Sentimientos de la Nación

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El sistema jurídico mexicano presenta características

que lo hacen único, pues su evolución ha sido impulsada por numerosos avatares históricos y por la necesidad de actualizarlo para que cumpla con los desafíos impuestos por la glo-

balización. El régimen jurídico del México decimonónico no guarda relación con el del siglo XXI. La vida constitucional y legal de nuestro país ha tenido que transformarse, a fin de

colmar, sin minusvalorar la justicia, el permanente deseo de seguridad jurídica que reclaman y merecen los gobernados.

El contenido de la Constitución Política de los Esta-

dos Unidos Mexicanos vigente, debe respetarse en su contex-

to, porque es observable que tan pronto como se desconoce el derecho sobreviene la anarquía, de ahí la pertinencia de no soslayar, los alcances de las prerrogativas que asisten a los

hombres respeto de la autoridad, junto con los diversos medios instrumentados para salvaguardarlas. Sin embargo con

estructura constitucional, historia diversa y aptitud y principios de gobierno distintos y propios de cada país del Conti-

nente Americano en donde estamos ubicados, el pensamiento

plasmado en el artículo 1° de los “Sentimientos de la Nación” en relación con otros de los 23 puntos que conforman el documento que veneramos en la memoria de José María Mo-

relos y Pavón, nos identifica con otros pueblos de América

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