El sistema jurídico mexicano presenta características
que lo hacen único, pues su evolución ha sido impulsada por numerosos avatares históricos y por la necesidad de actualizarlo para que cumpla con los desafíos impuestos por la glo-
balización. El régimen jurídico del México decimonónico no guarda relación con el del siglo XXI. La vida constitucional y legal de nuestro país ha tenido que transformarse, a fin de
colmar, sin minusvalorar la justicia, el permanente deseo de seguridad jurídica que reclaman y merecen los gobernados.
El contenido de la Constitución Política de los Esta-
dos Unidos Mexicanos vigente, debe respetarse en su contex-
to, porque es observable que tan pronto como se desconoce el derecho sobreviene la anarquía, de ahí la pertinencia de no soslayar, los alcances de las prerrogativas que asisten a los
hombres respeto de la autoridad, junto con los diversos medios instrumentados para salvaguardarlas. Sin embargo con
estructura constitucional, historia diversa y aptitud y principios de gobierno distintos y propios de cada país del Conti-
nente Americano en donde estamos ubicados, el pensamiento
plasmado en el artículo 1° de los “Sentimientos de la Nación” en relación con otros de los 23 puntos que conforman el documento que veneramos en la memoria de José María Mo-
relos y Pavón, nos identifica con otros pueblos de América
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