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NtJMERO ejército en los dos preciaos sentidos, cuales son Ia pérdida BDel sitio, y la guarnicion que ha de dejársele: de aquí lu consecuencia de debilitarnos cada dia al paso que corran nuestras ventajas: el método ordinario de reemplazar los cuerpos con reclutas 6 quintos, es perjudicial en campaña al ejército y á los pueblos ; estos tienen que suministrar las raciones de unos hombres que aun no sirven á aquel, y el país, que con muchas fatigas y dispendioe ayuda á mantener sus defensores, se ve sobrecargado sin necesidad, y las tropas obligadas algunas veces á vivir con media racion para que coman los reclutas que tampoco se instruyen tan bien con las marchas y contramarcha con que tienen que seguir las operaciones de la guerra: por estas y otras consideraciones han preferido todas las naciones guerreras en estos tiempo8 en que los movimientos se hacen muy rápidos, el sistema de depósitos para educar los soldados é instruirIos, eligiendo parajes m&s seguros y donde la subsistencia de esta parte precisa no embarace ni disminuya la del ejército activo. No ex plano más la materia por no molestar demasiado la atencion de V. Id. ; pero considerando urgentísimo que se preparen 16 6 18.000 hombres para el reemplazo de nuestros ejércitos, hago la proposicion siguiente: aQue se excite el conocido celo de la Regencia para que con la mayor actividad posible se establezcan depósi-

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tos de tropas, donde so instruyan los quintos y rectutas, repartidos estos establecimientos en loa puntos de 1s Monarquía en que puedan subsistir con más facilidad y menos perjuicio del ejército activo, al que deben cubrir sus bajas. Cádiz 13 de Agosto de 1813. eAntonio de Benavides, » Admitida tambien á discusion esta proposicion del Sr. Benavides, so procediú desde luego 8 la votacion de las del Sr. Mejía, y se aprobaron por unanimidad las dos primeras. En cuanto á la tercera, habiendo algunos señores Diputados observado que tenis conexion con la de1 Sr. Benavides, se aprobaron ambas, refundiéndoiae en una sola, con la siguiente adicion que hizo el Sr. Antillon: <Que si el Gobierno para llevar & efecto estas providencias encontrase algunos obstáculos que pudiesen en torpecerlas con perjuicio de Ia libertad é independencia nacional, lo manifieste Q las Córtes siempre que su remocion no esté en las faculades de la Regencia. o Indicó el Sr. Gol@ que para realizar esta resolucion, y no quedase en vanas palabras, era necesario desdeluego proporcionar los medios correspondientes; y habiendo convenido el Congreso en dedicarse con el mayor conato al ramo de Hacienda, se levantó la sesion.


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