Resolucion Definitiva TILS

Page 1

En la Ciudad de México, a primero de mayo de dos mil once, JAMES D. COCKCROFT, LAURA MORA CABELLO DE ALBA, AMPARO MERINO SEGOVIA, LUIS GUILLERMO PÉREZ, LYDIA GUEVARA RAMÍREZ, KJELD JAKOBSEN, LUIZ SALVADOR, HUGO BARRETTO GHIONE, DEAN HUBBARD, HORACIO MEGUIRA, MARÍA ESTRELLA ZÚÑIGA POBLETE, HUGO LEAL NERI, ROSARIO IBARRA DE PIEDRA, MIGUEL ÁNGEL GRANADOS CHAPA, RAÚL VERA LÓPEZ, MIGUEL CONCHA MALO, ANA COLCHERO, ALFREDO SÁNCHEZ ALVARADO, OSCAR ALZAGA, ENRIQUE LARIOS Y OCTAVIO LÓYZAGA, integrantes del TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LIBERTAD SINDICAL, reunidos en pleno para resolver en definitiva las acusaciones y denuncias formuladas en contra del ESTADO MEXICANO por las violaciones a la libertad sindical de los trabajadores y las trabajadoras en este país y

RESULTANDO QUE:

1.- El Tribunal Internacional de Libertad Sindical (TILS) es un órgano autónomo conformado por expert@s laboralistas, defensor@s de derechos humanos y personalidades sociales de diferentes países del mundo, incluido México. Este tribunal se integró a convocatoria de diversas organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil.

2.- El 30 de septiembre de 2009 se constituyó en la Ciudad de México, asumiendo el compromiso de salvaguardar el derecho a la libertad sindical, entendiendo que el ejercicio de ésta es parte de la columna vertebral de la democracia, de los derechos de ciudadanía, del progreso y la distribución global de la riqueza.

3.- El TILS emitió su primera resolución el primero de mayo del 2010 (ANEXO VI), en la que en una de sus partes medulares concluyó que “El gobierno mexicano ha incurrido en notable abandono de sus funciones promotoras, tutelares y protectoras de la Libertad Sindical, y ha vulnerado grave y sistemáticamente, por actos propios y por omisión, el derecho de Libertad Sindical a través de prácticas antisindicales en perjuicio de la autonomía fundante del Derecho Colectivo del trabajo que representa el derecho fundamental del trabajo, sostenido en su esencia en la libertad sindical. Exige al gobierno respetar y hacer respetar ante terceros, privados, nacionales y corporaciones trasnacionales el respeto irrestricto y aplicación del Artículo 123 Constitucional, así como los diversos instrumentos internacionales que México ha suscrito y ratificado”.

4.- El TILS puso en conocimiento de la resolución a diversas instancias nacionales tales como la Suprema Corte de Justicia de la Nación --cuyo presidente entonces, Guillermo Ortiz Mayagoitia, se entrevistó el 10 de junio de 2010 con una comisión del TILS, a la que recibió en calidad de Amicus Curiae--; la Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados, así como la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, la 1


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.