Derecho Administrativo I - Allan Brewer

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DERECHO ADMINISTRATIVO

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cional de que todos pueden hacer lo que no perjudique a otro y nadie está obligado a hacer lo que la ley no ordene ni impedido de ejecutar lo que ella no prohíba,' y que introduce a la vez, en e! ordenamiento constitucional, la noción de orden público como criterio limitante de los derechos y garantías constitucionales y, por tanto, la noción de policía administrativa. En esta forma, la consagración de derechos y garantías constitucionales, si bien no es restrictiva," tampoco es ilimitada; no se trata, en ningún caso, de derechos y garantías absolutos, sino sometidos a una serie de limitaciones constitucionales y legales, inspiradas por "el derecho de los demas", es decir, e! interés general y la justicia social, y e! "orden público y social", La protección jurisdiccional de los derechos y garantías, sin embargo, es completa, al menos en e! texto constitucional: son nulos -de nulidad absoluta- todos los actos del Poder Público que violen o menoscaben los derechos garantizados por la Constitución, y los funcionarios y empleados públicos que los ordenen y ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos;' y los "Tribunales ampararán a todo habitante de la República en e! goce y ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución establece",' La efectividad de esta protección jurisdiccional, que da origen al recurso de inconstiructonalidad, al recurso de amparo y a los recursos contenciosoadministrativos (de ilegalidad) será objeto de análisis más adelante, y en otro lugar hemos analizado la efectividad de la garantía constitucional de los derechos y libertades, es decir, las posibilidades de! goce y disfrute de los mismos, y la real protección que en dichos goce y disfrute, tienen los particulares frente al abuso de! poder público o al abuso del poder privado, particularmente de tipo económico.'? Para ello, ahora trataremos de realizar un rápido ana lisis, garantía por garantía y derecho por derecho, según los enunciados constitucionales: derechos individuales, derechos sociales, derechos económicos y derechos políticos, 6. 7.

8, 9, 10.

Tal como se afirma en la Exposición de Motivos de la Constitución de 1961 (Título 111, Cap. 1). La enunciación de [os derechos y garantías contenidas en la Constitución, tal como lo establece el artículo jO de la misma, "no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ella. La falta de Ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos". Art. 46 de la Constitución. Art. 49 de la Constitución. lo indicado en el Capítulo 21 del libro, Alían-R. Brewer-Carfas, Cambio Político )' Rejorma ... , cit.

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