Normas20110906

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FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO

Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES Año XXVIII - Nº 11526

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www.elperuano.com.pe

Sumario R.VM. Nº 018-2011-EF/15.01.- Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. N° 115-2001-EF 449518

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

JUSTICIA

R.S. N° 257-2011-PCM.- Designan Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI 449512

R.M. Nº 0200-2011-JUS.- Dan por concluida designación y encargan funciones de Director de la Oficina General de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio 449518

AGRICULTURA R.D. Nº 009-2011-AG-SENASA-DSA.- Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de diversas mercancías pecuarias de origen y procedencia Chile, Irlanda e Italia 449512 R.J. Nº 596-2011-ANA.- Encargan funciones de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI) 449513 R.J. Nº 597-2011-ANA.- Encargan funciones de la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua 449513 AMBIENTE Fe de Erratas R.S. N° 017-2011-MINAM

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO R.M. Nº 257-2011-MINCETUR/DM.- Aceptan renuncia y encargan funciones de Secretaria General de PROMPERÚ 449514 DEFENSA D.S. N° 011-2011-DE.- Modifican el Reglamento de la Ley N° 26511, aprobado por D.S. N° 010-DE/SG, que establece las definiciones, normas y procedimientos para la Calificación y Propuesta de Ascenso de los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Civiles, así como para otorgar beneficios para los “Defensores de la Patria” que participaron como Combatientes en la Zona del Alto Cenepa 449514 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 163-2011-EF.- Aprueban el procedimiento para el proceso de evaluación y ratificación de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado 449515 R.S. N° 063-2011-EF.- Aceptan renuncia de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE 449517 R.S. N° 064-2011-EF.- Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en evento a realizarse en Colombia 449517

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL R.M. Nº 313-2011-MIMDES.- Designan Asesora del Despacho Viceministerial de la Mujer 449518 R.M. Nº 314-2011-MIMDES.- Designan Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF 449518 R.M. Nº 315-2011-MIMDES.- Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del INABIF 449519 R.M. Nº 316-2011-MIMDES.- Designan Jefe de Comunicaciones de la Dirección Ejecutiva del FONCODES 449519 SALUD R.M. Nº 657-2011/MINSA.- Aceptan renuncia de Experto en Sistema Administrativo I de la Oficina de Informática y Telecomunicaciones de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio 449519 R.M. Nº 658-2011/MINSA.- Designan Ejecutivo Adjunto I de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio 449520 R.M. Nº 659-2011/MINSA.- Designan Supervisor II de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio 449520 R.M. Nº 660-2011/MINSA.- Designan Directora Ejecutiva de la Oficina de Desarrollo Tecnológico de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio 449520 R.M. N° 663-2011/MINSA.- Designan Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur 449521 R.M. N° 664-2011/MINSA.- Designan Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bartolomé” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad 449521 VIVIENDA R.S. N° 014-2011-VIVIENDA.- Aceptan renuncia y designan Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO 449522


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NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

Res. Nº 17-2011-GS/OSITRAN.- Aprueban difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios” presentado por Aeropuertos del Perú S.A. 449524

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS

ORGANOS AUTONOMOS

Res. Nº 120-2011-DV-PE.- Aceptan renuncia de Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de DEVIDA 449522

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Res. N° 047-2011/DE-FONAFE.- Modifican la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito del FONAFE, aprueban Lineamientos y Políticas aplicables para el año 2012 y formatos 449522

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 9439-2011.- Autorizan a la EDPYME Raíz S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Amazonas, Junín, Lima, Puno y San Martín 449525

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Ordenanza Nº 094-2011-MDP/C.- Declaran zonas restringidas para cualquier tipo de manifestación o concentración pública en el distrito 449525 PROVINCIAS

INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA

Res. Nº 15-2011-GS/OSITRAN.- Aprueban difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por Lima Airport Partners S.R.L. 449524

R.A. Nº 310-2011-MDLP-ALC.- Designan Procurador Público Municipal 449526

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA

PRESIDENCIA DEL

Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de diversas mercancías pecuarias de origen y procedencia Chile, Irlanda e Italia

CONSEJO DE MINISTROS Designan Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 257-2011-PCM Lima, 5 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; Que el numeral 26.1 del artículo 26º de la Ley Nº 28664, dispone que el Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI es designado por el Presidente Constitucional de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 28664, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Gustavo Indacochea Alvarez como Subdirector de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 009-2011-AG-SENASA-DSA La Molina, 5 de septiembre de 2011 VISTO: Los Informes Nº 424, 438, 457 y 473-2011-AG-SENASASCA-DSA, de fechas 21 de julio, 02, 12 y 19 de agosto de 2011, respectivamente, y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, asimismo, el Artículo 9° de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fito y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo 018-2008-AG, los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano y se notifican a la Organización Mundial del Comercio-OMC; Que, el artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria,


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NORMAS LEGALES

aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG establece que la Dirección de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el Artículo 21º de la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) prescribe que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, el Informe Nº 424-2011-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 21 de julio de 2011 recomienda que se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importación de Gacelas de Thompson (Gazella Thomsoni) procedentes de Chile; Que, el Informe Nº 438-2011-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 02 de agosto de 2011 recomienda que se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importación de Leche y productos lácteos siendo su origen y procedencia Irlanda; Que, el Informe Nº 457-2011-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 12 de agosto de 2011 recomienda que se publiquen los requisitos zoosanitarios para la importación de Jirafas procedentes de Chile; Que, el Informe Nº 473-2011-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 19 de agosto de 2011 recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de Hurones procedentes de Italia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones; y con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Establecer los requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias según país de origen y procedencia, de acuerdo a los siguientes Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución: a. ANEXO I: Gacelas de Thompson procedentes de Chile. b. ANEXO II: Leche y productos lácteos siendo su origen y procedencia Irlanda. c. ANEXO III: Jirafas procedentes de Chile. d. ANEXO IV: Hurones procedentes de Italia. Artículo 2°.- Los anexos señalados en el artículo precedente serán publicados en el portal institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la emisión de los Permisos Zoosanitarios de Importación a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 4°.- El SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLEN F. HALZE HODGSON Director General Dirección de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

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Encargan funciones de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 596-2011-ANA Lima, 5 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 011-2010-ANA, del 10 de junio de 2010, se encargaron las funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI), al señor LUIS FELIPE CASTAÑEDA LEÓN; Que, por razones de servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la encargatura señalada en el considerando precedente; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Artículo 11º del

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Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 0062010-AG. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura otorgada al señor LUIS FELIPE CASTAÑEDA LEÓN, mediante Resolución Jefatural Nº 011-2010-ANA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar, a partir de la fecha, al señor ANDRÉS EMILIANO CALDERÓN CASANA, las funciones de la Dirección de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón (Código VI). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua

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Encargan funciones de la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 597-2011-ANA Lima, 5 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 352-2011ANA, se encargó al señor OSCAR ALFREDO CORNEJO GÓMEZ SÁNCHEZ, las funciones de la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua, sin variar la retribución económica, ni el plazo establecido en el Contrato Administrativo de Servicios que vincula a esta Institución con el citado profesional; Que, el citado profesional, ha presentado su renuncia al encargo conferido; De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el artículo 11º el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 0062010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del señor OSCAR ALFREDO CORNEJO GÓMEZ SÁNCHEZ, a la encargatura de funciones de la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Precisar, que habiendo concluido la precitada encargatura, mantiene su vigencia el Contrato Administrativo de Servicios que vincula a esta Institución con el citado profesional. Artículo 3º.- Encargar, a partir de la fecha, al señor JULIO CESAR NAVARRO FALCONI, las funciones de la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la Autoridad Nacional del Agua. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua

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AMBIENTE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 017-2011-MINAM Mediante Oficio N° 639-2011-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas


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NORMAS LEGALES

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de la Resolución Suprema Nº 017-2011-MINAM, publicada en nuestra edición del día 30 de agosto de 2011. - En el Primer considerando; DICE: “(...) y al señor Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otárola (...)” DEBE DECIR: “(...) y al señor Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otálora (...)” - En el Artículo 1º; DICE: “(...) y la del señor Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otárola (...)”

DEFENSA Modifican el Reglamento de la Ley Nº 26511, aprobado por D.S. Nº 010DE/SG, que establece las definiciones, normas y procedimientos para la Calificación y Propuesta de Ascenso de los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Civiles, así como para otorgar beneficios para los “Defensores de la Patria” que participaron como Combatientes en la Zona del Alto Cenepa DECRETO SUPREMO Nº 011-2011-DE

DEBE DECIR: EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA “(...) y la del señor Manuel Gerardo Pedro Pulgar-Vidal Otálora (...)”

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COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aceptan renuncia y encargan funciones de Secretaria General de PROMPERÚ RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 257 -2011-MINCETUR/DM Lima, 5 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 195-2007MINCETUR-DM, de fecha 01 de octubre de 2007, se designó a la señora Pilar Pajares Sayán, en el cargo de Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia y se encargue el puesto de Secretaria General de PROMPERÚ, en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y, el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la señora Pilar Pajares Sayán, al cargo de Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar, a partir de la fecha, a la señora Nancy Aracelly Laca Ramos, el puesto de Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, y en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26511, modificada por la Ley Nº 27124, reconoce la calidad de Defensor de la Patria y otorga beneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y civiles que hayan participado como combatientes en la zona del Alto Cenepa durante el conflicto con el Ecuador en 1995, así como a aquellos que a partir del 1 de marzo de 1995, hayan fallecido o se encuentren con invalidez temporal o permanente como consecuencia de los acontecimientos ocurridos en dicha zona o fuera de ella, siempre que guarden relación de causalidad con dicho conflicto y no puedan ser referidos a otra causa; Que, el artículo 7º del Reglamento de la precitada Ley Nº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG de fecha 12 de febrero de 1999, dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas nombrará las comisiones de Calificación de Combatientes y Defensores de la Patria, así como de Calificación para el Ascenso, las mismas que serán presididas por el Jefe de la 1ra. División del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas e integradas por Oficiales representantes de las Instituciones Armadas y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que, en el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 10982010-DE/SG de fecha 6 de octubre de 2010, otorga al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el plazo de ocho (8) meses, contados a partir de la vigencia de la citada norma, para efectos de la calificación a que se refiere la Ley Nº 26511, modificada por la Ley Nº 27124, que reconoce como Defensores de la Patria o Combatientes y otorga beneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y civiles que participaron en el conflicto del Alto Cenepa en el año 1995; Que, por Resolución del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Nº 244 CCFFAA/OAANN/SEC de fecha 19 de julio de 2010, se crea con eficacia anticipada a partir del 1 de enero de 2010, la Oficina de Asuntos Nacionales (OAANN) del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que por los fundamentos expuestos y con la finalidad de dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 1098-2010-DE/SG citada en el tercer considerando de la presente Resolución, resulta necesario se emita el acto administrativo correspondiente que disponga la modificación del artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG de fecha 11 de febrero de 1999, en el sentido de incorporar a Oficiales de la Oficina de Asuntos Nacionales en reemplazo de Oficiales de la 1ra. División del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas; Que estando a lo opinado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de acuerdo a la Ley Nº 26511, modificada por la Ley Nº 27124, a la Resolución Ministerial Nº 1098-2010-DE/SG de fecha 6 de octubre de 2010, a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; y, De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modificación Modificar el artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 26511, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-DE/SG de fecha 12 de febrero de 1999, que establece las definiciones, normas y procedimientos para la Calificación y Propuesta de Ascenso


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NORMAS LEGALES

de los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Civiles, así como para otorgar los beneficios por muerte, invalidez temporal y permanente para los “Defensores de la Patria”, que participaron como Combatientes en la Zona del Alto Cenepa, en los términos siguientes: “Artículo 7º.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, nombrará las siguientes Comisiones: a. De Calificación de Combatientes y Defensores de la Patria: - Jefe de la Oficina de Asuntos Nacionales del CCFFAA - Jefe del Dpto. de Reconocimiento a los Defensores de la Patria de la OAANN - Un Oficial Superior representante del EP - Un Oficial Superior representante de la MGP - Un Oficial Superior representante de la FAP - Un Oficial Superior representante de la PNP - Un Oficial Superior Médico del EP - Un Oficial de la Oficina de Asuntos Nacionales - El Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del CCFFAA

Presidente Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Vocal Secretario Asesor Legal

b. De la Calificación para el Ascenso: - Jefe de la Oficina de Asuntos Nacionales del CCFFAA - Jefe del Dpto. de Reconocimiento a los Defensores de la Patria de la OAANN - Un Oficial Superior representante del EP - Un Oficial Superior representante de la MGP - Un Oficial Superior representante de la FAP - Un Oficial Superior representante de la PNP - Un Oficial de la Oficina de Asuntos Nacionales - Un Oficial Jurídico del CCFFAA

Vocal Vocal Vocal Vocal Secretario Asesor Legal

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa

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ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el procedimiento para el proceso de evaluación y ratificación de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO: Que, en el marco del proceso de fortalecimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 048-2011, que dicta medidas en materia de contratación pública para mejorar la eficiencia en el gasto público, debe procederse a evaluar y ratificar, de corresponder, a los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el citado Decreto de Urgencia, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se establecerán los procedimientos para el proceso de evaluación y ratificación, de corresponder, de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado; Que, en tal sentido, es necesario aprobar el procedimiento para la evaluación y ratificación, de corresponder, de los miembros del citado Tribunal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 048-2011; DECRETA:

Presidente Vocal

Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa.

DECRETO SUPREMO Nº 163-2011-EF

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Artículo 1º.- Aprobación del procedimiento Apruébese el procedimiento para el proceso de evaluación y ratificación, de corresponder, de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Artículo 2º.- Inicio del proceso de evaluación El proceso de evaluación se inicia al día siguiente de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Constitución de la Comisión Sectorial de Evaluación Constitúyase una Comisión Sectorial de Evaluación en el Ministerio de Economía y Finanzas, encargada de realizar el proceso de evaluación de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, la misma que estará integrada de la siguiente manera: a) El Director General de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad, quien la presidirá; b) El Director General de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos; c) El Director de la Dirección de Normatividad, Metodologías y Capacitación de la Dirección General de Política de Inversiones; Los miembros de la Comisión Sectorial de Evaluación deberán instalarse dentro del plazo señalado en el artículo 2º, y ejecutarán su encargo en forma ad-honorem. Artículo 4º.- De las etapas del proceso de evaluación El proceso de evaluación de los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado tendrá las siguientes etapas: a) Evaluación curricular; b) Evaluación de conocimientos; c) Evaluación psicológica, psicométrica competencias; y, d) Entrevista personal.

y

de

Las etapas son eliminatorias. Los puntajes obtenidos en cada etapa no son acumulativos.


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NORMAS LEGALES

Los resultados de cada etapa, así como los resultados finales después de culminada la etapa de entrevista personal, serán publicados en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, señalando los nombres de quienes calificaron en orden alfabético y su Documento Nacional de Identidad. Los vocales deberán verificar los resultados diariamente en los citados portales, hasta que culmine el proceso de evaluación. Los vocales que no se presenten al proceso de evaluación, quedarán automáticamente descalificados y contra dicha decisión no cabe interponer recurso impugnativo alguno. Artículo 5º.- De la evaluación curricular Los vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado deberán presentar la documentación exigida en el artículo 6º de la presente norma dentro de los tres (3) días calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. La documentación deberá presentarse ante la Oficina de Atención al Usuario, Trámite Documentario y Archivo del Ministerio de Economía y Finanzas dirigido al Presidente de la Comisión Sectorial de Evaluación. La documentación deberá presentarse, en copia, en cuyo caso deberá estar legalizada notarialmente o autenticada por fedatario de dicha Entidad. El horario para la presentación de los documentos será de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. Artículo 6º.- De la documentación a presentar Los vocales deberán remitir la siguiente documentación: a) Currículum vitae documentado, que deberá contener: - Título profesional universitario; - Experiencia acreditada no menor a cinco (5) años en las materias relacionadas con la contratación pública; y, - Acreditar estudios de especialización en materias afines a la contratación pública. b) Declaración Jurada, según formato, que indique contar con reconocida solvencia moral; c) Declaración Jurada, según formato, que indique no contar con los siguientes impedimentos; - No estar inhabilitado para ejercer la función pública por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República; - No haber sido declarado insolvente o haber ejercido cargos directos en personas jurídicas declaradas en quiebra, durante por lo menos un (1) año, previo a la declaración; - No haber sido inhabilitado para contratar con el Estado; - No tener participación en personas jurídicas que contraten con el Estado; y, - No estar inmerso en causal de impedimento para el ejercicio de la función pública. Los formatos indicados en los literales b) y c) del presente artículo se publicarán en los portales instituciones del Ministerio de Economía y Finanzas y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, en la misma fecha de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 7º.- De la verificación de la documentación En un plazo no mayor de un (1) día calendario contado desde el día siguiente de vencido el plazo para la presentación de los documentos, la Comisión Sectorial de Evaluación verificará que la documentación presentada por los vocales esté conforme con lo dispuesto en el artículo anterior. Los resultados de la evaluación de la presente etapa serán publicados al día siguiente de realizada dicha evaluación. Es responsabilidad de los vocales presentar la documentación completa, debidamente foliada y en los formatos establecidos. No se otorgará plazos adicionales para subsanaciones, ni aclaraciones. Para efectos de la verificación de la documentación presentada, la Comisión Sectorial de Evaluación podrá efectuar consultas al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la Contraloría General de la República, al Poder Judicial o a cualquier otra entidad pública o privada. Las entidades deberán brindar la colaboración correspondiente dentro del plazo solicitado por la Comisión Sectorial de Evaluación. De comprobarse la existencia de algún impedimento o incumplimiento, la Comisión Sectorial de Evaluación descalificará al vocal bajo evaluación. Contra esta decisión no cabe interponer recurso impugnativo alguno.

El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

La verificación podrá continuar en las otras etapas del proceso de evaluación. Artículo 8º.- De la Evaluación de Conocimientos A los dos (2) días calendario siguientes a la publicación de los resultados de la evaluación curricular, se realizará la evaluación de conocimientos, a través de una prueba escrita, la cual incluirá materias concernientes a contratación pública, gestión pública y derecho administrativo general. El puntaje máximo será de cien (100) puntos. Únicamente aquellos vocales que obtengan setenta (70) puntos en la evaluación de conocimientos, podrán pasar a la siguiente etapa. Los resultados serán publicados al día siguiente de realizada la evaluación de conocimientos, y contra los cuales no cabe interponer recurso impugnativo alguno. Artículo 9º.- De la Evaluación Psicológica, Psicométrica y de Competencias Dentro de los dos (2) días calendario siguientes de la publicación de los resultados de la evaluación de conocimientos, se realizará la evaluación psicológica, psicométrica y de competencias. En esta etapa de evaluación, la Comisión Sectorial de Evaluación podrá contar con los servicios de un profesional especializado en la materia. El puntaje máximo será de cien (100) puntos. Únicamente aquellos vocales que obtengan setenta (70) puntos en la evaluación podrán pasar a la siguiente etapa. Contra los resultados no cabe interponer recurso impugnativo alguno. Los resultados serán publicados a los dos (2) días calendario siguientes de haber culminado la evaluación y en la misma fecha se citará a los vocales que calificaron para la etapa de la entrevista personal. La citación será publicada en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas y del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Artículo 10º.- De la Entrevista Personal La entrevista personal se realizará al día siguiente de publicada la citación. En la presente etapa, la Comisión Sectorial de Evaluación adoptará los siguientes criterios de calificación sobre una base de cien (100) puntos: - Visión estratégica - 35 puntos. - Capacidad de gestión - 35 puntos. - Personalidad - 30 puntos. La Comisión Sectorial de Evaluación podrá contar con el asesoramiento de un profesional especializado en la materia. Para aprobar esta evaluación deberá obtenerse setenta (70) puntos como mínimo y los resultados se publicarán al día siguiente de culminada la etapa de entrevista personal, contra los resultados no cabe la interposición de recurso impugnativo alguno. Artículo 11º.- De la lista de vocales aptos para la ratificación Al día siguiente de publicado los resultados de la entrevista personal, la Comisión Sectorial de Evaluación entregará al Ministro de Economía y Finanzas la lista de los vocales que deberán ser ratificados así como su Informe Final, y se dará por finalizado el proceso de evaluación y el encargo efectuado a la Comisión. Artículo 12º.- De la ratificación El Ministro de Economía y Finanzas presentará al Presidente de la República la lista final con los vocales que alcanzaron los puntajes requeridos para ser ratificados, conjuntamente con el Informe Final de la Comisión Sectorial de Evaluación. La ratificación de los vocales será realizada mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Artículo 13º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- La Comisión Sectorial de Evaluación deberá designar a un Secretario Técnico en la misma fecha de su instalación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas

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El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

Aceptan renuncia de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del OSCE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 063-2011-EF Lima, 5 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 044-2010-EF se designó, entre otros, al señor Jorge Enrique Silva Dávila, como Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE; Que, el señor Jorge Enrique Silva Dávila ha formulado renuncia al cargo de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; Que, el artículo 65º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF, establecen que en el cargo de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE vaca, entre otras causales, por renuncia; Que, en consecuencia, resulta pertinente aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Enrique Silva Dávila; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Enrique Silva Dávila, al cargo de Vocal del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas

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prácticas y las reformas, con las Directrices de la OECD y la CAF sobre Gobierno Corporativo de las empresas públicas como marco conceptual para la discusión, de las que se obtendrá experiencias similares que ayuden a implementar la modernización de la gestión de las empresas públicas en el Perú a través de la mejora del gobierno corporativo y eventual participación del capital privado; Que, mediante Oficio Nº 248-2011-EF/15.01 la Viceministra de Economía designó al señor Omar Coronado Cacsire, Analista Económico de la Dirección General de Política Macroeconómica, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas, para que participe en el mencionado evento; Que, es de interés para el país evaluar y promover mecanismos alternativos de financiamiento, como el mercado de capitales, así como, evaluar las políticas de gobierno de las empresas públicas y su relación con los diferentes países de América Latina, a fin de aplicar políticas de Gobierno Corporativo que mejoren su eficiencia y propicien el incremento de las inversiones sin que demanden recursos del Gobierno Central, por lo cual es necesario autorizar la participación de un representante del Estado Peruano en esta reunión, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 - Ley Nº 29626, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29626, Ley de presupuesto del sector público para el año fiscal 2011 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor Omar Coronado Cacsire, Analista Económico de la Dirección General de Política Macroeconómica, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 7 al 10 de setiembre de 2011, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos

Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en evento a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 064-2011-EF Lima, 5 de septiembre de 2011 Visto el Memorando Nº 084-2011-EF/60.01, de fecha 24 de agosto de 2011 de la Dirección General de Política Macroeconómica del Ministerio de Economía y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, los días 8 y 9 de setiembre de 2011, se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, The 2011 Meeting of the Latin American Network on Corporate Governance of State-Owned Enterprises, organizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD), la Corporación Andina de Fomento (CAF), Latin American Development Bank y el Gobierno de Colombia; Que, el objetivo de la citada reunión es mejorar la gestión de las empresas estatales en América Latina, a través de un intercambio permanente de experiencias y conocimientos sobre políticas de gobierno de las empresas públicas, las

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Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, el citado representante, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del representante, cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas

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El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 018-2011-EF/15.01 Lima, 5 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modificó el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo N° 278-2010-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2011; Que, por Decreto Supremo N° 117-2011-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo Nº 278-2010-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2011; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el período del 16 al 31 de agosto de 2011; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modificado por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. ---------------------------------------------------------------------------Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo --------------------------------------------------------------------------------------Del 16/08/2011 al 31/08/2011 338 807 621 4 322 ---------------------------------------------------------------------------------------

Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA CALDERÓN REGJO Viceministra de Economía

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JUSTICIA Dan por concluida designación y encargan funciones de Director de la Oficina General de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0200-2011-JUS

la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 0142-2009-JUS; Que, resulta necesario encargar las funciones del Director de la Oficina General de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia, mientras se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1024 que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 0302009-PCM, y; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo N° 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del señor José Yehuda Martín Mamán Castro, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Director de la Oficina Abastecimiento y Servicios del Ministerio de Justicia, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar al señor Alberto Gonzalo Zambrano Gastiaburú, Director General Adjunto de la Oficina General de Administración, las funciones del Director de la Oficina General de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO JOSÉ EGUIGUREN PRAELI Ministro de Justicia

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MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Designan Asesora del Viceministerial de la Mujer

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 313-2011-MIMDES Lima, 5 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor del Despacho Viceministerial de la Mujer - Plaza Nº 014 del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en consecuencia es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora MARÍA ROSA MENA MENA, Especialista Social de la Dirección de Igualdad de Oportunidades de la Dirección General de la Mujer, en el cargo de confianza de Asesora del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Artículo 2º.- Al término de la designación, la citada servidora retornará a su plaza de origen de la cual es titular.

Lima, 5 de setiembre de 2011

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CONSIDERANDO:

AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

Que, por Resolución Ministerial Nº 0142-2009-JUS, se designó al señor José Yehuda Martín Mamán Castro, Gerente Público del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Director de la Oficina General de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia; Que, atendiendo al Convenio Final celebrado entre la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Ministerio de Justicia y el señor José Yehuda Martín Mamán Castro con fecha 26 de agosto de 2011, mediante el cual se da por concluido el Convenio de Asignación de Gerente Público en la Entidad Receptora - Ministerio de Justicia, suscrito el 07 de Agosto de 2009; resulta pertinente dar por concluida

Despacho

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Designan Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 314-2011-MIMDES Lima, 5 de septiembre de 2011


El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 773-2010MIMDES se designó al señor Ramón Ordóñez Romero en el cargo de confianza de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, el señor Ramón Ordóñez Romero ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor RAMÓN ORDÓÑEZ ROMERO al cargo de confianza de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor LUÍS EDUARDO GARCÍA RIVERA en el cargo de confianza de Gerente de la Unidad de Planeamiento y Resultados del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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Designan Gerente de la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2011-MIMDES

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Designan Jefe de Comunicaciones de la Dirección Ejecutiva del FONCODES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 316-2011-MIMDES Lima, 5 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 287-2011MIMDES se designó en calidad de suplente al señor Julio Acuña Velásquez en el puesto de Jefe de Comunicaciones de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en tanto se designe a su titular; Que, por necesidad del servicio, resulta conveniente dar por concluida la citada designación, así como emitir el acto mediante el cual se designe a la persona que se desempeñará en el mencionado cargo de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 065-2011PCM, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación en calidad de suplente al señor JULIO ACUÑA VELÁSQUEZ en el puesto de Jefe de Comunicaciones de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor JULIO ACUÑA VELÁSQUEZ en el cargo de confianza de Jefe de Comunicaciones de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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Lima, 5 de setiembre de 2011

SALUD

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 396-2010MIMDES se designó al señor Vicente Paúl Espinoza Santillán en el cargo de confianza de Gerente de la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, el señor Vicente Paúl Espinoza Santillán ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29597 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor VICENTE PAÚL ESPINOZA SANTILLÁN al cargo de confianza de Gerente de la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor HENRY AGUILERA RODRIGUEZ en el cargo de confianza de Gerente de la Unidad Gerencial de Investigación Tutelar del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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Aceptan renuncia de Experto en Sistema Administrativo I de la Oficina de Informática y Telecomunicaciones de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 657-2011/MINSA Lima, 26 de agosto del 2011 Visto el Expediente N° 11-066419-001 que contiene la Nota Informativa N° 106-2011-DG-OGEI/MINSA de la Oficina General de Estadística e Informática; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 022-2009/MINSA de fecha 15 de enero de 2009, se designó al bachiller en ingeniería de sistemas Oscar Iván Guevara Acuña, en el cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina de Informática y Telecomunicaciones de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud; Que, con carta de fecha 09 de agosto de 2011, el señor Oscar Iván Guevara Acuña ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designado; Que, estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta conveniente aceptar la renuncia del funcionario antes indicado; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento


y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276 y en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Oscar Iván Guevara Acuña, al cargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3, en la Oficina de Informática y Telecomunicaciones de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

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Designan Ejecutivo Adjunto I de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 658-2011/MINSA Lima, 26 de agosto del 2011 Vistos los expedientes Nº 11-069004-001 y Nº 11-069004002, que contienen la Nota Informativa Nº 233-2011-OGCIMINSA, de la Oficina General de Cooperación Internacional y el Oficio Nº 945-2011-DGRH-DG/MINSA de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 849-2010/ MINSA de fecha 28 de octubre de 2010, se designó al Médico Cirujano Constantino Severo Vila Córdova, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; asignándosele funciones en la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud; Que, mediante documento de fecha 16 de agosto de 2011, el Médico Cirujano Constantino Severo Vila Córdova, ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designado; Que, estando a lo solicitado en los documentos del visto, resulta necesario aceptar la renuncia presentada y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Médico Cirujano Constantino Severo Vila Córdova, al cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, así como a la asignación de funciones efectuada en la Oficina General de Cooperación Internacional, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano Wilder Vidauro Carpio Montenegro, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, Nivel F-4, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

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El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Designan Supervisor II de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 659-2011/MINSA Lima, 26 de agosto del 2011 Visto el Expediente N°11-067377-001 que contiene el Oficio N° 946-2011-DGRH-DG/MINSA de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 855-2010/ MINSA de fecha 02 de noviembre de 2010, se designó, entre otros, al Médico Cirujano Pedro Mendoza Arana, en el cargo de Supervisor II, Nivel F-3, de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, con Carta de fecha 11 de agosto de 2011, el Médico Cirujano Pedro Jesús Mendoza Arana ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designado; Que, mediante el documento del visto el Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, solicita se acepte la renuncia planteada y se designe al personal propuesto; Que, estando a lo solicitado resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el profesional antes indicado y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276, en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Médico Cirujano Pedro Jesús Mendoza Arana, al cargo de Supervisor II, Nivel F-3, de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la Licenciada en Obstetricia Mirian Teresa Solís Rojas, en el cargo de Supervisor II, Nivel F-3, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

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Designan Directora Ejecutiva de la Oficina de Desarrollo Tecnológico de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 660-2011/MINSA Lima, 26 de agosto del 2011 Visto el Expediente N° 11-069975-001 que contiene la Nota Informativa Nº 109-2011-DG-OGEI/MINSA de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 524-2005/ MINSA, del 08 de julio de 2005, se designó al bachiller en ingeniería electrónica Carlos Fernando Maldonado Bohorques, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Desarrollo Tecnológico de la


El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 001-2011/ MINSA, del 03 de enero de 2011, se designó, entre otros, a la abogada Lesly Gabriela Aliaga Saldaña, en el cargo de Ejecutiva Adjunta, Nivel F-4, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, con Carta de fecha 18 de agosto de 2011, el señor Carlos Fernando Maldonado Bohorques ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designado; Que, estando a lo solicitado en el documento de visto resulta necesario aceptar la renuncia del funcionario antes indicado y adoptar las acciones de personal que resulten pertinentes a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Oficina de Desarrollo Tecnológico de la Oficina General de Estadística e Informática; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276, en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Carlos Fernando Maldonado Bohorques, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina de Desarrollo Tecnológico de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la abogada Lesly Gabriela Aliaga Saldaña, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Oficina de Desarrollo Tecnológico de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud, dándose término a su designación dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 001-2011/MINSA. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

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Designan Director General de Dirección de Salud II Lima Sur

la

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 663-2011/MINSA Lima, 5 de setiembre del 2011 Vista la renuncia presentada por el médico cirujano Andrés Kobashigawa Kobashigawa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 498-2009/MINSA, del 31 de julio de 2009, se designó al médico cirujano Andrés Kobashigawa Kobashigawa, en el cargo de Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano Andrés Kobashigawa Kobashigawa al cargo antes citado y designar en su reemplazo al profesional propuesto; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el médico cirujano Andrés Kobashigawa Kobashigawa, al

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cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al médico cirujano José Miguel Arca Gonzales del Valle, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

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Designan Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bartolomé” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 664-2011/MINSA Lima, 5 de setiembre del 2011 Visto el Expediente Nº 11-066448-001 que contiene el Oficio Nº 1864 DG.HONADOMANI.SB.2011 del Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bartolomé” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 996-2007/ MINSA de fecha 27 de noviembre de 2007, se designó, entre otros al Médico Cirujano Edy Wenceslao Doroteo Ortega, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración, Nivel F-4, del Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bartolomé” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; Que, con Carta de fecha 2 de agosto de 2011, el Médico Cirujano Edy Wenceslao Doroteo Ortega ha formulado renuncia al cargo para el cual fuera designado; Que, mediante el documento del visto el Director General del Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bartolomé”, solicita se acepte la renuncia planteada y se designe a la profesional propuesta; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Médico Cirujano Edy Wenceslao Doroteo Ortega, al cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración, Nivel F-4, del Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bartolomé” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la Médico Cirujano Juana Patricia Geng Blas, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Administración, Nivel F-4, del Hospital Nacional Docente Madre Niño “San Bartolomé” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

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El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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VIVIENDA Aceptan renuncia y designan Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2011-VIVIENDA Lima, 5 de septiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 004-2008VIVIENDA se designó al Arquitecto Otilio Fernando Chaparro Tejada, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta conveniente aceptarla y designar al funcionario que asumirá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el Arquitecto Otilio Fernando Chaparro Tejada, al cargo de Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Luis Miguel Imaña Ramírez Alzamora, en el cargo de Presidente Ejecutivo del Directorio del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República

RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 686417-4

ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Aceptan renuncia de Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de DEVIDA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 120 -2011-DV-PE Lima, 2 de setiembre del 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 043-2003-DV-PE del 28 de mayo de 2003 se designó al señor Lucio Hernán Batallanos Rodríguez en el cargo de Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 063-2011PCM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y

Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA. Por tal razón, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 094-2011-DV-PE se dispuso que la Gerencia de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados se entienda como el Área de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados; Que, el señor Lucio Hernán Batallanos Rodríguez ha presentado su renuncia al cargo de Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por lo que corresponde dictar el acto de administración mediante el cual se acepte dicha renuncia; De conformidad con la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos aprobada por la Ley Nº 27594, la Ley Marco del Empleo Público aprobada por la Ley Nº 28175 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2011-PCM; Con la visación del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Lucio Hernán Batallanos Rodríguez al cargo de Gerente de Conservación del Medio Ambiente y Recuperación de Ecosistemas Degradados de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, dándole las gracias por los servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SOBERÓN GARRIDO Presidente Ejecutivo

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FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Modifican la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito del FONAFE, aprueban Lineamientos y Políticas aplicables para el año 2012 y formatos RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 047-2011/DE-FONAFE Lima, 31 de agosto de 2011 LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONAFE: Visto, el Memorando Nº 192-2011/GO-FONAFE de fecha 26 de agosto de 2011, mediante el cual la Gerencia de Operaciones solicita la elaboración de la Resolución de Dirección Ejecutiva que modifica determinados numerales de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE aprobada mediante el Acuerdo de Directorio Nº 001-2010/014-FONAFE; CONSIDERANDO: Que, el Directorio de FONAFE en sesión de fecha 01 de octubre de 2010 mediante el Acuerdo N° 001-2010/014-FONAFE aprobó la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE así como los Lineamientos y Políticas a que hace referencia el Anexo 1 de la Directiva en mención; Que, la Gerencia de Operaciones de FONAFE mediante Resolución Nº 001-2010/GO-FONAFE de fecha 6 de octubre de 2010 aprobó los Anexos y los Formatos de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE de conformidad con la delegación de facultades dadas por el Directorio a través del referido Acuerdo;


El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2011, estableció en su quincuagésima quinta disposición final, la incorporación de ESSALUD al ámbito presupuestal regulatorio de FONAFE, así como a las Empresas ESVICSAC y SILSA, por constituir inversiones con una participación accionaria mayoritaria de ESSALUD; Que, en consideración de lo establecido en el párrafo anterior se hace necesario modificar la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, así como aprobar los Anexos de la misma para su aplicación para el año 2012; Que, la Gerencia de Operaciones a través del Memorando Nº 191-2011/GO-FONAFE ha determinado la necesidad de modificar los numerales 1.3, 1.4, 1.5, 2.1.4 y 2.2. de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, así como los lineamientos y políticas a que se hace referencia en el Anexo Nº 1 de la mencionada Directiva, la estructura de informe de formulación del Plan Operativo y Presupuesto del año 2012 que figuran en el Anexo Nº 3, los cronogramas de presentación, sustentación y aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las empresas del año 2012 que contempla el Anexo Nº 5; Que, adicionalmente a lo solicitado en el párrafo anterior, la Gerencia de Operaciones solicita a través del documento presentado, la aprobación de los formatos de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE; Que, como parte de las facultades delegadas a la Dirección Ejecutiva de FONAFE mediante el Acuerdo de Directorio Nº 007-2011/019-FONAFE, ésta se encuentra facultada para realizar, en caso se requiera, las precisiones y/o modificaciones a la Directiva; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la modificación de los numerales 1.3; 1.4; 1.5; 2.1.4 y 2.2. de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, conforme a los textos siguientes: “1.3. Ámbito La presente Directiva es aplicable a las empresas bajo el ámbito de FONAFE, a aquellas empresas cuyos títulos representativos de capital social se encuentren bajo la administración de FONAFE, y a las empresas en las que la representación en las Juntas de Accionistas haya sido delegada a favor de FONAFE. Asimismo se encuentran comprendidas las entidades públicas que por mandato de norma legal se incorporen al ámbito regulatorio de FONAFE. Se encuentran exceptuadas de la aplicación de la presente Directiva, las Empresas que se encuentran no operativas y las que se encuentren en proceso de disolución y liquidación o concesión, así como las que se encuentran sometidas a procedimiento concursal en trámite ante el INDECOPI. 1.4. Definiciones Para efecto de la aplicación de la presente Directiva, debe entenderse por: (……) s) Entidad(es): Instituciones y Organismos públicos que por mandato de norma expresa se encuentren en el ámbito regulatorio de FONAFE. 1.5. Principios Presupuestarios (….) i) Flexibilidad. La flexibilidad constituye un principio que contribuye a la administración del presupuesto como un instrumento dinámico de gestión, en razón de que el presupuesto es una previsión dinámica vinculada al desempeño de la gestión empresarial. 2.1.4 Lineamientos específicos (….) B. Gastos de Personal El Proyecto de presupuesto de personal se elaborará sobre i) la base de las plazas del CAP aprobadas distinguiendo entre las ocupadas y las que se encuentren por ocupar y, ii) aquellos contratos sujetos a modalidad aprobados por el Directorio de FONAFE y sólo por la vigencia de dichos contratos. Cualquier ampliación de plazo deberá ser aprobado expresamente por el Gerente General de la empresa, o el que haga sus veces, bajo responsabilidad, salvo aquellos contratos en los que el Directorio de FONAFE haya aprobado

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la suscripción de dichos contratos estableciendo límite de tiempo. En cuanto a los cambios de modalidad, éstos deberán ser aprobados por el Directorio de FONAFE. Se podrán presupuestar horas extras únicamente para el personal que realiza labores vinculadas estricta y directamente al proceso productivo de la Empresa. La empresa podrá formular gastos para eventos y celebraciones institucionales, de acuerdo a políticas que apruebe su Directorio, en un marco de racionalidad y austeridad. El rubro Dietas del Directorio deberá considerar el número de Directores según Estatuto, así como el monto de dietas vigente. De corresponder, se registrará el pago variable al que hace referencia el artículo 18 del Reglamento del Decreto Legislativo 1031, siempre y cuando se cumplan los supuestos allí citados. El Presupuesto Analítico de Personal – PAP deberá contener como número máximo de trabajadores el mismo que considere el CAP. C. Servicios de Terceros c.1 Servicio de Telefonía Los presupuestos para servicios de telefonía móvil servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de canales múltiples de selección automática (troncalizado) asignados a los trabajadores de la Empresa, no deberán exceder de los dos mil setecientos y 00/100 nuevos soles (S/. 2 700.00) anuales por equipo incluyendo el alquiler de los mismos. No se podrá asignar más de un equipo por persona. A los Presidentes de Directorio y Gerentes Generales o equivalentes, no le es aplicable la restricción de gasto señalada. El Directorio de la Empresa dictará las políticas internas para el uso de equipos móviles. 2.2. Presentación Los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto serán presentados en los plazos que apruebe la Dirección Ejecutiva de FONAFE, y deberán: - Contar con la aprobación del Directorio de la Empresa. En el caso de no contar con el quórum necesario en el Directorio, el Gerente General podrá aprobarlos, con cargo a dar cuenta a su Directorio en la siguiente sesión. - Estar suscritos por el Gerente General y contar con el visto del responsable de presupuesto en la empresa.” Artículo Segundo.- Aprobar los Lineamientos y Políticas a que hace referencia en el Anexo 1 de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, aplicables para el año 2012, cuya copia se adjunta. Artículo Tercero.- Aprobar la modificación de los anexos que se detallan y que forman parte de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, cuya copia se adjunta: - Anexo 3: La estructura de Informe de Formulación del Plan Operativo y Presupuesto del año 2012. - Anexo 5: Cronogramas de presentación, sustentación y aprobación del Plan Operativo y Presupuesto para el año 2012. Artículo Cuarto.- Aprobar los formatos de la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, cuyas copias se adjuntan. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Operaciones publique la presente Resolución en el boletín de normas legales del Diario Oficial “El Peruano”. Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo publique la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, y los Formatos y Anexos aprobados en el Portal web de FONAFE. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO GONZALES DEL CARPIO Director Ejecutivo

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NORMAS LEGALES

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por Lima Airport Partners S.R.L. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Nº 15-2011-GS/OSITRAN Lima, 1 de septiembre de 2011 ENTIDAD PRESTADORA : LIMA AIRPORT PARTNERS S.R.L MATERIA : Aprobación de difusión del proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por Lima Airport Partners S.R.L VISTOS: La Carta LAP-GCCO-C-2011-00392 de fecha de recepción 25 de agosto del 2011, mediante la cual el Concesionario Lima Airport Partners S.R.L (en adelante LAP) remitió su proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” (en adelante Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 0192011-CD-OSITRAN de fecha 11 de junio de 2011, se aprobó el nuevo “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modificatorias; Que, la implementación de los respectivos Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesión; c) El “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN; d) El “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular; Que, la Cuarta Disposición Transitoria y Complementaria del “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN establece los procedimientos para que las Entidades Prestadoras cumplan con presentar, ante el OSITRAN, sus proyectos de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” para su respectiva aprobación; Que, mediante la Resolución Nº 02-2004-CD-OSITRAN de fecha 15 de enero de 2004, el Consejo Directivo del OSITRAN aprobó el “Reglamento General para la Solución de Reclamos y Controversias” de la empresa concesionaria LAP; Que, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 0312004-GG-OSITRAN de fecha 01 de junio de 2004, se aprobó el Reglamento de Solución de Reclamos de Usuarios de los Servicios Aeroportuarios prestados por LAP; Que, mediante la Resolución Nº 076-2006-CDOSITRAN de fecha 13 de diciembre de 2006, se modificó el Reglamento General para la Solución de Reclamos y Controversias de la empresa concesionaria LAP; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 0392008-CD-OSITRAN de fecha 10 de septiembre de 2008, se aprobó el Reglamento Solución de Reclamos de Usuarios de los Servicios Aeroportuarios prestados por la empresa concesionaria LAP; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo No. 0082011-CD-OSITRAN de fecha 23 de marzo de 2011, el Consejo Directivo de OSITRAN aprobó la nueva versión del Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez;

El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

Que, mediante la Carta LAP-GCCO-C-2011-00392 remitida por LAP, la misma que fue recibida por OSITRAN el día 25 de agosto del 2011, el Concesionario alcanza para su aprobación un proyecto de adecuación de su “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios”; Que, mediante Informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del 09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoría Legal concluye sobre el proceso que debe tener la difusión y aprobación las diversas normas en aplicación del D.S. Nº 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 15-01-2009; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervisión del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobación de la difusión del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de LAP, de acuerdo a las disposiciones vigentes; RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por Lima Airport Partners S.R.L. Segundo.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido del Proyecto de “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la entidad prestadora Lima Airport Partners S.R.L, sean publicados y difundidos en la página Web del OSITRAN y de Lima Airport Partners S.R.L. Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho Proyecto de Reglamento de Reclamos presentado por Lima Airport Partners S.R.L es de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación, de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. Oscar Herrera, Jefe de Aeropuertos de la Gerencia de Supervisión, sito en Av. República de Panamá 3659 - San Isidro - Lima. Quinto.- Notificar la presente Resolución a Lima Airport Partners S.R.L. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO ORTIZ FARFAN Gerente Adjunto de Supervisión (e)

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Aprueban difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios” presentado por Aeropuertos del Perú S.A. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Nº 17-2011-GS/OSITRAN Lima, 1 de septiembre de 2011 ENTIDAD PRESTADORA : AEROPUERTOS DEL PERÚ S.A. MATERIA : Aprobación de difusión del proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” presentado por Aeropuertos del Perú S.A.

VISTOS: La Carta N° 0941/2011/GG/AdP de fecha de recepción 26 de agosto del 2011, mediante la cual el Concesionario Aeropuertos del Perú (en adelante ADP) remitió su proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” (en adelante Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 0192011-CD-OSITRAN, se aprobó el nuevo “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN (en adelante Reglamento del OSITRAN), y sus normas modificatorias; Que, la implementación de los respectivos Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesión; c) El “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN; d) El “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de cada Entidad Prestadora aprobado por el OSITRAN; g) Las demás disposiciones que dicte el OSITRAN sobre el particular;


El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

Que, la Cuarta Disposición Transitoria y Complementaria del “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN establece los procedimientos para que las Entidades Prestadoras cumplan con presentar, ante el OSITRAN, sus proyectos de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” para su respectiva aprobación; Que, mediante la Resolución Nº 035-2008-CD-OSITRAN de fecha 10 de septiembre de 2008, el Consejo Directivo del OSITRAN aprobó el “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios” de la empresa concesionaria ADP; Que, mediante la Resolución Nº 027-2010-CDOSITRAN de fecha 20 de julio de 2010, se modificó el Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios de la empresa concesionaria ADP; Que, mediante Carta N° 0941/2011/GG/AdP de fecha de recepción 26 de agosto del 2011, el Concesionario alcanzó para su aprobación un proyecto de adecuación de su “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios”; Que, mediante Informe Nº 038-11-GAL-OSITRAN del 09 de Agosto 2011, la Gerencia de Asesoría Legal concluye sobre el proceso que debe tener la difusión y aprobación las diversas normas en aplicación del D.S. Nº 001-2009-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15-01-2009; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde a la Gerencia de Supervisión del OSITRAN pronunciarse sobre la aprobación de la difusión del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de LAP, de acuerdo a las disposiciones vigentes;

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VISTA: La solicitud de autorización presentada por EDPYME Raíz S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de siete (07) oficinas especiales; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesiones Extraordinarias de Directorio de fechas 14 y 19 de julio de 2011 se aprobó la apertura de las referidas oficinas especiales; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento 11º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, de la Resolución SBS Nº 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Raíz S.A. la apertura de siete (07) oficinas especiales, en los locales señalados en el Anexo adjunto a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfinanzas ANEXO RESOLUCION SBS Nº 9439-2011

RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusión del Proyecto de “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios” presentado por Aeropuertos del Perú S.A. Segundo.- Autorizar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución y el contenido del Proyecto de “Reglamento de Atención de Reclamos de Usuarios” de la entidad prestadora Aeropuertos del Perú S.A., sean publicados y difundidos en la página Web del OSITRAN y Aeropuertos del Perú S.A. Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho Proyecto de Reglamento de Reclamos presentado por Aeropuertos del Perú S.A. es de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación, de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano. Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. Oscar Herrera, Jefe de Aeropuertos de la Gerencia de Supervisión, sito en Av. República de Panamá 3659 - San Isidro - Lima. Quinto.- Notificar la presente Resolución a Aeropuertos del Perú S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO ORTIZ FARFAN Gerente Adjunto de Supervisión (e)

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ORGANOS AUTONOMOS

Nº Departamento 4

Amazonas

3

Junín

6

Junín

7

Junín

2

Lima

1

Puno

5

San Martín

Provincia

Distrito Dirección Bagua Grande Av. Chachapoyas Mz Sm29 Lote 16 Pueblo Tradicional Cercado de Bagua Grande- Sector San Martin Chupaca Jr. Bruno Terreros Nº 230, Barrio Chupaca del Carmen Alto - Centro Poblado Chupaca Sector B, Mz Z3 Lote 15 Pangoa Centro Poblado San Martín de Satipo Pangoa Mz 11 Lote AlJ-Av. 3 de noviembre Nº 710 Pichanaqui Av. San Martín Mz N Lote 9 Chanchamayo Asentamiento Humano Bajo Pichanaki San Juan de Calle D Mz D Lote 12 Asentamiento Lima Lurigancho Humano Somos Libres Centro Poblado Ilave-Sector 4 Mz A El Collao Ilave Lote 1 Barrio Santa Bárbara Rioja Jr. San Martín Cuadra 10 Lote 01Rioja Sector Barrio de Cascayunga Utcubamba

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Declaran zonas restringidas para cualquier tipo de manifestación o concentración pública en el distrito ORDENANZA Nº 094-2011-MDP/C

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la EDPYME Raíz S.A. la apertura de oficinas especiales en los departamentos de Amazonas, Junín, Lima, Puno y San Martín RESOLUCIÓN SBS Nº 9439-2011 Lima, 1 de setiembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

Pachacámac, 18 de agosto del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC. POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Pachacámac, visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de agosto del 2011, el Memorando Nº 1536-2011-MDP/ GM, Informe Nº 226-2011-MDP/OAJ e Informe Nº 2032011-MDP/GDUR--SGTOV a través del cual recomiendan la dación de la Ordenanza que “DECLARA COMO ZONAS RESTRINGIDAS PARA CUALQUIER TIPO DE CONCENTRACIÓN Y MANIFESTACIÓN PÚBLICA EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC”, y; CONSIDERANDO Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho


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El Peruano Lima, martes 6 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el Artículo 194° de la Norma Constitucional precitada, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, la autonomía que la Carta Magna establece para las Municipalidades radica en la Facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; en términos generales, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, y de sancionar aquellos que las incumplan. Que, de acuerdo con la Constitución Política del Perú los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción y la economía local, así como la adecuada prestación de los servicios públicos locales de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes, entre otros, para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de turismo y transporte; Que, es función municipal velar por el mantenimiento y conservación del ornato del distrito, evitando que este se vea alterado por actividades no autorizadas o no reguladas, así como velar por la tranquilidad de los vecinos; Que, mediante Ordenanza Nº 059-MML se reglamento la interferencia de Vías Públicas que Impliquen la Alteración del Tránsito de Vehículos en la Provincia de Lima, señalando esta que Zona Rígida es el área de la vía pública en la que se prohíbe el estacionamiento de vehículos, agregando dicha Ordenanza que la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima delimitara las zonas rígidas, pudiendo delegar dicha actividad a las Municipalidades Distritales a su solicitud, previo informe técnico sustentatorio. Estando a lo señalado por la Sub Gerencia de Promoción Turística y Patrimonio Cultural en el Informe N° 159-2011-MDP/GTDE-SGPTPC, y lo concluido por la Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial mediante Informe N° 203-2011-MDP/GDUR-SGTOV, y contando con la opinión legal, mediante Informe Nº 226-2011- MDP/OAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y; Que, el Artículo 40° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9° y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto en MAYORÍA de los señores Regidores, se aprobó la siguiente:

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Ambiente y a la Sub Gerencia de Transporte y Ordenamiento Vial, efectuar las coordinaciones del caso con la Municipalidad Metropolitana de Lima para los efectos de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 059-MML que reglamente la interferencia de vías en la Provincia de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente disposición a la Gerencia Municipal en coordinación con las Gerencia de Servicios a la Ciudad y Ambiente, Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico y la Procuraduría Publica Municipal de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Artículo Quinto.- INVOCAR a las autoridades de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público y Ministerio del Interior, para que presten el apoyo dentro de su competencia asignada. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Oficina de Informática y Estadística en el Portal Institucional y a la Oficina de Relaciones Públicas su difusión. Artículo Séptimo.- DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata del presente Ordenanza.

ORDENANZA QUE DECLARA COMO ZONAS RESTRINGIDAS PARA CUALQUIER TIPO DE CONCENTRACIÓN Y MANIFESTACIÓN PÚBLICA EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC Artículo Primero.- DECLARAR ZONA RESTRINGIDA para cualquier tipo de manifestación o concentración pública el área comprometida por los alrededores de la Plaza de Armas del Centro Histórico tales como: Jr. Paraíso, Jr. Grau, Jr. Comercio, Jr. Lima, Jr. Convento, Jr. Castilla, Av. El Descanso y la Av. Colonial, así mismo también los alrededores de la Plaza Cívica de Manchay, Av. Miguel Grau, Calle 36, Calle 57 y Calle 62 del Sector de Huertos de Manchay y los alrededores de los locales de las Agencias Municipales de la municipalidad distrital de Pachacámac. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde dictar mediante Decreto de Alcaldía reglamente la presente ordenanza, así como establezca, de manera excepcional, los casos en que podrá levantarse la restricción a que hace referencia el artículo primero de la presente, siempre que con ello no se afecte la seguridad y tranquilidad de los vecinos.

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación a partir de la fecha al Abog. Jorge Javier Arteaga Millan, en el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de La Perla, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha al Abog. Nivardo Francisco Cano Rivera, en el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de la Perla. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administración, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Notificar la presente Resolución a las instancias administrativas pertinentes y al interesado para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníque, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Designan Procurador Público Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 310-2011-MDLP-ALC La Perla, 31 de agosto del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Vistos, Resolución de Alcaldía Nº 084-2009-MDLP-ALC, Resolución de Alcaldía Nº 043-2011-MDLP-ALC; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece “las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 084-2009MDLP-ALC se resuelve en el artículo segundo designar al Abog. Jorge Javier Arteaga Millan, en el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de La Perla; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 043-2011MDLP-ALC se resuelve ratificar en el cargo de confianza de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de La Perla, al Abog. Jorge Javier Arteaga Millan; Que, resulta conveniente dar por concluida la designación del Abog. Jorge Javier Arteaga Millan del cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital de La Perla; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº27972, inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde

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