Boletin SMS Marzo 2016

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MARZO 2016

Boletín informativo

Sindicato Médico de Sevilla INDICE

Una nueva sentencia condena al SAS por incumplir sus propias normas sobre Carrera Profesional

Portada: sentencia al SAS por in‐ cumplir normas sobre Carrera Profesional. Editorial: Laicismo, laicidad, de‐ mocracia y listas de es‐ pera. Noticias. Asamblea General Ordi‐ naria del SMS. Fusión Macarena‐Rocío: erre que erre. Publicada OPE 2016 y listados traslados. TSJA: eventuales a la vía C‐A. Modificaciones en per‐ misos: recuperamos ca‐ nosos. Orden de alejamiento para un agresor

La letrada del SMS, Inés Peris, ha conseguido una nueva sentencia favorable para un afiliado al que el SAS se negaba a tramitar el proceso de certificación del nivel de carrera profesional. Aunque no es la primera, esta reviste un interés especial. La juez rechaza el argumento que el SAS ha venido esgrimiendo en su defensa, esto es, que el procedimiento de certificación de la carrera ya ha sido reiniciado y entiende que las medidas con las que el SAS pretende probar tal afirmación en realidad “no conducen a un resultado efectivo (ni tan siquiera visible)”, que el SAS no pretende otra cosa que “dar una apariencia de tramitación a lo que, en realidad, no conduce más que al mantenimiento de la suspensión del proceso que ha sido tachada de no conforme a derecho por los Tribunales. Baste observar que unos procesos que deben terminarse en seis meses, siguen sin finalizar al cabo de los años.” De nuevo debemos denunciar el incumplimiento por parte de la Administración de su propia legalidad. La Junta deniega a los andaluces los derechos que ella misma les otorga con sus leyes. No es posible concebir un daño mayor al Estado de Derecho, ni una indefensión mayor para el ciudadano. ¿Qué puede hacer este cuando sus representantes legítimos deben ser obligados por los Tribunales a cumplir la ley que ellos mismos promulgan? ¿Cabe mayor impostura en un representante político?

Estas afirmaciones no constituyen un mero juicio de valor. Las tomamos de la sentencia citada arriba, en la que la juez afirma tajante: “Estando vigente el modelo de carrera profesional del SAS, la Administración se encuentra vinculada a la legalidad y debe cumplir sus propias normas, no pudiendo por vía de hecho suspender e inaplicar el ordenamiento jurídico vigente”. Y más adelante: “La solicitud de la apelada de reconocimiento del Nivel II de Carrera Profesional se efectuó, […] por lo que debió ser resuelta en el primer semestre de 2012, no siendo posible que casi dos años después de haber incumplido su obligación legal pueda entenderse que el procedimiento queda legalmente suspendido. La resolución de 2014 de suspensión no puede producir efectos retroactivos respecto de los procedimientos iniciados y que debieron haber finalizado, y si no finalizaron, fue debido a la inactividad contraria a derecho de la propia Administración”. En efecto, el SAS suspendió los procedimientos de certificación de carrera profesional mediante una Resolución de 29 de abril de 2014. Pero también esta medida resulta contraria a derecho, como dejó claro la sentencia del TSJA, de 23 de junio de 2015. Con su actuación, la Junta está denegando a los médicos el derecho a la carrera que la ley les reconoce y los sitúa en una indefensión particularmente grave, por cuanto es provocada por la propia Administración.


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Boletín informativo del Sindicato Médico de Sevilla Editorial

Laicidad, laicismo, democracia y listas de espera La directora del ambulatorio de El Greco. Sí, sí, AMBULATORIO, porque es ambulatorio lo que como tal funciona, ha mandado retirar todos los símbolos católicos de las consultas, pasillos, almacenes y demás dependencias del ambulatorio. A. Gutierrez. Dice que en cumplimiento de la legaliPte. SMS. dad vigente …..? La única ley que conozco sobre tal materia es la LEY ORGANICA 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa. Habría que recordarle a esta Sra. que no estamos en un estado laico, como dice, sino aconfesional. El estado laico prohíbe la religión en público y la restringe al ámbito de lo privado. El estado aconfesional, en el que estamos, establece que el Estado no tiene una creencia establecida, que sus ciudadanos pueden profesar la fe que tengan a bien, sin tratar de imponérsela a los demás. El estado no puede obligarle a Vd. a ir a misa, casarse por la iglesia o bautizar a sus hijos, pero está obligado a facilitarle el ejercicio de su religión, si es que la tiene. Lo que tiene que hacer el estado y por extensión, sus organismos administrativos es procurar el bienestar de sus ciudadanos y punto. No voy a seguir por esta línea, porque eso es lo que pretenden, es lo que hizo la dictadura argentina de Videla. Si el país va mal, invadimos las Malvinas y a hablar de otra cosa.

Apelar a la democracia, tampoco tiene cabida, pues democracia es hacer lo que la mayoría quiera y no lo que quiera un usuario. Democracia es que los profesionales de un centro sanitario elijan a su director por su valía profesional, personal y méritos y no por designación política directa, sin más. Democracia es decir la verdad, reconocer ante la opinión pública que se están poniendo trabas a los médicos para pedir analíticas, radiografías, derivar pacientes a especialistas, recetar lo que realmente necesitan los enfermos, etc. No veo yo que esta directora haya sacado una concentración a la puerta del ambulatorio el día contra las agresiones al personal sanitario. No la veo encadenada a la puerta de la directora del distrito, también puesta democráticamente en su sitio, para exigirle que cubra las ausencias de los profesionales enfermos o de vacaciones. Ahí podría exhibir su activismo, en la defensa de la asistencia sanitaria. Todos se lo agradeceríamos, los sanitarios y los pacientes. Lo demás son brindis con las copas vacías. Si por cada crucifijo que quitan pusieran una cama, abrieran un hospital comarcal, acortaran una semana la lista de espera o simplemente sustituyeran un médico ausente, yo no escribiría estas líneas, pero ya vemos en qué gastan sus energías quienes regentan nuestros centros sanitarios. Nosotros, desde el sindicato, defenderemos a los médicos, profesen la fe que profesen, frente a las arbitrariedades e imposiciones de la administración.

Celebrada la Asamblea General Ordinaria de nuestro sindicato El pasado 9 de marzo se celebró la Asamblea General Ordinaria del SMS en la que, además de hacer balance del año anterior y aprobar sus cuentas, se presentan y aprueban la memoria de 2015 y el presupuesto de este año. Como primer punto se leyeron y aprobaron las actas de reuniones anteriores tras lo cual Antonio Gutiérrez, como Presidente, hizo un breve resumen del año pasado y de lo que se esperaba de nuestro Sindicato para 2016. También nos recordó el buen estado financiero y de influencia profesional de nuestra formación en la actualidad. El Secretario General, Nicolás Fernández, leyó la Memoria de 2015 que fue aprobada. Acto seguido, el Presidente, en nombre de nuestro Tesorero, presentó el balance de las cuentas de 2015, que también fue aprobado. Como quinto punto, se acordó y aprobó la congelación de las cuotas sindicales para 2016, que permanecen así desde 2010. En sexto lugar se presentó y aprobó la propuesta del Comité Ejecutivo en el sentido de disminuir el porcentaje de la aportación que el afiliado hacía por sentencias ganadas. Se acordó que el mismo fuera de un 2 % para los casos generales, auspiciados desde el propio sindicato como una acción sindical más y que se siguen de forma masiva y de un 5 % para aquellas otras demandas laborales individuales que plantean los afiliados de motu propio. Finalmente se presentó el Presupuesto de ingresos y gastos para 2016 en el que se incluye una partida para el arreglo de nuestra sede sindical, deteriorada por el paso de los años y su uso.


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Boletín informativo del Sindicato Médico de Sevilla Noticias

Fusión Macarena-Rocío: erre que erre El diccionario de la Real Academia Española define el significado de la expresión “erre que erre” como “porfiadamente, tercamente”. Y todos recordamos la película “Don Erre que Erre”, protagonizada por el genial Paco Martínez Soria, en la que interpreta a Rodrigo de Quesada, conocido por su terquedad, persona de ideas fijas que no para hasta conseguir todo aquello que se propone. Pues este parece ser el modelo que inspira al director-gerente del Hospital Virgen Macarena, a la vista de como han transcurrido los últimos acontecimientos. De nada sirven las firmas de la mayoría de facultativos en contra de la fusión hospitalaria, de nada sirve la opinión unánimemente contraria de la Junta Facultativa, de nada sirve el sentir de la mayoría de los trabajadores, de nada sirven los recelos de las asociaciones de pacientes, las senten-

cias de los tribunales… El gerente, instalado en un “dontancredismo” imperturbable, persiste e insiste en lo que parece ser el único objetivo de su gestión: la fusión con el Hospital Virgen del Rocío. Ha abandonado incluso ya los habituales eufemismos que empleaba como “sinergia”, “colaboración” y “convergencia” y se ha decidido, por fin, a llamar al proceso por su verdadero nombre, revelador de su naturaleza: “fusión”. Y decimos esto, porque, como recoge la propia intranet del Hospital Virgen Macarena, el pasado 15 de marzo, tuvo lugar en el Aula Magna el acto de presentación del equipo directivo, el contrato programa, el proyecto i-UGC y la firma de acuerdos de gestión. La presentación que se expuso, igualmente colgada en la intranet, no deja lugar a dudas: las diapositivas 2 y 3, escritas en inglés,

llevan por título “Factores de éxito en la fusión de hospitales universitarios” (diccionario Oxford: merge = to combine ormaketwoor more things combine to form a single thing), y la diapositiva 4: “Experiencia de fusión” (Merger experience) No cabe lugar para el disimulo: por si había alguna duda, el logotipo que aparece en la presentación lo aclara totalmente: “Hospital Universitario (en singular) Virgen Macarena-Virgen del Rocío”. De forma irónica, diríamos que incluso burlesca, insiste la presentación en la “participación real y efectiva de los profesionales”. Inmovilismo, contumacia, terquedad, obstinación e intransigencia de un gerente que ha tomado como leitmotiv de su gestión actuar de espaldas a sus profesionales, a los que desprecia, impasible el ademán, desde la atalaya de su despacho. Más que nadie es… Don Erre que Erre.

Publicada la OPE 2016 y los listados provisionales de parte de los traslados El BOJA del pasado 21 de marzo publicó la resolución por la que se aprobaron las listas provisionales de admitidos y excluidos, con sus causas, al concurso de traslado para plazas vacantes de epidemiólogos de AP, odontoestomatólogos de AP, médicos de Admisión y Documentación Clínica y 33 especialidades, dando un plazo de 15 días hábiles, del 28 de marzo al 13 de abril, inclusive, para hacer alegaciones y subsanar el defecto que motivó la exclusión o la falta de inclusión en los listados. Los listados están expuestos en la web del SAS, además de en los tablones de Servicios Centrales del SAS y Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud. Al día siguiente, 22 de marzo, se publicó en BOJA el Decreto 76/2016 por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2016 de los Centros Sanitarios del SAS, que confirmó las previsiones de oferta de plazas acordadas en Mesa Sectorial de finales de febrero, que no incluye al cuerpo A4 (veterinarios), y cuyo resumen es:

PUESTO T. LIBRE P. INTERNA TOTAL MF EBAP 346 104 450 MFSCCU 106 32 138 PED. EBAP 94 28 122 ODONTOL. 10 3 13 FARMAC. 18 5 23 M. TRABAJO 5 2 7 TOTAL 579 174 753 Finalmente, y por mandato del Parlamento Andaluz que ha aprobado una proposición no de ley, con el apoyo de todos los grupos políticos, la Junta de Andalucía tendrá que programar, previa negociación con los representantes sindicales, un calendario estable de procesos selectivos para éste y los próximos años. En esta proposición no de ley se establecen plazos de resolución mucho más breves que los actuales y se garantiza a los aspirantes el conocimiento, con suficiente antelación, de la periodicidad y desarrollo de los procesos y se pide a la Junta la exención de tasas a los desempleados.


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Boletín informativo del Sindicato Médico de Sevilla TSJA: los eventuales deben recurrir a la vía contencioso-administrativa En agosto de 2014 el Juzgado de lo Social nº 3 de Cádiz sentenció que un eventual, con contratos concatenados durante 11 años, debía ser considerado indefinido y que era despido nulo el hecho de que se hubiera dejado de contar con sus servicios. Sin embargo, el TSJA dice que esa sentencia no se ajusta a derecho pues el tema se tiene que dirimir en la jurisdicción contenciosoadministrativa y no en la social. En el Sindicato de Médicos de Sevilla siempre hemos entendido que la jurisdicción Social no era la vía para reclamar que el SAS dejara de abusar de las contrataciones repetidas de un estructural. Y lo hemos dicho delante de

nuestros afiliados eventuales en todas aquellas reuniones a las que hemos asistido con este tema como protagonista. No ha sido fácil. Incluso hemos perdido algunos afiliados molestos por ver como una Asociación de Eventuales se “movía” más que nosotros. Pero moverse más no siempre es hacerlo mejor y sin mermar el bolsillo, ya exiguo, de los profesionales. De momento es necesario que el SAS cumpla a rajatabla el Estatuto Marco y que todas las contrataciones de eventuales estructurales se pasen a interinidades. En ello estamos y lo vamos a conseguir. Si, además, surge una vía jurídica abordable para la resolución de nuestros problemas, la tomaremos, sin dudas.

Modificaciones en el Manual de Permisos. Recuperamos “los canosos” Permiso por parto/aborto (art. 16): Aumento de 16 a 20 semanas y puede disfrutarlo el padre si la madre trabaja, aunque sea fuera de la Administración Pública. Permiso por adopción/acogimiento (art 18.2): aumento de 16 a 20 semanas por adopción o acogimiento múltiple. Licencia por asuntos particulares (art.29.3): -Seis días por cada año natural que, conforme al incremento de jornada, suponen 45 horas. Estos días ya se han calculado para el cómputo de la jornada anual. -Se tendrá derecho, asimismo, a disfrutar de dos días adicionales del permiso por asuntos particulares desde el día siguiente al del cumplimiento del sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo, que computará como jornada efectivamente trabajada. Dicho disfrute será efectivo el mismo año de cumplimiento del trienio. Se disfrutarán dentro de cada año natural y hasta el 15 de enero de año siguiente. El centro deberá facilitar el disfrute de ese periodo.

Orden de alejamiento del Hospital San Juan de Dios para un agresor Es alentador comprobar cómo la Justicia se va tomando muy en serio los atentados a personal sanitario al considerarlos como agentes de la autoridad cuando están en el ejercicio de sus funciones. Y también es de considerar como la más adecuada, evitando otras situaciones conflictivas tanto al agredido como a otros en el futuro, la actitud del Hospital de San Juan de Dios cuya Representación Legal pidió el alejamiento del agresor respecto del Hospital. El Juzgado de Instrucción, teniendo en cuenta los hechos de atentado a agente de la autoridad, calificables como graves, y el temor expresado de que pudieran ocurrir actos mayores, prohíbe al agresor acercarse

al Hospital San Juan de Dios de Bormujos a menos de 500 metros y de comunicarse con el mismo, por cualquier otro medio, durante el tiempo que dure el procedimiento apercibiéndosele de que, si lo incumple, podría adoptar medidas de mayor gravedad. Y es que la actitud ante los agresores por parte del sistema sanitario es esencial. Es necesario que, además, soliciten el pago de los daños ocasionados, tanto en el mobiliario como los derivados de la baja laboral y otros que, por ahora, asume el sistema y no reclama a los agresores. Eso es protegerse a sí mismo, pues sus trabajadores son su capital humano.

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