varias disposiciones sobre la sucesion á la Corona de España, ouyo favor espera merecer de S. M., asegurando que le sería sumamente agradable B S. A. R. el Príncipe Regente de Portugal. Las Cortes, en su vista, acordaren se suspendiese tomar resolucion hasta que la comision de Con,+ titucion presente la minuta del decreto que se cita, Y se rectifique. Se dió cuenta de una exposielon del Sr. Diputado Conde de Puñonrostro, haciendo presente B S. M., que por hallarse cWpadeS aua bienea y eatrrdoe BL~1~ doa

Castillas, Y estar privado de los socorros que doblaave. nirle de Quito,no poder hacer efectivo ol cobro de loa que le adeuda la Reai Hacienda, y hallándose convaleciente de una fiebre peligrosa, se compele á molestar á S. M., para que mande se le proporcione lo absolutamente necesario para su curacion, y que se le entre,ouen dos mesadas de sus dietas atrasadas. Las Córtez acordas ron Se atienda á este Sr. Diputado como á los aoteriores. Se hicieron presentes dos solicitudes de los Sres.Diputados D. Francisco Gonzalez y D. Miguel Gomalel hastiri, pidiendo á S. M. licencia, por hallarse enfer* mas, el primero por dos meses para 1s ciudad de Alge ?iras, y el segundo para retirarse B su Pátria, YuC5i¿@ Y que se le dé la certiflcacion de estilo. Asi fué a&+ io, Y que se diese cuenta en público. Se leY6 un oficio del aposentador mayor D. Juan Iligue de Grijalva, en que, contestando al que sele mandó Wsar en la sesiou secreta de 23 de Marzo corriez~Vda :uenta de haber practicado diferentes dili,uencisz Pars Voporcionar casa al Sr. Diputado Gonzalez, Y ofrerece ksar inmediatamente que encuentre una que lo IW~O’ le, lo que cree muy dlficil. Se acordó se estuvieseBlo ?roveido en este dia $ la solicitud del Sr. CfOnzaleza Se dió igualmente cuenta de dos expOsiciones de’ >onde del Montijo, la una fecha del 12 de pobrero en ktina, y la otra de 16 del mismo en Ateca, en,queI nunica algunas noticias del estado de sqUe Pals,Y lueja de que ni el Empecinado ni DurBn habla* qab +do concurrir á ciertas acciones de las que hubiera Pb iido resultar gloria á las armas españolas, Y oOOclayc midiendo se nombre nu jefe para el reino de Ara@ lue reuna el mando y la cpinion. Se acordó so Wiw lichas exposiciones á la Regencia. coaclaY* El Sr. Zufrialegxi hizo una exposicion, Y Cnn las siguientes proposiciones: l.a Que se recomiende á la Regencia de1 Reina’ para el envio de troPas* 1)laza de Montevideo lamos PP 2.’ Que en dicha plaza se levante una oo elb nemoria de su distinguida y heróica defensa* Yen monumeflto e ponga la inscripcion siguiente: ((Sirva do . o9jefcr, Iterno consagrado á la memoria de los dos d1@ bnerdriD lustres capitulares, valerosa guarnicion Y oorap. ,eciodario que en el año de 181i dirigieron, fue@ p raron y defendieron con extraordinario ez dW&. Jaf@ 3.’ Que S los dos dignos jefes, D. Pr@iseo w b Lüo, capitan general, y D. Gaspar de Wodet9 So


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GENERALES

EXTRAORDINARIAS

aarJOrque fué en aquella época de h plaza, á los índiyfduos que compusieron en dicho año el Ayuntamiento, y g toda la guarnicion, se les permita traer en un brazo un escudo con las armas de la ciudad. 4.’ Que se le haga presente al señor capitan general que si algun oficial, sargento, cabo 6 soldado ha heoho ó contraido algun particular mérito, lo premie segun halle por conveniente, y dé cuenta Q S. M. para su aprobacion .

DE 1810.

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5.’ y última. Que al vecindario de Montevideo se le dén las gracias directamente por S. M., declarando10 por benemérito, cuya prerogativa sea extensiva en ad8hnte á la ciudad, usando de ella entre sus titulos.)) Las Córtes acordaron pasaran estas proposiciones á la ComMon de Premios, y se levantó la sesion.=José Maria Gutierrez de Teran, Vicepresidente.=José Antonio Navarrete, Diputado Secretario. =José de Zorraquin, Diputado Secretario.


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ACT.AS f3.ERETAS

SESION DEL DIA 31 DE MARZO DE 1812. Principió por la lectura de la Acta del dia anterior; del parte del canton de la fsla, y del de las fuerzas sutiles y buques de la escuadra, que se hallan en bahía. Se leyó un oficio del encargado del Ministerio de Estado, acompañando una exposicion ó protesta del Ministro de S. hl. Siliciana, 6 nombie de su Soberano, acerca de la sucesion á la Corona de estos Reinos que se establece en la Constitucion, y la contestacion de la Regencia del Reino en que, desenvolviendo en parte los principios en que se afianza la determinacion de las

Córtes generales y extraordinarias, procura con suavidad y moderacion conciliante inclinar la opinion del Gabinete de Palermo B la persúasion, y aun, si cabe,sl convencimiento de la pureza de las intenciones del COUgreso en la promulgacion de la ley señalada en la COnstitucion sobre sucesion 6 la Corona de España; J ia8 Córtes quedaron enteradas Se levantó la sesion.=José Maria Gutierrez de Terán, Vicepresidente. --José Antonio Navarrete, .Dipuhdo Secretario. - José de Zorraquin, Dípntado Secretario.


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