bases sierra de gata

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BASES PARA LA PROVISION, MEDIANTE CONCURSO TÉCNICO

DEPORTIVO,

EN

REGIMEN

DE DOS PLAZAS DE

LABORAL,

MEDIANTE

LA

MODALIDAD DE CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO A TIEMPO COMPLETO; EN APLICACIÓN DE LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA DE AYUDAS DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CACÉRES DEL B.O.P. Nº 132 DEL MARTES 10 DE JULIO DE 2012, PARA EL DESARROLLO DE

LAS

ESCUELAS

DEPORTIVAS

Y

EL

DEPORTE

BASE

EN

LA

MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS SIERRA DE GATA PRIMERA.- OBJETO. Constituye el objeto de las presentes bases la selección, mediante el sistema de concurso de DOS TECNICO/AS DEPORTIVOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS Y EL DEPORTE BASE EN LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS SIERRA DE GATA, con los siguientes requisitos: a) Denominación del Puesto.-Técnico/a deportivo para el desarrollo de las escuelas deportivas y el deporte base en la Mancomunidad IMSG. b) Naturaleza del Contrato.-. El tipo de contrato será por obra o servicio determinado, a jornada completa (según Convenio de la Mancomunidad y/o legislación laboral aplicable) y su duración se extenderá desde la formalización del mismo y hasta el 30 de noviembre de 2012. c) Regulación Jurídica.- El contrato se regirá por el Convenio por el que se regulan las relaciones de trabajo de los trabajadores de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata ( En los términos de su ámbito funcional), el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, de 24 de marzo de 1995. d) Centro de trabajo: Los Municipios integrantes de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata. e) Funciones o tareas: Las que establezca el Sr. Presidente de la Mancomunidad IMSG. Las establecidas en la Convocatoria de Ayudas de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres del B.O.P. de Cáceres Nº 132 del martes 10 de julio de 2012 para el para el desarrollo de las Escuelas Deportivas y el Deporte Base en la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata. a. "Desarrollar actividad físico-deportiva a través de la creación y/o desarrollo de escuelas deportivas municipales, incidiendo especialmente en los niños y jóvenes. " b. Fomentar y dinamizar la red asociativa deportiva. Las propias del puesto de trabajo dentro de su nivel y categoría: f)

Retribuciones: Las derivadas de la subvención concedida a esta Mancomunidad por la Excma. Diputación Provincial de Cáceres en la

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Convocatoria de Ayudas de la del B.O.P. de Cáceres Nº 132 del martes 10 de julio de 2012 para el desarrollo de las Escuelas Deportivas y el Deporte Base y lo establecido en el Convenio Colectivo de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata. SEGUNDA.- JORNADA DE TRABAJO. A jornada completa (según Convenio y normativa legal vigente) en horario de mañana/tarde, de lunes a domingo, respetando la jornada laboral y descanso legal establecido; tanto la jornada laboral como el horario podrá ser modificado por el órgano competente (Presidente), previo aviso al trabajador/a; para adaptarlos a las necesidades del Programa deportivo, del servicio (supuesto de competiciones, actividades a realizar en domingo, o bien en jornada de tarde cualquier día de la semana, etc.). TERCERA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán rellenar solicitud, según modelo anexo, en la que harán constar sus datos personales. Asimismo, deberán manifestar expresamente, y acreditar, que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de presentación de instancias. 1.

2. 3. 4.

5.

Tener la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas. El acceso al empleo público, se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los extranjeros a los que se refieren los apartados anteriores, así como los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las Administraciones Públicas. Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. No padecer enfermedad, ni estar afectado de minusvalía que sea incompatible con el desempeño de las funciones de la plaza objeto de selección. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Estar en posesión de la titulación: Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, Maestro Especialista en Educación Física; Técnico Superior en animación

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de Actividades Físicas y Entrenadores y Monitores Titulados por las distintas Federaciones Deportivas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. 6. Estar en posesión del permiso de conducir requerido y tener la capacidad de afrontar los desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades con sus propios medios de transporte. 7. Ser demandante de empleo e inscrito en las oficinas del Servicio Público de Empleo, condición que deberá cumplir y acreditar también el día de su contratación y que justificará con Certificado del Servicio Público de Empleo de estar desempleado actualizado y tarjeta de demanda de empleo actualizada. Los aspirantes deberán reunir todas y cada una de estas condiciones referidas siempre a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias. CUARTA.- PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Las instancias (cumplimentadas y firmadas), según modelo en ANEXO I, solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso al proceso selectivo, se dirigirán al Presidente de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata y se presentarán en el Registro General de ésta, durante el plazo de 5 días hábiles a partir del siguiente al que aparezca el extracto de la convocatoria en el tablón de edictos y la página web de la Mancomunidad, y serán presentadas y registradas en el Departamento de Administración General de la Mancomunidad Integral de Municipios “Sierra de Gata”, sito en la calle Mayor nº 3 de Hoyos, concluyendo el plazo a las 13 horas del día establecido. DOCUMENTACIÓN SOLICITUD:

A

ENTREGAR

JUNTO

CON

LA

INSTANCIA

DE

A la instancia se acompañará la documentación, seguidamente señalada, justificativa de los méritos valorables de manera ordenada y agrupada, según el orden en que se citan los méritos en las Bases y que habrá de ser presentada en fotocopia compulsada. -

-

-

Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad. Certificado actualizado del Servicio Público de Empleo de estar desempleado. Fotocopia compulsada de la titulación requerida. Currículum Vitae ( sólo se puntuará lo que tenga que ver con el puesto de Trabajo) Valoración del Curriculum Vitae, en área de intervención Deportiva, según ANEXO II. Documentación acreditativa de la Experiencia profesional en área de intervención deportiva (sólo se puntuará lo que tenga que ver con el puesto de Trabajo): se acreditará con los documentos probatorios que el aspirante considere convenientes y además, ineludiblemente, mediante certificación acreditativa de vida laboral emitida por la Tesorería de la Seguridad Social, certificados de empresa y contratos de trabajo (a presentar según el orden cronológico de la vida laboral). Documentación acreditativa de la formación impartida o recibida, en área deportiva, que sea específica para la plaza a la que se presenta, expedidos u homologados por entidades u organismos públicos, con constancia del número de

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-

horas y que deberá presentar agrupados por tramos de duración según lo establecido en la base octava. Fotocopia compulsada del permiso de conducir requerido, y declaración jurada del compromiso de afrontar los desplazamientos necesarios en el normal desempeño de sus funciones como TÉCNICO DEPORTIVO de la Mancomunidad, con sus propios medios de trasporte.

Las instancias también se podrán presentar por cualquiera de los medios previstos en el art. 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del PAC. En el caso de que la solicitud no se presente en el Registro General de la Mancomunidad, las personas solicitantes deberán remitir por fax al número 927 51 46 26, una copia de la solicitud, el mismo día de su presentación. QUINTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Para ser admitido en el proceso selectivo bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases, acredite la posesión de la titulación mínima exigida para el puesto, y aporten toda la documentación requerida en la base cuarta. Listado provisional de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata dictará resolución con el listado provisional de admitidos y excluidos, con indicación del plazo para formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión. Dicha resolución contendrá relación nominal de aspirantes excluidos con sus correspondientes D.N.I., e indicación de las causas de exclusión y plazo de subsanación de los defectos así como el lugar donde se encuentran expuestas al público las listas certificadas y completas de los aspirantes admitidos y excluidos. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el art. 105 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. Listado definitivo de admitidos y excluidos: Concluido el plazo de reclamaciones y subsanaciones y resueltas las mismas, el órgano convocante elevará a definitivas las listas de admitidos y excluidos mediante resolución que se expondrá en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos y de la Sede central de la Mancomunidad, así como en la página web www.sierradegata.es. Dicha publicación servirá de notificación a efectos de impugnaciones y recursos. La composición del Tribunal se dará a conocer en la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos , conforme a lo preceptuado en el art. 20 del R.D. 364/95, de 10 de Marzo. SEXTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR. Será designado por el Presidente de la Mancomunidad y estará constituido por un número impar no inferior a cinco miembros e integrado de la siguiente forma: Un número impar de miembros, no menor de cinco, compuesto por:

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Presidente o persona en quien delegue Secretaria: Dña. Belén Guirau Morales, Secretaria- Interventora de la Mancomunidad, o persona en quien delegue. Vocales: -

-

Funcionarios y/o trabajadores con titulación de licenciado universitario de los que forman parte de la plantilla de personal de los municipios que componen la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata o de la Mancomunidad, conforme a lo establecido en el R.D. 364/95, de 10 de Marzo. Un representante de la Diputación de Cáceres.

Para el mejor cumplimiento de su misión, el tribunal podrá solicitar y obtener el asesoramiento de especialistas en aquellas pruebas en que lo estimen necesario o conveniente, quienes se limitarán al ejercicio de sus respectivas especialidades y colaborarán con el tribunal con base exclusivamente en las mismas. El Tribunal podrá requerir la asistencia de colaboradores en tareas de vigilancia, control de accesos, etc. quienes actuarán sin voz ni voto. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia como mínimo de la mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, de modo indistinto, y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en la valoración de las pruebas selectivas, adoptando los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo en todo lo no previsto en estas bases, y para la adecuada interpretación de las bases de la convocatoria. Si una vez constituido el tribunal e iniciada la sesión, se ausenta el presidente, éste designará de entre los vocales concurrentes el que le sustituirá durante su ausencia. De la misma forma se actuará con el Secretario. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto del presidente. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de participar en el mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el Artículo 28 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común y podrán ser recusados por los aspirantes cuando concurra alguna de dichas circunstancias, conforme con lo dispuesto en el artículo 29 de la misma ley.

SÉPTIMA.- SISTEMA SELECTIVO.

DE

SELECCIÓN.

DESARROLLO

El proceso de selección de los aspirantes será el de concurso especifica:

DEL

PROCESO

en el orden que se

Valoración de méritos.

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El tribunal calificará, teniendo en cuenta las características de la plaza convocada, los méritos alegados por los interesados y debidamente justificados, que ineludiblemente habrán de ser presentados en original o fotocopia compulsada junto a la instancia de la solicitud, NO se valorarán los méritos no acreditados en ese momento. Para la VALORACIÓN DE MÉRITOS se seguirá el siguiente baremo, teniendo en cuenta que no se computan las fracciones. 1. TITULACIÓN: Por estar en posesión de la titulación de a. Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte;…..1 punto. b. Maestro Especialista en Educación Física; ………………..……0,5 puntos. c. Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas……0,25 puntos. d. Entrenadores y Monitores Titulados por las distintas Federaciones Deportivas. …………………………………………………………0 puntos. Valorándose, exclusivamente, la titulación de mayor nivel de las justificadas 2. EXPERIENCIA PROFESIONAL EN ÁREA DE DINAMIZACIÓN DEPORTIVA, ESCUELA DEPORTIVA Y DEPORTE DE BASE. (Máximo 7 puntos). No Se computarán fracciones. Para su valoración deberán estar directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada. Los citados méritos se acreditarán mediante la aportación de contrato de trabajo u otro documento público suficientemente acreditativo de los servicios prestados, pudiendo no ser considerados aquellos aportados de forma defectuosa, irregular o incompleta, que no acrediten suficiente credibilidad. La vida laboral aportada por el/la aspirante, se considerará en cualquier caso, un documento complementario de los anteriores, a efectos únicamente de constatar el tiempo de servicios prestados, y la entidad a favor de la que se prestan, sin que sea este documento por sí sólo suficiente para la acreditación de la categoría profesional de los servicios prestados. Tiempo trabajo para la Administración Pública: -

Por cada mes trabajado como técnico deportivo para la administración pública ……………………………………………………….……….. 0,2 puntos.

Por otros trabajos relacionados con la actividad deportiva en entidades privadas: - Por cada mes trabajado como Técnico deportivo…….….……….. 0,02 puntos En todos los casos anteriores, si los contratos no fuesen a jornada completa, se le contabilizará la puntuación proporcionalmente a la jornada que presenten los mismos.

2.- FORMACIÓN EN DINAMIZACIÓN DEPORTIVA (Máximo 2 puntos). No se computarán fracciones.

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Los cursos de formación en área del deporte, de la dinamización deportiva, escuela deportiva y deporte de base, podrán acreditarse mediante documentación justificativa, diploma o certificado (fotocopias compulsadas), de haber finalizado el curso con aprovechamiento e indicación del número de horas. No se valorarán aquellos cursos de formación que no indiquen el número total de horas y tampoco si éstos son inferiores a 40 horas. Los cursos relacionados con la plaza solicitada necesariamente deberán haber sido expedidos u homologados por entidades u organismos públicos. El Tribunal se abstendrá de entrar a valorar aquellos otros cursos de formación y perfeccionamiento alegados por los/as concursantes que no hubieran sido impartidos por los citados organismos o que, aún siéndolo, no guarden relación directa con las funciones atribuidas al puesto de trabajo solicitado. Jornadas o cursos de formación recibidos o impartidos por el opositor directamente relacionado con la actividad a desarrollar áreas deportivas). de 40 a 60 horas…………………..…0,05 puntos. - de 61 a 100 horas……………………0,10 puntos. de 101 a 599 horas ………..…….... 0,20 puntos - Máster de al menos 600 horas ……...0,50 puntos La puntuación máxima de esta fase se fija en diez puntos. OCTAVA.- CALIFICACIÓN DEFINITIVA. RELACIÓN DE APROBADOS. Resultarán seleccionados, para las dos plazas ofertadas, los dos aspirantes que obtengan la mayor puntuación en la fase de concurso. El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se establecerá de mayor a menor puntuación. En caso de empate, éste se dirimirá a favor de aquel aspirante que haya trabajado mayor tiempo en la administración pública como técnico deportivo ,computándose meses y días, de persistir el empate, se dirimirá por el candidato que haya alcanzado mayor puntuación en la valoración en el apartado de formación. De persistir en el empate, se resolverá por sorteo. Efectuada dicha clasificación definitiva, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata, el resultado del concurso en que aparezca los resultados finales y el nombre y apellido de los dos candidatos que resulten seleccionados, que se elevará con el Acta, al Sr. Presidente de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata propuesta de nombramiento para la formalización del correspondiente contrato que, en todo caso, tendrá carácter laboral temporal con el periodo de prueba legalmente establecido. El aspirante propuesto, presentará en la Secretaría de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata, dentro del plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado final del concurso, los

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documentos originales o debidamente compulsados acreditativos de los requisitos necesarios para su contratación. Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuesto no presentaran la documentación o no reuniera algunos de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el concurso. En este caso, el Sr. Presidente formalizará el contrato con el siguiente aspirante en la lista, y así sucesivamente. Incompatibilidades: Los trabajadores contratados quedarán sujetos al régimen de incompatibilidades del sector público, conforme a la normativa vigente. El personal seleccionado estará bajo la supervisión y coordinación de la Mancomunidad IMSG. Los/as aspirantes que no hayan obtenido plaza, por haber quedado a continuación de los seleccionados en el orden de puntuación, conformarán la bolsa de trabajo para este proceso selectivo, a efectos de posibles sustituciones, vacantes, bajas o renuncias. NOVENA. Legislación Supletoria. La presente Convocatoria se regirá en todo lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local y Legislación que la desarrolla, Estatuto Básico del Empleado Público, así como por la vigente Ley de Procedimiento Administrativo. Hoyos, 27 de septiembre de 2012.

Fdo.- Alfonso Beltrán Muñoz. PRESIDENTE

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ANEXO I Plaza a la que opta: DOS TECNICO/AS DEPORTIVOS PARA EL DESARROLLO DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS Y EL DEPORTE BASE EN LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS SIERRA DE GATA I. DATOS PERSONALES APELLIDOS: NOMBRE DNI:

Nacionalidad

Fecha de nacimiento:

Edad:

DOMICILIO: LOCALIDAD: C. POSTAL:

Provincia

TITULACIÓN:

TELEFONO:

TELEFONO MOVIL:

CORREO ELECTRÓNICO: Teniendo conocimiento de la convocatoria de selección mediante concurso para la provisión de DOS Técnicos deportivos para el desarrollo de Escuelas Deportivas y del Deporte de Base en la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata en la convocatoria de pruebas selectivas a realizar por la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata Declara:  Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las Bases de la Convocatoria a la fecha de expiración del plazo señalado en las citadas Bases para la presentación de instancias,  Que conoce y acepta todas y cada una de las condiciones expuestas en las bases de la convocatoria.  Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.  Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones del puesto de técnico deportivo.  Tener disponibilidad de desplazamiento, que me permite la movilidad en el ámbito de la Mancomunidad que se solicita. Por todo ello; SOLICITA ser admitido/a en el proceso selectivo para la provisión de DOS plazas de Técnico Deportivo para el desarrollo de Escuelas Deportivas y del Deporte de Base en la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata. En Hoyos, a

de

de 2012.

(firma del interesado/a) Fdo.: Los datos personales contenidos en la solicitud podrán ser tratados, automatizados e incorporados a los ficheros protegidos titularidad de la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata. Conforme a la L.O. 15/1999, de protección de datos de carácter personal, podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante escrito dirigido a la Mancomunidad Integral de Municipios Sierra de Gata

SR. PRESIDENTE/A DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNCIPIOS SIERRA DE GATA. C/ Mayor, 3 10850 Hoyos (Cáceres.) Adjunta a esta solicitud la documentación siguiente (sigue………)

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Adjunta a esta solicitud la documentación siguiente: Fotocopia compulsada del D.N.I

vitae en el modelo anexo II a esta solicitud, debidamente cumplimentado.

rden cronológico según vida laboral.

de intervención familiar, alegada.

e afrontar los desplazamientos necesarios en el normal desempeño de sus funciones como TÉCNICO DEPORTIVO de la Mancomunidad, con sus propios medios de trasporte.

En_______________________, a_____________de

de 2012.

(firma del interesado/a)

Fdo.: D./Dña.__________________________ SR. PRESIDENTE/A DE LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNCIPIOS SIERRA DE GATA. C/ Mayor, 3 10850 Hoyos (Cáceres.)

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ANEXO II

VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS PRESENTADOS

Nombre:

Apellidos:

D.N.I nº: Titulación académica:

1. Titulación. 1.1. Por estar en posesión de la titulación de:

- Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

Valoración según baremo de la convocatoria

………..…..….puntos

- Maestro Especialista en Educación Física

…………....….puntos

- Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas.

…………....….puntos

Valoración total Titulación

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2. Experiencia profesional 2.1. Por haber trabajado como Número técnico deportivo para la meses administración pública (Entidad).

de Valoración según baremo de la convocatoria

-

Valoración total

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2.3. Por haber trabajado como Número técnico deportivo para la empresa meses privada… (Entidad).

de Valoración según baremo de la convocatoria

-

-

Valoración total

Valoración Total EXPERIENCIA PROFESIONAL

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3. Formación en temática relacionada con la ocupación de Técnico Deportivo. Denominación

Horas certificadas

Valoración según baremo de la convocatoria

-

Valoración total formación

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VALORACIÓN TOTAL DE LOS MÉRITOS ALEGADOS APARTADO

VALORACIÓN

1. Titulación 2. Por haber trabajado como técnico deportivo para la administración pública en áreas deportiva. Subtotal experiencia profesional para la administración 3. Por haber trabajado como técnico deportivo para asociaciones, empresa privada… Subtotal experiencia laboral específica para la empresa privada, asociaciones… 4. Formación específica en materia deportiva. 5. Otros méritos. TOTAL VALORACIÓN

En__________, a____de__________ de 2012

Fdo.:_________________________________

SR. PRESIDENTE DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIERRA DE GATA.15


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