Introducción al Análisis del Derecho - Carlos Santiago Nino

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INTRODUCCIÓN AL ANÁLISIS DEL DERECHO

En cuarto lugar, el utilitarismo parece la doctrina moral más adecuada para evaluar instituciones, medidas y cursos de acción en una sociedad pluralista, puesto que no parte de fines postulados como válidos independientemente del reconocimiento de la gente, sino de los sentimientos o intereses reales de cada individuo, cualesquiera que sean esos sentimientos o intereses. El utilitarismo no prejuzga a priori acerca del plan de vida de cada individuo, sino que valora las acciones por su capacidad para satisfacer y no frustrar esos planes de vida que los individuos se proponen. Por último, el utilitarismo parece combinar un mínimo de postulaciones científicamente indemostrables con un máximo de aprovechamiento de los recursos que ofrecen la ciencia y la tecnología. Aun cuando se admita que el principio de utilidad no es demostrable racionalmente, ésta es la única postulación que debe aceptar supuestamente en forma dogmática un utilitarista, en contraste con la multitud de principios y reglas últimas que deben presuponer los partidarios de otras concepciones morales. Y una vez que el principio de utilidad es aceptado ¡qué reconfortante panorama se le presenta al utilitarista! Todo es cuestión de calcular (y producir) consecuencias con el auxilio de las distintas ciencias, y todo juicio ético (salvo los que estipulan al bien intrínseco) es empíricamente verificable. A pesar de estas ventajas reales o supuestas, el utilitarismo parece estar afectado por dificultades sumamente serias. Aquí mencionaremos sólo algunos de los inconvenientes que los críticos del utilitarismo han señalado. En primer lugar, si la corrección o incorrección moral de un acto depende de si el conjunto de todas sus consecuencias favorecen o perjudican la felicidad general, parece que nunca podremos saber si un acto es moralmente correcto o incorrecto, puesto que las consecuencias de un acto se extienden al infinito en ramificaciones múltiples. En segundo lugar, hay autores, como D. H. Hodgson (en Consequences of Utilitarianism) que han argüido —provocando réplicas serias del bando utilitarista— que el utilitarismo (al menos el utilitarismo de actos) sería autofrústrante en una sociedad en que todos fueran utilitaristas, o sea su adopción tendría efectos antiutilitaristas. Para ilustrar su acusación Hodgson toma distintos ejemplos referidos a la obligación de cumplir las promesas, de decir la verdad, aplicar penas, etcétera.


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