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AÑO DE LA INTEGRACIÓN NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD

FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR

Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES Año XXIX - Nº 11705

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www.elperuano.com.pe

Sumario PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley N° 29834.- Ley que modifica el artículo 370 del Código Procesal Civil 460225

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA R.S. N° 003-2012-AG.- Autorizan viaje de Viceministro de Agricultura y de Director de la Oficina de Asesoría Jurídica a Colombia, en comisión de servicios 460226 R.M. N° 0029-2012-AG.- Aceptan renuncia y encargan funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes 460227 R.D. N° 0002-2012-AG-SENASA-DSA.Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias procedentes de Zimbabwe, Argentina y Chile 460227 R.D. N° 008-2012-AG-AGRO RURAL-DE.- Designan Jefe de la Oficina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL 460228

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL RR.MM. N°s. 018 y 019-2012-MIDIS.- Aceptan renuncia y encargan funciones de Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social 460232 R.M. N° 020-2012-MIDIS.- Formalizan designación de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” 460232 R.M. N° 021-2012-MIDIS.- Designan Jefas de las Oficinas Generales de Promoción de la Cooperación y Participación y de Comunicaciones 460233 ENERGIA Y MINAS R.M. N° 034-2012-MEM/DM.- Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de Programa Sectorial I de la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad 460234 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS R.S. N° 017-2012-JUS.- Aceptan renuncia de Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción 460234

AMBIENTE

MUJER Y POBLACIONES

R.M. N° 024-2012-MINAM.- Designan representantes del Ministerio del Ambiente ante el Grupo Técnico de Sustancias Químicas 460229 R.M. N° 025-2012-MINAM.- Designan representante titular y ratifican representante alterno del Ministerio ante Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales 460229 R.M. N° 026-2012-MINAM.- Designan representantes del Ministerio ante la Mesa de Trabajo Multisectorial creada por R.M. N° 275-2011-PCM 460229 R.M. N° 027-2012-MINAM.- Designan representante alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada por R.S. N° 3372011-PCM 460230

VULNERABLES

DEFENSA R.M. N° 124-2012-DE/SG.- Constituyen Comisión Ejecutiva encargada de la creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas 460230 R.M. N° 125-2012-DE/SG.- Constituyen Comité de Trabajo encargado de formular el proyecto de inversión pública para la creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas 460231

RR.MM. N°s. 015 y 016-2012-MIMP.- Aceptan renuncia y designan Asesor de la Secretaría General del Ministerio 460235 PRODUCE R.M. N° 052-2012-PRODUCE.- Designan Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio 460235 RELACIONES EXTERIORES R.M. N° 0100/RE-2012.- Autorizan viaje de funcionario diplomático a fin de participar en ronda de negociación para un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial con Venezuela 460235 R.M. N° 0101/RE-2012.- Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en la III Reunión Internacional de Planificación de la Expo Yeosu Korea 2012 460236 R.M. N° 0102/RE-2012.- Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en diversas reuniones que se llevarán a cabo en Egipto 460237


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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SALUD R.M. N° 082-2012/MINSA.- Designan Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Mental y Ejecutiva Adjunta de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio 460237 R.M. N° 083-2012/MINSA.- Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio 460238 R.M. N° 084-2012/MINSA.- Modifican Norma Técnica de Salud para el Manejo de Infecciones de Transmisión Sexual en el Perú 460238 R.M. N° 085-2012/MINSA.- Designan Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial 460239

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Res. N° 028-2012-SERVIR-PE.- Aprueban cargo de destino en el Instituto Nacional de Salud del Niño para la asignación de profesionales del Cuerpo de Gerentes Públicos 460249 RR. N°s. 029, 030, 031 y 032-2012-SERVIR-PE.- Asignan Gerentes Públicos en cargos de destino de las Municipalidades Provinciales de Espinar y Chanchamayo, ESSALUD y Gobierno Regional de Piura 460250 Res. N° 033-2012-SERVIR-PE.- Aprueban cargos de destino para Gerentes Públicos en el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO 460252

TRANSPORTES Y INSTITUTO NACIONAL DE

COMUNICACIONES RR.VMs. N°s. 031 y 032-2012-MTC/03.Renuevan autorizaciones otorgadas a personas natural y jurídica para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en localidades de los departamentos de Moquegua y Ancash 460240 R.VM. N° 037-2012-MTC/03.- Designan Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen el año 2012 460241 R.VM. N° 038-2012-MTC/03.- Modifican plan de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en FM de la localidad de Callahuanca - Santa Eulalia, departamento de Lima 460242 RR.VMs. N°s. 039 y 040-2012-MTC/03.Otorgan autorizaciones a personas jurídicas para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en localidades de los departamentos de Cajamarca y Arequipa 460243 R.D. N° 272-2012-MTC/15.- Autorizan a Brevetes Perú S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, el incremento de oficinas administrativas y aulas de enseñanza en el departamento de Lima 460246 VIVIENDA R.M. N° 024-2012-VIVIENDA.Aprueban Sistema Constructivo No Convencional presentado por Llaxta S.A.C. 460247

ESTADISTICA E INFORMATICA R.J. N° 035-2012-INEI.- Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las Seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de enero de 2012 460252 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Res. N° 017-2012-OEFA/PCD.- Designan representantes del OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica 460253 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. N° 019-2012/SUNAT.- Establecen plazos para el uso de sistemas informáticos y para la presentación del Formulario N° 845 460253 Res. N° 020-2012/SUNAT.- Dictan disposiciones referidas a la declaración y pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2012 460254

ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE

ORGANISMOS EJECUTORES

LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO

SERVICIO NACIONAL DE

Res. N° 070-2011/DE-FONAFE.- Designan responsables titular y suplente de entregar información solicitada al FONAFE en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 460255

CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION

PODER JUDICIAL

Res. N° 015-2012-02.00.- Designan Supervisor de Gerencias Zonales del SENCICO 460248 Res. N° 016-2012-02.00.- Dan por concluida designación de Contador General del SENCICO 460248

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Fe de Erratas Res. N° 014-2012-OS/CD

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. N° 091-2012-P-SJLI/PJ.- Establecen conformación de la Sala Laboral de Vacaciones de Lima 460256 Res. Adm. N° 092-2012-P-CSJLI-PJ.Ratifican a Coordinadores de Enlace entre la Corte Superior de Justicia de Lima y la Defensoría del Pueblo para el año judicial 2012 460256 Res. Adm. N° 093-2012-P-CSJLI-PJ.- Ratifican conformación de la Comisión de Magistrados encargados de las actividades del Programa de Protección Social “Justicia en tu Comunidad” 460257 Res. Adm. N° 094-2012-P-CSJLI-PJ.- Ratifican a Magistrada Coordinadora Encargada de los Remates, Incineración, Donaciones y Adjudicaciones de las Cosas Materia del Delito y Efectos Decomisados 460258


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NORMAS LEGALES

Res. Adm. N° 095-2012-P-CSJLI-PJ.- Ratifican a Director de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima 460258 Res. Adm. N° 096-2012-P-CSJLI-PJ.- Designan miembros de la Comisión de Dirección del Coro Polifónico de la Corte Superior de Justicia de Lima para el Año Judicial 2012 460258 Res. Adm. N° 097-2012-P-CSJLI-PJ.- Ratifican designación de representantes del Poder Judicial ante Comités de Seguridad Ciudadana 460259 Res. Adm. N° 1297-2011-P-CSJMO-PJ.- Oficializan Acuerdo de Sesión de Sala Plena Extraordinaria referido a proclamación de integrantes del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios, declaración de candidata en reserva del Distrito Transitorio de Jueces Supernumerarios y establecimiento de orden de prelación del llamamiento para designación de Jueces Supernumerarios 460260

ORGANOS AUTONOMOS

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RR. N°s. 297, 298, 299, 300, 301, 302, 303 y 304-2012MP-FN.- Dan por concluidas designaciones y nombramientos, aceptan renuncias, designan y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Lima, Amazonas, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Junín y La Libertad 460264 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RR. N°s. 252 y 482-2012.- Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal de agencias ubicadas en la provincia de Lima 460266

GOBIERNOS LOCALES BANCO CENTRAL DE RESERVA Circular N° 0002-2012-BCRP.- Índice de reajuste diario a que se refiere el artículo 240° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de febrero de 2012 460262 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. N° 029-2012-JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya 460262 R.J. N° 030-2012-JNAC/RENIEC.- Aceptan renuncia y designan Subgerente de Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen Institucional del RENIEC 460263 MINISTERIO PUBLICO Res. N° 287-2012-MP-FN.- Cesan a Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de Lima designado en la Novena Fiscalía Superior Civil de Lima 460263

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29834 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 370 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Artículo único. Modificación del artículo 370 del Código Procesal Civil

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza N° 257-MDCH.- Aprueban el Reglamento Electoral del Consejo de Coordinación Local del distrito 460267 D.A. N° 001-2012.- Convocan a elecciones de representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y designan Comité Electoral 460267 PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA Ordenanza N° 026-2011/MPU-BG.- Aprueban Reglamento Interno y Cuadro de Comisiones del Concejo Municipal 460268 Ordenanza N° 028-2011/MPU-BG.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad 460268 R.A. N° 002-2012-MPU/A.- Autorizan viaje de Alcalde, Regidor y funcionario a Ecuador, en comisión de servicios 460269

Modifícase el artículo 370 del Código Procesal Civil en los términos siguientes: “Artículo 370.- Competencia del juez superior El juez superior no puede modificar la resolución impugnada en perjuicio del apelante, salvo que la otra parte también haya apelado o se haya adherido o sea un menor de edad. Sin embargo, puede integrar la resolución apelada en la parte decisoria, si la fundamentación aparece en la parte considerativa. Cuando la apelación es de un auto, la competencia del superior sólo alcanza a éste y a su tramitación.” Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los trece días del mes de enero de dos mil doce. DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República YEHUDE SIMON MUNARO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República


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AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 748718-1

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Autorizan viaje de Viceministro de Agricultura y de Director de la Oficina de Asesoría Jurídica a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2012-AG Lima, 1 de febrero de 2012 VISTO: El Memorándum Nº 011/2012-AG-DVM de fecha 31 de enero de 2012 del Viceministro de Agricultura, y el correo electrónico de fecha 27 de enero de 2012, de la Secretaria de la Embajada de Colombia en Perú; y, CONSIDERANDO Que, el 26 de mayo de 1969, cinco países sudamericanos (Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú) firmaron el Acuerdo de Cartagena, con el propósito de mejorar, juntos, el nivel de vida de sus habitantes mediante la integración y la cooperación económica y social; de esa manera, se puso en marcha el proceso andino de integración conocido, en ese entonces como Pacto Andino, Grupo Andino o Acuerdo de Cartagena; posteriormente el 13 de febrero de 1973, Venezuela se adhirió al Acuerdo, y el 30 de octubre de 1976, Chile se retiró de él; Que, en 1997, los presidentes decidieron, a través del Protocolo de Trujillo, introducir reformas en el Acuerdo de Cartagena para adaptarla a los cambios en el escenario internacional. Esta reforma permitió que la conducción del proceso pase a manos de los Presidentes y que tanto el Consejo Presidencial Andino como el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores formen parte de la estructura institucional. Se creó la Comunidad Andina en reemplazo del Pacto Andino; Que, posteriormente, con fecha 8 de noviembre de 2011, y en el marco de la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, los Presidentes del Estado Plurinacional de Bolivia, Evo Morales Ayma; de la República de Colombia, Juan Manuel Santos Calderón; de la República del Ecuador, Rafael Correa Delgado; y de la República del Perú, Ollanta Humala Tasso, reunidos en la ciudad de Bogotá, D.C., acordaron, entre otros, reafirmar la decisión de llevar a cabo la reingeniería del Sistema Andino de Integración, con el fin de adecuar la Comunidad Andina a los retos del actual contexto internacional, y realizar anualmente una reunión del Consejo Presidencial Andino para dar seguimiento al proceso andino de integración; Que, en ese sentido y con el objeto de incluir al Sector Agrario en la agenda de la reunión anual del Consejo

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Presidencial Andino, se ha visto por conveniente coordinar directamente con los países miembros esta iniciativa; Que, con este objeto, el señor Viceministro de Agricultura, mediante el Memorándum de la referencia ha autorizado que el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica viaje a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, los días 2 y 3 de febrero de 2012, con la finalidad de prestarle asistencia técnica legal en el desarrollo de las citadas reuniones; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos, serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal Pliego 013: Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG y la Ley Nº 29812 - Ley de presupuesto del sector público para el año fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Juan Ludovico Rheineck Piccardo, Viceministro de Agricultura, y Juan José Santiváñez Antúnez Director de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura, a la ciudad de Bogotá - República de Colombia, los días 2 y 3 de febrero de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: JUAN LUDOVICO RHEINECK PICCARDO Pasajes Tarifa Única por uso de Aeropuerto Viáticos Total

US$ 1,524.00 US$ 31.00 US$ 400.00 ----------------US$ 1,955.00

JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Pasajes Tarifa Única por uso de Aeropuerto Viáticos Total

US$ 1,524.00 US$ 31.00 US$ 400.00 ----------------US$ 1,955.00

Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar al señor Ministro de Agricultura un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Presidente del Consejo de Ministros y por el señor Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 748718-2


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NORMAS LEGALES

Aceptan renuncia y encargan funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0029-2012-AG Lima, 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0491-2011AG, se designó al señor Eber Gines Tafur, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario, ha presentado su renuncia a la designación efectuada; por lo que resulta necesario encargar las funciones de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes del Ministerio de Agricultura; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley de Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, y la Ley Nº 27594 Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el señor Eber Gines Tafur, como Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar, a partir de fecha, al señor Jaime Pedro Otiniano Ñañez, Director de Estudios y

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Supervisión, las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GINOCCHIO BALCÁZAR Ministro de Agricultura 748622-1

Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias procedentes de Zimbabwe, Argentina y Chile RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0002-2012-AG-SENASA-DSA La Molina, 30 de enero de 2012 VISTO: Los Informes Nº 682, 693-2011-AG-SENASA-SCADSA, 001-2012-AG-SENASA-DSA-SDCA-MBONIFAZF y 003-2012-AG-SENASA-DSA-SDCA-MQUEVEDOM, de fechas 19 y 27 de diciembre de 2011; y 4 y 09 de enero de 2012 respectivamente, y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios,


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NORMAS LEGALES

organismos benéficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA; Que, asimismo, el artículo 9° de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fito y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo 018-2008-AG, los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG establece que la Dirección de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el artículo 21º de la Decisión 515 de la Comunidad Andina (CAN) prescribe que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, el Informe Nº 682-2011-AG-SENASA-SCADSA de fecha 19 de diciembre de 2011 recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios establecidos para la importación de “Trofeos de caza” siendo su origen y procedencia Zimbabwe; Que, el Informe Nº 693-2011-AG-SENASA-SCA-DSA de fecha 27 de diciembre de 2011 recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de Productos procesados de carne, despojos y sangre; preparaciones y conservas alimenticias a base de estos productos; sazonados, congelados o refrigerados de aves (gallo o gallina, pavo, pato, ganso o pintada), procedentes de Argentina; Que, el Informe Nº 001-2012-AG-SENASA-DSASDCA-MBONIFAZF de fecha 04 de enero de 2012 recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de Bovinos para reproducción, exposición o ferias, o engorde, siendo su origen y procedencia Chile; Que, el Informe Nº 003-2012-AG-SENASA-DSA-SDCAMQUEVEDOM de fecha 09 de enero de 2012 recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de Zorros y Lobos procedentes de Chile; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones; con el visado de la Subdirección de Cuarentena Animal y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Establecer los requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias según país de origen y procedencia, de acuerdo a los siguientes Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución:

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c. Preparaciones de carne, despojos y sangre de aves siendo su origen y procedencia Argentina. d. ANEXO III: Lobos procedentes de Chile e. ANEXO IV: Zorros procedentes de Chile. f. ANEXO V: Bovinos para reproducción, exposición o ferias, o engorde, siendo su origen y procedencia Chile Artículo 2°.- Los anexos señalados en el artículo precedente serán publicados en el portal institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la emisión de los Permisos Zoosanitarios de Importación a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 4°.- El SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese y comuníquese. GLEN F. HALZE HODGSON Director General Dirección de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 748372-1

Designan Jefe de la Oficina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 008-2012-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 30 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 0652011-AG-AGRO RURAL-DE se designó a la CPC Raquel Paola Angulo Barrera en el cargo de Jefa de la Oficina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar y asimismo designar a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR LA RENUNCIA formulada por la CPC RAQUEL PAOLA ANGULO BARRERA, al cargo de Jefa de la Oficina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL, dándose las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR al Econ. MARTÍN ORLANDO DÍAZ MURRIETA en el cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.

a. ANEXO I: Trofeos de caza siendo su origen y procedencia Zimbabwe. b. ANEXO II: Productos procesados de carne, despojos y sangre; preparaciones y conservas alimenticias a base de estos productos; sazonados, congelados o refrigerados de aves (gallo o gallina, pavo, pato, ganso o pintada), procedentes de Argentina

RENEÉ JANETTE PACHECO SANTOS Directora Ejecutiva (e) Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 747954-1


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NORMAS LEGALES

AMBIENTE Designan representantes del Ministerio del Ambiente ante el Grupo Técnico de Sustancias Químicas

Designan representante titular y ratifican representante alterno del Ministerio ante Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 024-2012-MINAM Lima, 31 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprueba la fusión del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM en el Ministerio del Ambiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0542008-MINAM de 31 de octubre de 2008, se declara la desactivación y extinción del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, al haber concluido el proceso de fusión de dicha entidad con el Ministerio del Ambiente; Que, mediante Resolución Presidencial N° 016-2002CD/CONAM publicada el 8 de agosto de 2002, se creó el Grupo Técnico de Sustancias Químicas, de carácter multisectorial, encargado de coordinar las acciones de gestión integrada sobre Sustancias Químicas y de implementación de los Convenios Internacionales descritos en la parte considerativa de la citada resolución, cuyas funciones tienen carácter permanente; Que, los artículos 3º y 4° de la citada Resolución Presidencial señalan que el Grupo Técnico de Sustancias Químicas estará integrado, entre otras instituciones públicas y privadas, por el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, hoy Ministerio del Ambiente, quien actuará como Secretario Técnico; debiéndose designar a un (1) representante titular y a un (1) representante alterno mediante resolución administrativa en el caso del Sector Público; Que, en tal sentido, resulta necesario designar a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante el Grupo Técnico de Sustancias Químicas; por lo que se debe emitir la respectiva resolución; Con el visado del Viceministro de Gestión Ambiental, la Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a las representantes del Ministerio del Ambiente ante el Grupo Técnico de Sustancias Químicas creada mediante la Resolución Presidencial N° 016-2002-CD/CONAM, según detalle: - Fiorella Auxiliadora León Shedan, Especialista en Gestión Ambiental de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, representante Titular. - Jennifer Luque Luque, Especialista en Gestión de Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental, representante Alterno. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese y comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 748281-1

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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 025-2012-MINAM Lima, 31 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM publicado el 15 de enero de 2008, se creó la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, de carácter permanente, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de ejercer funciones de conducción, diseño, monitoreo y evaluación en la implementación del Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno en el proceso de descentralización que se desarrolla en el país; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1462009-MINAM de 10 de julio de 2009, se designó a los representantes titular y alterno del Ministerio del Ambiente ante la mencionada Comisión Multisectorial, de acuerdo al artículo 4º del Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM, siendo necesario modificar la citada resolución a fin de designar al nuevo representante titular y ratificar al representante alterno; Con el visado del Viceministro de Gestión Ambiental, de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Ministerial N° 146-2009-MINAM de 10 de julio de 2009, a fin de designar al nuevo representante titular y ratificar al representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales, creada por Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM, según detalle: - Juan Ernesto Díaz Palacios, Asesor del Viceministerio de Gestión Ambiental; representante Titular. - Fernando Augusto Brito de la Fuente, Especialista en Gestión Ambiental Transectorial de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; representante Alterno. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 748281-2

Designan representantes del Ministerio ante la Mesa de Trabajo Multisectorial creada por R.M. Nº 275-2011-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 026-2012-MINAM Lima, 31 de enero de 2012


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

460230 CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 2752011-PCM publicada el 19 de octubre de 2011, se formalizó la instalación y conformación de la Mesa de Trabajo Multisectorial que abordará la problemática de la actividad minera en la Región Tacna, con el objeto de promover el proceso de diálogo entre los diversos agentes de los sectores público y privado sobre tal problemática, y analizar las alternativas viables de solución a la misma; Que, los artículos 2º y 3° de la citada Resolución Ministerial establecen que la Mesa de Trabajo Multisectorial estará integrada, entre otros representantes, por el Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente o su representante, quien será designado mediante resolución del titular de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 249-2011MINAM de 25 de octubre de 2011, se designó a los representantes titular y alterno del Viceministerio de Gestión Ambiental ante la Mesa de Trabajo Multisectorial, siendo necesario designar a los nuevos representantes; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Guillermo Carlos Miranda Arosemena, Director de la Oficina de Asesoramiento de Asuntos Socioambientales, como representante Alterno del Ministerio del Ambiente ante la Mesa de Trabajo Multisectorial conformada mediante Resolución Ministerial N° 275-2011-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a los representantes del Ministerio del Ambiente ante la Mesa de Trabajo Multisectorial creada por Resolución Ministerial N° 275-2011-PCM, según detalle: - Jorge Mariano Guillermo Castro Sánchez-Moreno, Viceministro de Gestión Ambiental; representante Titular. - Milagros del Pilar Verástegui Salazar, Directora General de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; representante Alterno. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente

de naturaleza temporal con el objeto de emitir un informe a través del cual se proponga el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); Que, el artículo 2º de la citada Resolución Suprema establece que la Comisión Multisectorial estará integrada, entre otros, por el Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, quien deberá contar con un representante alterno, cuya designación se efectuará mediante resolución ministerial del sector al que pertenece; Que, mediante Resolución Ministerial N° 267-2011MINAM de 16 de noviembre de 2011, se designó al señor Guillermo Carlos Miranda Arosemena como representante alterno ante la mencionada Comisión Multisectorial, siendo necesario designar al nuevo representante; Con el visado del Viceministro de Gestión Ambiental, la Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor abogado Guillermo Carlos Miranda Arosemena, Director de la Oficina de Asesoramiento de Asuntos Socioambientales, como representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la Comisión Multisectorial creada mediante Resolución Suprema N° 337-2011-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado Alberto Martín Barandiaran Gómez, Asesor del Viceministerio de Gestión Ambiental, como representante alterno del Ministerio del Ambiente ante la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 337-2011-PCM. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 748281-4

DEFENSA Constituyen Comisión Ejecutiva encargada de la creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 124-2012-DE/SG Lima, 1 de febrero de 2012

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Designan representante alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial creada por R.S. Nº 3372011-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 027-2012-MINAM Lima, 31 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 337-2011-PCM de 16 de noviembre de 2011, se creó la Comisión Multisectorial

CONSIDERANDO: Que, el artículo 9° de la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro de Defensa es la más alta autoridad del Sector Defensa y administrativa del Ministerio de Defensa; Que, el artículo 10° de la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa establece que, el Viceministro de Políticas para la Defensa propone las políticas y supervisa la educación y doctrina de los órganos de ejecución y organismos públicos adscritos al Ministerio de Defensa; Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley N° 29248 - Ley del Servicio Militar aprobado por Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG, dispone que el Servicio Militar tiene por finalidad capacitar a los peruanos en edad militar en


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

las Instituciones Armadas, en aspectos de adiestramiento militar y formación, en educación técnico productiva o educación superior tecnológica, para su eficiente participación en la Defensa y Desarrollo Nacional, así como para disponer de reservas instruidas y entrenadas para la movilización; Que, el numeral 3) del artículo 64° del Reglamento de la Ley N° 29248, estipula como beneficios de quienes se encuentren cumpliendo el servicio militar acuartelado, entre otros, recibir educación superior tecnológica en distintas carreras profesionales, las que darán lugar a la obtención de la certificación y del título correspondiente a nombre de la Nación, reconocidos por el Ministerio de Educación y la convalidación de los estudios, de acuerdo al nivel y modalidad de educación recibida de conformidad con las normas legales vigentes; Que, con la finalidad de fortalecer el servicio militar y brindar una adecuada educación superior tecnológica al personal que presta dicho servicio, resulta indispensable la creación de un Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas; Que, para tal fin se requiere constituir una comisión Ejecutiva que se encargue de la creación e implementación del referido Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas, el cual ofrezca al personal que presta servicio militar una carrera técnico profesional; De conformidad con lo establecido en el artículo 10° de la Ley N° 29605 - Ley de Organización y funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el artículo 10° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2011 DE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constituir la Comisión Ejecutiva encargada de la creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas, integrada por el personal que a continuación se detalla: - Presidente

: Gral Div (R) CALLE GIRON Wilver Alfredo Viceministro de Políticas para la Defensa - Secretario Técnico : Gral Brig MINAYA ESPINOZA Guido Julio Director General de Educación y Doctrina del MINDEF - Integrante : Crl EP BECERRA NOBLECILLA Jorge Luis - Integrante : Crl EP KESKLEICH CAPPELLETTY Franck - Integrante : Crl EP (R) CUSI NAJARRO Cesar (asesor VPD) - Asesora MINDEF : Ing VIDAL KONG Luisa Maura (coordinadora)

Artículo 2º.- La Comisión Ejecutiva tiene como plazo máximo el 31 de diciembre de 2012, para concluir con el proceso de creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 748368-1

Constituyen Comité de Trabajo encargado de formular el proyecto de inversión pública para la creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 125-2012-DE/SG

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establece que el Ministro de Defensa es la más alta autoridad del sector defensa y administrativa del Ministerio de Defensa; Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley N° 29248 – Ley del Servicio Militar aprobado por Decreto Supremo N° 021-2009-DE-SG, dispone que el Servicio Militar tiene por finalidad capacitar a los peruanos en edad militar en las Instituciones Armadas, en aspectos de adiestramiento militar y formación, en educación técnico productiva o educación superior tecnológica, para su eficiente participación en la Defensa y Desarrollo Nacional, así como para disponer de reservas instruidas y entrenadas para la movilización; Que, el numeral 3) del artículo 64° del Reglamento de la Ley N° 29248, estipula como beneficios de quienes se encuentren cumpliendo el servicio militar acuartelado, entre otros, recibir Educación Superior Tecnológica en distintas carreras profesionales, las que darán lugar a la obtención de la certificación y del título correspondiente a nombre de la Nación, reconocidos por el Ministerio de Educación y la convalidación de los estudios, de acuerdo al nivel y modalidad de educación recibida de conformidad con las normas legales vigentes; Que, la Ley Nº 27293 “Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública” prevé la optimización de los recursos públicos a través de la formulación de proyectos de inversión pública, para las entidades del Sector Público que ejecutan proyectos de inversión; Que, con la finalidad de brindar una adecuada educación superior tecnológica al personal que presta servicio militar en las Fuerzas Armadas, resulta indispensable la creación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas; Que, la mencionada creación requiere de la elaboración de un proyecto de inversión pública paro lo cual se debe constituir el comité de trabajo encargado de elaborarlo; De conformidad con lo establecido en el artículo 10° de la Ley N° 29605 – Ley de Organización y funciones del Ministerio de Defensa, concordante con el artículo 10° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2011 DE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constituir el Comité de Trabajo encargado de la formulación del proyecto de inversión pública para la creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas, integrado por el personal que a continuación se detalla: - Jefe de Proyecto - Especialista PIP-MINDEF - Especialista PIP - Especialista DGEDOC - Especialista PIP - EP

: Crl EP BECERRA NOBLECILLA Jorge Luis : CRL EP IBARRA NIETO Andrés Francisco : TC EP CANEVELLO VIVES Reynaldo Aurelio : C de F SIBINA PEREYRA José : Representante EP (DIPLANO)

Artículo 2º.- La Dirección General de Administración en coordinación con la Dirección General de Recursos Humanos, dispondrán las acciones administrativas pertinentes para asignar al Comité de Trabajo; un (01) ingeniero civil, un (01) economista, un (01) arquitecto y el personal auxiliar que se requieren para la formulación del proyecto de inversión pública al que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- El Comité de Trabajo tendrá como plazo máximo el 30 de junio del 2012, para la formulación y aprobación del proyecto de inversión pública para la creación e implementación del Instituto Tecnológico de las Fuerzas Armadas.

Lima, 1 de febrero de 2012

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CONSIDERANDO:

LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa

Que, el artículo 9° de la Ley Nº 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa,

748368-2


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aceptan renuncia y encargan funciones de Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2012-MIDIS Lima, 31 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se creó el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS, publicado el 27 de diciembre de 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, de acuerdo con el literal g) del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones citado en el considerando anterior, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social tiene la función de designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y a los titulares de organismos públicos y otras entidades del sector, de acuerdo a ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2011MIDIS, publicada el 05 de noviembre de 2011, se designó a la señora abogada Ana Grimanesa Reátegui Napurí como Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo de Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con las atribuciones previstas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley N° 27594; la Ley que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 29792 y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 01 de febrero de 2012, la renuncia presentada por la señora Ana Grimanesa Reátegui Napurí como Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS) como sistema funcional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS, publicado el 27 de diciembre de 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, de acuerdo con el literal g) del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones citado en el considerando anterior, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social tiene la función de designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y a los titulares de organismos públicos y otras entidades del sector, de acuerdo a ley; Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, por lo que resulta necesario encargar las funciones de dicho cargo hasta que se designe al funcionario que se desempeñará como Secretario General titular; De conformidad con las atribuciones previstas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley N° 27594; la Ley que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 29792; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar, a partir del 01 de febrero de 2012, a la señorita Silvia Ynés Ruiz Zárate las funciones de Secretaria General del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 748314-2

Formalizan designación de Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 020-2012-MIDIS Lima, 31 de enero de 2012 VISTO: El Oficio Nº 021-2012-MIDIS-PNADP-DE, presentado el 30 de enero de 2012 por la Presidenta del Consejo Directivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - “JUNTOS”, mediante el cual se solicita la formalización de la designación de su director ejecutivo, de conformidad con lo acordado en el Acta N° 1 del 25 de enero de 2012, suscrita por la comisión constituida mediante Acuerdo N° 3 de la “I Sesión Ordinaria 2012” del Consejo Directivo del referido programa; CONSIDERANDO:

748314-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 019-2012-MIDIS Lima, 31 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se creó el Sistema Nacional de

Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 062-2005-PCM, se creó, en el marco del Plan Nacional para la Superación de la Pobreza, el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres - “JUNTOS”, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM, el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de las familias más pobres de la población


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NORMAS LEGALES

(rurales y urbanas), facilitando a las familias usuarias prestaciones de salud, nutrición, educación e identidad, orientadas a asegurar la salud y nutrición preventiva materno-infantil, la escolaridad sin deserción, así como el registro e identificación; Que, el artículo 5 del referido decreto supremo establece que el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” contará con un director ejecutivo con experiencia en gestión pública y políticas sociales; su designación por el Consejo Directivo será formalizada mediante resolución ministerial de la Presidencia de Consejo de Ministros; Que, mediante Ley N° 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; adicionalmente, se creó el Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), como sistema funcional, y el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, en la medida que el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” se encontraba adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros, se colige que las funciones y competencias que le fueron asignadas, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM y su modificatoria, le fueron otorgadas teniendo en cuenta dicha condición; por tanto, siendo que por mandato legal se ha dispuesto la adscripción de dicho programa al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se infiere que las funciones y competencias asignadas a la Presidencia de Consejo de Ministros han sido reasignadas, en virtud de dicho mandato, al Ministerio Desarrollo e Inclusión Social; Que, de acuerdo con el Considerando 1 del Acta N° 1 del 25 de enero de 2012 suscrita por la comisión constituida mediante Acuerdo N° 3 de la “I Sesión Ordinaria 2012” del Consejo Directivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, el Sr. Jorge Enrique Gobtiz Morales ha presentado su renuncia al cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual ha sido aceptada; Que, en atención a ello, según lo manifestado en el Acta Nº 1 de 25 de enero de 2012 suscrita por la comisión constituida mediante Acuerdo Nº 3 de la “I Sesión Ordinaria 2012” del Consejo Directivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, se acordó designar a la señora Anita Milagros Alvarado Saona en el cargo de Directora Ejecutiva por el período de tres (3) meses; Que, según lo indicado en el acta al que se alude en el considerando anterior, durante dicho período se convocará y desarrollará un concurso por invitación para la selección del futuro Director Ejecutivo, “cuyo término para la designación tendrá como fecha límite el 30 de abril de 2012”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158; el Decreto Supremo Nº 032-2005-PCM y su modificatoria; la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley N° 29792; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Formalizar, con eficacia desde el 1 de feberro de 2012, la renuncia presentada por el señor Jorge Enique Gobitz Morales, al cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2°.- Formalizar la designación, desde el 01 de febrero de 2012, de la señora Anita Milagros Alvarado Saona como Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de acuerdo

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con lo indicado en el Acta Nº 1, hasta que se concluya con el concurso por invitación y se designe al nuevo Director Ejecutivo del referido programa. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 748314-3

Designan Jefas de las Oficinas Generales de Promoción de la Cooperación y Participación y de Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 021-2012-MIDIS Lima, 31 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo pliego presupuestal; Que, asimismo, se determina su ámbito de competencia en las materias de desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social; y, protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2011MIDIS, publicado el 27 de diciembre de 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciendo en su artículo 4 la estructura orgánica y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas del ministerio; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Ministro tiene la función de designar a los titulares de los cargos de confianza del ministerio; Que, en tal sentido, resulta necesario designar a los funcionarios de confianza de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, atendiendo a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley N° 27594; la Ley que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 29792; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0012011-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- De las designaciones Designar a las siguientes personas en los cargos de confianza del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme se detalla a continuación: - María del Carmen Portillo Brousset, cargo de Jefa de la Oficina General de Promoción de la Cooperación y Participación; y - Suzie Gladys Sato Uesu, en el cargo de Jefa de la Oficina General de Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 748314-4


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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ENERGIA Y MINAS

JUSTICIA Y DERECHOS

Aceptan renuncia y encargan funciones de Director de Programa Sectorial I de la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad

HUMANOS Aceptan renuncia de Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2012-JUS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 034-2012-MEM/DM Lima, 27 de enero de 2012 Visto, la carta s/n de fecha 05 de enero de 2012, presentada por el ingeniero Mardo Mendoza Jorgechagua, Director de Programa Sectorial I, Nivel Remunerativo F 3, Código N° 167CDS01, de la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante la carta de visto el ingeniero Mardo Mendoza Jorgechagua formula renuncia al cargo de Director de Programa Sectorial I, Nivel Remunerativo F - 3, Código N° 167CDS01 de la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas; Que, siendo procedente aceptar la renuncia indicada en el considerando precedente, resulta necesario por convenir al servicio encargar el referido cargo; Que, mediante Memo-0026-2012/MEM-DGE, el Director General de la Dirección General de Electricidad propone encargar el referido cargo al ingeniero Alcides Meraias Claros Pacheco, Ingeniero II, Nivel Remunerativo SPB, de dicha Dirección; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, modificado por el Decreto Supremo N° 0262010-EM/DM, la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con eficacia anticipada a partir del 16 de enero del presente año, la renuncia formulada por el ingeniero Mardo Mendoza Jorgechagua al cargo de Director de Programa Sectorial I de la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad, Nivel Remunerativo F - 3, Código N° 167CDS01. Artículo 2º.- Encargar, con eficacia anticipada a partir del 17 de enero de 2012, al ingeniero Alcides Meraias Claros Pacheco, las funciones del cargo de Director de Programa Sectorial I, de la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad, Nivel Remunerativo F - 3, Código N° 167CDS01. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 747725-1

Lima, 1 de febrero de 2012 VISTO, el Oficio Nº 2131-2011-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 25º de la norma antes citada, estipula que la designación de los Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por renuncia; Que, mediante Resolución Suprema Nº 117-2009JUS, del 2 de junio de 2009, se designó al señor abogado Ronald Raúl Contreras Alvarez, como Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción; Que, con fecha 31 de mayo de 2011, el referido funcionario presentó su renuncia a dicho cargo ante el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, quien a su vez hace de conocimiento de la misma a la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, mediante Oficio Nº 1373-2011-JUS/CDJE-PPEDC, de fecha 30 de setiembre de 2011, situación que manifiesta que la renuncia presentada no fuera tramitada oportunamente por dicho Procurador Público; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia formulada por el señor abogado Ronald Raúl Contreras Alvarez, como Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción con efectividad al 1 de junio de 2011, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor abogado Ronald Raúl Contreras Alvarez, como Procurador Público Adjunto Especializado en Delitos de Corrupción, con efectividad al 1 de junio de 2011, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 748718-3


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MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aceptan renuncia y designan Asesor de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2012-MIMP

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del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 748717-2

PRODUCE

Lima, 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 349-2011MIMDES se designó a la señorita Margarita Elizabeth Verdeguer Salirrosas en el cargo de Asesora de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, la señorita Margarita Elizabeth Verdeguer Salirrosas ha formulado renuncia al citado cargo, la cual es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia de la señorita MARGARITA ELIZABETH VERDEGUER SALIRROSAS al cargo de Asesora de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 748717-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2012-MIMP Lima, 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor (a) de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, cargo considerado de confianza; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor CARLOS MATEO I TUEROS en el cargo de Asesor de la Secretaría General

Designan Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2012-PRODUCE Lima 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto de administración por el cual se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la suplencia del cargo de Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción, dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 011-2012PRODUCE. Artículo 2°.- Designar al señor WILLY ALEJANDRO ALVARADO PALACIOS en el cargo de Director de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ URQUIZO MAGGIA Ministro de la Producción 748619-1

RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a fin de participar en ronda de negociación para un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial con Venezuela RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0100/RE-2012 Lima, 31 de enero de 2012


CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional, y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial; Que, se realizará la V Ronda de Negociación entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela para un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre ambos países, en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 02 al 03 de febrero de 2012, ocasión en la que se negociarán aspectos correspondientes al Tratamiento Arancelario Preferencial, Reglas de Origen y Solución de Diferencias; Teniendo en cuenta los Memoranda (DAE) N° DAE0097/2012, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 26 de enero de 2012; y (OPR) N° OPR0048/2012, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 27 de enero de 2012, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Elmer José Germán Gonzalo Schialer Salcedo, Director de Negociaciones Económicas Internacionales, de la Dirección General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, del 02 al 03 de febrero de 2012, para que participe en la Ronda de Negociación entre la República del Perú y la República Bolivariana de Venezuela para un Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre ambos países. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico Comerciales Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Elmer José Germán Gonzalo Schialer Salcedo

Pasajes Viáticos Número Total Clase por día de viáticos Económica US$ días US$ US$ 1,655.75

200.00

2+1

600.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 748289-1

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Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en la III Reunión Internacional de Planificación de la Expo Yeosu Korea 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0101/RE-2012 Lima, 31 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, se realizará la III Reunión Internacional de Planificación de la Expo Yeosu Korea 2012, sobre el tema “Los Océanos Vivos y sus Costas”, del 07 al 09 de febrero de 2012, en las ciudades de Seúl y Yeosu, República de Corea; Que, la citada reunión tiene como objeto congregar a los Comisarios Generales de los países participantes con el fin de evaluar, conjuntamente con el comité Organizador y el Buró Internacional de Exposiciones, los progresos en los preparativos de la Expo Yeosu 2012; asimismo, se brindará un espacio para realizar consultas con funcionarios especializados del Comité Organizador y a nivel bilateral; Que, con tal motivo se ha recibido la invitación del Comité Organizador, quienes han previsto la financiación de los costos de traslado ida y vuelta a Corea, gastos de alojamiento, transporte y alimentación, del 07 al 09 de febrero de 2012; Que, es necesario que el Ministro en el Servicio Diplomático de la República Alberto Esteban Massa Murazzi, Comisario General de la Expo Yeosu 2012, permanezca en las ciudades de Seúl y Yeosu, del 06 al 10 de febrero de 2012, con la finalidad de que participe en la citada reunión y realice coordinaciones con la empresa encargada de la construcción del pabellón peruano, así como con funcionarios del Comité Organizador en lo que respecta a la cooperación financiera coreana; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 3829, del Despacho Viceministerial, de 12 de diciembre de 2011; los Memoranda (PEY) N° PEY0065/2011, PEY0069/2011, PEY0072/2011, del Comisario General de la Expo Yeosu 2012, de 07, 22 y 27 de diciembre de 2011; y (OPP) N° OPP0089/2012, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 25 de enero de 2012, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Alberto Esteban Massa Murazzi, Asesor de la Dirección General de Asia y Oceanía y en su calidad de Comisario General de la Expo Yeosu 2012, a la ciudad de Seúl, República de Corea, del 06 al 10 de febrero de 2012, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 47078: Expo Yeosu 2012, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Alberto Esteban Massa Murazzi

Viáticos por día US$

Número de días

Total viáticos US$

260.00

02

520.00


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 748289-2

Autorizan viaje de funcionario diplomático para participar en diversas reuniones que se llevarán a cabo en Egipto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0102/RE-2012 Lima, 31 de enero de 2012

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Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Augusto Eduardo Thornberry Naggy

Pasajes Viáticos Número Total Clase por día de viáticos Económica US$ días US$ US$ 2,399.75

200.00

4+2

1,200.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará, ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores

CONSIDERANDO: 748289-3 Que, la Secretaría General de la Liga de Estados Árabes, en su condición de Coordinador Regional ASPA por los países árabes y de acuerdo al calendario de reuniones del Foro ASPA, ha convocado a la X Reunión de Altos Oficiales ASPA (X HOM), la que se realizará en la ciudad de El Cairo, República Árabe de Egipto, del 12 al 13 de febrero de 2012; Que, la finalidad de la citada reunión es efectuar una revisión y puesta al día del proyecto de la “Declaración de Lima” y continuar con la negociación de los párrafos que aún no han sido acordados, a fin de adoptarlos en la III Cumbre ASPA a celebrarse en la ciudad de Lima, del 26 al 27 de setiembre de 2012; Que, asimismo se realizarán en la misma ciudad las reuniones de consulta de Coordinación Regional de los Países de América del Sur y la Mesa de Coordinación del Foro ASPA, del 10 al 11 de febrero de 2012; Teniendo en cuenta los Memoranda (SPT) N° SPT0006/2012 y SPT0007/2012, de la Secretaría Pro Tempore de la III Cumbre América del Sur-Países Árabes, de 20 y 25 de enero de 2012, respectivamente; y (OPR) N° OPR0044/2012, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 26 de enero de 2012, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; así como el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Augusto Eduardo Thornberry Naggy, Director de Medio Oriente y Países del Golfo, de la Dirección General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, a la ciudad de El Cairo, República Árabe de Egipto, del 10 al 13 de febrero de 2012, para que participe en las reuniones de consulta de Coordinación Regional de los Países de América del Sur, la Mesa de Coordinación del Foro ASPA y la X Reunión de Altos Oficiales ASPA (X HOM). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones

SALUD Designan Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Mental y Ejecutiva Adjunta de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 082-2012/MINSA Lima, 1 de febrero del 2012 Vistos, los Expedientes Nº 12-006606-001 y 12006621-001 que contienen los Oficios Nº 267-2012DGSP/MINSA y N° 268-2012-DGSP/MINSA, remitidos por la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 819-2011/ MINSA, de fecha 08 de noviembre de 2011, se designó a la Médico Cirujano Gloria Luz Cueva Vergara, en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, Nivel F-4, de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial Nº 890-2011/MINSA, de fecha 29 de noviembre de 2011, se encargó a la Médico Cirujano Gloria Luz Cueva Vergara, las funciones de Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, encargo que fue renovado mediante Resolución Ministerial N° 048-2012/MINSA; Que, mediante Resolución Ministerial N° 923-2011/ MINSA, de fecha 16 de diciembre de 2011, se aprobó el reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Suprema N° 008-2011-SA, de fecha 30 de junio de 2011, en el cual los cargos de Director/a Ejecutivo/ a de la Dirección de Salud Mental y de Ejecutivo/a Adjunto/ a de la Dirección General de Salud de las Personas, se encuentran calificados como cargos de Confianza; Que, con Oficio Nº 267-2012-DGSP/MINSA, la Directora General de la Dirección General de Salud de las


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Personas del Ministerio de Salud, solicita dar por concluida la designación en el cargo de Ejecutiva Adjunta I, así como la encargatura de funciones de Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Mental de la mencionada Dirección General, a la Médico Cirujano Gloria Luz Cueva Vergara; Que, asimismo solicita la designación de la Médico Cirujano Gloria Luz Cueva Vergara en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; Que, del mismo modo, mediante Oficio N° 268-2012DGSP/MINSA, la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, solicita designar a la Médico Cirujano Cecilia María Bedoya Velasco, en el cargo de Ejecutiva Adjunta de la referida Dirección General; Que, mediante Notas Informativas N° 053-2012-OIEOGGRH/MINSA y N° 057-2012-OIE-OGGRH/MINSA de fecha 27 de enero de 2012, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, opina favorablemente, respecto de la solicitud formulada por la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas; señalando que es procedente la designación de las profesionales propuestas; Que, en atención a lo solicitado en los documentos del visto, y contando con la opinión favorable de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, resulta necesario adoptar las acciones de personal y emitir el Acto Resolutivo correspondiente, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación de la Médico Cirujano Gloria Luz Cueva Vergara, en el cargo de Ejecutiva Adjunta, Nivel F-4, de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, dándose término al encargo efectuado con Resoluciones Ministeriales N° 819-2011/MINSA y N° 048-2012/ MINSA. Artículo 2°.- Designar a la Médico Cirujano Gloria Luz Cueva Vergara, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F4, de la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Designar a la Médico Cirujano Cecilia María Bedoya Velasco, en el cargo de Ejecutiva Adjunta, Nivel F-4, de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud.

Visto, el Expediente Nº 12-009402-001, que contiene la Nota Informativa Nº 007-2012-DG/DIGESA, remitida por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 549-2010/MINSA de fecha 16 de julio de 2010, se designó entre otros, a la Médico Cirujano Milagritos Francisca Araujo Zapata, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F - 4, de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; Que, mediante carta s/n de fecha 30 de enero de 2012, la mencionada profesional presentó su renuncia al cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F - 4, de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Suprema N° 008-2011SA, de fecha 30 de junio de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, reordenado con Resolución Ministerial N° 923-2011/ MINSA, de fecha 16 de diciembre de 2011, en el cual, el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F - 4, de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental, se encuentra calificado como cargo de confianza; Que, estando a lo solicitado por el documento de visto, resulta necesario aceptar la renuncia presentada por la profesional antes citada y adoptar las acciones de personal pertinentes, a fin de asegurar el normal funcionamiento de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia de la Médico Cirujano Milagritos Francisca Araujo Zapata, al cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F - 4, de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al Médico Cirujano Bernardo Ernesto Ausejo Gutiérrez, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F - 4, de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud

Regístrese, comuníquese y publíquese. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud

748604-1 748604-2

Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Ecología y Protección del Medio Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio

Modifican Norma Técnica de Salud para el Manejo de Infecciones de Transmisión Sexual en el Perú

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 083-2012/MINSA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2012/MINSA

Lima, 1 de febrero del 2012

Lima, 1 de febrero del 2012


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

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Visto el Expediente Nº 11-104958-001 que contiene el Informe Nº 122-2011-DGSP/ESN PC ITS-VIHSIDA/MINSA de la Dirección General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 263-2009/ MINSA del 23 de abril de 2009, se aprobó la NTS Nº 077-MINSA/DGSP V.01 Norma Técnica de Salud para el manejo de Infecciones de Transmisión Sexual en el Perú con el objetivo de “establecer orientaciones técnicas, basadas en evidencia a fin de fortalecer la atención de las ITS con estrategias dirigidas hacia el tratamiento inmediato, oportuno con acciones de prevención y promoción de la salud”; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 26626, modificado por la Ley Nº 28243, declara de necesidad nacional e interés público la lucha contra la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS); Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28983 Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres “establece el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomía”; Que, el literal i) del artículo 6, de la precitada Ley, señala que el Poder Ejecutivo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en todos los sectores, adoptan políticas, planes y programas, integrando los principios de la presente Ley de manera transversal y para tal efecto, entre otros lineamientos, “garantiza el derecho a la salud en cuanto a la disponibilidad, calidad, aceptabilidad y accesibilidad a los servicios, con especial énfasis en la vigencia de los derechos sexuales y reproductivos, la prevención del embarazo adolescente, y en particular el derecho a la maternidad segura”; Que, mediante el documento del visto la Dirección General de Salud de las Personas, propone la modificatoria del acápite 5.6.4, contenido en el numeral V de la NTS Nº 077-MINSA/DGSP-V.01. Norma Técnica de Salud para el Manejo de Infecciones de Transmisión Sexual en el Perú, incorporando el condón femenino como un insumo de doble protección y equidad de género; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º Modificar el acápite 5.6.4, del sub numeral 5.6, del numeral V de las Disposiciones Generales de la NTS Nº 077-MINSA/DGSP-V.01. Norma Técnica de Salud para el Manejo de Infecciones de Transmisión Sexual en el Perú, aprobada por Resolución Ministerial Nº 263-2009/ MINSA, en los siguientes términos: “5.6.4. Condones. Todo paciente que acude a consulta por una ITS puede volver a adquirir una igual o similar en el futuro. Los mensajes educativos y la consejería deben lograr el cambio de conducta hacia comportamiento de menor riesgo, esto incluye la compra o adquisición y uso del condón masculino o femenino. Es importante enfatizar que el condón masculino o femenino brinda doble protección: PROTEGE DE LAS ITS INCLUYENDO EL VIH Y DE EMBARAZOS NO DESEADOS O NO ESPERADOS. En cada sesión se instruirá a todos los pacientes sobre el uso de condones masculinos o femeninos, para lo cual se efectuarán demostraciones utilizando dildos maquetas

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pélvicas femeninas u otros materiales adecuados para luego hacerles entrega de preservativos con el fin de promocionar su uso. Este procedimiento también se efectuará en consultantes que no tienen evidencia clínica de una ITS debido a que desarrollaron conciencia de un riesgo potencial por haber incurrido en una conducta de riesgo, lo que motivó la consulta al establecimiento de salud. Se entregarán con aceptación voluntaria de manera mensual: a) 20 condones masculinos por paciente visto en consejería y 100 condones masculinos por consejería para trabajador (a) sexual; b) 10 condones femeninos para población general y en planificación familiar y 30 condones femeninos por consejería para trabajadora sexual.” Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, a través de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de ITS y VIH/SIDA la difusión, supervisión, monitoreo y evaluación del cumplimiento de la presente resolución, así como la asistencia técnica para su implementación. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces en el nivel regional, se encargarán de la implementación y el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ dge_normas.asp Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 748604-3

Designan Asesor de la Alta Dirección del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2012/MINSA Lima, 1 de febrero del 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 008-2011-SA de fecha 30 de junio del 2011, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal del Ministerio de Salud, en el cual está consignado, entre otros, el cargo de Asesor de la Alta Dirección en el Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5, cuya plaza está vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente; Que, por convenir al servicio resulta necesario designar al profesional propuesto en el cargo de Asesor de la Alta Dirección en el Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al médico cirujano Carlos Renato Moreno Chacón en el cargo de Asesor


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de la Alta Dirección del Despacho Ministerial de Salud, Nivel F-5. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 748604-4

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Renuevan autorizaciones otorgadas a personas natural y jurídica para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en localidades de los departamentos de Moquegua y Ancash RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 031-2012-MTC/03 Lima, 19 de enero de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2011-034184, presentado por la señora JESSICA AMPARO ALVARADO HURTADO, sobre renovación de autorización de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Viceministerial Nº 904-2001MTC/15.03 del 16 de octubre de 2001, se otorgó a la empresa RADIO LIDER S.R.LTDA., autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un periodo de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, con fecha de vencimiento al 29 de mayo de 2012; Que, por Resolución Viceministerial Nº 502-2009MTC/03 del 21 de octubre de 2009, se aprobó la transferencia de la autorización otorgada a la empresa RADIO LIDER S.R.LTDA., por Resolución Viceministerial Nº 904-2001-MTC/15.03 a favor de la señora JESSICA AMPARO ALVARADO HURTADO para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua; así como el permiso, la licencia y autorización de enlaces auxiliares al servicio de radiodifusión correspondientes relacionados a la citada autorización; Que, mediante Expediente Nº 2011-034184 del 22 de julio de 2011, la señora JESSICA AMPARO ALVARADO HURTADO, solicitó la renovación de la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua; Que, conforme al artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º, 70º y 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, establece entre otros, que el plazo máximo para resolver solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días;

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Que, mediante Memorando Nº 4811-2011-MTC/29.02 del 12 de setiembre de 2011 la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones comunica los resultados de la inspección técnica realizada a la estación el 24 de agosto de 2011, se verificó que la estación de la señora JESSICA AMPARO ALVARADO HURTADO, se encuentra prestando el servicio de radiodifusión sonora en FM, conforme a las características técnicas autorizadas y las normas técnicas de radiodifusión, siendo en consecuencia el resultado de la inspección favorable; asimismo, señala que cumple con el objetivo y programación de su proyecto de comunicación; Que, la estación de radiodifusión se encuentra ubicada en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, encontrándose comprendida en la localidad de Moquegua, de acuerdo con el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Moquegua, aprobado con Resolución Viceministerial Nº 083-2004MTC/03 y sus modificatorias; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0009-2012MTC/28, opina que corresponde renovar la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 9042001-MTC/15.03, al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovación de la autorización contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 904-2001MTC/15.03 a favor de la señora JESSICA AMPARO ALVARADO HURTADO, por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 29 de mayo de 2022, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Moquegua, departamento de Moquegua. Artículo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedirá la resolución que deje sin efecto la autorización respectiva, de conformidad con el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 748035-1


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RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2012-MTC/03 Lima, 19 de enero de 2012 VISTO, el escrito de registro Nº 2008-005979, mediante el cual la empresa RADIO ALPAMAYO E.I.R.L., solicita la renovación de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huaraz, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 4772000-MTC/15.03 de fecha 21 de diciembre de 2000, publicada el 01 de enero de 2001 en el Diario Oficial El Peruano, se renovó la autorización a la empresa RADIO ALPAMAYO E.I.R.L. para la operación de una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash, con vigencia hasta el 09 de marzo de 2008; Que, mediante escrito de registro Nº 2008-005979 de fecha 12 de febrero de 2008, la empresa RADIO ALPAMAYO E.I.R.L. solicitó la renovación de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial No. 477-2000-MTC/15.03; Que, conforme al artículo 15º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con los artículos 21º y 67º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los artículos 69º, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, el artículo 19° de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, establece entre otros, que el plazo máximo para resolver las solicitudes de autorización o renovación es de ciento veinte (120) días; Que, mediante Informes Nº 2205-2008-MTC/29.02 y Nº 4608-2011-MTC/29.02, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, comunica que en las inspecciones técnicas realizadas el 07 de mayo de 2008 y el 24 de agosto de 2011, se verificó que la estación correspondiente a la empresa RADIO ALPAMAYO E.I.R.L., opera el servicio conforme a las características técnicas autorizadas y de acuerdo a las normas técnicas de radiodifusión; asimismo, señala que cumple con el objetivo y programación de su proyecto de comunicación; Que, con Resolución Viceministerial N° 092-2004MTC/03, modificado con Resolución Viceministerial N° 478-2006-MTC/03, ratificado con Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03 y modificado con Resoluciones Viceministeriales N° 137-2009-MTC/03, N° 458-2009-MTC/03, N° 178-2010-MTC/03, N° 739-2010MTC/03, N° 188-2011-MTC/03, N° 596-2011-MTC/03 y N° 985-2011-MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Ancash, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Huaraz, incluyéndose en ésta al distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash; Que, mediante Informe Nº 4303-2011-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde renovar la autorización que fuera renovada con Resolución Viceministerial Nº 477-2000-MTC/15.03, al haberse cumplido con la presentación de los requisitos y las

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condiciones previstas para tal efecto en la norma, y verificarse que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la renovación de la autorización contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO ALPAMAYO E.I.R.L., que fuera renovada por Resolución Viceministerial N° 477-2000-MTC/15.03, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Huaraz, departamento de Ancash; cuyo plazo de vigencia vencerá el 09 de marzo de 2018. Artículo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 748036-1

Designan Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen el año 2012 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 037-2012-MTC/03 Lima, 20 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo No. 0052005-MTC, en adelante el Reglamento, en concordancia


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con el artículo 16 de la Ley No. 28278, Ley de Radio y Televisión, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan obligatoriamente mediante Concurso Público, cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una misma banda y localidad, es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 42 del Reglamento dispone que los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusión se realizarán bajo la conducción de un Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas conformado por cinco (5) miembros, el mismo que se encarga de la preparación de las Bases y conducción del concurso hasta que la Buena Pro quede consentida o firme administrativamente, siendo designado por Resolución Viceministerial; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que se encargue de la preparación de las Bases y conducción de los concursos públicos para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusión en aquellas localidades y banda de frecuencias que han sido declaradas en restricción conforme lo establecido en los artículos 40 y 41 del Reglamento, a convocarse durante el año 2012; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen en el año 2012, el cual estará integrado por las siguientes personas: Mercedes Lucila Alonso Erazo, Presidente. Erly Edson Escalante Chávez, Miembro. Liliana Beatriz La Rosa Robles, Miembro. José Carlos Hurtado Rantes, Miembro. Claudio Augusto Palomares Sartor, Miembro. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones remitirá al Comité designado en el artículo precedente, la relación de todas las localidades y bandas de frecuencia del servicio de radiodifusión, cuyas autorizaciones se otorgarán por Concurso Público, adjuntado para tal fin la documentación sustentatoria. Asimismo, de aprobarse nuevos listados de localidades y bandas de frecuencias cuyas autorizaciones se deban otorgar por concurso público, la mencionada Dirección General remitirá al Comité designado en la presente resolución, la documentación correspondiente. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y a los miembros del Comité designados en la presente resolución. Regístrese y comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 748038-1

Modifican plan de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en FM de la localidad de Callahuanca - Santa Eulalia, departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 038-2012-MTC/03 Lima, 20 de enero de 2012

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CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, con Resolución Viceministerial Nº 251-2004MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 485-2005-MTC/03 y 509-2006-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de Lima, los mismos que fueron ratificados mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificados por Resoluciones Viceministeriales Nº(s) 166-2009-MTC/03, 460-2009-MTC/03, 234-2010-MTC/03, 601-2010-MTC/03, 805-2010-MTC/03, 345-2011-MTC/03, 558-2011-MTC/03 y 868-2011-MTC/03; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 4° de la Resolución Viceministerial N° 251-2004-MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales N° 4852005-MTC/03, N° 509-2006-MTC/03, ratificada mediante Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales N°(s) 1662009-MTC/03, 460-2009-MTC/03, 234-2010-MTC/03, 601-2010-MTC/03, 805-2010-MTC/03, 345-2011MTC/03, 558-2011-MTC/03 y 868-2011-MTC/03, los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados pueden modificarse de oficio, a fin de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 4338-2011MTC/28, propone la modificación del Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) de la localidad de Callahuanca-Santa Eulalia del departamento de Lima; Que, asimismo, la citada Dirección General, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003MTC/03 y modificada por Resoluciones Ministeriales N° 296-2005-MTC/03 y N° 207-2009-MTC/03; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1° de la Resolución Viceministerial Nº 251-2004-MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales N°(s) 485-2005-MTC/03, 509-2006-MTC/03, ratificada mediante Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales N°(s) 166-2009-MTC/03, 460-2009-MTC/03, 234-2010-MTC/03, 601-2010-MTC/03, 805-2010-MTC/03, 345-2011-MTC/03, 558-2011MTC/03 y 868-2011-MTC/03, que aprueba los Planes de


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Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de Lima, a fin de modificar el plan de canalización y asignación de frecuencias de la localidad de Callahuanca-Santa Eulalia; conforme se indica a continuación: Localidad:

CALLAHUANCA

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 224 92.7 236 95.1 260 99.9 268 101.5 í Total de canales: 4 íLa máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.05 KW. íPatrón de radiación conformado con nulo orientado hacia Santa Eulalia. íAltura máxima de antena de 30 m. respecto al Centro Poblado de Callahuanca (1760 msnm) íLas estaciones de esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias. Localidad:

SANTA EULALIA

Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 203 88.5 215 90.9 218 91.5 240 95.9 í Total de canales: 4 íLa máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. íLas estaciones de esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias. Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 748040-1

Otorgan autorizaciones a personas jurídicas para prestar servicio de radiodifusión sonora educativa en localidades de los departamentos de Cajamarca y Arequipa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 039-2012-MTC/03 Lima, 20 de enero de 2012

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VISTO, el Expediente Nº 2011-038248 presentado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TABACONAS, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión establece que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interés social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detalla; Que, con Resolución Directoral Nº 975-2005-MTC/17, de fecha 26 de mayo de 2005, la entonces Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, aprobó el listado de localidades consideradas como fronterizas, comprendiendo en ellas a la localidad de Tabaconas del distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca; Que, con Resolución Viceministerial Nº 101-2004MTC/03, modificada con Resolución Viceministerial Nº 486-2006-MTC/03, ratificada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada con Resolución Viceministerial Nº 1036-2010-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades del departamento de Cajamarca, entre las cuales se encuentra la localidad de Tabaconas, la misma que incluye al distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 0.25 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modificó las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 100 w. hasta 250 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D2, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TABACONAS no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 4273-2011-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala


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NORMAS LEGALES

que se considera viable otorgar la autorización solicitado por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TABACONAS para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Tabaconas, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 101-2004-MTC/03 y sus modificatorias, y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003MTC/03 y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TABACONAS, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad fronteriza de Tabaconas, departamento de Cajamarca, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad

: RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM : 92.7 MHz : EDUCATIVA

Características Técnicas: Indicativo Emisión Potencia Nominal del Transmisor Clasificación de Estación

: OCN-2X : 256KF8E : 250 W : PRIMARIA D2 – BAJA POTENCIA

Ubicación de la Estación: Estudios y Planta Transmisora

Coordenadas Geográficas Zona de Servicio

: Plaza de Armas S/N, distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca. : Longitud Oeste : 79° 17’ 01.10’’ Latitud Sur : 05° 18’ 58.10’’ : El área comprendida dentro del contorno de 66 dBȝV/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorización previa otorgada por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- En caso alguna infraestructura utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de las Superficies Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, la titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se

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encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, la titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Artículo 3º.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. La inspección técnica correspondiente se efectuará de oficio hasta dentro de los ocho (08) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verificándose en ella la correcta instalación y operación de la estación, con equipamiento que permita una adecuada prestación del servicio autorizado, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución. Sin perjuicio de lo indicado, la titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación. Artículo 4º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 5º.- La titular está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modificadas previa autorización de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminución de potencia y/o modificación de ubicación de estudios, no obstante no requerirse de aprobación previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Artículo 6º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Artículo 7º.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución. Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación podrá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º. Sin embargo, dicha solicitud también se entenderá presentada si a la fecha del término de la vigencia de la autorización la titular se encuentra


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NORMAS LEGALES

operando y al día en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovación se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 748042-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 040-2012-MTC/03 Lima, 20 de enero de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2010-052618 presentado por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión indica que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detallan; Que, con Resolución Viceministerial Nº 106-2004MTC/03, modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 246-2006-MTC/03 y Nº 164-2008-MTC/03, ratificada mediante Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 y modificada por Resoluciones Viceministeriales Nº 1442009-MTC/03 y Nº 235-2010-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de FM para las localidades del departamento de Arequipa, entre las cuales se encuentra la localidad de Chala, la misma que incluye al distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa;

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Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias, indicado en el párrafo precedente, establece 0.5 Kw. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modificó las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 w. hasta 500 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Informe Nº 4302-2011-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Chala, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 106-2004-MTC/03 y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a la ASOCIACIÓN CULTURAL BETHEL, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chala, departamento de Arequipa, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad

: RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM : 98.7 MHz : EDUCATIVA

Características Técnicas: Indicativo Emisión Potencia Nominal del Transmisor Clasificación de Estación

: OAN-6N : 256KF8E : 250 W : PRIMARIA D3 – BAJA POTENCIA

Ubicación de la Estación: Estudio

Coordenadas Geográficas Planta Transmisora

: Av. 28 de julio Nº 1781, distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima. : Longitud Oeste : 77° 01’ 26.4’’ Latitud Sur : 12° 03’ 43.4’’ : A. H. Manuel Prado - El Mirador Calle Túpac Amaru Mz. C Lt. 6, distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa.


460246 Coordenadas Geográficas Zona de Servicio

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NORMAS LEGALES : Longitud Oeste : 74° 15’ 2.9’’ Latitud Sur : 15° 51’ 5.8’’ : El área comprendida dentro del contorno de 66 dBȝV/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. El plazo de la autorización y permiso concedidos se computará a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, la cual, además, será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- En caso alguna infraestructura utilizada para el despegue y aterrizaje de aeronaves, sea instalada con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente autorización y la estación radiodifusora se encuentre dentro de la Superficie Limitadoras de Obstáculos o su operación genere interferencias a los sistemas de radionavegación, la titular deberá obtener el permiso respectivo de la Dirección General de Aeronáutica Civil o reubicar la estación, así como adoptar las medidas correctivas a efectos de no ocasionar interferencias. Asimismo, si con posterioridad al otorgamiento de la presente autorización, la estación radiodifusora se encontrara dentro de las otras zonas de restricción establecidas en el artículo 84º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, la titular deberá obtener los permisos correspondientes y adoptar las medidas correctivas que correspondan. Artículo 3º.- La autorización que se otorga se inicia con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual, la titular de la autorización, deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las características técnicas aprobadas en la presente autorización. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. La inspección técnica correspondiente se efectuará de oficio hasta dentro de los ocho (08) meses siguientes al vencimiento del mencionado período de instalación y prueba, verificándose en ella la correcta instalación y operación de la estación, con equipamiento que permita una adecuada prestación del servicio autorizado, así como el cumplimiento de las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución. Sin perjuicio de lo indicado, la titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgado. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas, la autorización otorgada quedará sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente indicadas y a mérito del informe técnico favorable, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación. Artículo 4º.- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización otorgada, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentará copia del mismo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, o podrá acogerse al Código de Ética aprobado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 5º.- La titular está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modificadas previa autorización de este Ministerio. En caso de aumento de potencia, éste podrá autorizarse hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda y localidad autorizadas. En caso de disminución de potencia y/o modificación de ubicación de estudios, no obstante no requerirse de

aprobación previa, la titular se encuentra obligada a comunicarlo a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. Artículo 6º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Artículo 7º.- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización otorgada, los consignados en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como los señalados en la presente Resolución. Artículo 8º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período. La renovación podrá solicitarse hasta el día del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el mencionado artículo 1º. Sin embargo, dicha solicitud también se entenderá presentada si a la fecha del término de la vigencia de la autorización la titular se encuentra operando y al día en sus pagos o cuente con solicitud o con fraccionamiento vigente. La renovación se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 9º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y canon anual. En caso de incumplimiento, se procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 10º.- La autorización a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 11º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Viceministro de Comunicaciones 748044-1

Autorizan a Brevetes Perú S.A.C. en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, el incremento de oficinas administrativas y aulas de enseñanza en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 272-2012-MTC/15 Lima, 18 de enero de 2012 VISTOS: El Parte Diario Nº 103646 y Expediente N° 2011014132, presentado por la empresa denominada BREVETES PERU SAC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 14492011-MTC/15, de fecha 25 de abril de 2011, se otorgó autorización a BREVETES PERU S.A.C. en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; en el local ubicado en Jr. Antenor Orrego N°


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NORMAS LEGALES

1992- Cercado de Lima, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; Que, mediante Partes Diarios N°s 103646 y 110600 y el Expediente N° 2011-014132, La Escuela solicita autorización para el incremento de aulas de enseñanza y oficinas administrativas en el local ubicado en Natalio Sanchez N° 220, Oficinas 404, 702, 904 y 1101, del Distrito de Jesús Maria, provincia y departamento de Lima; Que, el literal c) del artículo 47º de El Reglamento señala una de las Obligaciones de las Escuelas de Conducir es “Informar a la DGTT sobre cualquier modificación de los términos de la resolución de autorización como Escuela de Conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificación de la misma, o sobre cualquier información que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores”; Que, el primer párrafo del artículo 61º de El Reglamento, establece que procede la solicitud de modificación de autorización de la Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, mediante Memorando N° 2781-MTC/15, la Dirección General de Transporte Terrestre remite el Informe Nº 044-2011-MTC/15.jcb y acta de inspección ocular realizada el día 21 de setiembre del 2011, en el local propuesto por La Escuela, donde el inspector concluye que cumple con presentar una infraestructura con ambientes adecuados para el desarrollo de actividades administrativas y de enseñanza, las mismas que se encuentran equipadas; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 026-2012MTC/15.03.A.LEGAL.mql, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a BREVETES PERU S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, el incremento de sus oficinas administrativas y aulas de enseñanza en Natalio Sanchez N° 220, Oficinas 404, 702, 904 y 1101, del Distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, con la misma plana, flota vehicular y en el mismo horario autorizado mediante Resolución Directoral N° 1449-2011-MTC/15. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de La Empresa BREVETES PERU S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 748045-1

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VIVIENDA Aprueban Sistema Constructivo No Convencional presentado por Llaxta S.A.C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2012-VIVIENDA Lima, 30 de enero de 2012 VISTO: El Oficio N° 193-2011-VIVIENDA/SENCICO-02.00 de la Presidencia Ejecutiva del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción SENCICO, y el Memorando N° 404-2011/VIVIENDAVMCS del Viceministro de Construcción y Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 010-71-VI, las personas naturales o jurídicas que posean o presenten sistemas de prefabricación de viviendas y de construcción no convencional deberán obtener, previamente a su utilización, la aprobación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, previa opinión favorable del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO; Que, el SENCICO de conformidad con su Estatuto aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA, tiene entre sus funciones, proponer la aprobación de los Sistemas Constructivos No Convencionales; Que, la empresa LLAXTA S.A.C, ha solicitado al SENCICO la aprobación del Sistema Constructivo No Convencional denominado “SISTEMA CONSTRUCTIVO LLAXTA”; Que, el Reglamento para la Aprobación de Utilización de los Sistemas Constructivos No Convencionales, aprobado en Sesión N° 948 de fecha 28 de noviembre de 2007 del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, en sus artículos 4 y 5 señala que corresponde a la Comisión de Evaluación Técnica, la evaluación de los Sistemas Constructivos No Convencionales, y a la Gerencia de Investigación y Normalización elaborar el informe y conclusión favorable luego de lo cual, el SENCICO propondrá al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la aprobación del Sistema Constructivo No Convencional, que de ser acogida será por un plazo de diez (10) años a partir de la fecha de aprobación; Que, el Expediente Técnico del Sistema Constructivo No Convencional denominado “SISTEMA CONSTRUCTIVO LLAXTA”, ha sido evaluado por la Comisión de Evaluación Técnica, conforme al Acta N° VIII de fecha 24 de junio de 2011, y cuenta con la opinión técnica favorable del SENCICO, Informe N° 098-2011-VIVIENDA/SENCICO09.00, Informe Técnico N° 02-2011-VIVIENDA-SENCICO 09.02 e Informe Legal N° 122-2011-03.01; Que, por su parte, la Dirección Nacional de Construcción, ha señalado en su Informe N° 117-2011/ VIVIENDA-VMCS-DNC, que es procedente la aprobación del referido Sistema Constructivo No Convencional, con las limitaciones contenidas en su Memoria Descriptiva; Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar el Sistema Constructivo No Convencional denominado “SISTEMA CONSTRUCTIVO LLAXTA”, al cumplir con las disposiciones técnicas de la materia; Con las visaciones del Viceministro de Construcción y Saneamiento, del Director Nacional de Construcción y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del MVCS, el Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2006-VIVIENDA y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA;


NORMAS LEGALES

460248 SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Sistema Constructivo No Convencional denominado “SISTEMA CONSTRUCTIVO LLAXTA”, presentado por la empresa LLAXTA S.A.C, por un plazo de 10 (diez) años, el mismo que será utilizado conforme y con las limitaciones establecidas en la Memoria Descriptiva del Expediente Técnico, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La altura de las edificaciones que se construyan aplicando el mencionado Sistema, está limitado a dos (2) pisos. Artículo 3º.- Publíquese el Sistema Constructivo No Convencional denominado “SISTEMA CONSTRUCTIVO LLAXTA”, en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y en el Portal Electrónico del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, en la fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 748601-1

ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Designan Supervisor Zonales del SENCICO

de

Gerencias

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 015-2012-02.00 Lima, 30 de enero del 2012 VISTO: El Informe N° 046-2012-03.00 de fecha 25 de enero del 2012, mediante el cual el Gerente General propone para el cargo de Personal de Confianza de Supervisor de Gerencias Zonales al Economista Luis Guillermo Montes Gallo; y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 147- se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, se encuentra vacante la plaza de Supervisor de Gerencias Zonales, Categoría D2 del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, cargo considerado como Personal de Confianza; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 432010-02.00, de fecha 12 de abril del 2010, se Encarga a partir del 08 de abril del 2010 al abogado WILFREDO LOYOLA FALCON, Jefe de la Oficina de Secretaria

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General, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Supervisor de Gerencias Zonales del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, hasta que se designe al titular, sin perjuicio de seguir atendiendo su cargo de origen; Que, resulta necesario designar al titular de la plaza de Supervisor de Gerencias Zonales, dando por concluida la encargatura antes acotada Que, la Ley N° 27594 –Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3° que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1° de tal Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribución del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que específicamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organización y Funciones, así como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Órgano, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1037-05 adoptado en la Sesión N° 1037 de fecha 21 de Setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delegó en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29° del Estatuto antes acotado, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO y literales c), y j) del artículo 33º del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, referidos a las funciones de la Presidencia Ejecutiva, sobre disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que éste adopte, y expedir las disposiciones que estime necesarias para la buena marcha del SENCICO; respectivamente; Con las visaciones del Jefe (e) del Departamento de Recursos Humanos, del Jefe de la Oficina de Secretaria General, de la Gerente (e) de Administración y Finanzas, del Gerente (e) de Planificación y Presupuesto, de la Asesora Legal (e), y del Gerente General, y; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la encargatura del Abogado, Wilfredo Loyola Falcón, Jefe de la Oficina de Secretaría General las funciones y responsabilidades en el cargo de confianza de Supervisor de Gerentes Zonales del SENCICO, a partir del 01 de Febrero del 2012. Artículo Segundo.- Designar a partir del 01 de Febrero del 2012, al economista Luis Guillermo Montes Gallo, en el cargo de Personal de Confianza de Supervisor de Gerencias Zonales categoría D2 del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 747727-1

Dan por concluida designación de Contador General del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 016-2012-02.00 Lima, 30 de enero del 2012


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 147- se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, considerando a esta entidad, Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con autonomía técnica, administrativa y económica, encargada de la formación, capacitación integral, calificación y certificación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos los niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fines; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 081-2009-02.00 de fecha 30 de Setiembre del 2009, se Designa a partir del 02 de octubre del 2009, al CPC Carlos Clemente Cuenca Vargas , en el cargo de Confianza de Contador General del SENCICO; Que, la Ley N° 27594 –Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 3° que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1° de tal Ley se, efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de Entidad correspondiente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, es atribución del Consejo Directivo Nacional del SENCICO, entre otras, la de designar, ratificar o remover al personal de confianza que específicamente lo califique en tal calidad el Reglamento de Organización y Funciones, así como fijar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal; Que, de igual forma el literal a) del acotado artículo 29° establece como otra facultad del Consejo Directivo Nacional, la de delegar en la Presidencia Ejecutiva, Órgano, Funcionario o Empleado que se designe, las atribuciones que a su juicio considere conveniente; Que, mediante Acuerdo N° 1037-05 adoptado en la Sesión N° 1037 de fecha 21 de Setiembre de 2011, el Consejo Directivo Nacional delegó en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29° del Estatuto antes acotado, Que, se ha estimado por conveniente dar por concluida la designación del C.P.C. Carlos Clemente Cuenca Vargas en el cargo de Contador General del SENCICO, categoría D1, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 081-2009-02.00 del 30 de setiembre del 2009; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147 Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO y el literal c), y j) del artículo 33° del Estatuto de SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2001-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 004- 2006- VIVIENDA; Con las visaciones del Jefe (e) del Departamento de Recursos Humanos, del Jefe de la Oficina de Secretaria General, de la Gerente (e) de Administración y Finanzas, del Gerente (e) de Planificación y Presupuesto, de la Asesora Legal (e), y del Gerente General, y;

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ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 014-2012-OS/CD Mediante Oficio N° 0068-2012-GART, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 014-2012-OS/ CD, publicada en la edición del día 29 de enero de 2012. DICE: “ (…) Artículo 3°.(…) VPL = (PPL/(7,2*0,8) + 0,2*PELP + 0,8*PELF)/13,81 (...)”. DEBE DECIR: “ (…) Artículo 3°.(…) VPL = (PPL/(7,2*0,8) + 0,2*PELP + 0,8*PELF)/14,91 (…)”. 748678-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban cargo de destino en el Instituto Nacional de Salud del Niño para la asignación de profesionales del Cuerpo de Gerentes Públicos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 028-2012-SERVIR-PE

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la Designación del C.P.C. Carlos Clemente Cuenca Vargas en el cargo de confianza de Contador General del SENCICO, efectuada mediante Resolución de Presidencia Nº 081-2009-02.00 de fecha 30 de setiembre del 2009, a partir del 31 de Enero del 2012, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General, en lo que le compete, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 747727-2

Lima, 31 de enero de 2012 VISTOS, los Informe Nº 048-2010-SERVIR/GDCGP y Nº 019 -2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil definirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección


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NORMAS LEGALES

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o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 0332010, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Reglamento; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE:

Que, mediante Oficio N° 06-2012-A-MPE-C, la Municipalidad Provincial de Espinar ha requerido la asignación de un Gerente Público, para desempeñar el cargo de Gerente del Proyecto Especial Unidos por el Agua (PEUPA) de la mencionada entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 062012 aprobó la asignación del Gerente Público José Luis Farfán Quintana al cargo de Gerente del Proyecto Especial Unidos por el Agua (PEUPA) de la Municipalidad Provincial de Espinar; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, el que se indica a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE

CARGOS DE DESTINO

Ministerio de Salud Instituto Nacional de Salud del Niño

Director de la Oficina de Logística

Artículo Segundo.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo (e) 748236-1

Asignan Gerentes Públicos en cargos de destino de las Municipalidades Provinciales de Espinar y Chanchamayo, ESSALUD y Gobierno Regional de Piura RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 029-2012-SERVIR-PE Lima, 31 de enero de 2012 VISTO, el Informe Nº 018-2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta de Comité de Gerentes Nº 06-2012, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 24-2010-SERVIR-PE, el señor José Luis Farfán Quintana fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos;

Artículo Primero.- Asignar, al Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente: GERENTE PÚBLICO José Luis Farfán Quintana

CARGO

ENTIDAD DE DESTINO

Gerente del Municipalidad Provincial de Proyecto Especial Espinar Unidos por el Agua (PEUPA)

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con la Municipalidad Provincial de Espinar se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo(e) 748236-2 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 030-2012-SERVIR-PE Lima, 31 de enero de 2012 VISTO, el Informe Nº 018-2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta de Comité de Gerentes Nº 06-2012, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2011-SERVIR-PE, el señor Augusto Wilfredo Díaz Falcón fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, mediante Oficio N° 028 PE-ESSALUD-2012, el Seguro Social de Salud -ESSALUD- ha requerido la asignación de un Gerente Público, para desempeñar el cargo de Jefe de la Oficina de Gestión y Desarrollo


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NORMAS LEGALES

de la Red Asistencial Rebagliati de la mencionada entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 06-2012 aprobó la asignación del Gerente Público Augusto Wilfredo Díaz Falcón al cargo de Jefe de la Oficina de Gestión y Desarrollo de la Red Asistencial Rebagliati del Seguro Social de Salud -ESSALUD-; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM;

Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 07-2012 aprobó la asignación del Gerente Público Álvaro Rómulo López Landi al cargo de Gerente Sub Regional Morropón Huancabamba del Gobierno Regional de Piura; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar, al Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente:

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Asignar, al Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente: GERENTE PÚBLICO Augusto Wilfredo Díaz Falcón

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CARGO

ENTIDAD DE DESTINO

Jefe de la Oficina de Gestión y Desarrollo de la Red Asistencial Rebagliati

Seguro Social de Salud -ESSALUD-

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Seguro Social de Salud –ESSALUD- se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo (e) 748236-3 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 031-2012-SERVIR-PE Lima, 31 de enero de 2012 VISTO, el Informe Nº 020-2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta de Comité de Gerentes Nº 07-2012, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2011-SERVIR-PE, el señor Álvaro Rómulo López Landi fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, mediante los Oficios Nº 371-2011/GRP-100000 y Nº 0016-2012-GRP-100000, el Gobierno Regional de Piura ha requerido la asignación de un Gerente Público, para desempeñar el cargo de Gerente Sub Regional Morropón Huancabamba de la mencionada entidad;

GERENTE PÚBLICO Álvaro Rómulo López Landi

CARGO

ENTIDAD DE DESTINO

Gerente Sub Regional Morropón Huancabamba

Gobierno Regional de Piura

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con el Gobierno Regional de Piura se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo(e) 748236-4 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 032-2012-SERVIR-PE Lima, 31 de enero de 2012 VISTO, el Informe Nº 020-2012-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y el Acta de Comité de Gerentes Nº 07-2012, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, al que se incorporan profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que así lo requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el artículo 12º del Reglamento del Régimen Laboral del Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, dispone que los candidatos que se hubieren incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos serán asignados a un cargo de destino siempre que cuenten con vacantes; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2011-SERVIR-PE, el señor Pedro Humberto Jines Arroyo fue incorporado al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, mediante Oficio Nº 030-2012-A/MPCH, la Municipalidad Provincial de Chanchamayo ha requerido la asignación de un Gerente Público, para desempeñar el cargo de Gerente de Desarrollo Económico de la mencionada entidad; Que, el Consejo Directivo en su sesión Nº 072012 aprobó la asignación del Gerente Público Pedro Humberto Jines Arroyo al cargo de Gerente de Desarrollo Económico de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo;


Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE:

Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar como cargo de destino para la asignación de profesionales que conforman el Cuerpo de Gerentes Públicos, el que se indica a continuación: ENTIDAD SOLICITANTE

Artículo Primero.- Asignar, al Gerente Público que se señala a continuación a la entidad y cargo de destino según el detalle siguiente: GERENTE PÚBLICO Pedro Humberto Jines Arroyo

El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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CARGO

ENTIDAD DE DESTINO

Gerente de Desarrollo Económico

Municipalidad Provincial de Chanchamayo

Artículo Segundo.- El vínculo laboral especial con la Municipalidad Provincial de Chanchamayo se iniciará una vez cumplidas las formalidades a cargo de la referida entidad de destino. Artículo Tercero.- Publicar en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo (e) 748236-5

Aprueban cargos de destino para Gerentes Públicos en el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 033-2012-SERVIR-PE Lima, 31 de enero de 2012 VISTO, el Informe Nº 144-2011-SERVIR/GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM se aprobó el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo Nº 1024; Que, el citado Reglamento establece en su artículo 11º que la Autoridad Nacional del Servicio Civil definirá, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, previo acuerdo del Consejo Directivo, los cargos de dirección o de gerencia de mando medio de destino, susceptibles de asignación de Gerentes Públicos, en el marco de lo establecido en el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024; Que, atendiendo a lo informado por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, corresponde emitir la resolución respectiva conforme al Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión Nº 55-2011, de conformidad con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024 concordante con el artículo 11º del Reglamento; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; De conformidad con el literal o) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad

Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -SENCICO-

CARGOS DE DESTINO Gerente de Administración y Finanzas Gerente de Planificación y Presupuesto

Artículo Segundo.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo (e) 748296-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Aprueban Índices Unificados de Precios de la Construcción para las Seis Áreas Geográficas, correspondientes al mes de enero de 2012 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 035-2012-INEI Lima, 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO); Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-01-2012/ DTIE, referido a los Índices Unificados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográficas, correspondientes al mes de enero de 2012, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unificados de Precios de la Construcción (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar los Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográficas, correspondientes al mes de enero de 2012, que a la fecha cuentan con la información requerida, tal como se detalla a continuación:


El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

ÍNDICE CÓDIGO

ENERO 2012

30 34 39 47 49 53

354,05 542,76 371,10 448,25 235,20 864,95

460253

Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y a las personas designadas en el Artículo 1º. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Artículo 4º.- Dejar sin efecto la designación dispuesta mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 038-2010-OEFA/PCD de fecha 27 de agosto de 2010.

Regístrese y comuníquese.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RÍOS Jefe

MIKELO NOVA HEREDIA DIAZ Presidente del Consejo Directivo

748614-1

748598-1

ORGANISMO DE EVALUACION

SUPERINTENDENCIA

Y FISCALIZACION AMBIENTAL

NACIONAL DE ADUANAS Y DE

Designan representantes del OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 017-2012-OEFA/PCD

Establecen plazos para el uso de sistemas informáticos y para la presentación del Formulario Nº 845 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 019-2012/SUNAT

Lima, 1 de febrero de 2012

Lima, 1 de febrero de 2012

CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 011-80-RE, modificado por Decreto Supremo Nº 028-97-RE, se crea la Comisión Nacional Permanente Peruana del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/TCA), cuya denominación actual es “Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA)”, en mérito al Decreto Supremo Nº 097-2010-RE; Que, conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 097-2010-RE, la Comisión Nacional está conformada, entre otros, por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, cuyos representantes -un titular y un alterno- deben ser designados mediante Resolución Ministerial o equivalente expedida por la máxima autoridad de la misma, debiéndose notificar dicha designación al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 038-2010-OEFA/PCD de fecha 27 de agosto de 2010 se designó a la representante alterna del OEFA; Que, se ha considerado conveniente designar nuevos representantes titular y alterno del OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA); Con el visado de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 097-2010-RE; y, estando a las facultades conferidas en el artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los representantes del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA ante la Comisión Nacional Permanente Peruana de la Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (CNPP/OTCA), según el siguiente detalle: Bióloga Beatriz Rosario Medrano Secretaria General – OEFA

Alcántara Representante Titular

Abogado Abel Napoleón Saldaña Arroyo Representante Alterno Director de Fiscalización, Supervisión y Aplicación de Incentivos (e) - OEFA

Que el inciso f) del artículo 3º del Decreto Ley N.° 25632 y normas modificatorias, Ley Marco de Comprobantes de Pago, establece que la SUNAT señalará los mecanismos de control para la emisión o utilización de comprobantes de pago, incluyendo la determinación de los sujetos que deberán o podrán utilizar la emisión electrónica; Que mediante el artículo único de la Resolución de Superintendencia N.° 034-2010/SUNAT y norma modificatoria, se autorizó hasta el 30 de junio de 2012 el uso de sistemas informáticos para la emisión de tickets, incluso de aquellos aplicativos informáticos que hubieran sido declarados como máquinas registradoras; Que el citado artículo establece que la autorización a que se refiere el considerando precedente surtirá efecto siempre que hasta el 31 de diciembre de 2011 los usuarios de tales sistemas presenten el Formulario N.° 845 ante los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT o a través de SUNAT Operaciones en Línea; Que es conveniente establecer nuevos plazos para el uso de los aludidos sistemas informáticos, así como para la presentación del Formulario N.° 845; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y norma modificatoria, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario debido a que se limita a permitir un sistema de emisión de comprobantes de pago que ha venido siendo utilizado sin cambios desde el año 2006 (en que fue autorizado por la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Superintendencia N.° 064-2006/SUNAT y normas modificatorias), tiempo suficiente para que se realice algún comentario respecto del mismo; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N.° 25632 y normas modificatorias, el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modificatorias, el artículo 5° de la Ley N.° 29816 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002PCM y norma modificatoria;


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NORMAS LEGALES

SE RESUELVE: Artículo Único.- ESTABLECIMIENTO DE PLAZOS PARA EL USO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y PARA LA PRESENTACIÓN DEL FOMULARIO N° 845 Autorízase hasta el 30 de junio de 2013 el uso de sistemas informáticos para la emisión de tickets, incluso de aquellos aplicativos informáticos que hubieren sido declarados como máquinas registradoras. Dicha autorización surtirá efecto siempre que hasta el 31 de diciembre de 2012 los usuarios de tales sistemas presenten el Formulario N.° 845 ante los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT o a través de SUNAT Operaciones en Línea, el cual está disponible en SUNAT Virtual (http://www.sunat.gob.pe). En el citado formulario se consignará la información detallada en el instructivo publicado en SUNAT Virtual, el mismo que se refiere a: 1. Número de RUC del contribuyente. 2. Datos del software de emisión de tickets. 3. Apellidos y nombres, denominación o razón social del fabricante o proveedor nacional o extranjero del software, según corresponda. 4. Lugar de almacenamiento informático de información de los tickets emitidos. 5. Características del número correlativo. 6. Datos por dispositivo de impresión a declarar, en relación al software. A los sistemas informáticos para la emisión de tickets cuyo funcionamiento se autorice en virtud de la presente resolución, le son aplicables -en lo que no se contraponga con esta norma- las disposiciones del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT y normas modificatorias, referidas a los tickets emitidos por máquinas registradoras. En los tickets que se emitan mediante los mencionados aplicativos, se consignará el número de serie del dispositivo de impresión, con lo cual se entenderá cumplido el requisito a que se refiere el numeral 5.3 del artículo 8° del Reglamento de Comprobantes de Pago. Para modificar cualquier dato del Formulario N.° 845 presentado y/o añadir información al mismo, según sea el caso, los contribuyentes presentarán un nuevo Formulario N.° 845, que deberá contener la información previamente declarada con las modificaciones y/o altas de equipos efectuadas. La información consignada en el último formulario presentado sustituirá en su totalidad a la consignada en el(los) Formulario(s) N.° 845 que se haya(n) presentado con anterioridad. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- VALIDEZ DE LOS FORMULARIOS N.° 845 PRESENTADOS AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 034-2010/SUNAT Los usuarios de sistemas informáticos para la emisión de tickets que hubiesen presentado un Formulario N.° 845 en los términos señalados en el artículo único de la Resolución de Superintendencia N.° 034-2010/SUNAT y norma modificatoria, no estarán obligados a presentar uno nuevo. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria 748303-1

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Dictan disposiciones referidas a la declaración y pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2012 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 020-2012/SUNAT Lima, 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Supremo Nº 057-2005-EF se dictó el Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 8° del citado reglamento, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) es el órgano administrador del mencionado impuesto; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 9.1 del artículo 9° del referido reglamento, los sujetos del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo presentarán la declaración jurada en el medio, forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia; Que el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 091-2005/SUNAT aprobó el Formulario Virtual Nº 1690 Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, a través del cual se presenta la Declaración Jurada Anual del citado impuesto; Que el artículo 3° de la aludida resolución establece el procedimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, exclusivamente a través de SUNAT Virtual; Que resulta necesario establecer el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2012; Que de otro lado, el numeral 9.2 del artículo 9° del Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo dispone que el impuesto podrá ser pagado al contado o en forma fraccionada en cuatro (4) cuotas trimestrales, en el medio, la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia; Que el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 091-2005/SUNAT establece los plazos en los cuales debe realizarse tanto el pago al contado como el pago fraccionado del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, especificando además que los pagos se realizan mediante el Sistema Pago Fácil utilizando para tal efecto el Formulario Virtual Nº 1662 - Boleta de Pago; Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 038-2010 se estableció además la posibilidad de realizar tanto el pago al contado como el pago fraccionado del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, entre otros tributos, a través de SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual Nº 1662 - Boleta de Pago; Que resulta conveniente difundir las fechas de pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario toda vez que sólo se está estableciendo el plazo de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo así como a difundir las fechas de vencimiento del pago al contado y del pago fraccionado del citado Impuesto; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9° del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF, el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501, el artículo 5° de la Ley Nº 29816 y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;


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NORMAS LEGALES

SE RESUELVE: Artículo 1°.- DEFINICIONES Para efectos de la presente resolución, se entenderá por: a) Formulario Virtual Nº 1690 : Al formulario denominado Formulario Virtual Nº 1690 “Impuesto a las Embarcaciones de Recreo” aprobado por el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia Nº 091-2005/ SUNAT. b) Impuesto : Al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo. c) Reglamento : Al Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo aprobado por el Decreto Supremo Nº 0572005-EF. d) Sujetos del Impuesto : A los señalados en el numeral 3.1 del artículo 3° del Reglamento. e) Sistema Pago Fácil : Al Sistema a través del cual los deudores tributarios declaran y/o pagan sus obligaciones tributarias prescindiendo del uso de formularios preimpresos. f) SUNAT Virtual : Al Portal de la SUNAT en la Internet cuya dirección es http://www.sunat. gob.pe. Artículo 2°.- PLAZO PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO DEL AÑO 2012 Los sujetos del Impuesto o de ser el caso, el sujeto obligado al pago, deberán presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto correspondiente al año 2012 hasta el 30 de abril del 2012, utilizando el Formulario Virtual Nº 1690, el cual se encuentra disponible en SUNAT Virtual. Artículo 3°.- PAGO DEL IMPUESTO DEL AÑO 2012 El pago del Impuesto correspondiente al año 2012, se realizará: a) Al contado, hasta el 30 de abril del año 2012, o b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. Cada cuota será equivalente a un cuarto del Impuesto total a pagar. La primera cuota, podrá ser pagada hasta el 30 de abril del 2012. Los vencimientos para el pago de las cuotas restantes serán los siguientes: NÚMERO DE CUOTA Segunda cuota Tercera cuota Cuarta cuota

VENCIMIENTO 31.07.2012 31.10.2012 31.01.2013

La segunda, tercera y cuarta cuota deberán ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el período comprendido desde el vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al del vencimiento del pago de la cuota correspondiente. Los sujetos del Impuesto o en su caso, el sujeto obligado al pago del Impuesto, según la modalidad de pago por la que hubieran optado, deberán realizar el pago del Impuesto a través del Sistema de Pago Fácil mediante el Formulario Nº 1662 Boleta de Pago o a través de SUNAT Virtual utilizando el Formulario Virtual Nº 1662 - Boleta de Pago. Para tal efecto, se informará como código de tributo “7151 - Impuesto a las Embarcaciones de Recreo” y como período, el que corresponda al mes y al año de vencimiento de la obligación, como sigue: FORMA DE PAGO a) Pago al contado b) Pago fraccionado Primera cuota

PERÍODO 04-2012 04-2012

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FORMA DE PAGO Segunda cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota

PERÍODO 07-2012 10-2012 01-2013

En el caso de las transferencias de propiedad a que se refiere el numeral 9.6 del artículo 9° del Reglamento, el transferente deberá efectuar el pago total del Impuesto hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 748303-2

ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Designan responsables titular y suplente de entregar información solicitada al FONAFE en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE DIRECCION EJECUTIVA N° 070-2011/DE-FONAFE San Isidro, 24 de noviembre de 2011 LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONAFE: VISTO, el Memorando No. 239-2011/GO-FONAFE, emitido por la Gerencia de Operaciones de FONAFE mediante el cual propone el cambio del titular de entregar la información solicitada a FONAFE en virtud de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante el Decreto Supremo No. 072-2003PCM, se establece como una de las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad el designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, mediante la Resolución No. 060-2010/DEFONAFE, de fecha 30 de noviembre de 2010, la Dirección Ejecutiva de FONAFE designó al señor Franklin Salvatierra Saldaña, como responsable de entregar la información solicitada al FONAFE en virtud de la Ley No. 27806;


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Que, a partir del día 21 de setiembre de 2011, el señor Franklin Salvatierra Saldaña dejó de laborar en FONAFE, en cuyo reemplazo, la Gerencia de Operaciones a través del Memorando No. 239-2011/ GO-FONAFE propone a la señora Tania Jezabel Valera Morey y mediante el correo electrónico de fecha 21 de noviembre de 2011, la referida Gerencia nos confirma que permanecerá como suplente, el señor Yuri Gary Céspedes Reynada; Que, ante la propuesta presentada y considerando los motivos antes expuestos, es preciso dejar sin efecto la referida Resolución de Dirección Ejecutiva No. 060-2010/ DE-FONAFE; Que, considerando el Acuerdo de Directorio N° 0012003/015-FONAFE mediante el cual se aprobó el régimen de poderes de la Dirección Ejecutiva señalándose, entre otros temas, que ésta cuenta con las facultades para planificar, organizar, dirigir y controlar la gestión de la empresa matriz FONAFE; SE RESUELVE: Artículo Primero: Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva No. 060-2010/DE-FONAFE. Artículo Segundo: Designar a la señora Tania Jezabel Valera Morey como responsable titular de entregar la información solicitada a FONAFE en virtud de la Ley No. 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento y designar como responsable suplente, al señor Yuri Gary Céspedes Reynaga. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIO GONZALES DEL CARPIO Director Ejecutivo 748294-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Sala Laboral de Vacaciones de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Oficina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 091-2012-P-SJLI/PJ Lima, 31 de enero del 2012 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 040, 054 y 064-2012P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDOS: Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 0542012-P-CSJLI/PJ, se dispone la conformación de la Sala Laboral de Vacaciones para el presente Año Judicial, designándose como Presidenta a la doctora Elina Hemilce Chumpitaz Rivera, sin embargo mediante la Resolución Administrativa Nº 064-2012-P-CSJLI/PJ, se toma conocimiento que la referida magistrada se encuentra con descanso médico hasta el 06 de febrero del año en curso. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior y con el fin de no alterar el normal desarrollo de los órganos

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jurisdiccionales de esta Corte Superior, resulta necesario proceder a emitir el pronunciamiento respectivo. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la permanencia del doctor JUAN CARLOS CHÁVEZ PAUCAR, como Juez Superior integrante de la Sala Laboral de Vacaciones, a partir del 01 al 06 de febrero del presente año, por la licencia de la doctora Chumpitaz Rivera, quedando conformada la Sala Laboral de Vacaciones del 01 al 06 de febrero de la siguiente manera: Sala Laboral de Lima: Dr. Fernando Montes Minaya Dra. Mariem Vicki de la Rosa Bedriñana Dr. Juan Carlos Chávez Paucar

Presidente (T) (P)

Artículo Segundo.- DISPONER que el doctor JUAN CARLOS CHAVEZ PAUCAR, Juez Titular del 24º Juzgado Laboral de Lima, alterne los siguientes Juzgados Especializados de Trabajo: 21°, 22°, 23°, 25° y 26, a partir del 07 de febrero al 01 de marzo del presente año. Artículo Tercero.- DISPONER que el doctor OSCAR F. VELIZ CARDENAS, Juez sólo por el mes de vacaciones del 30º Juzgado Laboral de Lima, alterne adicionalmente a los juzgados asignados mediante Resoluciones Administrativas Nº 040-2012-P-CSJLI/PJ, los Juzgados Especializados de Trabajo: 21°, 22°, 23°, 25° y 26º, del 01 al 06 de febrero del presente año. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 748539-1

Ratifican Coordinadores de Enlace entre la Corte Superior de Justicia de Lima y la Defensoría del Pueblo para el Año Judicial 2012 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 092-2012-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero de 2012 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 094-2011-P-CSJLPJ; del veinte de enero de dos mil once; y el oficio Nº 010-2012/DP-AAC remitido por Fernando Castañeda Portocarrero, Adjunto en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo; y,


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NORMAS LEGALES

CONSIDERANDO: Que, por la Resolución Administrativa de vistos, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ratificó la designación de la doctora Alicia Margarita Gómez Carbajal, Juez Superior Titular de este distrito judicial, en el cargo de Coordinadora de Enlace entre la nuestra Corte Superior y la Defensoría del Pueblo; asimismo se designó al doctor Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa, como Coordinador de Enlace Adjunto. Que, en el ejercicio del encargo conferido, los representantes de enlace de la Corte Superior de Justicia de Lima, vienen desempeñándose satisfactoriamente, como refiere el documento remitido por la Defensoría del Pueblo señalado en los vistos; resultando oportuno renovarles la confianza en tal encargo tanto a la Coordinadora de Enlace así como al Coordinador de Enlace Adjunto. Que, en ejercicio de las facultades previstas y otorgadas por el artículo 90º en los incisos 3) y 9) de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR a la doctora Alicia Margarita Gómez Carbajal, Jueza Superior Titular, en el cargo de Coordinadora de Enlace entre la Corte Superior de Justicia de Lima y la Defensoría del Pueblo para el presente Año Judicial. Artículo Segundo.- RATIFICAR al doctor Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa, Juez Especializado Titular, como Coordinador de Enlace Adjunto entre la Corte Superior de Justicia de Lima y la Defensoría del Pueblo para el presente Año Judicial. Artículo Tercero.- DISPONER que al finalizar el presente año judicial, la Coordinadora de Enlace presente un informe detallando las acciones realizadas durante el referido periodo. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Defensoría del Pueblo, Oficina de Administración Distrital y de los Magistrados designados. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 748549-1

Ratifican conformación de la Comisión de Magistrados encargados de las actividades del Programa de Protección Social “Justicia en tu Comunidad” CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 093-2012-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero de 2012 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 037-2011-CE-PJ; la Resolución N° 247-2011-P-CSJL-PJ; Resolución Administrativa Nº 334-2011-P-CSJLI-PJ; y, CONSIDERANDO: Que, por las Resoluciones Administrativas de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, máximo órgano de gestión del Poder Judicial, dispuso la institucionalización del programa de proyección social “Justicia en tu Comunidad”, disponiendo que los Presidentes de las Cortes Superiores

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de Justicia del país sean los responsables de implementar el mencionado programa social, en los distritos judiciales de su respectiva competencia. En tal línea, el despacho de la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso la implementación de tal programa mediante la instalación de una comisión de Magistrados, cuyo objetivo fue la creación de espacios informativos, de capacitación, de coordinación y de concertación con la sociedad civil, para la difusión de los valores democráticos y respecto de los derechos fundamentales de la persona. Que en la ejecución de las actividades del Programa Social “Justicia en tu Comunidad” en la Corte Superior de Justicia de Lima, se han logrado entablar relaciones de confianza y acercamiento con la población, quien refuerza por este medio su confianza con el sistema de administración de justicia y los jueces que la integran, a través de su participación activa en actividades de proyección social directa. La comisión de magistrados ha desplegado una loable labor que ha sido reconocido formalmente por este despacho, en cuya atención es pertinente disponer su continuidad resaltando el especial liderazgo asumido por su presidenta. En uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR la conformación de la Comisión de Magistrados encargados de las actividades del Programa de Protección Social “Justicia en tu Comunidad”, cuya conformación actual es como sigue: Dra. Carmen Julia Cabello Matamala Dr. Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa Dr. Miguel Ángel Días Cañote Dra.- Jenny López Freitas Dra. Xuany Reátegui Meza Dr. Omar Abraham Ahomed Chávez Dra. Fabiola Milagros Sotomayor Torres Lic. Elvis Raúl Ojeda Jopuy

Presidenta Integrante Integrante Integrante Integrante Integrante Integrante Integrante

Artículo Segundo.La Comisión tendrá que DISEÑAR y EJECUTAR el Plan de Trabajo correspondiente al presente año judicial; de conformidad con lo establecido en la Resolución Administrativa Nº 037-2011-CE-PJ. Artículo Tercero.- La Comisión deberá presentar a la Presidencia de esta Corte Superior el Plan de Trabajo 2012, en el plazo de TREINTA DÍAS desde la publicación de la presente resolución. Sin perjuicio de este plazo, la Comisión podrá planificar y ejecutar tareas y estrategias adicionales que favorezcan el debido desarrollo del indicado programa social. Artículo Cuarto.- ORDENARON al Jefe de la Oficina de Administración Distrital de la Corte – Gerencia de Administración Distrital, brinde a la Comisión las facilidades necesarias para el mejor desempeño de las actividades de la presente comisión, dentro del marco presupuestal asignado a nuestra Corte Superior de Justicia de Lima dentro de la normativa que la regula. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura, a la Oficina de Administración Distrital – Gerencia de Administración Distrital. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 748550-1


NORMAS LEGALES

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Ratifican a Magistrada Coordinadora Encargada de los Remates, Incineración, Donaciones y Adjudicaciones de las Cosas Materia del Delito y Efectos Decomisados CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 094-2012-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero de 2012 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 3512009-P-CSJLI/PJ, ratificada por Resolución Administrativa N° 172-2011-P-CSJLI/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, designó a la doctora María Teresa Ynoñan Villanueva de Timarchi, como Magistrada Coordinadora encargada de los remates, incineración, donaciones y adjudicaciones de las cosas materia de delito y efectos decomisados, en adición a sus funciones jurisdiccionales. Que, en atención de la notable labor desplegadas durante el año próximo pasado por la Jueza mencionada, se estima pertinente reiterarle la confianza en el encargo encomendado. Que, en uso a las facultades previstas por el Artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR a la doctora MARIA TERESA YNOÑAN VILLANUEVA DE TIMARCHI, como Magistrada Coordinadora Encargada de los Remates, Incineración, Donaciones y Adjudicaciones de las Cosas Materia del Delito y Efectos Decomisados, en adición a las funciones propias del cargo que ostenta. Artículo Segundo.- DISPONER que la Magistrada Coordinadora emita INFORME, con una periodicidad BIMESTRAL a este Despacho sobre la labor que viene desempeñando. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura y Oficina de Administración Distrital, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 748551-1

Ratifican a Director de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 095-2012-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero de 2012 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 092-2011-PCSJLI-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ratificó al Doctor José Antonio Neyra Flores

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como Director de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, el Doctor José Antonio Neyra Flores, conjuntamente con su equipo de trabajo ha desplegado una notable labor al frente de la escuela de auxiliares jurisdiccionales y administrativos, motivo por el que se estima pertinente ratificarlo en el cargo de Director de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales y Administrativos para el presente año judicial 2012, en adición a las funciones propias de su cargo. Que, por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, para el presente año judicial 2012, al Dr. JOSE ANTONIO NEYRA FLORES, como Director de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, en adición a las labores propias de su cargo. Artículo Segundo.- DISPONER que en el plazo de TREINTA DÍAS, se presente el Plan de Actividades Académicas a desarrollar durante el presente año. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a las Oficinas de Administración Distrital – Gerencia de Administración Distrital, Oficina de Protocolo y Oficina Prensa e Imagen Institucional, brinder las facilidades requeridas por la Dirección de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales para la ejecución de las actividades programadas, ello dentro del marco presupuestal asignado y conforme la normativa vigente. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal, Oficina de Protocolo y al Magistrado ratificado; para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 748561-1

Designan miembros de la Comisión de Dirección del Coro Polifónico de la Corte Superior de Justicia de Lima para el Año Judicial 2012 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 096-2012-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero de 2012 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 099-2011-P-CSJLI/PJ de fecha 20 de enero del 2011 emitida por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y el Oficio Nº 001-2012-CP-CSJLI/PJ cursado por la Presidenta de la Comisión de Dirección del Coro Polifónico de la Corte Superior de Justicia de Lima, y CONSIDERANDO: Que, es política de gestión de gobierno de esta Presidencia, fomentar e incentivar la identificación institucional, construyendo las bases sólidas y necesarias para crecer y fortalecer la familia judicial, así como la unidad de sus magistrados y personal, tanto jurisdiccional como administrativo. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 0992011-P-CSJLI/PJ de fecha 20 de enero del año 2011 se


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NORMAS LEGALES

designó a los integrantes de la Comisión de Dirección del Coro Polifónico para el año judicial 2011. Que, mediante oficio de vistos la Presidenta de la Comisión de Dirección del Coro Polifónico de la Corte Superior de Justicia de Lima - 2011 solicita la designación de los miembros que integrarán la referida comisión para el presente año judicial, así como presenta su correspondiente plan de actividades para el presente año. Que, se debe precisar que la referida comisión ha desempeñado su labor cultural en forma satisfactoria durante el Año Judicial 2011, haciéndose necesario designar a los integrantes para el presente año judicial, aprobar su plan de actividades y autorizar su participación en actos y ceremonias oficiales que se programen. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la ley Orgánica del Poder Judicial.

Artículo Primero.- DESIGNAR a los miembros integrantes de la Comisión de Dirección del Coro Polifónico de la Corte Superior de Justicia de Lima para el Año Judicial 2012, la misma que estará conformada por los jueces y personal jurisdiccional y/o administrativo que a continuación se indica, cuyas funciones son en adición a las propias del cargo que actualmente ostentan: Dra. Clotilde Cavero Nalvarte Presidenta. Juez Superior Titular Integrante de la Sala Penal Nacional. Vice-Presidente. Secretaria. Primer Vocal

Artículo Segundo.- APROBAR el plan de actividades presentado por la Presidenta de la Comisión de Dirección del Coro Polifónico, disponiendo su ejecución y debiendo dar cuenta a este Despacho periódicamente de los avances del mismo. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a las Oficinas de Administración Distrital – Gerencia de Administración Distrital y Oficina de Protocolo y Oficina de Prensa e Imagen Institucional, brinden las facilidades requeridas por la comisión para la ejecución de las actividades programadas, ello dentro del marco presupuestal asignado y conforma la normativa vigente. Artículo Cuarto.- DISPONER que las labores de supervisión, dirección y control del Coro Polifónico de esta Corte Superior de Justicia, recaen en la Comisión mencionada tendrá a su cargo; facultándoseles para realizar las gestiones y trámites indispensables para su tecnificación y actividades de proyección social hacia la comunidad. Artículo Quinto.- DISPONER la participación del Coro Polifónico en las actividades, actos y ceremonias oficiales programadas por el Poder Judicial y la Corte Superior de Justicia de Lima, para lo cual deberán solicitar oportunamente el permiso de salida de sus integrantes, sea para tal fin o para participar en los ensayos que se programen. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Defensoría del Pueblo, Oficina de Administración Distrital y de los Magistrados designados. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 748576-1

Ratifican designación de representantes del Poder Judicial ante Comités de Seguridad Ciudadana CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 097-2012-P-CSJLI-PJ Lima, 30 de enero de 2012 VISTOS La Ley Nº 27933 “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana”; su modificatoria Ley Nº 28863; y la Resolución Administrativa Nº 163-2011-P-CSJLI-PJ de fecha 09 de febrero de 2011, y la Resolución Administrativa Nº 827-2011-P-CSJLI-PJ del 20 de octubre de 2011. CONSIDERANDO:

SE RESUELVE:

Dr. Jorge Luis López Pino Juez especializado en lo Civil Beatriz Andrea Ríos Bravo Asistente Administrativo Zaida Fernández Morales Administradora de Lima Este

460259

Que, mediante las Resoluciones Administrativas de vistos, se designó a los representantes del Poder Judicial en el Comité de Seguridad Ciudadana, tanto a nivel provincial y como a nivel distrital, correspondiente a la Corte Superior de Justicia de Lima, así como a un representante alterno para el caso del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana. Que, resaltamos la labor desplegadas tanto por la Dra. Lucía María La Rosa Guillén como por los diferentes Jueces Mixtos y Jueces de Paz Letrados en las Comisiones de Seguridad Ciudadana, la que han sido desplegadas en adición a las ya recargadas labores propias del cargo que ostentan; por lo que se estima pertinente reiterarles la confianza depositada para un nuevo periodo. Que, en uso a las facultades previstas por el Artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR en su designación a la doctora Lucía María La Rosa Guillén, Jueza Superior Titular, como representante del Poder Judicial ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana. Artículo Segundo.- RATIFICAR en su designación a la doctora Gaby Luz Garay Nalvarte Juez Especializada de la Corte Superior de Justicia de Lima, como Representante Alterna de la Dra. Lucía María la Rosa Guillén, ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana y como Representante en el Comité de Seguridad Ciudadana correspondiente a Lima-Cercado; debiendo coordinar la asistencia a las sesiones del Comité de Seguridad Ciudadana con la representante titular. Artículo Tercero.- RATIFICAR en su designación como representantes del Poder Judicial ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, a los Magistrados encargados de los siguientes Órganos Jurisdiccionales: - Juzgado Mixto de la Molina - Cieneguilla Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de la Molina - Tercer Juzgado de Paz Letrado de la Molina Cieneguilla Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla - Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de El Agustino Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de El Agustino - Tercer Juzgado de Paz Letrado de Chorrillos Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chorrillos - Segundo Juzgado de Paz Letrado de Jesús María Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Jesús María - Segundo Juzgado de Paz Letrado de Breña


460260

NORMAS LEGALES

Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Breña - Segundo Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince y San Isidro - Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Juan de Lurigancho - Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Surco y San Borja - Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surquillo Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo - Primer Juzgado de Paz Letrado de Magdalena del Mar Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Magdalena del Mar - Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco y Miraflores - Primer Juzgado de Paz Letrado de MatucanaHuarochirí Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Huarochirí - Juzgado Mixto de Matucana-Huarochirí Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Matucana - Primer Juzgado de Paz Letrado de Chosica Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chosica - Primer Juzgado de Paz Letrado de Chaclacayo Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo - Quinto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de La Victoria - Segundo Juzgado de Paz Letrado del Rímac Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Rímac - Segundo Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Pueblo Libre - Primer Juzgado de Paz Letrado de San Luis Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Luis - Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Santa Anita - Segundo Juzgado de Paz Letrado de San Miguel Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de San Miguel - Primer Juzgado de Paz Letrado de Ate Vitarte Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Ate Vitarte - Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Huaycán. Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Huaycán” Artículo Cuarto.- DISPONER que la labor a desempeñar por los Señores Magistrados mencionados, como integrantes de los Comités de Seguridad Ciudadana, es en adición a sus funciones jurisdiccionales y a las labores propias de su cargo. Artículo Quinto.- Los Señores Magistrados deberán informar periódicamente de la labor desarrollada como integrante de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana; informes que deberán ser encaminados a través de la Representante del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana o su alterna; que deberá informar a este Despacho con una periodicidad TRIMESTRAL o cuando sea requerida, sobre la labor que se viene desempeñando. Artículo Sexto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración Distrital – Gerencia

El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

de Administración Distrital, de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 748577-1

Oficializan Acuerdo de Sesión de Sala Plena Extraordinaria referido a proclamación de integrantes del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios, declaración de candidata en reserva del Distrito Transitorio de Jueces Supernumerarios y establecimiento de orden de prelación del llamamiento para designación de Jueces Supernumerarios CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 1297-2011-P-CSJMO-PJ Moquegua, nueve de Diciembre Del dos mil once.VISTOS: El Acta de Sesión Extraordinaria de Sala Plena de fecha 24 de Octubre del 2011; y, CONSIDERANDO: Primero.- El artículo 65° de la Ley 29277, Ley de la Carrera Judicial, define y clasifica los niveles de los Jueces en Titulares, Provisionales y Supernumerario; definiendo a estos últimos como: “aquellos que no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de Jueces Supernumerarios en su nivel, siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo 239° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial”. Segundo.- El artículo 239° del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial prescribe que “El consejo Ejecutivo del Poder Judicial nombra los Jueces Supernumerarios Superiores y Especializados de la lista de aptos que elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura en estricto orden de méritos y en el número no mayor del treinta por ciento (30%) de los titulares, para cubrir las vacantes que se produzcan; solo asumen las funciones cuado no haya reemplazantes hábiles conforme a ley, previa designación de la Presidencia, Los Consejos Ejecutivos Distritales o las Cortes Superiores en su caso, reglamentan la aplicación del referido artículo” Tercero.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ, de fecha 03 de agosto del 2009, teniendo en cuenta que a esa fecha no se contaba con la lista de aptos elaborada por el Consejo Nacional de la Magistratura para proceder al nombramiento de Jueces Supernumerarios en los Órganos Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios de este Poder del Estado, dispuso el establecimiento transitorio de un Registro de Abogados Hábiles, con el fin de que asuman funciones en dicha condición; para ello se desarrollo un procedimiento único a nivel nacional de convocatoria, calificación y selección bajo similares exigencias impuestas para la selección de magistrados titulares, orientando a garantizar un mejor desempeño funcional de quienes no forman parte de la carrera judicial, en la impartición de justicia, por tal razón el Consejo Ejecutivo creó los Registros Distritales y Transitorios de Jueces Supernumerarios y aprobó su reglamento, dejándose expresa constancia que tales registros tendrán vigencia hasta que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial


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NORMAS LEGALES

proceda al nombramiento de Jueces Supernumerarios, conforme a lo previsto en el artículo 239° de T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Cuarto.- Que, La Comisión Encargada de la Selección Anual de Abogados para Integrar el Registro Distrital de Jueces Supernumerarios designada mediante Resolución de Presidencia N° 704-2011-P-CSJMO-PJ, luego de haber concluido con el Proceso informo a Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua mediante el Oficio Nº 04-2011-CEJS/CSJMO-PJ, los resultados de las evaluaciones realizadas en las diferentes etapas y los resultados finales del proceso, con la indicación de los postulantes con nota final aprobatoria y los postulantes que quedaron en calidad de reserva. Quinto.- Que, conforme lo indica la primera Disposición Final del Reglamento Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios prescribe que son candidatos en reserva aquellos abogados que no habiendo aprobado las etapas de calificación curricular documentada o evaluación psicológica Y/o psicométrica o entrevista personal; serán tomados en cuenta por la Sala Plena en casa Distrito Judicial para que asuman la función jurisdiccional; siempre y cuando no hubiesen jueces supernumerarios que puedan asumir dicha función. Sexto.- Que, el artículo 25 del Reglamento del Registro Distrital Trasitorio de Jueces Supernumerarios establece que la Sala Plena seleccionará a los postulantes que hubieran obtenido nota final aprobatoria de acuerdo a las estipulaciones del Reglamento y las pautas establecidas por la Comisión, prescribe también que luego de publicada la lista oficial con los candidatos seleccionados por la Sala Plena, automáticamente se incorporan en el Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios. Séptimo.- Que, precisa también que en el supuesto que algunos Distritos Judiciales no cuenten con Jueces Supernumerarios o Candidatos en Reserva, al haber sido desaprobados sus postulantes, la Sala Plena respectiva podrá hacer el llamamiento como tales a los aprobados en otros Distritos Judiciales. Octavo.- Que, estando al marco normativo señalado, en sesión de Sala Plena Extraordinaria del 24 de Octubre del 2011, en mérito a lo dispuesto por el citado reglamento y en atención a que conforme a los resultados finales remitidos por la Comisión Encargada, obtuvieron nota final aprobatoria como Integrantes del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de nuestra Corte Superior y como Candidatos en reserva un postulante en la Especialidad de Juez de Paz Letrado, que habiendo aprobado el examen escrito no superó la etapa de evaluación curricular. Noveno.- Que, además establecieron el orden de prelación del llamamiento para la designación de Jueces Supernumerarios en nuestra Corte Superior, teniendo en consideración lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de la Carrera Judicial, el Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios y la Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ, a ser aplicado por la Presidencia de la Corte Superior en la designación de Magistrados. Que, estando a las consideraciones expuestas, las normas invocadas, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece como obligación del Presidente de Corte Ejecutar los acuerdos de la Sala Plena; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OFICIALIZAR EL ACUERDO de Sesión de Sala Plena Extraordinaria del 24 de Octubre del 2011 referido a:

APELLIDOS Y NOMBRES

460261 CARGO A QUE POSTULA

NOTA DE EXAMEN ESCRITO (50%) Lo tomó la Amag

NOTA CURRICULAR (25%)

ENTREVISTA PERSONAL (25%)

1

VALDIVIA ESCALANTE, GUILLERMO JULIO

Juez Mixto

68.75

93.65

75.00

76.53

2

SALINAS HUAMAN, HECTOR ALEJANDRO

Juez Mixto

60.00

69.25

68.00

64.31

1

MARIÑAS SOTO, Juez Especializado JACKIE Penal MARLENE

63.75

88.15

70.00

71.40

1

LIMA QUISPE, IVONNE LISETA

Juez Especializado de Familia

65.00

96.50

73.00

74.87

B. Declarar, como candidata en reserva del Distrito Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Moquegua a la siguiente postulante:

N° 1

APELLIDOS Y NOMBRES Vizcarra Santos Giuliana Elizabeth

CARGO A QUE POSTULA

NOTA DE EXAMEN ESCRITO (50%) Lo tomó la Amag

Juez de Paz Letrado

62.50

C. Establecer que de acuerdo al TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley de la Carrera Judicial la Resolución Administrativa N° 243-2011-CE-PJ y la Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ, el orden de prelación del llamamiento para la designación de Jueces Supernumerarios en el siguiente: 1. Registro de Jueces Supernumerarios del Consejo Nacional de la Magistratura; 2. Registro Distrital Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; 3. Candidatos en reserva del Registro Distrital Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; 4. Registro Transitorio y Candidatos en reserva de otras Cortes Superiores; Segundo.- DISPONER que la presente Resolución Administrativa sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario Judicial, luego de lo cual los postulantes seleccionados por la Sala Plena, cuyos datos son seleccionados por el artículo primero de la presente resolución, serán incorporados en el Registro Distrital Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Tercero.- DISPONER que el Encargado del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial ponga en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, los resultados del mismo. Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución Administrativa, en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Presidencia del Poder Judicial, de Gerencia General del Poder Judicial, de la Comisión Encargada de la Selección Anual Transitorio de nuestra Corte Superior del Responsable del Registro, de la Oficina Administración y de los interesados para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

A. Aprobar la Propuesta de la Comisión Encargada de la Selección Anual de Abogados, seleccionado y proclamado como integrantes del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a los postulantes con nota final aprobatoria, conforme al siguiente detalle:

NOTA FINAL

MOISÉS QUISPE AUCCA Presidente Corte Superior de Justicia de Moquegua 747960-1


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NORMAS LEGALES

460262

ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, correspondiente al mes de febrero de 2012

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan registrales del Estado del Centro Calaguaya

delegación de funciones a la Oficina de Registros Civil de la Municipalidad Poblado San Francisco de

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 029-2012-JNAC/RENIEC

CIRCULAR Nº 0002-2012-BCRP

Lima, 31 de enero de 2012 Lima, 1 de febrero de 2012 VISTOS: El índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de febrero es el siguiente: DÍA

ÍNDICE

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29

7,49099 7,49073 7,49046 7,49020 7,48994 7,48968 7,48942 7,48916 7,48889 7,48863 7,48837 7,48811 7,48785 7,48758 7,48732 7,48706 7,48680 7,48654 7,48628 7,48601 7,48575 7,48549 7,48523 7,48497 7,48471 7,48444 7,48418 7,48392 7,48366

El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley No. 26598). RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 748333-1

El Informe N° 000008-2012/GPRC/SGIRC/RENIEC (11ENE2012) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, el Oficio N° 000066-2012/GRC/RENIEC (12ENE2012) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N°000014-2012/GPRC/RENIEC (25ENE2012) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado) Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya, Distrito de Mariatana, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularización de delegación de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fin de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº


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NORMAS LEGALES

855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, en vía de regularización la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya, Distrito de Mariatana, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima. Artículo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya, Distrito de Mariatana, Provincia de Huarochiri, Departamento de Lima; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.

460263

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 105-2011JNAC/RENIEC (04MAR2011), se designó al señor JUAN JOSÉ BETETA HERRERA, en el cargo de Sub Gerente de Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen Institucional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, con fecha 30 de enero de 2012, el señor JUAN JOSÉ BETETA HERRERA, presentó carta de renuncia a la Institución, solicitando se le exonere del plazo de preaviso de renuncia, considerándose como último día de prestación de servicios, el 31 de enero de 2012; Que, se ha considerado pertinente exonerar del plazo de preaviso al señor JUAN JOSÉ BETETA HERRERA y aceptar su renuncia al cargo de confianza de Sub Gerente de Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen Institucional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, siendo su último día de prestación de servicios el 31 de enero de 2012; Que, a través del Informe del Visto, la Sub Gerencia de Administración de Personal, informa que la señorita SUSANA LUZMILA VITAL REYES, cumple con el perfil establecido en el Manual de Organización y Funciones del RENIEC, para desempeñar el cargo de Sub Gerente de Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen Institucional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010JNAC/RENIEC (29SET2010) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS – Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

Regístrese, publíquese y cúmplase.SE RESUELVE: JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 748607-1

Aceptan renuncia y designan Subgerente de Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen Institucional del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 030-2012-JNAC/RENIEC Lima, 31 de enero del 2012 VISTOS: El Oficio Nº 000083-2012/GII/RENIEC (31ENE2012) y el Informe N° 000008-2012/GRH/SGAP/RENIEC (31ENE2012) de la Sub Gerencia de Administración de Personal, y; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Ley Nº 26497; Que, el artículo 11° de la mencionada Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la Institución; Que, en virtud a lo estipulado en el numeral 2) del artículo 4° de la Ley N° 28175 – Ley Marco del Empleo Público, el cargo de confianza es de libre designación y remoción;

Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia formulada por el señor JUAN JOSÉ BETETA HERRERA, dándose por concluida su designación en el cargo de confianza de Sub Gerente de Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen Institucional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y vínculo contractual correspondiente, exonerándosele del plazo de preaviso de renuncia, siendo su último día de prestación de servicios el 31 de enero de 2012, agradeciéndole por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del 01 de febrero de 2012, a la señorita SUSANA LUZMILA VITAL REYES, en el cargo de confianza de Sub Gerente de Prensa y Comunicaciones de la Gerencia de Imagen Institucional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Recursos Humanos. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 748607-2

MINISTERIO PUBLICO Cesan a Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de Lima designado en la Novena Fiscalía Superior Civil de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 287-2012-MP-FN Lima, 31 de enero del 2012


460264

NORMAS LEGALES

VISTO Y CONSIDERANDO: El Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – Reniec, que certifica el sensible fallecimiento ocurrido el día 19 de enero del 2012, del doctor Jorge Eduardo Maldonado Vergara, Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de Lima, designado en el Despacho de la Novena Fiscalía Superior Civil de Lima; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo prescrito por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

El Peruano Lima, jueves 2 de febrero de 2012

Artículo Cuarto.- DESIGNAR al doctor ALFREDO FIDEL CCOPA OSORIO, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por motivo de fallecimiento al doctor JORGE EDUARDO MALDONADO VERGARA, Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de Lima, designado en el Despacho de la Novena Fiscalía Superior Civil de Lima, materia de la Resolución Nº 1482-2007-MPFN, de fecha 21 de diciembre del 2007, a partir del 19 de enero del 2012. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura, la presente Resolución, para la cancelación del Título, materia de la Resolución Nº 004-1994-JHM, de fecha 10 de mayo de 1994. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-1

Dan por concluidas designaciones y nombramientos, aceptan renuncias, designan y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Lima, Amazonas, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Junín y La Libertad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 297-2012-MP-FN Lima, 1 de febrero del 2012

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 298-2012-MP-FN Lima, 1 de febrero del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor YANN VERHEYE ASALDE, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima y su designación en el Despacho de la Sétima Fiscalía Superior Civil de Lima, materia de la Resolución Nº 1206-2010-MP-FN, de fecha 19 de julio del 2010. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-3 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 299-2012-MP-FN

VISTO Y CONSIDERANDO: Lima, 1 de febrero de 2012 Que, por necesidad del servicio y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Décima Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de la Resolución Nº 134-2010MP-FN, de fecha 20 de enero del 2010. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del doctor ALFREDO FIDEL CCOPA OSORIO, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima, materia de la Resolución Nº 998-2011-MP-FN, de fecha 10 de junio del 2011. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor DAVID LUIS SOTOMAYOR SAAVEDRA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Pool de Fiscales de Lima.

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante documento recibido con fecha 27 de enero del 2012, cursado por la doctora Tula María Fernández Flores, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Omia, formula renuncia al cargo, por motivos personales; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora TULA MARÍA FERNÁNDEZ FLORES, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Omia, materia de la Resolución Nº 2176-2011-MP-FN, de fecha 09 de noviembre del 2011.


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NORMAS LEGALES

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-4 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 300-2012-MP-FN Lima, 1 de febrero del 2012

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del 2010, sin perjuicio del resultado de las investigaciones por quejas y/o denuncias en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-6 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 302-2012-MP-FN

VISTO Y CONSIDERANDO: Lima, 1 de febrero del 2012 Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2010-MP-FN-JFS, de fecha 29 de enero del 2010, se creó con carácter transitorio, las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales para la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Paucarpata, en el Distrito Judicial de Arequipa, a fin de garantizar una atención oportuna y eficaz en los Despachos Fiscales; Que, por Resolución Nº 007-2012-MP-FN-JFS, de fecha 19 de enero del 2012, se resolvió prorrogar la vigencia de las plazas fiscales creadas con carácter transitorio, materia de la Resolución citada en el párrafo precedente, hasta el 31 de diciembre del 2012; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a la doctora PATRICIA MACARENA DELGADO MESIAS, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Arequipa, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Paucarpata. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Arequipa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-5 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 301-2012-MP-FN Lima, 1 de febrero de 2012

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0034-2012-MP-FN-PJFSCUSCO, recibido con fecha 18 de enero del 2012, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Cusco, eleva la renuncia formulada por el doctor Ángel Horacio Chicata Valdivia, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial del Cusco, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Canchis, por motivos personales, con efectividad a partir del 03 de enero del 2012; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor ÁNGEL HORACIO CHICATA VALDIVIA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial del Cusco y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Canchis, materia de la Resolución Nº 1588-2010-MP-FN, de fecha 29 de setiembre del 2010, con efectividad al 03 de enero del 2012. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Cusco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-7 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 303-2012-MP-FN

VISTO Y CONSIDERANDO: Lima, 1 de febrero del 2012 Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades conferidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora JANET DEL PILAR TIMANÁ PACHERRES, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Chota, materia de la Resolución Nº 577-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a la doctora AGATHA KAREN VERASTEGUI BARAHONA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Junín,


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NORMAS LEGALES

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designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Chanchamayo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Junín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-8 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 304-2012-MP-FN Lima, 1 de febrero del 2012

CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el mencionado cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal, entre el 02 y el 06 de febrero de 2012, de la agencia Pezet, ubicada en Av. Juan Pezet N° 1483, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor ISNARDO JESUS RAMIREZ LLANOS, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de La Libertad, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas – sede Trujillo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de La Libertad, Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas a nivel nacional, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 748636-9

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal de agencias ubicadas en la provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 252-2012 Lima, 20 de enero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice el cierre temporal de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y;

Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 748055-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 482-2012 Lima, 25 de enero de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice el cierre temporal de dos (02) Agencias, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva y; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el mencionado cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal, entre el 11 de febrero y el 20 de marzo de 2012, de las siguientes agencias: - Agencia Fray Luis de León, ubicada en Av. Aviación Nº 289, esquina con calle Fray Luis de León, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. - Agencia Musa, ubicada en Av. La Molina Este Nº 2255, Mz. 3r, lote 14, Urb. Sol de La Molina, III Etapa, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 748055-2


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NORMAS LEGALES

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Aprueban el Reglamento Electoral del Consejo de Coordinación Local del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 257-MDCH Chaclacayo, 26 de enero de 2012 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, referente al Reglamento para la Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Chaclacayo, y;

publicación del íntegro de la presente Ordenanza en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www. munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Desarrollo Social el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 748395-1

Convocan a elecciones de representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y designan Comité Electoral DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2012

CONSIDERANDO: Que, los artículos 1° y 2°, numerales 2 y 17 de la Constitución Política del Perú establecen que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado, y que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley sin sufrir discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole y a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la nación, respectivamente; Que, asimismo, los artículos 197° y 199° de la referida Carta Magna establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el artículo 102° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, define y establece la composición del Consejo de Coordinación Local Distrital asimismo el artículo 104° establece que entre sus funciones estará la coordinación y concertación del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concetado; Que, el artículo 42° inciso g) de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, concordante con el artículo 73° numeral 5 de la Ley Orgánica de Municipalidades señalan que dentro de las competencias y funciones de los gobiernos locales está el aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal, debiendo principalmente promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, organizando los registros de las organizaciones sociales y vecinales de sus jurisdicción; Que, al amparo del inciso 8 y 14 del Artículo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa de lectura y aprobación del acta y por unanimidad se ha emitido lo siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Electoral de Consejo de Coordinación Local del Distrito de Chaclacayo, el mismo que consta de veintitrés (23) artículos, y cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza N° 155-MDCH. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Tecnología de la Información y Comunicaciones la

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Chaclacayo, 26 de enero de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO: CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Municipal N° 257 se aprobó el Reglamento Electoral de Consejo de Coordinación Local del Distrito de Chaclacayo, que su artículo 11° dispone qué funcionarios serán los que conformarán el Comité Electoral. Que, asimismo, el artículo 14° y 15° del citado Reglamento establece que mediante Decreto de Alcaldía se convocará a elecciones de los representantes de las organizaciones del Distrito de Chaclacayo, ante el Consejo de Coordinación Local señalando lugar, fecha y hora de realizacioón de las elecciones. Estando a lo expuesto, a las normas vigentes señaladas y en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DESIGNAR al Comité Electoral que conducirá el proceso, el que estará integrado por los siguientes miembros: Titulares: Daniel Gutierrez Herrera

Gerente de Desarrollo Social

Presidente

Gabriela Mieses Onofre

Jefe de la División de Participación Vecinal

Secretario

Miguel Cuadros Guedes

Gerente General Municipal

Vocal

Suplentes: Luis Carlos Hugo Barrionuevo Zúñiga Gerente de Administración y Finanzas Blanca Gamarra Yanayaco

Gerente de Planeamiento y Presupuesto

Luis Guiribalde Pacheco

Jefe de la Oficina de Control

Artículo Segundo.- CONVOCAR a elecciones de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil del Distrito de Chaclacayo ante el Consejo de Coordinación


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NORMAS LEGALES

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Local Distrital, según el Cronograma Electoral programación establecida: ACTIVIDADES

y la

FECHA

Inscripción de Candidatos

31/01/12 al 20/02/12

Publicación de Lista Provisional de Candidatos

21/02/12

Subsanación de Listas de Candidatos 21/02/12 al 23/02/12 Presentación de tachas

24/02/12

Resolución de tachas

24/02/12

Publicación de Padrón Electoral Definitivo

24/02/12

Publicación de Lista Definitiva de Candidatos

24/02/12

Acto Electoral

11/03/12

Publicación de Resultados

12/03/12

Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Social y División de Participación Vecinal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 748375-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA Aprueban Reglamento Interno y Cuadro de Comisiones del Concejo Municipal ORDENANZA N° 026-2011/MPU-BG Bagua Grande, 28 de diciembre del 2011. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA. Visto, en sesión extraordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo determina el numeral 12 del artículo 9º de la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal la aprobación del Reglamento Interno del Concejo Municipal, a propuesta

del Alcalde y a lo prescrito por el numeral 14, artículo 20º del mismo cuerpo legal; Teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó la siguiente : ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE UTCUBAMBA Y CUADRO DE COMISIONES. Artículo Primero.- APROBAR EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE UTCUBAMBA, conformado por diez (10) capítulos, noventa y ocho (98) artículos, una (01) Disposición Transitoria y dos (2) Disposiciones Finales, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR EL CUADRO DE COMISIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE UTCUBAMBA que forma parte de la presente Ordenanza. POR TANTO. Mando se registre, publique y cumpla. MILECIO VALLEJOS BRAVO Alcalde 747794-1

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad ORDENANZA N° 028-2011/MPU-BG Bagua Grande, 30 de diciembre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE UTCUBAMBA. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Provincial, el Proyecto de Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad Provincial de Utcubamba, documento que permite adecuar el cumplimiento del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Numeral 32 del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 , es atribución del Concejo Municipal, aprobar el Cuadro para Asignación de Personal; Que, el Literal f) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411 dispone, que la Administración Pública, en materia de Gestión de Personal, tomará en cuenta la incorporación paulatina en los Cuadros para Asignación de Personal - CAP y/o en el Presupuesto Analítico de Personal - PAP, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público, de los trabajadores que vienen ejerciendo labores de carácter permanente y propio de la Entidad, bajo la modalidad de contratado o de servicios no personales. Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, se aprueba los Lineamientos Generales para la Elaboración de los Cuadros para Asignación de Personal CAP de las Entidades de la Administración Pública.


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NORMAS LEGALES

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0272011-MPU/BG, se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Utcubamba. Que, el Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 43-2004PCM, que aprueba los Lineamientos Generales para la Elaboración de los Cuadros para Asignación de Personal – CAP de la Entidades de la Administración Pública, establece que el Gobierno Municipal aprobará su Cuadro para Asignación de Personal mediante Ordenanza Municipal. Que, es pertinente emitir la Ordenanza, que formalice el Cuadro para Asignación de Personal CAP, concordante con la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Utcubamba. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto del pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se dicta la siguiente. ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, de la Municipalidad Provincial de Utcubamba, la misma que en el Formato Nº 01, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Autorizar a la Alcaldía efectuar las acciones de coordinación que fueran pertinentes para su implementación, teniendo en cuenta los criterios de racionalización y disponibilidad financiera de la Municipalidad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MILECIO VALLEJOS BRAVO Alcalde 747794-2

Autorizan viaje de Alcalde, Regidor y funcionario a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 002-2012-MPU/A Bagua Grande, 04 de Enero del 2012. EL ALCALDE PROVINCIAL DE UTCUBAMBA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 04 de Enero del 2012, la Invitación formal al señor Alcalde Provincial de Utcubamba Prof. Milecio Vallejos Bravo, que hace el Gobierno Municipal del Cantón, ciudad de Zumba-Provincia de Chinchipe-Ecuador, debidamente representada por su Alcalde Ing. José Alberto Jaramillo Núñez, de fecha 03 de enero del 2012, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, y tienen autonomía económica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional- Ley N° 27680 y concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;

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Que, la citada norma, en su artículo 43° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 señala que “Las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo”; Que, el artículo 9°, numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 regula las atribuciones del Concejo Municipal, estableciendo la autorización de los viajes al exterior del País, en comisión de servicio o representación de la Municipalidad, del Alcalde, Regidores, Gerente Municipal y cualquier otros funcionario; Que, mediante Fax se hace la Invitación formal al señor Alcalde Provincial de Utcubamba Prof. Milecio Vallejos Bravo, que hace el Gobierno Municipal del Cantón, debidamente representada por su Alcalde Ing. José Alberto Jaramillo Núñez, de fecha 03 de enero del 2012, la misma que tiene por finalidad participar de la Sesión Solemne de Aniversario, que se llevará a cabo el día 05 de enero a las 11:00 am en el Complejo Deportivo de la ciudad de Zumba, Provincia de Zamora – Chinchipe - Ecuador; Que, la Ley N° 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 3° establece: “Las Resoluciones de autorizaciones de viajes deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”; Que, mediante Sesión Extraordinaria de Concejo N° 001-2012-CM-MPU, de fecha 04 de enero del 2012, el Pleno del Concejo Municipal acordó por UNANIMIDAD: AUTORIZAR POR UNANIMIDAD AL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA Prof. Milecio Vallejos Bravo, como el Regidor Benigno Román Díaz Irigoin, Isaac Tafur Torres y un representante de la Oficina de Imagen Institucional, para realizar el viaje al exterior del País, con la finalidad de participar en la Sesión Solemne de Aniversario, que se llevará a cabo el día 05 de enero a las 11:00 am en el Complejo Deportivo de la ciudad de Zumba, Provincia de Zamora – Chinchipe - Ecuador. ORDENAR al Secretario General hacer la publicación respectiva conforme a Ley; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal de Utcubamba, con el VOTO UNANIME del Pleno del Concejo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR POR UNANIMIDAD AL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE UTCUBAMBA Prof. Milecio Vallejos Bravo, así como el Regidor Benigno Román Díaz Irigoin, Isaac Tafur Torres y un representante de la Oficina de Imagen Institucional, para realizar el viaje al exterior del País, con la finalidad de participar en la Sesión Solemne de Aniversario, que se llevará a cabo el día 05 de enero a las 11:00 am en el Complejo Deportivo de la ciudad de Zumba, Provincia de Zamora Chinchipe - Ecuador. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General el cumplimiento de la presente Resolución y su publicación en el Diario Oficial El Peruano de conformidad con la Ley N° 27619 y a la Oficina de Cómputo e Informática la publicación en el Portal Institucional de esta Municipalidad. Artículo Tercero.- NOTIFICAR el presente acto administrativo al interesado y a las instancias internas competentes de la Municipalidad Provincial de Utcubamba. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILECIO VALLEJOS BRAVO Alcalde 747794-3


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NORMAS LEGALES

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