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PATRIMONIAL
EL SERVICIO
LA RESPONSABILIDAD
DEL ESTADO POR
CARCELARIO

COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EDITORIAL TIRANT LO BLANCH

María José Añón Roig

Catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Valencia

Ana Cañizares Laso

Catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Málaga

Jorge A. Cerdio Herrán

Catedrático de Teoría y Filosofía de Derecho.

Instituto Tecnológico Autónomo de México

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro de la Suprema

Corte de Justicia de la Nación y miembro de El Colegio Nacional

María Luisa Cuerda Arnau

Catedrática de Derecho Penal de la Universidad Jaume I de Castellón

Manuel Díaz Martínez

Catedrático de Derecho Procesal de la UNED

Carmen Domínguez Hidalgo

Catedrática de Derecho Civil de la Pontificia Universidad Católica de Chile

Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot

Juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Owen Fiss

Catedrático emérito de Teoría del Derecho de la Universidad de Yale (EEUU)

José Antonio García-Cruces González

Catedrático de Derecho Mercantil de la UNED

José Luis González Cussac

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Valencia

Luis López Guerra

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Carlos III de Madrid

Ángel M. López y López

Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla

Marta Lorente Sariñena

Catedrática de Historia del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid

Javier de Lucas Martín

Catedrático de Filosofía del Derecho y Filosofía Política de la Universidad de Valencia

Víctor Moreno Catena

Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Carlos III de Madrid

Francisco Muñoz Conde

Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla

Angelika Nussberger

Catedrática de Derecho Constitucional e Internacional en la Universidad de Colonia (Alemania). Miembro de la Comisión de Venecia

Héctor Olasolo Alonso

Catedrático de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario (Colombia) y Presidente del Instituto Ibero-Americano de La Haya (Holanda)

Luciano Parejo Alfonso

Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid Consuelo Ramón Chornet

Catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Valencia

Tomás Sala Franco

Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia

Ignacio Sancho Gargallo

Magistrado de la Sala Primera (Civil) del Tribunal Supremo de España

Elisa Speckmann Guerra

Directora del Instituto de Investigaciones

Históricas de la UNAM

Ruth Zimmerling

Catedrática de Ciencia Política de la Universidad de Mainz (Alemania)

Fueron miembros de este Comité:

Emilio Beltrán Sánchez, Rosario Valpuesta Fernández y Tomás S. Vives Antón

Procedimiento de selección de originales, ver página web:

www.tirant.net/index.php/editorial/procedimiento-de-seleccion-de-originales

LA RESPONSABILIDAD

PATRIMONIAL DEL ESTADO POR EL SERVICIO CARCELARIO

Hugo Andrés Arenas Mendoza

tirant lo blanch

Bogotá, 2024

Copyright ® 2024

Todos los derechos reservados. Ni la totalidad ni parte de este libro puede reproducirse o transmitirse por ningún procedimiento electrónico o mecánico, incluyendo fotocopia, grabación magnética, o cualquier almacenamiento de información y sistema de recuperación sin permiso escrito de los autores y del editor.

En caso de erratas y actualizaciones, la Editorial Tirant lo Blanch publicará la pertinente corrección en la página web www.tirant.com.

Arenas Mendoza, Hugo Andrés, autor La responsabilidad patrimonial del Estado por el servicio carcelario / Hugo Andrés Arenas Mendoza. -- Primera edición. -- Bogotá: Tirant lo Blanch, 2024. 384 páginas.

Incluye referencias bibliográficas.

ISBN: 978-84-1056-869-3

1. Responsabilidad del Estado. 2. Prisiones. 3. Presos. I. Marín, Adriana María, Escritora de prólogo. II. Título.

LC: KHH5924 CDD: 353.39 ed. 23

Catalogación en publicación de la Biblioteca Carlos Gaviria Díaz

© Hugo Andrés Arenas Mendoza

© TIRANT LO BLANCH

EDITA: TIRANT LO BLANCH

Calle 11 # 2-16 (Bogotá D.C.)

Telf.: 4660171

Email: tlb@tirant.com

Librería virtual: www.tirant.com/co/

ISBN: 978-84-1056-869-3

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Responsabilidad Social Corporativa: http://www.tirant.net/Docs/RSCTirant.pdf

Agradecimientos 11 Prólogo ..................................................................................... 15 La responsabilidad patrimonial del Estado por el servicio carcelario ... 21 Capítulo 1. Marco jurídico sectorial del sistema carcelario y penitenciario........................................................................... 29 Capítulo 2. Los elementos de la responsabilidad por los daños causados por el sistema carcelario y penitenciario ......................... 73 Capítulo 3. Algunos lineamientos jurisprudenciales aplicados por el consejo de estado en materia de responsabilidad por el sistema carcelario y penitenciario .......................................................... 109 Capítulo 4. Los daños sufridos por los funcionarios del sistema penitenciario y carcelario .......................................................... 149 Capítulo 5. Muertes o lesiones ocasionadas por funcionarios públicos, tanto a reclusos como a particulares ........................................... 179 Capítulo 6. Muertes o lesiones causadas a reclusos por sus compañeros 211 Capítulo 7. Muertes o lesiones causadas a reclusos cuando no se puede establecer el autor............................................................ 249 Capítulo 8. La responsabilidad del Estado por el servicio médico en el sistema carcelario y penitenciario ............................................... 275 Capítulo 9. La responsabilidad del Estado por suicidios (y por aparentes suicidios) ................................................................. 307
Índice
8 Índice Capítulo 10 La principal jurisprudencia por la vulneración de otros derechos fundamentales en las cárceles ........................................ 339 Conclusiones ............................................................................. 365 Referencias 373

HUGO ANDRÉS ARENAS MENDOZA

(El autor)

Abogado, sociólogo y maestro en Derecho administrativo de la Universidad del Rosario. Tiene un D.E.A (equivalente a un máster) en Derecho en la Universidad de Salamanca. Además, es doctor en Derecho Administrativo de la Universidad de Salamanca (España) y Doctor en Estudios Jurídicos Comparados y Europeos de la Università degli Studi di Trento (Italia). En 2011 obtuvo la mención de doctor Europeus y la calificación de summa cum laude por su tesis doctoral, cuyo texto definitivo fue publicado en España en 2013. En el 2018 realizó sus cursos posdoctorales dentro del “Programa de Altos Estudios de Postdoctorado en Derecho de la Universidad de Salamanca”, cuyo trabajo de investigación fue calificado como sobresaliente.

Ha publicado diez libros: 1. ¿Estado irresponsable o responsable?; 2. El régimen de responsabilidad objetiva (2da. Edición); 3. El régimen de responsabilidad subjetiva, (2da. Edición); 4. Responsabilidad extracontractual de la Administración Pública por dilaciones indebidas procedimentales; 5. Un siglo de jurisprudencia del Consejo de Estado en materia de responsabilidad extracontractual 1914-2014; 6. La acción de repetición; 7. La responsabilidad extracontractual del Estado colombiano por las fumigaciones con glifosato; 8. Derecho Administrativo; 9. La Responsabilidad medioambiental del Estado; y 10. Constituciones de Colombia: más de 200 años de anhelos, guerras, realidades y esperanzas.

Además, ha realizado otros tres libros en coautoría: 1. Derecho Administrativo General, (con el rector de la Universidad de Salamanca, Ricardo Rivero); 2. Derecho Administrativo Especial, (con el rector de la Universidad de Salamanca, Ricardo Rivero) y 3. Régimen de la Función Administrativa, (con la directora del Grupo de Derecho Público de la Universidad del Rosario, Diana Valencia). Ha sido editor académico de cinco libros. Adicionalmente, ha publicado más de cuarenta artículos o capítulos de libros en diferentes países.

Actualmente, es profesor principal de carrera de Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario, dedicado a inves-

tigar, a la dirección de trabajos de fin de máster y de doctorado sobre derecho público. Así mismo, tiene a cargo algunas materias en pregrado, especialización, maestría y doctorado. Del mismo modo, es miembro del Grupo de Derecho Público y fue el coordinador del Área de Derecho Administrativo de la Universidad del Rosario. También, ha sido profesor en pregrado de derecho administrativo, particularmente de responsabilidad estatal en la Universidad de los Andes y en la Universidad del Rosario.

Adicionalmente, trabajó el Consejo de Estado de Colombia trabajó en la sala de consulta y servicio civil en el cargo de profesional universitario grado 33 y en la Sección Tercera, como magistrado auxiliar. Ha sido consultor colaborando con distintas entidades nacionales e internacionales.

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Agradecimientos

Quiero aprovechar esta ocasión para agradecer a las personas que me apoyaron durante la elaboración de este libro y que sin duda han contribuido de diversas maneras a su adecuada materialización.

Destaco el acompañamiento de mis padres Hugo Arenas y Gloria Mendoza; de mi hermana, Gloria Patricia; de mi abuela Ana Beatriz Arias; de mis hijos Hugo Alejandro y Andrés Felipe; de mis sobrinos, Gloria Sofía y Martin Daniel; de mi ahijado Nicolás Morales; y de mi amada esposa, Aida. Puesto que, sin ellos no hubiera podido terminar este libro y, en todo caso, no tendría sentido mi existencia, puesto que son indudablemente mi razón de vivir.

Agradezco a mi familia, a mis abuelos, padrinos, tíos, primos, quienes me apoyaron con sus enseñanzas y, sobre todo, siempre me demostraron su afecto desinteresado. También, debo agradecer a mis amigos del alma, quienes realmente me dieron las alegrías y las energías para seguir, sin olvidarme de todas aquellas personas que me consideran su amigo.

Reconozco el gran aporte de mis maestros Ricardo Rivero, Gerardo Arenas (+), Fernando Mayorga, Jaime Vidal (+), Enrique Arboleda, Augusto Hernández, William Zambrano, Hernán Andrade, Diego Younes, Martha Sáchica, Enrique Gil, Ramiro Pazos, Ciro Güecha, Stella Conto, Guillermo Sánchez, Omar Barreto, Alberto Montaña, Fulvio Cortese y, en especial, a María Adriana Marín, quienes siguieron con gran interés este proceso y constantemente me orientaron en las diversas facetas de mi vida.

Quiero mencionar el apoyo brindado por la Universidad del Rosario por sus grandes enseñanzas y las oportunidades otorgadas, donde actualmente me desempeño como profesor Principal de carrera de Derecho Administrativo y miembro del Grupo de investigación de Derecho Público. Así mismo, debo destacar el

apoyo del director del Grupo de Derecho Público Héctor Rojas, de la directora del Área de Derecho Administrativo Rocío Araujo, de la coordinadora del Área de Derecho Administrativo Viviana Díaz y de la profesora Diana Valencia.

Debo hacer una especial mención a la doctora Adriana Marín, actual magistrada de la Sección Tercera del Consejo de Estado de Colombia, por haberme concedido el gran honor de prologar este texto y por sus comentarios tan generosos sobre el mismo. Del mismo modo, por haberme recibido siempre con la gran sencillez, generosidad y amabilidad que la caracterizan y por ilustrándome profundamente en materia de responsabilidad estatal por más de diez años. Aprovecho la oportunidad para agradecerle sus muy inteligentes y muy pertinentes desarrollos en la materia de responsabilidad estatal y, en específico, en el tema del sistema carcelario y penitenciario, donde ha contribuido de manera progresista y visionaria con sus sentencias.

Así mismo, con gran tristeza quiero recordar la pronta partida de mi super primo Gerardo Arenas, el principal conocedor de Seguridad Social en Colombia, reconocido profesor, maestro de muchas generaciones de laboralistas, exconsejero de Estado, gran familiar, esposo, hijo, hermano y padre, y, sobre todo, ejemplo de vida para las presentes y futuras generaciones. Por último, doy gracias a la editorial Tirant Lo Blanch por darme la oportunidad de publicar mi undécimo libro y, particularmente, presentar mi escrito, titulado La responsabilidad patrimonial del Estado por el servicio carcelario.

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A Hugo, Gloria, Gloria Patricia, Hugo Alejandro, Andrés Felipe, Beatriz, Gloria Sofía, Martin Daniel, Martin Van Der Pol, Julián, Pacho, Fabián, Nicolás y Gerardo. Los admiró y los amaré por siempre. A mis amigos.

A todos los miembros de las familias Arenas, Mendoza, Salamanca y Arias.

A mi verdadero amor y complemento Aida Sánchez. Eres realmente maravillosa, te amo mucho y soy muy feliz contigo.

Como fruto de su gran formación académica en las áreas de derecho y sociología que inició en la Universidad del Rosario y continuó hasta haber alcanzado el título de doctor en Derecho en la Universidad de Salamanca, España, con mención de doctor Europeus y la calificación de suma cum laude por su tesis, y doctor en Estudios Jurídico Comparados y Europeos de la Università degli Studi di Trento, Italia, el profesor Hugo Arenas Mendoza, en el conjunto de su vasta obra, ha publicado diez libros de su única autoría y dos en coautoría con el profesor Ricardo Rivero, rector de la Universidad de Salamanca, en las áreas de derecho administrativo, derecho constitucional, responsabilidad extracontractual del Estado y acción de repetición, obras que compendian con gran profundidad y claridad asuntos que no solo son de interés para los abogados especializados, sino para todos los ciudadanos porque son pilares del Estado Social de Derecho.

En este nuevo texto —que tengo el honor de prologar— aborda con una visión crítica las decisiones tomadas por las autoridades judiciales, especialmente, por la Sección Tercera del Consejo de Estado, en relación con los daños sufridos por las personas sometidos a penas y medidas de seguridad privativas de la libertad, en centros carcelarios, penitenciarios o en sus domicilios. Además, explora cómo estas circunstancias pueden afectar a sus parejas, a toda su familia, pero también a los propios servidores estatales encargados de su seguridad, así como a los terceros que, de manera voluntaria o accidental, se vean involucrados en esta compleja realidad.

Cesare Beccaria, en su obra Sobre los delitos y las penas abogó por la humanización del sistema penal; defendió la abolición de la pena de muerte, y sostuvo que las penas debían tener como fines la rehabilitación de los delincuentes y la prevención de futuros delitos. En Colombia, estos propósitos se han convertido en

Prólogo

principios fundamentales del Código Penal, enfocados en la resocialización de los condenados, a quienes se les deben brindar los medios para su reintegración a la sociedad, con pleno reconocimiento de su autodeterminación, y no como un método para imponerles unos valores determinados.

El autor subraya que a pesar de que quienes están sujetos a sanciones privativas de la libertad enfrentan restricciones a sus derechos fundamentales, estas limitaciones deben estar justificadas por criterios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad, sin espacio para ningún tipo de discriminación, basada en su raza, género o condición social. Las personas condenadas a penas restrictivas de la libertad tienen derechos inalienables a la vida, la dignidad humana, la igualdad, la integridad física y psicológica, la intimidad, el buen nombre, el debido proceso, la honra, la salud y una reparación integral por las violaciones a sus derechos porque quedan bajo la protección del Estado, debido a su evidente vulnerabilidad.

El libro expone que, a pesar de los ideales legales, la realidad del servicio penitenciario y carcelario en Colombia ha sido históricamente deficiente. La falta de una política pública eficaz, la carencia de infraestructura y de personal capacitado, así como los altos costos que representan tanto la construcción como el mantenimiento de las instituciones penitenciarias, han llevado a una grave situación de hacinamiento en los centros de reclusión, lo que se ha visto traducido en la sistemática violación de los derechos humanos de los detenidos.

La verificación de esas violaciones en los centros de reclusión fundamentó la condena internacional contra el Estado Colombiano, por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y también la decisión de la Corte Constitucional de declarar el estado de cosas inconstitucionales, en las Sentencias T-388/13, T-762/15 y, de manera más reciente, en la SU-122/22, con el criterio de que “el hacinamiento desvirtúa de manera absoluta los fines del tratamiento penitenciario”, en tanto no hay posibilidad de brindarle a todos los reclusos oportunidades de estudio y de trabajo, que favorezcan

16 hugo andrés arenas mendoza

el proyecto de resocialización, e imperan, por el contrario, la corrupción y la violencia como mecanismos de distribución de los bienes mínimos para una vida digna.

La jurisprudencia del Consejo de Estado durante los últimos treinta años ha abordado numerosos casos de daños sufridos por personas privadas de la libertad, que se concretan en homicidios, lesiones, falta de atención médica y sicológica oportuna y eficiente; grave vulneración de otros derechos fundamentales que afectan su dignidad, y ha hecho explícito el vínculo entre las condiciones de hacinamiento y la materialización de los riesgos de violencia, o los derivados de incendios, provocados o accidentales. Esas decisiones ponen en evidencia que la jurisdicción contencioso administrativa cumple con la función de control de la actividad de la administración que le corresponde, porque ha entendido que se debe evitar que la responsabilidad estatal reclamada por las víctimas se diluya en la generalización propia del carácter sistémico de una falla estructural comprometida en un estado de cosas inconstitucionales, e identifica los centro de imputación frente a los cuales el afectado puede reclamar por los perjuicios que sufrió.

La importancia de este libro radica en que no se limita a narrar los eventos registrados en la jurisprudencia, sino que también explora los fundamentos de las decisiones, lo cual permite identificar objetivos de políticas públicas, cuestión de enorme relevancia, si se tiene en cuenta que los penados no pueden alzar su voz con fuerza en la sociedad, por lo que sus demandas y dolencias se pierden entre los propósitos de superar las necesidades que agobian a gran parte de la población.

En materia de políticas públicas, pese a los esfuerzos normativos y a las iniciativas destinadas a mejorar las condiciones en los centros de detención, aún persisten graves deficiencias que impactan negativamente los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad y la seguridad pública en general.

Sin duda, uno de los dos desafíos más apremiantes lo constituye el hacinamiento que se vive en las cárceles. La sobrepoblación

17 Prólogo

carcelaria es una consecuencia directa de la falta de estrategias efectivas para controlar la población penitenciaria y proporcionar instalaciones adecuadas para su detención. Esta situación no solo vulnera los derechos de los reclusos, sino que también aumenta los riesgos de violencia, corrupción y problemas de salud dentro de las instalaciones. El otro desafío, radica en la insuficiencia de recursos para mantener adecuadamente las instituciones penitenciarias. La falta de inversión en infraestructura, personal capacitado y programas de rehabilitación efectivos crean un círculo vicioso que perpetúa la crisis carcelaria en Colombia.

Las deficiencias del sistema carcelario colombiano se acentúan ante la falta de coordinación entre las diversas instancias encargadas de la gestión penitenciaria y carcelaria. Las fallas en la coordinación a menudo resultan en problemas al momento de liberar a los detenidos o en la falta de medidas adecuadas para garantizar la seguridad de los internos durante su traslado. Superar estos desafíos requerirá un enfoque integral que incluya la asignación de recursos adecuados, una estrategia clara y coordinación efectiva entre las autoridades involucradas, en beneficio tanto de las personas privadas de la libertad, como de toda la sociedad, porque una adecuada práctica de resocialización incrementará la seguridad de todo el conglomerado social.

Además, esta obra plantea un llamado importante a los jueces de la responsabilidad del Estado para superar las inconsistencias y contradicciones jurisprudenciales en temas complejos, como el suicidio de los reclusos, los daños sufridos o causados durante la detención domiciliaria, los daños causados por detenidos liberados sin cumplir su pena, y las cuestiones de caducidad en casos de hacinamiento carcelario.

En resumen, este libro no solo contribuye de manera invaluable a evidenciar los daños que viven las personas involucradas en el sistema carcelario, sino que, además, supera la mera descripción de las decisiones y profundiza en sus fundamentos, lo que permite identificar las áreas críticas en las cuales las políticas públicas deben seguir avanzando, hasta lograr la garantía de los derechos

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de las personas privadas de la libertad. Es un llamado a la acción para corregir las deficiencias en el sistema carcelario colombiano y para garantizar la dignidad y los derechos de aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad dentro de sus muros.

MARÍA ADRIANA MARÍN

Magistrada de la Sección Tercera Consejo de Estado de Colombia

19 Prólogo
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