Relaciones internacionales revista

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RELACIONES INTERNACIONALES Ideas generales: es una disciplina académica que trata sobre los estudios de los asuntos extranjeros y de las grandes cuestiones del Sistema Internacional en materia política, económica, jurídica y diplomática. Concepto: es un conjunto de vínculos que se establece entre dos o más estados del mundo. El derecho, la política y la economía son algunas de las ciencias y de las disciplinas que forman parte del desarrollo de las relaciones internacionales. Elementos: a) La percepción de que dos o más intereses, valores u objetivos, coinciden y pueden ser alcanzados, promovidos o satisfechos por ambas partes de modo simultáneo. b) La percepción o expectativa de una de las partes de que la actuación seguida por la(s) otra(s) parte(s), en orden a lograr sus objetivos, le ayuda a realizar sus propios intereses o valores. c) La existencia de un acuerdo (expreso o tácito) sobre los aspectos esenciales de las transacciones entre dos o más actores, con objeto de alcanzar sus objetivos comunes o coincidentes. d) La aplicación de reglas o pautas que dominarán las futuras transacciones con vistas a cumplir el acuerdo. e) El desarrollo de las transacciones para cumplir el acuerdo.

DERECHO DE LEGALIZACIÓN ES ENCUENTRA CLASIFICADO DE LA SIGUIENTE MANERA: a) Por el número de actores que intervienen: Podemos distinguir entre las interacciones bilaterales, las multilaterales y las globales. En las primeras intervienen únicamente dos actores internacionales. Las multilaterales implican la participación de más de dos actores y, por último, las globales se desarrollan entre la totalidad de los miembros de una misma Sociedad Internacional, sea ésta regional o mundial.


b) Por el grado de vinculación que establece entre los actores: De acuerdo con este criterio podemos diferenciar entre las interacciones directas y las indirectas. c) Por la naturaleza de las interacciones: Las interacciones internacionales varían en función de su naturaleza política, económica, jurídica, cultural, etc.

FUNCIÓN DE LOS AGENTES DIPLOMÁTICOS a) Normales 

proteger los intereses del Estado acreditante en el Estado receptor

fomentar las relaciones amistosas

ejercer (ciertas) funciones consulares

b) Excepcionales 

representar los intereses de un tercer Estado en el Estado receptor

representar a un tercer Estado, el cual no posea representación en el Estado que lo recibe

Para la consecución de estos objetivos, los medios de los cuales se sirve son: 

Representar al Estado del cual es originario.

Negociar con el Estado receptor.

Informar a su Estado, por todos los medios lícitos.

P

lácet, Beneplácito o Agrement es la manifestación que hace el estado receptor, solicitando para ello, por el estado acreditante, de que no tiene nada que oponer a la persona que este se propone nombrar como jefe de


misión ante aquél. Es más bien la repuesta favorable que da un Gobierno a otro. La solicitud de plácet se hace por nota verbal o nota firmada a la cual se acompaña una biografía de la persona citada.

INICIO Y FINALIZACIÓN DE LA MISIÓN DIPLOMÁTICAS  El Inicio de relaciones diplomáticas entre Estados y el envío de misiones diplomáticas permanentes se efectúa por consentimiento mutuo. De esa forma, aunque el Estado tiene reconocido el derecho de legación activa y pasiva, este derecho no puede ejercerlo sin el consentimiento del Estado ante el que desea acreditarse. Desde el momento que se inicia la Misión diplomática empiezan a aplicarse las disposiciones del Convenio de Viena.  Su finalización se puede producir por diversos motivos: Ruptura de relaciones diplomáticas. Es el motivo más grave. Se trata de un acto discrecional del Estado que se produce a través de una decisión unilateral de cerrar la misión diplomática, imponiendo, de esta forma, la misma decisión al otro Estado, en virtud del principio de reciprocidad. La gravedad de este acto lleva a que, en situaciones de crisis en las relaciones diplomáticas, se busquen soluciones intermedias que no llevan aparejada el cierre definitivo de la misión diplomática. Otros motivos. Un supuesto sería el bajo nivel de relaciones con el Estado receptor. Una situación especial se produce cuando el cierre de la misión diplomática se produce colectivamente como consecuencia de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS Tratado internacional abierto a la firma de los estados en Viena el 18 de abril de 1961, al término de la Conferencia de las Naciones Unidas en la materia.

Consta

fundamentalmente

de

53

codificaron

artículos en

forma

que de

disposiciones positivas el derecho diplomático relativo a las misiones diplomáticas permanentes de


carácter bilateral y a las relaciones por ellas desarrolladas, en determinadas cuestiones la Convención innovó con disposiciones hasta ahora no existentes. La Convención estableció normas más claras en la materia que las recogidas por la costumbre internacional que hasta entonces regulaba las relaciones diplomáticas bilaterales. Los estados que no son miembros, se siguen regulando por la costumbre internacional.

A

SILO es la protección que pide un ciudadano o varios a un país extranjero cuando se encuentren en una persecución política y su vida se encuentre en peligro.

Existen dos tipos de asilo, el asilo humanitario y el asilo político. El Asilo Humanitario es la práctica que muchas naciones llevan a cabo y que consiste en aceptar inmigrantes en su suelo porque estos se vieron obligados a dejar por la fuerza su país de origen por el peligro que sus vidas correrían allí de permanecer.

Generalmente,

razones

políticas,

raciales, religiosas o como consecuencia de una guerra, suelen ser las situaciones más frecuentes que detonan en asilos humanitarios.

El Asilo Político: es el derecho que tiene un individuo de no ser extraditado de un país a otro que lo está requiriendo para iniciarle algún proceso judicial por delitos políticos. Se origina de la Protección que un Estado concede en su territorio a un individuo frente a la persecución de otro Estado. La institución del asilo, cuyos rasgos principales son el derecho a entrar en el territorio del país de acogida y el derecho a no ser obligado a salir de él de manera forzosa, se conoce y ha evolucionado desde la Antigüedad. Etimológicamente, la palabra deriva del término griego asylon, forma neutra del adjetivo asylos, que significa “lo que no puede ser tomado”, es decir, lo que es inviolable. El asilo es, por lo tanto, un lugar que no puede ser tomado, y que siendo inviolable se convierte así en lugar de refugio. La existencia del asilo entendido como lugar implica la existencia de un poder protector superior humano o divino, lo que enseguida confiere un nuevo significado a la palabra: “protección frente a ser tomado por la fuerza”.


Para obtener tales asilos se debe contar con los siguientes requisitos: debe de presentar que es activista político, pruebas de afiliación en partidos, religiones, etc. también debes de presentar pruebas con recortes de periódicos o noticias en medios masivos que ha sufrido atentados contra tu vida, si no posee esto debe de tener comprobante de policías que has puesto una denuncia o comprobantes de médicos que te han revisado y pueden asegurar que ha sufrido y sufre persecución. Si el Servicio de Inmigración no acepta su solicitud de asilo político, lo que es muy probable, le citarán a una audiencia de deportación. Por este motivo, son muy excepcionales los casos en los cuales conviene presentar dicha solicitud.


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