Vacíos legales en la protección de la niñez trabajadora de Chile – Laura Cid Cifuentes
anteproyectos se encuentran en estudio y aún no cuentan con el debido respaldo estatal para agilizar su tramitación. Esta nueva ley de protección de derechos será analizada en profundidad más adelante.
III.-
ANÁLISIS JURISPRUDENCIAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ
TRABAJADORA EN CHILE
Históricamente en Chile la legislación laboral se ha reducido a establecer normas limitativas en cuanto al trabajo de los menores de 18 años, pretendiendo de esta manera ceñirse a principios internacionales. En virtud de aquello, y autorizando bajo ciertos requisitos el trabajo de menores de 15 años, la regulación normativa ha olvidado por completo el gran número de niños y niñas menores de 15 años que realizan actividades laborales y que, según el informe “Estado de la Niñez Trabajadora en Chile”, 93.433 niños y niñas entre 5 y 14 años se encuentran realizando actividades laborales en Chile, fuera del amparo normativo y en condiciones de precariedad e informalidad.
A partir de este diagnóstico y el limitado margen normativo de regulación sobre trabajo infanto-juvenil (15-18 años) en Chile, no extraña que la Jurisprudencia sobre el tema sea también bastante escasa. En mayor número encontramos jurisprudencia administrativa emanada de la Dirección del Trabajo, y esta se concentra en el problema de la existencia, o no, de una relación laboral entre empleador y el menor de 18 años, destacando aquella relativa a actividades laborales de mayor connotación pública, como son los empaquetadores de supermercados o de grandes tiendas de comercio (retail).
1. Jurisprudencia Administrativa
La Dirección del Trabajo se ha convertido en una gran biblioteca de jurisprudencia respecto a trabajo infantil o en lo que respecta a la incorporación de menores de 18 años a la vida laboral. Debemos dejar claro que los dictámenes de la 171