¿SJX Sindicato Mexicanos e Electricistas PJnP
9 JE xj^ DOMICILIO
REGISTRO No 760
Integradopor Trabajadores de la Industria Eléctrica SOCIAL 3 DE ANTONIO CASO No 4S APARTADO POSTAL 10439
MÉXICO D F CÓDIGO POSTAL 06470 TEL 5548 32 00
AL PUEBLO DE MÉXICO A LA OPINIÓN PÚBLICA A LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN AL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL AL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO
A LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Después de dos años y cuatro meses de enfrentar al mal gobierno que nos arrebató el trabajo y el sustento a 44 mil trabajadores electricistas y dejó en la indefensión a 22 mil jubilados mediante un inconstitucional e ilegal decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro expresamos nuestra firme decisión de luchar hasta el final es decir hasta recuperar nuestros em pleos haciendo uso de nuestros derechos y garantías constitucionales Lo mismo por la vía jurídico laboral que mediante iniciativas en la Cámara de Diputados e incluso en la Mesa de la Secretaría de Gobernación a la que fuimos convocados y en la que sólo buscan retrasar y bloquear la solución al conflicto social electricista generado por ellos mismos El Sindicato Mexicano de Electricistas entidad física y jurídicamen te existente así como todos y cada uno de sus agremiados activos y jubi lados deseamos hacer del conocimiento del pueblo de México y de las ins tituciones judiciales Federales que la Junta Especial número Cinco de la
Federal de Conciliación y Arbitraje con sede en el Distrito Federal preten de quebrantar violenta y flagrantemente nuestros derechos fundamentales
como trabajadores al servicio del Estado derechos protegidos por la Cons titución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos Convenios in ternacionales en materia del trabajo firmados por México que son Ley Su prema de la Unión de conformidad con lo dispuesto por el artículo 133 de
la Carta Magna y desde luego por el artículo 1o de la misma que dispo ne la homologación de esos convenios internacionales a la propia Carta Fundamental se trata pues de violaciones directas a la Constitución
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2012.02.28