PROYECTO DE REGULACIÓN HORARIA DE 16 HORAS DE TRABAJO MÁXIMAS POR AUTO-TAXI

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PROYECTO DE REGULACIÓN HORARIA DE 16 HORAS DE TRABAJO MÁXIMAS POR AUTO-TAXI Propuesta para que el Ayuntamiento de Madrid establezca una nueva regulación horaria de trabajo de lunes a viernes, limitando a 16 horas diarias la prestación de servicio por cada licencia de auto-taxi, respetando lo establecido para sábados, domingos y festivos entre semana, así como el actual día de libranza. INTRODUCCIÓN Existe actualmente una situación de crisis económica nacional, mundial, y sobre todo en el sector del taxi de Madrid, que se viene arrastrando desde hace muchos años debido al exceso de licencias 15.704 y sobre todo al actual sistema de trabajo. Además, con la entrada en vigor del Reglamento del Taxi Comunidad de Madrid, decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo, que contempla la entrada de empresas en el sector del taxi, provocando un gran incremento en el número de solicitudes de permisos municipales de circulación (más de 110.000 permisos en la actualidad) y sobre todo un aumento considerable en más de un 100% en el número de asalariados desde la entrada en vigor de dicho reglamento, que tampoco contempla la dedicación exclusiva a la profesión. Todos lo podemos ver en las calles, existe un enorme desequilibrio entre la oferta y la demanda de taxis dentro del área unificada de prestación conjunta de Madrid. Miles de taxis circulando en vacío, las paradas emblemáticas rebosando a cualquier hora y en cualquier esquina de Madrid con taxis mal posicionados. El sector lo está pasando realmente mal, la caída de la demanda de pasajeros que utilizan este servicio público ha caído desde mediados del 2007 hasta un 40% y sigue aumentando, sin tener perspectivas de que algún día termine.

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Todo lo comentado anteriormente ha provocado un gran aumento en el número de auto-taxi que trabajan las 24 horas al día. Este aumento diario no beneficia para nada al autónomo que trabaja sólo, que ha tenido que aumentar considerablemente su jornada laboral. Así es importante destacar que en la actualidad, más de 8.000 auto-taxi trabajan las 24 horas del día, y en el caso de que la totalidad del sector 15.704 licencias hicieran lo mismo, provocaría tal quiebra, que sería necesario un ajuste laboral de horas de trabajo diarias máximas por auto-taxi, limitando mediante el taxímetro la prestación del servicio. Si prestamos atención a las mejoras de la clase trabajadora en este siglo y las comparamos con la situación del trabajador autónomo del taxi nos damos cuenta de la desigualdad existente tanto en el ámbito laboral (jornada de trabajo, recaudación, descanso…) como con la protección social. Las jornadas laborales que realizan algunos profesionales autónomos del taxi para subsistir rondan las 80 0 90 horas semanales (más del doble de las realizadas por un trabajador por cuenta ajena) soportando altos índices de estrés, ansiedad y fatiga causada por la circulación urbana y la falta de clientela. Con el paso de los años y la mejora de los transportes colectivos, en extensión y frecuencias, el aumento del parque automovilístico y la pérdida de muchos servicios que se hacían antes (los sanitarios, por ejemplo) han hecho innecesario nuestro servicio más de lo previsible. Para acabar con la actual situación, aunque se llegara a un acuerdo entre Ayuntamiento de Madrid y las asociaciones representativas del sector para hacer una reestructuración, nunca sería viable una posible retirada de licencias sin hacer antes una regulación de las horas máximas de trabajo diarias que puede realizar un auto-taxi. Es decir, sería necesaria la retirada de al menos 7500 licencias, por que la totalidad del sector podría poner a trabajar su Auto-Taxi las 24 horas del día debido a que aumentaría la rentabilidad hora trabajada. Retirar 3000 o 7500 licencias sería una solución a muy largo plazo (20 o 30 años), pero en estos momentos es necesaria una alternativa mucho más urgente que combine un nuevo sistema de trabajo mediante la implantación de una regulación horaria de 16 horas de trabajo máximas por auto-taxi, con una posible reducción de licencias a muy largo plazo.

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APLICACIÓN TECNICA DEL SISTEMA DE REGULACIÓN HORARIA DE 16 HORAS TRABAJO MAXIMAS POR AUTO-TAXI DE MADRID

Los ciclos de aplicación del sistema de regulación horaria será de 6 de la mañana a 6 de la mañana del día siguiente de lunes a viernes, respetando los días libranza que tenemos actualmente.

El sistema de regulación horaria no se aplicará de 6 de la mañana del sábado a 6 de la mañana del lunes y tampoco se aplicará para los días festivos entre semana, respetándose el actual sistema de trabajo y descanso para estos días.

Para poder prestar servicio y al objeto de vigilar, comprobar y contabilizar las 16 horas de trabajo máximas por Auto-taxi, no se podrá situar en ninguna parada o recoger servicio de calle o emisora sin el taxímetro y el luminoso indicativo de libre encendido.

La cuenta atrás de 16 horas de trabajo máximas por autotaxi empezaría con el primer encendido del taxímetro dentro del ciclo de trabajo de 24 horas diarias por el que nos regimos actualmente.

Si circulando un auto-taxi en situación de libre y se agotaran las 16 horas de trabajo máxima, el taxímetro se apagaría automáticamente, no pudiéndose poner en marcha hasta las 6 de la mañana del día siguiente que comenzaría un nuevo ciclo de 24 horas.

Cada unidad de auto-taxi no tendría la obligatoriedad de realizar las 16 horas diarias máximas de trabajo seguidas, ya que podría hacer a su voluntad una parada técnica o interrumpir la jornada cuando se considerara oportuno.

No se podrá prestar servicio sin ser visualizada la tarifa que está siendo aplicada en cada momento en el luminoso indicativo.

No se podrá dar ningún servicio de emisora comercial, con el taxímetro y el luminoso apagados.

El taxímetro podrá apagarse las veces que se quiera sin afectar por ello la cuenta atrás del reloj indicativo de las 16 horas máximas de trabajo por auto-taxi, que actuaría de forma independiente y segura con el reloj y calendario del taxímetro. ¿Por qué lo de poder apagar el taxímetro? Entre otras cosas porque cuando prestas un

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servicio desde Madrid a un pueblo fuera de área unificada de prestación conjunta, una vez finalizado el servicio no puedes circular por el mismo, con la disposición de libre, por operativa de trabajo, por un pinchazo o pequeña avería del vehículo, por un trámite administrativo del taxi urgente, etc.

El reloj que controlaría la cuenta atrás de las 16 horas, funcionaría independientemente, aunque se desconecte el taxímetro de la batería del vehículo, al llevar incorporado todos los aparatos una pila, que guardaría los datos al igual que cualquier ordenador.

El sistema permitirá efectuar solo una parada técnica del sistema de forma voluntaria. Esta interrupción podría realizarse de todas las horas que cada uno considere oportunas. Con ella se pararía el reloj de cuenta atrás, pero teniendo en cuenta que si se efectúa una parada menor a 2 horas, no afectará ni parará la cuenta atrás de las 16 horas de trabajo máximas por auto-taxi, o lo que es lo mismo si la parada técnica es de 2 o más horas sí afectaría y pararía el reloj y retomarías tus horas de trabajo que te hubieran quedado cuando hiciste la parada de la cuenta atrás.

¿Por qué se eligen 2 horas de parada técnica? Si se pusiera una parada técnica inferior a 2 horas, muchos la aprovecharían para convertir las 16 horas de trabajo máximo en 17 horas, al aprovechar a lo largo del día algún retorno de un servicio de fuera del área unificada para hacer dicha parada. Cuanto mayor sean las horas de la parada técnica menos auto-taxi la realizarían, exceptuando los vehículos auto-taxi con emisora comercial que por operativa de trabajo, desearan comenzar su jornada laboral a las 3, 4 o 5 de la mañana

Ejemplos prácticos: 1º.- Empiezo a trabajar a las 8 de la mañana y a las 2 de la tarde hago una parada técnica para comer y echarme la siesta de 3 horas. El reloj de la cuenta atrás lo dejé con seis horas de trabajo consumidas y 10 horas de trabajo efectivas en el reloj. Al ser mayor de 2 horas, la parada técnica retomaría mis 10 horas restantes. 2º.- Empiezo a trabajar a las 6 de la mañana y a las 6 de la tarde hago una parada técnica para resolver un asunto administrativo en la que empleo una 1 hora. El reloj de la cuenta atrás lo dejé con 10

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horas de trabajo consumidas y 6 horas de trabajo efectivas en el reloj. Al ser menor de 2 horas, la parada técnica la retomaría con 10+1 consumidas y 5 horas de trabajo restantes. Por lo tanto no tendría sentido hacer la parada técnica para este ejemplo. 3º.- Mi día de libranza es un lunes y tengo emisora comercial. Empiezo a las 6 de la mañana del martes y las 2 de la tarde apago el taxímetro para ir a comer a casa. En la parada empleo 1,30 horas, al encender el taxímetro de nuevo el reloj no se ha detenido de la cuenta atrás de 16 horas, sigo trabajando hasta las 8 de la tarde y quiero acabar mi jornada laboral, por lo que realizo una parada técnica de más de dos horas. Por mi operativa de trabajo me gusta empezar a las 4 de la mañana para aprovechar los servicios de emisora. Como trabajé 14 horas y realicé la parada técnica, a las 4 de la mañana dispondría de mis dos horas restantes en el reloj de la cuenta atrás, dentro de ese mismo ciclo horario de 24 horas. 4º.- Empiezo a trabajar a las 2 de la tarde y a las 3 horas de estar trabajando, sufro una avería en mi vehículo. Por lógica realizo la parada técnica para llevar el vehículo al taller. Luego dependiendo del tiempo de reparación que sería por lógica superior a 2 horas, para no perderlas, haría la parada técnica. 5º.- Un titular de la licencia o conductor asalariado efectúa 8 horas trabajo, realiza la parada técnica de más de 2 horas y se deja al otro conductor asalariado. En el reloj de la cuenta atrás le quedarían 8 horas de trabajo.

El sistema permitirá comenzar la jornada laboral antes de las 6 mañana del día siguiente, siempre que en el ciclo de trabajo de 24 horas diarias de ese mismo día, no se hubieran agotado las 16 horas máximas de trabajo de que dispone una unidad de auto-taxi.

Si se esta realizando un servicio, sobrepasando el límite de 16 horas máximas establecidas, el sistema permitirá terminar dicho servicio y automáticamente al subir bandera, éste pasaría a la posición de apagado del sistema. También pudiera suceder que por la operativa de trabajo de cada uno, coincidiera la terminación de un servicio sobrepasando el límite de 16 horas máximas, con el inicio de un nuevo ciclo de 24 horas.

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Durante el período de parada técnica de la cuenta atrás de las 16 horas de trabajo máximas, un auto-taxi no podrá situarse en paradas, ni recoger servicio de calle o emisora al no estar el taxímetro y el luminoso encendido.

El control visual del sistema propuesto se haría por parte de la policía municipal y los inspectores destinados a tal fin por el Ayuntamiento. OFERTA DE AUTO-TAXI POR DÍA DE LA SEMANA CON LA PROPUESTA DE REGULACION HORARIA DE 16 HORAS

De lunes a viernes:

Con el sistema actual 12.563 auto-taxi trabajan 96 horas.

Con el ajuste a 16 horas X auto-taxi trabajan 64 horas.

La oferta de auto-taxi en el conjunto de las 24 horas del día, con la regulación horaria de 16 horas máximas se quedaría de la siguiente manera X= 8.375 auto-taxi estimados en el ciclo de 24 horas diarias. Con este sistema de trabajo la mayor acumulación de auto-taxi se podría dar, si se agotaran todas las horas disponibles, desde las 14 a las 22 horas, y al ser estas horas de un tráfico intenso y bastantes atascos, los servicios como mal menor, serían como con el sistema actual de trabajo en los primeros dos meses desde la implantación, hasta que se estabilice la mejor forma de trabajar de cada auto-taxi. La mayor rentabilidad de la hora trabajada y dependiendo del día de la semana, sería las primeras del día y las ultimas de la noche. La parada técnica que se empleen para comer, haría que no haya tanta acumulación en esas horas centrales Sábados, domingos y festivos entre semana:

Si se trabajaran las 24 horas del día, la oferta de Auto-Taxi, sería de 7.852 taxis para los sábados Y domingos. La oferta para los sábados desde las 23 horas a 6 de la mañana sería de 15.704

Los días festivos entre semana de 6 de la mañana a 23 horas sería de 6.281taxis y Para los festivos entre semana de 23 horas a 6 de la mañana sería de 12.563 auto-taxi. Las Vacaciones de verano serían de 14 días de descanso

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INFORME ECONÓMICO DEL TAXI La estabilidad laboral y nuestro futuro son muy inciertos. Entendemos muy bien que cuando se entra en crisis económica y el país disminuye su tasa de actividad, el sector del taxi lo sufre de forma muy especial en su recaudación, disminuyendo el número de clientes, pero al contrario los gastos de explotación y mantenimiento más significativos han aumentado considerablemente. GASTOS ANUALES DEL AUTO-TAXI POR TÉRMINO MEDIO:

EUROS

Seguridad social Autónomos

3.020

Seguro del coche

2.252

Combustible

3.882

Amortización del coche, préstamo

3.568

Mantenimiento coche, taxímetro y lavado coche

935,88

Impuesto de la circulación

139,08

Impuestos IVA. IRPF.

797,92

Asociaciones, gestoría y cooperativa

400

RACE

125

Revista municipal y otros gastos

50

Cámara de Comercio

14,93

Cambio de tarifa

40

ITV taxímetro

7,57

ITV coche

50,87 Total gastos anuales:

Total gastos por mes: 1273,60 € Total gastos por día de trabajo: 1273,60 € : 22 días=57,89 € .

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15.283,25


El gasto en combustible puede variar notablemente, dependiendo del precio del crudo, la conducción del taxista y clase del vehículo INGRESOS DEL TAXI POR TÉRMINO MEDIO PARA LOS 4 DIAS LABORABLES DE LUNES A VIERNES QUE SON A LOS QUE AFECTA ESTA REGULACIÓN: El cálculo se efectúa de la siguiente manera: Los 14 días de vacaciones en el mes de agosto están descontados, al igual que los 7 días festivos entre semana que le corresponde a cada licencia de auto-taxi para efectuar el cálculo. OFERTA DE DÍAS Y HORAS DE TRABAJO POR AUTO-TAXI DE LUNES A VIERNES: Días anuales de trabajo

Horas anuales de trabajo

193

4..632

193

3.088

Igual

- 1.544

Sistema de 24 horas actual de trabajo de lunes a viernes Sistema de 16 horas de trabajo máximas de lunes a viernes

Diferencia

Los días laborales licencia.

de lunes a viernes del año de trabajo son 193 por

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BENEFICIO ECONOMICO DE LA REGULACIÓN HORARIA DE 16 HORAS El cálculo estimado de ganancias por taxi/hora trabajada es 9 € en base a las tarifas y la recaudaciones medias diarias del año 2.010 El ingreso medio estimado de un día en 12 horas de trabajo, es de 108 € brutos, lo que supone para esos 4 días de trabajo de lunes a viernes unos 432 € Con el ajuste de lunes a viernes de horas de trabajo por Auto-Taxi de esta propuesta, el número de días trabajados se fija en 193 y el equivalente en horas se fija en 3.088. El beneficiado de recortar por coche 1.544 horas anuales, es el trabajador autónomo que trabaje solo, ya que trabajando una media de 60 horas semanales al año, significaría que deja sin prestar servicio 2.316 horas anuales. Con el sistema de trabajo actual de 96 horas la recaudación diaria de todos los auto-taxi, con 8000 conductores asalariados y sacando una rentabilidad de 9 € hora trabajada sería: - De lunes a viernes: Autónomos 12.563 taxis X 12 h X 9 €/h = Asalariados

8.000 taxis X 12 h X 9 €/h =

La recaudación diaria de los 12.563 taxis =

1.356.804 € 864.000 € 2.220.804 €

Con la implantación de la regulación horaria de 16 horas máximas por día, la rentabilidad de la hora trabajada sería: - De lunes a viernes: 2.220.804 €: 12.563 taxis: 16 h máximas = 11,05 €/h 9€ con el sistema actual de 24 horas y 11,05€ con la implantación de la propuesta de regulación horaria a 16 horas de trabajo máximo por auto-taxi, significaría un aumento de 2,05 €/h trabajada, por lo que el aumento en rentabilidad estimada sería un 22,77 % - Sábados y domingos y festivos entre semana no sufriría cambios por lo que no lo estudiamos.

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ESTUDIO LABORAL DEL SISTEMA DE TRABAJO La mayor parte del sector está compuesto por trabajadores autónomos que trabajan solos, sin conductor asalariado. Esta regulación no tendría sentido, si todos trabajaran así, pero como esto no sucede y hay más de 8.000 auto-taxi que trabajan las 120 0 127 horas semanales dependiendo del día de libranza, y la falta de control se lo permite, en claro perjuicio del autónomo que trabaja solamente una media de más 60 horas a la semana. Por eso esta propuesta está en contra de las empresas, ya que sería inviable que los 15.704 auto-taxi trabajáramos la totalidad de las horas semanales. Esto quiere decir que una minoría tiene que ajustarse a lo que decida la mayoría del sector y este ajuste significaría que se igualarían bastante las recaudaciones por coche, lo trabaje una o más personas. La discusión que hoy está en la calle es la de turnos fijos o flexibles, para los autónomos sin conductor. Los turnos fijos a parte de obligar a un horario, sea de día o noche según el mes, recortan la libertad de trabajar cuando a uno le apetezca y tener el horario que más desee, por ganancias, costumbre, tranquilidad o peligrosidad. Los trabajadores con horarios laborales a turnos o por la noche padecen alteraciones en el sueño y tienen un tres por ciento más de posibilidades de divorciarse, según el gabinete de salud laboral de CCOO. Este gabinete señala que los empleados con cortos turnos rotatorios tienen problemas de sincronización, y añade que por cada 15 años de trabajo nocturno se produce un envejecimiento prematuro de cinco años. Hay muchos informes de la Dirección General de Tráfico o del Colegio de Médicos o de Psicólogos, que nos advierten, con pruebas irrefutables, del daño que puede hacer conducir más de 8 horas. Sería interminable la lista de enfermedades psicológicas y físicas que se padecen como consecuencia de jornadas abusivas: estrés, depresiones, lumbalgias, apneas, problemas de cervicales, ansiedades, fobias, neurosis, desviación de la columna vertebral, obesidad, etc.

ESTUDIO DE LAS ENFERMEDADES MUSCULO ESQUELETICAS EN CONDUCTORES PROFESIONALES DEL TAXI DE MADRID-AÑO 2006 Conserjería Sanidad y Consumo de la Comunidad de Madrid Antecedentes/objetivos: La lumbalgia es un proceso muy frecuente en la consulta diaria que según algunos estudios afecta al 80% de la población en algún momento de su vida, con un diagnóstico complicado y que en aproximadamente un 10% de los pacientes se cronifica requiriendo atención médica continuada. El objetivo del estudio es estimar en una

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población activa de taxistas la prevalencia de lumbalgia puntual y estudiar los factores de riesgo laboral, la actividad física y la calidad de vida asociados a esas entidades Métodos: Estudio transversal mediante cuestionario administrado por personal entrenado a 293 conductores de taxi de Madrid. Para la recogida de datos se contactó con la Sociedad Cooperativa Madrileña de Servicios de auto taxi y la Asociación Gremial Auto Taxi de Madrid, instituciones que representan al 90% de los taxistas en activo. El cuestionario recogía aspectos socios demográficos, factores de riesgo laborales, estado general de salud, enfermedades concomitantes, aspectos de calidad de vida, actividad física y consumo de fármacos. Para las enfermedades músculo esquelético se utilizaba una sección del cuestionario sobre lumbalgia y artritis reumatoide. Resultados y conclusiones: La prevalencia de lumbalgia puntual es del 15,9% ligeramente superior a la encontrada en población general. Siendo esa diferencia mayor cuando analizamos solo en varones, 16,1%. Una menor calidad de vida y el exceso de horas de trabajo en taxistas parecen estar asociadas a lumbalgias puntuales. Estar menos de 7 horas sentado durante el fin de semana son factores protectores.

Otros estudios realizados por otros gabinetes entre el personal de vuelo, ferroviarios, taxistas, siderúrgicos y sanitarios destacan como los principales problemas de los colectivos que trabajan a turnos o por la noches las alteraciones de sueño, que afectan el doble a los hombres que a las mujeres, el aumento de los accidentes laborales. En España hay más de 2,5 millones de trabajadores afectados, según CCOO que propone como solución la reducción de la jornada semanal a 30 horas una utopía para el sector del taxi de Madrid Debido al tráfico y atascos existentes hoy día en Madrid, no sería viable un recorte del horario de trabajo por auto-taxi, superior a 16 horas, ya que la velocidad media en Madrid es muy baja y aunque haya horas de mucha demanda, con esta propuesta se aseguraría que no se quede ningún servicio por hacer y mientras no mejore la circulación, no se podría bajar el número de horas si así se considerara pertinente. Si hace unos años el taxi se utilizaba generalmente más al no existir otras alternativas de transporte público ni privado, o por razones de urgencia, actualmente la calidad que nos diferencia sobre otras formas de transporte es el argumento clave para coger taxis. Con esta propuesta se aspira a mejorar y aumentar la calidad del servicio, que permita

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competir en óptimas condiciones con las otras formas de transpone público y privado. Con esta propuesta solicitamos también que se aumenten las restricciones de tráfico para el coche particular en diferentes zonas del casco antiguo de Madrid, como existen en otras grandes capitales del mundo. También solicitamos un control más exhaustivo de las zonas de aparcamiento, paradas de taxis y carga y descarga de mercancías. Que interfieren en nuestro trabajo diario. También solicitamos la sustitución de determinadas líneas de transporte público deficitarias, por la prestación del servicio con taxis, como se venía haciendo anteriormente

BENEFICIO DEL SISTEMA Aumento de la recaudación diaria en un 22,77% Con este sistema se podrían aumentar o disminuir el número de horas diarias máximas a trabajar en años posteriores dependiendo de la demanda en los próximos años, sin ningún coste económico. También se podría regular las horas a trabajar por conductor asalariado si algún año se implanta. Los auto-taxi de emisora comercial podrían adaptar su trabajo a las horas que consideren oportunas. Al implantar este sistema de regulación de 16 horas máximas por auto-taxi, se pediría, por medio de nuestros representantes, una bajada considerable en el seguro del coche, al disminuir el número de horas que un Auto-Taxi está circulando diariamente. Contribución a un menor del ruido y de las emisiones de CO y otros gases y partículas contaminantes. No se perderían horas de trabajo por una avería. Mejor calidad de vida, al trabajar menos horas para hacer la recaudación y disponer de más horas libres para disfrutar entre otras cosas con la familia.

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Menor desgaste del vehículo o lo que es lo mismo mayor durabilidad.

Contribuir a paliar el tráfico existente dentro de la Comunidad de Madrid Mayor seguridad en la conducción del vehículo al necesitar menos horas para hacer la recaudación diaria. Garantizar más auto-taxi, para la madrugada del viernes noche, comienzo de fin de semana y previsiblemente un gran aumento de demanda, al hacer una parada técnica de más horas y así disponer de horas para la noche.

MEDIDAS MEDIOAMBIENTALES

El Reglamento del Taxi de la Comunidad de Madrid en su artículo 66 ya contempla que el Gobierno de la Comunidad de Madrid, así como los municipios afectos por este Reglamento, propiciarán políticas activas, tanto legislativas como tecnológicas y económicas para la investigación, desarrollo y la implantación en el sector del taxi de nuevas tecnologías de comunicación. En las condiciones técnicas de los auto-taxi se propiciará la introducción de las tecnologías (motorización, diseño, materiales de peso y similares) que permitan la máxima eficiencia energética; la utilización de combustibles renovables; la minimización del ruido y de las emisiones de CO y otros gases y partículas contaminantes, y la optimización de reciclado posible de los materiales empleados, así como la evitación de compuestos órgano-clorados. Medida que ya se viene aplicando en gran medida con vehículos menos contaminantes y que con esta propuesta conseguiríamos una reducción mayor al estar los auto-taxis un 30% menos circulando por la Comunidad de Madrid, como también contribuiríamos a paliar y disminuir el enorme tráfico existente en Madrid.

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NORMATIVA APLICABLE A LA REGULACIÓN HORARIA REGLAMENTO DEL TAXI COMUNIDAD DE MADRID.-DECRETO 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo. Artículo 27.-Taxímetro y módulo luminoso 1. Con carácter general, los vehículos a los que se adscriban las licencias de auto-taxi deberán ir provistos de aparato taxímetro y un módulo luminoso, que permitan en todos los recorridos la aplicación de las tarifas vigentes y su visualización. El taxímetro estará situado sobre el salpicadero del vehículo, en su tercio central, debiendo iluminarse al entrar en funcionamiento, de forma que en todo momento resulte posible para el viajero la lectura del importe del servicio. El módulo luminoso, que deberá situarse en la parte delantera del techo del vehículo, permitirá visualizar desde el exterior la tarifa que está siendo aplicada en cada momento, así como, en su caso, la situación de disponible del vehículo. Taxímetro y módulo luminoso deberán estar debidamente comprobados y precintados por el órgano administrativo competente. Artículo 33.-Ejercicio de la actividad 2. Una vez iniciada la prestación del servicio, los titulares de licencias no podrán dejar de prestarlo durante períodos superiores a treinta días consecutivos o sesenta alternos, sin causa justificada. En todo caso, se considerarán justificadas las interrupciones del servicio durante el tiempo en el que la licencia se encuentre en situación de suspensión temporal o excedencia, de acuerdo con lo previsto en los artículos siguientes, o que sean consecuencia de los descansos a que hace referencia el artículo 41 de este Reglamento. Artículo 41.-Coordinación de descansos 1. Los municipios establecerán, con sujeción a la legislación laboral y de la Seguridad Social que, en su caso, resulte de aplicación, reglas de regulación y organización del servicio, previo informe de las asociaciones representativas del sector en materia de horarios, calendarios, descansos y vacaciones, siempre que el servicio quede garantizado de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.

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2. Igualmente, por razones de ordenación del servicio, previo informe de las asociaciones representativas del sector y centrales sindicales, el Ayuntamiento establecerá un número máximo diario de horas en las que los vehículos adscritos a una licencia de auto-taxi puedan realizar servicios. Artículo 59.-Infracciones muy graves Se considerarán infracciones muy graves: c) La manipulación del taxímetro o de sus elementos, o de otros instrumentos de control que sea obligatorio llevar en el vehículo, destinada a alterar su funcionamiento normal o modificar sus mediciones d) La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que impida el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. Se entenderá incluido en el presente apartado todo supuesto en que los titulares de las licencias impidan, sin causa que lo justifique, el examen por los servicios de inspección de vehículos, instalaciones y documentación administrativa, estadística o contable. Asimismo, se considerará incluida en la infracción tipificada en el presente apartado la desobediencia a las órdenes impartidas por los órganos municipales competentes, por los servicios de inspección o por los agentes que directamente realicen la vigilancia y control del transporte en el uso de las facultades que les están conferidas y, en especial, el no cumplimiento de las órdenes de inmovilización de los vehículos o de desmontaje del taxímetro en los supuestos legalmente previstos. f) El incumplimiento de las obligaciones de prestación del servicio en los términos establecidos en el artículo 33. Artículo 60.-Infracciones graves Se consideran infracciones graves: h) El incumplimiento del régimen de descansos establecido, en su caso, por el municipio, conforme a lo dispuesto en el artículo 41. Artículo 62 .-Sanciones 1. Las infracciones leves, graves y muy graves tipificadas en los artículos anteriores se sancionarán por los órganos competentes conforme a lo dispuesto en el artículo 143, apartados 1 y 2, de la Ley

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16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, así como sus sucesivas modificaciones. 2. Deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo en los supuestos en los que el artículo 143.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, así lo prescribe. En estos casos, a fin de que los viajeros sufran la menor turbación posible, será responsabilidad del transportista buscar los medios alternativos necesarios para hacerlos llegar a su destino. De no hacerlo, dichos medios podrán ser establecidos por la Administración. Los gastos que genere la adopción de tales medidas serán, en todo caso, de cuenta del transportista. Si se niega a satisfacerlos quedará inmovilizado el vehículo hasta que aquéllos sean satisfechos, aunque hubieran desaparecido las causas de la infracción. Artículo 63.-Concreción de las infracciones Las Ordenanzas municipales podrán desarrollar y concretar las infracciones establecidas en el presente Reglamento, introduciendo las especificaciones que sin constituir nuevas infracciones ni alterar la naturaleza de las tipificadas en la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, contribuyan a identificar mejor las conductas sancionables. ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE VEHÍCULOS DE ALQUILER CON APARATO TAXÍMETRO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID. Artículo 51.-Serán faltas imputables a los conductores: Falta grave. Apartado l) No respetar los horarios de servicio fijados o cualquier otra norma de organización o control establecida. Falta muy grave. Apartado c) Efectuar alteraciones o manipulaciones en el aparato taxímetro. Aparatado ll) Circulara prestando servicio con el módulo o capilla con las luces apagadas o tarifas distintas de las autorizadas. Artículo 53.-Serán faltas imputables a los titulares de licencia. Falta grave.

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Apartado e) No respetar los horarios de servicio fijados o cualquier otra norma de organización o control establecida. Falta muy grave. Apartado i) Efectuar o permitir alteraciones o manipulaciones en el aparato taxímetro.

CONCLUSIÓNES Cuando salimos a trabajar con nuestro auto-taxi por las calles de Madrid, empezamos con -57,89 € de gastos de explotación por termino medio, sin contar a todos los compañeros que están amortizando la compra de una licencia auto-taxi. Por tanto la inseguridad de nuestros ingresos nos persigue a diario, debido a que no tenemos clientela estable, llevamos más de dos años y medio, que no podemos aprovisionar un fondo diario para situaciones adversas, como accidentes, averías, enfermedad, deduciendo de esto que vivimos a merced del tráfico y de los imprevistos, generándonos una fuerte inseguridad que nos obliga a tomar decisiones para solventar estos imprevistos como disminuir cuantitativamente nuestros días de vacaciones y sobre todo alargar en exceso nuestras jornadas laborales hasta rozar la insensatez. La atracción que provoca la libertad laboral del autónomo se ve truncada por las limitaciones que establece el mercado, la libre competencia, las normas no escritas que impone el sistema de trabajo, la necesidad social, por el número de taxistas que ofrecemos servicio y por los obligaciones bajo los que debemos de realizar nuestro trabajo. Es la tiranía del mercado laboral la que transforma en esclavitud a día de hoy nuestra vida como taxista, porque controla todo nuestro tiempo y nos crea una dependencia absoluta que nos aproxima a la pobreza, no sé si económica, pero sí mental. Las consecuencias de todo lo expuesto nos lleva poco a poco pero ciertamente, a la pérdida de la salud. Por lo tanto creemos que con la implantación de una regulación horaria de 16 horas al vehículo, palearía en cierta forma nuestra situación angustiosa.

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